picture_as_pdf 2020-10-01

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Se hace saber que, en autos: OCAMPO, CESAR GONZALO s/Quiebra (CUIJ N° 21-01964007-5) en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Número Uno en lo Civil y Comercial de l Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 26 de Abril de 2019... Resuelvo: F) Regular los honorarios del CPN Carlos Alberto Asensio en la suma de $63.782,88. 20) Regular los honorarios de los Dres. Juan Bautista Fossa y Fabiana Gisela Sosa Fanoni en la suma de $ 27.335,52 en conjunto y proporción de ley. 3°) Vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dr. Pablo Silvestrini, Secretario. Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez.

Otro: Santa Fe, 18 de Agosto de 2020. Por presentado Proyecto de Distribución Final. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese. Fdo.: Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario. Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez.

S/C 426108 Oct. 1 Oct. 2

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: GARELLO, EMANUEL NORBERTO s/Quiebra - CUIJ: 21-01987773-3, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N 1 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución a tenor de lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. y se han regulado los honorarios del CPN Mario Alberto Rostagno en la suma de $73.709,09 a la que deberá adicionarse el 21% en concepto de IVA y los honorarios del Dr. Jorge Ariel Morel en la suma de $31.589,61. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 25 de Junio de 2020. Venidos los autos, y proveyendo escrito cargo Nº 12307 (fs. 193): Por recibido oficio. Agréguese y hágase saber. Proveyendo escrito cargos Nº 3214 (fs. 202): Por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución a tenor de lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos en legal forma. Proveyendo escrito cargo Nº 268 (fs. 196): Estése a lo decretado precedentemente. Proveyendo escrito cargo N 2964 (fs. 198): Oportunamente, aprobado que sea el Proyecto de Distribución presentado. Notifíquese. (Fdo. Silvestrini, Sec. Marcolin, Juez).

S/C 426109 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: CHARVEY, CARLA RAXONA s/Pedido de Propia Quiebra, Expte. Nº 21-01963202-1, se hace saber que la sindicatura ha presentado el proyecto de distribución complementario. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 5 de Marzo de 2020. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

$ 1 426111 Oct. 1 Oct. 2

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: MARTIN, GUILLERMO A. s/Quiebra, Expte. N° 21-01961406-6, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos por el art. 218 de la LCyQ N° 24522, regulándose los honorarios a la Sindicatura CPN Juan Carlos Torresetti en $ 30.174.59; Síndico ad hoc Horacio Andrés Romagnoli $ 7.543.65 y apoderados del fallido, Dr. Jorge A. Morei y Fabiana Sosa Fanoni $ 16.164.96 en conjunto y proporción de ley. Lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, 15 de Julio 2020. Dra. Lusardi, Prosecretaria.

S/C 426113 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición del Señor Juez de Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1, en lo Civil, Comercial de la Sexta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que los autos caratulados: ACUÑA GLORIA YOLANDA s/Quiebra, Expte. Nº 493/2012, CUIJ Nº 21-00930993-1, se dispuso lo siguiente: Santa Fe, 20 de Agosto de 2020. Vistos: Los autos caratulados: Acuña Gloria Yolanda s/Quiebra (Expte. Nº 493/2012) CUIJ Nº 21-00930993-1 que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación; y Considerando: Que en fecha 28 de Julio de 2020, a fs. 243, la apoderada de la fallida solicitada la conclusión de la quiebra atento haber transcurrido el plazo establecido en el art. 231 in fine de la L.C.Q. Corrida la vista a la Sindicatura, la evacúa en fecha 10 de Agosto de 2020, a fs. 245, expresando que corresponde declarar la conclusión de la quiebra de conformidad a lo dispuesto por la citada norma legal, atento que en fecha 28 de mayo de 2018 se dictó resolución de clausura del procedimiento en los términos contemplados en el art. 230 y 231 de la L.C.Q. Por lo expuesto y disposiciones legales citadas. Resuelvo: 1) Dar por concluido el proceso falencial de Gloria Yolanda Acuña, DNI Nº 24.536.268, oficiándose a sus efectos a las distintas reparticiones. 2) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, diciendo exhibirse en el hall central de estos Tribunales. Insértese. Hágase saber. (Fdo.: Toloza, Sec.; Fdo. Abad, Juez). Santa Fe, 31 de Agosto de 2020. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 426114 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición del Señor Juez de Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1, en lo Civil, Comercial de la Sexta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que los autos caratulados: AYALA JUAN EDUARDO s/Quiebra, CUIJ Nº 21-00933070-1, se dispuso lo siguiente: Santa Fe, 21 de Agosto de 2020. Autos y Vistos: Estos caratulados: Ayala Juan Eduardo s/Quiebra, CUIJ Nº 21-00933070-1, de este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1; y, Considerando:… Por ello, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 228, ss. Y cc. de la Ley 24.522, Resuelvo: 1) Declarar la conclusión de la quiebra de Juan Eduardo Ayala, D.N.I. Nº 16.312.767, con los efectos del art. 228 de la Ley 24.522, dándose por concluida la intervención de la Sindicatura. 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso falencial; y, 3) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el BOLETIN OFICIAL. Hágase saber, insértese, agréguese (Fdo.: Toloza, Sec. Abad, Juez). Santa Fe, 31 de Agosto de 2020. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 426116 Oct. 1 Oct. 2

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: BALLAL DORA PATRICIA G s/Propia Quiebra, CUIJ: 21009945927, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil Comercial de la 8va. Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que se dictó la siguiente resolución: “Santa Fe, 28 de agosto de 2020. Resuelvo: Declarar finalizada la quiebra, anclo por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Expídase copia, insértese y notifíquese. (Fdo. Di Chiazza, Juez; Nelli, Sec.). Santa Fe, 4 de Septiembre de 2020. Dra. Nelli, Secretaria.

S/C 426117 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición de Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1, en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que los autos caratulados: ESCALADA, RAFAEL, ALEJANDRO s/Quiebra, CUIJ Nº 21-00929573-6 (Expte. Nº 585/2011), se dispuso lo siguiente: Santa Fe, 27/12/2018. Autos y Vistos: Estos caratulados: Escalada, Rafael Alejandro s/Quiebra, CUIJ Nº 21-00929573-6 – (Expte. Nº 585/2011), de este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1; y, Considerando: Que de las presentes actuaciones se desprende que se encuentra totalmente cubierto el pasivo verificado y se encuentra cumplidos los requisitos necesarios para la conclusión de la quiebra por pago total. Por ello, de conformidad de Caja Forense de fs. 185, y lo dispuesto por los arts. 228 y CC. de la Ley 24.522, Resuelvo: 1) Declarar la conclusión de la quiebra de Rafael Alejandro Escalada, DNI Nº 26.078.811, con los efectos del art. 228 de la Ley 24.522; 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso falencial; 3) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Hágase saber, insértese, agréguese. (Fdo.: Toloza, Sec. Juez a/c). Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 426118 Oct. 1 Oct. 2

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Autos: HUBACH, ALBA MARGARITA s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. 21-02010518-3), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: Pesos noventa y ocho mil ciento seis con setenta y nueve centavos ($98.106,79) (más 10% de aportes); Honorarios abogado de la fallida: Pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos ($42.045,77) (más el 13% de aportes). Santa Fe, 3 de Septiembre de 2020. Dra. Canale, prosecretaria.

S/C 426142 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Inst. de Distr. Judic. N° 1 de la 1ra. Circunscrip. Judic, de la Prov. de Santa Fe, en lo Civ. Com. 8va. Nomin., se hace saber que en los autos caratulados: FERRARI MARIO JUAN s/Conc. Preventivo (CUIJ 21-00993464-9), se ha ordenado lo siguiente Santa Fe, 23 de Julio de 2020. 1) Declarar la finalización del Concurso Preventivo de Mario Juan Ferrari, dando por concluida la intervención de la sindicatura 2) Disponer el cese de las restricciones impuestas a la concursada por los artículos 15, 16, 25 y 14 inc 7 L.C.Q. 3) Asimismo, declárase cumplimentado el acuerdo (artículo 59 in fine LCQ). 4) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral de esta ciudad. Hágase saber, insértese, agréguese. Fdo: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza -Juez- Dra. Lusardi- Prosecretaria. Santa Fe, 7 de Agosto de 2020. Dra. Lusardi, Prosecretaria.

S/C 426146 Oct. 1 Oct. 2

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Autos: RODRIGUEZ, CECILIA BEATRIZ s/Quiebra (CUIJ Nº 21-02008240-9), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación de la readecuación al Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: Pesos noventa y ocho mil ciento siete ($ 98.107,-) (más 10% de aportes); honorarios abogada de la fallida pesos cuarenta y dos mil cuarenta y seis ($ 42.046) (más el 13% de aportes). Santa Fe, 1 de Septiembre de 2020. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 426141 Oct. 1 Oct. 2

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: MILLARES, DAVID GABRIEL s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ N° 21- 01998773-3), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado la readecuación al informe final y proyecto de distribución previsto por el artículo 218 de la Ley 24.522 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Santa Fe, 1 de Septiembre de 2020. Dr. Hrycuk, Secretario.

S/C 426143 Oct. 1 Oct. 5

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: GONZALEZ, JOSE BENITO MOISES s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ N° 21- 02001699-7), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado la readecuación al informe final y proyecto de distribución previsto por el artículo 218 de la Ley 24.522 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020. Dr. Hrycuk, Secretario.

S/C 426144 Oct. 1 Oct. 2

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: MARTINEZ, RUFINA s/Quiebra - CUIJ N° 21-01984256-5, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme a lo previsto en el art. 218 de la Ley N° 24522 (LCQ), con la siguiente regulación de honorarios: 1) Sindicatura: a) C.P.N. Marcela María Alicia Nardelli: $ 73.710.- 2) Dras. Silvana C. Ventura y Graciela M. Ruscitti $ 31.589.- (ius 10). Santa Fe, 11 de Agosto de 2020. Fdo.: Dra. María Ester Noé de Ferro – Secretaria - Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza. Dra. Rodríguez, Prosecretaria. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020.

S/C 426137 Oct. 1 Oct. 2

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De acuerdo a lo dispuesto en Decreto de fecha 31 de Agosto de 2020 y en Resolución de fecha 12 de Febrero de 2020 por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en autos caratulados: LEDESMA, MAXIMILIANO MATIAS s/Solicitud de Propia Quiebra (CUIJ 21-01998581-1), se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución Final, y se regularon los honorarios de primera instancia, ordenándose la publicación de edictos por dos días conforme lo exige el art. 218 de la L.C.Q..- El Decreto que ordena la presente medida, en lo pertinente dice: Santa Fe, 31 de Agosto de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 6210. Agréguese. Téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 76 vto. De manifiesto por el termino de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza - Juez - Dra. Mariana Nelli - Secretaria. La Resolución de regulación de honorarios, en lo pertinente dice: Santa Fe, 12 de Febrero de 2020. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $140.152,57, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $98.106,80 (pesos noventa y ocho mil ciento seis con ochenta centavos) para el CPN Daniel Francisco Piumetti y 2°) $42.045,77 (pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos) (10,4288460 Jus), para la Dra. Silvina Strina. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. A tales fines, autorízase por el suscripto el retiro de los autos originales, previa constancia del mismo. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza - Juez - Dra. Mariana Nelli - Secretaria.

Si no se formulan observaciones dentro de los diez días siguientes, se darán por aprobados. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020. Dra. Nelli, Secretaria.

S/C 426180 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: ZEBALLOS, VERONICA INES s/Quiebra, CUIJ 21-01989610-9, se ha ordenado la publicación de edictos por el término de 2 días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, conforme lo dispone el artículo 218, 70 párrafo de la Ley N° 24.5221 haciendo conocer la presentación del informe final, el proyecto de distribución final y la regulación de honorarios de primera instancia. A tal fin, se transcriben la resolución y el proveído que lo ordenan: Santa Fe, 11 de Agosto de 2020. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $140.152,57 equivalente a un sueldo de secretario de lera. Instancia, a distribuirse de la siguiente forma: A) $98.106,79 (70 %) para la sindicatura en la proporción de: el 70% o sea la suma de $68.674,75 para la CPN Estela María Togneni y el 30% restante es decir la cifra de $29.432,04 para la CPN Marcela Beatriz Maldonado; B) para los apoderados de la fallida la cifra de $ 42.052,78 (30 %), y en la proporción del 40% o sea la suma de $16.821,11 para el Dr. Marcelo Eduardo Rubén Branca, el 30% o sea la suma de $12.615,83 para la Dra. Vanesa Passet y el 30% la suma de $12.615,83 para el Dr. Diego Martin Guido. Córrase Vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Fdo.: Dr. Bermúdez, Juez; Dra. Pacor Alonso, Secretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 31 de agosto de 2020. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo.: Dr. Bermúdez, Juez; Dra. Pacor Alonso, Secretario.

S/C 425944 Oct. 1 Oct. 2

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: YACOVELLA, NORMA BEATRIZ s/Solicitud Propia Quiebra (21-0209983-8), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 31/08/2020. Autos Y Vistos... Resulta… Considerando… Resuelvo:

1- Declarar la quiebra de Norma Beatriz Yacovella, apellido materno Buscaroni, argentina, DNI N° 17.452.149, soltera, mayor de edad, empleado de la Municipalidad de la ciudad Santo Tomé, domiciliado realmente en calle Santiago del Estero N° 3482 de la ciudad de Santo Tomé y constituyendo domicilio legal en calle 3 de Febrero N° 2761, Piso 5°, oficina 5 de esta ciudad.

2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.

3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes.

4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.

5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.

6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.

7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará.

8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.

9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.

10- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales. Ofíciese a la empleadora.

11- Designar el día 02/09/20 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe.

12- Fijar el día 02/10/20 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522).

13 - Fijar el día 02/11/20 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522).

14- Designar el día 02/12/20 como fecha para que el Síndico presente los informes individuales de los créditos (art. 35 de la ley concursal) y designar el día 23/12/20 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la Ley Concursal)

15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522.

16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Otro Decreto: Santa Fe, 3 de Septiembre de 2020.-Habiendo resultado sorteado la síndico Alicia Nélida Valiente con domicilio en calle Pasaje Koch N° 1057 –Dpto. 2, para intervenir en autos: Vaco Vella, Norma Beatriz s/Solicitud Propia Quiebra (21-02019983-8) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 425945 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: PEREZ RENE s/Quiebra (CUIJ: 21-02020478-5) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N°1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 31 de Agosto de 2020. ...Autos y Vistos... Resulta... Considerando… Resuelvo: 1. Declarar abierto la quiebra de Rene Ignacio Pérez, argentino, D.N.I. Nº 35.458.481, soltero, empleado en el Ministerio de Seguridad -Policía Departamental de la Provincia de Santa Fe, CUIT Nº 20-35458481-7, apellido materno Valdez, domiciliado según dice en Caferata Nº 9560 de la localidad de Santa Fe y constituyendo domicilio a los fines legales en calle La Rioja Nº 2441 Piso 1 -Oficina 84 de esta ciudad de Santa Fe. 2-Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido., que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.- 11- Designar el día miércoles 02 de Septiembre de 2020 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día viernes 09 de Octubre de 2020 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 13- Señalar el día viernes 27 de Noviembre de 2020 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día martes 12 de Junio de 2021 corno fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del Art. 132 de la Ley 24.522.- 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese., expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195. punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).- Otro Decreto: Santa Fe, 03 de Septiembre de 2020: Habiéndose realizado día 02.03.2020 el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Miguel Angel, Cassettai, domiciliada en calle Calchines Nº 1725, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 425946 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: RODRIGUEZ, NESTOR JAVIER s/Solicitud Propia Quiebra (21-02019749-5), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 26/08/2020. Autos y Vistos... Resulta... Considerando… Resuelvo:

1- Declarar la quiebra de Néstor Javier Rodríguez, apellido materno Rodríguez, argentino, DNI N° 36.545.490, conviviente, mayor de edad, empleado de la Policía de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en monoblock 6, Dpto. 219, Piso 2°, Barrio Las Flores II de la ciudad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Luciano Torrent N° 1 534 de esta ciudad.

2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.

3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes.

4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.

5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.

6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.

7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará.

8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.

9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.

10- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales. Ofíciese a la empleadora.

11- Designar el día miércoles 26/08/20 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe.

12- Fijar el día miércoles 25/09/20 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522).

13- Fijar el día miércoles 26/10/20 como fecha en la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas.

14- Señalar el día 25/11/20 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día miércoles 23/12/20 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal).

15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522.

16- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 31 de Agosto de 2020. Habiéndose realizado día 28/8/2020 el sorteo correspondiente a un Síndico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Luis Antonio Malanchino, domiciliado en calle 4 de Enero N° 1742 -planta alta, a quién se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 425947 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Número Uno en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Diego Raúl Aldao, Secretaría única a cargo de la Dra. Mercedes Viviana Dellamonica, en autos: CITIBANK N.A. c/GOROSITO, HUGO RAUL y Otra s/Apremio, Expte. N° 1352, Año 2.004, se ha resuelto declarar rebelde a los Sres. herederos de Gorosito, Hugo Raúl - D.N.L. 13.839.101, lo que se publica a sus efectos por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Firmado: Dra. Mercedes Viviana Dellamonica, Secretaria. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020.

$ 33 426063 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: VEGA, MARÍA ISABEL s/Quiebra - Hoy Concurso Preventivo (CUIJ 21-02009838-1) se ha dispuesto: Santa Fe, 31 de Agosto de 2020 Téngase presente en cuanto por derecho corresponde. Fijar hasta el 28/09/20 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al Síndico. Fijar el día 14/10/20 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Fijar los días; 11/11/20 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- para la presentación de los informes individuales, y 28/12/20 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- para la presentación del Informe General. Publíquense edictos. Encomiéndese a la sindicatura la inmediata puesta a la firma y diligencia miento de los mismos. Notifíquese. Santa Fe, 4 de Septiembre de 2020. Dr. Silvestrini, Secretario.

S/C 425956 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe),con domicilio en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: OITANA VICTORIO EMILIO s/Sucesorio; (CUIJ 21-02019306-6), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don Victorio Emilio Oitana, DNI N° M 3.162.205, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020.

$ 45 426069 Oct. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios. Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: DUARTE LIDIA OLEGARIA s/Sucesorio, CUIJ: 21-02014038-8 Año 2019, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora Lidia Olegaria Duarte, L.C. 0.915.180 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. María Esther Mazzarello. Secretaría, 1 de Septiembre de 2020. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 426041 Oct. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: CAMARGO VICTOR ALFREDO s/Sucesorio, CUIJ 21-02016486-4 Año 2019, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Víctor Alfredo Camargo, D.N.I. M 6.239.536, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Viviana Marín, Juez. Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 1 de Septiembre de 2020.

$ 45 426043 Oct. 1

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de esta ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: GARELLO OLGA MARIA s/Sucesorio (O.T.S.) - Expte. CUIJ 21-02018554-3 - Año 2020, se cita llama y emplaza, a todos los herederos, acreedores y legatarios de Olga María Garello, D.N.I. N° F0.749.023, para que comparezcan a hacer vales sus derechos dentro de término y bajo apercibimientos de legales. Lo que se publica los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL de esta ciudad de Santa Fe, a los 27 de Agosto de 2020. Dr. Sánchez, Secretaria.

$ 45 426050 Oct. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios— Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación) en los autos caratulados: MINELLA, KYRIAN MIRTA ISABEL y Otros s/Sucesorio (CUIJ 21-02019052-0) se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Carlos Federico Pio Prono, DNI N° M 6.227.666 y de Kyrian Mirta Isabel Minella, DNI N° F 3.555.130, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Fdo.: Dra. Claudia B. Sánchez: Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Ley 11.287. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2020. Dra. Perotti, Prosecretaria.

$ 45 426034 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11 Nominación), de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: PUCHETA, ALMA VILMA s/Declaratoria de herederos (O.P.S.) (CUIJ- 21-01072012-2); se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Alma Vilma Pucheta, D.N.I. N° 6.119.926, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 1 de Septiembre de 2020. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 425940 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición de esta Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado Civil y Comercial de la Novena Nominación de Distrito) en estos autos caratulados: MAS RAUL PEDRO s/Sucesorio, Expte. CUIJ Nro. 21-02015009-9 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Mas Raúl Pedro, DNI 6.233.732, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos legales. Fdo. Dra. Claudia Bibiana Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 14 de Agosto de 2020. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 425928 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios 1ra. Circunscripción Judicial (Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación), en los autos caratulados: GODOY, PEDRO s/Sucesorio (OPS), CUIJ Nº 21-02015314-5 ...Se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Pedro, Godoy, DNI N 6.261.424, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezca a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Dra. Claudia Bibiana Sánchez, Secretaria.

$ 45 425910 Oct. 1

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos: MANGOLD, ROBERTO OSVALDO s/Sucesorio (Expte. N° 1016 - Año 2018 / CUIJ 21- 26257420-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Roberto Osvaldo Mangold, D.N.I. N° 16.401.657, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 14 de Julio de 2020. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 88,20 426122 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos: IBARRA, HECTOR LUIS s/Sucesorio (CUIJ 21-26259148-1-Año 2019), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Héctor Luis Ibarra, D.N.I. N° 6.295.470, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 10 de Agosto de 2020. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 93,60 426119 Oct. 1 Oct. 7

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez del Juzgado de ira. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, de Ceres, Santa Fe, en los autos caratulados: GIORDANO OMAR s/Sucesorio (Expte. Nº 21-17428384-9), se cita, llama y emplaza, a los herederos, legatarios, acreedores y /0 todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes de la herencia del causante: Omar Giordano, DNI N° 10.648.818, fallecido en fecha 01 de Marzo de 2016; para que comparezcan a hacer valerlos, por el termino y bajo apercibimientos de ley. Ceres, 3 de Agosto de 2020. Dra. Palacios, Secretaria.

$ 45 425914 Oct. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados: ARNODO OSCAR FRANCISCO s/Sucesorio CUIJ 21-17428538-9, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes del causante, don Oscar Francisco Arnodo, D.N.I. N° 16.925.237, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Ceres, 27 de Agosto de 2020. Dra. Palacios, Secretaria.

$ 45 426115 Oct. 1

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera (SF), 2da. Nominación, en autos: SOSA, BENITO s/Ausencia con presunción de fallecimiento, CUIJ N° 21-25276080-3; ha recaído la providencia del tenor siguiente: Vera, 04 de Marzo de 2020. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, désele la intervención legal correspondiente.-Por promovido juicio sumario de ausencia con presunción de fallecimiento de Benito Sosa. Cíteselo por edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y puertas del juzgado, una vez por mes durante seis meses, con apercibimientos de que si no comparece se declarara el fallecimiento presumido por la ley. A los fines del sorteo del defensor de ausentes, señálese el día 03 de Abril de 2020 a las 11:00 hs. por ante este Juzgado. Dese intervención al Ministerio Pupilar. Agréguese la documental acompañada. Notifiquen los empleados Louteiro, Mehauod, Villar y/o Tourn. Notifíquese. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo - Juez; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria. Vera, (SF), 4 de Agosto de 2020. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 426124 Oct. 1 Oct. 7

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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 13, en lo Civil, Comercial y Laboral - 1ra. Nominación- de la ciudad de Vera, Provincia de Santa Fe, cita, llama y emplaza a los Herederos, Legatarios, Acreedores y a todos los que se creyeren con derecho a los bienes de la Herencia del de cujus, para que comparezcan a hacerlos valer, en el Juicio Sucesorio de don Jorge Miguel Pascual, DNI: 17.706.454, en autos caratulados: PASCUAL, JORGE MIGUEL s/Sucesorio - (CUIJ: 21-25276168-0), bajo apercibimientos y dentro del término de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro (Jueza). Dra. Margarita Savant (Secretaria). Vera, 3 de Septiembre de 2020.

$ 45 426083 Oct. 1

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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 13, en lo Civil, Comercial y Laboral -1ra. Nominación- de la ciudad de Vera, provincia de Santa Fe, cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los que se creyeren con derecho a los bienes de la Herencia del de cujus, para que comparezcan a hacerlos valer, en el Juicio Sucesorio de doña María Inés Guntensperger, DNI: 14.371.860, en autos caratulados: GUNTENSPERGER, MARIA INES s/Sucesorio - (CUIJ: 21-25276178-8), bajo apercibimientos y dentro del término de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro (Jueza). Dra. Margarita Savant (Secretaria). Vera, 03 de Septiembre de 2020.

$ 45 426087 Oct. 1

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 4501 - año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CORREA MARTIN s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Martín Correa lo siguiente: Rafaela, 28 de septiembre de 2012. ( ... ) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. ( ... ) Notifíquese. Firmado: Jorge A. Platini (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 19 de Febrero de 2018.

S/C 426004 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 720/2015 – MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MELANO DANIEL, JUAN s/Apremio. Rafaela, 27 de Junio de 2018. Cítese de remate al demandado, Melano Daniel Juan, para que en el plazo de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevarse la ejecución si aún no lo hiciere. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria). Dr. Dra. María J. A. Tremea (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 5 de Julio de 2019. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

S/C 425994 Oct. 1 Oct. 7

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Por disposición del Señor .Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela., en los autos caratulados: Expte. N° 1616/2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MINO ROLAND SERGIO RAMON s/Apremio. Rafaela, 27 de junio de 2018. Cítese de remate al demandado, Mino Roland Sergio Ramón, para que en el plazo de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevarse la ejecución si aún no lo hiciere. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria) – Dra. María J. A. Tremea (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) (días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 5 de Julio de 2019. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

S/C 425993 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 191/2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GONZALEZ JOSE s/Apremio. Cítese de remate a José González, para que en plazo de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevarse la ejecución si aún no lo hiciere. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretario) – Dra. Ma. J. A. Tremea (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 2 de Julio de 2019. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

S/C 425992 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 372/2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/FERREYRA ALBERTO JORGE s/Apremio Fiscal. Cítese de remate a Alberto Jorge Ferreyra, para que en plazo de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevarse la ejecución si aún no lo hiciere. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria) - Dra. Ma. José A. Tremea (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 16 de Marzo de 2020. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

S/C 425990 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 946/2014 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZIMMERMANN VALENTINA AGUSTINA s/Apremio. Se ha ordenado cita y emplazar a los herederos y/o legatarios de la demandada Zimmermann Valentina Agustina, en la forma ordinaria para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria) - Dra. María J. A. Tremea (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 2 de Julio de 2019. Dra. Gerbaldo, Prosecretaria.

S/C 425989 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 499/2015 MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ARAUJO NATASHA SOLEDAD s/Apremio. Por el presente se le hace saber a la demandada Araujo Natasha Soledad, DNI 36.165.793, que se ha dictado la siguiente resolución: Folio: 483 - Tomo: 31 - Número 545 - Año: 2016: Rafaela, 22 de septiembre de dos mil dieciséis. Y Vistos... Resulta... Y Considerandos... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la Municipalidad acreedora se cobre íntegramente el capital reclamado con más el interés que se fija a la tasa mensual activa en pesos, no acumulativa, que establece el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos, desde la fecha de la liquidación y hasta la del efectivo pago. Y costas. Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli (Secretaria) - Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincia1 N° 3456. Dr. García, Prosecretario.

S/C 425987 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1044/2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AVALOS KIMEY SOLEDAD s/Apremio. Rafaela, 2 de Noviembre de 2016. Por iniciada la presente demanda de apremio, por el trámite de la Ley 5066 contra Avalos Kimey Soledad, DNI. 35.643.106, por el cobro de la suma de $ 9566,30 con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de 16 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria) - Dr. Duilio M Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 6 de Diciembre de 2019. Dr. García, Prosecretario.

S/C 425985 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 384/2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AVARO ARTURO JESUS s/Apremio – Rafaela, 9 de Junio de 2017. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley 5066 contra Arturo Jesús Avaro, DNI. 20.083.832, por el cobro de la suma, DNI 20.083.832, por el cobro de la suma de $ 8868,30 con más los intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de 16 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Notifíquese. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 6 de Diciembre de 2019. Dr. García, Prosecretario.

S/C 425983 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1512/2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/STEFANO HUGO s/Apremio. Rafaela 12 de Octubre de 2017. Cítese de remate al demandado, Hugo Stefano, para que en el plazo de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevarse la ejecución si aún no lo hiciere. Notifíquese. Edo: Dra. Sandra I. Cerliani (Secretaria) - Dr. Elido Ercole (Juez). Por lo que se publica ci presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 5 de Septiembre de 2019.

S/C 425981 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1116/2007 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BENITEZ RAFAEL y GOMEZ ESTELA R s/Apremio. Por el presente se le hace saber a los demandados Benítez Rafael, L.E.: 7.649.185 y a la Sra. Estela Ramona Gómez, L.C.: 6.268.126 que se ha dictado la siguiente resolución: Folio: 17 - Tomo: 40 - Número 710 - Año: 2019: Rafaela, 26 de Agosto de dos mil diecinueve. Y Vistos... Resulta... Y Considerando... Resuelvo: 1- Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la Municipalidad acreedora se cobre íntegramente el capital reclamado con más el interés que se fija a la tasa mensual activa en pesos que establece el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos, desde la liquidación y hasta la del efectivo pago. Y costas. 2- Requerir a la Municipalidad actora indique los bienes a los fines del embargo y posteriores trámites de remate. Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli (Secretaria) - Duilio M Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Dr. García, Prosecretario.

S/C 425979 Oct. 1 Oct. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 742/2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CONTENEDORES AMALI S.A. s/Apremio. Rafaela 20 de Septiembre de 2019. Por iniciada la presente demanda de apremio, por el trámite de la Ley 5066 y sus modificatorias contra Contenedores Amali S.A, por el cobro de la suma de $ 20849.30 con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de 16 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 20 de Diciembre de 2019. Dr. García, Prosecretario.

S/C 425976 Oct. 1 Oct. 5