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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados SANESI ISABEL AMPARO s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02016298-5), se ha designado como Síndico al CPN Horacio Emilio Molino, con domicilio en calle Mariano Comas N° 2627 de la ciudad de Santa Fe, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de manera presencial hasta el 23/11/2020, de lunes a viernes de 14 a 20 horas, T.E. (0342) 4556984. El Síndico deberá presentar los informes de los artículos 35° y 39° los días 05/02/2021 y 23/03/2021, respectivamente. Publíquense edictos por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL. Jueza: Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena; Secretaria, Dra. Viviana Naveda Marcó. Santa Fe, 26 de Octubre 2020.

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GHIO, LUIS ALBERTO y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393431-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 13 Febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 210: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Luis Alberto Ghio, y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble denunciado, por el cobro de la suma de $ 213.926,85, en concepto de obra de cloacas, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 106.963,42, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las a autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 29 de Septiembre de 2020.

S/C 429535 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CAMPA, PABLO MARTIN y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393355-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de Diciembre de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Pablo Martín Campa y/o sus sucesores y/o quien resulte jurídicamente responsable del inmueble sito en calle General Paz a la altura del 2200 de la ciudad de San Jorge, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo: 266 Impar, Folio 00053, Número: 002999, Fecha 10/01/2013, Departamento San Martín; por el cobro de la suma de $ 141.184,95, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 70.592,47, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 14 de Julio de 2020.

S/C 429522 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BOLATTI, ELDER VICENTE DOMINGO y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393354-1) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de Diciembre de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Elder Vicente Domingo Bolatti, y/o quien resulte ser propietario y/u ocupante y/ o poseedor del inmueble sito en calle Moreno 2056 esquina Jujuy de la ciudad de San Jorge, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo: 126 Impar, Folio 00111, Número: 003356, Fecha 26/02/1971, Departamento San Martín; individualizado como lote 13 en el plano 006737/1949 por el cobro de la suma de $ 24.355,71, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, obra de pavimento y obra de gas, con más intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 12.177,85, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañda. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 30 de Junio de 2020.

S/C 429523 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/FAVA, RUBEN DARIO y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393353-3) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de Diciembre de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Ruben Dario Fava, Adriana Irene Saire y Joaquin Alfredo Rosso y/o quien resulte ser propietario y/u ocupante y/o poseedor del inmueble sito en calle Remedios de Escalada al 1000 de la ciudad de San Jorge, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo: 127 Impar, Folio 00756, Número: 0022173, Fecha 20/10/1971, Departamento San Martín; y Tomo: 269 Par, Folio 00346, Número 030718 Fecha 28/03/2014 Departamento San Martín individualizado como lote 24 en el plano 011054/1952 por el cobro de la suma de $ 41.838,44, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, obra de cloacas y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 20.919,22, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorozaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 30 de Junio de 2020.

S/C 429527 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ROSSO, CARLOS ENRIQUE s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393351-7) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de Diciembre de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Carlos Enrique Rosso y/o quien resulte ser propietario y/u ocupante y/o poseedor del inmueble sito en calle Rivadavia N° 1745 de la ciudad de San Jorge, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo: 169 Impar, Folio 00376, Número: 134414, Fecha 21/12/2007. Departamento San Martín; individualizado como lote 1 en el plano 105683/1984 por el cobro de la suma de $ 14.897,60, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 7.448,80, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 14 de Julio de 2020.

S/C 429531 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GHIO, LUIS ALBERTO y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393430-0) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 13 febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 209: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Luis Alberto Ghio, y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble denunciado, por el cobro de la suma de $ 213.926,85, en concepto de Obra de Cloacas, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 106.963,42, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 29 de Septiembre de 2020.

S/C 429537 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/DIAZ, VICTORIO JOSE y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393429-7) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 13 febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 208: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Victorio Jose Diaz, sus sucesores y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble denunciado, por el cobro de la suma de $ 154.067,58, en concepto de Obra de Cloacas, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 77.033,79, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 29 de Septiembre de 2020.

S/C 429538 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/DIAZ, VICTORIO JOSE y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393428-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 13 febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 207: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Victorio Jose Diaz, sus sucesores, y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble denunciado, por el cobro de la suma de $ 200.475,08, en concepto de Obra de cloacas, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 100.237,54, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre,29 de Septiembre de 2020.

S/C 429541 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GALETTO, MAXIMILIANO JULIO y otros s/Apremio municipal Ley 5066; (CUIJ 21-24393426-2) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 13 febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 205. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Maximiliano Julio Galetto, y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble denunciado, por el cobro de la suma de $ 68.363,69, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, Obra de cloacas y Obra de Pavimento, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 34.181,84, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 29 de Septiembre de 2020.

S/C 429544 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ALARCON, LUIS OSCAR y otros s/Apremio municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24393419-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 12 febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 188: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Luis Oscar Alarcon, Yanina Viviana Gutierrez, y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble denunciado, por el cobro de la suma de $ 185.455,94, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, Obra de cloacas, Obra de gas y Obra de Pavimento, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 92.727,97, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ej ecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompaña. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese.Fdo.: Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, Jueza; Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que e publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. Maria Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 29 de Septiembre de 2020.

S/C 429545 Nov. 5 Nov. 9

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge, Provincia de Santa Fe, a cargo del Sr Juez Dr. Daniel M. Zoso, Secretaría de la Dra. María de los Milagros de la Torre, se notifica que en autos caratulados BORGOGNO, PIETRO GIUSSEPPE s/Ausencia con presunción de fallecimiento; (Expte. CUIJ 21-26259647-5), se cita, llama y emplaza al Sr. Pietro Guisseppe Borgogno, de nacionalidad italiana, nacido en Abril de 1843, conforme las previsiones del art 88 C.C.C. a fin de que comparezca en autos dentro del término de ley. Se publica en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley (art 88 CCC), de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287 y se fija en el Hall de Tribunales a los efectos legales (Acordada C.S.J. del 7/02/96, Acta Nº 3). San Jorge, provincia de Santa Fe, 15 de Octubre de 2020.

$ 33 429514 Nov. 5

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Por disposición del señor Juez de 1ª Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SALVA, JUAN MARTIN s/Apremio; (CUIJ Nº 21-26259903-2), se hace saber lo siguiente: San Jorge, 10 de Febrero de 2020. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Juan Martín Salva y/o quien resulte en definitiva propietario y/o jurídicamente responsable del inmueble denunciado, tendiente al cobro de la suma de $ 489.521,40, con más intereses y costas. Cítese de remate a la demandada con prevención que si dentro del término de ocho días, no opone excepción legítima se mandará a llevar adelante la ejecución. Publíquense edictos por el término de ley. Al punto 3) como se soilcita. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 244.760,70, que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese. Notifique Carreri y/o Sánchez. Notifíquese. Firmado: Dra. Marta Elisa Burgi, Secretaria; Dr. Daniel Marcelo Zoso, Juez. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días sin cargo. Dra. Marta Elisa Bürgi, Secretaria. San Jorge, 08 de Junio de 2020. Dra. Marta Burgi de Oregioni, Secretaria.

S/C 429521 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición del señor Juez de 1ª Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RIOS, NATIVIDAD y otros s/Apremio; (CUIJ 21-26259906-7), se hace saber lo siguiente: San Jorge, 13 de Febrero de 2020. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por iniciada demanda de apremio (ley 5.066) contra Natividad Rios, Gustavo Hugo Mensi y/o quién resulte propietario, ocupante o poseedor, tendiente al cobro de la suma de $ 1.112.282,43, con más intereses y costas. Cítese de remate a los demandados bajo apercibimientos de que, si dentro del término de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución. Como se solicita, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 556.141,21. que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro de la Propiedad que correspondiese. Autorícese al profesional interviniente para el diigenciamiento de la presente medida. Sin perjuicio de lo dispuesto, cumplimente el monto faltante de la boleta de iniciación de juicios. Notifique a los agentes Sánchez y/o Carreri. Notifíquese. Firmado: Dra. Marta Elisa Burgi, Secretaria. Dr. Daniel Marcelo Zoso, Juez. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días y sin cargo. Dra. Marta Elisa Bürgi, Secretaria. San Jorge, 08 de Junio de 2020.

S/C 429516 Nov. 5 Nov. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos RAMIREZ, MARIA ROSA s/Sucesorio; (CUIJ 21-26260463-9 Año 2020), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Maria Rosa Ramirez, D.N.I. N° 12.922.624, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 05 de Octubre de 2020. Dra. Araceli Pilar Alberto, Prosecretaria.

$ 50,40 429652 Nov. 5 Nov. 18

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos BARTOLELLI, WALTER ELIGIO s/Sucesorio; (CUIJ 21-26260754-9 Año 2020), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Walter Eligio Bartolelli, D.N.I. N° M6.288.905, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los trados Judiciales. San Jorge, 05 de Octubre de 2020. Dra. Araceli Pilar Alberto, Prosecretaria.

$ 50,40 429654 Nov. 5 Nov. 18

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Primera Instancia de Distrito N° 11, Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos: FERRERO, HÉCTOR LUIS s/Sucesorio; (Expte. CUIJ N° 21-26260465-6), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el fallecimiento de don Hector Luis Ferrero, D.N.I. N° 6.267.438, para que dentro del término y bajo apercibimientos de Ley, comparezcan a hacerlos valer, lo que se publica a sus efectos legales. San Jorge, 04 de Agosto de 2020. Dra. Marta Burgi de Oregioni, Secretaria.

$ 74,70 429644 Nov. 5 Nov. 11

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos MARISCOTTI, ITALO EUGENIO y BURGA, TERESITA MARIA s/Sucesorio; (Expte. N° 221 Año 2019 / CUIJ 21-26258355-1), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Italo Eugenio Mariscotti, D.N.I. N° M6.285.631; y Teresita Maria Burga, D.N.I. N° F3.614.826, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 14 de Septiembre de 2020. Araceli Pilar Alberto, Prosecretaria.

$ 45 429641 Nov. 5 Nov. 11

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