picture_as_pdf 2020-11-11

ALBARRACIN S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Reconquista, se ha ordenado en los autos caratulados: ALBARRACIN S.R.L. s/Cesión de cuotas sociales -(Mod. Claus. Quinta: Capital)-Renuncia y designación de autoridades- (Expte. N° 215/2020)- la siguiente publicación:

Cesión de cuotas sociales: En fecha 10 de Septiembre de 2020 la Sra. Visintin Lorena Verónica cede, vende y transfiere 400 cuotas sociales de $ 100 valor nominal cada una a favor de la Sra. Albarracín Oriana Gabriela, por la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000). Quedando desvinculado por completo de la entidad la Sra. Visintin Lorena Verónica.

Modificación de la cláusula quinta: Capital: I Capital se fija en la suma de $ 100.000,00 (cien mil pesos), compuesto por 1.000 (un mil) cuotas sociales de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una, suscriptas e integradas por los socios en su totalidad en la siguiente proporción: el Sr. Albarracín German Gustavo la cantidad de 600 (seiscientas) cuotas sociales de cien pesos ($ 100) valor nominal cada una, representando la suma de $ 60.000 (pesos sesenta mil) y la Sra. Albarracín Oriana Gabriela, la cantidad de 400 (cuatrocientas) cuotas sociales de cien pesos ($ 100) valor nominal cada una, representando la suma de $ 40.000 (pesos cuarenta mil). Las cuotas sociales son suscriptas e integradas en su totalidad en efectivo en este acto.

Renuncia: La Sra. Visintin Lorena Verónica renuncia al cargo de Gerente Titular, lo cuál es aceptada en todos sus términos y aprobándose la gestión realizada como gerente.

Designación de autoridades

Gerentes Titulares:

Srta. Albarracín Oriana Gabriela, CUIL N° 23-43646802-4, DNI N° 43.646.802, Soltera, Argentina, Empleada, Nacida 08/09/2001, domiciliada calle 109 N° 994, Avellaneda, Santa Fe.

Se ratifica en el cargo de Gerente Titular al Sr. Albarracín German Gustavo, CUIL N° 20-23751690-8, DNI N° 23.751.690.

Reconquista, 22 de Octubre de 2020.

Fdo.: Mirian Graciela David. Secretaria.

$ 283,80 429976 Nov. 11

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AGRORESERVAS Y ONA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1ª Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: AGRORESERVAS Y ONA S.R.L. s/Constitución, Expte. Nº 309/2020, según lo dispuesto en resolución de fecha 22 de Octubre de 2020, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Sacco Verónica Maria de Lujan, argentina, nacido el día 26 de Marzo de 1977, apellido materno Gatica, D.N.I. Nº 25.765.777, CUIT Nº 27-25765777-4, de profesión comerciante, soltera, domicilio en calle Ernesto Bosh Nº 250, de Maria Teresa departamento General López, Provincia de Santa Fe y Alvarez Verónica Anahí, argentina, nacido el día 19 de Septiembre de 1993, apellido materno Andrada, con D.N.I. N° 37.402.269, CUIT Nº 27-37402269-0, de profesión empleada, soltera, de nacionalidad Argentina, con domicilio en calle Saavedra Nº 3165 de la Ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 25 de Septiembre de 2020.

3) Denominación Social: Agroreservas y Ona S.R.L.

4) Domicilio Social: Belgrano N° 1312, de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: Por el término de 20 años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: Servicios agropecuarios y ganaderos, entendiéndose: siembra y cosecha de cereales y oleaginosas, cultivo de distintos cereales y oleaginosas, invernada y cría de ganado vacuno, cría de ganado porcino, caprino y bovino. Servicios de transporte automotor de cargas N.C.P.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: $ 400.000 (cuatrocientos mil) dividido en 40.000 (cuarenta mil) cuotas de $10 (pesos diez) valor nominal cada una, suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: Sacco Verónica Maria de Lujan suscribe la cantidad de 35.000 (treinta y cinco mil) cuotas de capital o sea la suma de $ 350.000 (pesos trescientos cincuenta mil) y Alvarez Verónica Anahí suscribe la cantidad de 5.000 (cinco mil) cuotas de capital o sea la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), los socios integran en este acto el 25% del Capital Social en dinero en efectivo y el 75% restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso de (2) dos años. A partir de la fecha de presente contrato.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio Gerente o Gerente según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente de cualquiera de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los Artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Art. 9 -Decreto 5965/63- con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad para la compra y/o enajenación de bienes inmuebles, se requerirá la aprobación de la Asamblea de Socios.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, y firmado por todos los presentes, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de ejercicio: El ejercicio cierra el 3l de Julio de cada año.

11) Cesión de cuotas, fallecimiento e incapacidad:

A) Entre los socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones.

B) A terceros: Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley General de Sociedades N° 19550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios.

C) Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por:

a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o;

b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.

Venado Tuerto, Noviembre de 2020.

$ 296 429807 Nov. 11

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AGROMAQUINARIAS

EL CONDE J Y D S.A.S.


CONTRATO


1) Socios fundadores: Moriconi, Jaquelina Eliana, argentina, DNI N° 28.575.773, soltera, nacida el 04/05/1981, con domicilio en calle 5 de Junio 715, de la ciudad de Armstrong, de profesión comerciante y Conde Daniel Ramón, argentino, DNI N° 26.850.015, soltero, nacido el 19/01/1978, con domicilio en calle Schaer 1205, de la ciudad de Armstrong, de profesión comerciante.

2) Fecha del instrumento de constitución: 20 de Mayo de 2020.

3) Denominación social: Agromaquinarias El Conde J Y D S.A.S.

4) Domicilio: Armstrong, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe; sede social en J. B. Alberdi 1139 de la ciudad de Armstrong, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: a) Industrial y Comercial: la fabricación y comercialización de máquinas no propulsadas para uso agrícola, sus partes, accesorios y repuestos; b) Servicios: mediante la prestación de servicios de mantenimiento y reparaciones de dichas máquinas.

6) Duración: 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), divididos en 40.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 10 cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Jaquelina Eliana Moriconi, suscribe 20.000 acciones que representan $ 200.000 y Daniel Ramón Conde, suscribe 20.000 acciones que representan $ 200.000.

8) Composición de los órganos de administración y fiscalización: Administradora titular Jaquelina Eliana Moriconi, Administrador suplente: Daniel Ramón Conde, en virtud de haberse prescindido de órgano de fiscalización (conf. Art. 50 Ley 27.349), y sin perjuicio de la que ejercen los accionistas -art. 55 LGS-.

9) Organización de la representación legal: a cargo de la administradora titular.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

Amstrong, 03 de Noviembre de 2020.

$ 86,79 430030 Nov. 11

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AMÉRICO SUÁREZ S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO


En Asamblea General Ordinaria del 05/08/2020 se resolvió: 1) Aprobar renuncia de Jorge José Cetta e Irene Suárez. 2) Designar Presidente a Pedro Pablo Llane DNI Nº 16.880.608 y Director Suplente a Gustavo Rodolfo Croppi DNI Nº 22.889.556. Vencimiento mandato 31/12/2022, ambos directores constituyen domicilio en Rueda 2526, de la cuidad de Rosario.

$ 45 430033 Nov. 11

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ABUT INVERSIONES S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Publico se hace saber que por acta de asamblea N° 15 de fecha 12 de Marzo de 2020 se ha resuelto modificar la denominación social quedando el art. 1 redactado de la siguiente forma: Artículo 1: la Sociedad se denomina “CLAUDIO ABUT INVERSIONES SA”, antes Abut Inversiones SA, Abut Inversiones Sociedad de Bolsa SA, y se rige por los presentes estatutos y disposiciones legales vigentes. Rosario, Octubre de 2020.

$ 45 429886 Nov. 11

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ACUARELA PACK S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 14 días del mes de Julio de 2020, se reúnen los señores Cristian Agustín Pistachia, argentino, de profesión industrial, D.N.I. Nº 25.893.991, C.U.I.T. Nº 20-25893991-4, de apellido materno Molina López, de estado civil soltero, domiciliado en Mendoza 2039, 8º B de Rosario, nacido el 19/04/1977 e Irene Molina López, D.N.I. Nº 14.139.245, C.U.I.T. Nº 27-14139245-5, de profesión comerciante, de apellido materno Boita, argentina, domiciliada en 3 de Febrero N° 494, 3º A de Rosario, nacida el 3 de Enero de 1960, de estado civil viuda, ambos mayores de edad y hábiles para contratar, en su carácter de únicos integrantes de la sociedad que gira bajo la denominación de Acuarela Pack Sociedad de Responsabilidad Limitada, inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo N° 166, Folio N° 20559 y N° 1334 del 07 de Agosto de 2015 y, manifiestan que vienen por el presente a realizar una prórroga del contrato social. A tal fin exponen: Prórroga del contrato social: Con motivo del vencimiento del plazo de duración de la sociedad el próximo 7 de Agosto de 2020, los socios por unanimidad deciden prorrogar la vigencia de la sociedad por el término de diez años, contados desde el vencimiento del contrato social llevando a efecto todo lo expuesto, por el presente otorgan y declaran que la cláusula tercera del Contrato Social queda redactada de la siguiente manera: Tercera - Duración: La sociedad tendrá una duración de quince años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir desde el 7 de Agosto de 2015, siendo por tanto su vencimiento el día 6 de Agosto de 2030. Los socios ratifican todas las demás cláusulas del contrato inscripto en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo N° 166, Folio 20559 y N° 1334 del 07 de Agosto de 2015 y sus posteriores modificaciones, en cuanto no fueran modificadas por el presente. Los socios ratifican y confirman todos los negocios, diligencias, actos y contratos efectuados por la sociedad hasta la fecha. En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

$ 60 429884 Nov. 11

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AGROLUMAR S.R.L.


CONTRATO


Socias: D´Ascanio Pevere Georgina Lujan, de nacionalidad argentina, nacida el 8 de Septiembre de 1987, de profesión Licenciada en Nutrición, casada en primeras nupcias con Marin Joel Franco, domiciliada en Libertad N° 626 de la localidad de Villa Eloísa, quién acredita identidad con D.N.I. Nº 32.902.691, CUIT Nº 23-32902691-4; D´Ascanio Giuliana Maria, de nacionalidad argentina, nacida el 20 de Febrero de 1992, de profesión Psicóloga, soltera, domiciliada en Libertad N° 626 de la localidad de Villa Eloísa, quién acredita identidad con D.N.I. Nº 37.182.505, CUIT Nº 27-37182505-9.

Fecha del acta de constitución: 21 de Octubre de 2020.

Denominación: Agrolumar Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Domicilio: 9 de Julio Nº 989 de la localidad de Villa Eloisa, provincia de Santa Fe.

Plazo de duración: 10 años.

Objeto social: servicios de cosecha mecánica de granos, labranza, siembra, pulverización, desinfección y fumigación de predios rurales y el transporte automotor de cargas.

Capital social: $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil). D´Ascanio Pevere Georgina Lujan $ 200.000, D´Ascanio Giuliana María $ 200.000.

Administración: La Administración y Representación legal y uso de la firma social estará a cargo de una socia gerente, señorita D´Ascanio Giuliana Maria. Gobierno: Las decisiones sociales serán adoptadas por Reuniones de Socias que serán convocadas por la socia gerente.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de las socias.

Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Junio de cada año.

$ 45 430044 Nov. 11

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BICI KAISER S.R.L.


CONTRATO


1- Socios: Diego Omar Acevedo, nacido el 15 de Enero de 1961 de 59 años de edad, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en calle Alvarez Thomas 2982 de la ciudad de Rosario, DNI Nº 14.180.781, CUIT Nº 20-14180781-2; Rodolfo Acevedo, nacido el 28 de Abril de 1971 de 49 años de edad, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en calle Avenida Alberdi 229 bis de la ciudad de Rosario DNI Nº 21.962.831, CUIT Nº 20-21962831-6.

2- Fecha de Constitución: 26 de Noviembre de 2019.

3- Denominación: Bici Kaiser S.R.L.

4- Domicilio: Avenida Alberdi 229 bis de la ciudad de Rosario. Santa Fe.

5- Objeto Social: Venta al por menor de bicicletas, repuestos de bicicleta y reparación de bicicletas.

6- Plazo: 20 Años.

7- Capital Social: ciento ochenta mil pesos.

8- Administración y representación legal: A cargo de uno o mas gerentes socios o no. Se nombra como único gerente al señor Rodolfo Acevedo.

9- Organo de fiscalización: A cargo de los socios.

10- Fecha de cierre: El ejercicio social cierra el 31 de Octubre de cada año.

$ 50 429930 Nov. 11

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ANA SÜHR S.R.L.


CONTRATO


1) Fecha de instrumento constitutivo: 03/11/2020.

2) Integrantes de la sociedad: Óscar Alberto Forestieri, argentino, nacido el 13 de Mayo de 1969, titular del DNI N° 20.577.033, apellido materno Gutiérrez, soltero, de profesión Transportista, CUIT N° 20-20577033-0, con domicilio en Roque Vitola 1076 de la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe; y Paula Marcela Ríos, argentina, nacida el 4 de Octubre de 1967, titular del DNI N° 18.297.219, apellido materno Sühr, soltera, de profesión Abogada, CUIT N° 27-18297219-9, con domicilio en Almafuerte 856 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

3) Denominación Social: Ana Sühr S.R.L.

4) Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Almafuerte 856 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Duración: 10 años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto el transporte terrestre de cargas generales de mercadería, dentro o fuera del ámbito del país, mediante la utilización de vehículos propios y/o de terceros afectados a tal fin; almacenamiento de mercaderías varias y/o encomiendas en depósitos propios o de terceros y distribución de las mismas dentro y fuera del país; podrá otorgar y/o recibir representaciones, comisiones o mandatos relacionados con los mismos. Todo esto ya sea por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros; contratando y/o subcontratando con particulares y/o con los estados nacionales, provinciales y/o municipales.

7) Capital Social: $ 260.000.

8) Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes duraran en su cargo mientras la asamblea no revoque sus mandatos, debiendo utilizar su firma habitual precedida de la denominación social y seguida de las palabras socio gerente o gerente. Quedando en este acto designados como socio gerente al socio señor Óscar Alberto Forestieri y la socia señora Paula Marcela Ríos quienes representarán a la sociedad en forma indistinta. El socio gerente o gerente, en cumplimiento de sus funciones, puede efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a terceros o cualquier otra prestación a título gratuito por negocios ajenos a la sociedad. En uso de sus facultades de administración y representación para el cumplimiento del objeto social y en la forma expresada para comprometerla, los socios gerentes o gerentes gozarán de todas las facultades que las leyes de fondo y forma consagran para el mandato de administrar y disponer.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 110 430023 Nov. 11

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EMG COMUNICACIONES S.R.L.


CONTRATO


Fecha del instrumento de constitución: Instrumento privado de fecha Rosario, Provincia de Santa Fe, a los días 22 días del mes de Junio de dos mil veinte;

Socios: FABIO ANDRES JURJO, DNI N° 20.923.130, nacido el 11 de Abril de 1969, de nacionalidad argentina, casado en primeras nupcias con María Alejandra Martínez, DNI N° 24.784.365, de profesión comerciante, con domicilioen Freyre 1276 PA, de la ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe), CUIT 20-20923130-2 y PABLO ANIBAL SUAREZ, DNI N° 24.097.675, nacido el 3 de Diciembre de 1974, de nacionalidad argentina, casado en primeras nupcias con Andrea Lorena Pereyra, DNI N° 23.612.339, de profesión empleado, con domicilio en calle Puerto Rico 443 de localidad de Capitán Bermúdez (Provincia de Santa Fe), CUIT 20-24097675-8; todos mayores de edad y hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de EMG COMUNICACIONES S.R.L.

Duración: El término de duración se fija en 10 (diez) años a partir de su fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros a las siguientes operaciones:

Realizar toda clase de tareas y operaciones inherentes a Obras de electrificación, tendido de líneas eléctricas y redes de media tensión y Instalación, mantenimiento, refacción, reparación de toda clase de redes, líneas, canales y servicio de eléctricidad. Instalación, mantenimiento, refacción, reparación de toda clase de redes, líneas, canales y servicios de telefonía.

En todos los casos en que las normas legales así lo exijan, se actuará con la intervención de profesionales con títulos habilitantes en la materia de que se trate.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto.

Domicilio Social: En la calle Puerto Rico N° 443 de la localidad de Capitán Bermudez de la Provincia de Santa Fe.

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil cincuenta mil ($ 250.000) dividido en dos mil quinientas cuotas de cien pesos ($ 100), El socio FABIO ANDRES JURJO, suscribe un mil doscientas cincuenta cuotas de capital $ 100 (pesos cien) cada una o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y el socio PABLO ANIBAL SUAREZ, suscribe un mil doscientas cincuenta cuotas de capital $ 100 (pesos cien) cada una o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000).

Administración y representación: Conforme a la cláusula sexta del contrato social, se resuelve por unanimidad designar como SOCIOS-GERENTES a los señores FABIO ANDRES JURJO y PABLO ANIBAL SUAREZ; quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula anteriormente mencionada.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

$ 90 429963 Nov. 11

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ESTABLECIMIENTO

AGROPECUARIO EL ZAFIRO S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO


Se hace saber la inscripción del Directorio de ESTABLECIMIENTO AGROPECUARIO EL ZAFIRO S.A., de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos personales directores designados: Director titular: Martín Javier Polverini, argentino, nacido el 8 de Mayo de 1979, C.U.I.T. 20-25712197-7, D.N.I. N° 25.712.197, apellido materno Baldellou, soltero, de profesión agricultor, domiciliado en zona rural de la localidad de Godoy, provincia de Santa Fe; y Director suplente: Evangelina Luján Polverini, argentina, nacida el 16 de Agosto de 1975, C.U.I.T. 27-23655657-9, D.N.I. N° 23.655.657, apellido materno Baldellou, casada, de profesión contadora pública, domiciliada en zona rural de la localidad de Godoy, provincia de Santa Fe.

2) Fecha de Acta de Asamblea designación Directorio: 21/09/2018.

3) Fecha de Acta de Directorio aceptación de cargos: 05/10/2018.

$ 45 429946 Nov. 11

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FEEL CLEAN SERVICE S.R.L.


AMPLIACION DE OBJETO


Se hace saber que en la ciudad de Rosario, el 21-10-2020 entre los Sres. Natali Boffi, DNI 34.268.008, CUIT 27-34268008-4, nacida el 10/11/1988, argentina, abogada, soltera, con domicilio en calle Av. Pellegrini 3490 de Rosario y el Sr. Federico Boffi, DNI 37.574.363, CUIT 23-37574363-9, argentino, nacido el 05-08-1994, comerciante, soltero, con domicilio en calle Av. Pellegrini 3490 de Rosario, en su carácter de socios de “Feel Clean Service S.R.L.”, CUIT 30-71608132-6, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario al Tomo 169, Folio 3950, Nro. 846 de fecha 24-05-2018, han resuelto ampliar el objeto social de la referida sociedad a las áreas de compra, venta, distribución, comercialización al por mayor y al por menor de productos y artículos de limpieza. Fabricación, envasado y distribución de productos de limpieza, pulido y saneamiento, tanto para uso industrial, institucional y doméstico, por lo que adecuan las cláusula cuarta que quedará redactada de la siguiente manera: Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a la prestación del servicio de limpieza y mantenimiento, pintura y soldadura de buque-tanques, barcazas y navíos. Compra, venta, distribución y comercialización al por mayor y al menor de productos y artículos de limpieza. Fabricación, envasado y distribución de productos de limpieza, pulido y saneamiento, tanto para uso industrial, doméstico e institucional.

Rosario, 2 de Noviembre de 2020.

$ 55 430069 Nov. 11

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INNOVA INGENIERIA S.A.


CONCURSO PREVENTIVO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, a cargo de Dr. Ivan Gustavo Dichiazza, Secretaria a cargo de la Dra. Mariana Nelli, comunica por (1) un día que en fecha 29 de Octubre de 2020, se dispuso la Conclusión por Cumplimiento del Acuerdo Preventivo de los autos caratulados: INNOVA INGENIERIA SA a/Concurso preventivo; 21-01974616-7. Fdo. Mariana Nelli, Secretaria.

S/C 429915 Nov. 11 Nov. 12

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FONTANA INMOBILIARIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que en Rosario, Provincia de Santa Fe, en fecha 4 de Septiembre de 2020, se reúnen los Sres. Diego Darío Fontana, argentino, nacido el 12-08-1975, de profesión Corredor Inmobiliario, domiciliado en calle Tucumán 1410 de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, DNI 24.801.903, CUIT 20-24801903-5, de apellido materno Tamburini, casado con Andrea Verónica Farina y Eduardo Enrique Fontana, argentino, nacido el 27-07-1948, jubilado, domiciliado en calle Tucumán 1410 de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, DNI 6.077.505, CUIT 20-06077505-3, de apellido materno Andriani, casado con Miriam Noemí Tamburini, socios de Fontana Inmobiliaria S.R.L. (CUIT 30-71531151-4), con sede en calle Av. Alberdi 1064 de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Santa Fe al Tomo 167, Folio 18822 Nro. 1227 en fecha 08-08-2016, posterior modificación inscripta el 02-03-2017 en contratos al Tomo 168, Folio 4960, Nro. 315 y Gonzalo Ezequiel Fontana, argentino, de profesión Corredor Inmobiliario, domiciliado en calle J. M. Estrada Nro. 396 de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, DNI 25.777.306, CUIT 20-25777306-0, de apellido materno Tamburini, divorciado en primeras nupcias de Jorgelina Scalona según Expte. Nro. 1617/17 resuelto el 16-03-2018, y que el Sr. Diego Darío Fontana, quien es titular de 10.000 cuotas sociales de valor nominal $10 cada una y que el Sr. Eduardo Enrique Fontana, quien es titular de 10.000 cuotas sociales de valor nominal $10 cada una, convienen que el Sr. Eduardo Enrique Fontana vende, cede y transfiere al Sr. Gonzalo Ezequiel Fontana 10.000 cuotas sociales, suscriptas e integradas de $10 cada una de valor nominal representativas de $ 100.000 en la suma de $ 100.000 que es abonada en efectivo, prestando su conformidad los Sres. Diego Darío Fontana y Eduardo Enrique Fontana, este último por sí y en representación de Miriam Noemí Tamburini, cónyuge del Sr. Eduardo Enrique Fontana, conforme poder otorgado por Escritura Pública pasada por ante la Escribana Claudia Cometti, quedando el cedente desvinculado de Fontana Inmobiliaria S.R.L., sometiéndose a la Justicia ordinaria de la ciudad de Rosario a los efectos extrajudiciales y/o judiciales. Asimismo los socios resuelven ratificar las cláusulas del contrato social, modificando la cláusula quinta del contrato social, que quedará redactada de la siguiente manera: Cláusula Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 200.000 dividido en 20.000 cuotas de $10 cada una, que los socios suscriben en su totalidad en las siguientes proporciones. Diego Darío Fontana suscribe $ 10.000 cuotas de $10 cada una por un total de $ 100.000 y Gonzalo Ezequiel Fontana suscribe $ 10.000 cuotas de $10 cada una por un total de $ 100.000. El capital se encuentra totalmente integrado y se ratifican como gerentes a los Sres. Diego Darío Fontana y Gonzalo Ezequiel Fontana.

Rosario, 2 de Noviembre de 2020.

$ 90 430068 Nov. 11

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J. Alberto Rodríguez S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que la sociedad J. Alberto Rodríguez S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en Contratos al T° 146, F° 19241, N° 2097 el 26 de Diciembre de 1995 de Rosario, ha modificado y prorrogado el plazo de su duración a un año conforme surge del acta respectiva de fecha nueve de Octubre del dos mil veinte, venciendo el plazo de duración el veintitrés de Octubre de dos mil veintiuno.

Rosario, Noviembre de 2020.

$ 45 429981 Nov. 11

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LA CONCESIÓN S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO


Por Asamblea de fecha 26 de Mayo de 2020 y directorio de fecha 01/06/2020, se eligió y distribuyeron cargos, respectivamente, de nuevo directorio que estará en funciones hasta Diciembre 2021. El directorio estará conformado así: Presidente: DANIELA RUT ETCHEVARNE D.N.I. 21.689.319; Vice-Presidente: CLARISA ERNESTINA ETCHEVARNE D.N.I. 25.982.675; Directora Suplente: MARIANA JUDIT ETCHEVARNE D.N.I. 20.409.244. El Directorio fijó domicilio especial en calle Irazusta 1252 bis Rosario, pcia. Santa Fe.

$ 45 429903 Nov. 11

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GOLDEN CATERING S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe a los 22 días del mes de Junio de 2020, se reúnen los Sres. NICOLAS EDUARDO JOSE ROSES, DNI N° 14.729.598, casado en primeras nupcias con Susana Pereyra DNI 11.272.381, ERNESTO TOMAS MARULL, DNI 16.249.885, soltero, ROMAN DANIEL MARTINEZ DNI 31.719.364, divorciado (Expte. N° 2334/16) únicos integrantes de Golden Catering S.R.L., con contrato original inscripto en Contratos el 20/03/2015. al Tomo 166, Folio 6797 y Número 452, convienen por unanimidad: 1) Nicolás Eduardo José Roses ceder la totalidad de sus cuotas sociales al nuevo socio Sr. CALLEJAS TOMAS ABEL, DNI N° 29.983.142, argentino, nacido el 17/04/1981, comerciante, CUIT 20-29983142-7, soltero, en la suma de $ 58.500. 2) ERNESTO TOMAS MARULL ceder la totalidad de sus cuotas sociales al nuevo socio Sr. CALLEJAS TOMAS ABEL, DNI N° 29.983.142, argentino, nacido el 17/04/1981, comerciante, CUIT 20-29983142-7, soltero, en la suma de $ 58.500. 3) Fijar el domicilio de la Sede Social en calle Pasaje Milton 7842, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. 4) Ratificar todas la demás cláusulas del contrato social, en cuanto no fueren modificadas por este acta.

$ 55 430005 Nov. 11

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LAS CONDES S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO


Por Asamblea de fecha 27 de Mayo de 2020 y directorio de fecha 03/06/2020, se eligió y distribuyeron cargos, respectivamente, de nuevo directorio que estará en funciones hasta Diciembre 2021. El directorio estará conformado así: Presidente: CLARISA ERNESTINA ETCHEVARNE D.N.I. 25.982.675; Vice-Presidente: DANIELA RUT ETCHEVARNE D.N.I. 21.689.319; Directora Suplente: MARIANA JUDIT ETCHEVARNE D.N.I. 20.409.244. El Directorio fijó domicilio especial en calle Irazusta 1272 bis Rosario, pcia. Santa Fe.

$ 45 429902 Nov. 11

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MOLINOS JUAN SEMINO S.A.


INSCRIPCIÓN DE DIRECTORIO


La Asamblea Ordinaria del 30/09/2020 de Molinos Juan Semino S.A. resolvió lo siguiente:

-Elección de los miembros del Directorio por el término de un año: Presidente: Juan José Semino, DNI 22.896.435; Vicepresidente: Federico Semino, DNI 31.631.954; Directores titulares: Martín Ernesto Semino, DNI 24.282.184; Guillermo Federico Semino, DNI 25.900.754; Marisa Semino, DNI 25.007.667; Fernanda Semino, DNI 27.725.012; Víctor Armando Baroffi, DNI 6.071.620; Nicolás Víctor Baroffi, DNI 23.848.605. Directores suplentes: Carlos Ernesto Semino, DNI 6.073.057; Jimena Rubio, DNI 31.363.951, y Julio Luis Pérez, DNI 8.176.228.

$ 45 429965 Nov. 11

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BORDI HNOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición de la Sra. Jueza Dra. María Andrea Mondelli, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se hace saber: que a los fines de adjudicar las seiscientas veinticinco (625) Cuotas del Capital Social de BORDI HNOS SRL (CUIT Nº 30-61919725-5) que le correspondían al Socio RUBÉN OMAR BORDI, argentino, de estado civil divorciado, titular del D.N.I. N° 11.418.073, C.U.I.L./T. Nº 20-11418073-5 en esa entidad, denunciadas en autos caratulados: BORDI, RUBÉN OMAR s/Sucesorio; C.U.I.J. N° 21-02898144-6 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 1ª Nominación de Rosario, a nombre del Sr. RODRIGO SEBASTIAN BORDI, apellido materno García, titular del D.N.I. Nº 35.644.416, C.U.I.L./T. Nº 20-35644416-8, argentino, mayor de edad, nacido el 04 de Marzo de 1991, con domicilio real en calle Paraguay N° 280 de la localidad de Soldini, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado la publicación por un día. Rosario, 03 de Octubre de 2020.

$ 45 430019 Nov. 11

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DON ABEL S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Registro Público de la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre en autos caratulados DON ABEL S.R.L. s/Modificación al contrato social; (CUIJ 21-05203724-4), por decreto de fecha 02 de Octubre de 2020, se ordeno publicar el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a los efectos de que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, a saber: En la ciudad de Colonia Caroya, provincia de Córdoba, a los 13 días del mes de Agosto del año 2020, entre los señores BORGO Delia Guadalupe, de apellido materno Sangoi, DNI N° 11.234.595, CUIT N° 27-11234595-2 argentina, mayor de edad, nacida en Santa Fe, el 20 de Febrero de 1954, casada en primeras nupcias con el Sr. Capolungo Abel Adolfo, de ocupación ama de casa, domiciliada en Km 479 s/nº de la Ruta N° 11 de la localidad de Recreo Sur de la provincia de Santa Fe; el Sr. Capolungo Abel Adolfo, de apellido materno Neme, DNI N° 8.500.508, CUIT N° 20-08500508-2, argentino, mayor de edad, nacido en San Cristóbal el 04 de Abril de 1946, casado en primeras nupcias con la Sra. Borgo Delia Guadalupe, de ocupación transportista, domiciliado en Ruta 11 Km 479 s/nº de la localidad de Recreo, provincia de Santa Fe; el Sr. Capolungo Abel Ángel, de apellido materno Borgo, DNI N° 25.850.927, CUIT N° 20-25850927-8, argentino, mayor de edad, nacido en Santa Fe el 29 de Mayo de 1977, de estado civil soltero, de ocupación transportista, domiciliado en calle Juan de Garay s/n° Km 480, de la localidad de Recreo, provincia de Santa Fe y el Sr. Capolungo Ariel Alcides, de apellido materno Borgo, DNI N° 29.549.083, CUIT N° 20-29549083-8, argentino, mayor de edad, nacido en Santa Fe el 11 de Octubre de 1982, de estado civil divorciado, de ocupación transportista, domiciliado en Ruta 11 Km 479 s/nº de la localidad de Recreo, provincia de Santa Fe, únicos socios de Don Abe S.R.L., inscripta en el Registro Público de Santa Fe, el 04 de Diciembre de 2018, bajo el N° 211, F° 37, Libro N° 19, convienen lo siguiente: Primera: todos los socios manifiestan que el motivo por el cual el lugar de celebración del presente contrato no es en la sede de la sociedad cita en la ciudad de Recreo, provincia de Santa Fe, es que todos los socios se encuentran por cuestiones laborales y residiendo temporalmente en la localidad de Colonia Caroya, no pudiendo regresar a la provincia de Santa Se por la situación de público conocimiento inherente al COVID-19. Segunda: La Sra. Borgo Delia Guadalupe, manifiesta que es su intención dejar de formar parte de la sociedad, por lo que vende, cede y transfiere por la suma de pesos cinco mil ($ 5.000) la totalidad de sus cuotas, que ascienden a 50 de pesos cien ($ 100) valor nominal de cada una de ellas, de la siguiente manera: 25 cuotas a favor de Abel Ángel Capolungo y 25 cuotas a Ariel Alcides Capolungo. Tercera: El Sr. Abel Adolfo Capolungo, manifiesta que es su intención dejar de formar parte de la sociedad así como renunciar a su puesto de Gerente, por lO que vende, cede y transfiere por la suma de pesos setenta mil ($ 70.000) la totalidad de sus cuotas, que ascienden a 700 de pesos cien ($ 100) valor nominal de cada una de ellas, de la siguiente manera 350 a favor de Abel Ángel Capolungo y 350 cuotas a Ariel Alcides Capolungo. Cuarta: Tanto el Sr. Capolungo Abel Adolfo como la Sra. Borgo Delia Guadalupe, cónyuges entre si, prestan conformidad a cada una de las cesiones onerosas realizadas por ellos. Quinta: los socios Capolungo Abel Ángel y Capolungo Ariel Alcides, aceptan las renuncias de ambos socios salientes y la compra de las cuotas en la forma detallada en la cláusula cuarta. Sexta: En este acto, sirviendo el presente contrato del más eficaz recibo de pago, el señor Abel Adolfo Capolungo recibe la suma de pesos setenta mil ($ 70.000) y la Sra. Borgo Delia Guadalupe, recibe la suma de pesos cinco mil ($ 5.000) como pagos totales y finales de las cuotas de capital transferidas, como de todas las acreencias que las mismas puedan dar derecho en la sociedad, a la fecha del presente contrato. Séptima: De esta forma se modifica la cláusula Quinta del contrato constitutivo, la que quedará redactada de la siguiente manera: Cláusula Quinta: Capital Social. El capital social se fija en la suma de pesos cien mil ($ 100.000), representado en mil (1.000) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal de cada una de ellas que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el Sr. Abel Ángel Capolungo suscribe quinientas (500) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal de cada una de ellas, es decir pesos cincuenta mil ($ 50.000)y el Sr. Ariel Alcides Capolungo suscribe quinientas (500) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal de cada una de ellas, es decir pesos cincuenta mil ($ 50.000), quedando de tal modo suscripto e integrado el capital de la sociedad. En caso de aumento de capital los socios tienen derecho de suscripción preferente y de acrecer. Octava: El Sr. Capolungo Abel Adolfo, renuncia expresamente a su cargo de Gerente. En este sentido los socios Capolungo Abel Angel y Capolungo Ariel Alcides deciden que el nuevo Gerente será el Sr. Capolungo Abel Ángel. Novena: En consecuencia la cláusula Decimo Cuarta quedara redactada de la siguiente manera: Primer Gerente: Se designa como gerente al Sr. Capolungo Abel Angel, de apellido materno Borgo, DNI N° 25.850.927, CUIT N° 20-25850927-8, argentino, mayor de edad, nacido en Santa Fe el 29 de Mayo de 1977, de estado civil soltero, de ocupación transportista, domiciliado en Juan de Garay s/nº Km 480, de la localidad de Recreo, provincia de Santa Fe. Décima: aprovechando el presente contrato, se comunica que, recientemente, se ha advertido un error de redacción de la cláusula Decimoquinta del contrato social, toda vez que establece: Sede Social. La sede social se fija en Ruta 11 KM 4795 s/nº de la ciudad de Recreo, provincia de Santa Fe. Siendo errónea la altura del km mencionada, siendo el correcto el N° 479. En consecuencia todos los socios firmantes deciden modificar esta cláusula, la que quedará redactada de la siguiente manera: Cláusula décimo quinta: Sede Social. La sede social se fija en Ruta 11 KM 479 s/nº de la ciudad de Recreo, provincia de Santa Fe.

Las demás cláusulas del contrato social conservan la vigencia.

Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.

Santa Fe, 22 de Octubre de 2020.

$ 360 430015 Nov. 11

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CASCIANI HERMANOS S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO


Se hace saber la inscripción del Directorio de CASCIANI HERMANOS S.A. de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos personales directores designados: Director titular: José Luis Casciani, argentino, nacido el 28 de Agosto de 1948, C.U.I.T. 20-06072293-6, D.N.I. N° 6.072.293, apellido materno Santilli, casado en primeras nupcias con Alicia Lando, de profesión agricultor, domiciliado en calle Mitre 154 de la localidad de Coronel Bogado, Provincia de Santa Fe; y Director suplente: Estela Maris Luján Casciani, argentina, nacida el 15 de Febrero de 1943, C.U.I.T. 27-04572117-0, D.N.I. N° 4.572.117, apellido materno Santilli, viuda, de profesión agricultor, domiciliada en calle Buenos Aires 3926 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha de Acta de Asamblea designación Directorio: 20/09/2019

3) Fecha de Acta de Directorio aceptación de cargos: 27/09/2019

$ 45 429945 Nov. 11

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CRAFTERS S.R.L.


MODIFICAION DE CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo décimo inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber la cesión de cuotas y modificación de cláusula de capital social con fecha 1 de Septiembre de 2020.

1) Cesión de cuotas, retiro e ingreso de socio: Francisco Romairone titular de 90 cuotas sociales de valor nominal $ 1.000. (pesos mil) cada una, cede, vende y transfiere 81 cuotas a favor de Nicolás Daniel Paris, por $ 81.000. (pesos ochenta y un mil); y 9 cuotas a favor Juan Ignacio Paris, DNI N° 33.620.027, nacido el 11 de Marzo de 1988, soltero, argentino, CUIT N° 20-33620027-0, con domicilio en calle Zelaya 2264 de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión docente, por $ 9.000 (pesos nueve mil), retirándose como socio el Sr. Francisco Romairone e ingresando como socio el Sr. Juan Ignacio Paris.

2) Modificación sede social: Se resuelve establecer la sede social en calle Paraguay 398 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

3) Cláusula de Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 180.000 (pesos ciento ochenta mil), dividido en 180 cuotas sociales de $ 1.000 (pesos mil) cada una, quedando constituido según el siguiente detalle: Nicolás Daniel Paris suscribe ciento setenta y una (171) cuotas de pesos mil ($ 1.000), o sea pesos ciento setenta y un mil ($ 171.000) y Juan Ignacio Paris suscribe nueve (9) cuotas de pesos mil ($ 1.000), o sea pesos nueve mil ($ 9.000), que los socios darán por ya integrado.

$ 45 429941 Nov. 11

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EL LIQUIDAMBAR S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que por Reunión de Socios celebrada el día 29/10/20, se aceptó por unanimidad la renuncia del Sr. ROBERTO ALEJANDRO GAZZE al cargo de gerente titular de la sociedad. Por lo que, conforme el estatuto de la sociedad, el Gerente Suplente Sr. GUILLERMO LUIS ALBERTO BALAN aceptó el cargo de Gerente titular y se designó como Gerente Suplente al Sr. ROBERTO ALEJANDRO GAZZE. A continuación se denuncian los datos de los nuevos gerentes: Gerente Titular: GUILLERMO LUIS ALBERTO BALAN, DNI N° 12.577.333, CUIT N° 20-12577333-9, nacionalidad argentina, sexo masculino, Ingeniero, nacido el 16/11/1958, Casado en primeras nupcias con NORA BEATRIZ TORELLI, con domicilio real en calle Maciel N° 259 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y domicilio especial en Paraguay N° 777, Piso 12 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Gerente Suplente: ROBERTO ALEJANDRO GAZZE, DNI N° 12.181.798, CUIT N° 20-12181798-6, nacionalidad argentina, sexo masculino, Contador Público Nacional, nacido el 26/08/1958, casado en primeras nupcias con Patricia Mónica Juniu, con domicilio real en Avenida Madres de Plaza de Mayo N° 2880, Depto. 10-1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y domicilio especial en Paraguay N° 777, Piso 12 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 60 429928 Nov. 11

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DESINFECTAL DESINFECCION TOTAL S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En fecha 6 de Junio de 2020 se decide:

1) Aumentar el capital social en la suma de ciento ochenta y siete mil pesos ($ 187.000) dividido en dieciocho mil setecientas (18.700) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una. siendo suscripto integramente por los socios en igual proporcion, quedando fijado el nuevo capital social en la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000), dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de pesos diez ($ 10) c/u.

2) Prorrogar el término de duracion de la sociedad en veinte años a partir de la fecha de vencimiento de la sociedad es decir, hasta el 06/09/2040.

3) Designar como gerentes a los socios HERNÁN ANDRÉS FABRO y SILVANA DE LUJAN IGLESIAS que actuaran en forma indistinta.

$ 45 429973 Nov. 11

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DELTA DEL PARANA

SERVICIOS S.R.L.


CONTRATO


En la localidad de Rosario, departamento Rosario, provincia de Santa Fe, a los 13 días del mes de Octubre del año dos mil veinte, se reúnen los señores JESUS OMAR ALBORNOZ, argentino, nacido el 25 de Diciembre de 1954 comerciante, titular del documento nacional de identidad Nº 11.246.298, casado en primeras nupcias con doña MARTA NOEMI SENA, hijo de don Omar Demetrio Albornoz y doña Isabel Sosa, domiciliado en Ciudadela 1079 de Rosario, CUIT 20-11246298-9 , y don MAURICIO LEANDRO ALBORNOZ, argentino, hijo de Jesus Omar Albornoz y, nacido el 02 de Septiembre de 1992, comerciante, titular del documento nacional de identidad Nº 37.041.835, soltero, domiciliado en calle Ciudadela 1079 Rosario, CUIT 20-37041835-8, hijo de don Jesus Omar Albornoz y Marta Noemí Sena, quienes deciden la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por, las siguientes cláusulas.

Primera: La Sociedad girará bajo la razón social DELTA DEL PARANA SERVICIOS S.R.L.

Segunda: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Tercera: El término de la duración se fija en noventa y nueve años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Cuarta: El Capital Social se fija en la suma de $ 200.000. (pesos doscientos mil) dividido en 200 cuotas de valor nomina $ 1.000.(pesos mil), cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El Sr. Jesus Albornoz, el 50%(cincuenta por ciento) del capital social, es decir: 100 cuotas de valor nominal $ 1.000; o sea $ 100.000.(pesos cien mil), Mauricio Albornoz el restante 50% (cincuenta por ciento) con 100 cuotas de valor nominal $ 1.000; o sea $ 100.000 (pesos cien mil ). Los socios integran en este acto y en dinero en efectivo, según boleta del Banco Provincia de Santa Fe que se adjunta el 50% del capital social, o sea la suma de $ 100.000 (pesos ciento veinte mil), y el 50% (cincuenta por ciento) restante o sea $ 100.000 (pesos cien mil) se integrarán en efectivo dentro del primer año computados a partir de la fecha del instrumento.

Quinta: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de: limpieza, seguridad, mantenimiento, maestranza en distintas estaciones edilicias, mantenimiento de balizamiento náutico, puentes, muelles e instalaciones portuarias, servicios de prestación náutica: traslado de herramientas de trabajo y personal para terminales portuarias.

Sexta: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes. El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes al giro social estarán a cargo del/los gerentes en forma indistinta, quienes actuando obligan a la Sociedad, debiendo hacerlo con la firma particular, debidamente aclarada, precedida por la denominación Delta del Paraná Servicios S.R.L. que se estampará en sellos, sin cuyo requisito carece de valor alguno. Tienen todas las facultades para celebrar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en los art. 375 del Código civil y 9 del Decreto ley 5965/63. Los Gerentes depositarán en la Sociedad en concepto de garantía la suma de $ 5000 (Pesos cinco mil). El mandato es ilimitado.

Séptima: La Sociedad podrá vender, permutar, ceder, transferir, donar y en cualquier causa o razón, toda clase de bienes y/o derechos reales sobre los mismos, muebles, semovientes, títulos de créditos, derechos y acciones, formar parte de otras sociedades de cualquier naturaleza, fusionarse o participar en ellas en calidad de socios, accionistas u otras formas. Formalizar prendas con registro, designar representaciones en cualquier lugar del país o del exterior, patentar inventos y/o registrar insignias comerciales o industriales, toda clase de operaciones con instituciones oficiales o privadas.

Octavo: Los gerentes quedan facultados para actuar antes los Bancos y todas las demás instituciones de créditos, ya sean oficiales o privadas. El mandato para administrar comprende todas las facultades de ley, encontrándose entre las mismas las siguientes: A) Ejercer la representación legal de la Sociedad. B) Administrar los bienes o negocios, pudiendo: comprar, vender, importar, exportar, permutar y en general transferir bienes muebles e inmuebles, frutos y productos y mercaderías, a plazo o al contado con garantías reales, personales o sin ellas. C) Tomar y dar dinero en préstamo con garantía hipotecaria, prendaria, personal o sin ella. D) Gestionar toda clase de créditos que requiera la marcha de los negocios sociales. E) Cancelar, librar, dar obligaciones en dinero o en especies dadas en garantía o adeudados a la sociedad. F) Abrir cuentas corrientes en los bancos nacionales, provinciales, municipales, particulares, extranjeros, depositar fondos y valores, librar cheques, emitir, negociar, descontar toda clase de documentos comerciales ya sea como librador, aceptante o endosante, solicitar o aceptar créditos en cuentas corrientes y/o en otras formas, ya sea de las misma instituciones oficiales o con particulares. G) Entablar las gestiones y/o acciones que corresponda ante los Tribunales, autoridades o reparticiones nacionales, provinciales o municipales, de cualquier fuero o jurisdicción por si, o por medio de apoderados, confiriendo a tal efecto los poderes generales o especiales respectivos. H) Celebrar contratos de locación de inmuebles rurales o urbanos o de muebles, actuando la sociedad como locadora o locataria y por los precios y plazos que consideren convenientes: celebrar contratos de locación de servicios y obras, tomando y despidiendo el personal necesario y establecer sus funciones y remuneraciones, se deja constancia que los gerentes quedan facultados para realizar todo y cada uno de los actos u operaciones autorizados por las leyes civiles y comerciales, gestiones y diligencias que fuera menester para el mejor cumplimiento de su mandato y la marcha de los negocios sociales.

Novena: La sociedad cerrará ejercicio el 31 de Diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance general con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento y como así también, un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance General por intermedio de los gerentes se convocará a reunión de socios fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento de la forma que prevee la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el balance se considera automáticamente aprobado si dentro de diez días corridos a contar de la fecha fijada para la reunión de socios no fuera objetado por la mayoría el capital social, objeciones que en tal caso deben efectuarse por escritos fundados. El balance deberá ser considerado dentro de los ciento veinte días de cerrado el ejercicio y puesto a consideración de los socios, con quince días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de ellas se destinará el 5% (cinco por ciento)a la constitución dé la Reserva legal, hasta que la misma alcance el 20 (veinte por ciento) del capital social. Podrá constituirse otras reservas facultativas que los socios decidan inmovilizar dentro de los términos del art. 70 de la ley 19550. Salvo por lo dispuesto por el art. 71 de la misma, para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargaran a las reservas especiales y en su defecto a la reserva legal en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando ésta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta ser cubierto por futuras utilidades teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 19550. Las pérdidas de capital que insume el capital social, importará la disolución de la sociedad silos socios no acuerdan reintegro.

Décima: los socios podrán recibir una remuneración en la medida que presten servicios a la sociedad y también podrán realizar retiros en cuenta particular, en la forma que dispongan de común acuerdo.

Décimo Primera: La Sociedad se disuelve por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19550, en tal caso la liquidación se practicará por los socios, salvo que los mismos por unanimidad resuelvan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los art. 101 al 112 de la ley 19550, e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo se distribuirá entre los socios en proporción a sus respectivos capitales.

Décimo Segunda: Las cuotas de capital no podrán ser cedidas a terceros ajenos a la sociedad, sino con el voto favorable de los socios restantes. Los socios que se proponen ceder sus cuotas a terceros deberán comunicar por medio fehaciente a la Gerencia y a sus consocios, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia, en la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la sesión y forma de pago.

Décimo Tercera: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, el restante podrá optar por lo siguiente:

A) Admitir a los herederos del fallecido en las mismas condiciones que el causante, salvo su calidad de Gerente, rigiendo para este supuesto lo establecido en el art. 55 de la Ley 19550. B) adquirir las cuotas de capital ajustado a las siguientes condiciones: 1) se practicará un revalúo total del activo, 2) se considerará el valor llave del mismo, 3) Se le abonará el haber resultante de la siguiente manera: en tres cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las dos restantes a los noventa y ciento veinte días respectivamente debidamente actualizadas, con el interés fijado por el Banco Nación Argentina, para operaciones de descuento de documentos, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna de las utilidades o beneficios sociales con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania, exclusión, etc.; el representante de los herederos podrá no ser de la sociedad. En caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos podrá comunicarse a la sociedad en el término de diez días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión, con nombramiento de esta comunicación se entenderá su decisión de continuar en la sociedad en las condiciones fijadas en este artículo.

Décima Cuarta: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos, y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, serán sometidas a la decisión de los Tribunales ordinarios, correspondiente al domicilio legal de la sociedad a cuyo estricto cumplimiento se someten las partes expresamente, renunciando a cualquier otro fuero de excepción, incluso el federal si pudiera corresponder.

Décima Quinta: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios gerentes, quienes en cualquier momento podrán efectuar por si o por el profesional especializado que designen, la revisión de las registraciones contables de los comprobantes que le dieron origen y de cualquier otra documentación inherente a la sociedad que estimen necesaria.

Décima Sexta: En todo lo que no estuviere previsto en este contrato, regirán las disposiciones de la ley 19550 y las del Código de Comercio o Civil en su defecto, sin perjuicio de las leyes complementarias referentes a la materia.

Décima Séptima: De la reunión de los socios:

Los socios se reunirán en forma mensual en el domicilio de la Sociedad y las resoluciones sociales se adoptaran en la forma dispuesta por el art. 160 de la Ley 19550 con sujeción a las cláusulas que anteceden, las partes dejan formalizado el presente contrato de sociedad de responsabilidad limitada y se obligan a la estabilidad y firmeza de lo convenido.

Previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un solo tenor y aun solo efecto, en el lugar y día arriba mencionados.

$ 330 430029 Nov. 11

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REPUESTOS Y

REPARACIONES 33 S.A.S.


CONSTITUCION


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rosario, se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para hacer saber que:

En la localidad de Chabás, Provincia de Santa Fe, República Argentina, a los 25 días del mes de Agosto de 2020, el Sr. Eduardo José Escobar, DNI Nº 10.525.598, argentino, casado con Susana Adela Victoria Cardozo, de profesión comerciante, con domicilio en calle Las Heras S/N de la localidad de Chabás, Santa Fe, CUIT N° 20-10525598-6, nacido el 28 de Enero 1954, ha resuelto constituir una sociedad por acciones simplificada, con sujeción al siguiente:

Denominación: REPUESTO Y REPARACIONES 33 S.A.S.

Domicilio: Sede social en Calle en calle Las Heras S/N entre calles Vilches y Escalada de la localidad de Chabás, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, Argentina.

Duración: 20 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de la ciudad de Rosario.

Objeto: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: 1) Servicio de Reparación de automotores y camiones y venta de repuestos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Capital: El capital social es de pesos cien mil ($ 100.000), representado por 1.000 acciones de cien (100) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.

Administración, dirección y representación: La administración estará a cargo de 1 a 3 personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vicerepresentante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. La representación estará a cargo del Sr. Eduardo José Escobar, DNI Nº 10.525.598 siendo asimismo el administrador titular, y la administradora suplente la Sra. Susana Adela Victoria Cardozo, DNI Nº 12.336.981, argentina, casada con el Sr. Eduardo José Escobar, de profesión ama de casa, con domicilio en calle Las Heras S/N de la localidad de Chabás Santa Fe, CUIT Nº 27-12336981-0, nacida el 29 de Septiembre de 1958. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes.

Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS.

Fecha de Cierre del Ejercicio: La sociedad cerrara su ejercicio el día 30 de Septiembre de cada año.

$ 90 429992 Nov. 11

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ROSARIO GOURMET S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe a los 22 días del mes de Junio de 2020, se reúnen los Sres. NICOLAS EDUARDO JOSE ROSES, DNI N° 14.729.598, casado en primeras nupcias con SUSANA PEREYRA DNI Nº 11.272.381, ERNESTO TOMAS MARULL, DNI Nº 16.249.885, soltero, ROMAN DANIEL MARTINEZ DNI Nº 31.719.364, divorciado (Expte. N° 2334/16) únicos integrantes de Rosario Gourmet S.R.L., con contrato original inscripto en Contratos el 28/10/2016, al Tomo 167, Folio 30243 y Número 1812, convienen por unanimidad: 1) NICOLÁS EDUARDO JOSÉ ROSES ceder la totalidad de sus cuotas sociales al nuevo socio Sr. CALLEJAS TOMAS ABEL, DNI N° 29.983.142, argentino, nacido el 17/04/1981, comerciante, CUIT 20-29983142-7, soltero, en la suma de $ 58.500. 2) ERNESTO TOMAS MARULL ceder la totalidad de sus cuotas sociales al nuevo socio Sr. CALLEJAS TOMAS ABEL, DNI N° 29.983.142, argentino, nacido el 17/04/1981, comerciante, CUIT 20-29983142-7, soltero, en la suma de $ 58.500. 3) Fijar el domicilio de la Sede Social en calle Pasaje Milton 7842, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. 4) Ratificar todas la demás cláusulas del contrato social, en cuanto no fueren modificadas por este acta.

$ 55 430006 Nov. 11

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ROMAGNOLI S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario Dra. Maria Andrea Mondelli, Secretaria de la Dra. Mónica Liliana Gesualdo, se hace saber que en el Expediente Nº 2.156, Año 2020 ROMAGNOLI s/Prorroga al 15/10/2025 (10 años desde la reconduccion) - aumento de capital 250.000/250.000)se ha ordenado la siguiente publicación:

Prorroga:

Cláusula Segunda: la sociedad tendrá una duración de cinco años a partir del vencimiento de la reconducción hasta la fecha de vencimiento del presente contrato de prorroga. Es decir del 15 de Octubre del año 2020 al 15 de Octubre del año 2025.

Aumento del Capital Social:

Cláusula Cuarta: Aumentar el capital social que es de pesos cientocincuenta mil ($ 150.000), a la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000). Este aumento dividido en cien mil cuotas de un peso ($ 1) cada una, es suscripto por los socios en las siguientes proporciones: SILVIA CARINA ROMAGNOLI (casada en primeras nupcias con JUAN PABLO FOGLIATTO D.N.I. Nº 25.942.754) cincuenta mil cuotas (50.000)de un peso ($ 1) cada una que representan cincuenta mil pesos ($ 50.000) y ANTONELA ELISABET CASTRO ROMAGNOLI también lo hace cincuenta mil cuotas (50.000) de un peso ($ 1) cada una que representan cincuenta mil pesos ($ 50.000).En consecuencia corresponde a cada uno de las socias el capital en la siguiente proporción:

A la socia SILVIA CARINA ROMAGNOLI ciento veinticinco mil cuotas (125.000) de un peso ($ 1) cada una que representan sientoveinticinco mil pesos ($ 125.000) y a la socia ANTONELA ELISABET CASTRO ROMAGNOLI también ciento veinticinco mil cuotas (125.000) de un peso ($ 1) cada una que representan cientoveinticinco mil pesos ($ 125.000).

Las respectivas suscripciones de aumento de capital se integran en este acto en un veinticinco (25%) por ciento, según lo demuestra la boleta de depósito que se adjunta del Nuevo Banco Provincial de Santa Fe S.A., y el resto, esto es el setenta y cinco por ciento restante (75%) se integrará dentro de los noventa días (90 días) a partir de la inscripción del contrato en el Registro Público de Comercio. Todo ello, instrumentado por contrato de fecha 27 de Agosto de 2020. Se ratifican las demás cláusulas del contrato social que no hayan sido modificadas por el presente.

$ 180 430042 Nov. 11

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SARTORE-CACCAMO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por orden de la Jueza de 1ª Inst. Dist. Judicial N° 1 Civ. y Com. de la 1ª Nom. a cargo del Registro Público de Santa Fe, en autos SARTORE-CACCAMO S.R.L. s/modificación al contrato social; CUIJ N° 21-05202647-1, se dispuso la publicación de edicto a los fines de la inscripción de las modificaciones al contrato social dispuestas por acuerdo de cesión de cuotas de fecha 31/01/2020 y acta de reconducción de fecha 13/08/2020. En consecuencia, se hace saber: respecto a la cláusula 2ª (duración de la sociedad) que la duración de la sociedad se fija en el plazo de 5 años contado a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de la referida Acta de reconducción; de la cláusula 4º (capital social y cuotas) se modifica lo relativo a la distribución de las cuotas: el Sr. CARMELO PATRICIO CACCAMO (DNI N° 29.348.279) es titular de 25 cuotas con dominio absoluto y exclusivo; el Sr. LISANDRO JULIÁN SARTORE (DNI N° 30.904.463) es titular de 50 cuotas sociales con dominio absoluto y exclusivo; la Sra. ALEJANDRA ISABEL CACCAMO (DNI N° 22.087.325) es titular de 12 cuotas sociales con dominio absoluto y exclusivo y de 1 cuota social en condominio con el Sr. MARCELO GUSTAVO CACCAMO (DNI N° 23.160.306), quien, a su vez, es titular de 12 cuotas sociales con dominio absoluto y exclusivo. Y respecto de la 6º cláusula (administración de la sociedad): se ha establecido que la misma será ejercida por dos gerentes, designándose como tales y por tiempo indeterminado a la Sra. ALEJANDRA ISABEL CACCAMO y al Sr. LISANDRO JULIÁN SARTORE. Fdo: Dr. Javier R. Prono. Profesional autorizado.

$ 100 429947 Nov. 11

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SANATORIO REGIONAL

TOTORAS S.A.


INSCRIPCIÓN DE DIRECTORIO


Se hace saber que en la ciudad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, por Acta de Asamblea Nº 27 de fecha 24-07-2020, se reúnen en la sede social del Sanatorio Regional Totoras S.A. (CUIT 30-54613744-5) en calle Arenales 744 de Totoras, sociedad registrada al Tomo 71, Folio 4697 Nº 242 del Registro Público de Comercio, los Sres. Accionistas y que representan el 52,45% del Capital Social, y con relación a la sucesión del accionista HÉCTOR LUIS GOÑI, encontrándose presentes y representados la totalidad de los herederos declarados conforme Declaratoria de Herederos que exhiben y con relación a la sucesión de GUSTAVO ADOLFO PEDRO ELENA, encontrándose presente el administrador provisorio designado GUSTAVO JUAN ELENA, DNI Nº 22.280.996 conforme resolución y acta de designación que refiere, resuelven en primer lugar aprobar la totalidad de la documentación correspondiente al ejercicio cerrado al 31-03-2019, poniendo a consideración en la próxima asamblea la documentación correspondiente al ejercicio cerrado el 31-3-2020. Asimismo resuelven por unanimidad designar como Presidente del Directorio al Dr. JORGE ANIBAL LAMBRI (DNI Nº 23.290.773 CUIT Nº 20-23290773-9), argentino, nacido el 14-09-1973, de apellido materno Damiano, casado en primeras nupcias con Flavia Marcela Bruno, domiciliado en calle 25 de Mayo 1164 de Totoras, como Vicepresidente al Ingeniero GUSTAVO JUAN ELENA (DNI Nº 22.280.996 CUIT 20-22280996-8) y como directores suplentes a los Dres. JUAN MANUEL MARTINEZ (DNI Nº 10.815.814 CUIT Nº 20-10815814-0) y RICARDO ANICETO GOÑI (DNI Nº 12.297.773 CUIT 20-12297773-1), a los fines de ocupar los cargos mencionados por el período y las condiciones estatutarias dispuestas, quienes aceptaron el cargo conforme Acta de Directorio Nº 70 en la ciudad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, el 25-07-2020. Publíquese por un día Rosario, 2 de Noviembre de 2020.

$ 63 430067 Nov. 11

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VIP SEGURITY S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargó del Registro Publico de Comercio, se hacer saber en los Autos caratulados: Expte. 2659 año 2020, VIP SECURITY SRL s/Constitución, se ha ordenado la siguiente publicación de ley:

1: Socios: DIEGO ANDRES VENTICINQUE, DNI Nº 24.386.236, CUIT 20-24386236-2, argentino, empresario, soltero, domiciliado en Richieri 2713 de la ciudad de Rosario nacido el 13 de Abril de 1975, y CLAUDIO ARIEL DIONIGI, DNI Nº 22.329.057, CUIT 20-22329057-5, argentino, empresario, soltero, domiciliado en Plaza Argentina 3196 barrio Carlos Casado de la ciudad de Rosario, nacido el 31 de Agosto de 1971.

2: Fecha de instrumento de constitución: 28 de Septiembre de 2020.

3: Denominación: VIP SECURITY S.R.L.

4: Domicilio Social: Plaza Argentina Nº 3196, Rosario. Pcia. de Santa Fe.

5: Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto los siguientes servicios y actividades: A: Instalación y funcionamiento de agencia privada de vigilancia, seguridad e informaciones particulares, por cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros o tomar representación, comisión y distribución de productos de servicios relacionados a la seguridad y vigilancia, B) Custodia y vigilancia de: personas, vehículos, bienes, valores, mercaderías en tránsito, domicilios particulares, fabricas, industrias, comercios en general u otros tipos de servicios móviles o fijos y/o entes e instituciones privadas u oficiales del Estado Nacional Provincial o Municipal. C) Averiguaciones domicilio e identidad de personas, verificación de datos, patentes y chapas de vehículos, paraderos de personas, trabajos en conjunto con terceros para verificación y certificación de pruebas. D) Toda otra actividad concurrente y afín a la seguridad privada, como instalaciones, comercialización, servicios y asesoramiento sobre armamento, medios de comunicación, sistemas electrónicos de seguridad, monitoreo y alarmas para espacios públicos y privados. A tales fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos jurídicos, incluidas la importación y exportación, para el adecuado cumplimiento de su objeto y que no sean prohibidas por la ley y por este contrato.

6: Término de duración: 50 (cincuenta) años contados apartir de la fecha de inscripción en el Registro Publico de Comercio.

7: Capital Social: En la suma de cien mil pesos ($ 180.000) divididos en diez mil (18.000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: DIEGO ANDRES VENTICINQUE suscribe nueve mil ciento ochenta (9.180) cuotas de capital o sea la suma de noventa y un mil ochocientos pesos ($ 91.800) que integra de la siguiente manera: la suma de veintidós mil novecientos cincuenta pesos ($ 22.950) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta pesos ($ 68.850) también en dinero en efectivo dentro de los dos (2) años de la fecha y CLAUDIO ARIEL DIONIGI suscribe ocho mil ochocientos veinte (8.820) cuotas de capital o sea la suma de ochenta y ocho mil doscientos pesos ($ 88.200) que íntegra de la siguiente manera: la suma de veinte dos mil cincuenta pesos ($ 22.050) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de sesenta y seis mil ciento cincuenta pesos ($ 66.150) también en dinero en efectivo dentro de los dos (2) años de la fecha.

8: Administración y representación legal: La dirección y administración estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando, en caso de ser plural, en forma indistinta. Los gerentes, en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos N° 375 del Código Civil y Comercial y decreto 5965163, art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

9: Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la Sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la ley 19.550.

10) Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 130 430051 Nov. 11

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SOLARES NORTE S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En reunión de socios del día 2/11/2020 se acordaron por unanimidad cambios al contrato social los que se reflejaron en las siguientes cláusulas: Tercera: Duración. El término de duración se fija en 10 (diez) años a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público. Cuarta: Objeto social. La sociedad tiene por objeto la construcción en todas las ramas de dicha actividad, pudiendo realizar cualquier clase de obra pública o privada; inversiones inmobiliarias a ejecutar por sí o a través de terceros y el desarrollo, construcción y gestión de productos y servicios turísticos. Realizar operaciones de compraventa, a excepción de la intermediación inmobiliaria, administración y/o explotación de inmuebles urbanos y rurales, locaciones y arrendamientos de bienes propios y de terceros, loteos y fraccionamiento de inmuebles urbanos y rurales. A tales efectos la sociedad tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social y que no sean prohibidas por la ley. Quinta: Capital. El capital social se fija en la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) dividido en cinco mil (5000) cuotas sociales de cien pesos ($ 100) cada una, que los socios han suscripto e integrado totalmente de la siguiente manera: el socio Sebastian Juan Anibal Villarreal: trescientas cincuenta (350) cuotas sociales, es decir, la suma de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000), la socia Marisa Guadalupe Bertossi: un mil ochocientas setenta y dos (1.872) cuotas sociales, es decir, la suma de ciento ochenta y siete mil doscientos pesos ($ 187.200) y el socio Diego Rodrigo Fantin: dos mil setecientos setenta y ocho (2.778) cuotas sociales, es decir, la suma de doscientos setenta y siete mil ochocientos pesos ($ 277.800). En dicha reunión también se resolvió lo siguiente: Ratificación de la designación de socio gerente: El señor Sebastian Juan Anibal Villarreal se desempeñará como gerente de la sociedad y actuará de acuerdo con lo dispuesto en el contrato social durante el lapso de tres (3) años. A consecuencia de esta ratificación y conforme a ella el vencimiento de tal lapso operará el 9/5/2022. Ratificación de la sede social: La sede social se fija en el domicilio sito en la calle Italia 877 de Rosario, provincia de Santa Fe y los socios. fijan sus domicilios especiales, Diego Rodrigo Fantin y Marisa Guadalupe Bertossi en Bv. Sarmiento 803 y Sebastian Juan Anibal Villarreal en Bv. Sarmiento 407, todos de la localidad de Maciel. Registro Público de Comercio de Rosario, 3/11/2020.

$ 80 429966 Nov. 11

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TRANSELEC S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 16 días del mes de Octubre de 2020, entre el Sr. Francisco Jose Luis Greco, en adelante El Cedente Srita. CHIARA BELÉN GRECO, Sr. GUILLERMO JUAN JOSÉ GENERO, y Sr. RAMIRO DAVID GRECO, en adelante Los Cesionarios, expresan que: El Cedente es titular del 100% de cuatrocientas sesenta dos mil quinientas (462.500) cuotas partes del capital, ósea el Sr. FRANCISCO JOSE LUIS GRECO es el titular de (462.500) cuotas partes del capital de la sociedad TRANSELEC SRL y en este acto El Cedente cede de su titularidad la cantidad de veintidós mil quinientas (22.500) cuotas partes de capital, o sea la suma de pesos veintidós mil quinientas ($ 22.500,00), integrado en su momento en dinero en efectivo, cediendo a la Srita. CHIARA BELÉN GRECO, DNI Nº 41.161.370, la cantidad de veinte mil (20.000) cuotas partes de capital, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00), cediendo a Sr. GUILLERMO JUAN JOSÉ GENERO, DNI Nº 17.637.580, la cantidad de un mil setecientos treinta (1.730) cuotas partes de capital, o sea la suma de pesos un mil setecientos treinta ($ 1.730,00), y cediendo Sr. RAMIRO DAVID GRECO, DNI Nº 36.010.211, la cantidad de setecientos setenta (770) cuotas partes de capital, o sea la suma de pesos setecientos setenta ($ 770,00), a Que enterados Los Cesionarios de la cesión dispuesta por el cedente, aceptan la misma.

Adecuacion de la clausula de capital: Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000,00) dividido en quinientos mil (500.000,00) cuotas de un peso ($ 1,00) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El socio Sr. FRANCISCO JOSE LUIS GRECO ha aportado cuatrocientos cuarenta mil (440.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos cuatrocientos cuarenta mil ($ 440.000,00), el socio Sr. GUILLERMO JUAN JOSÉ GENERO suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00), el socio Sr. RAMIRO DAVID GRECO suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00), y la socia Srita. CHIARA BELÉN GRECO suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00). El Capital a la fecha se encuentra totalmente suscripto e integrado.

$ 75 429889 Nov. 11

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VANDER S.R.L.


CONTRATO


1) Socios: LUCIANO VILCHES, apellido materno Gay, argentino, D.N.I. Nº 30.458.740, nacido el 5 de Agosto de 1.983, casado en primeras nupcias con NOELIA SOL CORREA, de profesión empresario, con domicilio en Agrelo 1225 de Rosario, provincia de Santa Fe, C.U.I.T. 20-30458740-8, GUSTAVO CLAUDIO DONA, de apellido materno Cesarini, D.N.I. Nº 16.381.651, con domicilio en calle Bv Oroño 1455 piso 4 dto 2 de Rosario, empresario, astado civil divorciado de la señora Marisa del Carmen Mussio según Resolución del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, Expte. 1726 de fecha 17/11/2008, argentino, nacido el 23/02/1963, CUIT 20-16381651-3.

2) Fecha del instrumento de constitución: Contrato del 27 de Octubre de 2019.

3) Denominación: VANDER S.R.L.

4) Domicilio: Bv. Oroño 1455 P4 D2, Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades: Servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuesto, y otros servicios, como así también las utilizadas en igual forma por los agentes oficiales de dichas empresas.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto.

6) Plazo de duración: Veinte años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Pesos Doscientos mil ($ 200.000) dividido en 2000 cuotas de $ 100. c/u.

8) Socio Gerente: LUCIANO VILCHES y GUSTAVO CLAUDIO DONA.

9) Representación Legal: Será ejercida por los socios gerentes en forma individual e indistinta.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Octubre de cada año.

11) Fiscalización, Reunión de Socios: La Fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19.550.

$ 60 429805 Nov. 11

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SANTA RITA ACTIVIDADES

PRODUCTIVAS, COMERCIALES Y DE ARRENDAMIENTO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, Expediente Nº 463 Año 2020, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de Santa Rita Actividades Productivas, Comerciales y de Arrendamiento S.A., CUIT Nº 33-71254349-9, según acta de Asamblea Ordinaria y Acta de Directorio de fecha 07 de Setiembre de 2020. Director Titular – Presidente: JUAN RAMON GEDER, D.N.I. Nº 35.463.020, CUIT Nº 20-35463020-7; y Directora Suplente: ELIANA YAMILA AIMO, D.N.I. Nº 35.952.809, CUIT Nº 23-35952809-4. Rafaela, 30/10/2020.

$ 45 430694 Nov. 11

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ACHERAL S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, en los autos caratulados ACHERAL S.A. s/Designación de Autoridades, Expediente Nº 205 Año 2020, se hace saber se hace saber: que los accionistas de ACHERAL S.A., CUIT Nº 30-70700991-4 resuelven, por unanimidad, según acta de Asamblea Ordinaria de fecha 18/05/2020, designar las nuevas autoridades por el periodo estatutario de tres ejercicios, conformándose el directorio de la siguiente manera: Director Titular – Presidente: Daniel Christiansen, DNI 10.469.931, CUIT 20-10469931-7; Director Titular - Vicepresidente: Stella Maris Frund, DNI 10.062.386, CUIT 27-10062386-8; y Director Suplente: Dan Gustavo Christiansen, DNI 26.319.018, CUIT 20-26319018-2. Rafaela, 03/11/2020.

$ 45 430700 Nov. 11

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EL YARARÁ S.A.


SUBSANACIÓN


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, en los autos caratulados “EL YARARÁ S.A. S/Subsanación”, Expediente Nº 389 Año 2020, se ha ordenado la siguiente publicación: -

FECHA DEL INSTRUMENTO: 01 día del mes de julio de 2020.

SOCIOS: BANCHIO MATEO AGUSTIN, apellido materno “Baldo”, nacido el 18 de marzo de 1958, titular del D.N.I. Nº 12.398.901, CUIT Nº 20-12398901-6, casado, productor agropecuario, argentino, domiciliado en calle Sarmiento Nº 946 de la localidad de San Martín de las Escobas, Provincia de Santa Fe; y BANCHIO VICTOR GERARDO, apellido materno “Baldo”, nacido el 03 de junio de 1961, titular del D.N.I. Nº 14.171.240, CUIT Nº 20-14171240-4, casado, productor agropecuario, argentino, domiciliado en calle San Martín Nº 1302 de la localidad de San Martín de las Escobas, Provincia de Santa Fe.

DENOMINACION: “EL YARARÁ S.A.” (continuadora de “BANCHIO MATEO Y BANCHIO VICTOR S0CIEDAD SIMPLE”, por subsanación).

DOMICILIO: San Martín Nº 1302 de la localidad de San Martín de las Escobas, Provincia de Santa Fe.

PLAZO DE DURACIÓN: NOVENTA Y NUEVE (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público.

OBJETO: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: a) Agropecuarias y Servicios Derivados: Explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cultivos y cosecha de cereales y oleaginosas, explotación de tambos, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, menor y mayor, incluso en feed lots; así como la venta de materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera, acopio de cereales y oleaginosas, y la prestación de servicios agropecuarios a terceros. b) Transporte: Transporte terrestre de cereales, oleaginosas y ganado, mediante la utilización de vehículos propios o ajenos. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigentes, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

CAPITAL: El capital se fija en la suma de pesos veintisiete millones seiscientos sesenta mil con 00/100.- ($ 27.660.000,00.-), representado por veintisiete millones seiscientos sesenta mil (27.660.000) acciones de pesos uno con 00/100 ($ 1,00.-) valor nominal cada una.

ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de diez, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Los accionistas fundadores designan para integrar el primer directorio: Director Titular - Presidente: BANCHIO VICTOR GERARDO, titular del D.N.I. Nº 14.171.240, CUIT Nº 20-14171240-4; y como Director Suplente: JULIETA ROCÍO BANCHIO, titular del D.N.I. Nº 36.747.540, CUIT Nº 23-36747540-4.

FISCALIZACIÓN: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19550.

FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 30 de Junio de cada año.

Rafaela, 16/10/2020.

$ 160 430712 Nov. 11

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