picture_as_pdf 2020-11-26

REGISTRADA BAJO EL Nº 14008


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


Artículo 1: Adhesión. Adhiérese la provincia de Santa Fe a las disposiciones del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 320/2020.

Artículo 2: Mediación optativa. Suspéndese por el plazo de un año la aplicación del artículo 6 de la ley N° 13.151 a juicios de desalojos y cobro de alquileres alcanzados por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 320/2020, disponiéndose para los mismos el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria, con carácter gratuito.

Artículo 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.


ING. MIGUEL LIFSCHITZ

Presidente

Cámara de diputados

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

Presidenta

Cámara de Senadores

LIC. HORACIO GHIRARDI

Subsecretario

Cámara de Diputados

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

25 Nov. 2020.


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.

CPN Rubén Michlig

Ministro de Gestión Pública

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