picture_as_pdf 2021-10-19

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: PELOSO ELÍAS EMANUEL s/Solicitud propia quiebra, CUIJ N° 21-02027265-9, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Elías Emanuel Peloso, DNI 40.278.925, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Castelli 4902 y legalmente en calle Junín 2883 ambos de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aqué1. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (07/06/22).10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 1311012021 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfe@justiciasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 21/12/21, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 21/02/22 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 14) Señalar el día 07/04/22 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 07/06/22 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) A fin de dar a conocer la apertura del presente proceso, encomíendase a la Sindicatura la notificación a cada uno de los acreedores denunciados por la fallida (que podrá realizarse por Carta o por correo electrónico).Asimismo, corresponderá al Síndico la publicación de edictos a fin de dar a conocer sus datos de identificación (domicilio, teléfono y correo electrónico) así como la posibilidad de que los pedidos de verificación se realicen por via digital al correo electrónico denunciado por la Sindicatura. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: Contraseña 4158 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Firmado: Dra. Verónica Toloza, Secretaria - Gabriel Abad, Juez.

S/C 464481 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia homónima, en los autos caratulados: MOREYRA ROSA ALICIA s/Solicitud propia quiebra” “CUIJ 21-02027843-6”, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 16 de Septiembre de 2021. Se provee cargo n° 11769/21: Téngase presente la aceptación del cargo de Sindica efectuada por la CPN Mónica Magalí Martino, para el que fuera designada en las presentes actuaciones. Notifíquese. Fdo: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza - Juez - Dra. Mariana Nelli – Secretaria.

Se deja expresa constancia que los horarios de atención en el domicilio constituido por la Sindicatura, sito en calle Facundo Zuviría Nro. 3675, a los efectos de recibir las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 Ley 24.522) serán todos los días hábiles judiciales de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 12:30 y de 16:00 a 20:00 horas.

Asimismo, se informa que, dada la situación de emergencia sanitaria, los pedidos de verificación de créditos (art. 200 LCQ) podrán efectuar al siguiente correo electrónico: estudiotonetti@coopmail.com.ar y/o pmprono@pronoyasociados.com.ar y/o amdespachojuridicol@gmail.com. Santa Fe, 5 de Octubre de 2021. Dra. Nelli, Secretaria.

S/C 464483 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Iván Di Chiazza, Pro Secretaria Dra. María José Lusardi, por decreto de fecha 04/10/2021 se hace saber que en los autos: COMBA, MARCELA CRISTINA s/Solicitud de propia quiebra - Expte. 21-02013351-9, año 2019, se ha ordenado la puesta de manifiesto del informe final del art. 218 a través de la publicación del siguiente edicto.

Santa Fe, 6 de Octubre de 2021 - Doctora María José Lusardi - Prosecretaria.

S/C 464484 Oct. 19 Oct. 20

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: TADIELLO ADOLFO JOSE s/Sucesorio, CUIJ 21009938300, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios de la Sra. Vilma Guadalupe Strada, DNI 4.577.110, quien falleció el día 14/06/2021, con último domicilio en calle Pte. Perón 2359, ciudad de Laguna Paiva, Prov. de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley.

Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena en su parte pertinente: “Santa Fe, 18 de agosto de 2021. ...Agréguese la partida de defunción acompañada y por denunciado el fallecimiento de la heredera Vilma Guadalupe Strada. Atento ello, cítese y emplácese a los herederos de la misma por edictos a fin de que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Hágase saber al Defensor de Ausentes designado en autos... Fdo.: Mariana Nelli, Secretaria; Iván Di Chiazza, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 17 de Septiembre de 2021.

S/C 464482 Oct. 19 Oct. 25

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: PRIETO, JESICA MARIELA s/Quiebra (CUIJ 21-02027838-9), en fecha 29/09/21, se ha procedido a la declaración de quiebra de Jesica Mariela Prieto, DNI Nº 28.100.822, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Dr. Zavalla N° 102, Barrio Centenario y con domicilio ad litem constituido en calle 25 de Mayo N° 2126, Piso 2, Dpto. B, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 03 de Diciembre de 2021. Secretaría, 29 de Septiembre de 2021. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 464485 Oct. 19

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: FALCON MARIA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra, Expte. CUIJ N° 21-02028108-9, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 21/09/2021, se ha declarado la quiebra de María Guadalupe Falcón, argentina, mayor de edad, D.N.I. 12.696.317, domiciliada realmente en calle Pasaje Koch N° 3299 de la ciudad de Santa Fe, habiéndose dispuesto hasta el día 02/11/2021 para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al Síndico designado en autos, la C.P.N. Ma. Cecilia Arietti, domiciliada en calle Moreno 2308 - 6to. Piso B de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs. Notifíquese. Fdo.: Dra. Dellamónica, Secretaria.

S/C 464520 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 2, de esta ciudad de Santa Fe, el secretario que suscribe, hace saber que en los autos caratulados: HERLEIN, CLAUDIO DARIO c/ALARCON, MERCEDES y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ 21-15790299-4, Juzg. de 1ra. Instancia de Circuito N°2, con declaración jurada para litigar sin gastos certificada en el libro Nro. 143, Folio 152 de sala de certificaciones del Poder Judicial, se ha dictado el siguiente decreto: Santa Fe, 27 de septiembre de 2021. Agréguese y téngase presente. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados y no habiendo comparecido la demandada Mercedes Alarcón, decláresela rebelde de acuerdo a lo establecido por el art. 77 CPCC. Para sorteo de Defensor de Oficio del mismo, fijase audiencia para el día 6 de octubre a las 10:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC. Fdo.: Dra. Cecilia Filomena (Secretaria), Dr. Javier Deud (Juez). Santa Fe, 28 de Septiembre de 2021.

S/C 464473 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe (SF), se hace saber que en los autos caratulados: BORTOLI JUAN JOSE y Otros c/MARQUEZ TOMAS ROSARIO s/Usucapión, CUIJ 21-02021333-4, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 08/09/2021. Agréguese. Declárase rebeldes a los herederos del Sr. Tomas Rosario Márquez. Notifíquese por edictos. Firmado: Marina A. Borsotti, Prosecretaria Dra. Ana R. Alvarez, Jueza. Santa Fe, 2 de Septiembre de 2021.

$ 33 464368 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: ALBARRACIN, NICOLAS EXEQUIEL s/Pedido de quiebra (Expte. n° 21-02028328-6) se ha declarado la quiebra en fecha 05/10/2021 de Nicolás Exequiel Albarracin, DNI 37.266.839, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Pasaje Boedo 4301, y con domicilio ad litem constituido en calle Gobernador Crespo 3350, piso 4, Depto. B, ambas de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 13/10/2021 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 01/12/2021. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

S/C 464427 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la Ciudad de Santa Fe —en lo autos: LAS VEGAS S.A. c/ECOLITORAL S.R.L. y Otros s/Juicio Ejecutivo (CUIJ Nº 21-01991981-9) VS cita y emplaza al codemandado Ecolitoral S.R.L. estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Para un mejor proceder se transcribe la parte del decreto que ordena la medida. Santa Fe, 03 de Septiembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter que invoca, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciado juicio ejecutivo contra Ecolitoral S.R.L. y Ricardo Herrera, a quienes se cita y emplaza para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezca a estar a derecho. En los términos del artículo 290 del Código Procesal Civil y Comercial decrétase la inhibición general del coaccionado Ricardo Herrera en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado, con más la suma de cien mil pesos ($ 100.000) presupuestados provisoriamente para intereses y costas. Asimismo, trábese embargo sobre las acreencias y/o pago que Jerárquico Salud deba realizar a favor del codemandado Ecolitoral S.R.L., en proporción de ley por el capital reclamado con más la suma de cien mil pesos ($ 100.000) presupuestados provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese a sus efectos autorizando al peticionante y/o a quien él designare para intervenir en el diligenciamiento. Líbrese cédula ley a los fines de la notificación de los demandados, autorizándose a la doctora María Isabel Bello a intervenir en el diligenciamiento. Notifiquen:... Notifíquese. Fdo. Dr. Hrycuk (Sec), Ana Rosa Alvarez (Jueza). Otro Decreto Dice: Santa Fe, 06 de Junio de 2019 Agréguense las Cédulas Ley 22.172 diligenciadas acompañadas. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados declárase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo.: Dr. Hrycuk (Secretario) – Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez a/c). Otro decreto dice; Santa Fe, 26 de Octubre de 2.020. Hágase saber que los autos se encuentran en Mesa de Entradas del Juzgado. Agréguese la copia de informe del Registro Público de Comercio. Téngase presente el nuevo domicilio real denunciado donde indica. A los fines solicitados, líbrese Oficio Ley 22.172 autorizando al peticionante y/o a la Dra. Sabrina Rogani y/o a quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dr. Hrycuk (Sec) Dra. Alvarez (Jueza). Otro Decreto Dice; Santa Fe, Atento lo informado por el oficial notificador en la Cédula Ley 22.172 obrante a fs. 56/58 (cargo nro. 3819) dirigida al codemandado Ecolitoral S.R.L. Notifíquese. Conforme a derecho (art. 73 del CPCyC). Notifíquese. Fdo. Sandra S. Romero (Secretaria), Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Jueza a/c). Otro Decreto dice; Santa Fe. Cítese por edictos al codemandado Ecolitoral S.R.L. Notifíquese. Fdo.: Dra. Romero (Sec.) Dr. Abad (Juez a/c). Santa Fe, 13 de Agosto de 2.021. Dra. Romero, Secretaria.

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En los autos caratulados: DPV c/MARTÍNEZ JORGE HERNÁN y Otros s/Juicio ejecutivo” - Expte. 21-16248165-4, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la Segunda Secretaria de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el señor Juez ha ordenado notificara a JM TRANSPORTE Y VENTA DE SERVICIOS y a MARTÍNEZ JORGE HERNAN, los siguientes decretos: “Santa Fe Abril 05 de 2021. Por cumplimentado el proveído de fecha 09/02/2021, agréguese. Proveyendo cargo 26231/2020: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva contra Jorge Hernán Martínez, Ruggeri Adela y Otros S.H. y JM Transporte y Venta de Servicios, por cobro de la suma de $88.746,66 con más intereses y costas, a quienes se citará y emplazará para que dentro del término de 20 (veinte) días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Bajo responsabilidad del peticionante, decrétase la Inhibición General de los demandados hasta cubrir la suma reclamada con más el 50% de la misma que se estiman provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro Automotor de la ciudad de Santa Fe. Autorizase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Como se solicita, autorízase a notificar mediante carta certificada con AR. Desígnase a la representante de la actora depositario judicial de la documental base de la represente cusa, debiendo acompañar la misma en la oportunidad que le sea requerida por el Juzgado. Téngase presente la autorización concedida, dentro de los límites establecidos en el art.56 del C.P.C. y C. Notifíquese. Fdo.: Dra. María José Haquín de Berón (Juez) Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe Agosto 08 de 2021. Atento a las constancias de autos, notifíquese por edictos conforme lo normado por el art. 67 CPCC los que se exhibirán en el hall de tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. María José Haquín de Berón (Jueza). Dra. Daniela Fuentes (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, Septiembre de 2021. Dra. Abalos, Prosecretaria.

S/C 464478 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: ROMEGGIO, MARIO ALBERTO s/Solicitud propia quiebra” (Expte. n° 21-02026351-9) se ha declarado la quiebra en fecha 28/09/2021 de Mario Alberto Romeggio, DNI 26.792.520, mayor de edad, empleado, casado, domiciliado realmente en Santiago del Estero 2624 y con domicilio ad litem constituido en calle Amenabar 3066, depto. 1, ambas de la ciudad y Provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 06/10/2021 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 17/11/2021. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario). Santa Fe, 28 de Septiembre de 2021.

S/C 464428 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MAIDANA JESUS ROSARIO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ: 21-02028187-9) se ha declarado en fecha 05/10/2021 la quiebra de Jesús Rosario Maidana, D.N.I. 33.105.376, mayor de edad, empleado, apellido materno ROLON, domiciliado realmente en calle Gamboa 1600 de la localidad de San José del Rincón, Provincia de Santa Fe y con domicilio ad lítem constituido en calle Amenabar 3066, Dpto. 1, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 20/10/2021 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 06/12/2021. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)- Dr. Gómez (Secretario).

S/C 464426 Oct. 19 Oct. 25

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En autos: DEGIUSTI, MAXIMO NICOLAS c/RAMIS, JORGE ALDO s/Modificación de Apellido”; Expte. CUIJ 21-00729667-0, tramitados ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha promovido la causa de referencia por la cual el Sr. Máximo Nicolás Ramis, argentino, nacido el 27 de julio de 1984, licenciado en diseño, DNI. 31.161.375, soltero, domiciliado en Independencia 3000, manzana C, vivienda 10, ciudad. hijo de Mónica Guadalupe Degiusti y de Jorge Aldo Ramis pretende continuar utilizando el apellido materno, o sea Máximo Nicolás Degiusti, que ha figurado hasta la fecha en su documentación de identidad y por el que es conocido públicamente. Lo que se publica en el Boletín Oficial. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2021.

$ 90 464399 Oct. 19 Oct. 20

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: KNUTTZEN, ERIC NAHUEL MAX s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02016126-1), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previsto por el artículo 218 de la Ley 24.522 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Santa Fe, 22 de Septiembre de 2021. Dra. Romero, Secretaria.

S/C 464391 Oct. 19 Oct. 20

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: TOSOLINI, ADRIAN NORBERTO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02014210-0), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución complementario. Santa Fe, 22 de Septiembre de 2021. Dra. Borsotti, Prosecretaria.

S/C 464390 Oct. 19 Oct. 20

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: KATRAMIZ, PATRICIA CLAUDIA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-01996067-3), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia homónima, se comunica por dos días que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución complementario. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2021.

S/C 464389 Oct. 19 Oct. 20

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Autos: ROMERO, CELSO s/Quiebra (CUIJ Nº 21-01991010-2), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos ciento siete mil ciento cinco con once centavos ($107.105911) (más 10% aportes); Honorarios Patrocinante Sindicatura: pesos cuarenta y cinco mil novecientos dos con diecinueve centavos ($45.902,19) (más 13% aportes); Honorarios abogado del fallido: pesos sesenta y cinco mil quinientos setenta y cuatro con cincuenta y siete centavos ($65.574,57) (más 13% de aportes). Santa Fe, 28 de Septiembre de 2021. Dra. Dellamonica, Secretaria.

S/C 464388 Oct. 19 Oct. 20

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia homónima, en los autos caratulados: LUCENA VICTOR JULIO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02021553-1), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 04 de Octubre de 2021. Autos y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Miguel Angel Chaparro, D.N.I. 12.147.206, domiciliado realmente en calle Pavón N° 5477 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle 25 de Mayo N° 2126, Piso 2, Dpto. “B” de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 12) Fijar el día 24/11/2021, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial. A estos últimos fines la Sindicatura deberá publicar edictos notificando la posibilidad de que los pedidos se pudieran efectuar mediante el envío de solicitud y documentación por vía digital al correo denunciado por la propia Sindicatura. Además la Sindicatura deberá notificar por carta material o por correo electrónico a cada uno de los acreedores denunciados por el fallido. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 27/12/2021 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines. 14) Señalar el día 11/03/2021 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/05/2022 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Dra. Verónica G. Toloza - Secretaria Dr. Gabriel O. Abad.

Otro Decreto: Santa Fe, 16 de Septiembre de 2021. Proveyendo escrito cargo N° 11714/21: Agréguese. Téngase presente. Proveyendo escrito cargo N° 11715/21: Habiendo resultado sorteado Síndico para actuar en estos autos el CPN Javier Darío Falco, domiciliado en calle Avda. Fdo. Zuviría 3675 - Santa Fe, designáselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo por ante la Actuaria con las formalidades de ley. Notifíquese. Fdo.: Dra. Verónica G. Toloza - Secretaria Dr. Gabriel O. Abad.- Juez.

Asimismo se hace saber que se atenderá a los Sres. acreedores de lunes a viernes de 08 a 12 horas y de 16 a 19 horas. Se informa que dada la situación de emergencia sanitaria, los pedidos de verificación de créditos (art. 200 LCQ) podrán efectuar al siguiente correo electrónico: jfalcoyasoc@gmail.com y/o antoniogarcia@pronoyasociados.com.ar y/o amdespachojuridicol@gmail.com. Santa Fe, 4 de octubre de 2.021. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 464387 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: DIAZ, SONIA BEATRIZ s/Quiebra” - CUIJ 21-00730373-1, ha sido designado Síndico a la C.P.N. María Inés Margherit, con domicilio en calle Grand Bourg 4270 de esta ciudad. La síndico atiende de lunes a viernes en el horario de 14 a 20 hs. A todos los efectos que corresponda denuncia como correo electrónico a ines.margherit@gmail.com adonde los interesados podrán dirigirse para hacer las consultas necesarias para el proceso de verificación de créditos. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario.

S/C 464386 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos Federico Marcolin, en autos caratulados: BANCO MACRO S.A. c/INSUTEC ARGENTINA S.A. s/Ejecución Hipotecaria, CUIJ N° 21-16246751-1, se hace saber lo siguiente: Santa Fe, 19 de Marzo de 2021. Téngase por evacuados los informes prescriptos por el artículo 510 del C.P.C.C.. Cítese por edictos (artículo 511 del código referido) - que se publicarán por el plazo legal y en las condiciones previstas por el artículo 67 del C.P.C.C. - a la parte deudora, terceros adquirentes -si los hubiera-, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin de que dentro del 5 días contados desde la última publicación, paguen el importe del crédito, intereses y costas prudencialmente estimados u opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de dictarse sentencia en rebeldía, sin más trámite, y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha. Asimismo, notifíquese por cédula en los domicilios constituidos por los deudores en la escritura de hipoteca, de conformidad a lo establecido por el artículo 511 - último párrafo - del código de rito. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario. Santa Fe, 31 de Mayo de 2021.

$ 165 464360 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición de la Señora Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Viviana E. Marín, en autos caratulados: BANCO MACRO S.A. c/FLORES, MARIANO MAURICIO s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-00026625-3, se hace saber lo siguiente: “Santa Fe, 29 de Marzo de 2019. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución por el capital reclamado con más los intereses y costas en la forma expuesta en el considerando precedente; e IVA de acuerdo a la legislación vigente. 2) Diferir la regulación de honorarios hasta que las partes estimen la cuantía en los términos del art. 8 de la Ley 6767 (modif. por Ley 12851). Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana E. Marín, Jueza. Dr. Laura M. Maydana, Secretaria. Santa Fe, 12 de Septiembre de 2019. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 33 464361 Oct. 19 Oct. 21

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Juez Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretario a cargo de la Dr. Jorge Alberto Gómez, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: BENITEZ MAURO JOSE s/Solicitud propia quiebra (CUIJ N°21-02026808-2). En Santa Fe, 22 de Septiembre de 2021: Atento lo manifestado, hágase saber a la CPN María del Pilar Piva que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención. Notifíquese. Síndica designada C.P.N. María del Pilar Piva, aceptación del cargo en fecha 15/09/2021, domicilio de atención Salvador del Carril 1412 - Planta Alta. Días de atención de lunes a viernes, horarios de atención de mañana 8.30 a 10.30 hs , por la tarde de 17 a 20hs. Firmado (Juez) - Dr. Lucio Alfredo Palacios (Secretario) - Dr. Jorge Alberto Gómez. Publicación sin cargo. Santa Fe, 27 de Septiembre de 2021.

S/C 464446 Oct. 19 Oct. 25

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: FAST CRED S.A. c/ESQUIVEL, RUBEN JORGE s/Juicios Ejecutivos - CUIJ: 21-23334632-9, de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 36 de la Ciudad de Avellaneda (Santa Fe), a cargo de la Dra. María Cecilia Belfiori, Secretaría a cargo de la Dra. María Antonieta Nallip, se hace saber que ha recaído el siguiente decreto: “Avellaneda, 05 de Marzo de 2020. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde a la parte demandada. Notifíquese Firmado: Dr. Cristian Mudry - Secretario; Dra. Silvana G. Vignatti - Jueza. Otro Decreto: “Avellaneda, 29 de Junio de 2021. Atento lo manifestado y constancias de fs. 22 y 33, notifíquese al demandado por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado conforme lo dispuesto por los arts. 77 y 67 del CPC. Notifíquese. Fdo.: Dra.: María Antonieta Nallip - Secretaria Subrogante; Dra. María Cecilia Belfiori - Jueza. Avellaneda, 2 de Agosto de 2021.

$ 100 464499 Oct. 19 Oct. 21

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De acuerdo a lo dispuesto en resolución de fecha 05 de Octubre de 2021 por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial nro. 1 se hace saber que en los autos caratulados LUGONES JULIANA MARISEL s/Solicitud Propia Quiebra, Expte CUIJ 21-01991573-2, se ha presentado el Proyecto de Distribución de fondos complementario, contando el fallido y los acreedores con un plazo de diez días para formular observaciones todo ello según lo normado por el art. 218° de la Ley 24522. La resolución que ordenan la presente medida en lo pertinente dice: Santa Fe, 05 de Octubre de 2021. Por presentado el proyecto de distribución complementario Póngase de manifiesto el mismo por el término de Ley. Notifíquese según lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Raúl Aldao (Juez) - Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria). Por lo que se ordena la publicación de edictos por el término de dos días conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 13 de Octubre de 2021. El presente no tributa previo pago en virtud del 3er. Parrafo del art. 89 de la Ley 24522. Dra. Prado, Prosecretaria.

S/C 464740 Oct. 19 Oct. 20

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: FAST CRED S.A. c/ROMERO, JUAN CARLOS s/Ejecutivo - CUIJ: 21-23334497-1, de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 36 de la Ciudad de Avellaneda (Santa Fe), a cargo de la Dra. María Cecilia Belfiori, Secretaría a cargo de la Dra. María Antonieta Nallip, se hace saber que ha recaído el siguiente decreto: “Avellaneda, 30 de Septiembre de 2019.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por promovida demanda de juicio ejecutivo por cobro de $44.088 con más sus intereses y costas contra Juan Carlos Romero, domiciliado donde se indica. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres días comparezca a estar a derecho con apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada y agréguese copia a autos. Trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado, en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más el veinte por ciento estimado provisoriamente para intereses y costas. Las sumas incautadas se depositarán en una cuenta en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal Avellaneda, a la orden de este juzgado y para las presentes actuaciones. A sus efectos, ofíciese con las autorizaciones requeridas para su diligenciamiento. Téngase presente las autorizaciones conferidas a las Dras. María Paula Scarpín y Daiana Vanesa Zoratti. Notifiquen los empleados de este Juzgado. Notifíquese. Fdo.: Dr. Cristian Mudry - Secretario - Dra. Silvana G. Vignatti - Jueza. Otro Decreto: Avellaneda, 29 de Junio de 2021.- Agréguese la copia del oficio acompañado. Atento a lo manifestado y constancias acompañadas notifíquese al demandado por edictos i1use en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado conforme lo dispuesto por los arts. 67 y 73 del CPC. Notifíquese. Fdo. Dra. María Antonieta Nallip - Secretaria Subrogante; Dra. María Cecilia Belfiori – Jueza. Avellaneda, 2 de Agosto de 2021.

$ 210 464491 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera instancia de Circuito N° 28 de Santo Tomé, se ha ordenado que en autos caratulados: COMUNA DE COLONIA SAN JOSÉ c/MARCHI DALMIRO y/o QUIEN RESULTE JURIIMCAMENTE RESPONSABLE s/Ejecución Fiscal” Expte. N° 1836, Año 2016 CUIJ 21-22621103-6; se publiquen edictos a fin de notificar al demandado Delmiro y/o Dalmiro Alcides Marchi, DNI 6.204.757 y/o Q.R.J.R. del inmueble Lote 31 de la Manzana 22 del plano Dup 348/62 Partida Inmobiliaria 09-28-00-091414-0024-0 ubicado en la zona urbana de Colonia San José, Dpto. Las Colonias, de la Provincia de Santa Fe, el decreto que a continuación se transcribe: “Santo Tome, 01 de Septiembre de 2021. Agréguese la cédula acompañada y constancia de inscripción tributaria. En cuanto Por derecho corresponda, apruébase el acta de remate y la liquidación de gastos practicada en autos. Ofíciese al Registro General a fin de tomar nota marginal de que el inmueble ha sido subastado. Firme y ejecutoriado, intímese al adquirente en subasta a abonar el impuesto a la compraventa, en el término y bajo los apercibimientos de ley. Al apartado 2. b) Oportunamente. Al apartado 2. c) En $85.500.- (12,36 Jus), regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Elvio Andrés Lenarduzzi por su intervención en el juicio de ejecución fiscal. Hágase saber a los profesionales que el importe regulado en concepto de honorarios, devengarán intereses equivalentes a la tasa activa promedio mensual que cobra el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la mora y hasta su efectivo pago. Vista a Caja Forense. Notifíquese al obligado al pago en el domicilio real. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Alejandra Serrano, Secretaria. Dr. Hernán G. Gálvez, Juez. Santo Tomé, 20 de Septiembre de 2021.

$ 70 464551 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición de la Dra. Lilián M.T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: SILVA, VICTORIA SOLEDAD s/Quiebras - (CUIJ 21-26169646-8), por resolución de fecha 28 de julio de 2021 se ha resuelto: (...); 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, Ley 24.522) de la Señora Victoria Soledad Silva, DNI N° 38.726.849, CUIL/CUIT N° 27-38726849-4, argentina, casada, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en Barrio Santa Rosa s/n y constituyendo procesal en calle Sarmiento N° 977, ambos de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. ( ... ) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art.88 inc.4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto desi1arios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ) (…) 9) Fijar hasta el… inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: San Javier, 06 de octubre de 2021. Autos y Vistos: ... Resulta: Considerando: ... Resuelvo: 1) Fijar hasta el día lunes 29 de noviembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Síndica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días martes 30 de noviembre de 2021 hasta el lunes 20 de diciembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día lunes 21 de marzo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 02 de mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día lunes 02 de mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por la fallida, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la Ley Concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. La Síndica designada en autos es la CPN Ileana Mónica Cristina Fasano, con domicilio constituido en calle San Martín N° 1561 de la ciudad de San Javier, quien ha fijado días y horarios de atención, señalando todos los días hábiles de lunes a viernes de 9.00 a 12.00 hs y de 16.00 a 20.00 hs. Correo electrónico de contacto: ileanamcfasanogmail.com. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Demboryniski, Secretaria.

S/C 464393 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición de la Dra. Lilián M.T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: MEDINA, CEFERINO AUDELINO s/Quiebras - (CUIJ 21-26169500-3), por resolución de fecha 05 de mayo de 2021 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, Ley 24.522) del Señor Ceferino Audelino Medina, DNI N° 17.032.638, CUIL/CUIT N° 20-170326386, argentino, casado, mayor de edad, empleado de la Comuna de Cacique Ariacaiquín, Departamento San Javier, Provincia de Santa Fe; con domicilio real en Zona Urbana de Cacique Ariacaiquín y constituyendo procesal en calle Florián Paucke N° 1422 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. ( ... ) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art.88 inc.4 LCQ); b) Intimar al fallido para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ) ( ) 9) Fijar hasta el inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra. Resolución: San Javier, 5 de Octubre de 2021. Autos y Vistos:... Resulta:… Considerando:... Resuelvo: 1) Fijar hasta el día lunes 29 de noviembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Sindica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días martes 30 de noviembre de 2021 hasta el lunes 20 de diciembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día lunes 21 de marzo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 02 de mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día lunes 02 de mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por la fallida, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la Ley Concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. El Síndico designado en autos es el CPN Javier Pompeyo Ruscitti, con domicilio constituido en calles Gral. López y Lavalle de la ciudad de San Javier, quien ha fijado días y horarios de atención, señalando todos los días hábiles judiciales de 8.00 a 12.00 hs y de 16.03 a 19.00 hs. Teléfono de contacto: 0342-155951103. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Demboryniski, Secretaria.

S/C 464394 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición de la Dra. Lilián M.T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “BUSTOS, Jorge Daniel s/Quiebras” - (CUIJ 21-26168882-1), por resolución de fecha 22 de octubre de 2019 se ha resuelto: (...). 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, Ley 24.522) del Señor Jorge Daniel Bustos, DNI N° 6.306.700, CUIL N° 20-06306700-9, argentino, mayor de edad, jubilado de la Provincia de Santa Fe, con domicilio real en San Roque 1646 B° San Antonio y domicilio procesal en calle Sarmiento 977, ambos de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...). 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs. de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc.4 LCQ); b) Intimar al fallido para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ). ( ... ) 9) Fijar hasta el ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: San Javier, ... de octubre de 2021. Autos y Vistos:... Resulta: Considerando:... Resuelvo: 1) Fijar hasta el día lunes 29 de noviembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Sindica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días martes 30 de noviembre de 2021 hasta el lunes 20 de diciembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día lunes 21 de marzo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 02 de mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados TODOS LOS OFICIOS REQUERIDOS. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día lunes 02 de mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y hall de este Juzgado y Poder Judicial se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por la fallida, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. El Síndico designado en autos es el CPN Mario Alberto Rostagno, con domicilio constituido en calle Santiago Cabral N° 1078 de la ciudad de San Javier, quien ha fijado días y horarios de atención, señalando todos los días hábiles judiciales de 9.00 a 12.00 hs y de 17.00 a 19.00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Demboryniski, Secretaria.

S/C 464395 Oct. 19 Oct. 25

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Justo; se hace saber que en los autos caratulados: ESPINOZA, VICTORIA NATALIA s/Quiebra, CUIJ 21-26185862-9, se ha dispuesto lo siguiente: San Justo, 16 de Septiembre de 2021. Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Reprogramar las fechas establecidas oportunamente, fijando el período hasta el cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, con los alcances fijados en el punto 8) de la resolución de fecha 6 de Octubre de 2.020, estableciéndose como nueva fecha el día 19 de Octubre de 2.021. Señalar el día 4 de Noviembre de 2.021, para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; fUar el día 3 de Diciembre de 2.021 para la presentación de los informes individuales; el día 17 de Febrero de 2.022, para la presentación del informe general. II- Publíquense los edictos pertinentes. Regístrese el original, expídase copia, hágase saber. Firmado: Dr. Leandro Carlos Buzzani - Secretario; Dra. Laura M. Alessio, Jueza. San Justo, 27 de Septiembre de 2021. Leandro C. Buzzani, Secretario.

$ 45 464364 Oct. 19

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Por disposición de la Dra. Laura María Alessio, Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de San Justo N° 18- Cabal 2545- San Justo Santa Fe, en autos caratulados: TORRES JORGE SEBASTIAN c/GRAS ANGEL RAMON y Otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales (21-26181031-7), se hace saber que la Sra. Jueza ha dispuesto lo siguiente: “San Justo, 30 de Septiembre de 2021. Téngase presente lo manifestado. Atento a lo normado por el art. 597 del CPCC, cítese a los herederos del Sr. Jorge Sebastián Torres para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de 10 días, bajo apercibimientos de ley. A tales fines publíquense edictos. Asimismo y atento tramitar ante este Juzgado los autos: Gras Angel Ramón s/sucesorio (CUIJ N° 21-26187624-5), requiérase al apoderado de la demandada que indiquen los herederos y/o causahabientes del demandado que continuarán con las presentes actuaciones, acreditando la personería invocada en su caso. Notifíquese.- Dr. Leandro Carlos Buzzani (Secretario) Dra. Laura M. Alessio (Jueza). San Justo, 5 de octubre de 2021. Dra. Lo Presti, Prosecretaria Subr.

$ 52,50 464338 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 26 de San Javier, en los autos caratulados: ORUE, MATIAS WALDINO c/TITULAR DE DOMINIO s/Juicio Ordinario 21-23023947-6, se ha dispuesto notificar la presente disposición. San Javier, 05 de Octubre de 2021. Agréguense las cédulas y edicto acompañado. A lo solicitado, oportunamente. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dr. Fernando Mecoli (Juez), Dr. Ivana Beltramino (Secretaria). San Javier, 6 de Octubre de 2021. Dra. Beltramino, Secretaria.

$ 33 464527 Oct. 19 Oct. 21

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito N° 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única, de Tostado, en autos: DIAZ MAIRA CARINA PSHM c/GONZALEZ HECTOR MARTIN s/Alimentos y litis expensas CUIJ N° 21-26210378-9, se ha dictado el siguiente decreto: “Tostado, 29 de Abril de 2021. Proveyendo cargo n° 2659: agréguese el informe acompañado. Proveyendo cargo n° 2722: Proveyendo cargo n ° 2722: Téngase presente lo manifestado. Agréguese. Regúlense los honorarios profesionales de los Dres. Fabricio González y Luciano VARGAS, en conjunto en la suma de $ 147.713966 (25,60 Jus), los que se distribuyen de la siguiente manera: Dr. Fabricio González en la suma de $ 98.475,77 (17,07 Jus ) por su actuación en las primeras dos etapas del procedimiento y Dr. Luciano Vargas, en la suma de $ 49.475,77 (8,53 Jus) por su actuación en la última etapa del procedimiento, art. 8 inc. g) y 9 de la Ley 6767. Hágase saber a los fines expuestos en el art. 32 tercer párrafo, de la Ley referenciada, modificada por la Ley 12.851 que la tasa de interesa aplicable al crédito emergente de los honorarios prealudidos, desde la mora hasta su efectivo pago, es la que percibe el Banco de la Nación Argentina para prestamos a treinta días. Córrase Vista a la Caja Forense. Notifíquese. Fdo. Dra. Marcela Barrera (secretaria) Dra. Hayde M. Regonat (Jueza). Lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Hayde M. Regonat (Jueza); Marcela Barrera (Secretaría). ///TADO, 10 de Octubre de 2021.

$ 33 464376 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 15 Civil, Comercial y Laboral de Tostado (SF), en los autos: FERNANDEZ BAJTEX, RODOLFO RUBEN c/BORCA, ANGELA MARGARITA s/Usucapión, CUIJ N° 21-26210322-3 (92/2019) se cita y emplaza por edictos a los herederos del causante Rodolfo Rubén Bajtex Fernández (Art. 597 C.P.C.C. Santa Fe), en los autos: Fernández Bajtex, Rodolfo Ruben c/Borca, Angela Margarita s/Usucapión, CUIJ N° 21-26210322-3 (92/2019). Para recaudo se transcriben los decretos que dicen así: “///TADO, 31 de Agosto de 2021. Téngase presente y hágase saber. Sin perjuicio de lo manifestado acompañe acta de defunción del mismo. Notifíquese. Dra. Hayde Regonat (Jueza) - Dra. Marcela Barrera (Secretaria). Otro Decreto: ///TADO, 21 de Septiembre de 2021. Téngase presente. Al pto. II) Agréguese y téngase presente. Al pto. III) Téngase presente los domicilios denunciados para su oportunidad. Al pto. IV) a los fines de notificar a los demás herederos publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y espacios destinados a tal fin. Notifíquese. Fdo.: Dra. Hayde Regonat (Jueza) - Dra. Marcela Barrera (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Espacio destinado a tal fin. Dra. Marcela A. Barrera (Secretaria). Tostado, 30 de Septiembre de 2021.

$ 33 464466 Oct. 19 Oct. 21

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber que en los autos caratulados: COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE y Otros SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES, ASISTENCIALES, DE VIVIENDA Y CRÉDITO DE SASTRE LIMITADA c/ANDRES, BERNARDINA JUANA y Otros s/Juicios Ordinarios, 21-24393772-5 de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial N° 11 de la ciudad de San Jorge (Pcia. de Santa Fe), se ha dispuesto citar a Juan José Giorda Andrés, Jorge Bernardino Giorda Andrés, Oscar José Ramírez, Oscar Andrés Ramírez, Susana Masanti, José Luis Masanti, Julio Masanti, Julia Soldavini, José Antonio Soldanivini, Carlos Bernardino Soldavini, Silvia Agustina Soldavini, Jorge Eberlé, Diego Alejandro Eberlé y/o contra María Inés Andrés, Gregoria Andrés, Luisa Andrés, Julia Andrés, Cándida Andrés, Bernardina Juana Andrés y Matilde Andrés, y/o sus herederos y/o a quien resulte propietario y/ o cualquier otra persona que invoque derechos reales sobre el inmueble registrado bajo las siguientes notas de dominio: a) Nota Marginal: Santa Fe 12 de agosto de 1963.- Por declaratoria de herederos dictada en el juicio sucesorio de Julia Martín de Andrés, registrada al N° 67499 - F° 1981 - T. 118 de Declaratorias, se inscribió en dominio por nota marginal N° 12817 - F. 614 - T. 48 - Dep. San Martín, a nombre de sus hijos: María Inés; Gregoria; Luisa; Julia; Cándida; Bernardina Juana Y Matilde Andrés.-“ y b) Nota Marginal: Santa Fe 21 de diciembre de 1956.- Por declaratoria de herederos dictada en el juicio sucesorio de Bernardino Andrés, registrada al N° 66732 - F° 1659 - T. 98 de Declaratorias, se inscribió en DOMINIO por nota marginal N° 71532 - F. 614 - T. 48 - Dep. San Martín, a nombre de su esposa Julia Martín De Andrés y sus hijos: María Inés; Gregoria; Luisa; Julia; Cándida; Bernardina Juana y Matilde Andrés.- Y empadronado en el SCeIT a los efectos del impuesto inmobiliario bajo la Partida 12-03-00-158897/0002-2.- Descripción según Plano de Mensura especial para usucapir: “El inmueble está ubicado en calle Emilio Ortiz entre calle 9 de Julio y calle Sarmiento con frente al Este en la ciudad de Sastre, Departamento San Martín. Se encuentra empadronado con la partida de impuesto inmobiliario N° 12-03-00169380/0000 con una superficie de 749.09 m2 a nombre de Andrés María I y Otros. Según datos del registro general de la Propiedad el dominio se encuentra inscripto de la siguiente manera: T° 48 I F° 614 N° 71532 Año 1956 y T° 48 I F° 614 N° 12817 Año 1963 - Dpto. San Martín a nombre de María Inés Andrés, Gregoria Andrés, Luisa Andrés, Julia Andrés, Cándida Andrés, Bernardina Juana Andrés y Matilde Andrés.- A quienes se cita en consecuencia para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales de aplicación. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el Juzgado de trámite por el término de ley. San Jorge, 27 de Septiembre de 2021. Dra. María de los Milagros de la Torre, Secretaria.

$ 60 464447 Oct. 19 Oct. 25

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por orden de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito N° 16 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto notificar por medio del presente al demandado: Nicolás Obregon y/o Nicolás Obregón y/o sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble, en los autos caratulados: “Comuna de CURUPAITY c/OBREGON, NICOLAS s/Apremio - Ley 5066” - CUIJ: 21-23171027-9 el siguiente decreto: “Ceres, 30 de Septiembre de 2021. Por cumplimentado. Agréguese. Ofíciese al Juzgado Comunitario de Monigotes - con jurisdicción en Curupaity - para que, en día y hora que al efecto se designe - teniéndose presente la fecha propuesta para el 27.10.2021, proceda a supervisar la subasta que se ordena sobre el inmueble embargado en autos. La venta se realizará en el Juzgado Comunitario de Monigotes sobre la base del avalúo fiscal y, de no haber postores, con la retasa del 25%. En caso de continuar sin ofertas, sin base y al mejor postor. El comprador abonará en el acto el 10% del precio en concepto de seña, la comisión de ley del martillero, I.V.A. si correspondiere y el impuesto a la compraventa de inmuebles. Quedarán a su cargo, la realización del plano de mensura - previo a la inscripción de dominio - y las deudas provenientes de contribuciones de mejoras. Las tasas, impuestos y/o gravámenes de cualquier otra naturaleza que recaigan sobre el bien subastado, serán a cargo del adquirente a partir de la fecha de subasta. Publíquense los edictos en la cantidad y forma que la ley establece, en el BOLETÍN OFICIAL, un periódico local y Puertas del Juzgado. Autorizase a los fines de publicidad del remate, la impresión de 200 volantes. Notifíquese a la demandada por cédula y a los acreedores embargantes y/o inhibientes y/o acreedores hipotecarios, silos hubiere, por cédula debiendo procederse con posterioridad a la subasta, conforme lo dispone el art. 506 C.P.C.C. Notifíquese. Notifíquese. Fdo. Dra. González Magali Cristina (Secretaria). Dra. Alicia Longo (Jueza).

S/C 464692 Oct. 19 Oct. 21

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial, 2ª Nominación de Rafaela, en autos caratulados GODOY RAMON WALTERIO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24200517-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante RAMON WALTERIO GODOY, DNI N° M6.786.258, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Rafaela, 12 de octubre de 2021.Fdo. María Ines Monteverde – Abogada

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 5 en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de Rafaela, Sec. Única, en autos caratulados: GANEM MANUEL ALBERTO S/ SUCESORIO - CUIJ: 21-24199870-0; se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de: GANEM MANUEL ALBERTO, con documento N°: 10.636.070, con último domicilio en: Ciudad de Sunchales 390 de: Rafaela, Pcia. de Santa Fe, para que comparezcan por ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Sucesorio patrocinado por la abogada: Ana Rosa Cortassa.- Publicaciones en el Boletín Oficial. Rafaela, 05-10-2021.-

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación Secretaria Única, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “CAMINOS, MABEL ANGELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” Expte CUIJ N°: 21-24200010-9 Año: 2021, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con Derechos a los bienes del causante: Doña: CAMINOS, MABEL ANGELA, DNI Nº:10.886.762, para que así dentro de los Treinta días lo acrediten, haciendo valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Secretaría, Rafaela, 05 de Octubre de 2021.

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos "CUIJ Nº 21-24199171-4 GARNERO, Miguel Angel y otros S/ Sucesorio", se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MIGUEL ANGEL GARNERO, D.N.I. M6.239.091, fallecido en fecha 13 de noviembre de 2019 y ROSA NUÑEZ, D.N.I. F.3.803.847, fallecida en fecha 13 de octubre de 2020, ambos con último domicilio en calle Pelegrini Nº 1355 de Rafaela, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos.Fdo.: Dr. Hail - Juez;Dra. Carinelli - Secretaria. RAFAELA, 12 de octubre de 2021.

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por lo dispuesto por el Señor Juez de primera instancia de Distrito N° 5 en los Civil y Comercial de la 2da Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el  causante MONTU, EDUARDO JOSE DNI 16.971.915 argentino, con último domicilio en AGUSTÍN ALVAREZ 348, Rafaela, Santa Fe, fallecido el 30/01/2021, para que en el término de treinta días y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos , a sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial por el término del ley en los autos: “MONTU, EDUARDO JOSE S/ SUCESORIO CUIJ: 21-24200620-5”. Fdo. Natalia Carinelli Abogada - Secretaria Duilio M. Francisco Hail Juez. Rafaela, 12-10-2021.-

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Laboral, 1ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: CARDOZO, ARIEL c/CUIDAR S.A. y Otros s/Cobro de pesos, laboral, Expediente 576/2012, CUIT 21-16377157-5, venta en subasta pública, el día 8 de Noviembre del 2021 a las 10hs., o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado, a la misma hora, el automotor dominio EOP 611 marca Volkswagen, auto importado, nro de motor UNF 288441, fecha 24/8/2004. Informa el registro automotor de un embargo desde el 518/2011, con deudas de patentes de $ 26354,23 pesos, al 28/8/2021, el tribunal de faltas de Rafaela, informa que tiene infracción de $ 1096, pesos, saldrá a la venta con la base de $ 240001 y en el caso de no haber postores después, de esperar un tiempo prudencial de su ofrecimiento, se realizara con una retasa del 25% y si a pesar de la reducción y transcurrido otro tiempo prudencial de su ofrecimiento, se reducirá sin base y al mejor postor, el comprador deberá abonar en el acto del remate el 10% y el saldo de precio a cuenta del precio en dinero en efectivo, con más la comisión del martillero 10%, el saldo del precio con más los impuestos a la compraventa (si correspondiere) deberá ser abonado dentro de los cinco días de ejecutoriado el auto aprobatorio de la subasta, previa notificación por cedulas libradas en legal forma, hágase saber que el comprador, se hará cargo, a partir de la fecha del acta de remate de los impuestos provinciales y municipales, que pesan sobre el mueble y los que surjan del acto mismo de la compra. Publíquese edictos de ley en BOLETÍN OFICIAL, atento a lo dispuesto por el art. 67 del CPC, la publicación efectuarse con la anticipación mínima de cinco días hábiles anteriores a la subasta. Autorízase a la confección de volantes de publicidad solicitada, todo con oportuna rendición de cuentas, informes al martillero Clemar Osvaldo Sánchez, teléfono celular 342 6128731, notifíquese. Marcelo D. Leizza, Secretario.

S/C 464568 Oct. 19 Oct. 21

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distr. Civil y Com. Cuarta Nom. de Rafaela, notifica a María Elena Jappert Getto, demandado en autos GARBARINO SAICEI c/JAPPERT GETTO MARIA ELENA s/Ejecutivo 21-24189602-9 la siguiente resolución: “Rafaela, 19 de Junio de dos mil diecinueve. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte acreedora se cobre íntegramente la suma reclamada, con más el interés que se liquidará aplicando la tasa activa promedio mensual no acumulativa que percibe el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuentos de documentos a treinta días, desde que la suma es debida y hasta el efectivo pago al acreedor, con más las costas del juicio. Practicada liquidación, se regularán honorarios. Archívese el original, hágase saber, expídase copia. Firmado: Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. María José Alvarez Tremea, Juez. Rafaela, 1 de Septiembre de 2021. Dra. Frana Guillermina, Proscretaria.

$ 100 464500 Oct. 19 Oct. 21

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Nicle Maximiliano Manuel, D.N.I. N° 41.943.068, fallecido en fecha 30 de Junio de 2021, en la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan por ante este Juzgado a hacer valer sus derechos. Todo lo cual se halla ordenado en los autos caratulados "NICLE MAXIMILIANO MANUEL S/ SUCESORIO" (CUIJ  21-25027349-2).- Publíquese a sus efectos en el Boletin Oficial.- Reconquista, Provincia de Santa Fe 12/10/2021.

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Delfino Antonio Vicentin, D.N.I. N° 6.342.672, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan por ante este Juzgado a hacer valer sus derechos. Todo lo cual se halla ordenado en los autos caratulados "VICENTIN DELFINO ANTONIO S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-25027266-6).- Publíquese a sus efectos en el Boletin Oficial.- Reconquista, Provincia de Santa Fe 12/10/2021.

$ 45 Oct. 19 Oct. 21

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Por disposición del Sr. Juez/a a/c de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de Reconquista, se hace saber que en los autos “ALVAREZ JOSE BERNARDINO s/Quiebra” CUIJ - 21-25025394-7 que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: “Reconquista, 27/08/2021.- Autos y Vistos: Estos caratulados: “Alvarez José Bernardino s/Quiebra” 21-25025394-7, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, de los que: Considerando: Que, siendo que el síndico designado en autos, C.P.N. Víctor Hugo Fabrizio, ha comparecido a aceptar el cargo, corresponde cumplimentar con los recaudos exigidos en el art. 14 incisos 3, 9 y 10 LCQ. Por todo ello, es que: Resuelvo: 1) Fijar el 10 de Noviembre de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN. Víctor Hugo Fabrizio con domicilio en calle Alvear N° 759, horario de atención de lunes a viernes de 9 hs. a 12 hs. y de 17 hs. a 20:00 hs. 2) Fijar el 07 de Febrero de 2022 para la presentación por el Síndico de los Informes Individuales. 3) Fijar el 16 de Marzo de 2022 para la presentación del Informe General por el Síndico. 5) Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y un diario local. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia.- Fdo. Dr. Fabián Lorenzini -Juez a/c -Dra. Susana Carletti Dra. - Secretaria Subrogante. Reconquista, 27 de Agosto de 2021.

S/C 464474 Oct. 19 Oct. 25

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: Expte. N° 191/2006 - NUEVO BANCO SUQUIA S.A. c/DIAZ ROSALINO s/Ejecutivo, CUIJ 21-24914242-25 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito número cuatro en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de la Ciudad de Reconquista (Santa Fe), se lo notifica al Sr. Díaz Rosalino, D.N.I. 5.531.299, del siguiente decreto: “Reconquista, 23 de Febrero de 2021. No habiendo sido observada, apruébase en cuanto por derecho corresponda la liquidación practicada en autos. Intímese al deudor a abonar los montos que surgen de la liquidación aprobada en el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Dr. Fabián Lorenzini Juez - Dr. José Boaglio, Secretario. Reconquista, 22 de septiembre de 2021. Dr. Boaglio, Secretario.

$ 70 464449 Oct. 19 Oct. 21

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: Expte. BANCO MACRO S.A. c/TRONCOSO OSVALDO DANIEL y Otros s/Demanda Ordinaria, CUIJ 21-25024674-6, de trámite por ante el Juzgado 1ra. Instancia Civil y Comercial 1ra. Nominación de la Ciudad de Reconquista (Santa Fe), se lo notifica del decreto de fecha: “Reconquista, 09 de Agosto de 2021. Agréguese, téngase presente. Habiéndose denunciado el fallecimiento del codemandado Osmar Osvaldo Troncoso, cítese y emplácese a los herederos del mismo para que en el término de ley, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Publíquense edictos de ley conforme art. 597 del CPCC... Notifíquese. Fdo. Dr. Juan Manuel Astesiano Secretario, Dr. José María Zarza Juez. Reconquista, 8 de Septiembre de 2021.

$ 70 464448 Oct. 19 Oct. 21

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 4 - Tercera Nominación, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, notifica a José Daniel Alvarez, demandado en autos: FAST CRED S.A. c/ALVAREZ JOSE DANIEL s/Ejecutivo, Expte. 21-25023530-2 la siguiente resolución: “Reconquista, 29 de Junio de 2021. Agréguese. Téngase presente. Atento a constancias de Autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese.- Firmado: Dra. Susana C. Carletti - Secretaria Subrogante. Reconquista, 9 de Agosto de 2021.

$ 100 464498 Oct. 19 Oct. 21

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 4 - Tercera Nominación, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, notifica a Raúl Armando Gómez, demandado en autos: FAST CRED S.A. c/GOMEZ RAUL ARMANDO s/Ejecutivo - Expte. Nº 614/2017 la siguiente resolución: Reconquista, 03 de Agosto de 2021. Agréguense constancia AFIP acompañada. Apruébase la liquidación practicada en cuanto por derecho corresponde y regúlense los honorarios profesionales del Dr. Silvio Fontanini por su intervención en autos en 2,60 unidades jus (siendo el valor de la unidad Jus $ 6.916,58) equivalentes a la suma de Pesos diecisiete mil novecientos ochenta y tres ($17.983) y fijase un interés moratorio conforme Acta Acuerdo N° 05/2019 de la Excma. Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la esta ciudad (TNA - 30 días). Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 6, 7 inc 2 b) 32 y 34 ss. y concs de la Ley 6767 modificada por la Ley 12.851. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. - Firmado: Dra. Susana Carletti - Secretaria Subrogante. Reconquista, 12 de Agosto de 2021.

$ 110 464497 Oct. 19 Oct. 21

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 4 - Segunda Nominación, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaria a Cargo del Dr. José A. Boaglio, notifica a Fabián Eugenio Díaz, demandado en autos FAST CRED S.A. c/DIAZ FABIAN EUGENIO s/Ejecutivo, Expte. 21-25022654-0 la siguiente resolución: “Reconquista, 05 de Agosto de 2021. Apruébase la liquidación practicada en cuanto por derecho corresponda. Regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Silvio Fontanini en la suma de $15.396,30 equivalente a 2,22 Jus. Fíjase como interés moratorio anual el equivalente a la tasa aplicada por el B.N.A. en sus operaciones de descuento a treinta días. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. Firmado: Dr. José A. Boaglio - Secretario; Dr. Fabián Lorenzini – Juez. RECONQUISTA, 7 de Septiembre de 2021. Dr. Marega, Prosecretario.

$ 60 464492 Oct. 19 Oct. 21

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N° 4, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaria a cargo del Dr. Marino Celli, notifica a Jorge Aroldo Miño, demandado en autos: FAST CRED S.A. c/MIÑO JORGE AROLDO s/Ejecutivo, Expte. 205/2017, la siguiente resolución: Reconquista, 09 de Agosto de 2021. Antecedentes: Argumentos:... Resuelvo: 1) Mandar llevar adelante parcialmente la ejecución contra Jorge Aroldo Miño, DNI 27.524.429, con domicilio desconocido (notificación por edictos), por la suma de pesos siete mil seiscientos cinco con 35/100 ($ 7.605,35) con más los intereses moratorios y punitorios según consta en los Argumentos, sin capitalizar y con la suspensión durante el plazo que allí se determina. 2) Costas en un 80% a la parte demandada y un 20% a la parte actora. 3) Practique liquidación conforme los argumentos. Se hace saber que deberá informar al momento de practicarla, el portal al que accedió a tales fines. De esta manera se evita que el juzgado imprima información que se encuentra disponible en el citado portal, a cuya información se accede fácilmente. 4) Los honorarios profesionales se regularán practicada que sea la liquidación que proporcionará la base regulatoria y acompañadas que fueran las constancias de la situación fiscal de los abogados intervinientes. 5) Agréguese a autos con constancia Actuarial el documento pagaré base de esta ejecución. Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica al profesional. Notifíquese (art. 67 del CPCyC). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Marino Celli - Secretario; Dra. María Cecilia Belfiori - Jueza. Reconquista, 21 de Septiembre de 2021.

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