picture_as_pdf 2021-05-20

AGRODISTRIBUCIONES S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en Autos AGRODISTRIBUCIONES SRL/ MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL Expte. Nº 1416 Año 2020” de trámite ante Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto efectuar la siguiente publicación, a saber:

1- El socio MARTIN TONEATTI DNI 26.188.438, CUIT 20-26188438-1, mayor de edad, comerciante, domiciliado en Gral. López 644 de Arocena, divorciado según Resolución Judicial 2910 de Fecha 25/09/2018 del Tribunal Colegiado de Familia Nº 7 de Rosario, nacido el 02 de Enero de 1978 ha resuelto en fecha 21 de Agosto de 2020, ceder, vender y transferir la totalidad de las cuotas de las que es titular en AGRODISTRIBUCIONES S.R.L, es decir seis mil doscientas (6200) cuotas distribuidas de la siguiente manera: 5600 (cinco mil seiscientas) cuotas partes sociales al Sr. García Héctor Norberto, DNI 10.338.368, CUIT 20-10338368-5, Argentino, mayor de edad, nacido 01 de Agosto de 1952, con domicilio en Bv. San Martín 1001 de Barrancas, comerciante, casado en primeras nupcias con Liliana María Teresa Porta, DNI 12.723.831 y 600 (seiscientas) cuotas partes sociales a la Sra. Porta Liliana María Teresa DNI 12.723.831, CUIT 27-12723831-4, Argentina, mayor de edad, nacida el 17 de Abril de 1957, con domicilio en Bv. San Martín 1001 de Barrancas, comerciante, casada en primeras nupcias con Héctor García DNI 10.338.368

2- El precio total de la transferencia se pactó en la suma de pesos quinientos noventa mil ($ 590000)

3- Como consecuencia de esta cesión se modifica el artículo CUARTO y el artículo SEXTO del contrato social, quedando redactados de la siguiente manera: CUARTO: El capital social se fija en la suma de pesos CIENTO SESENTA Y DOS MIL ($162.000) dividido en dieciséis mil doscientas cuotas (16.200) cuotas de pesos diez ($10) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de conformidad con el siguiente detalle: La Sra. Liliana María Teresa Porta suscribe cinco mil seiscientas (5600) cuotas habiendo sido integradas en su totalidad. La Sra. Claudia Yanina García suscribe dos mil quinientas (2500) cuotas, habiendo sido integradas en su totalidad. La Srta. Paola Yanina García suscribe dos mil quinientas (2500) cuotas, habiendo sido integradas en su totalidad y el Sr. Héctor Norberto García suscribe cinco mil seiscientas (5600) cuotas integradas en su totalidad. SEXTO: La administración y representación legal será ejercida por un socio Gerente socio o no, designado por los socios, quien tendrá el uso de la firma social. En caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad, o cuando la Asamblea de Socios lo considere conveniente, podrán designarse uno o dos nuevo/s Gerentes en sustitución al ya designado o para que actúe conjuntamente con el ya designado. El Gerente tendrá todas las facultades y obligaciones inherentes a su función. Pudiendo realizar todos los actos de disposición y administración tendientes a que la sociedad adquiera derechos o contraiga obligaciones para el cumplimiento del objeto social. En este acto los socios designan para tal función a Paola Yanina García DNI 28.150.619.-

$ 95,40 448088 May. 20

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MARIO GIORGI E HIJOS S.A.


ESTATUTO


Fecha contrato social: 08 de Marzo de 2021.

Razón social: Mario Giorgi E Hijos S.A.

Socios: Mario Alberto Giorgi, DNI Nº 13.219.948, CUIT N: 20-13219948-6, Argentino, fecha de nacimiento 11/08/1957, masculino, productor agropecuario, casado, con domicilio en Av. 16 N° 1.204 de la ciudad de Las Parejas, departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, Argentina; Valeria Elina Giorgi, DNI Nº 28.575.747, CUIT Nº: 27-28575747-4, Argentina, fecha de nacimiento 29/03/1981, femenino, contadora, casada, con domicilio en calle 11 N° 1.156 de la ciudad de Las Parejas, departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, Argentina; Melina Vanesa Giorgi, DNI Nº 30.071.0631 CUIT Nº: 27-30071063-3, Argentina, fecha de nacimiento 28/04/1983, femenino, abogada, soltera, con domicilio en Av. 16 N° 1.204 de la ciudad de Las Parejas, departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, Argentina; Dario Alberto Giorgi, DNI Nº 30.757.395, CUIT Nº: 2030757395-5, Argentina, fecha de nacimiento 17/09/1984, masculino, ingeniero agrónomo, soltero, con domicilio en Av. 16 N° 1.204 de la ciudad de Las Parejas, departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, Argentina.

Domicilio: Avenida 16 N° 1.204, Las Parejas, Provincia de Santa Fe.

Objeto social: Tendrá por objeto realizar por sí o asociada con terceros las siguientes actividades: 1) Explotar en todas sus formas establecimientos agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales, de tambo y granja. 2) Comprar, vender, estibar y acopiar toda clase de productos agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales, de tambo y de granja. 3) Comprar, vender y producir toda especie de insumos para la explotaciones referidas en el punto (1). 4) Prestar servicios vinculados a las explotaciones referidas en el punto (1). 5) Comprar vender y reparar vehículos y maquinarias empleados en las explotaciones referidas en el punto (1). 6) Mandatos y comisiones comerciales referidos a los bienes y servicios de los apartados precedentes. 7) Adquirir, enajenar, arrendar y explotar inmuebles rurales y urbanos “con bienes propios”. 8) Transportar toda clase mercaderías. 9) Prestar servicios profesionales contables, jurídicos y agronómicos conforme lo establecen los colegios respectivos y normativas vigentes. 10) Elaboración y ejecución de toda clase de proyectos de construcción y edificación. Así mismo; diseño, ejecución y comercialización de proyectos inmobiliarios; además tomar parte en sociedades que tengan objetivos afines o semejantes. 11) La comercialización de productos agroquímicos, fertilizantes, semillas, insumos agropecuarios, mediante compra-venta, comisión de terceros, consignación y/o representación de sus fabricantes o distribuidores, en forma exclusiva o asociada de manera permanente o transitoria con terceros, en el país o en el extranjero y de todo instrumento que su destino sea la agricultura y ganadería, al cultivo, producción, industrialización agroalimentaria, forestación o plantación de especies maderables nativas y/o exóticas, con fines principalmente comerciales o industriales, reforestación, su industrialización o actividad forestoindustrial; pudiendo realizar operaciones afines y complementarias, sea por cuenta propia o de terceros, o asociada a otra empresa o persona. 12) Podrá importar los productos, insumos y maquinarias que sean de aplicación a su actividad objeto social, podrá exportar los mismos o lo que resultara de su producción o agro industrialización con destino a su comercialización, para su consecución podrá inscribirse como importadora y exportadora ante los organismos de contralor correspondientes.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Plazo: Veinticinco (25) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Rosario.

Capital social: El capital social es de ochocientos mil pesos ($ 800.000), representado por ocho mil (8.000) acciones de cien pesos ($ 100) valor nominal cada una, que los socios suscriben en la siguiente proporción: Mario Alberto Giorgi 5.600 acciones de $ 100 cada una, total $ 560.000 (Pesos quinientos sesenta mil); Valeria Elina Giorgi 800 acciones de $ 100 cada una, total $ 80.000 (Pesos ochenta mil); Melina Vanesa Giorgi 800 acciones de $ 100 cada una, total $ 80.000 (Pesos ochenta mil); Dario Alberto Giorgi 800 acciones de $ 100 cada una, total $ 80.000 (Pesos ochenta mil).

Administración y representación: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de dos (2) y un máximo de cuatro (4), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, Presidente: Dario Alberto Giorgi, Director Suplente: Valeria Elina Girogi.

Fiscalización: a cargo de los accionistas Mario Alberto Giorgi, Valeria Elina Giorgi, Melina Vanesa Giorgi, Darlo Alberto Giorgi.

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Mayo de cada año.

$ 132 447176 May. 20

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GRUPO GIANGI S.R.L.


CONTRATO


Conste que por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se tramitan los autos caratulados GRUPO GIANGI SRL s/Constitución de Sociedad; (Expediente CUIJ 21- 05205193-9 Año: 2.021) en los que se pretende la inscripción registral de dicha sociedad.

Socios: Ernesto Damián Gianfelici, argentino, casado en primeras nupcias con María Soledad Giménez, comerciante, D.N.I N° 31.058.772, C.U.I.T N° 23-31058772-99 nacido el 21 de Julio de 1.984, con domicilio en Córdoba 4.158 de la localidad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe y María Soledad Giménez, argentina, casada en primeras nupcias con Ernesto Damián Gianfelici, comerciante, D.N.I N° 35 .832.719, C.U.I.L Nº 27-35832719-8, nacida el 04 de Enero de 1.991 con domicilio en calle Córdoba 4.158 de la localidad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe.

Denominación: Grupo Giangi S.R.L.

Domicilio: Córdoba Nº 4.158 de la localidad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe.

Duración: 5 años contados desde la inscripción en el Registro Público.

Objeto social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, ya sea en el país y/o en el exterior, de las siguientes actividades: a) Desarrollo de marcas comerciales, su explotación a través de compraventa, locación y/o cesión de uso; b) Desarrollo y explotación de sistemas de comercialización y marketing de productos propios o de terceros, a través de compraventa, locación y/o cesión de uso; c) Compraventa, depósito, distribución, comercialización, acopio, importación, exportación de bebidas alcohólicas, no alcohólicas y mercaderías. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

Capital social: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), dividido en mil (2.000) cuotas partes de pesos cien (100) cada una, el que es suscripto e integrado del siguiente modo: el Sr. Ernesto Damián Gianfelici suscribe un mil (1.000) cuotas partes equivalentes a la suma de pesos cien mil ($ 100.000) y la Sra. María Soledad Giménez suscribe un mil (1.000) cuotas partes equivalentes a la suma de pesos cien mil ($ 100.000).

Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social, estarán a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual cualesquiera de ellos, por el término de cinco (5) ejercicios, pudiendo ser reelegible/s, quienes vencido el término se mantendrán en el cargo hasta tanto no sean removidos en forma expresa. En tal carácter, tiene/n todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en los arts. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 9 del decreto ley N° 5965/63.

Socio gerente: Ernesto Damián Gianfelici, argentino, casado, comerciante, D.N.I. N° 31.058.772, C.U.I.L. N° 23-31058772-9.

Fiscalización: Los socios tendrán las más amplias facultades de inspección y fiscalización de las operaciones sociales, pudiendo examinar en cualquier momento, la contabilidad, documentos y demás comprobantes de la sociedad.

Cierre del ejercicio: El ejercicio social cierra el 30 de Junio de cada año.

Fecha contrato social: 26 de Abril de 2.021.

Santa Fe, 05 de Mayo de 2.021.

$ 140 448006 May. 20

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MILKAUT SOCIEDAD ANONIMA


AUMENTO DE CAPITAL


Por estar así dispuesto, en los autos caratulados MILKAUT S.A. s/Aumento de capital Art. 188 Ley 19.550; CUIJ Nº 21-05205211-1, que tramita por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, se ha ordenado la siguiente publicación: Por Asamblea General Ordinaria de accionistas de Milkaut S.A. según acta Nº 56 de fecha 16 de Diciembre de 2.020 y Asamblea General Extraordinaria de accionistas de Milkaut S.A., según acta Nº 57 de fecha 14 de Abril de 2.021, se resolvió aprobar el aumento del capital social de Milkaut Sociedad Anónima por $ 400.000.000; es decir, de la suma de $ 1.260.063.619 a la suma de $ 1.660.063.619. Se publica a los efectos legales, Santa Fe, 11 de Mayo de 2.021. Fdo: Jorge Eduardo Freyre (Secretario).

$ 45 448722 May. 20

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FIDEICOMISO EDIFICIO MANN


CONTRATO


En cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y Comercial referente a la inscripción del contrato de fideicomiso hace saber que por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Denominación: FIDEICOMISO EDIFICIO MANN.

2) Fiduciante: “HTRES S.A.”, CUIT Nº 30-70808945-8, constituida el treinta y uno de agosto de 2002, con domicilio en Rafaela y sede social en calle Pellegrini Nº 561 de la ciudad de Rafaela, Dpto. Castellanos, Pcia. de Santa Fe, inscripta bajo el Nº 565 al folio 44/45 del libro II de “Estatutos de Sociedades Anónimas” del Registro Público de Comercio de Rafaela.

3) Fiduciario: Rafael Ángel Heinzmann, CUIT Nº 20-06292373-4, DNI Nº 06.292.373, con domicilio en calle Pellegrini Nº 561 de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe.

4) Beneficiarios o Fideicomisarios: HTRES S.A.”, CUIT Nº 30-70808945-8.

5) Fecha de Contrato: 13/01/2021;

6) Constitución: en la fecha de contrato se constituye el FIDEICOMISO EDIFICIO MANN bajo la modalidad de FIDEICOMISO INMOBILIARIO Y DE ADMINISTRACION, con aporte del Fiduciante, cuyas finalidades serán alternativas, conjunta e indistintamente: finalidades de administración y finalidades de inversión de los bienes fideicomitidos.

7) Domicilio: Carlos Pellegrini nº 561, Rafaela, Santa Fe;

8) Objeto: será, alternativa, conjunta e indistintamente las finalidades de administración y finalidades de inversión de los bienes fideicomitidos.-

9) Plazo de duración: Se estipula el plazo en 20 (veinte) años.-

$ 80 448828 May. 20

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LA TRANQUERA S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Señor Juez deL Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, Dr. José M. Zarza - Dra. Miriam G. David – Secretaria, a cargo del Registro Público de Reconquista - hacen saber que en los autos caratulados “LA TRANQUERA S.A. S/ AMPLIACION DEL OBJETO SOCIAL - RENUNCIA (SINDICOS)-(MOD. ARTS. 4-10-11-12-13-14-15-16 Y 19) - ADEC. A LA NORM. VIGENTE (ARTS. 2-17-18-20-21) - DESIGNACION DE AUTORIDADES - NUEVO TEXTO ORDENADO”- (Expte. Nº 154/2020) – CUIJ Nº 21-05291235-8 se ha ordenado la siguiente publicación: En fecha 20/04/2020 según Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº 99, en fecha 12 de setiembre de 2020 según Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 100, y en fecha 15 de marzo de 2021 según Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 103, los señores accionistas de LA TRANQUERA S.A., resuelven ampliar el objeto social, prescindir de la sindicatura y modificar artículos segundo, cuarto, décimo, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto, décimo séptimo, décimo octavo, décimo noveno, vigésimo, vigésimo primero del Estatuto Social y designar las nuevas autoridades. Se exponen a continuación los artículos modificados:

ARTICULO SEGUNDO: El domicilio legal de la Sociedad es en calle Iriondo 596 de la Ciudad de Reconquista, Departamento de General Obligado, Provincia de Santa Fe y podrán establecerse sucursales, representaciones o agencias dentro o fuera de la República por decisión del Directorio.

OBJETO: ARTICULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto realizar las siguientes actividades: a) Agropecuarias: por cuenta propia o de terceros, mediante la explotación agropecuaria en todas sus formas. b) Forestal: por cuenta propia o de terceros, mediante la explotación de bosques, montes y obrajes; forestación y reforestación; instalación de aserraderos; industrialización, transformación y extracción de productos y subproductos derivados de la madera, pudiendo comprarla, venderla, importarla y exportarla, en sus diversas etapas, aspectos y proceso. c) Constructora: dedicarse por cuenta propia, dentro o fuera del país, a la actividad constructora, mediante la construcción de edificios y obras viales y de Ingeniería y arquitectura, de toda clase de inmuebles propios. d) Comerciales: por cuenta propia o de terceros, la compraventa, canje o permuta, distribución, consignación, importación, exportación y reparación de repuestos, accesorios y equipos para la maquinaria agrícola e implementos. e) Comercialización, distribución, representación, importación y exportación de expeller, aceite y alimentos balanceados y productos y subproductos derivados de oleaginosas y cereales y sus derivados, por cuenta propia o de terceros. f) Financieras: por cuenta propia o de terceros, mediante el otorgamiento de fianzas, avales y garantías y asegurarlas mediante la constitución de hipotecas sobre bienes de la sociedad, garantizando obligaciones futuras o determinadas de terceros o empresas que así lo requieran para la obtención o mantenimiento de créditos con terceros o para el afianzamiento o garantía de las deudas de dichos terceros o empresas que surjan de relaciones concesionales o comerciales de cualquier tipo que éstas tengan o celebren con terceras empresas, ya sea con o sin compromiso de reciprocidad o estipulación de precio de la sociedad con la empresa requirente afianzada, o en consideración de cualquier otra negociación o relación presente o futura con la misma. No podrán efectuarse las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. Se deja establecido que la sociedad no podrá realizar las actividades previstas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades, como así también quedan excluidas las actividades previstas en la Ley Provincial 13.154 sobre corretaje inmobiliario. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigentes, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION - ARTICULO DECIMO: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de doce (12), quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.

DESIGNACION DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE - ARTICULO DECIMO PRIMERO: Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente –en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.

REUNIONES DEL DIRECTORIO – QUORUM - ARTICULO DECIMO SEGUNDO: El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.

GARANTIA DE LOS DIRECTORES - ARTICULO DECIMO TERCERO: Los directores deben prestar la siguiente garantía: de $ 20.000,00.- (pesos veinte mil con 00/100) cada uno, la que se depositará en la sociedad en efectivo.

FACULTADES DEL DIRECTORIO - ARTICULO DECIMO CUARTO: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Código Civil y Comercial de la Nación. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos, operar con bancos y demás instituciones de crédito oficiales o privadas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales –inclusive para querellar criminalmente- o judiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente, otorgar fianzas que se relacionen con el objeto y todo acto que no sea notoriamente extraño al objeto social. El Directorio posee las facultades necesarias para la suscripción de fideicomisos regido por la Ley 24.441 y Ley 26.994 en la medida que los mismos sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto social.

REPRESENTACION LEGAL DE LA SOCIEDAD - ARTICULO DECIMO QUINTO: La representación legal de la Sociedad será ejercida por el Presidente del Directorio, o por el Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en caso de estar designado. En caso de su ausencia, o por algún impedimento de alguno de ellos, actuará en su reemplazo el director suplente que al asumir deja tal categoría y se convierte en titular.

FISCALIZACION - ARTICULO DECIMO SEXTO: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19.550. En el caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley citada, el Directorio deberá convocar a Asamblea General Ordinaria para la designación anual de un Síndico Titular y uno Suplente, sin necesidad de modificación del presente Estatuto. La Asamblea fija la remuneración del Síndico.

ASAMBLEAS – CONVOCATORIA - ARTICULO DECIMO SEPTIMO: Toda Asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el Artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera.

QUORUM DE ASAMBLEAS - ARTICULO DECIMO OCTAVO: Rigen el quorum y mayorías determinados por los Artículos 243 y 244 de la Ley 19.550, según clase de Asambleas, convocatoria y materia de que se trate, excepto en cuanto al quorum de la Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.

BALANCE - DISTRIBUCION DE GANANCIAS Y LIQUIDACION - ARTICULO DECIMO NOVENO: El ejercicio social cierra el treinta de abril de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de contralor.

DISTRIBUCION DE UTILIDADES - ARTICULO VIGESIMO: Las ganancias realizadas y líquidas que resulten del Balance anual se destinarán: a) El cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20 %) del capital suscripto, para el Fondo de Reserva Legal; b) A remuneración del Directorio y Síndico en su caso; c) A dividendos de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; d) El saldo, en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.

LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD – VIGESIMO PRIMERO: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio, con fiscalización del Síndico, en caso de quedar comprendida en el art. 299 de la Ley 19.550, o por los liquidadores designados por la asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS-

Los accionistas designan a los miembros del Directorio, el cual queda conformado de la siguiente manera:

- Presidente: Wilson Enrique Celso Marconi, DNI. Nº 7.880.472, CUIT 20-07880472-7, apellido materno “Gonzalez Kees”, nacido el 22 de noviembre de 1946, argentino, empresario, casado, domiciliado en San Martín Nº 861 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe.

- Vicepresidente: Roberto Mario Marconi, DNI. Nº 12.181.365, CUIT 20-12181365-4, apellido materno “Gonzalez Kees”, nacido el 06 de febrero de 1958, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Iriondo Nº 596 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe.

- Director Suplente: María Josefina Marconi Robles, DNI. Nº 27.728.801, CUIT 27-27728801-5, apellido materno “Robles”, nacida el 27 de octubre de 1979, titular del DNI. 27.728.801, CUIT 27-27728801-5, argentina, arquitecta, casada, domiciliada en calle Fray Antonio Rossi Nº2825 Club de Campo La Rural de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe.

RECONQUISTA, 28 DE ABRIL DE 2021. SECRETARIA: MIRIAM GRACIELA DAVID.

$566 447913 May. 20

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EL TORITO S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, Dr. José M. Zarza - Dra. Miriam G. David – Secretaria, a cargo del Registro Público de Reconquista- hacen saber que en los autos caratulados: “EL TORITO S.A. S/ AUMENTO DE CAPITAL (MOD. CLAUS. CUARTA: CAPITAL) - ADECUACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE (MOD. CLAUS. SEGUNDA: DURACIÓN – NOVENA: ADM. Y REPR. - DÉCIMA. GARANTÍA DE LOS DIRECTORES - DÉCIMO PRIMERA: FACULTADES DEL DIRECTORIO) – DECIMO QUINTA: (CIERRE DE EJERCICIO SOCIAL) - NUEVO TEXTO ORDENADO”, (Expte. Nº 287- Año 2020) – CUIJ. Nº 21-05291368-0, se ha ordenado la siguiente publicación:

En fecha 22-07-2020 según Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 62 y en fecha 26-03-2021 según Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 63, los señores accionistas de EL TORITO S.A., resuelven aumentar el capital social y modificar la cláusula Cuarta del Estatuto Social y adecuar la redacción de las cláusulas segunda, novena, décima, décima primera y décimo quinta del Estatuto Social, las que quedan redactadas de la siguiente manera:

SEGUNDA: La duración es de 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público, es decir, desde el 18 de septiembre de 1984.”

CUARTA: El capital se fija en la suma de pesos cuarenta y nueve millones con 00/100 ($ 49.000.000,00.-), representados por cuarenta y nueve millones (49.000.000) de acciones de pesos uno ($ 1,00) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley General de Sociedades Nº 19550 y modif.”

NOVENA: - ADMINISTRACION Y REPRESENTACIÓN - La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y, en caso de un órgano plural, un vicepresidente; este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. En el caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley 19.550, el Directorio se integrará por lo menos con tres directores. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros conforme artículo 260 de la ley 19.550 y resuelve por mayoría de votos presentes. La asamblea fija la remuneración del directorio.”

DÉCIMA: Los directores deben prestar la siguiente garantía: de pesos veinte mil con 00/100 ($ 20.000,00.-) cada uno, lo que se depositará en efectivo en la sociedad.”

DÉCIMA PRIMERA: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso de aquellos para los cuales la ley requiere poder especial. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social; establecer agencias, sucursales u otras especies de representaciones, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales - inclusive para querellar criminalmente - o judiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. El Directorio posee las facultades necesarias para la suscripción de fideicomisos regido por la ley 24.441 y 26.994, en la medida que los mismos sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto social. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio. En caso de su ausencia, o por algún impedimento, actuará en su reemplazo el vicepresidente si lo hubiera, o, en su caso, el director suplente que al asumir deja tal categoría y se convierte en titular.”;

DECIMA QUINTA: El ejercicio social cierra el 30 de noviembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conformes a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el registro público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto para el fondo de reserva legal. B) A remuneración del directorio y síndico en su caso; c) A dividendos de las acciones preferidas con prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reservas facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.”.

RECONQUISTA, 04 DE MAYO DE 2021. SECRETARIA: MIRIAN GRACIELA DAVID.

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SUCESORES DE

BARTOLOMÉ ROVEA S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Juez Dra. Ma. Celeste Rosso, Secretaría del autorizante, a cargo de la Dra. Ma. Julia Petracco, por disposición de fecha 14 de Mayo de 2021 en autos caratulados SUCESORES DE BARTOLOMÉ ROVEA S.A. s/ DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES, Expte. Nº 212/2021 se dispuso inscribir:

el Directorio designado por Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 17 del 3 de Mayo de 2021, para integrar el Directorio por un período de tres (3) ejercicios, a los señores:

DIRECTOR TITULAR: Reinaldo Mete, nacionalidad argentina, DNI: 6.134.138, CUIT: 20-06134138-3, nacido el 21 de Septiembre de 1942, de estado civil casado.

DIRECTOR SUPLENTE: Juana Inés Rovea, nacionalidad argentina, DNI: 11.575.245, CUIT: 27-11575245-1, nacida el 20 de Junio de 1955, de estado civil soltera.

Constituyen domicilio especial el Sr. Reinaldo Mete en calle 48 Nº 262 y la Srta. Juana Inés Rovea en calle 55 Nº 695, ambos de la ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

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GABRIEL PUJOL

RAMOS GENERALES S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados ”Gabriel Pujol Ramos Generales Sociedad Anónima S/Designación de Autoridades” - CUIJ N° 21-05205081-9, Año 2.021, de trámite ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que GABRIEL PUJOL RAMOS GENERALES S.A., mediante Acta de Asamblea de fecha 11 de Diciembre de 2.020, ha designado la composición de su Directorio según se detalla: Presidente: MARISA ISABEL PUJOL, CUIL: 27-16032467-3, domiciliada calle 19 de Septiembre N° 1.035 de la ciudad de San Genaro, Departamento San Jerónimo, Santa Fe; y como Director Suplente: CARLOS ALBERTO BERNERI, CUIT: 20-12948987-2, domiciliado en calle 19 de Septiembre N° 1.035 de la ciudad de San Genaro, Departamento San Jerónimo, Santa Fe; con mandatos hasta el 30 de Enero de 2.024 y permaneciendo en sus cargos hasta ser reemplazados en la primera Asamblea Ordinaria posterior. Los Directores fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley.- Santa Fe, 20 de abril de2.021 – Dr. Jorge E. FREYRE – Secretario

$ 140 445777 May. 20

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