picture_as_pdf 2021-06-14

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado publicar la Resolución N° 2.768 de fecha 20 de Noviembre de 2.020, dentro de los autos caratuladas DALTON, VALERIA BEATRIZ c/GOMEZ ALMEIDA, EMMANUEL ALEJANDRO s/Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental; CUIJ Nº 21-11331281-2. Se transcribe a continuación parte resolutiva que así lo ordena: Rosario, 20 de Noviembre de 2.020. T° 123 F° 308 Res. N° 2768: Y vistos… Y considerando… Resuelvo: 1) Hacer lugar a lo solicitado y en consecuencia autorizar a Lautaro Ciro Gómez Dalton, D.N.I. N° 55.309.175, con demás datos de identidad en autos, a suprimir el apellido paterno "Gómez", y conservar el apellido materno "Dalton", debiendo quedar inscripto definitivamente como "Lautaro Ciro Dalton". 2) Previo a oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Rosario, y a los organismos e instituciones que resulte necesario, cumpliméntese con lo dispuesto por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Insértese y hágase saber. (CUIJ Nº 21-11331281-2). Fdo. Jueza - Secretaria. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 8. Secretaría, Rosario, 05 de Abril de 2.021. Articulo 70 CCyCN. Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Dra. María del Sol Raggio, prosecretaria.

S/C 442870 Jun. 14

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 1ª Nom. de la ciudad de Rosario, dentro de autos CUIJ 21-02922087-2, caratulados PONS ESTEL, ROCIO MARIA DEL ROSARIO y otros s/Cambio de nombre - Adición de apellido materno, se ha ordenado publicar edictos por el término de ley del primer decreto de trámite, en el que se dispone: Rosario, 01 de Octubre de 2.019. Por presentada, domiciliada y con patrocinio letrado; Acuérdese la participación que por derecho corresponde. Por iniciada la acción que expresa; que tramitará por la vía del juicio sumarísimo (arg. Art. 69 y 70 CCC y art. 693 del CPCC). Dése vista al Sr. Agente Fiscal, al Asesor Letrado del Registro Civil y al Defensor General atento la existencia de una menor de edad. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes, en el lapso de das meses, pudiendo formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación. Ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de requerir información sobre la existencia de medidas precautorias a nombre de la interesada. Téngase presente la prueba ofrecida. Acredite notificación de la promoción de las presentes actuaciones al progenitor de la menor Kiara Azul Dora, llamado Raúl Sebastián Dora, conforme da cuenta el acta de nacimiento agregada a fs. 2. Fdo. Dra. María A Mondelli (Jueza) - Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 8. Rosario, 5 de Marzo de 2.021.

S/C 442872 Jun. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, Dra. Susana Gueiler, dentro de los autos caratuladas: ALDECO GERMAIN, ERNESTO ALEJANDRO s/Sumaria Información; CUIJ 21-02930309-3, se ha ordenado publicar edictos por el término de ley del primer decreto de trámite, en el que se dispone: Rosario: 18 de Junio de 2.020. Por presentado domiciliado, a mérito del poder especial que se acompaña y que deberá reponer. Por iniciada la presente acción en los términos del art. 69 y 70 CCCN. Agréguense las constancias acompañadas. A fin de recabar datos respecto de Aldeco Germain Ernesto Alejandro. 1) Ofíciese al Registro Nacional de Reincidencias y Estadísticas Criminal, a los Sres. Jueces en lo Penal de Instrucción, en lo Penal correccional y en lo Penal de Sentencia a fin de recabar los antecedentes y juicios en trámite. 2) Ofíciese al Registro Gral., de Propiedades de la 1ª y 2ª Circunscripción a fin de que informe embargos, inhibiciones, hipotecas y demás medidas cautelares, acompañe libre inhibición del presentante. Asimismo al Registro Nacional de Propiedad del Automotor. 3) Ofíciese al Banco Central a fin de saber si se encuentra morosa. 4) Ofíciese al Registro de Procesos Concursales. 5) Ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a fin de informar los datos que tenga del compareciente. 6) Ofíciese a la M.E.U. a fin de que informe si hay causas abiertas contra el peticionante. 7) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales una vez por mes durante dos meses. 8) Vista al Sr. Médico Forense. 9) Ofíciese a sus efectos para sorteo de perito psicológico. 10) Fecho: vista al Agente Fiscal y al Asesor del Registro Civil. 10) Ofíciese al MPA y a la Oficina de Gestión Judicial a los fines de que informe si hay causas abiertas contra el peticionante. Asimismo, y de acuerdo a la defunción del progenitor del interesado (vide fs. 1) y de conformidad a lo dispuesto por el art. 597 del CPCC emplácese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, a los herederos del demandado. Fdo: Dra. Susana Gueiler (Jueza) - Dra. Patricia Beade (Secretaria). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 8. Secretaría, Rosario, de Abril de 2.021. Artículo 70 CCyCN: Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses.

S/C 446127 Jun. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, Dra. María Fabiana Genesio, dentro de los autos caratuladas CARRERA, LUDMILA SOLANGE s/Cambio de apellido; CUIJ 21-02939693-8, se ha ordenado publicar edictos por el término de ley del primer decreto de trámite, en el que se dispone: Rosario, 09 de Marzo de 2.021. Por presentada, con domicilio procesal admitido, por derecho propio y con patrocinio letrado de la de la General Civil Nº 8. Agréguese la documentación en copia acompañada. Designase audiencia para que comparezcan los testigos ofrecidos en cualquier día y hora hábil bajo apercibimientos de ley. Vista al Sr. Fiscal y a la Asesoría letrada del Registro Civil. Cumpliméntese con la publicación ordenada por el art. 70 CCCN. Oficiase al Registro de la Propiedad a los fines de que informe sobre la existencia de medidas cautelares. Acompañe oficio debidamente diligenciado al Registro de Procesos Universales para que informe si existe concurso o quiebra abierto a nombre del actor. Sin perjuicio de lo anterior, certifíquese la documental allegada. Procédase a la recaratulación de la causa en cuanto al objeto de la pretensión, cambio de apellido, tomándose razón por Secretaria. Fdo. Dra. María Fabiana Genesio (Jueza) - Dra. Verónica A. Accinelli. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la defensoría Civil Nº 8. Secretaría, Rosario, 21 de Abril de 2.021. Artículo CCyCN: Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.

S/C 446123 Jun. 14

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini, secretaría del Dr. Alejandro W. Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante EDUARDO FLORENTINO PELLO, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “Pello, Eduardo Florentino s/ declaratoria de herederos” (Expte. CUIJ N° 21-24614889-6). Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Venado Tuerto,

$ 45 444738 Jun. 14

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