picture_as_pdf 2021-11-11

COLEGIO DE MARTILLEROS LEY Nº 7547


AVISO


A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley N° 7.547, y en lo pertinente a la Ley Nac. N° 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que el señor Gómez Edgardo Gabriel, DNI Nº: N° 23.113.075, Argentino, casado, nacido el 15/12/1972, de apellido materno Vigano, con domicilio real y legal en calle Pavón N° 5.577 de la localidad de Rosario, código postal N° 2000, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno N° 1.546 de la ciudad de Rosario, a los cinco días del mes de noviembre d2021 . Firma: Martín G. Aguilo - Secretario.

$ 90 466656 Nov. 11 Nov. 12

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UNIDAD EJECUTORA

CORREDOR VIAL N° 4


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Pcial N° 18 Pcia de Sta Fe Consorcio Publico, se notifica a Carlos A. Hipólito (Molino Salto), CUIT N° 20-10726868-6, por edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, el dictado de la Resolución N° CC 016/21: Santa Teresa, 19 de Agosto de 2.021. Resolución N° CC 016/21. Y vistos: ...; Y considerando: Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 598, de fecha 16/03/2020; 2) Condenar en forma personal y autónoma a Carlos A. Hipólito, en su carácter de cargador, al pago de una multa en Pesos equivalente a la cantidad de dieciséis mil ciento veintiocho Unidades Fijas (16.128 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial N° 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. N° 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber-Firmado: Daniel Siliano (Presidente); Héctor Tasso (Vicepresidente); Javier Menotti (Secretario). Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.17412015 o aquél que en el futuro lo reemplace. Si en el transcurso de tiempo en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial fijado por el ACA en esta localidad. En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.

$ 52,50 466691 Nov. 11

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Pcial N° 18 Pcia de Sta Fe Consorcio Publico, se notifica a la Sra. Alejandra Del Rosario Díaz (Transporte Alejandra), CUIT N° 27-23310394-8, y al Sr. Fabio Ernesto Fioritti, D.N.I. N° 22.886.493, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, el dictado de la Resolución N° CC 017/21: Santa Teresa, 19 de Agosto de 2.021. Resolución N° CC 017/21. Y vistos: ...; Y considerando: ...; Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 601, de fecha 10/04/2020; 2) Condenar en forma personal y autónoma a Díaz, Alejandra Del Rosario, en su carácter de transportista y a Fioriti, Fabio Ernesto, en su carácter de cargador, al pago de una multa en Pesos equivalente a la cantidad de dos mil cincuenta y siete Unidades Fijas (2.057 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial N° 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. N° 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber-Firmado: Daniel Siliano (Presidente); Héctor Tasso (Vicepresidente); Javier Menotti (Secretario). Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace. Si en el transcurso de tiempo en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial fijado por el ACA en esta localidad. En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.

$ 52,50 466692 Nov. 11

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Pcial N° 18 Pcia De Sta Fe Consorcio Publico, se notifica a Carlos Alejandro Tamer, D.N.I. N° 21.328.072, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, el dictado de la Resolución N° CC 018/21: Santa Teresa, 19 de Agosto de 2.021. Resolución N° CC 018/21. Y Vistos: ...; Y considerando: ...; Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 605, de fecha 23/04/2020; 2) Condenar en forma personal y autónoma a Lazarte, Juan Ignacio, en su carácter de transportista y a Tamer, Carlos Alejandro, en su carácter de cargador, al pago de una multa en Pesos equivalente a la cantidad de mil setecientos ochenta y seis Unidades Fijas (1.786 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial N° 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. N° 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber. Firmado: Daniel Siliano (Presidente); Héctor Tasso (Vicepresidente); Javier Menotti (Secretario). Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace. Si en el transcurso de tiempo en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial fijado por el ACA en esta localidad. En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.

$ 52,50 466693 Nov. 11

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Pcial N° 18 Pcia de Sta Fe Consorcio Publico, se notifica a Intacta S.A., CUIT N° 30-69324059-6, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, el dictado de la Resolución N° CC 019/21: Santa Teresa, 19 de Agosto de 2.021. Resolución N° CC 019/21. Y vistos: ...; Y considerando: ...; Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 647, de fecha 29/09/2020; 2) Condenar en forma personal y autónoma a Intacta S.A., en su carácter de transportista, al pago de una multa en Pesos equivalente a la cantidad de mil trescientos treinta y cuatro Unidades Fijas (1.334 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial N° 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. N° 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber-Firmado: Daniel Siliano (Presidente); Héctor Tasso (Vicepresidente); Javier Menotti (Secretario). Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace. Si en el transcurso de tiempo en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. * Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial fijado por el ACA en esta localidad. En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.

$ 52,50 466694 Nov. 11

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Pcial. N° 18 Pcia. de Sta. Fe Consorcio Publico, se notifica a Ariel Leandro De Luca, DNI N° 31.008.303, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, el dictado de la Resolución N° CC 020121: Santa Teresa, 30 de setiembre de 2021. Resolución N° CC 020121. Y Vistos:...; Y Considerando:...; Por todo lo expuesto el comité de administración resuelve: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 652, de fecha 16/10/2020; 2) Condenar en forma personal y autónoma a De Luca, Ariel Leandro, en su carácter de transportista, al pago de una multa en Pesos equivalente a la cantidad de a dos mil noventa y cuatro Unidades Fijas (2.094 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario 779195 y Mod. N° 79198, Ley Provincial N° 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. N° 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber.- Firmado: Javier Menotti (Presidente); Néstor Cantoni (Vicepresidente); Daniel Siliano (Secretario).-*Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace. *Si en el transcurso de tiempo en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial fijado por el ACA en esta localidad. En consecuencia queda/n Le saluda atte.

$ 52,50 466695 Nov. 11

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Pcial. N° 18 Pcia. de Sta. Fe Consorcio Publico, se notifica a Mariana Isabel Covachevich, DNI N° 25.186.923, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, el dictado de la Resolución N° CC 021/21: Santa Teresa, 30 de setiembre de 2021. Resolución N° CC 021121. Y Vistos:...; Y Considerando:...; Por todo lo expuesto el Comité de Administración. Resuelve: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 657, de fecha 17/11/2020; 2) Condenar en forma personal y autónoma a Covachevich, Mariana Isabel, en su carácter de transportista, y a Barranca Fighera S.A. , en su carácter de cargador, al pago de una multa en Pesos equivalente a la cantidad de mil doscientas cincuenta y cinco Unidades Fijas (1.255 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79198, Ley Provincial N° 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. N° 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber.- Firmado: Javier Menotti (Presidente); Néstor Cantoni (Vicepresidente); Daniel Siliano (Secretario).-*Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace. *Si en el transcurso de tiempo en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. * Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial fijado por el ACA en esta localidad. En consecuencia queda/n Ud/s, debidamente notificado/s. Le saluda atte.

$ 52,50 466696 Nov. 11

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BAUEN ARQUITECTURA S.R.L - PILAY S.A. — PILARES


AVISO


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común actualmente denominada Grupo F03 N° 0582 suscripto en fecha 11/01/2007 entre BAUEN ARQUITECTURA S.R.L - PILAY S.A— PILARES y el Señor Luciano Julio, Dimattia, DNI: 28.821.568, ha sido extraviado por el mismo.

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AVISO


Por la presente comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común actualmente denominado Grupo: F06 N°: 483 suscripto en fecha 19/03/2014 entre BAUEN ARQUITECTURA S.R.L. - PILAY S.A. - PILARES y el Sr. Terani Damián, DNI 23.964.0295y la Sra. Gaffuri Noelia DNI 30.173.549, ha sido extraviado por los mismos.

$ 225 466708 Nov. 11 Nov. 18

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MUNICIPALIDAD DE

VILLA CAÑAS


AVISO


Cambio de arrendamiento de tumba a nichera.

Habiendo sido solicitada la correspondiente autorización de arrendamiento de la concesión de uso de Tumba a Nichera respecto de la Tumba N° 50 calle 9 B, bajo la titularidad de Macagno, Danilo Andrés, se cita y emplaza a sus herederos y legatarios, por el plazo de 10 días, para presentarse ante la Municipalidad sita en calle 53 N° 456 de Villa Cañás, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición al cambio de destino solicitado, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.

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