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DECRETO N° 2489


SANTA FE, “Cuna de la Constitución”

08 NOV 2021


VISTO

El Expediente N° 00320-0005324-3, del Registro del S.I.E. relacionado con la Política Salarial para el personal Docente de la Provincia de Santa Fe:


CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo previsto por la Ley N° 12.958 regulatoria del régimen de Convenciones Colectivas para el Sector del Personal Docente de la provincia, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, efectuó la convocatoria a reuniones paritarias, con el objeto de iniciar las negociaciones respecto a asuntos de índole laboral y salarial;

Que como corolario de las mismas, el 10 de octubre del corriente, los representantes del Poder Ejecutivo de la provincia realizaron una propuesta que revistió la calidad de complementaria de la Política Salarial fijada para los meses de marzo, junio, agosto y septiembre, y que resultó aceptada por el Sindicato Argentino de Docentes Particulares (SADOP) junto a la Unión Docentes Argentinos (UDA), en tanto que la Asociación del Magisterio de Santa Fe (AMSAFE) y la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica de la Provincia de Santa Fe (AMET) rechazaron la misma, dando lugar al dictado de los Decretos N° 2173/21 y N° 2180/21;

Que en fecha 10 de noviembre de 2021, tuvo lugar un encuentro de la Comisión Paritaria entre los representantes del Poder Ejecutivo provincial y los representantes sindicales de la Asociación del Magisterio de Santa Fe (AMSAFE) en su calidad de integrantes de la Comisión Negociadora, junto a la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica de la Provincia de Santa Fe (AM ET) 1 quienes lo hicieran como integrantes de la Comisión Asesora, ello conforme los términos de la ley mencionada, en el cual se arribó a un acuerdo respecto a las posiciones de las partes intervinientes;

Que habiendo sometido el mismo a votación ante su respectiva Asamblea, la Asociación del Magisterio de Santa Fe (AMSAFE) comunicó fehacientemente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la provincia que el Plenario Provincial de Delegados Seccionales realizado en fecha 3 de noviembre del corriente, resolvió aceptar los términos del acuerdo, con el voto de más de treinta y dos mil (32.000) docentes;

Que del mismo modo, se expresó la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica de la Provincia de Santa Fe (AMET), 9otificando que el día 4 de noviembre de 2021, mediante Asamblea virtual, decidió expedirse en idéntico sentido;

Que en consecuencia, y a efectos de dar finiquito a la negociación iniciada en el ámbito paritario con las entidades sindicales referidas, corresponde homologar el acuerdo alcanzado y propiciar la instrumentación de la política salarial, ello conforme la pauta dispuesta mediante el Decreto N° 21731219 haciéndola extensiva a todo el sector Docente;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con lo prescripto por el artículo 72º inciso 1º de la Constitución Provincial, no excediendo la autorización de gastos habilitada por la Ley Anual de Presupuesto N° 14.017;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º: Homológase el acuerdo alcanzado entre los representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe y los representantes sindicales del Sector Docente, que regirá respecto de todos los trabajadores de la educación incluidos en el ámbito de las Convenciones Colectivas establecidas por la Ley N° 12.958.

ARTICULO 2º: Ratifícase la pauta salarial dispuesta mediante el Decreto N° 2173/21, que resultará aplicable a todo el personal docente de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 3º: Refréndese por la señora Ministra de Educación, y los señores Ministros de Gestión Pública, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y de Economía.

ARTICULO 4º; Regístrese, comuníquese y archívese.

PEROTTI

Prof. Adriana Ema Cantero

Marcos Bernardo Corach

Abog. Juan Manuel Pusineri

C.P.N. Walter Alfredo Agosto


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