picture_as_pdf 2024-04-05

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ROSARIO

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Excelentísima Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, Sala 3 de la ciudad de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos de Mercedes Lago, DNI N° 93.785.768 a los fines de comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial (artículo 597 CPCC) Autos: LAGO ESTEBAN c/LAGO MARIA INES y LAGO MERCEDES y LUDUEÑA ALBERTO s/Redargución de falsedad; (Expte. N° 25/12, CUIJ N° 21-01620680-3). Fdo: Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu (prosecretaria).

$ 50 517040 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Exma. Cámara de Apelación de Distrito Civil y Comercial Sala 1 de Rosario, Provincia de Santa Fe en autos: FERNANDEZ HILDA LILIANA c/MUÑOZ ALFREDO R - SUCESORES- s/USUCAPION; CUIJ 21-01564052-6 en trámite ante este tribunal, SE HACE SABER el siguiente Acuerdo N° 185 del 28 de Junio de 2023 (...) REUELVO: 1) Declarar la nulidad de la sentencia número 523 del 09.06.2022, de los actos consecuentes y del procedimiento anterior a su dictado a partir del decreto de fecha 24.09.2020 (f. 88), disponiendo que las actuaciones sean remitidas al subrogante legal para que prosiga con la sustanciación de la causa, analice y se pronuncie respecto de la presentación de foja 165, ordene y verifique la correcta sustanciación de la litis disponiendo, en su caso, los trámites que correspondan para la correcta citación de los herederos del demandado titular registral del inmueble fallecido (art. 597 y concs. C.P.C.C.). Sin perjuicio de la validez de algunas de las actuaciones, según se menciona en los considerandos. 2) Ordenar tomar nota marginal en el protocolo del juzgado de origen, debiendo remitirse los autos al juez que corresponda. 3) Imponer las costas de ambas instancias por su orden. 4) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en la alzada en el 50% de los que en definitiva corresponda regular en primera instancia. Insértese, hágase saber, bajen. (Expte. Nº 285/2022; CUIJ 21-01564052-6). FDO. JUEZ - DR. ARIZA, DR. KVASINA, DR. CIFRE. Publíquese por el término de tres días. Rosario, de 2024. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.

$ 100 516950 Abr. 5 Abr. 9

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JUZGADO FEDERAL


El Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Rosario, a mi cargo, Secretaría a cargo de la Suscripta, sito en la calle Entre Ríos 730 de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: BNA c/MASSETTO PABLO GASTON s/Prepara vía ejecutiva; Expte. 10899/23, cita y emplaza a MASSETTO PABLO GASTON DNI 36742619, para que dentro del término de CINCO (5) días a contar de la última publicación del presente edicto, comparezca a estar a derecho en los presentes autos, en el plazo y bajo los apercibimientos de ley. El auto que ordena el presente dice: Rosario, 3 de noviembre de 2023. Atento lo solicitado y las constancias de autos y a lo prescripto por el artículo 343 del C.P.C.C.N., cítese al demandado a comparecer a estar a derecho en los presentes autos en el plazo y bajo los apercibimientos de ley por edictos, los que se publicarán por el término de dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL y un diario de circulación del último domicilio conocido de la demandada. Fdo. Dr. Gastón Salman, Juez Federal. Rosario, 2023.

$ 50 517507 Abr. 5 Abr. 8

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado en lo Laboral de la Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados SERVIN SANTOS EUCLIDES c/LA SEGUNDA ART SA s/ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO; Expte. N° 1612/18, se ha ordenado la publicación del presente por tres (3) días, a fin de citar a los herederos y sucesores de SERVIN SANTOS EUCLIDES, D.N.I. N° 14.750.0750 a que comparezcan a estar en derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley en virtud de lo dispuesto en el artículo 597 del CPCSF. Ello conforme el siguiente decreto: ROSARIO, 06 de Febrero de 2024. Por denunciado y acreditado fallecimiento de la actora, téngase presente. Agréguese la fotocopia certificada de la partida de defunción allegada. Cítese a los herederos del actor SANTOS EUCLIDES SERVIN por edictos que se publicarán en el B.O. y se exhibirán dentro del Tribunal en lugar habilitado para tal fin por el término de 3 días venciendo el plazo 3 días después de la última publicación, a los fines de comparecer a estar a Derecho conforme lo dispuesto en los arts. 597 CPCC todo ello a los fines de integrar debidamente la litis, y 45 CPL sin perjuicio de la notificación por cédula del presente en el domicilio real que surge del acta de defunción de fs.240. Hágase saber que se debe fotocopia certificada de la Declaratoria de Herederos de la actora, dado que el derecho de autos es “iure succesionis” y no “iure propio”. Fdo. Dr. Germán Battistoni (Prosecretario). Rosario, 4 Marzo de 2024.

$ 100 516936 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juez de Distrito en lo Laboral de la 10ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos del SR. RETAMAR CARLOS ALBERTO (DNI 13.422.483) para que comparezcan a estar a derecho en el presente juicio, bajo apercibimiento de ley (arts. 597 del CPCC y 45 del CPL). Todo así como lo ordena en los Autos Caratulados RETAMAR CARLOS ALBERTO c/LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE DE TRABAJO; CUIJ 21-04086429-3 de mayor abundamiento se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: ROSARIO, 29 de Febrero de 2024 Atento lo informado con relación fallecimiento de la parte actora, y con motivo de salvaguardar el procedimiento como se me exige legalmente, se suspenden los términos que pudieran correr (arts. 21 y 47, CPCC). Agréguese las constancias acompañadas, cítese y emplácese por edictos a los herederos para que comparezcan a estar a derecho en el presente juicio, bajo apercibimiento de ley (arts. 597 del CPCC y 45 del CPL). Notifíquese por cédula. Estése estrictamente a lo dispuesto por los art. 24 del CPL y 25 del CPCC, aplicación integ. Art. 167 CPL. Fdo: Dra. Paula Hechem (secretaria). Dra. Paula Calace Vigo (Jueza). Rosario, 6 de Marzo de 2024.

$ 50 516934 Abr. 5 Abr. 9

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de/la Juez/a del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 Secretaría 1 de la ciudad de Rosario, en los autos: SALMIN LAURA c/GIORDANO PABLO EDUARDO s/Divorcio; Expte N° 627/1994, CUIJ 21-10939388-3, en el decreto de fecha 27 de febrero de 2024 se ha ordenado publicar la sentencia de divorcio a los fines de notificar de la misma al Sr. Pablo Eduardo Giordano por edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Entrada del Tribunal de Rosario, tres veces venciendo dicho término cinco días después de la última publicación. A continuación, se transcribe resolución de sentencia de divorcio: Rosario, 27 de febrero de 1995. Y VISTOS (....) Y CONSIDERANDO QUE (...) RESUELVO: 1) Declarar el divorcio vincular de los cónyuges PABLO EDUARDO GIORDANO D.N.I. N° 18.487.807 y LAURA ALEJANDRA SALMIN, D.N.I. N° 21.689.460. 2) Declarar disuelta la sociedad conyugal con efecto al día 23 de agosto de 1994. 3) Imponer costas por su orden. 4) Regular los honorarios de las Dras. Graciela Muñoz y Eva Adriana Torrieri en pesos setecientos ($700) en proporción de ley y los de la Dra. Maria S. Rolla en pesos setecientos ($ 700) s/art. 12 inc. 1° b) ley 6767. Notifíquese a Caja Forense. 5) Homologar el acuerdo arribado por las partes en cuanto a alimentos, tenencia y visitas. 6) Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ricardo Dutto Juez y Dra. María Cristina Cesarin, Secretaria.

$ 50 517086 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Dra. María Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a SEBASTIÁN JOSÉ DE SOUSA, DNI desconocido, lo siguiente: Rosario, 20 de Marzo de 2024. Téngase por notificada Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nº 30/24. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a los progenitores de Wanda Gisel González y de Luzmila Naiara González que se ha propuesto que se otorgue el cuidado parental unilateral de las mismas en favor de su progenitora, Sra. Vanesa Soledad Direnzo, haciéndose saber que cuenta con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Asimismo el cese de la medida de protección excepcional con respecto a Santiago Direnzo atento haber alcanzado la mayoría de edad. Agréguense las constancias acompañadas al juego de copia del Legajo Administrativo unido por cuerda. Notifíquese. Fdo. Dra. Mangani (Juez); Dra. Barbieri (Secretaria).

S/C 517084 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Dra. María Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a JUAN RAMÓN GONZALEZ, DNI 30.808.844 lo siguiente: Rosario, 20 de Marzo de 2024. Téngase por notificada Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nº 30/24. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a los progenitores de Wanda Gisel González y de Luzmila Naiara González que se ha propuesto que se otorgue el cuidado parental unilateral de las mismas en favor de su progenitora, Sra Vanesa Soledad Direnzo, haciéndose saber que cuenta con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Asimismo el cese de la medida de protección excepcional con respecto a Santiago Direnzo atento haber alcanzado la mayoría de edad. Agréguense las constancias acompañadas al juego de copia del Legajo Administrativo unido por cuerda. Notifíquese. Fdo. Dra. Mangani (Juez); Dra. Barbieri (Secretaria).

S/C 517082 Abr. 5 Abr. 9



Por disposición de la Dra. Alicia Ana Galletto, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a CELESTE ROCIO MALDONADO, DNI 37.208.988, lo siguiente: Nº 755. Rosario 13/03/2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO.... RESUELVO: 1) Ratificar la Resolución Definitiva Nº 67/23 de la medida de protección excepcional dispuesta en relación a JUAN JOSÉ ADRIÁN MALDONADO, DNI N° 48.252.538, nacido el día 25 de diciembre de 2007, hijo de CELESTE ROCÍO MALDONADO, DNI N° 37.208.9885 II) Privar de la responsabilidad parental a CELESTE ROCÍO MALDONADO, DNI N° 37.208.988, respecto de sus hijo JUAN JOSÉ ADRIÁN MALDONADO. III) Otorgar la tutela de JUAN JOSÉ ADRIÁN MALDONADO, a MILAGROS MAILÉN MALDONADO, DNI 41.055.914 y a JULIO CÉSAR FRATAMICO, DNI 11.643.249, quienes deberán concurrir en día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo ante la Actuaria. Insértese y hágase saber.” Fdo.: Dra. Galletto (Jueza), Dra. Barbieri (Secretaria). Autos: MALDONADO, JUAN JOSE ADRIAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ 21-11341258-2.

S/C 517085 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Dra. Alicia Ana Galletto, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a ÁNGEL RAMÓN AQUINO, DNI 34.003.157, lo siguiente: Nº 554. Rosario, 4 de marzo de 2021. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVE: I) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto de NAILA DANIELA AQUINO, DNI 53.496.536, ANTHONY LÁZARO FEDERICO AQUINO, DNI 56.377.266. TAYLOR AQUINO, DNI 58.828.398, GERALDINE AQUINO, DNI 58.828.397 y CATALEYA AMBAR LOPEZ, DNI 59.285.792, dispuesta por Resolución Nº 159/23 de fecha 03/07/2023. II) Comunicar la presente a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. III) Atento lo dispuesto por el art. 607 inc. c) del Código Civil y Comercial, requerir a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción, que informe sobre el resultado del plan de acción trazado en la Disposición 159123 y conforme con el mismo dictamine sobre la procedencia de la declaración en situación de adoptabilidad o en su caso, otras alternativas de resolución definitiva de la situación de las niña y niños. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Galletto (Jueza); Dra. Barbieri (Secretaria).

S/C 517083 Abr. 5 Abr. 9

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La señora Jueza de tramite Dra. Analia Mazza, a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de Rosario, secretaria de la suscripta, en los autos caratulados: “GOMEZ OSVALDO DANIEL c/ LUJAN SEBASTIAN ANDRES Y OTROS s/ Daños” CUIJ N° 2100202423-0, ha ordenado notificar el sig. Decreto: “ROSARIO, 05 de Marzo de 2024. Estando debidamente notificados y no habiendo los herederos de la demandada Grosso Elida Luján comparecido a estar a derecho, decláreselos rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fecho, oficiese a la Presidencia de Cámara a los fines de sorteo de un abogado de la lista oficial, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de oficio de los herederos rebeldes. Notifíquese.. Fdo. Dr. Ariel A. Casas (Prosecretario) - Dra. Analía Mazza (Jueza)“.Rosario, de Marzo de 2024.

$ 50 517098 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2 Nominación de Rosario, a cargo de Dra. Jorgelina Entrocasi, juez de Trámite, secretaría de Dr/a. Mayra Ibañez, dentro de los AUTOS: NAHHAS MATEO c/ LEDESMA MARCELO Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios en Expte. 1259/22 - CUIJ Nº21-11888915-8 se ha decretado lo siguiente: ROSARIO, 22 de febrero de 2024. Atento que el demandado LEDESMA,MARCELO no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS. Fdo. Dra. Jorgelina Entrocasi, juez; Dra. Mayra Ibañez. secretaria.

$ 50 516970 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a SOFÍA BEATRIZ ESCALANTE (D.N.I. 46.371.188) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados MEZA LUZ MARIA Y ELIAN IAN MEZA s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes LEY 12.967 - 21-11413799-2, que a continuación se transcribe: “NO332. ROSARIO, 27 de febrero de 2024. Y VISTOS Y CONSIDERANDO. . .RESUELVO: 1.-) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción por Disposición N° 201/23 del 16 de Agosto de 2023 , dictada en relación a los niños LUZ MARIA MEZA (D.N.I. N° 55.403.247) y ELIAN JAN MEZA (D.N.I .N° 57.782.212, hijos de la señora Sofía Beatriz Escalante (D.N.I. N° 46.371.188) y del señor Jesús Raúl Meza (D.N.I. N° 40.3 15.187), consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento en Centro Residencial por un plazo de 90 días, la cual se encuentra vencida al 06 de Septiembre de 2023, encontrándose también vencida su prórroga al 06 de Diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido por el art. 607 inc. c) del CCyCN. 2.-) Oficiar a la Autoridad administrativa que solicitó el control de legalidad, para que, atento encontrarse vencida la medida, en el término de 10 días resuelva definitivamente la situación de los niños Luz María Meza y Elian Ian Meza, poniendo en conocimiento a la Dirección que en el momento de resolver definitivamente, junto a la Disposición Administrativa que así lo sugiera, acompañe las notificaciones correspondientes a los progenitores 4.-) Notificar a los niños, su defensor privado si hubiera intervenido, el Defensor de Menores de Edad, los representantes legales,familiares o responsables y demás partes del proceso. 5.-) Anoticiar a la Defensora General de Niñas, Niños y Adolescentes. 6.-) Resérvense las presentes actuaciones por aquel período, aplicándose estrictamente el art. 56 del CPCC, solo pudiendo ser retirados por Secretaría en su caso, con el debido registro informático. Insértese y hágase saber”. Fdo. DRA. MARIA JOSE CAMPANELLA, Jueza; DRA. GABRIELA RÍOS ARTACHO, Secretaria.

La Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, Dra. María Paula Mangani, Secretaría del autorizante, hace saber que en los autos: “GIMENEZ, JAVIER ALEJANDRO c/ SALVAGGIO, IVANA ROMINA s/ Divorcio” Expte. CUIJ N°21-11336224-0, se ha ordenado la siguiente resolución: “ROSARIO, 19 de Octubre de 2018.- Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado por derecho propio y con patrocinio letrado. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Juez de trámite: Dra. Ma. Paula Mangani. Hágase saber a la cónyuge Sra. Ivana Romina Salvaggio que se ha formulado petición de divorcio vincular y acompañado la correspondiente propuesta reguladora en los términos del art. 438 del C.C.C. Córrase traslado de la propuesta formulada, por el término de 10 días. Notifíquese por cédula con copia de los escritos correspondientes. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si es que vive allí y únicamente, en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación.” Fdo: Dra. Paula Mangani

(Jueza) - Dra. Ma. Fernanda Barbiero (Secretaria)./////// Y OTRO:

ROSARIO, 15 de Febrero de 2024 Téngase presente. Notifíquese a Ivana Romina Salvaggio el decreto de fecha 19/10/18 -fs.8-, mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación. “ FDO. : Dra. MA. PAULA MANGANI (JUEZA), DRA. NATALIA SCHMIDLIN (SECRETARÍA) Y OTRO: “ROSARIO, 15 de Febrero de 2024.- Téngase presente. Notifíquese a Ivana Romina Salvaggio el decreto de fecha 19/10/18 -fs.6-, mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación. “FDO.: Dra. M.A. PAULA MANGANI (JUEZA), DRA. NATALIA SCHMIDLIN (SECRETARÍA).20 de marzo de 2024.

ARTICULO 438 DE- Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición.

Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta.

Al momento de formular las propuestas, las Partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los con una audiencia.

En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de sentencia de divorcio.

Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el como regulador perjudica de manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltos, de conformidad con el procedimiento previsto en la ley Oficial.

$ 80 516913 Abr. 5 Abr. 9

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de Rosario, a mi cargo, Secretaría a cargo de la suscripta, sito en la calle Entre Ríos 730 de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: “BNA c/MASSETTO PABLO GASTON S/PREPARA VIA EJECUTIVA” EXPTE Nº 10899/23, cita y emplaza a MASSETTO PABLO GASTON, DNI 36742619, para que dentro del término de CINCO (5) días a contar de la última publicación del presente EDICTO, comparezca a estar a derecho en los presentes autos en el plazo y bajo apercibimientos de ley. El auto que ordena el presente dice: “Rosario, 3 de noviembre de 2023.- Atento lo solicitado y las constancias de autos y a lo prescripto por el artículo 343 del C.P.C.C.N., cítese al demandado a comparecer a estar a derecho en los presentes autos en el plazo y bajo apercibimientos de ley por edictos, los que se publicarán por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación del último domicilio conocido de la demandada.- FDO. DR. GASTON SALMAIN JUEZ FEDERAL”. ROSARIO, 2023.- FDO. Dra. MARIA CECILIA MALDOVÁN, (SECRETARIA).- PUBLÍQUESE por 2 días.-

$ 50 517507 Abr. 05 Abr. 08

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La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N.05 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos «INTEGRAL SECURITY SYSTEM SRL s/ Pedido De Quiebra» CUIJ: 2102950029-8, por resolución N.° 145 de fecha 18/03/2024, se ha declarado la quiebra de INTEGRAL SECURITY SYSTEM SRL, C U I T: 30.70742504-7, con domicilio social en calle Mitre 2098 (Rosario); intimando a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del Síndico; intimando al deudor para que, dentro de las 24 hs, entregue al síndico toda la documentación relacionada con su contabilidad; prohibiendo hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Mariana Nallino, Prosecretaria. Rosario, 19/03/2024.

S/C 516985 Abr. 5 Abr. 11

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N.05 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos “ROCALO SRL s/Concurso Preventivo - Hoy Su Quiebra”, CUIJ: 21-02867193-5, se ha presentado informe final y proyecto de distribución parcial, el que se ha puesto de manifiesto, lo que se publica por 2 (dos) días, a sus efectos, en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Mariana Nallino, Prosecretaria.

S/C 516985 Abr. 5 Abr.11

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INVITACION A REALIZAR ORDENES DE COMPRA PARA LA ADQUISICION SECUNDARIA HASTA 115.756 ACCIONES ORDINARIAS DE MATBA ROFEX SA., 100 ACCIONES ORDINARIAS DE AC INVERSORA S.A., 100 ACCIONES ORDINARIAS DE ARGENTIN CLEARING Y REGISTRO S.A. Y 575.000 ACCIONES DE ROFEX INVERSORA SA -PAR LIQUIDACION DE PASIVO EN PROCESO DE QUIEBRA ACOPIADORES DE CEREALES ARG.S.A..

Por cuenta y orden del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 13 de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, secretaría Dr. Lucas Menossi, dentro de los autos caratulados: “ACOPIADORES DE CEREALES ARG. S.A. s/ Quiebra - Expte. N° 859/86 - CUIJ N° 21-01491228-9”, mediante resolución N° 319 de fecha 09/05/2023 se ha dispuesto la enajenación de las acciones antes indicadas mediante el procedimiento de subasta, en fecha 10 de abril de 2024, en el horario de 11hs. a 14hs. (“fecha de la venta”). Por el presente, se invita a realizar órdenes de compra para la adquisición de: -115.756 acciones ordinarias escriturales de Matba Rofex S.A. con domicilio en calle Paraguay N° 777 P. 15 de Rosario, Santa Fe - CUIT 3052569841-2 - 100 acciones ordinarias escriturales de AC Inversora S.A. con domicilio en calle Paraguay N° 777 P. 15 de Rosario, Santa Fe - CUIT 30-70726541-4 - 100 acciones ordinarias escriturales de Argentina Clearing y Registro S.A. con domicilio en calle Paraguay N° 777 P. 15 de Rosario, Santa Fe - CUIT 30-71647295-3 - 575.000 acciones ordinarias escriturales de Rofex Inversora S.A. con domicilio en calle Paraguay N° 777 P. 15 de Rosario, Santa Fe - CUIT 3052899401-2. La invitación se realiza de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Título VI Capítulo IV de las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNY), y será llevada a cabo por el organizador a través del sistema de colocaciones primarias del MAV (“SEMAY). A continuación, se detallan las condiciones de la invitación: Fecha de la subasta: 10.04.2024. Horario: de 11hs. a 14hs. Publicación y difusión: a cargo de STC Inversiones S.A. de acuerdo a la normativa vigente y la que se realizará a través del mailing propio, sistemas de difusión del MAV, de publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL (una Vez) y avisos en dos diarios de tiraje nacional y local por dos días (por ej. Ambito, la Capital, Clarín) etc., con información de las condiciones de venta dispuestas por el Tribunal. Dará curso además a las notificaciones reglamentarias a la Comisión Nacional de Valores (CNV). Forma de realización y precio base oferta: 1. Acciones sin cotización: en bloque, precio base último VPP auditado y aprobado por asamblea por un total de $ 54.193.316,91.- bajo el siguiente detalle: Argentina Clearing Inversora S.A.: 100 acciones ordinarias escriturales de “AC Inversora S.K. De los estados financieros al 31/07/2023 surge que el patrimonio neto total a esa fecha es de $ 5.354.876.529.- con un VPP por acción de $ 130.606.7446; la participación societaria de ACASA es del 0,2439%, su valor base resulta ser de $ 13.060.674,46. Argentina Clearing y Registro SA: 100 acciones ordinarias escriturales de “Argentina Clearing y Registro S.A.”. De los estados financieros al 30/06/2023 surge que el patrimonio neto total a esa fecha es de $ 13.351.779,132.- con un VPP por acción de $ 325.635.1495.-; la participación societaria de ACASA es del 0,2439%, con valor base de $ 32.565.314,95.- Rofex Inversora SA: 575.000 acciones ordinarias escriturales de “Rofex Inversora S.A.”. De los Estados Financieros al 31/07/23 surge que el patrimonio neto total a esa fecha es de $7.025.202.826.- con un VPP por acción de $148997; la participación societaria de ACASA es del 0,1239% con un valor base de $ 8.567.327,50. Acciones con cotización: la cantidad de 115.756 acciones ordinarias escriturales de la sociedad “Matba Rofex S.A.”, sin oferta mínima de cantidad, el precio base será el valor promedio de cierre de las últimas 5 ruedas anteriores a la fecha de subasta. Procedimiento: el registro de las ofertas será llevado a través de y en virtud de los procesos adoptados por MAV. Las órdenes de compras podrán ser remitidas por los inversores a los agentes que participen en la subasta quienes la recibirán procesarán reingresarán al sistema MAV de manera inmediata. Una vez ingresadas al sistema, serán consideradas firmes, excepto por defectos formales cuya baja y reemplazo será solicitada por MAV. Finalizada la subasta no podrán modificarse las ofertas ingresadas, ni podrán ingresarse nuevas. Respecto de cada oferta constará en el registro la siguiente información: 1. Los datos identificatorios del inversor. 2. Valor nominal solicitado en el caso de las acciones con cotización. 3. Precio límite de la orden de compra. 4. Fecha, hora, minuto y segundo de recepción de la oferta. En relación a las ofertas de las acciones sin cotización, atento que las mismas se realizan en bloque, sólo deberá proponerse el precio límite de la orden. En el caso de las acciones con cotización, deberá consignarse cantidad ofertada, y precio de las mismas. Ante la falta de oferentes, o el incumplimiento de las bases establecidas, la subasta podrá declararse desierta. Los operadores con acceso a MAV, habilitados a operar en esta subasta, podrán solicitarle a los inversores a su solo criterio y como condición previa a presentar las órdenes de compra por su cuenta y orden, información y/o documentación necesaria para verificar el cumplimiento con la ley de prevención sobre el lavado de activos y financiación del terrorismo regulado por la ley N° 25.246 y sus modificatorias y/o garantías suficientes que aseguren la integración de sus órdenes de compra en caso de resultar adjudicado, y en caso de que los correspondientes inversores interesados no las suministrasen, los operadores con acceso a MAV, no estarán obligados a presentar las órdenes de compra en cuestión, sin que tal circunstancia otorgue a los Inversores interesados que hayan presentado tales órdenes de compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. Las órdenes de compras rechazadas quedarán automáticamente sin efecto. En el caso de las órdenes de compra, que presenten los operadores con acceso al sistema MAV, estos serán responsables de verificar el cumplimiento de la ley de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo y de que existan garantías suficientes que aseguren la integración de tales órdenes de compra en caso de resultar adjudicadas. La sola presentación de las órdenes de compra, por parte de los oferentes importará la aceptación del procedimiento de venta y adjudicación, descripto más adelante, y la sujeción a las normas informativas aplicables relativas a tenencias accionarias de los mercados, de corresponder. No se podrán presentar órdenes de compra, de aquellas personas o entidades con domicilios, constituidas o residentes en los países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regímenes tributarios especiales no considerados cooperantes a los fines de la transparencia fiscal, o considerados de baja o nula tributación, y/o aquellas personas o entidades que a efectos de esta oferta, utilicen cuentas bancarias localizadas o abiertas en entidades financieras ubicadas en un país, dominio, jurisdicción, territorio, estado asociado o régimen tributario especial, no considerado cooperante a los fines de la transparencia fiscal o considerado de baja o nula tributación. Determinación del precio - adjudicación: Finalizada la subasta, las ofertas recibidas, serán ordenadas en el sistema MAV, sobre la base del mayor precio ofrecido, adjudicándose, la totalidad de las acciones no cotizantes, en bloque a la mayor oferta, y a las acciones cotizantes sobre la base del mayor precio ofrecido, hasta completar el monto de la colocación que determinará el precio de corte, de acuerdo a lo siguiente. Todas las ofertas con un precio ofrecido superior al de corte serán adjudicadas en su totalidad a dicho precio. Todas las ofertas con un precio ofrecido igual al precio de corte, serán adjudicadas en su totalidad a dicho precio, pero en caso de sobre demanda, a prorrata sobre la base del monto solicitado sin decimales. Si el precio de corte fuese el mayor valor ofertado y la cantidad de nominales superase los ofrecidos en esta subasta también se adjudicarán a prorrata sobre la base del monto solicitado sin decimales. Aviso de resultado: el monto final de las acciones efectivamente vendidas y su precio, conforme con lo antes detallado, y los demás datos que fueran necesarios a los fines de la liquidación respectiva, serán informados mediante el aviso de resultado publicado en los sistemas MAV, comunicado a las sociedades emisoras, y dentro del expediente judicial. Al finalizar la subasta, se comunicará a los oferentes el precio de corte (precio de compra) y las cantidades asignadas sujetas a su aprobación. Puesta de manifiesto: las operaciones de subasta serán puestas de manifiesto por el término de 24 horas más el plazo de gracia (24 horas más). Vencido este plazo sin que medien oposiciones, V.S. dictará resolución aprobando las mismas. Notificada en forma urgente, la aprobación a los oferentes, en consecuencia, el contrato de compra venta queda perfeccionado. Debiendo realizarse la liquidación de las operaciones a las 48 horas hábiles posteriores de la notificación de aprobación. Oposiciones: de mediar oposiciones que no se puedan resolver en un plazo máximo de 48 horas, la subasta quedará sin efecto. Transferencias: En el acto de subasta se autoriza la intervención exclusiva del órgano sindical (art. 274, LCQ) en el procedimiento de realización abierto, quien en uso de sus facultades delegadas deberá informar al Juzgado cuanto fuera menester a los fines de asegurar la regularidad del acto. Culminado el acto, el Agente Liquidador, labrará el acta, con los resultados obtenidos en la misma, la que inmediatamente se presentará en el expediente a fin de proceder a su puesta de manifiesto. Dentro de las 48 horas de aprobadas las operaciones de subasta, V.S. ordenará en el mismo acto, la liquidación y pago definitivo de los fondos correspondientes a las operaciones realizadas y la notificación de las transferencias a las sociedades emisoras no cotizantes para que estas tomen razón de las adjudicaciones en sus libros sociales; y a Caja de Valores a fin de que disponga la transferencia de las acciones subastadas al nuevo adquirente. Asimismo, STC INVERSIONES S.A. a las 48 horas de aprobada la subasta y liquidada las operaciones, procederá transferencia de los fondos obtenidos a la cuenta judicial CBU: 0650080103000024508400k Nº4. de cuenta: 2450840 abierta para este caso y Tribunal (Expediente: 00000000859/1 986- CUIJ 21014912289 Carátula: ACOPIADORES DE CEREALES ARG SA s/ QUIEBRA ACOPIADORES DE CEREALES ARG SA s/ Quiebra Motivo Quiebras Juzgado Jzg. 1ra. INST. DE DIST. CIVIL Y COMERC. NRO. 13 ante el Banco Municipal de Rosario Sucursa,80 Caja Abogados; junto con la acreditación y rendición de las cuentas de subasta. Gast, impuestos, aranceles y derechos: Son a cargo exclusivo del comprador los aranceles y derechos, gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos, así como los gastos e impuestos de transferencia e IVA si correspondiese. Arancel: 1,3% más IVA (tabla de aranceles www.stcinversiones.com.ar). Arancel de licitación Sistema MAV: 0,05% más IVA calculado sobre el valor nominal efectivamente operado (Contrato de Uso - Sistema SEMAV - MAV). Recaudos formales para el acto de venta: Información complementaria: a. Los estatutos sociales de las sociedades emisoras y sus reformas. b. Instrumentos en los que conste la designación de miembros del órgano de administración, del órgano de fiscalización y consejeros en su caso, con constancia de su inscripción registral. c. Estados contables aprobados y dictaminados por contador público independiente, se encuentran a disposición de los interesados las oficinas de STC Inversiones S.A. y en las oficinas del Mercado Argentino de Valores S.A. sito en Paraguay N° 777 P. 8 de Rosario, Santa Fe. d. No existe un mercado público para los valores negociables ofrecidos sin cotización. Se hace saber que la Comisión Nacional de Valores no ha examinado los documentos indicados en el presente aviso ni remitido opinión en relación con los valores aquí referidos. Lugar de realización: esta venta de acciones ordenada judicialmente en los términos del artículo 215 y concordantes de la LCQ se llevará a cabo desde el domicilio social del enajenador STC Inversiones S.A. sito en calle Corrientes N° 730 piso 4 Oficina B de la ciudad de Rosario, en el día, hora y mediante las pautas ordenadas y donde se encuentra a disposición para su revisión la documentación antes indicadas. Rosario,20 de marzo de 2024.Lucas Menossi, secretario

S/C 517126 Abr. 5

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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación, de esta ciudad, en el marco de los autos caratulados LARREA, LEONARDO PEDRO c/TANCHI, FEDERICO LUIS s/Juicio Ejecutivo; (Expte. N° 21-02889917-0), se ha puesto de manifiesto la planilla practicada en autos, la cual asciende a la suma de Pesos doscientos dieciséis mil cuatrocientos noventa y siete con 53/100 ($ 216.497,53), conforme decretos que se transcriben a continuación: Rosario, 01 de agosto de 2022. Agréguense las constancias acompañadas. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula, con expresión del monto (cf. art. 62 inc. 8 CPCC). Fdo. Dra. Accinelli (Secretaria). Y Otro: Rosario, 15 de Febrero de 2023. Revóquese parcialmente por contrario imperio el decreto de fecha 01/08/2022 obrante a fs. 76 y en su lugar se ordena: donde dice Notifíquese por cédula con expresión del monto, debió decir “Notifíquese por edictos con expresión del monto (cf. Art. 62 inc. 8 del C.P.C.C)“. Fdo. Dra. Genesio (Juez) - Dra. Accinelli, Secretaria. Rosario, 9 de Febrero de 2024.

$ 100 517055 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación, de esta ciudad, en el marco de los autos caratulados CONSTRUYENDO ASOCIACIÓN MUTUAL DE LA CONSTRUCCIÓN c/GONZÁLEZ RANGEL, ANDRÉS ALFONSO Y OTS. s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02956149-1), se ha dispuesto la rebeldía del Sr. Andrés Adolfo González Rangel, D.N.I. N° 95.887.961, conforme el siguiente decreto, que se transcribe: Rosario, 21 de diciembre de 2023. Proveyendo escrito cargo 14480/2.023: No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Proveyendo escrito cargo 14482/2023: Intímese por última vez por el término de cinco días para que FALLETI AMOBLAMIENTOS S.R.L. cumplimente con la manda judicial o en su caso, informe a este Tribunal las causas de su incumplimiento, bajo apercibimientos de que la falta de acatamiento será considerada desobediencia a una orden judicial legalmente impartida y que además, le serán aplicados astreintes a fin de compeler a su cumplimiento. Fdo. Dr. Zabale (Juez en Suplencia) - Dra. Sapei (Secretaria). Rosario, 2024.

$ 100 517054 Abr. 5 Abr. 9

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La Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la l7ª Nominación de Rosario, Dra. María Silvia Beduino, notifica al Sr. GERMÁN MARCELO DEZZUTTO, DNI N° 25.324.464, lo declarado en autos: En la ciudad de Rosario, 22/02/2024. Agréguese la publicación de edictos acompañada. No habiendo comparecido la parte demandada GERMAN MARCELO DEZZUTTO, a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Dra. M. Amalia Lantermo, Secretaria; Dra. M. Silvia Beduino, Jueza. Rosario, 22 de febrero de 2024. Dr. Hernán N. Aguzzi, Prosecretario.

$ 50 517050 Abr. 5 Abr. 9

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El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Juzgado Vacante, Secretaría de la Dra. Sapei dentro de los autos caratulados: BENITEZ MARA PAMELA y Otros c/DERICO MARISA NELSI s/Daños y perjuicios; (Expte. 236/23 - CUIJ 21-12638723-4), se cita a sucesores de la Sra. Marisa Nelsi Derico, DNI 20.141.389, a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Todo conforme decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 12 de octubre de 2023. Publíquese edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL conforme lo dispuesto por el art. 597 C.P.C.C. Firmado: Dra. Sapei, Secretaria.

$ 50 517051 Abr. 5 Abr. 9

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EL JUZGADO DE DTO. CYC DE LA 11ª NOM. de Rosario a dispuesto la publicación por edicto del Auto N° 139 de fecha 29-2-24 que se transcriben a continuación:

ROMANO, HECTOR GUSTAVO c/TEDESCO, BRUNO LUIS s/Prescripción Adquisitiva; 21-02915282-6 Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 11ª Nom. Y VISTOS:... Por todo lo precedentemente expuesto; RESUELVO: 1. Suspender la audiencia de producción de prueba prevista para el día de la fecha hasta tanto sea debidamente integrada la litis. 2. Cítar por edictos a los herederos del demandado fallecido para que dentro de ley comparezcan a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimiento de nombrar defensor, todo atento lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. S.F., publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el Boletín Oficial y en el Hall de planta baja. 3. Disponer que los herederos que pretendan presentarse deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. 4. Oficiar a la Oficina de Procesos Sucesorios a los fines de que informe si se ha designado administrador provisorio y/o definitivo de la sucesión caratulada: “TEDESCO BRUNO s/Sucesión testamentaria; CUIJ 21029752653. Insértese y hágase saber. Dr. Sergio A. González, Secretario.

$ 100 517048 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juez de de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, se cita y emplaza a los herederos de Griffa Jorge Bernardo M6118398, a comparecer a estar a derecho en los presentes, conforme lo normado por el Art. 597 C.P.C.C. Autos caratulados: LUNA, HUGO FERNANDO c/ASOCIACION ATLETICA JORGE BERNARDO GRIFFA y Otros s/Cobro de pesos; CUIJ 21-02906901-5. Fdo. Secretaria, Dra. Sabrina M. Rocci. Rosario, Marzo de 2024.

$ 50 517049 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 18 de Rosario y en autos: CHAZARRETA NORMA GRACIELA c/FLORIO EDUARDO s/Cobro de pesos; CUIJ 21-04171242-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 07/03/2023. A lo peticionado, oportunamente trabada la litis en debida forma. En virtud del fallecimiento del co-demandado, Sr. Eduardo Emilio Florio, suspéndase el procedimiento y emplácese a los herederos en los términos del art. 597 del CPCC. Se hace saber que se cita y emplaza a los herederos de Florio Eduardo Emilio, DNI 13.357.315. Rosario, 3 de Noviembre de 2023. Fdo. Dra. Patricia Beade (Secretaria) y Dra. Susana Silvina Gueiler (Jueza). Dra. Melisa A. Lobay, Prosecretaria.

$ 50 517047 Abr. 5 Abr. 9

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Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María Silvia Beduino (Jueza), hace saber que dentro de los autos: NUEVO BANCO SANTA FE S.A. c/ALARCÓN, MAXIMILIANO HERNÁN s/Juicio Ejecutivo; Expte. N° 340/2020 - CUIJ 21-02932202-0, se dictó el siguiente decreto: Rosario, 22 de marzo de 2023. Agréguese la publicación de edictos acompañada. No habiendo comparecido la parte demandada MAXIMILIANO HERNAN ALARCON, a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. María Silvia Beduino (Jueza); Dra. María Amalia Lantermo, (Secretaria). Dr. Hernán Aguzzi, Prosecretario.

$ 50 517043 Abr. 5 Abr. 9

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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 1ª Nominación de Rosario, en la causa: Banco Municipal de Rosario c/VELEZ, STELLA MARIS s/Demanda Ejecutiva; CUIJ N° 21-02945783-9, ha dispuesto notificar a la demandada STELLA MARIS VELEZ, DNI 14.426.407, los siguientes decretos, que se transcriben seguidamente: Rosario, 07/12/2021. Agréguense las constancias acompañadas. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Téngase Presente lo manifestado. Proveyendo el escrito inicial: Por presentada, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo en proporción de ley, por la suma de $ 119.337.64, más la suma de $ 35.801,29, para intereses y costas provisoras, debiendo depositarse las sumas embargadas en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado, librándose el pertinente despacho a la empleadora. Notifíquese por cédula. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Fdo. Dr. Carbajo (Juez en suplencia); Dr. Audano (Secretario). Rosario, 7/2/2023. Hágase saber que entenderá en los presentes el Dr. Ricardo Alberto Ruiz, quien ha sido designado como titular del Juzgado. Notifíquese por cédula (art. 62 inc. 8. C.P.C.C.). Proveyendo el cargo N° 380/2023: Atento lo manifestado y las constancias acompañadas que se agregan. Notifíquese por edictos como lo solicita. Fdo. Dr. Ruiz (Juez); Dr. Audano (Secretario). Rosario, de octubre de 2023. Fdo. Dr. Audano, secretario.

$ 100 517042 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Circuito de la 2da. Nominación de Rosario, Pcia. de Santa Fe y en autos: MOREYRA, JORGE ALBERTO c/VERGES, ARSENIO JUAN y Otros s/Otras Diligencias; CUIJ Nº 21-12638422-7, se ha ordenado notificar a la co-demandada, Sra. María Cristina Verges, el siguiente decreto: ROSARIO, 13 de marzo de 2024. En relación a la rebeldía solicitada respecto a los herederos del Sr. Arsenio Juan Francisco Verges, previamente y atento lo informado por el oficial notificador, en la cédula dirigida a la Sra. María Cristina Verges, deberá citarse a esta demandada por edictos en los términos y bajo los apercibimientos de ley (art. 67, 73, 78 CPCC). Fdo. Dr. Eduardo H. Arrichuluaga, Juez; Dr. Javier M. Chena, Secretario. Y anteriormente se había dictado lo siguiente: Rosario, 25 de octubre de 2021. Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditado en autos. Désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprimase al presente el trámite del juicio sumario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Fdo. Dr. Eduardo Arrichuluaga, Juez; Dr. Javier Matías Chena, Secretario. Rosario, 15 de Marzo de 2024.

$ 50 517041 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito Nº 2 de Rosario, dentro de los autos: Lignon Gustavo c/Avila de Segalerba y ot. s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02943493-7, se ha dictado el siguiente decreto: diciembre de 2023 Cargo 18087; Hágase saber lo informado por el Sr. Oficial de Justicia. Atento fallecimiento informado de Josefina Segalebra de Avila, ofíciese al RPU a fin de que informe si existe juicio sucesorio abierto a su nombre (art 25 CPC). De conformidad con lo dispuesto por el art 597 CPC publíquense a fin de citar y emplazara los herederos bajo apercibimiento de ley. Firmado: Dra. Marianela Godoy (secretaria); Dra. Mónica Klebcar (Jueza). INMUEBLE: situados en la ciudad de Roldan, Departamento San Lorenzo, de esta Pcia. identificados con el N° 3 y 4 de la manzana “D”, del plano 69527/1972, 151100-212222/0197-4, con una sup. De 416 m2 (lote 4) 1511002-212222/0196-5 con una sup. de 416 m2 (lote 3). Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.

$ 50 517039 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 17 de Rosario y en autos: RODRIGUEZ OSVALDO JESUS c/MATEOS VICENTE CIPRIANO y Otros s/Prescripción Adquisitiva; 21-01631785-0, se hace saber que se dicto lo siguiente: Al escrito cargo N° 13933/2023: se provee: Agréguese las constancias acompañadas, por acreditado el fallecimiento de la demandada Dolores Ana Mateos. Cítese y emplácese a los herederos de Dolores Ana Mateos a los fines de comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL (art. 597 CPCC.). Dr. Hernán Aguzzi, Prosecretario.

$ 50 517038 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juzg. de 1ª Inst. de Distr. Civ. y Com. 4ª Nom. Rosario, Balcarce 1651 Piso 1, el 26/08/2022, se ha dispuesto que -sin perjuicio de la cesión de derechos y acciones obrante en autos- la declaratoria de herederos deberá ser anoticiada -junto con la denuncia de bienes- a la coheredera Susana Libia Zanni, bajo apercibimiento de que su silencio será tenido por conformidad. Autos: CORRALES, CELINA IRMA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21028944532; Expte. Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 4ª Nom. Rosario, 26 de Febrero de 2024. Dra. Daniela Andrea Jaime, Secretaria.

$ 50 517037 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, hace saber que dentro de los autos BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SAU c/ACQUA PESCADERIAS S.R.L. s/Demanda Ejecutiva; CUIJ 21-02970525-6, por decreto de fecha 13 de marzo de 2024, se ha ordenado No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Fdo. Dra. Ma. Eugenia Sapei, (Secretaria). Rosario, marzo de 2024.

$ 50 517110 Abr. 5 Abr. 9

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En autos caratulados: ROMERO CARLOS DANIEL c/CLEANER SOLUTIONS SRL s/Ejecutivo; CUIJ 21-02935699-5, que tramita por ante este Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, sito en calle Balcarce N° 1651 Piso 1º de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a mi cargo Dr. Mauro Bonato, Secretaría de la Autorizante Dra. Marianela Maulión, se ha dispuesto publicar mediante edictos la siguiente resolución: Rosario, 3 de Junio de 2022. Agréguense constancias acompañadas. No habiendo comparecido la parte demandada CLEANER SOLUTIONS S.R.L. a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio Ley 22.172 al Consejo de la Magistratura a fines que informe lo requerido. Asimismo, líbrese oficio al Banco Municipal de Rosario, a los fines de colocar los fondos depositados en los presentes a plazo fijo renovables automáticamente cada 30 días. Fdo. Dr. Bonato, Juez; Dra. Maulión, Secretaria.

$ 50 517140 Abr. 5 Abr. 9

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La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 2ª Nominación de Rosario, en la causa: Banco Municipal de Rosario c/BORRAZ, Alejandro Emanuel s/Demanda Ejecutiva; Expte. Nº 173/2021, se hace saber que se ha dictado la siguiente sentencia: Nº 949; Rosario, 30 de octubre de 2011. AUTOS Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Ordeno seguir adelante la ejecución contra BORRAZ, ALEJANDRO EMANUEL, DNI 31.900.067, hasta tanto BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos noventa y dos mil seiscientos veintitrés con veinticinco cvos. $ 92.623,25), con más un interés equivalente a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina desde la mora y hasta su efectivo pago, y 50% de esta suma en concepto de punitorios, e IVA si correspondiere. 2) Impongo costas a la vencida (art. 251 (CPC). 3) Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. (Expte. Nº 171/2021). Fdo. Dra. Klebear (Juez); Dra. Godoy, Secretaria). Rosario, 26 de diciembre de 2023. Fdo. Dra. Godoy (Secretaria). Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.

$ 50 517035 Abr. 5 Abr. 9

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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 6ª Nominación de Rosario, en la causa: Banco Municipal de Rosario c/SAUCEDO, Lucas Adrián s/Demanda Ejecutiva; CUIJ N° 21-02925158-1, se hace saber al Sr. Lucas Adrián Saucedo, DNI 37.145.717, que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 28 de Noviembre de 2023; No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo. Declárese rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Mecoli (Juez); Dra. Rocci (Secretaria). Rosario, 21 de Diciembre de 2023. Dr. Fernando Adrián Bitetti, Prosecretario.

$ 50 517033 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la l7ª Nominación de Rosario, Dra. María Sílvia Beduino, se ha ordenado publicar edictos respecto de los autos caratulados: BERDUN, CAROLINA ISABEL s/Sumaria Información; CUIJ Nº 21-02978950-6, Expte. Nº 72/2024, mediante el decreto que seguidamente se transcribe: Al escrito cargo N° 1324/24 se provee: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, con patrocinio letrado, désele la participación que por derecho corresponda. Por promovida acción tendiente al cambio de nombre en los términos expresados. Imprímase al presente proceso el trámite sumarísimo. Dese intervención al Sr. Fiscal. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales una vez por mes, en el lapso de dos meses (cfme. Art. 70 del C.C.C.N.). Por ofrecida prueba, téngase presente y certifique la documental acompañada en copia. Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble y a los Registros de la Propiedad Automotor a fin que informen si existen medidas precautorias a nombre del interesado y al Registro de Procesos Universales a fin que informe si existe quiebra o concurso del interesado. Ofíciese a la Jefatura de Policía (Unidad Regional II Rosario), al Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal, a la Policía Federal Argentina (Delegación Rosario), al Ministerio Público de la Acusación, y a la Oficina de Gestión Judicial de 1° y 2° instancia del Poder Judicial de la Prov. de Santa Fe a fin que informen si el interesado tiene antecedentes y/o pedido de captura y al Registro Nacional de las Personas a fin que manifieste si existe objeción al cambio de nombre. Ofíciese al BCRA a fin de que informe respecto a los antecedentes financieros del interesado y al Registro de Deudores Alimentarios y a la Dirección General de Tránsito de la Municipalidad de Rosario, todo con el fin de evitar la sustracción a las obligaciones que el interesado pudiera encontrarse sujeto. Comparezcan los testigos ofrecidos cualquier día y hora hábil de audiencia, a los fines pertinentes. Córrase vista a la Asesoría Letrada del Registro Civil y al Sr. Fiscal, a sus efectos. Cítese al progenitor Héctor Nelson Berdun a fin de que se manifieste conforme a derecho. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. M. Amalia Lantermo, Secretaria, Dra. Maria Beduino, Jueza. (Autos: BERDUN, CAROLINA ISABEL s/Sumaria Información; Expte. Nº 72/2024 - CUIJ Nº 21-02978950-6). Dra. Ma. Amalia Lantermo, Secretaria.

$ 100 517104 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo N. Quiroga, Secretaria de la Dra. Lorena A. González, dentro de los autos caratulados ECHECURY, NATALIA ANDREA s/Sumaria Información; CUIJ 21-029786280, se hace saber que señora NATALIA ANDREA ECHECURY, argentina, nacida el 21 de Agosto del año 1983 en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, hija de Mario Moisés Echecury y de Alicia Beatriz Rajnil, titular del DNI Nº 30.254.522, estado civil casada, con domicilio real en calle Virasoro 2258 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, abogada y escribana, solicitó su inscripción en la Matricula del Colegio de Escribanos de Rosario. Publicación por el término de tres (3) días. Rosario, 13 de Marzo de 2024.

$ 50 517103 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito de la 5ª Nominación de Rosario, se ha decretado Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio ejecutivo citar y emplazar a los demandados PERNIGOTTI, NORA BEATRIZ y SANCHEZ WALTER AGUSTIN, para que dentro del término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese la inhibición general de los demandados, hasta cubrir la suma de U$S 23.705,40, con más U$S 7.100. Ofíciese al Registro General y al Registro de la Propiedad del Automotor. Líbrese el despacho correspondiente. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Acredite inscripción de AFIP debidamente actualizada. Notifíquese. Los tribunales se encuentran sitos en Balcarce 1651, segundo piso, de Rosario. Autos caratulados: COOPERATIVA AGRICOLA GANADERA DE PEYRANO LTDA c/PERNIGOTTI, NORA BEATRIZ y Otros s/Juicio Ejecutivo; CUIJ 21-02968772-9. Fdo. Jueza - Dra. Lucrecia Mantello (Secretaria). Secretaria autorizante. Rosario, 14 de Marzo de 2024. Silvina Rubulotta, Secretaria.

$ 50 516941 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 11ra. Nominación de Rosario y en autos: BANCO MACRO S.A. c/DOMINGUEZ RAMON EDUARDO s/Juicio Ejecutivo; 21-01443845-6; Nª Expediente: 183/2012, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 11/03/24. Téngase presente la planilla practicada, póngase de manifiesto en la oficina por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula, con expresión de monto ($ 102.735,92). Téngase presente lo manifestado. Agréguese la cédula acompañada. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de planta baja. Fdo. Dr. Sergio A. González (Secretario).

$ 50 517008 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIO JOSE TONON, DNI 6.070.256, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: TONON, MARIO JOSE s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02973235-0, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo Dra. María Victoria Berrone (Prosecretaria).

$ 45 Abr. 5

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Lucía Beatriz Fratin DNI 5.988.880, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FRATIN, LUCÍA BEATRIZ s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02972786-1.

$ 45 Abr. 5

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Josefa Ciotta, DNI N° 1.014.321, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: CIOTTA, JOSEFA - MARINO, CARLOS s/Declaratoria de herederos-Sucesión; (CUIJ N° 21-01662310-2). Rosario, 7 de Marzo de 2024.

$ 45 Abr. 5

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FRANCUCCI ALBERTO ENRIQUE, DNI 6.070.107, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: FRANCUCCI, ALBERTO ENRIQUE s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02978845-3. Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Abr. 5

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PABLO GIAMMONA (D.N.I. 6.053.241) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GIAMMONA PABLO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-02978613-2). Fdo. Prosecretaria.-

$ 45 Abr. 05

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante QUINTEROS MARIA NORA, D.N.I. 8.988.795 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "QUINTEROS, MARIA NORA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C y C 11" (CUIJ N°21-02978858-5) . de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 Abr. 05

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HÉCTOR ANTONIO PETRONIO, D.N.I. Nº 06.035.719, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PETRONIO, HÉCTOR ANTONIO s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ Nº 21-02979394-5), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez en suplencia).

$ 45 Abr. 05

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: FERREYRA BEATRIZ ANGELA DNI 10.185.185 y CARO JUAN MANUEL DNI 5.9077.658, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados:FERREYRA BEATRIZ ANGELA Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ 21-02979550-6 Fdo.

$ 45 Abr. 05

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 8va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ALBERTO CESAR FERNANDEZ , DNI 6.183.254 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FERNANDEZ, ALBERTO CESAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS-SUCESION" CUIJ: 21-02979744-4 .

$ 45 Abr. 05

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANGEL ANTONIO OLIVERA, D.N.I. Nº 11.441.594, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "OLIVERA ANGEL ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02978571-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 445 Abr. 05

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenadocitar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por loscausantes Esteban GARRONE, L.E. n° 2.842.999 y María Luisa LATRONICO, D.N.I. n° 5.504.208, porun día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GARRONE, ESTEBAN YOTROS S/ SUCESORIO C Y C 1", CUIJ 21-02977546-7 del año 2023.

$ 45 Abr. 05

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Familia del Distrito Judicial Nº 6 de la ciudad de Cañada de Gómez, dentro de los autos caratulados PEREZ RAQUEL c/OLMEDILLA REINALDO FRANCISCO s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-23683845-2, SE NOTIFICA al Sr. OLMEDILLA REINALDO FRANCISCO, titular del DNI Nº 17.444.240, de la resolución dictada en autos, inscripta al Tº 46, Fº 184, Nº 1283; CAÑADA DE GOMEZ, 08 de NOVIEMBRE de 2023; AUTOS… Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar el DIVORCIO de los señores REINALDO FRANCISCO OLMEDILLA, DNI Nº 17.444.240 y RAQUEL MARISEL PEREZ, DNI Nº 23.532.755; matrimonio inscripto en la localidad de Cañada de Gómez, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, el día 15 de Junio de 2018, Acta Nº 42, Tomo III, Año 2018; 2) Declarar disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo al 18 de Julio de 2018, de conformidad a lo expuesto por la actora en demanda y no existiendo oposición por parte del demandado; 3) Las costas del presente divorcio serán soportadas por el orden causado; 4) Ordenar la inscripción de la presente sentencia, firme que estuviera la misma, oficiándose a sus efectos al Registro Civil que corresponda; 5) Notifique la presente Resolución por edictos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Beatriz Liliana Favret, Juez; Dr. Hernán Andrés Julián, secretario.

S/C 517207 Abr. 5 Abr. 12

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Domingo Vicente ARNESE, L.E. N° 2.374.408, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados ARNESE DOMINGO VICENTE Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-25442345-6). San Lorenzo, Junio de 2023. Secretaria.

$ 45 Abr. 5

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don COZZI EDUARDO ALEJANDRO, DNI N° M6.162.724, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los términos y bajo los apercibimientos de ley, Autos: COZZI EDUARDO ALEJANDRO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ N° 21-25444457-7). San Lorenzo.

$ 45 Abr. 5

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Por disposición del Juez de 1ª Instancia Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. SINDULFO LOPEZ DNI N° 6.261.870, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LOPEZ SINDULFO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ N° 21-25444541-7) de tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino.

$ 45 Abr. 5

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SAN LORENZO

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la Ciudad de San Lorenzo se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: CARLOS EMILIO RODRIGUEZ, DNI N° 8.374.577, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: RODRIGUEZ, CARLOS EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-25444621-9. Firmado: Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria).

$ 45 Abr. 05

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Por disposición del juez de 1era Instancia Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PAEZ SILVIA BEATRIZ, DNI 20.853.911, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: PAEZ SILVIA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-25444537-9. Dra. Stella Maris Bertune San Lorenzo, de Marzo de 2024.

$ 45 Abr. 05

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ROGELIO OMAR HEREDIA, DNI 5.078.288, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “HEREDIA, ROGELIO OMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”. CUIJ 21-25444280-9 de trámite por ante el juzgado de 1° instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo a cargo de la Dra. STELLA MARIS BERTUNE.

$ 45 Abr. 05

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VILLA CONSTITUCIÓN

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Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Villa Constitución. Villa Constitución, 4 de Abril de 2024.- Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en el Civil y Comercial de la 2ª Nominación, ciudad de Villa Constitución, a cargo de la Dra. GRISELDA NOEMI FERRARI de conformidad a lo ordenado en el artículo 67º de la Ley 11.287, se hace saber que en los autos caratulados “PEREZ MIRTA MABEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ Nº 21-25658405-8 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios del Sr. Alfredo Manuel Carrasco, para que dentro del término de cinco días y bajo apercibimiento de ley, comparezca a este Tribunal a hacer sus derechos.-

$ 45 Abr. 05

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro 14 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se cita, llama y emplaza a los herederos , acreedores , legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS OSCAR ACUÑA D.N.I. 6.549.479, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos "ACUÑA LUIS OSCAR Y OTRO S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25658880-0 , lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, Villa Constitución                 Abril de 2024 .Dr. Darío Malgeri Secretario

$ 45 Abr. 05

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro 14 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se cita, llama y emplaza a los herederos , acreedores , legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ADELINA SEBASTIANELLI D.N.I. 5.832.829, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos "ACUÑA LUIS OSCAR Y OTRO S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25658880-0 , lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, Villa Constitución                 Abril de 2024 .Dr. Darío Malgeri Secretario

$ 45 Abr. 05

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Nº 8 de Melincué, la Secretaria que suscribe, cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante don Mauricio Guardati (DNI N° 6.134.024), por un día, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos GUARDATI, MAURICIO s/Sucesión; (CUIJ N° 21-26473376-3). Melincué, 21 de Marzo de 2024. Dra. Analía M. Irrazábal, Secretaria.

$ 45 Abr. 5

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Familia de Venado Tuerto a cargo del Sr. Juez Dr. Claudio Miguel Heredia, Secretaria de la Dra. María Paula Suárez Salfi (s), dentro de los autos caratulados: FERNANDEZ SILVIA NOEMI c/SALTO LEONARDO JOSE s/Divorcio; (CUIJ 21-27724875-9), se ha dispuesto notificar al Sr. SALTO, LEONARDO JOSE, DNI 29.977.121, el siguiente decreto que a continuación se transcribe conforme previsiones del art. 67 CPCCSF: Venado Tuerto, 24 de Mayo de 2023. (...) Por iniciada la presente acción de Divorcio a petición del presentante, a la que se le imprimirá el trámite previsto en el Art. 438 del Código Civil y Comercial de la Nación. De la petición de Divorcio, y de la propuesta de convenio regulador hágase saber al otro cónyuge por un plazo de diez (10) días. (...). Fdo. Dr. Claudio M. Heredia, Juez; Dra. M. Paula Suárez Salfi, Secretaria Subrogante. Otro decreto dice: Venado Tuerto, 29 de Diciembre de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 14432/2023 (...) Atento a lo solicitado notifíquese al Sr. Salto Leonardo José el proveído inicial mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por tres (03) días. Fdo. Dr. Claudio M. Heredia, Juez; Dra. M. Paula Suárez Salfi, Secretaria Subrogante. Venado Tuerto, 21 de marzo de 2024.

$ 60 517253 Abr. 5 Abr. 9

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Marta Celeste Rosso (Juez), Secretaria de a Dra María Laura Olmedo, se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de TORRES ROBERTO (DNI 6.135.965) para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley - Autos:"TORRES ROBERTO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-24619762-5).- VENADO TUERTO, 24 de MARZO de 2024.-

$ 45 Abr. 05