DECRETO N.º0518
SANTA FE, 28 MAR 2025
VISTO:
El Expediente Nº 00701-0152864-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones se gestiona la ratificación del Convenio suscripto entre la Provincia de Santa Fe y el Nuevo Banco de Santa Fe S.A.;
Que, en fecha 11 de marzo de 2025, se suscribió el Convenio Nº 16481 denominado “Convenio Provincia de Santa Fe – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Bonificación de Tasas de Interés Oferta de financiamiento para MiPyMes”, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el número mencionado en fecha 13/03/25, Folio 051, Tomo XXXVI, el que como Anexo Único forma parte del presente decreto;
Que dicho instrumento establece la implementación de un mecanismo de bonificación de tasa de interés a cargo de LA PROVINCIA, aplicable a los beneficiarios de ciertas líneas crediticias desarrolladas por EL BANCO, de acuerdo al destino y características que se detallan en el mismo;
Que el Artículo 25 de la Constitución Provincial determina que el Estado promueve "el desarrollo e integración económicos de las diferentes zonas de su territorio, en correlación con la economía nacional, y a este fin orienta la iniciativa económica privada y la estimula mediante una adecuada política tributaria y crediticia", facilitando "la incorporación de capitales, equipos, materiales, asistencia tecnológica y asesoramiento administrativo y, en general, adopta cualquier medida que estime conveniente";
Que la crítica situación que atraviesa el sector y el contexto inflacionario actual del país, deriva en que al sector MiPyME le resulte difícil acceder a líneas de financiamiento, situación que agrava aún más las dificultades para la reactivación del mismo luego de haber sido castigado por las condiciones climáticas de los últimos años;
Que la Provincia de Santa Fe a través de líneas de créditos a tasa subsidiada, pretende cooperar con el desarrollo socioeconómico de las MiPYMES - conforme la Resolución Nº 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, sus modificatorias, complementarias y cualquiera que en un futuro la/s reemplace/n - mediante el apoyo financiero a la inversión, con el objeto de aumentar la capacidad instalada y el valor agregado del sector productivo, así como también mejorar las condiciones de competitividad de las empresas santafesinas;
Que el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. es el Agente Financiero y Caja Obligada de la Provincia de Santa Fe, en virtud del Contrato de Vinculación suscripto el 26 de noviembre de 2019;
Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 14224, le corresponde al Ministerio de Desarrollo Productivo, entre otras funciones: ”Entender en la elaboración de las políticas crediticias a seguir por el sector financiero y de las entidades bancarias vinculadas a los sectores productivos de su competencia, en coordinación con el Ministerio de Economía”;
Que la Dirección General de Inversiones informa que el costo fiscal de la línea que impactará en el presente ejercicio asciende a $ 2.539.000.000;
Que la erogación que demande el cumplimiento del trámite será atendida con la imputación presupuestaria contenida en el Pedido de Contabilización Nº 798/25 -SIPAF- y la gestión será incluida en el requerimiento financiero del pertinente trimestre 2025, dando cumplimiento a lo establecido por la Resolución Nº 001/25 del Ministerio de Economía;
Que se cuenta con las intervenciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio actuante y las áreas competentes del Ministerio de Economía;
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 72 inciso 1) de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Ratifícase, en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Provincia de Santa Fe y el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., denominado “Convenio Provincia de Santa Fe – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Bonificación de Tasas de Interés Oferta de financiamiento para MiPyMes”, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 16481 en fecha 13/03/25, Folio 051, Tomo XXXVI, el que como Anexo “Único” forma parte del presente decreto.-
ARTÍCULO 2º: Impútase la suma total de $ 2.539.000.000 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES) que demande el cumplimiento de la gestión conforme a la imputación presupuestaria contenida en el Pedido de Contabilización PCP -Compromiso Preventivo -SIPAF- Nº 798/25 en: Sector 1 – Subsector 1 - Carácter 1 – Jurisdicción 32 - Programa 23.0.0.3 “Apoyo para el Acceso al Financiamiento” – Finalidad 4 – Función 8.0 – Fuente de Financiamiento 111 “Tesoro Provincial” – Inciso 5 “Transferencias” – Partida Principal 1 “Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes” – Parcial 9 “Transferencias a Empresas Privadas” – Subparcial 4 “Bonificación Tasa de Interés” – Ubicación Geográfica 082-996-00.-
ARTÍCULO 3º: Refréndase por los señores Ministros de Desarrollo Productivo y de Economía.-
ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
PULLARO
Olivares Pablo Andrés
Puccini Gustavo José
NOTA: El Anexo se podrán consultar en la página Web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
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