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santa fe

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Laboral de la Tercera Nominación de la ciudad de SANTA FE, en autos caratulados GUGLIOTTA, SOLEDAD GUADALUPE Y OTROS c/LASSAGA ARIOTTI, GERNARO CARLOS Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (Expte. 21-04813192-9), se cita, se llama y emplaza a los pretensos herederos del señor LUIS DANIEL GUGLIOTTA, DNI 25.234.648, notificándoselos ... por edictos, que se publicarán por tres (3) veces en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado dentro del Tribunal, para que comparezcan dentro del término de cinco (5) días después de la última publicación. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Silvina D. DEMBORYNISKI, Secretaria y Juez a/c. Santa Fe, 13 de Agosto de 2025. Carolina Noelí Helver, prosecretaria.

S/C 551081 Nov. 6 Nov. 10

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 3ra. Nominación de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos y a todas aquellas personas que se consideren con derecho a percibir sumas de dinero derivadas de la muerte de la Sra. YANET ESTEFANIA ABREU (DNI N° 37.036.952) a los fines de que en el plazo de cinco días a contar desde la última publicación edictal, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Todo ello por haber sido así ordenado en autos caratulados PREVENCIÓN ART SA C/ ABREU, MATÍAS VALENTÍN S/ CONSIGNACION Expte CUIJ N° 21-04812569-4

$ 100 551381 Nov. 06 Nov. 10

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por así estar dispuesto en los autos MANSILLA DAIANA GUADALUPE s/QUIEBRA; CUIJ Nº 21-02055017-9, la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. María Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 06 de Octubre de 2025. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de DAIANA GUADALUPE MANSILLA, apellido materno Luna, argentina, DNI Nº 35.654.170, CUIL Nº 27-35654170-2, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Padre Genesio Nº 3231 Vivienda 5 y legal el calle Alvear Nº 3291 Dpto. A, ambos de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponde; Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor; Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponde: Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 08/06/2025 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará 36 meses contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiémlase a la Sindicatura Su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 01/12/2025, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 17/12/2025 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 13/02/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 01/04/2026 para la presentación del informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterio: 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q., en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza a/c. CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 10/09/2025 para estos autos, resultó sorteada Síndica la C.P.N. Claudia Gabriela Gurman, con domicilio en calle Saavedra 2015 de la ciudad de Santa Fe.

S/C 550752 Nov. 6 Nov. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: ARGÜELLO, ANALIA MARGARITA s/QUIEBRA; CUIJ 21-02054740-2 AÑO 2025; se ha dispuesto la publicación por 5 días en el BOLETIN OFICIAL (Art. 89 Ley 24.522) lo siguiente: SANTA FE, 18 de Septiembre de 2.025; Autos vistos... Considerando... Resuelvo...: 1) Declarar la quiebra de ARGÜELLO, ANALÍA MARGARITA, de apellido materno “Ojeda”, DNI Nº 37.146.625, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en Independencia Nº 2358 de la ciudad de San José de Rincón, provincia de Santa Fe y legalmente en calle 25 de Mayo Nº 2l26, Piso 2da. Oficia A, de la ciudad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe... 4) Ordenar a la fallida y a los terceros que tengan bienes de aquel que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces... 7) Ordenar se efectúen las comunicaciones pertinentes para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo l03 de la Ley 24.522, respecto de la fallida, oficiándose al efecto a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación... 10) Fijar el día 13/11/2025 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico; 11) Fijar el día 02/02/2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 18/03/2026 o el día hábil posterior para que presente el informe general. Fdo. Dr. Lucio Palacios, Juez; Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria. EI Síndico actuante es C.P.N. Roberto Eduardo Mangini y Su domicilio legal: Talcahuano 7675 de Santa Fe, atendiendo la verificación de créditos los días hábiles de 14 a 20 Hs. Sin previo pago (Art. 89 3° párrafo Ley 24.522). Secretaría.

S/C 551023 Nov. 6 Nov. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: CANAVESIO, CINTIA GUADALUPE s/QUIEBRA; CUIJ Nº 21-02054870-0, ha sido designado como Síndico el CPN Alejandro Rubén Monti, con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de la ciudad de Santa Fe, con horario de atención para la presentación de verificaciones de créditos de manera presencial de lunes a viernes de 8.30 a 12.30 hs y lunes a jueves de 16.30 a 19.30 hs. Asimismo se hace saber que los pedidos de verificación pueden ser presentados en formato digital a la casilla: abusaniche@paez-busaniche.com.ar. El arancel deberá depositarse al CBU: 1910340655134006107499, Banco Credicoop. El arancel fue fijado de acuerdo a la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. Santa Fe, 6 de Octubre de 2025.

S/C 551037 Nov. 6 Nov. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados BARRIOS, JESICA ABRIL s/PEDIDO DE QUIEBRA; (Expte. CUIJ Nº 21-02055927-3), se ha declarado la quiebra en fecha 15/10/2025 de BARRIOS, JESICA ABRIL, DNI Nº 41.790.083, de apellido materno Mendoza, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en Teodoro Britos Nº 365 de la ciudad de Helvecia, Provincia de Santa Fe y legalmente en calle Mariano Comas 2940 P.B. de esta ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 29/10/2025 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 15/12/2025. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez a/c); Dra. Huter (Secretaria).

S/C 551047 Nov. 6 Nov. 12

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos OLIVA, MIRIAN NOEMI s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02056056-5, la siguiente resolución: Santa Fe, 15 de Octubre de 2025. (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Mirian Noemí Oliva, DNI N° 17.461.505, con domicilio real, según manifiesta, en calle Azopardo 10595 de la localidad de Santa Fe, y domicilio legal en calle 1ra Junta 2507 - Piso 3 - Oficina 4, de esta ciudad. ... 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallecido al Síndico. 6. Intimar al fallecido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. ... 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 22/10/2025 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 12/12/2025 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 03/02/2025 como fecha hasta la cual el fallecido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 05/03/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 16/04/2026 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez). 15 de Octubre de 2025. María José Lusardi, prosecretaria.

S/C 551048 Nov. 6 Nov. 12

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos GOMEZ, GASTON ARIEL s/PEDIDO DE QUIEBRA; {CUIJ N° 21-02056002-6 - AÑO 2025) la siguiente resolución: Santa Fe, (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de GASTÓN ARIEL GOMEZ, DNI Nº 27.487.910, con domicilio real en calle 57 2148 de la localidad de Sauce Viejo y domicilio legal en calle 9 de julio 1462 oficina 2 esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 22/10/2025 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 12/12/2025 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 03/02/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 05/03/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 16/04/2026 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez). 14 de Octubre de 2025. Ma. Lucila Creapo, Secretaria.

S/C 551049 Nov. 6 Nov. 12

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1511, hace saber que en los autos: LOPEZ, GABRIELA DEBORA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02055209-0), en fecha 16 de Octubre de 2025, se ha procedido a declarar, a su propio pedido, la quiebra de Gabriela Debora López, DNI 23.800.055, de apellido materno Tisera, de estado civil soltera, domiciliada realmente en calle Regimiento 12 de Infantería N° 4385, y con domicilio procesal constituido en calle Junin N° 3281, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes en poder del deudor; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 15 de Diciembre de 2025 inclusive. Secretaria, 16 de Octubre de 2025. Delfina Machado, prosecretaria.

S/C 551306 Nov. 6 Nov. 12

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Por disposición del Juez de Trámite Dr. ALEJANDRO AZVALINSKY, en los autos caratulados SDNAYF c/SANTA CRUZ JAMISHELL Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - RESOLUCION DEFINITIVA; 21-10783459-9 que tramitan ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 7 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar a SANTA CRUZ MORIEL JAMISHELL, D.N.I. 36.000.657, con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: SANTA FE, 30 de Octubre de 2025. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal correspondiente. Por promovida la presente NOTIFICACIÓN DE RESOLUCION DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL Y SOLICITUD DE CONTROL DE LEGALIDAD adoptada por la Secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto del niño JHEREMI MICHAEL LIHUEL RAMOS. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la sugerencia de TUTELA formulada. En virtud de ello, cítase y emplázase a SANTA CRUZ JAMISHELL y DAMIAN JEREMIAS RAMOS – progenitor del niño - para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre la medida definitiva propuesta y ofrezcan las pruebas de que intente valerse en el término de diez días corridos, bajo apercibimiento de dictar sentencia sin más trámite. Al punto 5): Téngase presente la autorización concedida a los fines de efectuar la procuración. Al punto 6) Atento la conexidad existente con los autos SDNAF Y OTROS c/RAMOS DAMIAN Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD Y SU PRÓRROGA; CUIJ 21-10758183-6; acumúlense los presentes, dejando debida constancia en el sistema informático. Hágase saber el inicio de los presentes a la abogada del niño y a la Defensoría General interviniente. Al punto 7): Téngase presente para su oportunidad y si correspondiere. Atento constancias de autos, a fin de notificar a la Sra. Santa Cruz, sin perjuicio que denuncia domicilio electoral de calle Junin, pero la cédula acompañada no se encuentra diligenciada, y si se encuentra publicado el edicto notificatorio de la disposición administrativa cuyo control se pretende; publíquense edictos por el término de 3 días en el BOLETIN OFICIAL y exhíbanse en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, conforme acordada del 7 de Febrero de 1996, Acta Nº 3. A fin de notificar al Sr. Ramos, líbrese oficio ley 22172 al Juzgado de Familia que por turno corresponda de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Rios. Notifique la empleada: De la Torre. Notifíquese. Fdo. Alejandro Azvalinsky (Juez). María Paula Budini (Secretaria). Saluda Atentamente. SANTA FE, 31 de OCTUBRE de 2025. Dra. Maria Paula Budini, Secretaria.

S/C 552164 Nov. 6 Nov. 10

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Dentro de los autos caratulados: ROMERO, MELINA AGUSTINA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ 21-11442339-1. Por disposición de Gustavo Antelo, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4 de Rosario, se ha dispuesto notificar a FLORENCIA VANINA CAJAL, DNI 37.265.308 y a IVÁN ANDRES ROMERO, DNI 36.879.431, lo siguiente: Rosario, 22 de Octubre de 2025. Téngase por notificada revocatoria de Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nº 208/2025. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a los progenitores de Melina Agustina, Candela Wanda y Dylan Ivan Romero, que se ha propuesto que sus hijos accedan al cuidado personal en favor de su progenitora Sra. Florencia Cajal, haciéndose saber que cuentan con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Notifíquese. Fdo. Dr. Antelo juez; Dra. Barbieri (secretaria).

S/C 551841 Nov. 6 Nov. 10

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Dentro de los autos caratulados: SOSA, SANDRA CRISTINA y SOSA, SEBASTIAN FRANCO s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ 21-11425930-3. Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6 de Rosario, se ha dispuesto notificar a SANDRA GONZALEZ, DNI 27.319.505 y JOSE ALEJANDRO SOSA, DNI 18.742.158 lo siguiente: Nº 1388. Rosario 17/10/2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Resolver definitivamente la medida de protección excepcional dispuesta en relación a los niños SEBASTIÁN FRANCO SOSA, D.N.I. Nº 56.848.728, nacido el 10 de febrero del 2018 y SANDRA CRISTINA SOSA, D.N.I. Nº 58.688.669, nacida el 10 de enero del 2021, ambos hijos de Sandra Carina Gonzalez, D.N.I. Nº 27.319.505 y de José Alejandro Sosa, D.N.I. Nº 18.742.158. 2) Privar a SANDRA CARINA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27.319.505 de la responsabilidad parental de SEBASTIÁN FRANCO SOSA y SANDRA CRISTINA SOSA. 3) Otorgar el cuidado personal unilateral de los niños a su padre, JOSÉ ALEJANDRO SOSA, D.N.I. Nº 18.742.158. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Barbieri (secretaria); Dra. Mangani (Jueza).

S/C 551843 Nov. 6 Nov. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 20 - SAN JAVIER, jueza a cargo Dra. Laura María Aleasio; Dr. Diego Escudero, Secretario Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados CASCO VALENTINA LUCIA s/QUIEBRAS 21-26171686-8, mediante Tomo: 2025 Folio: Resolución: 189 de fecha 25/09/25, se ha resuelto: (...) Declarar la Quiebra (arts. 286 y 289, ley 24.522) de la Señora CASCO VALENTINA LUCIA, DNI N° 45.827.387; CUIL N° 27-45827387-7, argentina, mayor de edad, soltera, empleada dependiente de la Empresa Provincial de la Energía de la Provincia de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Hermana Carina N° 1833 y constituyendo domicilio procesal en calle Nicasio Oroño N° 2354, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. ... 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente. (Art 88 inc 5 LCQ) (...). 9) Fijar hasta el día 03/11/2025 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ. 10) Señalar entre los días 04/11/2025 (o el día hábil inmediato posterior) y el 19/11/2025 inclusive, el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). En dichos autos ha sido designado Síndico el CPN PACHECO HUBER, IGNACIO MARTIN, D.N.I. N° 27117219, CUIT N° 20-27117219-3 - Matrícula N° 14.317-01 - Ley 8.738 -, con domicilio en calle Libertad 1666 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, con horario de atención al público de 8:00 a 12:00 y de 16:30 a 20:30 hs. de conformidad con los normado por la Ley N° 24.522 y Mod, con turno previo al teléfono 342-4236748, pudiendo recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico: estudio.pacheco.talame.amador@gmail.com, y arancel correspondiente por transferencia bancara al CBIJ Caja de Ahorro N° 599070855600 - CBU: 3300599525990708556004 -de mi titularidad. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Javier, 21 de Octubre de 2025. Dra. Gabriela Vouilloz, prosecretaria.

S/C 551319 Nov, 6 Nov. 12

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Por disposición del Sra Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial l0º Nominacion en autos "GARCIA, MATIAS JUAN C/ TECAP S.A.S Y OTROS SI DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO" CUIJ Nº 21-02051637-9 ha ordenado:

SANTA FE, 21 de Octubre de 2025 A los fines de evitar futuras nulidades y advertido en este estado lo informado por el oficial notificador en relación al ca-demandado TECAP SA y desconociéndose su domicilio, previo a proveer la prueba ofrecida por la actora y dar continuidad al trámite, publíquense edictos conforme lo normado por el art. 73 CPCC Notifiquese. FDO. DRA. MA. ROMINA KILGELMANN JUEZA. OTRO DECRETO: SANTA FE, 20 de Marzo de 2025 Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda, en mérito al poder acompañado. No obstante la normativa invocada y a los fines de una mayor amplitud de debate y garantía de derecho de defensa de las partes, imprimase al presente el trámite del Juicio Ordinario (art. 398 CPCC), sin perjuicio de la aplicación de las demás normativas que hacen al estatuto de Defensa del Consumidor. Por iniciada Demanda Ordinaria (art. 53 LDC) de cumplimiento de contrato y/o resolución del mismo contra TECAP S.A.S y MARIA EVA ZANAZZI a quienes se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimientos de rebeldía (arls. 72, 76 y ss. del CPCC) en el término de tres días. Ofrezca prueba en la etapa procesal oportuna. De conformidad a lo dispuesto por el art. 52 de la Ley 24.240, dése intervención al Ministerio Público Fiscal. Notiftquese adjuntando copia de la demanda. Ténganse presente las reservas formuladas. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario- Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifiquese. FDO. DRA. MA. ROMINA KILGELMANN (JUEZA). DRA. MA ESTER NOE DE FERRO (SECRETARIA).

OTRO DECRETO: SANTA FE, 25 de Agosto de 2025 Córrase traslado de la demanda por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifiquese. FDO. DRA. MA. ROMINA KILGELMANN (JUEZA). DRA. MA ESTER NOE DE FERRO (SECRETARIA).

$ 320 551704 Nov. 06 Nov. 10

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: “PARE, CRISTIAN RUBEN S/ QUIEBRA” (Expte. 21-01968924-4) , que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha decretado la CONCLUSION POR PAGO TOTAL y el Cese de las restricciones e inhibiciones oportunamente dispuestas en el marco del presente proceso sobre Sr. CRISTIAN RUBEN PARE, DNI: 32.177.233. Santa Fe, 4 de diciembre de 2024. Firmado digitalmente Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez) Dra. Gisela Soledad Beadez (Secretaria).

S/C 552143 Nov. 06 Nov. 07

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: “FERNANDEZ, JONATAN FABIAN S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-01988681-3), que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha decretado la CONCLUSION DE LA QUIEBRA (art. 231 LCQ) y el Cese de las inhibiciones oportunamente dispuestas en el marco del presente proceso sobre Sr. JONATAN FABIAN FERNANDEZ, D.N.I. 36.011.578. Santa Fe, 21 de julio de 2025. Firmado digitalmente Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez) Dra. Gisela Soledad Beadez (Secretaria)

S/C 552144 Nov. 06 Nov. 07

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: “PAYE, MARTHA JUDITH PILAR S/QUIEBRAS” CUIJ 21-26188676-3, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, Secretaria del Dr. Leandro Carlos BUZZANI, se ha dispuesto publicar edictos conforme a lo establecido en el art. 218 de la LCQ. a fin de hacer conocer la presentación de un Proyecto de Distribución Complementario así como su puesta de manifiesto. Como recaudo se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: “SAN JUSTO, 20 de Octubre de 2025….Proveyendo escrito cargo Nº 18630: Téngase presente. De manifiesto el Proyecto de Distribución Complementario, por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos conforme a lo establecido en el art.218 de la ley concursal. Notifíquese. Fdo. Dra. Laura María ALESSIO. Jueza. Dr. Leandro Carlos BUZZANI. Secretario.- San Justo, 22 Oct. 2025. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria.

S/C 551656 Nov. 06 Nov. 07

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 18 de la ciudad de San Justo (Sta. Fe), en autos caratulados “ABOLI, LUIS HECTOR S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21- 26193048-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ABOLI LUIS HACTOR, Doc. Identidad N° 10.828.311, casado, con ultimo domicilio conocido en calle Niños del 2000 N° 237 de la localidad de Gobernador Crespo (Sta. Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- San Justo, de Noviembre de 2025.-

$ 45 Nov. 06

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, en autos caratulados: “FRUTOS, PAULA MERCEDES S/ SUCESORIO” Cuil. 21-02052881-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra Paula Mercedes Frutos, DNI. DNI 5.431.010, quien falleció el 07/05/2024, en la ciudad de Santo Tome, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Fdo: DR CARLOS MARCOLIN. Santa Fe, …………….de ………… de 2025.

$ 45 Nov. 06

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tostado

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez/a de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 15 en lo Civil, Comercial Laboral, Tostado - Santa Fe En autos ““GORGA PASCUAL S/ SUCESORIO”, Expte. CUIJ Nº 21-26213177-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante don GORGA, Pascual, D.N.I. 4.971.824, fallecido el 21 de Marzo de 2022, EN LA Localidad de Ceres, de Apellido Materno AMENA, con último domicilio en la localidad de Logroño, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Conf. Art. 67 C.P.C. y C. modificado por la ley 11.287

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rafaela

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la PRIMERA NOMINACIÓN de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados "21-24211423-7 BONNET HECTOR RAUL S/ SUCESORIO" se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HÉCTOR RAÚL BONNET DNI N° 16.113.688, con último domicilio en calle Julio Verne N°193 de la localidad de Lehmann, departamento CASTELLANOS, pcia. Santa Fe; fallecido en ciudad de Rafaela en fecha 29 de agosto de 2025, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, que se publican en el Hall de Tribunales.- FIRMADO: Dra. SANDRA INES CERLIANI Secretaria/ Dr. MATIAS RAUL COLON Juez

$ 45 Nov. 06