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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
NADINA CARLA CHIAPPA
Por orden sr Juez de 1era lnst de Distrito C y C de la Decimotercera Nom de Rosario se hace saber que en autos: VIDAL, ROBERTO FABIAN C/ OTROS/ Demanda Ejecutiva CUIJ 21-02935500-9 se ha decretado lo siguiente: “Rosario, 29/10/25 Téngase presente lo manifestado. Ordénase la venta en pública subasta
de la 12,5% parte indivisa de un lote de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad designado con el guarismo Uno-d, en el plano confeccionado por el Ingeniero Civil don Orfel
O. Toniolo, en agosto de 1965, archivado en la Dirección General de Catastro de la Provincia, Departamento Topográfico bajo el número 46.272, año 1966 y de acuerdo al mismo dicho lote se encuentra en la calle Andes entre Av. Arijón y la Av. Argentina, a los 56,48 metros de la Avenida Argentina hacia el Norte, compuesto de 15 metros de frente al Oeste, por 19 metros de fondo. Encierra una superficie total de 285 metros cuadrados y linda por su frente al Oeste, con la calle Andes, por el Norte con el lote Uno-e, por el Este con Sucesión Juan Piccinini y por el Sud con el lote Uno-e, dominio inscripto al tomo 739 folio 161 nº 369615, Registro General Rosario, la que se realizará por la martillera Nadina Carla Chiappa en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario sito en calle Moreno 1546 el día 19 de noviembre de 2025 a las 14.00 horas o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto. El inmueble saldrá a la venta con la base de $3.000.000 en el estado de ocupación en que se encuentra según constancia de autos. Seguidamente, si no hubiere postores, con una retasa del 50% ($1.500.000). Déjase expresa constancia que no se dispondrá en esta sede el lanzamiento que dispone el art. 504 del CPCC, debiendo quien resulte comprador promover la pretensión que por derecho corresponda. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble son a exclusivo cargo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia, e IVA si correspondiere. Además, los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, el impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes y en el acto de la subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de la subasta, con más el 3% de comisión, todo al martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso de que el precio de la compra supere el valor de $30.000.-, el comprador deberá abonar el mencionado 10% del precio de compra en el acto de subasta, con la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.- en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar el 10% deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial
abierta para estos autos, con pérdida total de lo abonado en caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si el adquirente no efectuare el pago deberá abonarse por el retraso intereses a la tasa activa mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe SA desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 CPCC. Si luego de intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Déjase constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA, por lo cual de superar el importe de $30.000.-se ejecutará por transferencia bancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/ o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero se deberá oficiar al Registro General con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos pertinentes, abonados los impuestos que- gravan el acto de subasta, así como las tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público, quedando excluidas, por lo tanto, las otras opciones previstas en el art. 505 CPCC. Toda cesión de los derechos y acciones que emerjan de la subasta, deberá efectuarse por escritura pública. Cumpliméntese con la publicidad de ley. Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial por cinco días hábiles (art. 492 CPCC) debiendo constar los mismos agregados un día antes de la fecha de remate. La publicación adicional a la de los edictos constituirá en dos avisos en el Diario La Capital (Sección Remates). Ofíciese a los fines del art. 506 CPCC si correspondiere. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecerá en Secretaría. Hágase saber que se fija como día de exhibición del inmueble los dos días ‘hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta durante los horarios de 14.00 a 15.00 horas. Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran en Secretaría de este Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna. Ténganse presentes los gastos estimados por el martillero en los términos del art. 80 de la ley 7547. Hágase saber a la ejecutante. Notifíquese por cédula”. Fdo: Dra. Verónica Gotlieb .Juez. Asimismo se hace saber que del certificado del Registro General de la Propiedad de Rosario consta el dominio a nombre del demandado registrándose únicamente embargo por los autos que ejecutan por $584.941,50 de fecha 25/8/21 al T° 130E Fº 1085 N° 232756.- Conforme Resolución Afip 745 DNI demandada 22.175.585 .Cuit martillera 27-35222201-7 Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario.Menossi,secretario.
$ 2000 552279 Nov. 6 Nov 12
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san lorenzo
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
MIRIAM CRISTINA GOMEZ
Por orden Juez 1ra. lnst. Distrito C. y C. 2a. Nom., San Lorenzo, la- Sec. suscribiente hace saber que en caratulados: “PLAN ROMBO S.A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ Otros ( D.N.I.· 29.135.919) Y ( D.N.I. 32.758.964 )s/ Ejecucion Prendaria”,·
CUIJ 21-25446113-7se ha dispuesto que la martillera Miriam Cristina. Gómez (mat. 1770-G-152) (C.U.I.T. 27-16387428-3) A los fines de la realización de la subasta ordenada en autos se designa como lugar el-hall de ingreso de estos Tribunales provinciales de San Lorenzo, situados en calle San Carlos Nº 844 de esta ciudad, el día 19 de noviembre de 2025 a las 10,00hs para la subasta del automóvil marca. RENAULT, tipo Sedán 5 puertas, modelo KANGOO II STEPWAY, 1,6 SCE, motor marca RENAULT Nº H4MJ759Q188112, carrocería marca RENAULT Nº 10SR8DGPL495254, DOMINIO AE705QK, AÑO 2022.- Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor Nº 1 de San Lorenzo surge que consta inscripto el dominio a nombre del demandado; prenda por $ 5.407.803,85.- inscripta con fecha 28/11/2022. Embargo por $ 1.105.526,37, intereses por $· 165.828,95 de fecha 25/14/2024 perteneciente a los autos que· ejecutan; no registra inhibiciones. El mismo saldrá a la venta con la siguiente base: PESOS CATORCE MILLONES $ 14.000.000.- Seguidamente y si no hubiere postores con una retasa del· VEINTICINCO POR CIENTO (25%),COMO ULTIMA BASE Se establece una puja mínima de $ 100.000. En el acto de remate el comprador deberá abonar el veinte por ciento (20%) del precio de compra en efectivo en concepto de seña. En el caso de la seña supere los PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) deberá abonar hasta dicho monto en efectivo, en el acto y depositar la diferencia resultante dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasta, en la cuenta abierta por el martillero actuante y/o la parte actora en el Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal San Lorenzo, a la orden de este Juzgado y para. estos autos, acreditándolo en el expediente en el mismo término legal. Asimismo, deberá abonar el DIEZ POR CIENTO (10%) de comisión de Ley del Martillero. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente, aprobada la subasta caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés, la tasa activa promedio mensual capitalizable cada 30 días que publícale Banco Central de la República Argentina, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 497 del CPC. El pago del saldo de precio deberá Realizarse mediante, transferencia a la cuenta judicial abierta para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe. En compras en comisión, se denunciara el comitente y su número de documento en el acto de remate. Publíquense edictos de Ley en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal, conforme lo normado por el art. 492 CPCC, hágase saber a la Martillera que tiene a su cargo y responsabilidad el asegurar la debida publicación de los edictos y con la debida antelación. Son a cargo del comprador lo adeudado en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, patentes, multas, altas, bajas y radicaciones de ser. necesarias, toda otra deuda fiscal relacionada al bien, el - levantamiento de gravámenes, gastos y honorarios correspondientes a la transferencia, e I.V.A. si correspondiere. La entrega del bien. subastado se realizará una vez aprobada la subasta. El vehículo será exhibido los dos días hábiles anteriores a la fecha de subasta, en el. horario de 11 a 13 hs en el domicilio de Avenida San Martín Nº 242 de. la ciudad de San Lorenzo. Se autoriza la publicación adicional que. menciona. Notifiquese al embargante (art. 506 CPC). San Lorenzo, 21. de Octubre del 2025 Dra. Melisa Peretti Secretaria, Dr. Alejandro Andino Juez en Suplencia. San Lorenzo,4 de septiembre de 2025.Dra. Melisa Peretti, secretaria.
$ 363 552276 Nov. 6 Nov. 9