picture_as_pdf 2025-11-14


ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RESOLUCIÓN Nª 014/2025


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

10 de Noviembre de 2025


VISTO:

El expediente Nº 13301-0342998-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones de las Resoluciones Generales N° 30/2025 – API y N° 36/2025 – API relacionadas con los servicios digitales y la Resolución General N° 20/2017- API y sus modificatorias, por la cual se aprueba la aplicación informática “Agentes de Retención Ingresos Brutos – Descarga de Padrones” y las disposiciones de la Resolución General N° 14/2017 que aprueba el Padrón Web Contribuyentes Locales; y


CONSIDERANDO:

Que por la Resolución General N° 30/2025 se establece un régimen de percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los servicios digitales prestados por sujetos no residentes, conforme a la normativa vigente en la Provincia de Santa Fe;

Que por el artículo 3 de la citada resolución general se establecen las alícuotas que los agentes de percepción deberán aplicar, las cuales se fijan en el 3% para la comercialización de servicios de suscripción online para el acceso a toda clase de entretenimientos audiovisuales siempre que no se apliquen los supuestos de la Ley N° 14.325 y la alícuota del 4,5% para el resto de la comercialización de servicios digitales;

Que por otra parte mediante el artículo 4 de la Resolución General N° 36/2025 - API se establece que esta Administración Provincial de Impuestos informará la alícuota correspondiente a cada sujeto, en base al padrón emitido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) disponible en el sitio https://www.afip.gob.ar/iva/servicios-digitales/prestadores.asp;

Que en el Padrón Web Contribuyentes Locales aprobado por la Resolución General N° 14/2017, se incorporó en “Otros Trámites” la opción de Padrones de Ingresos Brutos, accediendo a la misma se despliega la opción “Descarga de Padrones”;

Que atento a ello, resulta aconsejable incorporar los padrones de alícuotas de percepción de servicios digitales en el Padrón Web Contribuyentes Locales en las opciones descriptas en el considerando precedente, así también y con la finalidad de simplificar la obtención de la información que esta Administración Provincial brinda a los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos corresponde incorporar a dicha opción los padrones de: Régimen Simplificado, Régimen General, Convenio Multilateral, Farmacia y Constancia de Exclusión de Retenciones, Percepciones y/o Recaudaciones;

Que en esta instancia a efectos de la aplicación de las percepciones por servicios digitales, se han generado los siguientes archivos, Prestadores de Servicios Digitales 3% y Prestadores de Servicios Digitales 4,5% los cuales se incorporarán en el Padrón Web Contribuyentes Locales;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

POR ELLO:


LA ADMINISTRADORA PROVINCIAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:


ARTÍCULO 1 - Aprobar la opción “Descarga de Padrones” a incorporar en el Padrón Web Contribuyentes Locales, la cual estará disponible ingresando en “Otros Trámites” a “Padrones de Ingresos Brutos”, mediante la cual los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos podrán descargar los distintos padrones allí publicados a efectos de la aplicación de los distintos regímenes de retención y percepción del citado tributo vigentes en la provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 2 - Disponer la publicación de los padrones de alícuotas de percepción de servicios digitales, denominados: Prestadores de Servicios Digitales 3% y Prestadores de Servicios Digitales 4,5% en la opción aprobada en el artículo 1 de esta resolución los cuales estarán disponibles, a partir del día 20 (o día hábil inmediato siguiente) del mes anterior al cual corresponda aplicar la nomina.

ARTÍCULO 3 - Establecer que en la opción aprobada por el artículo 1 precedente se incorporarán los padrones de: Régimen Simplificado, Régimen General, Convenio Multilateral, Farmacia y Constancia de Exclusión de Retenciones, Percepciones y/o Recaudaciones de Ingresos Brutos, que actualmente se encuentran disponibles en la aplicación informática denominada “Agentes de Retención Ingresos Brutos – Descarga de Padrones”, aprobada por la Resolución General Nº 20/2017 – API.

ARTÍCULO 4 - Para acceder a la aplicación informática Padrón Web Contribuyentes Locales mencionada en el artículo 1, los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán tener Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y haber habilitado previamente el servicio: “API - SANTA FE – Padrón Web Contribuyentes Locales” en el sitio www.arca.gov.ar, para lo cual tendrán que seguir el procedimiento establecido en el Anexo 1 de Resolución General Nº 14/2017 – API, aprobado por el artículo 3 de dicha norma.

ARTÍCULO 5 - La presente resolución entrará en vigencia a partir del 12 de noviembre de 2025.

ARTÍCULO 6 - Dejar sin efecto las Resoluciones Generales N° 20/2017 y N° 26/2022, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución general.

ARTÍCULO 7- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese por Newsletter Institucional a través de la Dirección de Coordinación General. Oportunamente, archívese.


C.P. DANIELA MA. DE LUJÁN BOSCO

ADMINISTRADORA PROVINCIAL


Administracion Provincial de Impuestos

S/C 47627 Nov. 14

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS

Y GESTIÓN DE BIENES


DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN


INMUEBLE PARA ALQUILAR

EN LA CIUDAD DE SANTA FE.-

Expediente: 00201-0284713-4.


OBJETO: “LOCACIÓN DE UN INMUEBLE EN LA CIUDAD DE SANTA FE, DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO OPERATIVO DE INVESTIGACIONES REGIÓN I, DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD .”

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: Deberá contar al menos con una superficie mínima cubierta de 250 m², o una cantidad de (09) Oficinas, (02) baños; sector de cocina comedor; sector destinado a depósito de elementos, disponibilidad de servicios en la zona (telefonía e internet); correcto estado de instalaciones eléctricas, preferentemente con climatizadores de ambiente instalados; espacio para estacionamiento (no medido) de al menos (05) vehículos.-

UBICACIÓN DEL INMUEBLE: dentro del ámbito urbano de la ciudad, preferentemente macrocentro.

PLAZO DE LOCACIÓN: 24 meses.-

PRECIO DEL ALQUILER: discriminado en pesos por cada período pretendido (mensual y total). El monto deberá cotizarse como precio final – No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.

Observaciones: El importe previsto para el segundo año locativo, no podrá ser superior a los porcentajes indicados por la reglamentación vigente (Decretos 1555/22 y 1178/25) https://www.santafe.gob.ar/normativa/; pudiendo considerarse para ello, actualizaciones por alguno de los índices utilizados habitualmente (IPC o ICL)

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS: 05 días a partir de la fecha de publicación de la presente.

LUGAR DE PRESENTACIÓN: Subdirección General de Compras y Gestión de Bienes – DGA – Ministerio de Justicia y Seguridad, Prov. de Santa Fe, a traves del correo electrónico en formato PDF a la dirección: dga_alquileres@santafe.gov.ar.-

INFORMES Subdirección General de Compras y Gestión de Bienes - Tel.: (0342) 4505100 – interno 6170

Correo Electrónico: dga_alquileres@santafe.gov.ar-

S/C 47597 Nov. 14

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INMUEBLE PARA ALQUILAR


EN LA CIUDAD DE SANTA FE.-

Expediente: 00201-0276715-9.


OBJETO: “LOCACIÓN DE UN INMUEBLE EN LA CIUDAD DE SANTA FE, DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO PERSONAL (D1) DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD .”

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: Deberá contar al menos con una superficie mínima cubierta de 280 m², o una cantidad de (16) Oficinas, (02) baños; sector de cocina comedor; sector destinado a depósito/Archivo general con una superficie no menor a 80 m2, disponibilidad de servicios en la zona (telefonía e internet); correcto estado de instalaciones eléctricas, preferentemente con climatizadores de ambiente instalados.-

UBICACIÓN DEL INMUEBLE: preferentemente macrocentro, 400 metros a la redonda del edificio del

PLAZO DE LOCACIÓN: 24 meses.-

PRECIO DEL ALQUILER: discriminado en pesos por cada período pretendido (mensual y total). El monto deberá cotizarse como precio final – No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.

Observaciones: El importe previsto para el segundo año locativo, no podrá ser superior a los porcentajes indicados por la reglamentación vigente (Decretos 1555/22 y 1178/25) https://www.santafe.gob.ar/normativa/; pudiendo considerarse para ello, actualizaciones por alguno de los índices utilizados habitualmente (IPC o ICL)


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS: 05 días a partir de la fecha de publicación de la presente.

LUGAR DE PRESENTACIÓN: Subdirección General de Compras y Gestión de Bienes – DGA – Ministerio de Justicia y Seguridad, Prov. de Santa Fe, a traves del correo electrónico en formato PDF a la dirección: dga_alquileres@santafe.gov.ar.-

INFORMES Subdirección General de Compras y Gestión de Bienes - Tel.: (0342) 4505100 – interno 6170

Correo Electrónico: dga_alquileres@santafe.gov.ar-

S/C 47613 Nov. 14

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