picture_as_pdf 2025-11-18



ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


REGIONAL ROSARIO


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al Sr. CASTILLO ANGEL ADOLFO con domicilio sito en calle Entre Rios N° 5968 de la ciudad de Rosario, en carácter de Socio Gerente de la firma ALIMENTOS BALANCEADOS PARA MASCOTAS S.R.L., inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuestos sobre los Ingresos Brutos N° 021-660397-6, CUIT N° 30-71603857-9; por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014),el inicio de inspección, dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-1044812-5 “ALIMENTOS BALANCEADOS PARA MASCOTAS S.R.L.”

Notificación de Inicio de Inspección

Responsable: Sr./a.: Castillo Angel Adolfo D.N.I. Nº 8.205.264.

Domicilio: Entre Ríos 5968 – Rosario. Carácter: Socio Gerente

Contribuyente: ALIMENTOS BALANCEADOS PARA MASCOTAS SRL. Cuenta Nº: 021-660397-6

Domicilio: Zeballos 4026

Localidad: (2000) Rosario – Santa Fe

Me dirijo a Ud. a fin de notificarle que la ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS, ha dispuesto en fecha 08/11/2024 la realización de una Inspección mediante Expediente Nº 13302-1044812-5, con el fin de verificar el cumplimiento de la Legislación Fiscal Provincial, cuya aplicación y fiscalización le corresponde de acuerdo a lo prescripto en los Art. 14 y 15 del Código Fiscal vigente (Ley Nº 3456 t.o. Dec. Nº 4481/14).

En los términos del Art. 74 del Código Fiscal vigente (Ley Nº 3456 t.o. Dec. Nº 4481/14) se hace saber lo siguiente:

1. Tributos sobre los que se realiza la inspección: Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuestos de Sellos.

2. Períodos fiscales objeto de la inspección: 05/2022 a 09/2024.-

3. Funcionarios a cargo de la inspección: Inspector:C.P. María Belén Arbizu – Supervisor: C.P. Marcelo Philipps

4. Que durante el procedimiento de inspección el contribuyente o responsable tiene derecho a contar con asesoramiento legal y contable a su exclusivo cargo, y a no efectuar declaraciones en su contra con incidencia penal.

Asimismo se pone en su conocimiento que de acuerdo a información obtenida del Registro Público, Usted se desempeña en el cargo de Gerente a partir del 15/03/2017, por lo que sería de aplicación lo dispuesto por el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (Ley Nº a 3456 t.o. Dec. Nº 4481/14.) en los Artículos 26 y 28 inc. a) respecto a la Responsabilidad por Deuda Ajena y Solidaridad de Responsables.

Se advierte que la inspección que se le practica al mencionado contribuyente, NO interrumpe las obligaciones fiscales que le corresponden cumplir, por cuya causa deberá efectuar todos los pagos pertinentes y presentar las declaraciones juradas respectivas por los períodos fiscales que venzan en el transcurso de la misma.

Se deja constancia que la fiscalización que se inicia es de carácter parcial y comprende únicamente los períodos y conceptos objeto de la misma, así como que las facultades de fiscalización y de aplicación de las multas correspondientes han sido otorgadas a este organismo provincial por el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe.

MARIA BELEN ARBIZU

Firma Inspector

MARCELO J. PHILIPPS

Firma Supervisor

DANIEL R. VIZUETA

Firma Director

MARIA BELEN ARBIZU

Firma Responsable

Dirección de Fiscalización Nº III, Rosario, Santa Fe, 4 de Julio de 2025.

$ 100 552585 Nov. 18 Nov. 20

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