REGISTRADA BAJO EL N.º 14419
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1 - Ratifícase y prorrógase, en todos sus términos, la vigencia de la Ley N° 13317 y sus modificatorias N° 13439, N.º 13590, N.º 13812, N° 14018 y N.º 14189, a favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada, por el plazo de dos (2) años contados desde la fecha de vencimiento de la última prórroga.
ARTÍCULO 2 - Decláranse válidos los actos, gestiones y procedimientos realizados durante el lapso comprendido entre el vencimiento de la citada ley y la entrada en vigencia de la presente, siempre que se ajusten a las disposiciones de la Ley N° 13317 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3 - Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TRECE DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
MARIA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO N.º 2835
SANTA FE, 19 de Noviembre de 2025
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 14419 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
PULLARO
Bastia Fabian Lionel
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