picture_as_pdf 2025-11-20



REGISTRADA BAJO EL N.º 14419


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTICULO 1 - Ratifícase y prorrógase, en todos sus términos, la vigencia de la Ley N° 13317 y sus modificatorias N° 13439, N.º 13590, N.º 13812, N° 14018 y N.º 14189, a favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada, por el plazo de dos (2) años contados desde la fecha de vencimiento de la última prórroga.

ARTÍCULO 2 - Decláranse válidos los actos, gestiones y procedimientos realizados durante el lapso comprendido entre el vencimiento de la citada ley y la entrada en vigencia de la presente, siempre que se ajusten a las disposiciones de la Ley N° 13317 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3 - Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TRECE DEL MES

DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.


CLARA GARCIA

PRESIDENTA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

GISELA SCAGLIA

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

MARIA PAULA SALARI

SECRETARIA PARLAMENTARIA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

AGUSTÍN C. LEMOS

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO N.º 2835


SANTA FE, 19 de Noviembre de 2025


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 14419 efectuada por la H. Legislatura;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:


Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

PULLARO

Bastia Fabian Lionel

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