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santa fe
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación Secretaría única de Santa Fe en autos caratulados: "MENDOZA JUAN RODOLFO C/ LOSTALO MARIA CLARA TERESITA S/ ORDINARIO DE USUCAPIÓN" CUIJ 21-01020890-1 el Sr. Juez ha dictado la siguiente Resolución Nº 290: "Santa Fe, 29 de septiembre de 2025. VISTOS (...); RESULTA(...); CONSIDERANDO (...); RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda de usucapión sobre el inmueble que, conforme el certificado catastral agregado a fs. 384, se describe como: "Una fracción de terreno, ubicado en zona suburbana del distrito Arroyo Leyes del departamento La Capital designado como lote 1 del plano de mensura registrado en el Servicio de Catastro e Información Territorial con el número DU2208/2013 con frente al Sur sobre CALLE 22, entre CALLE 37 y RUTA PROVINCIAL 1 , a los 37.3 metros de RUTA PROVINCIAL 1 hacia el Este, poligonal cerrada de límites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A - B mi.d,e 39.59 metros, linda al Oeste con MENDOZA VALERIA G. Y OT., ACEVEDO RAMON ANGEL Y OT., REK LUISA NELLY; el lado B - C mide 15.00 metros, linda al Norte con GALLO MARIA GABRIELA Y OT.; el lado C - D mide 39.10 metros, linda al Este con GIACOMINO NORA MARCELA; el lado D -A mide 15.01 metros, linda al Sur con CALLE 22 y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 88°7'0", vértice B: 90°0'0", vértice C: 90°0'0", vértice D: 91°53'0". Encierra una superficie de 590.21 metros cuadrados" y declarar adquirido el dominio por parte de Griselda Marina Basset, Valeria Guadalupe Mendoza, Diana Andrea Mendoza y Rafael Alejandro Mendoza en fecha 2.1.2012. 2) Imponer las costas de conformidad con lo indicado en los considerandos precedentes. 3) Ordenar que oportunamente se inscriba el dominio del inmueble referido en el Registro General a nombre de Griselda Marina Basset, Valeria Guadalupe Mendoza, Diana Andrea Mendoza y Rafael Alejandro Mendoza, previo cumplimiento de los recaudos legales respectivos y depósito de los aportes correspondientes a las cajas profesionales. 4) Diferir I regulación de honorarios para cuando se determine la base regulatoria. Insértese, e 1dase copia, hágase saber y publíquense edictos por el plazo de ley en el Boletín Oficial. FIRMADO: Dr. José Ignacio Lizasoain, Juez."
$ 100 552391 Nov. 25 Nov. 27
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Ma. Alfonsina Pacor Alonso, en autos “PUCHETTA, GRACIELA NORA EMA c/ARRONGA, MIRIAN A. MANTOVANI de y Otros s/Prescripción Adquisitiva”, CUIJ 21-02027772-3, Año 2021, se ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 03 de Noviembre de 2025.- Téngase presente. Agréguense los edictos, informes y cédulas acompañados. Atento lo manifestado y haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese rebelde a los demandados. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese.- Dra. María Alfonsina Pacor Alonso – Secretaria”. En consecuencia, quedan los demandados debidamente notificados del decreto transcripto precedentemente. Santa Fe, noviembre de 2025.
$ 50 552491 Nov. 25 Nov. 27
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Por disposición del Sr. Juez a cargo de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Lucio Alfredo Palacios se hace saber que en los autos caratulados “"RUIZ, VICTORIA DEL CARMEN S/ QUIEBRA" (Expte. N° 21-02055241-4) " , se ha dispuesto publicar el presente por el término de cinco (5) días de conformidad con lo establecido en el art. 89 de la Ley 24522 haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe 7 de octubre de 2025... 10°) Fijar el día 28-11-.2025 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. “Firmado Dr. Lucio Alfredo Palacios -Juez - Dra. Romina Soledad Freyre -Secretaria”.
El Síndico designado en audiencia del 15 de octubre de 2025 es la CPN Marcela Maldonado con domicilio en calle Vieytes 2231 de la ciudad de Santa Fe con días de atención de lunes a viernes de 17:00 hs a 20:00 hs en el citado domicilio.
S/C 552800 Nov. 25 Dic. 01
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos: “LEZCANO, BLANCA AZUCENA C/ TORRES, JUAN ANDRES S/ USUCAPION” (Expte. 21-22696317-8) se hace saber a Torres Juan Andres que en autos se han regulado honorarios profesionales, conforme se transcribe: “ESPERANZA, 15 de abril de 2025.- Y VISTOS: Estos caratulados "LEZCANO, BLANCA AZUCENA C/ TORRES, JUAN ANDRES S/ USUCAPION " (CUIJ N °21226963178), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 19, venidos para resolver el pedido de regulación de honorarios profesionales en autos, y: CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: 1.Regular los honorarios profesionales de la Dra. María Laura Almirón, por su actuación en esta instancia, en 33 “JUS”, que conforme su valor en moneda de curso legal publicado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe representa, en la actualidad, la suma de $ 3.100.946,31 por la labor profesional desempeñada en autos. 2.Regular los honorarios profesionales de la Dra. Indiana Milessi, por su actuación en esta instancia, en 27 “JUS”, que conforme su valor en moneda de curso legal publicado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe representa, en la actualidad, la suma de $ 2.537.137,89 por la labor profesional desempeñada en autos 3.Fijar, como tasa de interés moratorio a adicionar a la suma dineraria indicada, desde que la presente regulación quede firme hasta que se concrete su Pago la tasa activa capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para las operaciones de descuento de documentos. 4.Córrase Vista a la Caja Forense (clave de acceso 9558). Notifíquese.” - Dra. Victoria Lang - Dr. Adrián de Orellana; lo que se publica en el Boletín Oficial por el término de tres días.
$ 100 552515 Nov. 25 Nov. 27
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Por disposición del Dr. Rubén Angel COTTET, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N°3, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela ROMAGNOLI, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: "SECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ ORTIZ, NELSON Y MOREYRA DANISA S/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 ( 21-10779230-6 ), se notifica por edicto al -Sr. NELSON ORTIZ, DNI N° 43.529.965, con domicilio actual desconocido-, de lo ordenado en autos: Quien suscribe, Secretaria/o del Juzg.Unipersonal.de Familia N° 3, por la presente cédula, hace saber a Ud/s. que en autos caratulados: "SECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ ORTIZ, NELSON Y MOREYRA DANISA S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 ( 21-10779230-6 - ), se ha ordenado lo siguiente “ SANTA FE, 23 de Julio de 2025. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida formal notificación de Cese de Medida de Protección Excepcional y restitución del niño al cuidado personal de su madre DANISA SABINA MOREY y de Resolución Definitiva de dicha Medida de Protección Excepcional con sugerencia de privación de responsabilidad parental en relación al progenitor NELSON ORTIZ dispuestas por Disposición N° 000117 de fecha 25-06-2025, respecto del niño CIRO MATEO ORTIZ (DNI 59.909.448), la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley N° 12967. Cítese a NELSON ORTIZ, para que comparezca a estar a derecho, se expida sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezca pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Autorízase la notificación por edictos. Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto III de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones Atento la conexidad invocada y dada la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación de las presentes actuaciones al expediente caratulado “SECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ORTIZ, NELSON Y MOREYRA DANISA S/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 “(21-10772960-4). Dése intervención a la Defensoría General Civil nro. 4.Notifíquese.” Fdo: Rubén A. Cottet (Juez); Ma. Marcela Romagnoli (Secretaria). En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.
S/C 47701 Nov. 25 Nov. 27
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Por disposición del Dr. Fernando Gastiazoro, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Esther Mazzarello, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “SDNAF Y OTROS C/ GONZALEZ, MARTIN ERNESTO Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (RESOLUCION DEFINITIVA) 21-10755771-4, se notifica por edicto a la -Sra. MARIA EUGENIA JARA, DNI N° 31.880.853, con domicilio actual desconocido-, de lo ordenado en autos: La que suscribe, Secretaria Autorizante, por la presente hace saber a Ud. que en los autos caratulados: “SDNAF Y OTROS C/ GONZALEZ, MARTIN ERNESTO Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (RESOLUCION DEFINITIVA) 21-10755771-4 se ha decretado lo siguiente: “Quien suscribe, Secretaria/o del Juzgado Unipersonal de Familia N° 5, por la presente cédula, hace saber a Ud/s. que en autos caratulados: SDNAF Y OTROS C/ GONZALEZ, MARTIN ERNESTO Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (RESOLUCION DEFINITIVA) 21-10755771-4, se ha ordenado lo siguiente SANTA FE, 20 de Mayo de 2025 Conforme a las constancias obrante en los autos conexos CUIJ: 21-10727626-9 a fs 36 vto. -partida de nacimiento se verifica que Yazmin Milagros Gonzalez- ha cumplido la mayoría de edad, ordénase el cese de la intervención de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia (art. 2 de la ley 12.967). Pongase en conocimiento de la Defensoria interviniente. Notifiquese por cédula (art. 62, inc 8° del CPCC). Fecho, archivese. Notifiquese. Maria Esther Mazzarello Secretaria Fernando Gastiazoro Juez a/c
En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.
S/C 47702 Nov. 25 Nov. 27
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Por disposición del Dr. Fernando Gastiazoro, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Esther Mazzarello, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “S.D.N.A.F. C/ GONZALEZ MARTÍN ERNESTO Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (CONTROL DE LEGALIDAD)” (CUIJ N° 21-10727626-9, se notifica por edicto a la -Sra. MARIA EUGENIA JARA, DNI N° 31.880.853, con domicilio actual desconocido-, de lo ordenado en autos: “Quien suscribe, Secretaria/o del TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA NRO 3, por la presente cédula, hace saber a Ud/s. que en autos caratulados: "SDNAF C/ GONZALEZ MARTÍN ERNESTO Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (CONTROL DE LEGALIDAD) ( 21-10727626-9 - ), se ha ordenado lo siguiente “ SANTA FE, 20/10/2021. Y VISTOS: Los autos del epígrafe que se tramitan por ante la Secretaría de Vulnerabilidad N° 2 de este Tribunal, de los que, RESULTA: La Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, a través de la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, promueve demanda de notificación de medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad dictada por disposición administrativa N° 000113 de fecha 07.09.2020 la que tiene por sujeto de protección a la adolescente Yazmín Milagros González respecto del ejercicio de la responsabilidad parental de Martín Ernesto González y Mariana Eugenira Jara, acompañando copia de todos los informes y actuaciones administrativas que la fundamentan. Relata los hechos que rodean al grupo familiar, las circunstancias determinantes de la solución adoptada, como asimismo la decisión del organismo administrativo competente y el plan de acción al que se han abocado los auxiliares correspondientes. La referida medida se sustenta en el interés superior de la adolescente, el cual exige la separación y/o no permanencia en el núcleo familiar conviviente, teniendo por finalidad la conservación y recuperación del ejercicio y goce de los derechos vulnerados y la reparación de sus consecuencias. A través del cargo n° 21.630 se glosa la partida de nacimiento de la joven, a fin de acreditar el vínculo con sus progenitores, quienes fueron notificados de la medida adoptada, mediante notificación ad hoc y publicación de edictos. Se dispuso correr vista de las actuaciones a la Defensoría General, habiéndose expedido la funcionaria interviniente mediante el cargo n° 26.931. Y CONSIDERANDO: De conformidad a lo normado por el Art. 65 de la ley 12.967, este Tribunal debe expedirse sobre el control de legalidad de la medida adoptada por la autoridad de aplicación, ratificándola o rechazándola, ponderando el cumplimiento de los requisitos formales y la razonabilidad de las mismas. En cuanto a la acreditación de los recaudos formales, de los antecedentes acompañados por la autoridad administrativa surge que se ha adoptado medida de protección excepcional conforme el Artículo 51, primer párrafo de la citada norma, dado que la adolescente fue separada temporalmente de su centro de vida, decisión tomada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, autoridad competente conforme al último párrafo del mencionado Artículo 51 y Artículo 58 de dicho estatuto. La notificación a los progenitores se efectuó en fecha 02.11.2020 (con copia de la resolución administrativa y transcripción de los Arts. 60, 61 y 62 de la ley 12.967 y Dec. Reglamentario) siendo el pedido de control de legalidad incoado ante este Tribunal el 13.11.2020. Así, si bien no se informa en el escrito de demanda la fecha de firmeza 06.10.2020 (Art. 51, cuarto párrafo ley 12.967) considerando los diez días que prevé la normativa para interponer recurso de revocatoria, las actuaciones administrativas fueron puestas a disposición del órgano jurisdiccional excediendo el plazo previsto por el Artículo 63 de la ley 12.967. Cabe destacar que se cumplimenta la presentación de la resolución adoptada en original y copia certificada de los informes y actuaciones practicadas, de acuerdo a la reglamentación del mencionado artículo. En lo que refiere a la labor del Equipo Interdisciplinario actuante, se advierte que fundó la solicitud de adopción de la medida, explicitando los derechos vulnerados que se intentan restablecer (Derechos a la vida, a la integridad personal y a la salud - Arts. 1, 10 y 13 de la ley 12.967) en pos del superior interés del niño. Asimismo, se resolvió que la no aplicación urgente e inmediata de la medida implicaría un grave riesgo para la vida e integridad psicofísica de Yazmín, de conformidad a lo normado en el Artículo 58 bis de la ley 12.967. Cabe destacar que la falta de cumplimiento de algunos de los extremos establecidos por la ley, no importa en sí mismo el rechazo de la medida. Ello debe ser ponderado en función del peso específico de la anomalía detectada, su impacto en una eventual vulneración de garantías constitucionales y, sobre todo, a la luz del control de razonabilidad que a continuación se practica (“Fernandez, V.B. DPPDNAF s/ Medida de Protección Excepcional de Derechos” - Expte. N° 706/12 – Auto N° 896 de fecha 04.04.2012 – Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Rosario). A fin de efectuar el mismo, resulta necesario reseñar la situación de vulneración y seguimiento efectuado por el organismo de aplicación para determinar si se decidió la modalidad de actuación apropiada en función de las circunstancias del caso. El mencionado equipo interdisciplinario elevó el Informe Técnico solicitando la adopción de la medida excepcional habiendo relatado los antecedentes del caso, sus consideraciones profesionales y el plan de acción a seguir. Asimismo, obra el dictamen del área legal a favor de la medida excepcional solicitada, de conformidad a la reglamentación del Artículo 59 de la ley 12.967 (cargo n° 21630, 25772 y 25775). Así se advierte que se requiere la intervención de la Secretaría con el grupo familiar a través del dispositivo de Guardia por solicitud de Caritas, los que habiendo realizado las respectivas denuncias por presunta situación de tratos y abandono, solicitan Ia intervención de la Fiscalía de turno. Explican que el dispositivo de Guardia entrevista a la familia nuclear de Ia niña, remarcando la entrevistante la dificultad al momento de una conversación con los hermanos de Ia niña –los mismos son muy dispersos– quienes manifiestan ayudar en el cuidado de su hermana y niegan la situación de malos tratos. Explicitan que en la entrevista mantenida con el progenitor de Ia niña y su pareja, se los observa preocupados y angustiados, niegan malos traros, asegurando haber realizado todos los controles médicos y suministro de la medicación prescrita. Relatan que la progenitora de Ia niña no tiene contacto con ella y que es su progenitor quien ha asumido su cuidado. El Equipo actuante acredita entrevista con parte de Ia familia ampliada, las que se encuentran dispuestas a alojar a Ia niña pero, dado su estado de salud, no se concretó. De las entrevistas realizadas con el progenitor, los profesionales intervinientes han observado su angustia por la separación con su hija, manifestando cumplir con controles médicos asi como tambien niega ejercer malos tratos sobre la niña. En las copias del Legajo administrativo acompañado por la Secretaria, se encuentran acreditadas distintas Medidas de Protección Integral que fueran adoptadas sobre idéntico grupo familiar, con intervenciones que datan de 2011, como también diferentes estrategias institucionales implementadas en articulación con otros organismos a fin de asegurar a la niña los cuidados que requiere la patología de Yazmín, ante las reiteradas negligencias en la administración de la medicación anticonvulsiva. Los técnicos interdisciplinares actuantes detallan que del análisis de Ia situación surgen sendos indicadores de negligencia de parte de los adultos responsables del cuidado de la niña, que no encuentran justificación en su situación económica, en la discapacidad de la adolescente, por cuanto las negligencias mencionadas fueron observadas en sus otros hijos. Igualmente resportan que los progenitores también han hecho caso omiso a las indicaciones formuladas por el órgano de protección, en relación a las interconsultas y otros temas relacionados con Ia salud y aprendizaje de sus hijos. Debido a todo lo relatado, se evidencia la carencia de los progenitores para garantizar el acceso al ejercicio de los derechos y el cuidado de la joven Yazmín, es por ello que se da inicio al procedimiento de adopción de Medida de Protección Excepcional de Derechos Urgentes conforme lo preceptuado en los Artículos 58 y 58 bis de la ley 12.967 y su modificatoria ley N° 13.237. Se dispone el alojamiento de la adolescente dentro del Sistema de Cuidados Alternativos Institucionales. La Defensoría General N° 5 no tiene observación que formular a la Medida de Protección Excepcional adoptada por el organismo competente (Fs. 26.931) ya que tiende a tutelar los derechos vulnerados de la adolescente Se han evaluado los recaudos exigidos por la ley provincial 12.967 (de adhesión a la nacional 26.061) y decreto reglamentario N° 619/2010, para la adopción de la medida excepcional puesta a conocimiento de esta magistratura, considerando que la medida adoptada es adecuada, necesaria y proporcionada con los hechos que le dieron sustento y con la protección del superior interés del niño, debiendo ser confirmada. Sin perjuicio de ello y advirtiendo que la solicitud de control de legalidad fue presentada excediendo los plazos legales establecidos, se requerirá a la —hoy— Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe (Dec. Prov. N° 177/2019) que en futuras oportunidades dé cumplimiento a lo normado por el Artículo 63 de la ley 12.967. Por lo precedentemente expuesto, de conformidad a lo dictaminado por el Ministerio Público y las normas legales citadas, es que RESUELVO: 1) Tener por formulado el control de legalidad de la medida de protección excepcional, adoptada por Disposición Administrativa N° 000113 de fecha 07.09.2020 la que tiene por sujeto de protección a la adolescente Yazmín Milagros González, ratificándose la misma. 2) Requerir a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la satisfacción de los requisitos establecidos en la ley 12.967, su modificatoria ley 13.237, decreto N° 619/2010 y normativa del Código Civil y Comercial, en especial, el cumplimiento de los plazos legales. 3) Oficiar a la ANSeS a fin de que se suspenda el pago de la Asignación Universal por Hijo y cualquier beneficio social a Martín Ernesto González (DNI N° 28.731.395) y Mariana Eugenira Jara (DNI N° 31.880.853) que tenga por beneficiaria a la adolescente Yazmín Milagros González (DNI N° 47.761.522) y se depositen dichos montos en una cuenta judicial que previamente deberá encontrarse abierta a la orden de esta Secretaría y Tribunal; autorizándose a los profesionales intervinientes por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la persona por estos propuesta para su diligenciamiento. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General actuante en su despacho. Notifíquese por cédula el presente de acuerdo a lo establecido por el Art. 66 ley 12.967 encomendándose la realización de dichas diligencias al organismo compareciente. Oportunamente archívese.- Silvina Loza Secretaría Fabio M. Della Siega Juez”.
En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.
S/C 47703 Nov. 25 Nov. 27
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Por encontrarse dispuesto, en los autos caratulados: “BALESTIERI, HECTOR S/ PEDIDO DE QUIEBRA” 21-01983273-9, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N.º 1 en lo Civil y Comercia de la PRIMERA Nominación ciudad de Santa Fe a cargo del Sr. Juez a cargo el Dr. CARLOS MARCOLIN, y Secretaria Dra. MA. ROMINA BOTTO se hace saber a usted por 02 (dos) días publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado proyecto de distribución complementario efectuado por Sindicatura.-
A continuación se transcribe el decreto que ordena: “ SANTA FE, SANTA FE, 16 de octubre de 2025. Proveyendo escrito cargo n° 10893/25: Agréguese. Atento las constancias de autos, de manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución complementario efectuado por Sindicatura a fs. 399/400. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Notifiquese. Fdo. DR. CARLOS MARCOLIN. Juez a cargo. DRA. MA. ROMINA BOTTO. Secretario. Santa Fe, de Octubre de 2025.
S/C 551960 Nov. 25 Nov. 26
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos "NEU, ZUNILDA DEL CARMEN S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" - CUIJ 21-02052478-9, ha sido designado Síndico a la C.P.N. María Inés Margherit, con domicilio en calle Grand Bourg 4270 de esta ciudad. La síndico atiende de lunes a viernes en el horario de 14 a 20 hs. A todos los efectos que corresponda denuncia como correo electrónico а ines.margherit@gmail.com donde los interesados podrán dirigirse para hacer las consultas necesarias para el proceso de verificación de créditos.- Dr. Néstor A. Tosolini, Secretario.
S/C 547281 Nov. 25 Dic. 01
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS -Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Treceava (13º) Nominación de la ciudad de Santa Fe- en los autos caratulados “BUGNON, MARCIAL PLINIO S/ SUCESORIO” (cuij 21-02056877-9) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores del Sr. BUGNON, MARCIAL PLINIO, D.N.I. M6.233.890, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimiento de ley. A tales efectos publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad. FDO: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).- Santa Fe, noviembre de 2025.
$ 45 Nov. 25
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Civil Comercial y de Trabajo de San Justo en autos FARIAS, EGLY NOEMI Y SIFREDI, ALBERTO HÉCTOR S/ SUCESORIO 21- 26191772-3 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO HECTOR SIFREDI – DNI M 6.227.109 y de Egly Noemí FARÍAS y/o Egli Noemí FARÍAS- DNI F 4147694 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y se exhibe edicto en el Hall de Tribunales según acordada del 07/02/1996. San Justo de noviembre de 2025
4 45 Nov. 25
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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo – Secretaria Única, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o a todos quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia del causante don Agüero, Luis Alberto, Doc. Ident: 22.917.072, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos ´´ AGUERO, LUIS ALBERTO S/ SUCESORIO – CUIJ: 21-26193184- 9´´. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (art. 592 y 67 mod. Ley 11287 CPCC). FDO: DR. LEANDRO CARLOS BUZZANI (Secretario) DRA. LAURA M. ALESSIO (Jueza).-
$ 45 Nov. 25
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Prov. de Santa Fe – Distrito N° 18.-, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don TONONI MIGUEL ANGEL, D.N.I. M6.353.044, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “TONONI MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO 21-26192373-1 los que se publican a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall del Juzgado.-
4 45 Nov. 25
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios –Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: “COSGAYA, JUSTINA QUIRINA S/ SUCESORIO”, CUIJ Nº 21-02054976-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña: JUSTINA QUIRINA COSGAYA, DNI 4.614.626, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y el hall de estos tribunales. Los que se publican a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL Santa Fe, …… de Noviembre de 2025. Fdo. DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS, Juez A/C.
$ 45 Nov. 25
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe ) en los autos “ GUMY TERESA AVELINA y su acumulado GUMY TERESA AVELINA s/ sucesorio “ ( expte 21 -02056385-8) 21-02049245-4 se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de doña TERESA AVELINA GUMY (DNI: 6.030.904) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL en el hall de Tribunales. Dr.: Ivan G Di Chiazza (Juez a/c).
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la PRIMERANominación) en autos caratulados: “SILVA, LIBERATO ANTONIO S/SUCESORIO”- CUIJ:21-02045207-9 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don LIBERATO ANTONIO SILVA, DOC. IDENT. D.N.I. 4.605.137 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Santa Fe,…de noviembre de 2025.- Fdo: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).
$ 45 Nov. 25
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación), en autos caratulados: “SELVA, OSVALDO DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02050384-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Don OSVALDO DANIEL SELVA, D.N.I. N° 11.278.772, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DRA. GISELA GATTI, SECRETARIA.- Santa Fe, JULIO DE 2.025-
$ 45 Nov. 25
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados, OLGUÍN LUIS RAMÓN S/ SUCESORIO, CUIJ 21-02054620-1, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de LUIS RAMÍN OLGUÍN D.N.I 6.249.424, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo: Dr. Abad, Gabriel (Juez). Santa Fe, 19 de Noviembre de 2025.
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“Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Tercera Nominación) en autos caratulados “COSENTINO, MARCELO Y OTROS s/Sucesorio (CUIJ. Nº 21-02057030-7) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MARCELO COSENTINO, DNI 08.501.464 y MIRTA GRACIELA CORAZZA, DNI 10.862.036, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial”. Fdo. Dr. Guillermo A. Vales - Juez a/c.
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Santa Fe), secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados “NAPUT, Alicia Claudia s/ Sucesorio” (CUIJ Nº 21-02056785-3), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora Alicia Claudia Naput, D.N.I. Nº 14.558.858, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Santa Fe, 18 de noviembre de 2025. Firmado: Dr. Guillermo A. VALES (Juez). Santa Fe, ……. de noviembre de 2025.
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS SEC. UNICA, en los autos caratulados “RIQUELME, HUGO DANIEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02055117-5) -Juzgado Primera Instancia Civil y Comercial 8 Nominación- se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don HUGO DANIEL RIQUELME D.N.I.: 20.179.576, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo.: DRA. CLAUDIA SÁNCHEZ (Secretaria); DR. IVAN G. DI CHIAZZA (Juez). Santa Fe, 05 de septiembre de 2025.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza (SF), en autos caratulados “AUGSBURGER MAURICIO FAUSTINO S/ SUCESORIO”, CUIJ 21-26307242-9, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MAURICIO FAUSTINO AUGSBURGER, LE 6.204.248, para que comparezcan a hacerlos valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el Hall del Juzgado. Firmado. Dra. Julia Fascendini (Secretaria) Dra. Virginia Ingaramo (Jueza) ESPERANZA, de octubre de 2025
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 17, Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de don NÉLIDA AZUCENA AGUIRRE DNI N° 5.410.681, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “AGUIRRE, WALDINO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” – CUIJ N° 21-26327325-4, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Villa Ocampo, de de 2025
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Santa Fe), en autos caratulados “CHIAPELLO, RENE PEDRO S/ SUCESORIO”, CUIJ 21-02057016-1, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de RENE PEDRO CHIAPELLO, DNI 06.251.860; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial por un (1) día. Firmante: DR. Guillermo A. Vales (Juez). Publíquese por un (1) día.- Santa Fe, 14 de Noviembre 2025
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios y radicados en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “AVALO, Miriam Corina S/SUCESORIO” - CUIJ N° 21-02056875-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Avalo, Miriam Corina, D.N.I. N°: 5.381.777 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Guillermo A. Vales, Juez.
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios-Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra Nominación de Santa Fe) en autos caratulados ““DELLAZANA, ANGEL JUAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-02056616-4” se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y/o legatarios de DON DELLAZANA ANGEL JUAN, DNI: 6.248.488 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DR. JOSE IGNACIO LIZASOAIN (JUEZ A/C.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe - en autos caratulados: "BAICHE BELKIS BEATRIZ S/ SUCESORIO" CUIJ 21-00854451-1, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de BELKIS BEATRIZ BAICHE , D.N.I. N° 17.222.544 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo: Dra. Maria Alonsina Pacor Alonso Secretaria.
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13º Nominación de Santa Fe), en autos caratulados “QUINTANA, MARTA ESTELA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02056850-7), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de QUINTANA, MARTA ESTELA, D.N.I. N.º F4.639.329 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. FDO: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 13ra. Nom., con domicilio en calle San Jerónimo 1551, de la ciudad de Santa Fe, en autos JOZAMI, LUIS MARIA S/ SUCESORIO (21-02056939-2), se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores del causante, Sr. Luis Maira Jozami DNI N° 12.375.246, fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el dia 11 de Agosto del año 2025, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Dr. GUILLERMO A. VALES
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “MARTINUZZI, TERESA RAMONA S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-02056949-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Teresa Ramona Martinuzzi, D.N.I. Nº 6.620.980, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Guillermo A. Vales ( Juez).
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tostado
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de Tostado, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela Barrera; se cita, y emplaza a todos los que se crean con derecho a los bienes dejados por el causante Don VALENZUELA CRISTIAN ALDO, DNI Nro. 21.723.190, con ultimo domicilio en calle Juan Jose Paso s/n de la localidad de Santa Margarita, Departamento 9 de Julio, Provincia de Santa fe; para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “VALENZUELA CRISTIAN ALDO S/ SUCESORIO”- Expte. CUIJ Nº 21-26215990-3.- Publíquese los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado de Noviembre de 2025. Fdo. Dra, Dra. Marcela A. Barrera, Secretaria; Dr. Jorge Federico Acuña, Juez.-
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san jorge
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito No 11, en lo Civil, Comercial y laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos "MADERA, HUGO ANTONIO C/ PEDERNERA, SILVERIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" (CUIJ 21-26255591-4), se hace saber la declaración de REBELDÍA de la SRA. PEDERNERA SILVERIA, como resulta del decreto que a continuación se trascribe: "SAN JORGE, 02 de Septiembre de 2025 Agréguese. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley declárase rebelde a PEDERNERA, SILVERIA. Notifíquese. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre, Secretaria, Daniel M Zoso Juez. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. 07 NOV 2025.
$ 33 552669 Nov. 25 Nov. 26
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san cristobal
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de San Cristóbal ( Pcia. de Santa.Fe), en autos CABRERA, ALDO MANUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-26141362-8 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CABRERA ALDO MANUEL, DNI 6.309.559, con último domicilio en calle Caseros Nº 330 de la localidad de San Cristóbal (Sta. Fe), fallecido en fecha 31/07/2015, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Dr. Alexis M. Marega (Juez) Dra. Cecilia V. Tovar (Secretaria).-
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vera
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral- Segunda Nominación de Vera, provincia de Santa Fe, Dr. Juan Manuel Rodrigo, llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Hugo Blas Pintos, DNI 11.895.249, en autos "Pintos, Hugo Blas S/Sucesorio", CUIJ 21-25279122-9, por el término de ley (Art. 2340 Cod. Civ. y Com.), para que comparezcan a éste Tribunal, a hacer valer sus derechos. Vera, 20 de noviembre de 2025.- Dra Monica Alegre: Secretaria
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rafaela
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, en los autos caratulados “ Rodolfo del Valle MORERO s/ Declaratoria de Herederos” - Expte. CUIJ Nº 21-24210843-1, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RODOLFO DEL VALLE MORERO, DNI Nº 11.821.286- con último domicilio en Eliseo Gimenez Nº 68 de Rafaela (Sta.Fe), fallecido el 16/08/2022 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publicará a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales (Art. 67 del C.P.C)… Firmado: Matías Raúl Colón (Juez) – Sandra Inés Cerliani (Secretaria). -
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reconquista
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista (Sta Fe), SE DECLARA REBELDES a los herederos de MARCELO NELSON PICECH, DNI N° 17.684.990, en los autos caratulados caratulados: "BRAC DANTE ANTONIO C/ PICECH MARCELO NELSON Y OTROS S/ COBRO DE PESOS” CUIJ N° 21-25031677-9. El decreto que dispone la presente: RECONQUISTA, 27 de Octubre de 2025 Advertido en este estado que no se ha declarado la rebeldía de los citados por edictos, déjese sin efecto el sorteo de Defensor de ausentes ordenado por decreto de fecha 20/10/2025 y en su lugar se provee: Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebeldes a los herederos de Marcelo Nelson Picech. Publíquense edictos de ley. Agréguese a continuación de la presente constancia de edictos publicados en la página web del Poder Judicial. Notifíquese..- Fdo: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), __ de Noviembre de 2025.-
$ 1000 552312 Nov. 25 Nov. 27
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 04, en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación, de los tribunales de la ciudad de Reconquista Sta. Fe, en los caratulados: MARTINEZ GUSTAVO ARIEL S/ SUCESORIO, CUIJ Nº 21-25032459-3, llama cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. MARTINEZ GUSTAVO ARIEL, DNI 26.513.771, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquita, 25 de noviembre del 2025. Fdo. Dra. Maria Belen Saliva, Prosecretaria.
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados "AGUILAR FABIAN ALCIDES S/ SUCESORIO" CUIJ N° 21-25034516-7, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr..AGUILAR FABIAN ALCIDES DNI N° 22.077.374 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. RECONQUISTA, 25 de noviembre de 2025
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados "SANDRIGO SEVERINO VALENTIN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ N.º 21-25034503-5, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. SANDRIGO SEVERINO VALENTIN DNI N° M7.873.220, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. RECONQUISTA, 25 de noviembre de 2025. Dra. Maria Belen SALIVA, PRO- SECRETARIA
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados NADALUTTI RUBEN JESUS S/ SUCESION TESTAMENTARIA CUIJ: 21-25278647-0 , llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por por el Sr. RUBÉN JESÚS NADALUTTI, DNI: 16.797.938 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. RECONQUISTA, 20 de noviembre de 2025.
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados NADALUTTI, LINO LUIS Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ: 21-25032982-9 , llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. LINO LUIS NADALUTTI, DNI: M.6.320.409 y el Sr. LIVIO NADALUTTI, DNI: M.6.337.714 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer.
RECONQUISTA, 20 de noviembre de 2025.
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