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rosario
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JUZGADO FEDERAL
El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Rosario, a cargo de la Dra. Natalia Martínez, Conjueza Federal, Secretaría de la Suscripta, sito en calle Entre Ríos 730 de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: “OSPE C/CENTENAR S.A. S/EJECUCIÓN FISCAL - VARIOS. EXPTE. 2967/2024, se ha dispuesto notificar mediante la publicación de edictos la siguiente resolución.: “Rosario, 14 de mayo de 2025. - Y VISTOS: Los autos: OBRA SOCIAL DE PETROLEROS c/ CENTENAR S.A. s/EJECUCION FISCAL - Varios, Expte. Nº 2967/2024 de entrada por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 2 de Rosario a mi cargo, CONSIDERANDO QUE: Habiéndose cumplido en esta litis la intimación de pago y la citación del demandado para oponer excepciones y encontrándose vencido el término de ley para ello sin haber sido planteadas, estando cumplidos los trámites irrenunciables (cfr. arts. 542, 543 y cons. del CPPCN), en su mérito. RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la presente EJECUCION FISCAL contra CENTENAR S.A. hasta que la actora perciba de la demandada el íntegro pago del capital reclamado, los intereses correspondientes y las costas del juicio, según planilla que confeccionará la actora. Insértese y hágase saber.- Fdo: Dr. Carlos Vera Barros Subrogante)“.- ROSARIO, 06 de octubre de 2025.-
S/C 552087 Nov. 26
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JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Laboral N° 7 de Rosario se ha ordenado citar por edictos a los herederos y/o sucesores y/o a quien se considere con derecho a las prestaciones por el fallecimiento del Sr. Cristian David Paz, DNI 25.727.973 por el término y bajo apercibimientos de ley (Arts. 45 Incs. 4, 47 y 67 del CPCCSF). Autos LA SEGUNDA ART S.A. C/ZAPATA MARIA GRISELDA S/CONSIGNACION, EXPTE. Nº 21-04249834-0. ROSARIO. Dr. Marcelo Agustin Enzo Gallucci (Juez), Dra. Amparo Scheinsohn (Prosecretaria). Se hace saber que el presente trámite tiene carácter gratuito conforme art. 19 y 20 del Código Procesal Laboral de la Provincia de Santa Fe. María Teresa Caucana, Secretaria.
S/C 552102 Nov. 26 Nov. 28
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: “PEREYRA, ALBERTO ENRIQUE S/PEDIDO DE QUIEBRA”; se ha dictado la Resolución Nro. 1003 de fecha 28/10/2025, mediante la cual se dispuso: Fijar el día 18/11/2025, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3 Ley 24.522). Fijar el día 09/03/2026, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 Ley 24.522). Fijar el día 23/04/2026, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 Ley 24.522). Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo prescribe el art. 89 de le ley 24.522 y haciendo constar el nombre y domicilio del síndico designado. SÍNDICO CPN CRISTIAN FABIAN LUCAS, matrícula N°12530, domicilio legal Cochabamba Nº 462 de Rosario, horario de atención de lunes a viernes de 14 a 20 horas, correo electrónico la casilla: drcristianlucas@hotmail.com. Dr. Sergio A. González, Secretario.
S/C 552085 Nov. 26 Dic. 2
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, hace saber que en autos: “TALAVERA, JIMENA ANAHI S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - 21-02998922-9, se ha dictado la Resolución Nº 440 de fecha 30/10/2025 por la cual se RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de la Sra. JIMENA ANAHI TALAVERA, titular de D.N.I. Nº 35.450.429 con domicilio procesal en calle Tucumán 1591 PB de Rosario. 2) Clasificar al proceso en la categoría “B”, oficiando a la Ecxma. Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de proceder al sorteo correspondiente. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si la fallida opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 5) Disponer se comunique la presente al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, ARCA, API, a la Municipalidad de Rosario -y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 7) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 8) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficiar al Correo Oficial SA y a las empresas Andreani SA y Oca S.A.. 10) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, a efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados • (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual). 11) Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes, oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a. Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 12) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. L.C.Q.) 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde esta tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días. 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley 16) Hacer saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Comunicar a la empleadora que se ha declarado la quiebra de la Sra. Jimena Anahí Talavera, por lo que deberá abstenerse de efectuar todo descuento por débitos automáticos y/o cuotas sociales y/o embargos que correspondan a deudas “anteriores” de la declaración de la quiebra. 18) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber.” Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb, Jueza - Dr. Lucas Menossi, Secretario. Rosario, 31 de Agosto de 2025. Dra. Ma. Mercedes Sedita, Prosecretaria.
$ 1 552147 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5, Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta dentro de los autos caratulados: “BENITEZ, MARCELO SEBASTIÁN S/ CONCURSO PREVENTIVOHOY SU QUIEBRA” CUIJ: 21-02968269-8, se ha resuelto: 1) Declarar concluida provisionalmente la presente quiebra por inexistencia de acreedores insinuados, la que adquirirá carácter definitivo al acreditarse el pago de las costas del juicio. 2) Regular los honorarios de la Síndica C.P.N. Norma Martini en la suma de $1.100.000.- 3) Publíquense edictos por un día para hacer conocer la presente en el Boletín Oficial. Fecho, ofíciese al Registro de Procesos Concursales y a Mesa de Entradas Únicas a los mismos fines. Insértese y hágase saber. Dra. Mariana Nallino (Prosecretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza) Rosario.
S/C 552025 Nov. 26
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a. Nom. de Rosario, Dra. Maria Fabiana Genesio (Juez), Secretaria de la Dra. Verónica A. Accinelli, se hace saber que en los autos: “BARTOLINI, DANIELA S/QUIEBRA” (CUIJ 21-01360176-0), se dicto el Auto 513 del 08/08/25 regulando los honorarios de la Sindica CP PATRICIA ANDREA MACCARI en $ 6.171.472,07 y de su abogado patrocinante Dr. EMILIO HORACIO SILVA en $ 1.542.868,02 y los del abogado patrocinante de la quebrada DR JORGE RAUL CAPUCCI en $ 1.928.585,02. También hace saber que se presento el Informe General y Proyecto de Distribución. Rosario, 21 de Octubre de 2025.
S/C 552057 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición del Juez Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha dispuesto que en virtud de que el demandado PEREZ LUCAS EZEQUIEL no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Autos caratulados: MAIDANA, SERGIO DANIEL Y OTROS C/ PEREZ, LUCAS EZEQUIEL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS 21-11873521- Fdo. Dr. Edgardo Bonemelli (Juez) – Dra. Araceli Stefaneli (Secretaria). Rosario, 21 de Octubre de 2025. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.
S/C 552083 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario Dra. Lucrecia Mantello, se ha ordenado publicar dentro de los autos: “REYES, ANDRES NAHUEL GREGORIO C/HIDALGO, MARIA LUISA Y OTROS S/ACCIÓN REIVINDICATORIA”, CUIJ nro. 21-02965266-7, el siguiente decreto: “Rosario, 05 de mayo de 2025.- Agréguese. Háganse efectivos los apercibimientos ordenados en fecha 07-08-24 y declárase la rebeldía de los herederos de Maria Luisa Hidalgo. Procédase al sorteo de un Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos”. Fdo. Por la Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) y por la Dra. Lucrecia Mantello (Jueza)“. Rosario, 21 de Octubre de 2025.
$ 100 552088 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 Nominación de Rosario, Dra. María José Campanella, Secretaría del autorizante, en autos “GALINDO, DEBORA ANAHI C/ BERMUDES, FRANCO ANDRES S/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL” CUIJ 21-11434598-6, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 31 de Marzo de 2025. Agréguese la cédula acompañada. Ábrase la causa a prueba por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese.” Fdo. Dr. Sergio Luis Fuster (Secretario) Dra. María José Campanella (Jueza) // OTRO: Rosario, 20 de Mayo de 2025. Cargo 6717: por notificada y por ratificadas pruebas ofrecidas en su demanda. Téngase presente. Cargo 6982: téngase presente lo expuesto en relación al domicilio real del demandado. Hágase saber. Fdo. Dr. Sergio Luis Fuster (Secretario) Dra. María José Campanella (Jueza)// OTRO: ROSARIO, 13 de Junio de 2025. Agréguese la cédula devuelta sin diligenciar. Por informado correcto domicilio real del demandado. Téngase presente a sus efectos. Notifíquese en el mismo como lo solicita. Notifíquese por cédula haciéndose saber que de no ser hallada la demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si la misma vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad del mismo, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe.” Fdo. Dr. Sergio Luis Fuster (Secretario) Dra. María José Campanella (Jueza).
$ 100 552116 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 1° Nominación de Rosario, Dr. Daniel Humberto González, en autos: “OJEDA, LAURA ALIDA C/ MUNILLI, AURELIO AGUSTIN Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” (CUIJ Nº 21-12634110-2), se ha dispuesto notificar a los SUCESORES DE AURELIO AGUSTIN MUNILLI Y A LOS SUCESORES DE NELLIS DINORAH CARRANZA que se ha dictado lo siguiente: “Nº 773 Tº 2024. Rosario, 08 NOV 2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Hago lugar a la demanda y en consecuencia, declaro adquirido por prescripción en fecha 16/06/2016, en favor de LAURA ALIDA OJEDA, el inmueble sito en calle José Ingenieros Nº 7887 de esta ciudad de Rosario, el cual está empadronado en la partida de impuesto inmobiliario 160314-312725/0011-7, identificado como el lote 12 del plano Nº 134113/93 y se encuentra inscripto al Tomo 146B Folio 1168 Nº 66699 de fecha 22/11/1946 del Departamento Rosario, cuyos demás datos referentes al bien fueron precisados en el considerando pertinente. 2) Ejecutoriada y firme que se encuentre la presente, previa corroboración de inexistencia de interés fiscal comprometido y cumplimentados los trámites de ley, ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a inscribir el dominio a favor de la actora, si ello fuera material y registralmente posible. 3) Impongo las costas a la demandada vencida (art. 251 del CPCC); sin perjuicio de ello -dado la naturaleza del trámite y la representación de la parte demandada- la accionante asumirá provisoriamente las mismas, sin perjuicio de su eventual repetición contra los condenados en costas. 4) Regulo los honorarios de la siguiente manera: A) A las Dras. JULIANA BILESIO y ANALIA TREVISAN en la suma de $506.682,3.- (equivalentes a 6 jus - arts. 6, 12 inc. 2 by 32, Ley Nº 6767) en proporción de ley. B) A Dra. MARÍA EUGENIA CLARA NÁPOLI en la suma de $506.682,3.- (equivalentes a 6 jus - arts. 6, 12 inc. 2 by 32, Ley Nº 6767). Dejo establecido que a partir de que los mismos queden firmes se convertirá esta deuda de valor (JUS) a pesos. A partir de dicho momento y hasta su efectivo pago se le aplicará un interés equivalente a una vez y media la tasa activa mensual capitalizada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días (cfr. CSJSF en autos “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE C/ BERGAGNA EDGARDO S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” CUIJ Nº 21-00508159-6 de fecha 01/08/17, y Cámara de Circuito de Rosario en autos “BARRIOS, RAUL HECTOR y OTROS c/ KOFFMAN, DANIEL OSVALDO s/ COBRO DE PESOS, CUIJ Nº 21-12616574-6, Acuerdo Nº 260 de fecha 07/11/2023; y Art. 772 Código Civil y Comercial). 5) Córrase vista a la Caja Forense y de Seguridad Social debiendo el profesional diligenciar la cédula a dichas reparticiones. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dr. Daniel Humberto González (Juez) - Dra. Gabriela María Kabichian (secretaria).... “ N 798 T° 2024 ROSARIO, 14 NOV 2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Aclaro los términos de la Sentencia Nº 773 anotada al Tomo 2024 de fecha 08/11/24 (cfr. fs. 325/332) subsanando el yerro incurrido en el punto I de la parte resolutoria el que queda redactado de la siguiente forma: “1) Hago lugar a la demanda y en consecuencia, declaro adquirido por prescripción en fecha 09/02/16, en favor de LAURA ALIDA OJEDA, el inmueble sito en calle José Ingenieros Nº 7887 de esta ciudad de Rosario, el cual está empadronado en la partida de impuesto inmobiliario 160314-312725/0011-7, identificado como el lote 12 del plano Nº 134113/93 y se encuentra inscripto al Tomo 146B Folio 11681 Nº 66699 de fecha 22/11/1946 del Departamento Rosario, cuyos demás datos referentes al bien fueron precisados en el considerando pertinente”. 2) Ordeno que por Secretaría se tome razón de la presente en el Protocolo respectivo a sus efectos. Notifíquese por cédula conjuntamente con el decisorio corregido. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dr. Daniel Humberto González (Juez) - Dra. Gabriela María Kabichian (Secretaria). Rosario, 15 de octubre de 2025. Dra. Rosa Inés Kaminsky, Prosecretaria (S).
$ 1500 552181 Nov. 26 Dic. 3
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Por disposición del Juzg. Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 6 de Rosario, dentro de los autos caratulados: “GOROSITO, DAMIAN VICTOR C/PEREZ, JUAN RAMON Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Expte. Nº 21-11895129-5), se ha dispuesto declarar rebelde al Sr. PEREZ JUAN RAMON (DNI 24617160) por decreto de fecha, 30 de septiembre de 2025, el cual se transcribe: “ Atento que el demandado PEREZ, JUAN RAMON no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 10428/2025, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. DR. CHRISTIAN BITETTI (Secretario) - DRA. JORGELINA ENTROCASI (Jueza). Rosario, 22 de Octubre de 2025.
$ 100 552155 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juzg. Unipersonal de Respons. Extrae. Nº 1 SEG. UNICA de Rosario (vacante), dentro de los autos caratulados: SECONDINÓ, TOMAS C/GUADAGNOLI, LUCIANO ISMAEL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS (CUIJ 21-11895806-0), se ha dispuesto hacer saber al demandado LUCIANO ISMAEL GUADAGNOLI que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar. A continuación, se transcribe el decreto pertinente: “Rosario, 08/10/2025. Agréguese la constancia en copia acompañada por el Dr. Ruiz. Atento lo solicitado y surgiendo de constancias obrantes que el demandado no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según constancias obrantes a fs. 487, 488, 490, 491 y 492, haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese REBELDE a LUCIANO ISMAEL GUADAGNOLI y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a LUCIANO ISMAEL GUADAGNOLI mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta nro. 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado LUCIANO ISMAEL GUADAGNOLI que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente proveído. Hágase saber que la Dra. Mariana S. Varela se ha acogido al beneficio de Jubilación Ordinaria de acuerdo con la Ley 6.915 y su modificatoria Ley 12.464, quedando este Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 en estado de vacancia y siendo la Secretaria de trámite del mismo la Dra. Eliana C. Gutiérrez White. NOTIFÍQUE POR CÉDULA. Fdo: DR. IGNACIO VICENTE AGUIRRE (Juez en suplencia). ROSARIO, 20 de Octubre de 2025.-
$ 100 552157 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES: MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13941434-6 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, 21 de octubre de 2025. Atento lo dispuesto en los arts. 71 de la Ley 7547 y 25 .de la Ley 5066; y en tanto no existe en el proceso que nos ocupa la declaración de rebeldía, CÓRRASE TRASLADO a la parte demandada del martillero propuesto por la parte actora para llevar adelante las actuaciones de subasta, bajo apercibimiento que en caso de silencio se interpretará como conformidad (Chiappini, Julio O. “El procedimiento para el cobro de los créditos fiscales municipales” 1983, Zeus 33 D-103. y Peyrano, Jorge Walter- Chiappini, Julio O. “Estrategia procesal civil”, pág. 145; y Juzg. de 1º Inst. de Dist. Nro. 8 en lo Civ. Y C. y Lab. de Melincué (S.F.), 29/09/99, “Banco Argencoop Coop. Ltda. c/ Dolto, Dante Vidamar y Benavidez, Esther Elísa s/ Apremio”; Zew, Revista Nro. 1999-V [en línea] www.zeus.com.ar ). Notifíquese al domicilio real por cédula que firmará el profesional (Art. 25 C.P.C.C.). Como despacho anticipatorio, en caso de silencio de la parte demandada, acompañada que fuere en autos la notificación por cédula, SE TENDRA por DESIGNADO al Martillero, sin necesidad de petición alguna: quien deberá aceptar el cargo, previo informe de Colegio respectivo, dentro del quinto día hábil de notificado bajo apercibimiento de Ley. 10/06/21 Juzgado de 1a. Inst. de Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A. BALLARINI –Juez - Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria: Dra. CAROLINA AYMO Prosecretariacircuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar - Rosario, 28 de octubre de 2025.
S/C 552211 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado en autos: “VISANI ALICIA C/ZERAVIKA CATALINA S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, CUIJ nº 21-01324055-5; dar a conocer el tenor de la resolución N° 301 de fecha 11/09/2025, que “RESUELVE: 1. Rechazar el recurso de apelación deducido por la defensora de oficio, en representación de los herederos de la accionada, imponiendo a dicha parte las costas originadas en esta segunda instancia (art. 251, CPCC), sin perjuicio que la retribución de aquélla sea finalmente soportada por la parte actora. 2. Confirmar lo decidido por el Juez de grado mediante Sentencia nº 266/24 (v. fs. 397/411). 3. Fijar los honorarios correspondientes a los profesionales que actuaron ante esta Alzada en el 50% de los que se regulen en primera instancia (art. 19, Ley 6767). Insértese y hágase saber”. (“VISANI ALICIA c/ZERAVIKA CATALINA s/PRESCRIPCIÓN -ADQUISITIVA”, CUIJ. 21-01324055-5). Firmado: Dr. M. MOLINA, Dra. CINALLI, Dr. PUCCINELLI (Art. 26 L.O.P.J.) Dra. SABRINA CAMPBELL (Secretaria). Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.
$ 100 552060 Nov. 26 Nov. 28
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El Señor Juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de Circuito de la 2da. Nominación de Rosario - DENOM.ANTERIOR- Ref. Ley 14264, a cargo del Juez Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Secretario Dr. Javier Matías Chena, ha dispuesto en los autos caratulados: “DELPINO HUMBERTO JOSÉ y FERRADA STELLA MARIS DOLORES sobre USUCAPIÓN”, (Expte. CUIJ nº 21-02946695-2), notificar lo siguiente: // “N° 334. ROSARIO, 03/07/2025. Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: “DELPINO, HUMBERTO J. Y OT. C/ ROSSO, ADOLFO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA“, DE LOS QUE RESULTA:… FALLO: 1) Rechazando la demanda instaurada. 2) Imponiendo las costas a la parte actora (art. 251 CPCCSF). 3) Regular los honorarios profesionales de la Dra. Jorgelina Alvarez en la suma de $602.429,88.- (equivalente a 6 unidades jus) y los del Dr. Lucas Alberto Libro en la suma de $602.429,88.- (equivalente a 6 unidades JUS), con mas el 13% de aportes profesionales e IVA si correspondiere. Se deja establecido que a partir de que los mismos queden firmes se convertirá esta deuda de valor (JUS) a pesos. Desde dicho momento y hasta su efectivo pago se le aplicará un interés equivalente a la Tasa Activa Sumada que publica el Banco de Santa Fe (cfr. C.S.J.S.F. En autos “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ BERGAGNA EDGARDO s/RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” CUIJ N° 21-00508159-6 de fecha 01/08/17 y C.S.J.S.F. En autos “PEREYRA MARIO SIMON c/ MUNICIPALIDAD DE RAFAELA – RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION – s/ INCIDENTE DE APREMIO POR HONORARIOS (REGULACIÓN DE HONORARIOS)” EXPTE. N° 135/11 de fecha 18/12/18, y el art. 772 C.C.C.). 4) Dése vista a la Caja Forense. Insértese y hágase saber.- Firma: Juez Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Secretario Dr. Javier Matías Chena.” “ROSARIO, 23 de Octubre de 2025. Previamente, notifique por edictos la sentencia recaida en autos el demandando rebelde. Firma Secretario Dr. Javier Matías Chena”.-
En consecuencia se hace saber al rebelde Sr. Adolfo Rosso, CI 257.276, expedida por la Policía de Rosario, de nacionalidad paraguayo, que se ha dictado Sentencia en los autos de referencia. Firma: Secretario Autorizante, Dr. Javier Matías Chena.
$ 200 552727 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GAROFALO RAUL RAMON DNI 6.027.504, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles, Autos caratulados: “GAROFALO RAUL RAMON S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02999692-7, C y C 6°, de trámite por ante la Oficina Procesos Sucesorios.-
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MEDINA, GUILLERMO , DNI 7.516.911, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MEDINA, GUILLERMO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03000939-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PALOS, CARMEN MARGARITA y/o PALOS, CARMEN (D.N.I. 5.832.730), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PALOS, CARMEN MARGARITA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02995622-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, dentro de los autos ‘LUCCA, SERGIO ENRIQUE S/ RECALIFICACIÓN REGISTRAL’, expte 225/25, CUIJ 21-02993111-6, se ha dispuesto citar a los herederos de NORMA BEATRIZ SERRA según se decreta: ‘Rosario, 11/08/2025. Téngase presente lo manifestado. Atento lo informado por el Registro de Procesos Universales, y a tenor de lo normado en el art. 597 C.P.C.C., emplácese a los herederos del Señor Ariel Rodrigo Crumenauer a que comparezcan a estar derecho en el término de tres (3) días, por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales por el término de ley, bajo apercibimiento de nombrar curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda. Notifíquese’ fdo: Dr EZEQUIEL ZABALE (JUEZ) – Dr FEDERICO LEMA (SECRETARIO) y ‘Rosario, 20/10/2025. Atento lo manifestado y advirtiendo que, por un error material e involuntario, mediante decreto de fecha 11/08/2025 se cita a los herederos del Sr. Ariel Rodrigo Crumenauer cuando, en realidad, debió citarse a los herederos de Sra. NORMA BEATRIZ SERRA, por lo que se procede a aclarar dicho yerro en este acto. Públíquese el presente en forma conjunta con el edicto del 11/08/2025’ Dr EZEQUIEL ZABALE (JUEZ) – Dr FEDERICO LEMA (SECRETARIO)
$ 100 552544 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del DR. LUCIANO CARBAJO Juez en Suplencia del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial 16ta. Nominación de Rosario en los autos caratulados "BERTOYA, ARIANA FERNANDA C/ SANZ, DIEGO RAMIRO S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD" (CUIJ 21-02979291-4), se ha ordenado Publicar el presente edicto en cumplimiento de lo ordenado en la RESOLUCION Nº 117 de fecha 10/06/2025 que dispone: 1) Ordenar la registración de la liquidación de la sociedad de hecho compuesta por Ariana Fernanda Bertoya y Diego Ramiro Sanz en el Registro Público de Comercio. 2) Ordenar la inscripción del liquidador - C.P.N. Ernesto Ribone- en el Registro Público de Comercio. 3) Publicar el presente procedimiento de liquidación convocando a eventuales acreedores e interesados por edictos (Conforme Arts. 27 y 28 de la Ley 24.522) en Boletín Oficial y en el Diario La Capital de la ciudad de Rosario. 4) Conceder a las partes el plazo de diez días desde la notificación de la presente a los fines de que aporten las respectivas minutas indicando el activo y el pasivo social que consideren. 5) Fijar el plazo de 20 días desde la publicación de la presente para que los acreedores que estuvieren interesados en verificar su crédito se presenten ante el liquidador. 6) Vencido dicho plazo, el liquidador deberá presentar en el término de 15 días el inventario y balance previstos en el Art. 102 de la Ley 19550. 7) Finalmente, el liquidador cancelará el pasivo y distribuirá el activo remanente entre los socios conforme las normas de los Arts. 106, 107, 109, 110 y 111 de la Ley 19550. 8) Oficiar a los Juzgado en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual, de Familia y en lo Contencioso Administrativo de la ciudad, a efectos de hacerle saber de la liquidación de la sociedad de hecho entre los Sres. Bertoya Ariana Fernando y Sanz, Diego Ramiro, debiendo informar si alguno de ellos es actor o demandado en en algún juicio tramitado por ante alguno de esos Juzgados (detallando los datos de caratula, número del expediente y ubicación actual). 9) Se deja constancia que el liquidador tendrá amplias facultades investigativas, conforme Art. 105 de la Ley 19550. 10) Respecto de los gastos del presente proceso liquidativo, los mismos estarán a cargo de los socios en las mismas proporciones de participación social. Insértese y hágase saber. Firmado: DRA. MA. SOL SED/TA (Secretaria) DR. LUCIANO CARBAJO (Juez en Suplencia), "BERTOYA, ARIANA FERNANDA C/ SANZ, DIEGO RAMIRO S/ LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD" (CUIJ 21-02979291-4). Rosario, 29 de Octubre de 2025.
$ 100 552271 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante doña IRMA AURORA FULLONE (DNI Nº 3.580.367) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FULLONE IRMA AURORA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CYC 4 (CUIJ N° 21-02999174-7). Fdo.: Prosecretaria. Rosario.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANTE IVAN PEREA (DNI N° M 6.042.535) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “PEREA DANTE IVAN s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N.º 21-03000197-1). Dra. Cecilia Wendler - Prosecretaria. Rosario, de Noviembre de 2025.-
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MÁXIMO ELISEI LE 6.090.953 y RISOLINDA MARÍA FERLONI D.N.I. 5.526.291 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ELISEI, MAXIMO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03000579-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. DRA. MÓNICA KLEBCAR Jueza
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causanteROQUE JUAN PALMI DNI 5.990.047 , por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PALMI, ROQUE JUAN S/ SUCESORIO CYC 13 “21-03000773-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JORGE VALERIANO OLIVERA DNI 10.988.921 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “OLIVERA, JORGE VALERIANO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 13” CUIJ 21-03000910-7 Fdo. PROSECRETARIA
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por la causante BLANCA LISS MOROSINI (DNI N° 5.533.132) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados “MOROSINI, BLANCA LISS s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS “(CUIJ N° 21-02921738-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CAROLINA RAQUEL DIAZ (D.N.I. Nº 25.206.227), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DIAZ, CAROLINA RAQUEL S/ SUCESORIO CYC 5”, CUIJ Nº 21-02996852-4, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARÍA DEL CARMEN BEATRIZ GASTIABURO (D.N.I. 5.310.762) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GASTIABURO, MARIA DEL CARMEN BEATRIZ S/ SUCESORIO CYC 2” (CUIJ: 21-03000559-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALICIA CASSADO D.N.I. 3.619.472 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CASSADO, ALICIA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02999854-7). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimo primera Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIELA GUADALUPE MARINI (DNI N° 20.550.791) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MARINI MARIELA GUADALUPE s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03000171-8). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11 ° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sra. RAZORI, ADELA DEL ROSARIO D.N.I. 16852769 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “RAZORI, ADELA DEL ROSARIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 11” (CUIJ N° 21-02998806-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia N ª 3 de Rosario Dra . MARIA JOSE CAMPANELLA se ha ordenado notificar Al Sr. RICARDO DANIEL HERRERA identificado con DNI N º 35.306.737 dentro de los obrados caratulados “LOPEZ , BETSABE ANABEL c/HERRERA, RICARDO DANIEL s/ OTRAS ACCIONES NO NOMENCLADAS CUIJ 21-11438532-5“ que se transcribe los siguientes decretos: “Rosario, 25 de octubre de 2024. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito del poder especial acompañado. Acuérdesele la participación legal que por derecho corresponde. Por iniciada ACCION DE SUPRESION DE APELLIDO.- Juez de Trámite Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA. Téngase presente lo manifestado. Córrase traslado a la contraparte bajo apercibimientos de que en caso de silencio y/o incontestación de hacer lugar a lo peticionado, siempre previo dictamen de DEFENSOR GENERAL. Por ofrecida prueba. Téngase presente. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos le informe si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimientos de nulidad de notificación, dejando aclarado en la diligencia el resultado del informe obtenido. Reponga el sellado de demanda. Notifíquese con copia.” Fdo. : Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA Jueza del Tribunal Colegiado Instancia Única Civil de Familia de la 3ª. Nom. -Dr. SERGIO LUIS FUSTER -Secretario. “ Rosario, 1 de Noviembre de 2024. Agréguese el sellado de demanda y la documental acompañadas .Téngase presente. Atento a que el demandado se domicilia en extraña jurisdicción, autorícese la notificación por oficio ley 22172.”-Fdo. Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza) Dr. SERGIO LUIS FUSTER (Secretario ) “Rosario, 12 de mayo de 2025 Agréguese la cédula devuelta acompañada. Téngase presente lo expuesto. Previamente y a los fines de evitar futuras nulidades, líbrese despachos, acompañados que fueren los mismos, al RENAPER a fin de conocer el último domicilio de RICARDO DANIEL HERRERA DNI. N º 35.306.737.” Fdo.: Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza de Juzgado Unipersonal de Familia Nª 3 )Dr. SERGIO LUIS FUSTER (Secretario ) “Rosario, 8 de octubre 2025 Téngase presente lo expuesto. Agréguese la cédula devuelta sin diligenciar. Atento tratarse de un demandado con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC.” Fdo.:Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza juzgado Unipersonal de Familia Nª3) Dr. SERGIO LUIS FUSTER (Secretario).- Rosario, 4 de noviembre de 2025. Secretario, Dr. Sergio Luis Fuster, Secretario.
$ 200 552667 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición de la Jueza Unipersonal de Familia N° 8 SEC. UNICA de Rosario, dentro de los autos caratulados: "BONDARI, ABIGAIL AZUL S/ADOPCION POR INTEGRACION MAYOR DE EDAD 21-11434638-9" (CUIJ 21-11434638-9), se ha ordenado publicar el siguiente decreto, de fecha 19/09/2024: "Rosario. Téngase presente. Habiéndose cumplimentado con el decreto que antecede, se provee: Téngase a Galtelli, María José por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de los poderes adjuntados y a Silvina Paola González por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado, según escrito cargo N° 35268/2024. Por promovida la acción de adopción por integración que expresa. Jueza de Trámite en suplencia: Dra. Milca M. Bojanich. Téngase presente la conformidad prestada por la progenitora. Acompañe el pretenso adoptante certificado de buena conducta. Córrase traslado por el término de tres días al progenitor biológico. Notifíquese por cédula en su domicilio real actual con copia del escrito inicial. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado el notificador deberá requerir de quien lo atienda o vecinos, si es que allí vive y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación." FDO: BOJANICH Milca Mileva. Y el decreto de fecha 12/12/2024: "Rosario. Agréguese el certificado adjunto. Ampliando el primer decreto de trámite, publíquese el pedido en el boletín oficial una vez por mes durante el lapso de dos meses, pudiéndose formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Ofíciese a los Registros respectivos, con el fin de que informen si existen a nombre de ABIGAIL AZUL BONDARI, DNI 45.346.393 medidas precautorias sobre su patrimonio. Atento lo dispuesto en la última parte del artículo 70CC, dése intervención a la Asesoría Letrada del Registro Civil." FDO: DIANA María José. Por un plazo de una vez por mes durante el lapso de dos meses, pudiéndose formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. FDO: NAVEIRA María Cecilia.
$ 100 552182 Nov. 25 Nov. 27
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 1° Nominación de Rosario, Dr. Daniel Humberto Gonzalez, en autos: "OJEDA, LAURA ALIDA C/MUNILLI, AURELIO AGUSTIN Y OTROS SI PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" (CUIJ Nº 21-12634110-2), se ha dispuesto notificar a los SUCESORES DE AURELIO AGUSTIN MUNILLI Y A LOS SUCESORES DE NELLIS DINORAH CARRANZA que se ha dictado lo siguiente: "Nº 773 Tº 2024. Rosario, 08 NOV 2024. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... FALLO: 1) Hago lugar a la demanda y en consecuencia, declaro adquirido por prescripción en fecha 16/06/2016, en favor de LAURA ALIDA OJEDA, el inmueble sito en calle José Ingenieros Nº 7887 de esta ciudad de Rosario, el cual está empadronado en la partida de impuesto inmobiliario 160314-312725/0011-7, identificado como el lote 12 del plano Nº 134113/93 y se encuentra inscripto al Tomo 146B Folio 1168 Nº 66699 de fecha 22/11/I 946 del Departamento Rosario, cuyos demás datos referentes al bien fueron precisados en el considerando pertinente. 2) Ejecutoriada y firme que se encuentre la presente, previa corroboración de inexistencia de interés fiscal comprometido y cumplimentados los trámites de ley, ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a inscribir el dominio a favor de la actora, si ello fuera material y registralmente posible. 3) Impongo las costas a la demandada vencida (art. 251 del CPCC); sin perjuicio de ello -dado la naturaleza del trámite y la representación de la parte demandada- la accionante asumirá provisoriamente las mismas, sin perjuicio de su eventual repetición contra los condenados en costas. 4) Regulo los honorarios de la siguiente manera: A) A las Dras. JULIANA BILESIO y ANALIA TREVISAN en la suma de $506.682,3.- (equivalentes a 6 jus - arts. 6, 12 inc. 2 by 32, Ley Nº 6767) en proporción de ley. B) A Dra. MARÍA EUGENIA CLARA NÁPOLI en la suma de $506.682,3.- (equivalentes a 6 jus - arts. 6, 12 inc. 2 by 32, Ley Nº 6767). Dejo establecido que a partir de que los mismos queden firmes se convertirá esta deuda de valor (JUS) a pesos. A partir de dicho momento y hasta su efectivo pago se le aplicará un interés equivalente a una vez y media la tasa activa mensual capitalizada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días (cfr. CSJSF en autos "MUNICIPALIDAD DE SANTA FE C/ BERGAGNA EDGARDO S/RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" CUIJ N° 21-00508159-6 de fecha 01/08/17, y Cámara de Circuito de Rosario en autos "BARRIOS, RAUL HECTOR y OTROS c/KOFFMAN, DANIEL OSVALDO s/COBRO DE PESOS, CUIJ Nº 21-12616574-6, Acuerdo Nº 260 de fecha 07/11/2023; y Art. 772 Código Civil y Comercial). 5) Córrase vista a la Caja Forense y de Seguridad Social debiendo el profesional diligenciar la cédula a dichas reparticiones. Insértese y hágase saber." Fdo: Dr. Daniel Humberto Gonzalez (juez) - Dra. Gabriela María Kabichian (secretaria).... "N.º 798 T° 2024 ROSARIO, 14 NOV 2024. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Aclaro los términos de la Sentencia Nº 773 anotada al Tomo 2024 de fecha 08/11/24 (cfr. fs. 325/332) subsanando el yerro incurrido en el punto I de la parte resolutoria el que queda redactado de la siguiente forma: "1) Hago lugar a la demanda y en consecuencia, declaro adquirido por prescripción en fecha 09/02/16, en favor de LAURA ALIDA OJEDA, el inmueble sito en calle José Ingenieros Nº 7887 de esta ciudad de Rosario, el cual está empadronado en la partida de impuesto inmobiliario 160314-312725/0011-7, identificado como el lote 12 del plano Nº 134113/93 y se encuentra inscripto al Tomo 146B Folio 11681 Nº 66699 de fecha 22/11/1946 del Departamento Rosario, cuyos demás datos referentes al bien fueron precisados en el considerando pertinente". 2) Ordeno que por Secretaría se tome razón de la presente en el Protocolo respectivo a sus efectos. Notifíquese por cédula conjuntamente con el decisorio corregido. Insértese y hágase saber." Fdo: Dr. Daniel Humberto Gonzalez (juez) - Dra. Gabriela María Kabichian (secretaria). Rosario, 15 de Octubre de 2025.
$ 1500 552181 Nov. 26 Dic. 03
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado que atento lo dispuesto por el art. 597 del C.P.C.C. S.F., ofíciese a los fines del sorteo de Defensor de Oficio, debiéndose publicar los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el Boletín Oficial y en el Hall de Planta Baja. Se hace saber al profesional que deberán estar las partes debidamente notificadas y, acompañarse constancia de publicación de edictos. Autos caratulados: RODRIGUEZ, OSCAR DARIO C/VITANTONIO, ANA MARIA S/DAÑOS Y PERJUICIOS CUIJ 21-02939224-9. Rosario, 03 de Noviembre de 2025.
$ 100 552281 Nov. 26 Dic. 02
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Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de la ciudad de Rosario a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Secretaría a cargo del Dr. Lucas Menossi, se hace saber que en los autos "DEMONTE NESTOR RAUL S/QUIEBRA" (CUIJ 21-01527044-3) se ha ordenado citar a los acreedores y todos los que se consideren con derecho en autos para que en el plazo de diez (10) días, manifiesten la existencia de créditos de su titularidad contra el fallido y el importe de los mismos, haciéndoles saber que la falta de presentación en autos implicará la inexistencia de los créditos. Rosario, Nov. 2025
S/C 552255 Nov. 26 Dic. 02
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario informa que en los autos "PEREZ, GEORGINA LUCIA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" - CUIJ Nº 21-02998751-0, por Resolución N.º 966 de fecha 03.11.2025 se declaró la quiebra directa de Georgina Lucía Pérez (DNI Nº 37.263.407), con domicilio real en calle Chacabuco 1335 de la ciudad de Granadero Baigorria, y domicilio legal constituído en calle Bv. Oroño 1542 de esta ciudad de Rosario. Queda prohibido hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Se ordena a la fallida entregar al síndico sus bienes (con la única excepción de los excluidos del desapoderamiento) y a los terceros a hacer lo mismo con los bienes de aquella. El nombre del síndico y las fechas para la presentación de solicitudes de verificación, y para los informes individuales y general se harán saber por otro edicto. Publíquense por 5 días en el Boletín Oficial. Rosario.
S/C 552249 Nov. 26 Dic. 02
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Susana Silvina Gueiler, Secretaria de la Dra. Patricia Andrea Beade, dentro de los autos caratulados: CREDITO NACIONAL S.A C/FIGUEROA FLAVIA SABRINA S/DEMANDA EJECUTIVA; CUIJ Nº. 21-02957646-4, se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 11/06/2025. Téngase presente. Atento el tiempo transcurrido, estese a lo normado por los artículos 38 y 62 inciso 3 CPCC.- Fdo. Dra. PATRICIA BEADE (Secretaria). Rosario, 31/10/25.
$ 100 552237 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 1 de Rosario, se ha ordenado publicar el siguiente decreto, dentro de los autos caratuladas "MOYANO MYRIAM ELENA C/CORREA FACUNDO VICTOR Y OTROS s/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL" Expte.: CUIJ: 21-11452382-5. Se transcribe a continuación el decreto que así lo ordena: "ROSARIO, 25 de Junio de 2025 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y con patrocinio letrado. Acuérdeseles la participación que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. María José Diana. Por iniciada ACCIÓN DE PRIVACIÓN DE LA RESPOSABILIDAD PARENTAL. Imprímase a los presentes trámite de juicio SUMARIO. Dése intervención al DEFENSOR GENERAL. Téngase presente lo expuesto. Agréguense las constancias acompañadas. Cítese a la parte demandada, para que, en el término de ley, comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos le informe si el mismo vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimientos de nulidad de notificación, dejando aclarado en la diligencia el resultado del informe obtenido. Notifíquese con copia." Fdo. DRA. MARIA JOSE DIANA (Jueza) - DRA. DANIA CHIEMENTIN (Secretaria). OTRO: "ROSARIO, 14 de Octubre de 2025 Téngase presente lo manifestado. Atento lo expuesto y las constancias de autos, cítese a la parte interesada a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL Y HALL DE TRIBUNALES, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC)." Fdo. DRA. MARIA JOSE DIANA (Jueza) - DRA. DANIA CHIEMENTIN (Secretaria). El presente edicto se publicará, SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N.º 8.- Secretaría, Rosario,
S/C 552235 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juez Dra. MARIA FABIANA GENESIO, en los autos "DI BENEDETTO FABIAN Y OTROS C/USTARROZ LUCIA Y OTROS S/JUICIO ORDINARIO", cuij 21-02910827-4, tramitados por ante este juzgado de 1ra Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na de Rosario, se cita y emplaza a estar a derecho a los herederos y sucesores del Sr RAUL MANUEL GALLEGO DNI 6.060.652. Se los cita por el termino y bajo apercibimientos de ley. Publíquense por El término de 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Rosario, 28/10/25.
$ 100 552214 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: GALLEGO RICARDO ALBERTO C/ FIORE ISABELINO S/JUICIO ORDINARIO CUIJ 21-22768241-5 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: ARROYO SECO, 06 de Octubre de 2025 Téngase presente lo manifestado respecto a la cuantía del pleito a todo evento. Habida cuenta de que -más allá del avalúo inmobiliario-, el inmueble cuya usucapión se persigue consiste en un lote de terreno de 480 m2, que la presente demanda carece de tramitación especial, y en tanto no ha comparecido aún contraparte alguna, en adelante, imprímase al presente el trámite ordinario. Informando verbalmente la Actuaria que ISABELINO FIORE y/o sus herederos no han comparecido a estar a derecho, decláreselos rebeldes. Para sorteo de Defensor de oficio -curador ad hoc y defensor de los herederos--, líbrese e-mail por Secretaría conforme circular N° 56/13. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma precripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. Secretaria, 21 de Oct. De 2025.
$ 100 552039 Nov. 26 Nov. 27
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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia del Juzgado Unipersonal de Familia de la 3º Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado publicar una vez por mes por el lapso de dos meses para que en el plazo de quince (15) días desde la última publicación se oponga quien tenga interés al cambio de apellido que el Sr. Tomas Fabian Piazza, DNI 43.580.554 ha solicitado, siendo el pretendido "Cavallero Elsaidi", todo ello dentro de los autos caratulados "Piazza Tomas Fabian s/Cambio de apellido, CUIJ 21-11416981-9" de trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Familia de la 3º Nominación de la ciudad de Rosario. Fdo. Sergio Luis Fuster (Secretario) Dra. Maria Jose Campanella (Juez)
$ 100 552175 Nov. 25 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DI CHIAZZA, ESTEBAN JOSE (DNI 22095769 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “DI CHIAZZA, ESTEBAN JOSE S/SUCESORIO” CUIJ 21029971525, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.-
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LEA IRMA TESSARO (DNI 2.376.634) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TESSARO, LEA S/SUCESORIO" CUIJ 21-02982659-2 de trámite por ante OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11 ° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sra. RAZORI, ADELA DEL ROSARIO D.N.I. 16852769 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RAZORI, ADELA DEL ROSARIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 11" (CUIJ N° 21-02998806-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GRAF, NORMA NILDA (D.N.I. 3.790.571) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GRAF, NORMA NILDA S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-03000030-4). Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimo primera Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIELA GUADALUPE MARINI (DNI N° 20.550.791) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: "MARINI MARIELA GUADALUPE s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03000171-8). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
4 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SILVIA SUSANA MAINIERI, D.N.I. 12.404.489 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MAINIERI, SILVIA SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 11 (CUIJ Nº 21-03000453-9)". de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BINETTI ALFREDO - D.N.I. 8.048.054, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BINETTI, ALFREDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 11" (CUIJ N.º 21-03000638-8), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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Se hace saber que en los autos FRIGERIO DANIEL HUGO S/SUCESION - 21-01556725-9 en tramite por ante el Juzgado de 1° Instancia de Distrito en Io Civil y Comercial de la 14 Nom. De Rosario, a cargo del Dr. Marcelo C.M. Quaglia se ha ordenado cilar y emplazar a los herederos de HUGO MAXIMO FRIGERIO y de VILMA DOMINGA CHIODI, para que comparezcan a estar a derecho por edictos que se publicaran tres veces en el Boletín oficial, venciendo el termino cinco días después de la ultima publicación, bajo apercibimiento de ley. Fdo. Maria Karina Arreche. Secretaria subrogante. Rosario, 23/10/2024.
$50 552396 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GARCIA BEATRIZ D.N.I. 4.457.705 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: " GARCIA BEATRIZ S/Declaratoria de Herederos" CUIJ 21-0300778-3 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN JOSE RODRIGUEZ D.N.I. 6.032.325 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RODRÍGUEZ, JUAN JOSÉ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-02999968-3). Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario,
$ 45 Nov. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Miriam Cristina Aurora Spinelli, DNI Nº 11.449.202 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados "SPINELLI MIRIAM CRISTINA AURORA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ Nº 21-02994623-7. Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19a Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO RASO, DNI 12.725.730, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RASO, ANTONIO S/ SUCESIÓN", CUIJ 21-03000935-2.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DORA BEATRIZ SEGOVIA (D.N.I. 16.017.769), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SEGOVIA DORA BEATRIZ S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-03001000-8). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Srta KRASNOSELSKY, LILIANA MONICA, DNI 13,958.702 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "KRASNOSELSKY, LILIANA MONICA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-03000104-1de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Nov. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante KRUK, FLORINDA D.N.I. 01.513.270, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "KRUK, FLORINDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" Cuij 21-02956232-3, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Nov. 26
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casilda
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la 1º Nominación de la ciudad de Casilda, Santa Fe, dentro de los autos caratulados: “ SERANELLI, GABRIELA MONICA C/WAICURE SACIFI Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CUIJ Nº 21-25861061-7, se ha dispuesto notificar lo siguiente: Casilda, 1 de octubre de 2025.- Atento lo informado por Mesa de Entradas y habiendo vencido el término de ley otorgado a los codemandados Sr. CUSEL, LEONARDO ERNESTO; HEREDEROS Y/O SUCESORES DE DORA BERTA MOSCOSO y WAICURE S.A.C.I.F.I. para que comparezcan a estar a derecho sin que hayan hecho uso del mismo, declárese la Rebeldía de los codemandados mencionados, prosiguiéndose el juicio sin su participación. Notifíquese por cédula. Publíquese por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: DRA. VIVIANA MÓNICA GUIDA, Secretaria. Casilda, 30 de Octubre de 2025. Dra. Viviana Guida, Secretaria.
$ 200 552163 Nov. 26 Nov. 27
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Ciudad de Casilda, procede a notificar que dentro de los autos: GENTILI CARLOS ALBERTO C/ REPUN JUAN Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA CUIJ 21-23292357-9”, se ha dispuesto tener por iniciado el presente trámite de prescripción adquisitiva contra Juan Repun; David Grosman; Bemardino Felipe Ayala; Mercedes Ayde Ayala; María Trinidad Ayala; Manuel Lisadro Ayala; Angélica Corina Ayala; Julio Emilio Carmelo Ayala; Raúl Neri Amador Giacone y sus herederos, a la que se le imprimirá el trámite del juicio sumario (arts. 408 y 540 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe). Cítese y emplácese por edictos en los términos del artículo 597 del código de rito a los demandados y herederos de los mencionados titulares registrales del inmueble objeto de los presentes inscripto en el Registro General de Rosario bajo el Tomo 232 Folio 235 vta. Nº 20.170 Dpto. Rosario y Tomo 141 Folio 193 Nº 87.005 Dpto. Caseros; todo con el objeto de que comparezcan en autos, y eventualmente hagan valer los derechos que consideren les correspondan en la causa judicial de referencia y bajo los apercibimientos legales previstos en los artículos 76 y 77 de CPC y C Santa Fe. Casilda, 30 de Octubre de 2025. Dra. Yanina Scolari, Secretaria Subrogante.
$ 300 552104 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación del Distrito Judicial Nº 7 de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, en autos: “TORTUL ALICIA RAQUEL Y OTROS C/ TORTUL, BERNARDO Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (CUIJ Nº 21-25860835-3), cita y emplaza a INES TERESA PINAT y/o BERNARDO TORTUL y/o sus Sucesores y/o titular registral y/o propietario desconocido y/o cualquier otro tercero interesado o que pretendiere derechos de propiedad, posesión y/o dominio sobre el siguiente inmueble: “Un lote de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Casilda, Dpto. Caseros de esta provincia, el que según: El plano de Mensura realizado por el Ingeniero Maximiliano A. Kemerer en abril de 2019 y Registrado en S.C.I.T. bajo el Nº 219537 en fecha 09/04/2019 se lo designa con la letra “B”. y según dicho plano se encuentra ubicado con frente al noreste sobre calle Casado, entre calles Tucumán y Mendoza, a los 47 metros de calle Mendoza hacia el noroeste y a los 50,62 metros de calle Tucumán hacia el sureste y presenta las siguientes medidas y linderos: Lado AB: 3,00 metros noreste donde linda con calle Casado, su límite sureste se encuentra formado por tres tramos: Lado BC: 25,00 metros, Lado CD: 7,00 metros, linda por ambos lado con Capoulat Martía I y otra, lado DE: 25,00 metros, linda con Abalos Tulio y otro; Lado EF: I0,00 metros de contrafrente al suroeste donde linda con Parque Neumáticos y Servicios S.A. y lado FA: 50,00 metros de fondo al noroeste donde linda con Tortul Pinat, Bartorelli Néstor O. y Otros. Todos los ángulos internos son rectos y el vértice C del ángulo es de 270º.” ENCIERRA UNA SUPERFICIE DE TRESCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS.” INSCRIPTO EL DOMINIO AL TOMO: 86-FOLIO: 313 - Nº 77054 - DPTO CASEROS. PARTIDA DE IMPUESTO INMOBILIARIO: 18-05-03-388016-0001-0”, para que comparezcan a estar a derecho en termino y bajo los apercibimientos de ley. Casilda, 27 de octubre de 2025. Dra. Viviana Guida, Secretaria.
$ 1500 552180 Nov. 26 Dic. 11
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Por disposición del Juez del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de la ciudad de Casilda, Santa Fe, dentro de los autos caratulados: " SERANELLI, GABRIELA MONICA C/ WAICURE SACIFI Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ N° 21-25861061-7, se ha dispuesto notificar lo siguiente: Casilda, 1 de octubre de 2025.- Atento lo informado por Mesa de Entradas y habiendo vencido el término de ley otorgado a los codemandados Sr. CUSEL, LEONARDO ERNESTO; HEREDEROS Y/O SUCESORES DE DORA BERTA MOSCOSO y WAICURE S.A.C.I.F.I. para que comparezcan a estar a derecho sin que hayan hecho uso del mismo, declárese la Rebeldía de los codemandados mencionados, prosiguiéndose el juicio sin su participación. Notifíquese por cédula. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Firmado: DRA. VIVIANA MÓNICA GUIDA, Secretaria.
$ 200 552163 Nov. 26 Nov. 27
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la lº Nominación del Distrito Judicial Nº 7 de Casilda, Dra. Clelia Carina Gomez, en autos "TORTUL ALICIA RAQUEL Y OTROS C/TORTUL, BERNARDO Y OTROS SIPRESCRIPCION ADQUISITIVA" (CUIJ Nº 21-25860835-3), cita y emplaza a INES TERESA PINAT y/o BERNARDO TORTUL y/o sus Sucesores y/o titular registral y/o propietario desconocido y/o cualquier otro tercero interesado o que pretendiere derechos de propiedad, posesión y/o dominio sobre el siguiente inmueble: "Un lote de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Casilda, Dpto Caseros de esta provincia, el que según: El plano de Mensura realizado por el Ingeniero Maximiliano A. Kemerer en abril de 2019 y Registrado en S.C.I.T. bajo el Nº 219537 en fecha 09/04/2019 se lo designa con la letra "B". y según dicho plano se encuentra ubicado con frente al noreste sobre calle Casado, entre calles Tucumán y Mendoza, a los 47 metros de calle Mendoza hacia el noroeste y a los 50,62 metros de calle Tucumán hacia el sureste y presenta las siguientes medidas y linderos: Lado AB: 3,00 metros noreste donde linda con calle Casado, su límite sureste se encuentra formado por tres tramos: Lado BC: 25,00 metros, Lado CD: 7,00 metros, linda por ambos lado con Capoulat Martía I y otra, lado DE: 25,00 metros, linda con Abalos Tulio y otro; Lado EF: I0,00 metros de contrafrente al suroeste donde linda con Parque Neúmaticos y Servicios S.A. y lado FA: 50,00 metros de fondo al noroeste donde linda con Tortul Pinat, Bartorelli Nestor O. y otros . Todos los ángulos internos son rectos y el vértice C del ángulo es de 270º." ENCIERRA UNA SUPERFICIE DE TRESCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS." INSCRIPTO EL DOMINIO AL TOMO: 86-FOLIO: 313 - Nº 77054 - DPTO CASEROS. PARTIDA DE IMPUESTO INMOBILIARIO: 18-05-03-388016-0001-0.", para que comparezcan a estar a derecho en termino y bajo los apercibimientos de ley. Casilda, 20 de octubre de 2025.
$ 1500 552180 Nov. 26 Dic. 11
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cañada de gomez
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. Julieta Gentile, Secretaría de la Dra. Carolina Kauffeler, hacen saber que en los autos caratulados: “YACOB HUGO CLAUDIO C/ KUZMICICH ESTEBAN GREGORIO y Otros S/USUCAPION” (21-25957271-9) Nro. Expediente: 301/2014, se ha declarado rebeldes a los herederos de los Sres. Esteban Gregario Kuzmicich; Gregario Kuzmicich; Magdalena Cuzmicich de Perisset; Francisco Gregario Kuzmicich; Antonio Kuzmicich y Lucía Kuzmicich de Palaverssich; prosiguiendo el juicio sin su representación. Cañada de Gómez, 12 de septiembre de 2025.- Dra. Carolina L. Kaüffeler, Secretaria (S).
$ 100 552189 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "FISAT PEDRO JOSE s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-26035013-4, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FISAT PEDRO JOSE DNI 6.187.482, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Estrados del tribunal.
$ 45 Nov. 26
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san lorenzo
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Dr. Alejandro M. Andino, Juez del Juzgado de 1º Instancia Civil y Comercial de la 1º Nominación, Distrito Judicial Nº12, de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “FACUNDO AR1EL ROBLEDO S/ QUIEBRA” CUIJ 21-25447843-9, por auto Nro. 2326, de fecha 30 de octubre de 2025, Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Fijar como fecha máxima hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos la del 19 de diciembre de 2025. Y para la sindicatura fijar la fecha del 27 de febrero de 2026 para la presentación del informe individual y la del 22 de abril de 2026 para la presentación del informe general. 2) Ordenar la publicación de edictos por el término de cinco días, de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522. 3) Insértese, dese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Alejandro Marcos Andino-Juez- Dra. Luz María Gamst-Secretaria-. El síndico nombrado es el CPN JERÓNIMO MIGUEL FALCO, constituyendo domicilio en DR. Ghío 679, 1er. piso, San Lorenzo. A los efectos de verificar y hasta la presentación del informe individual se atenderá todos los días hábiles judiciales en horario de 9 a 15 horas. Correo electrónico: falcodabove@gmail.com. La presente publicación se hará sin previo pago (art. 89 de la ley 24.522). San Lorenzo, 30 de octubre de 2025. Dra. Gamst, Secretaria.
S/C 552022 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición del JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOMINACION DE SAN LORENZO -Dr. Alejandro Andino -en Suplencia-, dentro de los autos caratulados: “CHINELATTO FRANCO GONZALO S/PEDIDO DE QUIEBRA” CUIJ: 21-25447754-8; se ha ordenado lo siguiente: Nº 2005 - San Lorenzo, 28/10/2025.- ...Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO: Que habiendo aceptado el cargo la síndica CPN LILIANA ESTER TACCETTA, DNI Nº 11.126.879, con domicilio en calle Avda. San Martín nº 1886 de San Lorenzo, corresponde fijar las fechas del período informativo de la quiebra. Por tanto, RESUELVO: 1) Fijar el 15/12/2025 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación a la síndico con domicilio en Avda. San Martín nº 1886 de San Lorenzo con horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hs.; e-mail: pytcontadores@hotmail.com 2) Fijar el 03/03/2026 para la presentación por la síndica del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.- 3) Fijar el 21/04/2026 para la presentación del informe general por la sindicatura.- 4) Disponer se publiquen los edictos que prescribe el art. 27 L.C.Q. por el término de ley en el Boletín Oficial. Insértese y hágase saber.- (Firmado: Dr. Alejandro Andino -juez en suplencia- Dra. Melisa Peretti -secretaria).
S/C 552004 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, dentro de los caratulados: IBARRA MONICA E. y Otros C/ GUEGLIO ALFREDO F y Otros S/ DEMANDA ESCRITURACION (21-25340733-3), ha resuelto lo siguiente: San Lorenzo, 01 de Agosto de 2025. Tº 2025 Nº 1505 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la pretensión y en consecuencia condenar a ALFREDO FRANCISCO GUEGLIO a otorgar escritura traslativa de dominio a favor de los SRES. RUBEN ALBERTO QUIROGA Y MONICA ELBA IBARRA del inmueble referenciado en los vistos del presente, por ante Escribano que deberá designar la actora. La escrituración deberá llevarse a cabo dentro de los 20 días de notificada la sentencia. 2) Insértese, agréguese y hágase saber. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, Secretaria.
$ 33 552148 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de San Lorenzo, dentro de los caratulados "AMCAI ASOCIACION MUTUAL S/STUDER ALBERTO RICARDO S/JUICIO EJECUTIVO"(21-25442912-8), ha ordenado lo siguiente: Atento lo informado, cítese y emplácese a los herederos del Sr. ALBERTO RICARDO STUDER, parte demandada en autos, para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal por tres veces, cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. (Art. 73 CPCC). San Lorenzo....
$ 33 552283 Nov. 26 Nov. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de 2° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MELCHIORI OSCAR ALBERTO DNI n° 28126711 , por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Fdo Dra. Melisa Peretti (secretaria) Dr, Marcos Andino (juez en suplencia). Autos: “MELCHIORI OSCAR ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-25447862-5.
$ 45 Nov. 26
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villa constitución
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Villa Constitución, 14 de Octubre de 2.025.-
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, se ha ordenado dentro de los autos: “PARDO S.A. c/NOSIGLIA ELISA s/JUICIO EJECUTIVO”. CUIJ 21-23488905-9, por Decreto Nº 732, Tº 2025 de Fecha 11 de Junio del año 2.025.- Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopia certificada acompaña y se agrega. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (03) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Agrég1:1ense las copias de los pagarés que se adjuntan digitalizadas. Hágase saber al actor que deberá acompañar sus originales en sobre para reservar en Secretaria al momento de solicitar la citación de remate, debiendo retirase firme que se encuentre la Sentencia. Se deja constancia que no se acompaña sobre para reservar en Secretaría. Trábese el embargo solicitado sobre los haberes y/o indemnizaciones que perciba el demandado, en la proporción establecida en la Ley Nacional Y-0132 (antes Ley 9511), hasta cubrir la suma de $ 289.923,94 en concepto de capital con más la suma de $ 144.961,97, estimada provisoriamente para intereses y costas·futuras. Líbrese a sus efectos oficio a la empleadora haciéndole saber que los fondos retenidos deberán depositarse en una cuenta del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Villa Constitución, que abrirá el Juzgado para estos autos y cuya CBU se le indicará en el referido oficio. Al pedido de sentencia, en su oportunidad, si correspondiere y previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula que firmará la Actuaria (Art. 25 inc 3) CPCC). Hágase saber al actor que deberá consignar n la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder judicial/inicio/sistema-deautoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicial-de-santa-fe/. (Clave: 1513).- Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC. Secretaría, 14 de Octubre de 2.025. Dr. Diógenes Diosdado Drovetta - Juez - Dra. Samanta Lastorta – Prosecretaria. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.
$ 200 552121 Nov. 26 Nov. 28
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rufino
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de la Ciudad de Rufino Dr. Luis Alberto Cignoli y Jorge Andrés Espinoza, Secretario, en autos "PASTORINO, HUGO OSCAR S/SUCESORIO", CUIJ Nº 21-26369094-7; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de HUGO OSCAR PASTORINO para hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley.- Rufino, Santa Fe, de Noviembre de 2025.
$ 45 Nov. 26
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué, a cargo del Dr. ALEJANDRO H. LANATA, Secretaría Subrogante de la Dra. LUCIA B. CIARPELLA, en autos caratulados: “COOP. AGRARIA UNIÓN Y FUERZA C/ OTROS S/ EJECUCION HIPOTECARIA” CUIJ 21-26459883-1 se ha dispuesto NOTIFICAR a los Sres. MARCELO LUIS CLIVIO, JORGE GUILLERMO CLIVIO y SILVANI MARIA TERESA con domicilio especial en calle HIPÓLITO IRIGOYEN Nº 1054 de la Localidad de Santa Isabel Y/O en ZONA RURAL de la Localidad de SANTA ISABEL (conforme surge de los últimos trámites procesales) Y/O HEREDEROS Y/O SUCESORES Y/O RESPONSABLES FISCALES Y/O TITULAR REGISTRAL Y/O CONDOMINOS DE LOS DOMINIOS 1) Tº 387 Fº 147 Nº 187007 (Lote 4A de 70 HS 07 AS 83 CA 50 DCM2 del cual se subastará las 3/12 partes del mismo) y 2) Tº 387 Fº 147 Nº 187000 (Lote 5A de 47 HS 53 AS 91 CA del cual se subastará las 3/12 partes del mismo) por medio de Edicto la siguiente providencia: MELINCUÉ 21/10/2025. Advertido errores involuntario de tipeo en lo decretado al escrito cargo 16478/25, a los efectos de regularizar y evitar futuros planteos de nulidad: se provee las condiciones de subasta subsanadas las cuales quedan así establecidas: Punto 1: Dispóngase la venta en Pública Subasta PRIMERO: PARTES INDIVISAS DE LOS BIENES INMUEBLES HIPOTECADOS, AMBOS inscriptos en el Registro General Rosario al TOMO 387 FOLIO 147 Nº 187000/187007, EN SUS PERTINENTES FRACCIONES INDIVISAS, OSEA: -LOTE 4A INMUEBLE DE 70 HS 07 AS 83 CAS 50 DCM2 se subastarán las 3/12 partes -LOTE 5A INMUEBLE DE 47 HA 53 AS 91 CAS se subastarán las 3/12 partes. Conforme surge de los datos transcriptos en la Constitución del Derecho Real (ESCRITURA DE HIPOTECA) y a posteriori en las Cautelares trabadas (EMBARGOS) y correlativamente en los CERTIFICADOS DE DOMINIO Y GRAVÁMENES PARA EL DIA VIERNES 5 DE DICIEMBRE DE 2025 Y/O EL DÍA HÁBIL POSTERIOR SI EL DÍA DESIGNADO FUESE INHÁBIL, A LAS 10:00 HS POR ASI ORDENARLO EL ART 87 DE LA LEY 7547, a realizarse conforme lo normado por el art 493 del CPCC en el ámbito de la Sede del Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de la localidad de Santa Isabel (fecha y hora coordinada con dicho funcionario), oficiándose al respecto a los efectos de la designación del Juzgado a intervenir. Punto 2: Se dispone la venta en Block en el mismo acto y bajo las mismas condiciones se fija como base de venta la suma de Pesos Quinientos Cincuenta y Tres Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Sesenta y Cinco C/ 13 CVOS. ($ 553.284.065,13). Resultando los bienes inmuebles a rematar de forma detallada lo siguiente: CAMPO 4A 70 HA 07 AS 83 CAS 50 DCM2- FRACCION INDIVISA QUE SE SUBASTA (3/12 AVAS PARTES); CAMPO DE 5A 47 HA 53 AS 91 CAS- FRACCION INDIVISA QUE SE SUBASTA 3/12 AVAS PARTES; resultando su base de venta en la suma de Pesos Quinientos Cincuenta y Tres Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Sesenta y Cinco C/ 13 CVOS ($553.284.065,13). De no haber oferentes por la Base de Venta se ofrecerá seguidamente a la venta con UNA RETASA DEL 25% MENOS, es decir Pesos Cuatrocientos Catorce Millones Novecientos Sesenta y Tres Mil Cuarenta y Nueve ($414.963.049), y de persistir la falta de postores se ofrecerán seguidamente a la Venta con una segunda y última retasa del 25% menos es decir Pesos Trescientos Once Millones Doscientos Veintidós Mil Doscientos Ochenta y Siete ($311.222.287) y, de no haber interesados en la última base se obrará conforme el art 496 del CPCC última parte. Punto 3: Los bienes se subastarán en el estado de ocupación que surge del mandamiento de constatación agregado en autos. Lo que se hace saber a sus efectos. Los inmuebles se subastarán sujeto a las limitaciones que surgieren del código de edificación comunal y demás normativas de aplicación que los oferentes declaran conocer. No se aceptan reclamo alguno por falta o insuficiencia de los mismos, una vez efectuada la subasta Art 494, 495 CPCC. Punto 4: Quien resulte comprador en la Subasta abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial que a los efectos será abierta oportunamente, el 20% del valor de compra y abonará al Martillero el 3% de la Comisión de ley, todo ello conforme la comunicación A 5147 BCRA de fecha 23/11/10. En el caso de compra en comisión se deberá aclarar los datos completos que se requiera del Comitente. El Saldo del 80 % restante se abonará de igual manera una vez aprobada la subasta en el plazo y bajos los apercibimientos de ley. Punto 5: Requiérese a la letrada de la parte actora que oficie al Nuevo Banco de Santa Fe para que proceda a la apertura de la cuenta judicial a la orden de este tribunal y vinculada a estos autos. Punto 6: Los impuestos, tasas y/o contribuciones que adeuda los inmuebles serán a cargo exclusivo del comprador, como así también los gastos totales de escrituración y/o protocolización de actuaciones judiciales, regularización de planos y lo que ello conlleve, etc., como así también cualquier rubro de cualquier naturaleza que debe abonarse como consecuencia de la venta, siendo de estricta aplicación el art 494 inc. 3 CPCC. Punto 7: Previo a la aprobación judicial de gastos el martillero deberá oficiar al Registro General Inmueble con copia certificada del acta de subasta a los fines de que se tome razón marginalmente el acto judicial realizada, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Punto 8: Cumplido los trámites de rigor, y siendo el art 505 párrafo 2° del CPCC de carácter supletorio, la escritura traslativa de dominio en favor del adquirente se efectuará por medio de una Notaria o Escribanía Publica a elección del comprador a su entero cargo, todo si registralmente fuera posible. Punto 9: Cumplido con los requisitos y condiciones de la subasta, el comprador realizará las gestiones judiciales que correspondan para tomar la posesión de los bienes que comprara. Punto 10: Se ordena la publicación tres veces de edictos de ley en el Boletín Oficial; Hall Central del Tribunal y en otro diario que sea el de mayor circulación zonal, debiéndose exhibir copia en este Juzgado autorizante mediante la publicación de Edictos de Remate en el Tablero de este Juzgado, tal como lo solicita la martillera. Autorícese a la martillera designada en autos a efectuar la publicidad de la subasta mediante volante de publicidad y en el diario zonal, debiendo la actora efectuar al adelanto de gastos respectivo. Autorícese la notificación por edictos. Punto 11: Se designe los dos días previos a la subasta para la exhibición de los bienes, como así también revisión y/o consultas sobre documentación, localización, estado, etc., que obra en mi Oficina profesional por parte de quién resulte interesado, en los horarios que se coordinen, dejándose constancia de ello en los Edictos de ley como así también los datos de contacto. Punto 12: Ofíciese, en su caso y de corresponder, a los juzgados embargantes e inhibientes conforme lo establece el art 506 del CPCC. Punto 13: Notifíquese en persona a la demandada en autos como así también a su curial que procesalmente los representa, con copia del escrito que se provee, de la subasta a realizarse. Punto 14: El expediente deberá encontrarse en el Juzgado cinco días antes de la Subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecer en Secretaria, bajo apercibimiento de suspensión de la misma. FDO. DR. ALEJANDRO H. LANATA (Juez) DRA. LUCIA B. CIARPELLA (Secretaria Subrogante).
$ 1623,60 553086 Nov. 26 Dic. 02
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Claudio M. Heredia, Secretaria Dra. M. Paula Suárez Salfi, dentro de los autos: BARRIONUEVO, RAÚL ALEJANDRO S/CAMBIO DE NOMBRE Y APELLIDO, CUIJ 21-27729406-8, año 2025, en trámite por ante el Juzgado de Familia de Venado Tuerto se notifica a terceros interesados que en fecha 07 de Julio de 2025, el Sr. BARRIONUEVO, RAUL ALEJANDRO, DNI Nº 43.494.815, CUIL Nº 20-43494815-1, argentino, soltero, de 23 años de edad, con domicilio en calle Pje. Juan Domingo Perón s/n Casa 12, de la localidad de Santa Isabel, Pcia. Santa Fe, ha iniciado DEMANDA DE CAMBIO DE NOMBRE Y APELLIDO en el citado Juzgado. Venado Tuerto, 23 de Octubre de 2025. Dra. Ma. Paula Suárez Salfi, Secretaria Subrogante.
$ 200 552076 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación de Venado Tuerto, cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Jueza y Secretaría del Dra. Ma. Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de AGOSTA, ANGEL ALFREDO, DNI Nº 6.140.921, para que en el término de ley comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: “CARBONARO ANA MARIA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, Expte: (CUIJ: 21-24620273-4) Venado Tuerto, 26 de Diciembre de 2024. Dra. María Celeste Rosso, Jueza; Dr. Ma. Laura Olmedo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, 31 de Octubre de 2025.
$ 50 552123 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Alberto Carlini, Secretaría del autorizante, se procede a publicar el siguiente decreto: “VENADO TUERTO, 27 de Noviembre de 2024.- Proveyendo escrito cargo Nº 18641/2024: Agréguese.- Atento las constancias de autos, bajo fianza que deberá ofrecerse y constituirse ante el Actuario con acreditación de solvencia, decrétase la inscripción litigiosa del inmueble objeto de los presentes, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, en la forma y con las constancias de ley, de conformidad a lo normado por el art. 1.905 del C.C.C.- Repóngase el sellado fiscal correspondiente a la medida cautelar ordenada.- Anotada la inscripción litigiosa, deberá notificarse por cédula en el domicilio real de los cautelados la medida ordenada, siendo carga y responsabilidad del actor tal diligencia (art. 282 CPCC).- Asimismo, a fin de dar a conocer la pretensión de usucapión en relación al Inmueble que se refiere como exige el art. 1905 del Código Civil y Comercial además de la debida inscripción de la litis, y publicación de edictos, deberá el actor colocar un cartel en la entrada del inmueble que indique los datos individualizadores del presente trámite, con intervención del oficial de Justicia y/o Juez comunal según correspondiere, con medidas mínimas de 2 metros de ancho por 1 metro y medio de alto, debiendo acreditarse con el diligenciamiento del mandamiento tal publicidad. (a todo evento se aclara que en el cartel ha de constar “ ...Inmueble sujeto a prescripción adquisitiva. EXPTE CUIJ radicado en el Juzgado Civil y Comercial de la Segunda Nominación - Venado Tuerto.). La colocación del mencionado cartel en el inmueble y su mantenimiento estarán exclusivamente a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio. En cualquier estado del proceso, de oficio y atento al orden público en juego, se podrá solicitar del actor que acredite la permanencia del cartel en el referido inmueble.- La acreditación de la medida aquí dispuesta deberá efectivizarse con anterioridad a fa publicación de los l.
edictos, los cuales se deberán publicar por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales.- Por último, se aclara que el diligenciamiento del oficio al RPU se encuentra a cargo de la profesional interviniente.- Notifíquese.”.- Fdo. Dr. Gabriel Carlini, Juez - Dr. A. Walter Bournot, Secretario.”. Venado Tuerto, 27 de Noviembre de 2024. Dr. Alejandro Walter Bournot – Secretario. Venado Tuerto, 24 de Octubre de 2025. Walter Bournot, Secretario.
$ 800 552124 Nov. 26 Dic. 2
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. M. CELESTE ROSSO, Secretaría de la Dra. M. LAURA OLMEDO, en autos caratulados: “CORNEJO MARCOS EZEQUIEL Y OTROS C/OTROS S/APREMIO” CUIJ 21-24430524-2 se ha dispuesto NOTIFICAR HEREDEROS de Juan Ángel Diez y Compañía Sociedad Anónima, Comercial, Industrial, Inmobiliaria y Agropecuaria Inscripta en el registro público de Comercio de la Ciudad de Buenos Aires el 12/03/1962 al Folio 134 Libro 55 T. “A” de Estatutos Nacionales y/o SUCESORES Y/O RESPONSABLES FISCALES Y/O TITULAR REGISTRAL Y/O CONDOMINOS DEL DOMINIO Tº 332 Fº 129 Nº 143004 por medio de Edicto la siguiente providencia: VENADO TUERTO. 29/10/2025. Proveyendo los Escritos Cargos Nros. 16568-2025 y 17713-2025: Por practicada planilla, la que se pone de manifiesto por el término y bajo apercibimientos de ley, la cual deberá notificarse por cédula electrónica.- Teniendo en cuenta las condiciones propuestas por la Sra. Martillera se dispone la venta de: 1) 15 lotes, todos inscriptos bajo el TOMO 332 FOLIO 129 Nº 143004 ubicados en la Ciudad de RUFINO.- Los cuales consisten en: LOTE 1, LOTE 2, LOTE 3, LOTE 4, LOTE 5, LOTE 6, LOTE 7, LOTE 8, LOTE 9, LOTE 10, LOTE 11, lote 13, lote 14, lote 15 y lote 16 todos DE LA MANZANA C 11/ PLANO 92539-1977; la que realizará el martillero actuante el día 10 de Diciembre de 2025 a las 10,00 hs ., en la sede del Juzgado 1era. Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo N° 9 de la ciudad de Rufino conforme lo dispone el ART. 493 CPCCP; de resultar inhábil el día designado, se llevará a cabo al día siguiente hábil, en el mismo lugar, a la misma hora y con idénticas condiciones de venta, por así disponerlo el ART 82 Ley 7547, dejándose constancia en los Edictos. Los inmuebles embargados, (los 15 lotes) saldrán a la venta en “block” por registrarse los mismos bajo una única Partida Inmobiliaria (P. Inmobiliaria Nº 17-27-00-861661/0005-4) tal como se acredita con la documentación que se acompaña al presente y documentación glosada oportunamente). 2) Se ordena la notificacion en persona al demandado del decreto de subasta por intermedio del Oficial de Justicia o quien que cumpla con las funciones donde se encuentra el domicilio del demandado, como así también a su representante legal. 3) En virtud de las Facultades otorgadas por el Art. 46 Ley 7547 INC. B a la Sra. Martillera; y los valores de Mercado de la Zona; considerándose que se trata de una venta en “block”, se fija como base de venta atento la modificación en el valor Dólar Oficial; la Suma de Dólares U$S90.000 (U$S90.000 -Dólar Oficial- a la fecha 14/10/2025- $1.375), resultando en pesos la siguiente base de venta: Pesos Ciento Veintitrés Millones Setecientos Cincuenta ($123.750.000). De no haber oferentes por la Base de Venta se ofrecerá seguidamente a la venta con una primera retasa del 20% menos, es decir Pesos Noventa y Nueve Millones ($99.000.000). Y, de persistir la falta de postores se ofrecerán seguidamente a la Venta con una segunda y última retasa del 20% menos, es decir, Pesos Setenta y Nueve Millones Doscientos Mil ($79.200.000). De no haber interesados en la última Base se retirará el bien de la venta. De la base de venta y sus retasas póngase en conocimiento a la parte Actora. 4) Los gastos por impuestos, tasas y contribuciones son a cargo exclusivo del comprador así como los gastos e impuestos de transferencia e I.V.A. si correspondiera, los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de subasta. 5) El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que surge del mandamiento de constatación agregado en autos, esto es desocupado libre de cosas y ocupantes por ser terrenos baldíos. 6) El/Los comprador/es en Subasta abonarán en el acto de remate mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial que se abrirá a la orden de este Juzgado y para estos autos, el 20% del valor de compra, el saldo restante, o sea 80%, se abonará de igual manera una vez aprobada judicialmente la Subasta, todo ello en cumplimiento a lo dispuesto en la COMUNICACIÓN A 5147 BCRA de fecha 23-11-10.- Y el 3% de comisión al Martillero actuante – Art. 63 ley 7547. 7) En el caso de comprar en Comisión se deberán aclarar los datos completos del Comitente. 8) Que a fin de comunicar la realización de la subasta se deberá Oficiar al Registro General Inmueble con copia certificada del Acta de Subasta a los fines de que tome razón marginalmente del acto judicial realizado, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Una vez cumplimentado los trámites de rigor. El comprador deberá acudir a Escribano público a los fines de que instrumente la Escritura Traslativa de Dominio, exceptuándose la opción prevista en el Art. 505 inc. 2 CPCCP. Como así también iniciar las acciones correspondientes para la toma de posesión de los inmuebles (a cago del Comprador). 9) Las deudas que pesan sobre los lotes, de acuerdo a las constancias en autos, serán informadas por la Sra. Martillera previo a dar comienzo al Acto de subasta por lo que los Impuestos, Tasas y Contribuciones, que adeudan los lotes, serán a cargo exclusivo del comprador, como así también los gastos totales de Escrituración y/o Protocolización de actuaciones Judiciales, Regularización de Planos, etc. como así también cualquier rubro de cualquier naturaleza que deba abonarse como consecuencia de la venta. Siendo de estricta aplicación el ART. 494 inc. 3 CPCCP. 10) Asimismo, se autorizará la publicación de edictos de ley y de notificación por el término que establece el ART. 492 CPCCP una vez que: a) fuere aprobada y notificada la planilla de capital, intereses y gastos que se puso de manifiesto ut-supra a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 495 CPCC, b) se cumplimente con lo ordenado en el punto 2 del presente decreto y c) se notifique a los acreedores inhibientes y/o embargantes que resulten de los informes previos (Art. 506 CPCC). 11) A los fines publicitarios y tal como lo prevé el Art. 9 inc “d” Ley 20.266, se autoriza la publicidad adicional de volantes y diario zonal digital. 12) Los dos días previos a la subasta se exhibirán los bienes, como así también revisión y/o consultas sobre documentación, localización, estado, etc., por parte de quién resulte interesado, en los horarios que se coordinen, dejándose constancia de ello en los Edictos de ley como así también los datos de contacto de la Sra. Martillera. 14) Se intima a la abogada de la actora, a fin de que acompañe la constancia de la apertura de una Cuenta Judicial a nombre de los presentes autos. 15) Efectuada la subasta, líbrense oficios a los juzgados que hubieren trabado embargo o inhibiciones posteriores a sus efectos debiendo acompañar los oficios debidamente diligenciados antes de que se apruebe el acta de subasta (art.506 in fine del C.P.C.). FDO. DRA. M. CELESTE ROSSO (Juez), DRA. M. LAURA OLMEDO (Secretaria).
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Por disposición Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de 2da. Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dr. GABRIEL ALBERTO CARLINI, Secretario a cargo de la Dr. ALEJANDRO WALTER BOURNOT, en autos caratulados "OLGA ALEJANDRA PAGET S/SUCESORIO" (CUIJ: 21-24624712-6), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña OLGA ALEJANDRA PAGET, DNI N.º 27.492.858, fallecimiento ocurrido en VENADO TUERTO, el día 05/10/2025, (Acta N° 795 - Año 2025-Registro del Estado Civil Venado Tuerto), domiciliado en PRESBITERO MORELL 680 de la localidad de Teodelina (SF), para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de Ley.
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Venado Tuerto, cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Jueza y Secretaría de la Dra. María. Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de VANDA SANTINA MUSSINI DNI N.º 1.524.861, para que en el término de ley comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: “MUSSINI VANDA SANTINA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)” Expte. CUIJ N° 21-24624587-5.- Venado Tuerto, 02 de Octubre de 2025. Dra, María Celeste Rosso, Jueza; Dra. María Laura Olmedo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Venado Tuerto, 26 de noviembre de 2025
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Por dtsposicibn de la Sra. Jueza de 1ra. Inst de Distrito en Io Civil y Comereial de la Ira. Nom. de Venado Tuerto Dra Ma. Celeste Rosso, se cfta. llama y emplaza.a los herederos. acreedores y legataries del Sr, TORRES. ROQUE INDALECIO, DNI 11.435.567, para qua comparezcan a hacer valer sus derechos en el tdrmlno de ley Centro de los autos caratuiados ‘TORRES, ROQUE INDALECIO SI SUCESORIO" (CUM N* 21-24024574-3).. Venado Tuerto de de 2026. Firmado, Dra. Ma. Laura Olmedo, Secretaria
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Ira. Nominación de Venado Tuerto, Dra. Maria Celeste Rosso, la Secretaria que suscribe cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de ANGELA BALDONI, D.N.I. nº 93.165.604, para que dentro del termino de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Autos "BALDONI, ANGELA S/SUCESORIO" (expte. CUIJ 21-24624159-4).- Venado Tuerto, 26/11/2025
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en Io Civil y Comercial 1ra. Nominación de Venado Tuerto, Dra. Maria Celeste Rosso, la Secretaria que suscribe cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de RAUL ALBERTO GALLEGO, D.N.I. n° 11.649.064, para que dentro del termino de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Autos "GALLEGO, RAUL ALBERTO S/SUCESORIO" (expte. CUIJ 21-24624157-8) Dra. Maria Laura Olmedo, Secretaria.
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