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santa fe
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Dr. Fernando Gastiazoro, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. Natalia Berardo, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SDNAF c/RIQUELME, MATIAS EZEQUIEL Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD (RESOLUCION DEFINITIVA); (21-10760420-8), se cita, llama y emplaza al Sr. RIQUELME MATIAS EZEQUIEL DNI 38.374.420, con domicilio real desconocido; notificándolos a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 13 de Noviembre de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Ratificar el cese de la medida de Protección Excepcional adoptado por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto de los niños Cristián Andrés RIQUELME (DNI Nº 52.692.182), Alma Milagros RIQUELME (DNI Nº 53.919.768) y Oseías Ezequiel RIQUELME (DNI Nº 56.159.148), mediante resolución administrativa Nº 119 de fecha 30/08/2023. 2) Declarar la privación de la responsabilidad parental de Matías Ezequiel Riquelme, respecto de los niños Cristián Andrés RIQUELME, Alma Milagros RIQUELME y Oseías Ezequiel RIQUELME. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese al Defensor General en su público despacho. Notifíquese a los progenitores. Oportunamente archívese. Fdo. NATALIA BERARDO, secretaria; FERNANDO GASTIAZORO, Juez.
S/C 553329 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición del Dr. Fernando Gastiazoro, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4, Secretaría Única a cargo de la Dra. Natalia Berardo, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SDNAF c/RODRIGUEZ ROMINA DESIRÉ Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 (21-10778180-0); se cita, llama y emplaza a la Sra. RODRIGUEZ ROMINA DESIRÉ, DNI 37.145.867; con domicilio real desconocido; notificándolos a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 18 de Noviembre de 2025. Por recibido. Téngase presente lo informado por el Equipo Técnico interviniente de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Conforme a las constancias de autos - acta de nacimiento que se acompaña- se verifica que NAIARA JAZMIN RODRIGUEZ, ha cumplido la mayoría de edad, ordénase el cese de la intervención de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia (Art. 2 de la Ley Nº 12.967). Notifíquese digitalmente, por Secretaría. Fdo. NATALIA BERARDO, secretaria; FERNANDO GASTIAZORO, Juez.
S/C 553330 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición de la Dra. Marisa Malvestiti, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4, Secretaría Única a cargo de la Dra. Natalia Berardo, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SDNAYF c/SILVA SABRINA BEATRIZ y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; RESOLUCION DEFINITIVA; CUIJ 21-10783629-9, se cita, llama y emplaza al Sr. BLANCO HERNÁN GABRIEL, D.N.I. 31.822.632, con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 05 de Noviembre de 2025, Con los autos SDNAF c/SILVA SABRINA BEATRIZ Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ 21-10780069-4, a la vista y proveyendo: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Téngase por interpuesta demanda de FORMAL NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la MEDIDA de PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa Nº 000164 de fecha 05.09.25 respecto de la adolescente Iara Sabrina Blanco DNI Nº 50.305.651 9. Cítase y emplázase a Sabrina Beatriz Silva y Hernán Gabriel Blanco -progenitores de la adolescente- a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la propuesta sugerida referente a la PRIVACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL de ambos progenitores Sabrina Beatriz Silva y Hernán Gabriel Blanco, respecto de su hija Iara Sabrina Blanco y la derivación de la situación de la adolescente al Programa de Fortalecimiento para la Autonomía Progresiva. Córrase vista al Defensor General interviniente. Hágase saber que todo acto impulsorio y procedimental estará a cargo del organismo administrativo compareciente, autorizándose a los profesionales intervinientes de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y/o a quien estos dispongan, a intervenir en su diligenciamiento. Notifiquen los integrantes de esta Secretaría. Notifíquese por cédula (Art. 62, inc. 1 del CPCC). Dra. Natalia Berardo, (Secretaria); Dra. Marisa Malvestiti, Jueza. Santa Fe, 19 de Noviembre de 2025. Dra. María Esther Mazzarello, secretaria.
S/C 553331 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición de la Dra. Marisa Malvestiti, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4, Secretaría Única a cargo de la Dra. Maria E. Mazzarello, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SDNAYF c/SILVA SABRINA BEATRIZ Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 1.967; (21-10780069-4), se cita, llama y emplaza al Sr. BLANCO, HERNÁN GABRIEL, D.N.I. 31.822.632, con domicilio real desconocido; notificándolos a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 22 de Agosto de 2025. VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1 Tener por formulado el control de legalidad de la medida de protección excepcional, adoptada por Disposición Administrativa Nº 000065 de fecha 31 de marzo de 2025, la que tiene por sujeto de protección a la adolescente Iara Sabrina Blanco DNI Nº 50.305.651, ratificándose la misma. 2) Requerir a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la satisfacción de los requisitos establecidos en la ley 12.967, su modificatoria ley 13.237, decreto Nº 619/2010 y normativa del Código Civil y Comercial, en especial, el cumplimiento de los plazos legales. Notifíquese a la Defensoría General actuante. Notifíquese por cédula el presente de acuerdo a lo establecido por el Art. 66 ley 12.967 encomendándose la realización de dichas diligencias al organismo compareciente. Protocolícese, insértese y hágase saber). Fdo. Maria E. Mazzarello, Secretaria; Marisa Malvestiti, Jueza. Santa Fe, 11 de Septiembre de 2025. Dra. María Esther Mazzarello, secretaria.
S/C 553332 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición del Dr. Fernando Gastiazoro, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. Natalia Berardo, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SDNAF c/GOMEZ WALTER DAVID Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - RESOL DEF Y CESE (21-10762121-8), se cita, llama y emplaza a la Sra. CORONEL, VANINA NOEMÍ, D.N.I. 40.781.078, con domicilio real desconocido; notificándolos a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 03 de noviembre de 2025. Por contestada la vista en los términos expresados. Atento constancias de autos, cítase y emplázase a Vanina Noemi Coronel y Walter David Gomez, a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre cambio de la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación, a Declaración de Estado de Adoptabilidad de los niños Paloma Anahí Coronel, Abel Maximiliano Gómez y Kevin Leonel Gómez, ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Notifíquese. Fdo. NATALIA BERARDO, secretaria; FERNANDO GASTIAZORO, Juez. Santa Fe, 19 de Noviembre de 2025. Dra. María Esther Mazzarello, secretaria.
S/C 553333 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición de la Rubén Angel Cottet, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 1 de Santa Fe, en autos caratulados: SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/BARRERA JULIO IGNACIO y QUIROZ, ELENA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA; (21-10776368-3), se cita y emplaza a ELENA NOEMÍ QUIROZ, D.N.I. Nº 32.598.630, con domicilio actual desconocido, notificándolo de lo ordenado en autos: SANTA FE, 12 de Agosto de 2025 Y VISTOS: Estos autos caratulados: SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/BARRERA JULIO IGNACIO y QUIROZ, ELENA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA; CUIJ 21-10776368-3 y sus acumulados CUIJ nros. 21-10778182-7 y 21-10779199-7, que se tramitan por ante este Juzgado Unipersonal de Familia Nº 1, Secretaría de Vulnerabilidad Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, de los que; CONSIDERANDO: Que la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia de Santa Fe, interpone FORMAL NOTIFICACIÓN DE ADOPCIÓN DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL
Y SOLICITUD DE CONTROL DE LEGALIDAD, en relación a las Medidas de Protección Excepcional de Derechos declarada mediante Disposición Nº 000081 de fecha 16/04/2025, respecto de MELODY NOEMI BARRERA, DNI Nº 52.359.110, y Disposición Nº 000120 de fecha 26/06/2025, respecto de MIA MIKEILA QUIROZ, DNI Nº 54.985.478 y KAREN ROSARIO BARRERA, DNI Nº 49.576.260, acompañando copia de las Resoluciones Administrativa por las que se adoptan las medidas, su notificación, como asimismo, copia de informes y actuaciones administrativas que la fundamentan. Que a fs. 22 obra dictamen de la Defensora General Civil Nº 2, Dra. Lorena BENITEZ, quien manifiesta que “...la medida adoptada resulta adecuada, oportuna y proporcional a la gravedad de la situación, constituyendo la vía idónea para garantizar el interés superior de las niñas y la protección integral de sus derechos...”. Que de los antecedentes referidos surge que la decisión adoptada satisface integral y simultáneamente los derechos y garantías reconocidos por el art. 75. inc. 22 de la Constitución Nacional, atendiendo al superior interés de las niñas, preservado por la Ley Nacional Nº 26061; la Ley Provincial Nº 12967, su modificatoria Nº 13237, y su decreto reglamentario Nº 619/10; por lo que corresponde ratificar la medida adoptada. Ahora bien, en lo que respecta al plazo de 90 días que la autoridad administrativa estableció para la medida adoptada, cabe advertir que de conformidad al tercer párrafo del art. 51 de la ley 12967, la medida excepcional se inicia desde la fecha en que quede firme administrativamente la resolución que así la adopte por lo que en el caso ocurrió en fecha 09/06/2025 y 17/07/2025, por lo que el plazo señalado vencería el 07/09/2025 y el 15/10/2025. Sin embargo, debe señalarse que el art. 607 del Código Civil y Comercial establece un plazo máximo de ciento ochenta días a los efectos de la vigencia de la medida excepcional de protección de derechos por la que se establece la separación de un niño o niña de su núcleo familiar, imponiendo arenglón seguido dicha norma que, si vencido el plazo máximo no se lograran revertir las causas que motivaron la medida, el organismo administrativo que adoptó la decisión debe dictaminar inmediatamente sobre la situación de adoptabilidad, debiendo comunicar dicho dictamen al juez interviniente dentro del plazo de 24 hs. En función de ello y más allá de lo dispuesto por la normativa provincial señalada en el párrafo precedente, corresponde computar el plazo máximo señalado desde la efectiva separación de la joven de su centro de vida, lo que en caso aconteció el 11/04/2025 por lo que el plazo máximo de 180 días para resolver en forma definitiva la situación de los niños involucrados en autos vence en Octubre del corriente año. En función de ello se impone requerir a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la resolución de la medida de protección adoptada antes del vencimiento de dicho plazo en virtud de que el transcurso del tiempo conspira en contra del interés superior de las niñas. Por ello, y el derecho aplicado ya citado, RESUELVO: 1º) Tener por efectuado el control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional, adoptada mediante Disposición Nº 000081 de fecha 16/04/2025, respecto de MELODY NOEMI BARRERA, DNI Nº 52.359.110, y Disposición Nº 000120 de fecha 26/06/2025, respecto de MIA MIKEILA QUIROZ, DNI Nº 54.985.478 y KAREN ROSARIO BARRERA, DNI Nº 49.576.260. 2º) Requerir a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la resolución definitiva de la situación delos niños antes del vencimiento del plazo que establece el art. 607 del CCC; 3º) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños, y Adolescentes a los fines del Art. 38 de la Ley 12967. Protocolícese, notifíquese a la Sra. Defensora General Civil Nº 2 y oportunamente archívese. Silvana Carolina Fertonani, Secretaria; Rubén Angel Cottet, Juez.
S/C 553276 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición del Dr. Fernando Gastiazoro, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Esther Mazzarello, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratuLados: SDNAYF c/MUÑOZ, VIRGINIA MARIANELA s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967, RESOLUCION DEFINITIVA; (CUIJ 21-10777214-3), se notifica por edicto al -Sr. GERARDO DE JESUS CASTAÑEDA RENDON, PASAPORTE 75.030.578, con domicilio actual desconocido-, de lo ordenado en autos: Quien suscribe, Secretaria/o del TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA Nº 6, hace saber a Ud/s. que en autos caratulados: SDNAYF c/MUÑOZ, VIRGINIA MARIANELA s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967- RESOLUCION DEFINITIVA (21-10777214-3), se ha ordenado lo siguiente SANTA FE, 17 de Noviembre de 2025. VISTOS Y CONSIDERANDO: Los presentes descritos en el acápite en trámite por ante la Secretaria de Vulnerabilidad de Gestión Asociada de este Juzgado, en los que el, 14.05.25 La Directora Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia promueve Formal Demanda de Notificación de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional solicitando respecto de los niños MicaeL Jeobani MUÑOZ, Víctor Jhoel PIEDRAHITA MUÑOZ, Kiara Alexandra MARULANDA MUÑOZ, Nicol Alejandra CASTAÑEDA MUÑOZ y Junior Sebastián MUÑOZ, la tutela de su abuela materna la Sra. Viviana Alejandra Pera y la privación de la responsabilidad de los progenitores Virginia Marianela MUÑOZ, Víctor Hernan PIEDRAHITA PIEDRAHITA -progenitor de Victor-, Jorge Hernán MARULANDA RENDON -progenitor de Kiara- y Gerardo de Jesús CASTAÑEDA RENDON -progenitor de Nicol- (cargo Nº 6260/25). Que los progenitores fueron notificados de la medida mediante publicación de edictos y cédulas. Se acompaña informe dando cuenta que: ... En lo que refiere al vínculos de los niños con su abuela podemos destacar que se evidencia que se encuentran cómodos junto a ésta, destacando que en reiteradas oportunidades se les consulta si desean continuar viviendo de esa forma y los mismos afirman 17 de noviembre de 2025 ello destacando que se divierten y están cómodos con su abuela. Que ninguno de los progenitores han logrado revertir la situación que ha dado origen a la MPE, en caso de alguno de ellos ocurriendo la ausencia total por lo que se sugiere la privación de la responsabilidad parental...”. Que así y en lo que respecta a los progenitores, el articulo 700 del Código Civil y Comercial dispone que cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental por: a) ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de un delito doloso contra la persona o bienes del hijo de que se trata; b) abandono del hijo, dejándolo en un total estado de desprotección, aun cuando quede bajo el cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero; c) poner en peligro la seguridad, la salud física o psíquica del hijo; d) haberse declarado el estado de adoptabilidad del hijo. En los supuestos previstos en los incisos a), b) y c) la privación tiene efectos a partir de la sentencia que declare la privación; en el caso previsto en el inciso d) desde que se declaró el estado de adoptabilidad del hijo. Que en los términos en que ha quedado planteado el proceso, el caso se subsume en el segundo de los incisos transcritos en relación a Jorge Hernán MARULANDA RENDON y Gerardo de Jesús CASTAÑEDA RENDON: abandono del hijo, dejándolo en un total estado de desprotección, aun cuando quede bajo el cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero y tercer inciso en cuanto a Virginia Marianela MUÑOZ y Víctor Hernan PIEDRAHITA PIEDRAHITA, esto es, poner en peligro la seguridad de los hijos. De esta manera, resulta razonable atento a sus domicilios desconocidos y no conociéndose el paradero de los mismos, privar de responsabilidad a los mencionados progenitores. Los niños y su abuela Sra. Pera fueron oídos. Acreditada la condición moral y económica de la pretensa tutora. Se dispuso correr vista de las actuaciones a la Defensoría General, habiéndose expedido la funcionaria interviniente a favor del otorgamiento de la tutela solicitada. En consecuencia, siendo que lo que debemos priorizar es el interés superior de los niños, quienes fueron oídos en instancia administrativa y judicial y en atención a las previsiones de los Artículos 3, 6, 12, 20 y concordantes de la ley 23.849, lo dictaminado por la Defensoría General de conformidad al Artículo 103 C.C. y C., corresponde el otorgamiento de tutela judicial en favor de su abuela, Viviana Alejandra Pera (arg. Art. 104, ss y cc del C. C. y C.). Por todo lo expuesto, en virtud de la normativa citada y de lo previsto por los Arts. 3, 8, 12 y 20 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ley 23.849); Arts. 1, 3, 8, 11, 24, 27 y Conc. de la ley 26.061 y Arts. 25, 595 y concordantes del Código Civil y Comercial; RESUELVO: 1) Designar a Viviana Alejandra Pera DNI Nº 22.070.406 como tutora de los niños Nicol Alejandra Castañeda Muñoz, DNI 52.692.119; Junior Sebastián Muñoz DNI 50.922.485; Kiara Alexandra Marulanda Muñoz DNI 56.018.286; Victor Jhoel Piedrahita Muñoz DNI 57.886.428 y Micael Jeobani Muñoz DNI 70.232.475, quien deberá aceptar el cargo correspondiente vía electrónica por escrito con patrocinio de abogado de la matrícula o por Defensor General o por la Defensoría General Zonal que corresponda, el que será discernido bajo las formalidades de ley. 2) Privar de responsabilidad parental a Virginia Marianela MUÑOZ DNI 36.266.313 en relación a sus hijos Micael Jeobani MUÑOZ, Víctor Jhoel PIEDRAHITA MUÑOZ, Kiara Alexandra MARULANDA MUÑOZ, Nicol Alejandra CASTAÑEDA MUÑOZ y Junior Sebastián MUÑOZ. 3) Privar de responsabilidad parental a Víctor Hernan PIEDRAHITA PIEDRAHITA Pasaporte AN601501 en relación a su hijo Víctor Jhoel PIEDRAHITA MUÑOZ. 4) Privar de responsabilidad parental a Jorge Hernán MARULANDA RENDON DNI 94.875.023 en relación a su hija Kiara Alexandra MARULANDA MUÑOZ. 5) Privar de responsabilidad parental a Gerardo de Jesús CASTAÑEDA RENDON Pasaporte CC 75.030.578 en relación a su hija Nicol Alejandra CASTAÑEDA MUÑOZ. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General actuante en su despacho. Notifíquese por cédula el presente de acuerdo a lo establecido por el Art. 66 ley 12.967 encomendándose la realización de dichas diligencias al organismo compareciente. Notifíquese al Defensor General. Protocolícese, insértese y hágase saber. Fdo. María Esther Mazzarello, Secretaria; Fernando A. Gastiazoro Juez. Santa Fe, 25 de Noviembre de 2025.
S/C 553334 Nov. 28 Dic. 2
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos MARTINEZ, ROMINA SOLEDAD s/Quiebra; CUIJ 21-02056394-7, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 30 de octubre de 2025. Habiendo resultado sorteado como síndico el CPN Cuello Cristian Guillermo, domiciliado en calle Monseñor Zaspe Nº 2770, desígnaselo en tal carácter (...) hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención. Notifíquese. Fdo. Dra. Romina S. Freyre (Secretaria); Dr. Lucio A. Palacios (Juez). La fecha límite para solicitar verificación es el 17/12/2025. El síndico designado es el CPN Cristian Cuello con domicilio en Monseñor V. Zaspe 2770, teléfono fijo 0342-4592819 y correo electrónico cc2770@hotmail.com. De usar la opción electrónica, favor de respetar los parámetros de SISFE. Santa Fe, 6 de Noviembre de 2025.
S/C 552447 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GALEANO, ERICA GABRIELA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02055837-4-, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la Ley 24.522 y modificatorias, haciendo saber que ha sido designado Síndico el C.P.N. Héctor Marcelo Madoery, domiciliado a los efectos legales en calle San Martín 2347 - Piso 1º - Oficina 13 - (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe, correo electrónico: estudiomadoery@gmail.com - celulares: 3424064909 y/o 3424450791, con días y horas de atención de Lunes a Viernes de 9 a 18 Hs., fijándose el día 28 DE NOVIEMBRE DE 2025 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes conforme con lo dispuesto en autos. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL, Sin Cargo (art. 89 Ley 24.522). Santa Fe, 3 de Noviembre de 2025. Pablo C. Silvestrini, secretario.
S/C 552443 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MAIDANA CLAUDIO MARTIN s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02053319-3) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 05 de Noviembre de 2026: en consideración a lo solicitado por la sindicatura en fecha 03/11/2025 y atento a que los edictos no se han publicado en el BOLETIN OFICIAL, corresponde en consecuencia readecuar las fechas de la resolución de fecha 23/09/2025, y CONSIDERANDO: Lo solicitado por el peticionante, corresponde la reformulación de las fechas a los fines del cumplimiento de los pasos procesales; RESUELVO: 1.- Fijar el día 23/02/2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 2.- Fijar el día 10/03/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 3.- Señalar el día 10/04/2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 27/05/2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 Ley 24522). Insértese, Regístrese, hágase saber. Fdo. Dr. Francisco José Depetris, Juez; Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretario.
S/C 552432 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados PIEDRABUENA, VICTOR HERNAN s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02055775-0), tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: SANTA FE, 03 de noviembre de 2025.
DECLARACIÓN DE QUIEBRA; De acuerdo a las constancias de la causa, resuelvo: 1- Declarar la quiebra de VICTOR HERNAN PIEDRABUENA, argentino, DNI Nº 27.862.284, soltera, empleado del Ministerio del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, CUIL 20-27862284-4, apellido materno UNDAGOYTIA, domiciliada en calle Centenario Nº 2994 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Zavalla Nº 1960 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 05 de noviembre de 2025 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Sanra Fe. 12- Fijar el día miércoles 10 de diciembre de 2025 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día miércoles 11 de febrero de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 11 de marzo de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Corte Suprema de Justicia de la Pcia. Del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Firmado Digitalmente: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez a/c; OTRO DECRETO: SANTA FE, 06 de Noviembre de 2025. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Síndico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN MARIA EUGENIA PELLEGRINI, domiciliada en calle Juan De Garay Nº 2855, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado Digitalmente: Dr. FRANCISCO JOSE DEPETRIS, Juez; Dra. MARIA DE LOS
ANGELES RAMOS, Pro-Secretaria.
S/C 552430 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo
Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados FREYRE, EMILIANO GABRIEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02056319-9), tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 31 de Octubre de 2025: DECLARACION DE QUIEBRA. De acuerdo a las constancias, resuelvo: 1- Declarar la quiebra de FREYRE, EMILIANO GABRIEL, argentino, de apellido materno Godoy, DNI Nº 34.147.917, soltero, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, CUIL 23-34147917-8, domiciliado en Bmateo Booz Nº 436 de la localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Pasaje Leonardo Gianello Nº 636 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes del fallido, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Agencia Tribunales. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 05 de noviembre de 2025 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día lunes 09 de febrero inclusive, cómo fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día jueves 26 de marzo de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 13 de mayo de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Dr. DI CHIAZZA (Juez a/cargo); PACOR ALONSO (Secretaria). OTRO DECRETO: Santa Fe, 06 de Noviembre de 2026; Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Síndico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Síndico CPN Gerardo Facundo Borda Bossana, domiciliado en calle Facundo Zuviría Nº 3675, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Digitalmente; Dra. María de los Ángeles Ramos, Pro Secretaria; Dr. Francisco José Depetris, Juez.
S/C 552429 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: SOLIS CRISTIAN DANIEL s/Quiebra; CUIJ Nº 21-01998136-0, se ha declarado finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc L.C.Q., y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. La resolución que así lo dispone expresa: Santa Fe, 20 de octubre de 2025: I) Declarar finalizada la quiebra de conformidad con lo normado por el artículo 231, último párrafo, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los artículos 103, 107, 110, 114 y concordantes L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. 2) Ordenar la publicación de edictos por el termino de ley, comunicar al Registro de Procesos Universales y oportunamente librar los oficios correspondientes. Notifíquese. Santa Fe, 7 de Noviembre de 2025. Fdo. Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza, (Juez); Dra. Lucila Crespo, Secretaria.
S/C 552424 Nov. 28 Dic. 1
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos BALDOMIR, MARIEL BETIANA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; {CUIJ Nº 21-02056803-5 - AÑO 2025), la siguiente resolución: Santa Fe, (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Mariel Betiana Baldomir, DNI N° 26.924.400, con domicilio real según manifiesta en calle Pje. Iriarte 4135 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle lra. Junta 2507 -Piso 3- Oficina 4 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 12/11/25 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 09/02/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 26/02/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 26/03/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 07/05/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez); Ma. Lucila Crespo, (Secretaria). 7 de Noviembre de 2025.
S/C 552422 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos MACIEL BATET, MILAGROS ARIELA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02056776-4 - AÑO 2025), la siguiente resolución: Santa Fe, (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Milagros Ariela Maciel Batet, DNI N° 41.288.258, con domicilio real en calle Pavon 3401 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle Juan del Campillo 1958 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 12/11/25 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 09/02/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 26/02/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 26/03/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 07/05/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez). Santa Fe, 6 de Noviembre de 2025. Ma. Lucila Crespo, secretaria.
S/C 552420 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos ERDMANN, BELEN ANAHI s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02056843-4 - AÑO 2025), la siguiente resolución: Santa Fe, (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de BELEN ANAHI ERDMANN, DNI Nº 38.725.629, con domicilio real en calle Rosario 2696 de la localidad de Sauce Viejo y domicilio legal en calle La Rioja 3.213 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que, dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “8” para el 12/11/25 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 09/02/25 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 26/02/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 26/03/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 07/05/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el B0. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez). Santa Fe, 6 de Noviembre de 2025. Ma. Lucila Crespo, secretaria.
S/C 552419 Nov. 28 Dic. 4
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Por disposición del JUZGADO DE CIVIL, COMERCIAL y LABORAL de la localidad de Esperanza, Sec. Única, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Sra. GALLO GRACIELA SUSANA, documento nacional de identidad N° F 6.197.988, por un día para que lo acrediten dentro de los 30 días. Autos caratulados: GALLO GRACIELA SUSANA s/SUCESORIO; 21-26304861-7- Radiéado en: Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Esperanza SECRETARIA UNICA.
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe), en autos caratutados: TURRI, BERNARDINO ADRIAN Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-02039593-9), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de BERNARDINO ADRIAN TURRI, DNI N° 20.244.874, y BERNARDINO CARLOS TURRI, DNI N° 6.220.385, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. (Fdo.) Dr. Ivan Di Chiaza, Juez a cargo. Santa Fe, de Noviembre de 2025.
$ 45 Nov. 28
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: DIAZ, TOMAS s/SUCESORIO; (Expte. 729/1992) - RECONSTRUCCIÓN - Y SU ACUMULADO; DIAZ, TOMÁS Y OTRA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (21-02051944-1); CUIJ 21-00730534-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de TOMAS DIAZ, DNI 2.371.878, fallecido el 06 de Noviembre de 1989, hijo de Avelino Andrés Díaz y Victorina Burgos, y de FRANCISCA EXCEQUIELA SOTO, DNI F6.109.693, fallecida el 01 de Enero de 2012, hija de José Soto y Crispina Gallo, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos. Fdo. Dr. CARLOS F. MARCOLIN, Juez. Santa Fe, 19 de Noviembre de 2.025. Pablo C. Silvestrini, secretario.
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: PAULINI, ROBERTO AGUSTIN s/SUCESORIO; (CUIJ 21-02057108-7), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ROBERTO AGUSTIN PAULINI, DNI N° 12.891.968, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez). Santa Fe, de Noviembre de 2025.
$ 45 Nov. 28
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Nro. 27 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos “PORCHIETTO, ROBERTO JUAN C/ VILLALBA, ALBERTO JOAQUIN Y OTROS S/ JUICIOS SUMARIOS” (CUIJ: 21-23023460-1), se ha dispuesto lo siguiente: “SAN JUSTO, 14 de Noviembre de 2025. Venidos los autos se provee escrito suelto -cargo nro. 4367-: Agréguese. Téngase presente. Atento surge de las constancias que no han comparecido a estar a Derecho herederos del co-demandado fallecido Abel Raul Grosso, decláraselos rebeldes. A efectos de proceder al sorteo de Defensor de Oficio de los mismos, fíjase audiencia para el día 10 de diciembre de 2025 a las 9 hs Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días. Notifíquese. Firmado: DR. ADRIAN DE ORELLANA -Juez a/c- DRA. SUSANA CARLETTI -Secretaría-”.-
San Justo, 18 de noviembre de 2025.-
$ 400 553077 Nov. 28 Dic. 01
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS -Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Treceava (13º) Nominación de la ciudad de Santa Fe- en los autos caratulados “BUGNON, MARCIAL PLINIO S/ SUCESORIO” (cuij 21-02056877-9) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores del Sr. BUGNON, MARCIAL PLINIO, D.N.I. M6.233.890, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimiento de ley. A tales efectos publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad. FDO: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).- Santa Fe, noviembre de 2025-
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo (Sta. Fe), en autos caratulados "ARMANDO AGUSTIN PEDRO S/SUCESORIO" CUIJ: 21-26193159-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don AGUSTIN PEDRO ARMANDO, argentino, DNI: N° 7.876.133, casado, apellido materno BALDANI, con último domicilio en Gobernador Candiotti N° 387 de la localidad de Gobernador Crespo, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. San Justo, de Noviembre de 2025.-
$ 45 Nov. 28
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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo – Secretaria Única, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o a todos quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de la causante doña GONNET, ELENA ALBINA, Doc. Ident: 4.667.408, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “GONNET, ELENA ALBINA S/SUCESORIO – CUIJ:21-26193205-6”. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (art. 592 y 67 mod. Ley 11287 CPCC). FDO: DR. LEANDRO CARLOS BUZZANI (Secretario) DRA. LAURA M. ALESSIO (Jueza).-
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “LUDUEÑA, JUANA NICOLASA S/ SUCESORIO CUIJ Nº 21-02056904-9”, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JUANA NICOLASA LUDUEÑA DNI Nº 3.390.770, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.- Firmado digitalmente: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez)”.
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la DECIMO TERCERA Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: “SPATAZZA GERMAN PABLO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02056920-1, se cita se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de SPATAZZA,GERMAN PABLO, D.N.I Nº 22.117.827 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y HALL DE TRIBUNALES.- Dr. Guillermo A. Vales, Juez.- Santa Fe, 25 de Noviembre de 2025.-
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación) en autos caratulados: “SOTO, MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02057152-4), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Miguel Ángel Soto, D.N.I. N° 11.899.962, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. FDO: DR. GUILLERMO A. VALES (Juez).
$ 45 Nov. 28
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Por disposición del Dr. José Ignacio Lizasoain, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación de Santa Fe, con la correspondiente intervención de la Oficina de Procesos Sucesorios, en autos caratulados: “MAFFUCCI, MARIA CECILIA S/ SUCESORIO ” (Expediente Nº 21-02056052-2 ), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MARIA CECILIA MAFFUCCI, DNI 17.612.504, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a esos efectos, en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de estos tribunales. Santa Fe, Noviembre de 2025.
$ 45 Nov. 28
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA DECIMOTERCERA NOMINACIÓN) CIUDAD DE SANTA FE, en autos caratulados “PAVAN, JOSE LUIS Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” C.U.I.J. N° 21-02056742-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JOSE LUIS PAVAN, D.N.I. M. N.º 6.083.186, e HILDA ADA FRANCESCHINI, D.N.I. F. Nº 3.988.509, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Se publica por el término de ley. Secretaría, Santa Fe, de noviembre de 2025. -
$ 45 Nov. 28
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos "MEDRANO, FRANCISCO JAVIER S/ CONCURSO PREVENTIVO " (CUIJ N° 21020525891 AÑO 2025), la siguiente resolución: "Santa Fe, (…) resuelvo: 1. Declarar abierto el concurso preventivo de FRANCISCO JAVIER MEDRANO, D.N.I. N° 27.040.023, con domicilio real en calle 1° de Mayo 3160 de la localidad de Santo Tomé, y domicilio legal en calle San Martin 2515 de la ciudad de Santa Fe. 5. Hacer saber al concursado que en los próximos 12 meses no podrá ausentarse del país sin autorización judicial. Se comunicará a la Jefatura de Policía de la Provincia, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior. 6. Designar audiencia para sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” el día 14/05/25 a las 10.00 horas. 7. Fijar el día 03/07/25 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 LCQ). 8. Establecer entre los días 04/07/25 y 31/07/25 inclusive, el período de observación previsto en el art. 34 LCQ. 9. Señalar el día 02/09/25, como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 LCQ.) y el 14/10/25 para la presentación del Informe General (art. 39 LCQ). 10. Establecer que se podrán presentar observaciones al Informe General hasta el 28/10/25 (art. 40 LCQ). 11. Determinar que el período de exclusividad previsto en el art. 43 LCQ. vencerá el 22/04/26 y en consecuencia, fijar el día 15/04/26 la Audiencia Informativa (art. 45 LCQ.), en la Sala de mi Público Despacho con la prevención de realizarse con los acreedores que concurrieren. 18. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el Boletín Oficial a cargo del concursado, conforme art. 27 LCQ., debiendo justificar el cumplimiento de las publicaciones según lo dispuesto por el art. 28 2do párrafo de la misma ley. 19. Dejar establecido que el término para la publicación de los edictos que prevé el 2do. párrafo del art. 27 de la LCQ comenzará a correr a partir del día siguiente a la aceptación del cargo por el Síndico, y que las notificaciones a que refiere el art. 26 de la mencionada ley se regirán por el art. 61 del CPCC, aplicable por remisión del art. 278 LCQ. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Ma. Lucila Crespo Secretaria La sindica designada es CPN Mabel Cecilia Toniutti quien acredita su identidad mediante dni 17.339453, designo horarios de atención: Lunes a Viernes de 10:00 a 16: hs en calle Irigoyen Freyre 2784 de la ciudad de Santa Fe , mail : Mabel_toniutti@hotmail.com tel 0342155035338
S/C 553033 Nov. 28 Dic. 04
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos “TURRI, MARIA FLORENCIA S/ SUCESORIO (CUIJ 21-02057051-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes de María Florencia TURRI D.N.I. 36.000.052, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se publica a sus efectos en el diario Boletín Oficial y Hall de Tribunales (Acordada C.S.J. del 7.2.96, acta nro. 3). Fdo. Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación), en autos caratulados: “GOMEZ, ALBERTO Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ 21-02056009-3”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don ALBERTO GOMEZ, DNI Nº 6.191.825, y de doña RODRIGUEZ ANGELA MARIA ELENA, DNI Nº 1.720.512, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica en el Boletín Oficial. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann –Juez a cargo. Santa Fe, de noviembre de 2025.
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “ORELLANO, GUMERCINDO S/ SUCESORIO CUIJ Nº 21-02056903-1”, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de GUMERCINDO ORELLANO DNI Nº 7.109.904, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado digitalmente: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez)
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios en los autos caratulados “CABRE, GLADIS GUADALUPE S/ SUCESORIO 21-02055528-6” , radicados ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 1er Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de CABRE GLADIS GUADALUPE DNI° 11.845.432 quien falleció el día 31/01/2022, con ultimo domicilio en calle Entre Ríos 949 de la Ciudad de Laguna Paiva, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se exhibe a los efectos legales en el HALL DE TRIBUNALES. Publíquese Edictos de conformidad con lo dispuesto por la Ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo extraordinario celebrado el 07/02/96, Acta N° 3.- Fdo, Dra. ANA ROSA ALVAREZ (Jueza), Santa Fe 06 de Octubre de 2025.-
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Esperanza, secretaria a cargo del autorizante, en los autos caratulados “MATTIO NELIDA DOMINGA S/ SUCESORIO” Expte. N.º 21-26307344-1 del año 2025, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores, y legatarios de la señora NELIDA DOMINGA MATTIO, DNI N° 1.530.260 para que comparezcan dentro del término de treinta (30) días a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. “Esperanza, 22 de Septiembre de 2025....Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (art. 67 CPCC)....” Firmado: Dra. Julia Fascendini (Secretaría) – Dra. Virginia Ingaramo (Jueza).
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito n° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante FERNANDEZ PEDRO OMAR, D.N.I. nº 14.834.527, fallecido en fecha 26 de Junio de 2.023 en la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe; para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan por ante éste Juzgado a hacer valer sus derechos. Todo lo cual se halla ordenado en los autos caratulados “FERNANDEZ PEDRO OMAR S/ SUCESORIO” (C.U.I.J. nº 21-26328240-7). Publíquese a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe.
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “EBERLE ALBERTO ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” – CUIJ. Nº 21-02057158-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de EBERLE ALBERTO ANTONIO, D.N.I. N.º 20.389.441, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y hall de Tribunales. Firmado: Dr. Guillermo A. Vales (Juez)
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san jorge
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos MARINO, MARIA ISABEL S/ SUCESORIO 21-26270028-0 se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante MARINO, MARIA ISABEL DNI 13.733.267 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria – Dr. Daniel M. Zoso- Juez.
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos TORRES, MARIO DESIDERIO S/ SUCESORIO - 21-26270029-9 se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante TORRES, MARIO DESIDERIO DNI 13.694.811 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria – Dr. Daniel M. Zoso- Juez.
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos NEIRINO BELKIS RAFAELA ROSA S/ SUCESORIO,21-26270011-6 se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante NEIRINO BELKIS RAFAELA ROSA DNI 6.319.372, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria – Dr. Daniel M. Zoso- Juez.
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ceres
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados ”THEILER BEATRIZ RAQUEL S/ SUCESORIO” CUIJ 21- 27915836-6 se cita llama y emplaza a los herederos, sucesores, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con derechos sobre los bienes de la causante: Beatriz Raquel THEILER, DNI F 5.244.605 , fallecida 24 de Mayo de 2025 en la Cuidad de Ceres , provincia de Santa Fe. Para que comparezcan a hacerlos valer en juicio, en termino y bajo apercibiendo de ley.- ”THEILER BEATRIZ RAQUEL S/ SUCESORIO” CUIJ 21-27915836-6 ----- CERES, NOVIEMBRE DE 2025
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vera
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por la disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia Dra. JORGELINA YEDRO, JUZG. CIVIL. COM. Y LAB. 1Era NOMINACIÓN, de Vera, provincia de Santa Fe, en autos caratulados "SENN, NORIS NANCY S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ: 21-25279092-3, se ha ordenado citar y emplazar a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento de SENN, NORIS NANCY, para que comparezcan a hacerlos valer en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a los efectos legales en el Hall de tribunales de Vera, en el lugar destinado al efecto y en el boletín oficial.
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral - Segunda Nominación – Secretaría Única – de la ciudad de Vera, Santa Fe, se CITA, LLAMA y EMPLAZA a los herederos, acreedores y/o legatarios de: ELSA AURORA ALVIRA, L.C. 6.456.483, en autos caratulados: “SAGER, ORLANDO RODOLFO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ. 21-25278904-6), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Página Web Institucional del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, por el término de un (1) día (art. 2340 C.C.C.N.). Vera, 04 de agosto de 2025.- Dra. Mónica Alegre: Secretaria Subrogante.-
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rafaela
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CÁMARA DE APELACIÓN
Por disposición del Señor Juez de Trámite de esta Sala II de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial en los autos caratulados “CUIJ 21-16381524-6 - SARTINI SILVIA EDITH C/ EUROMAYOR SA S/ COBRO DE PESOS - LABORAL”, se ha dispuesto notificar la siguiente resolución: “En la ciudad de Rafaela, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco, … Por las consideraciones del Acuerdo que antecede, la SALA II DE LA CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL RESUELVE: I) Declarar la deserción del recurso de nulidad interpuesto. II) Admitir parcialmente el recurso de apelación y revocar la sentencia, acoger en consecuencia la demanda contra Euromayor S.A y desestimarla contra sus directivos demandados. Admitir parcialmente los rubros demandados. Imponer las costas de la primera instancia en un 40% a la accionante y un 60% a los demandados -con la aclaración formulada en el fundamento del fallo-. III) Imponer las costas generadas en la tramitación de la instancia recursiva en igual medida y con idéntica salvedad. IV) Los honorarios de la segunda instancia se calcularán sobre la base económica del juicio pero con la reducción que autoriza el art. 19 Ley 12.851. V) Declarar la abstracción del planteo de la defensora de ausentes inherente a “falta de representación” con costas a cargo de la actora. VI) Desestimar los planteos de la defensora de ausentes relativos a “caducidad” y “prescripción” con costas en el orden causado. VII) Regular los honorarios por esos planteos -no sustanciados- como se indicó mas arriba, corriéndose vista a la Caja Forense. Insértese, hágase saber y bajen. Concluido el acuerdo, firmaron los Jueces de Cámara por ante mí, doy fe.” Fdo.: HAIL, LORENZETTI, ALVAREZ TREMEA, Jueces de Cámara - ALBERA, Secretario de Cámara.-
EL PRESENTE EDICTO DEBE SER PUBLICADO POR EL TÉRMINO DE TRES (3) DÍAS.- NO REPONE: Cód. Fiscal de la Pcia. De Santa Fe – Ley N° 3456 y sus modificatorias. Rafaela, 14 de noviembre de 2.025. Florencia Giletta Prosecretaria de Cámara
S/C 553005 Nov. 28 Dic. 02
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez a cargo del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 5 CIVIL Y COMERCIAL DE LA 3RA. NOM. de Rafaela, Santa Fe, Guillermo Vales (Abogado - Juez a/c) se hace saber que en el marco de los autos caratulados "BRARDA CARLOS ALBERTO s/ Pedido de Quiebra; EXPTE.1248/2001; CUIJ: 21- 23995964-1", se ha dictado la siguiente Resolución registrada al Tomo: 2025, Resolución: 317, que expresa: "Rafaela, 21 de agosto de 2025. AUTOS Y VISTOS:......RESULTA:.... CONSIDERANDO: RESUELVO: 1.Disponer la conclusión de la quiebra del Sr. BRARDA CARLOS ALBERTO, (DNI Nº 11.430.984) , en los términos del art. 228 y 229 de la ley 24.522. 2.Correr la vista ordenada a la ''Administración Provincial de Impuestos". 3.Acreditada la diligencia expuesta en el punto que antecede, comunicar la conclusión al "Registro de Procesos Universales de Santa Fe". 4.Ordenar el levantamiento de la inhibición general dispuesta con relación al fallido, oficiándose a sus efectos a los registros en los que se hallare anotada. 5. Hágase saber la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad por el término de un día.- Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Notifíquese". FDO: Juliana Foti (Abogada - Secretaria) - Guillermo Vales (Abogado - Juez a/c).
S/C 553132 Nov. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “QUINTEROS, MIGUEL ROBINDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-24208888-0”, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante Miguel Robindo Quinteros DNI 11.947.826, para que acrediten su carácter dentro del término de treinta (30) días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales (Art. 67 del C.P.C). Rafaela, de Noviembre de 2025. Dra. Natalia Carinelli, Secretaria.
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación (Distrito nº 5) de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, en autos: "Expte. CUIJ Nº 21-24211300-1 – AGUILAR, VICENTE LUIS s/ SUCESORIO", sucesorio iniciado por el abogado Pablo Gonzalo Alessiato, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don VICENTE LUIS AGUILAR (D.N.I. Nº 16.200.531), con último domicilio en calle Santa Rosa Nº 2263 de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, fallecido el día 14 de Julio del año 2025, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos, debiendo publicarse cinco veces en diez días. Firmado: Dr. Matías Raúl Colón - JUEZ - Dra. Sandra Inés Cerliani – SECRETARIA-.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: "EYVASTRE, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO" CUIJ N° 21-24211573-9, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de JUAN CARLOS EYVASTRE, DNI N° 12.495.566, fallecido el 21/01/2016, con último domicilio en calle Las Heras N°48 de la localidad de Eusebia, provincia de Santa Fe, y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, acrediten su carácter y comparezcan a hacer valer sus derechos. Se publica a todos los efectos legales por edictos en Boletín Oficial y Sede Judicial. Sucesorio iniciado por la Dra. Yanina Soledad Ruatta. Fdo: Natalia Carinelli (Abogada-Secretaria) –Matías Colón (Juez a/c).- Rafaela, 28 de Noviembre de 2025.-
$ 45 Nov. 28