picture_as_pdf 2025-12-17


MUTUAL FEDERADA "25 DE JUNIO" SPR


ASAMBLEA EXTRAORDINARIA


En cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias pertinentes, el Consejo Directivo de la Mutual Federada "25 de Junio" Sociedad de Protección Recíproca, convoca a su asociados a la Asamblea Extraordinaria que se llevará a cabo el día 27 de enero de 2026 а las 14:30 hs en su sede de calle Moreno N° 1222/28 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a efectos de considerar el siguiente:


ORDEN DEL DIA

1) Elección de dos Asociados/as Activos para que junto con el Presidente y Secretario suscriban el Acta de Asamblea.

2) Aprobación de venta sobre inmueble ubicado en calle España 865 de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

3) Aprobación de venta sobre inmueble ubicado en calle Alem 822 P.B de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

LEONARDO RICARDO GIACOMOZZI

Secretario

JUAN ANTONIO PIVETTA

Presidente


NOTA: Se transcriben los artículos pertinentes del Estatuto de la Mutual Federada 25 de Junio SPR e información para los asociados:

a) Del Estatuto:

Artículo 32°) Para participar en las asambleas y actos eleccionarios es condición indispensable: a) ser socio activo; b) presentar el carnet social; c) estar al día con Tesorería; d) no hallarse purgando sanciones disciplinarias; e) tener 6 meses de antigüedad como socio.-

Artículo 35°) El quórum para cualquier tipo de Asamblea será de la mitad más uno de los asociados con derecho a participar. En caso de no alcanzar este número a la hora fijada, la Asamblea podrá sesionar válidamente 30 minutos después con los socios presentes, cuyo número no podrá ser menor al de los miembros del Órgano Directivo y de Fiscalización.- Las resoluciones de la Asamblea se adoptarán por la mayoría de la mitad más uno de los socios presentes, salvo casos de renovaciones de mandato contemplados en el art.17° o en los que el presente Estatuto Social fije una mayoría superior.- Ninguna Asamblea de asociados sea cual fuere el número de presentes, podrá considerar asuntos no incluidos en la convocatoria.-

b) Información para asociados:

Comunicamos a nuestros asociados que a partir de la inclusión, por intermedio del decreto n° 1991/2011, de las mutuales en el artículo 1º de la ley 26.682, regulatoria de la medicina prepaga, y habiendo solicitado nuestra mutual su inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga, los consejeros, los integrantes de junta fiscalizadora y gerentes actuales de nuestra entidad, y como consecuencia los que en el futuro se postulen para desempeñarse como tales, deben cumplir con las condiciones que establece el artículo 3º de la ley 26.682 y su reglamentación dispuesta por el artículo 3º del decreto nº 1993/2011.

De igual modo, y en lo que respecta a los Consejeros y sus correspondientes cargos electivos, estos se encuentran alcanzados por el Art. 13 de la Ley 20.321.

$ 400 554408 Dic. 17 Dic. 18

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COOPERATIVA AGRÍCOLA GANADERA

LOS MOLINOS LIMITADA


DEPURACIÓN DEL PADRÓN DE ASOCIADOS


La Cooperativa Agrícola Ganadera Los Molinos Limitada hace saber que, con opinión y dictamen favorable de Sindicatura y de la Dirección de Asuntos Jurídicos del INAES: 1) En fecha 04/09/2025 el Consejo de Administración ha resuelto la depuración del padrón de asociados de la cooperativa, excluyendo a todas aquellas personas que a dicha fecha hiciera más de tres ejercicios que no registran actividad y que a su vez se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) que en los registros de A.R.C.A se encuentren como personas fallecidas; b) que no tengan declarado en la cooperativa un CUIT válido. 2) En la administración de la cooperativa se encuentra disponible para consulta de los asociados y/o sus herederos la información de quienes se encuentren en las situaciones descriptas, confiriendo un plazo de 30 días desde la última publicación de éste edicto, para que manifiesten su voluntad de continuar vinculados con la cooperativa y presenten la documentación que al respecto se les exigirá. 3) Transcurrido el plazo establecido, respecto de quienes se encuentren en la situación descripta en el artículo primero y no se hubiesen presentado a manifestar su voluntad en contrario o haciéndolo no hubiesen presentado la documentación que se les requiriese, se hará efectiva la exclusión dispuesta. 4) Los asociados excluidos tendrán derecho al reembolso del 100% del valor nominal de sus cuotas sociales integradas según lo resuelva la próxima asamblea en los términos del art. 20 del estatuto social y la resolución Nº1027/1994 de INAES. S) El asociado excluido tendrá derecho a apelar la medida ante la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria en un plazo de 30 días. Cada año se excluirá del padrón hasta un 10% del padrón registrado al cierre del último ejercicio.

$ 500 554337 Dic. 17 Dic. 19

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ASOCIACION MUTUAL DE EX JUGADORES

Y JUGADORES DEL FUTBOL ROSARINO


ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA


Se convoca a los señores asociados de acuerdo a lo dispuesto .por el Estatuto Social a la Asamblea Extraordinaria, a celebrarse el día 20 de Enero de 2026, a las 19:00 hs. en la sede social de la entidad sita en calle Callao 581 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a los fines de considerar el siguiente:


ORDEN DEL DIA:

1) Designación de dos asociados para que aprueben y firmen el acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario.

2) Elección de Autoridades de Consejo Directivo y Junta Fiscalizadora por Fallecimiento de alguno de sus miembros.

ROSARIO, 12 de Diciembre de 2025.

RAUL CORDOBA

Tesorero


NOTA:

Art. 26: “Para que la Asamblea sesione válidamente, deberán hallarse presentes la mitad más uno de los asociados con derecho a voto. En caso de no alcanzar ese número a la hora fijada, la Asamblea podrá sesionar válidamente treinta minutos después con los asociados presentes, cuyo número no podrá ser menor al de los miembros de los órganos Directivos y de Fiscalización, quedando éstos últimos excluidos de dichos cómputos”.

$ 300 554371 Dic. 17 Dic. 19