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ROSARIO
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CAMARA DE APELACION
Por disposición de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Cuarta de Rosario, dentro de los autos caratulados VEIRA, ANGELA c/DI VAIRA, MIGUEL s/USUCAPIÓN; 21-02871420-0 (150/2023), se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Acuerdo Nº 368 en Rosario, 13 de noviembre de 2025... la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de integrada, RESUELVE: I) Rechazar los recursos deducidos a fs. 184 por la demandada, contra la Sentencia Nº 672, de fecha 01.07.2022, obrante a fs. 171 y ss. II) Imponer las costas a la parte actora. III) Los honorarios por los trabajos desplegados en la Alzada se fijan en el 50% de los que correspondan por las tareas cumplidas en primera instancia. IV) Insértese, agréguese copia y hágase saber. (AUTOS: VEIRA, Ángela c/DI VAIRA, Miguel s/Usucapión; Expte. Nº 150/2023; CUIJ Nº 21-02871420-0). Fdo. Dres. Bentolila - Lotti - Molina (Jueces de Cámara); Dra. Gervasoni (Secretaria). Rosario, de febrero de 2026. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, prosecretaria.
$ 100 557204 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, en autos caratulados: CESCHI, MARTA INES c/FONTANA NARCISO Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-02896251-4, se hace saber que se dictó el Acuerdo Nº 12 en fecha 13 de Febrero de 2026, en los siguientes términos: RESUELVE: 1) Rechazar el recurso articulado por la defensora de oficio de la parte demandada y confirmar la sentencia Nº 949 de fecha 13.9.2023; 2) Imponer las costas de alzada a la accionada vencida, sin perjuicio de que los honorarios de la defensora de oficio sean soportados provisoriamente por la accionante, pudiendo ésta eventualmente repetir lo abonado contra la parte condenada en costas en caso de ser hallada; 3) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes por su actuación en segunda instancia en el cincuenta por ciento (50%) de los que en definitiva resulten regulados por la actuación en primera instancia. Insértese, hágase saber y bajen (Expte. Nº 342/2024, CUIJ Nº 21-02896251-4). Fdo. Dr. Ariel C. Ariza (Juez de Cámara), Iván D. Kvasina (Juez de Cámara), y Juan Pablo Cifré (Juez de Cámara) (disidencia parcial), Dra. Silvana A. Cescato (Secretaria de Cámara). Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, prosecretaria.
$ 100 557249 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición de los Sres. Camaristas de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial (Sala III) Sec.Unica, se notifica que dentro de los autos caratulados FOJON OMAR ARIEL c/SEMINARA VICENTE Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-01524297-0, se ha dictado la Resolución Nº 412/25, que en su parte resolutiva dice: RESUELVE: l. Rechazar el recurso de apelación interpuesto. 2. Confirmar lo decidido por la Jueza de grado mediante Sentencia Nº 492/24 (v. fs. 299/302), 3. Imponer las costas a la demandada (art. 251, CPCC), sin perjuicio de que la retribución del defensor de oficio sea finalmente soportada por el actor, conforme fuera expuesto en las consideraciones precedentes. 4. Fijar los honorarios de los profesionales que actuaron ante esta Alzada en el 50% de los que se regulen en primera instancia. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. MOLINA; Dra. CINALLI; Dr. ARIZA (Art. 26 L.O.P.J.); Dr. FACUNDO MARTINEZ MALLADA (Prosecretario). Rosario, 23 de Febrero de 2026. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, prosecretaria.
$ 100 557205 Mar. 20 Mar. 26
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, en los autos: “CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL INMUEBLE DE CALLE ESPAÑA Nº 862/866/868/870 DE ESTA CIUDAD DE ROSARIO TITULADO EDIFICIO PATAGONIA C/ GARCÍA DE SÁNCHEZ RIZZA NÉLIDA PATROCINIA DE JESÚS Y/O SUCESORES S/ JUICIO EJECUTIVO – CUIJ N º 21-13944240-4” se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos de la demandada fallecida, Nélida Patrocinia de Jesús García de Sánchez Rizza, para que dentro del plazo de ley comparezcan a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimientos de rebeldía, todo atento lo normado por el art. 597 C.P.C.C. A continuación, se transcribe el primer decreto de trámite dictado en los autos de la referencia: “Rosario, 24/04/2025 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES días. 2-Trabese EMBARGO, previa reposición de sellado si correspondiere, SOBRE EL INMUEBLE DENUNCIADO por la actora, en la PROPORCIÓN QUE CORRESPONDA A LA PARTE EJECUTADA, librándose el despacho correspondiente, con facultades de ley. 3-El MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA ORDENADA y en relación a la PARTE DEMANDADA, en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $1.153.209,31 (Un millón ciento cincuenta y tres mil doscientos nueve pesos con 31/100 cent.). 4-Dese al presente TRAMITACION ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F. Los originales de la documental fundante y de toda otra presentación digital permanecerán en poder de la parte o su representante/patrocinante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serles requerido. Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo:https://www.justiciasantafe.gov.ar. 5-ofíciese al Juzgado respectivo a fin que informe nombre de los herederos declarados o denunciados en el pedido de declaratoria y sus domicilios reales. 6-En caso de desconocerse los domicilios de los herederos, ofíciese al Registro Nacional de las Personas a los fines que informe último domicilio y todo otro dato que constare en relación a los herederos demandados. El oficio de informe se diligenciará directamente bajo firma de profesional mediante el formulario disponible en https://oficios judiciales.renaper.gob.ar/ consignando como correo electrónico de respuesta del informe el siguiente: circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar 7-Cumplimentado que fuere lo anterior, adecue el actor su demanda contra los herederos que fueren identificados y notifíquese por EDICTOS (art. 597 C.P.C.C.) e igualmente por CÉDULA bajo firma de profesional. También deberá notificarse al domicilio del inmueble generador de expensas. 8-Acompañe informe actualizado de dominio” Fdo: Dr. Luciano A. Ballarini –Juez - Dra. María Elvira Longhi -Secretaria”.- Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el Boletín Oficial. Fdo.
$ 300 558049 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, en los autos: “CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO ISAURA C/ PERALTA Y MORENI, MARCELA GABRIELA MÓNICA S/ JUICIO EJECUTIVO - 21-13926796-3” se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. Marcela Gabriela Mónica Peralta y Moreni, en su carácter de heredera de los codemandados José Esteban Ricardo Peralta y Francisca Enriqueta Moreni de Peralta, para que dentro del plazo de ley comparezca a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimientos de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación, todo atento lo normado por el art. 597 C.P.C.C. A continuación, se transcribe el primer decreto de trámite dictado en los autos de la referencia: “ROSARIO, 11 de Septiembre de 2025 (…) Estando acreditado el fallecimiento de los codemandados JOSÉ ESTEBAN RICARDO PERALTA y FRANCISCA ENRIQUETA MORENI DE PERALTA, conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial cítese y emplácese a su heredera MARCELA GABRIELA MÓNICA PERALTA Y MORENI a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Procédase a la recaratulación de los presentes. Notifíquese por EDICTOS (art. 597 C.P.C.C.) y por CÉDULA (art 21 C.P.C.C.). Fdo: Dr. Luciano A. Ballarini –Juez - Dra. María Elvira Longhi -Secretaria”.- Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el Boletín Oficial. Fdo.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, dentro de los autos caratulados: FORNI, MARÍA FERNANDA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02998938-6, por auto Nº 39 del 02/03/2026 se ha resuelto: 1º) Fijar el día 17 de abril 2026 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 200 de la LCQ. 2º) Fijar el día 12 de junio de 2026 como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 14 de agosto de 2026 como fecha límite para la presentación del informe general. La sindicatura suplente se encuentra a cargo del CPN Andrés Calabrese, con domicilio en Corrientes 931, Piso 2, de Rosario, horario de atención de lunes a viernes de 09:30 a 16:00 hs. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Mariana Nallino, Prosecretaria. Rosario.
$ 1 557287 Mar. 20 Mar. 30
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El Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual 7ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Analía Mazza, en los autos caratulados: López, Ramón Omar c/Benetti Jose María y Otros s/Daños y Perjuicios; (CUIJ 21-11894708-5), hace saber que habiendo fallecido el demandado JOSE MARÍA BENETTI, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o sucesores del mismo para que, dentro del plazo de ley, comparezcan en autos, acrediten su calidad y constituyan domicilio legal, bajo apercibimiento de nombrar curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda, continuando el proceso, conforme lo dispuesto por el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL y en un diario de amplia circulación de la jurisdicción. Seguidamente se transcribe la providencia que ordena el presente: ROSARIO, 04 de Diciembre de 2025. Agréguese la constancia acompañada. Téngase presente lo manifestado. Habiéndo resultado infructuoso el requerimiento oportunamente formulado a la demandada y el oficio al RPU, atento lo normado en el art. 597 CPCC emplácese por edictos a los herederos del demandado, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en formato digital por Secretaría por el término de ley. Todo ello bajo apercibimiento de nombrar curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda. Notifíquese. Fdo. Dra. Analia Mazza (Jueza). Rosario, de diciembre de 2025. Dr. Ariel A. Casas, prosecretario.
$ 100 557333 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición del Juzgado Unipersonal Nº 6 de Rosario, se ha ordenado NORTIFICAR, mediante el presente edicto al Sr. TOMAS NARDI, dentro de los autos caratulados FIDERIO RUBEN c/NARDI MARILINA s/CESE CUOTA ALIMENTARIA; CUIJ 21-11453305-7, en trámite ante el presente Juzgado a cargo de la Dra. MANGANI (JUEZ) secretaria autorizante, se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 29 de Septiembre de 2025; Agréguese la partida de nacimiento que adjunta y el domicilio real denunciado. Habiendo cumplimentado con lo ordenado se decreta: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado. Agréguese la boleta colegial acompañada. Jueza a cargo del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6: María Paula Mangani. Por promovidas actuaciones para el cese y reducción de alimentos. Agréguense las constancias que acompaña. Hágase saber al beneficiario, Tomás Nardi, y a la progenitora, Marilina Sol Nardi, por el término de tres días, y que de no formular objeción se resolverá de conformidad sin más trámite. Hágase saber a Tomás Nardi, que podrá comparecer con patrocinio dentro de estos autos, y que en caso de no contar con los medios suficientes, podrá contar con asesoramiento gratuito. Notifíquese por cédula con copia del escrito inicial. De no ser hallados los nombrados en el domicilio denunciado, el empleado notificador deberá requerir informes de quien lo atienda o de vecinos con el objeto de determinar si se domicilían allí y únicamente en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. MARÍA PAULA MANGANI Jueza. EN CUENSECUENCIA QUEDA DEBIDAMENTE NOTIFICADO. Dra. María Jose Caviglia, secretaria.
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de Rosario, en autos caratulados: RODRIGUEZ, RAMIRO SEBASTIAN c/FERNANDEZ, DIEGO HERNAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11892519-7, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 5 de febrero de 2026. Atento que el demandado FERNANDEZ, DIEGO HERNAN, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 280/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. Fdo. Dr. BITETTI, SECRETARIO; Dra. ENTROCASI, JUEZ. Secretaría, Rosario, de Febrero de 2026.
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de Rosario, en autos caratulados: SANCHEZ, JOSE DAMIAN c/BERTILLO, HEBE LORELEY s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ Nº 21-12160505-5, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, Atento que la demandada BERTILLO, HEBE LORELEY, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificada según edicto acompañado en escrito cargo Nº 858/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláresela rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. Fdo. Dr. CHISTIAN BITETTI, SECRETARIO; Dra. JORGELINA ENTROCASI, JUEZA. Secretaría; Rosario, 24 de Febrero de 2026.
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SE ORDENA NOTIFICAR AL Sr. DOMINGUEZ SEBASTIAN JESUS, D.N.I. 31.790.496, en su carácter de padre del menor SYLVESTRE DOMINGUEZ, LO DISPUESTO EN LOS AUTOS CASTRO, MARIA EUGENIA c/DOMINGUEZ, SEBASTIAN JESUS y PANUNCIO, HILDA BEATRIZ s/AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA; 21-11447859-5; Por disposición del Juzg.Unipersonal de Familia Nº 9 SEC. UNICA. De Rosario, se ha ordenado se notificar la resolución Nº 4 de fecha 03.02.26. y vistos... considerando... RESUELVO: 1.- Hacer lugar al pedido de aumento provisorio de la cuota alimentaria pactada entre las partes y homologada por auto Nº 1286 de fecha 29/05/2017, obrante en los autos conexos DOMINGUEZ, SEBASTIAN JESUS c/CASTRO, MARIA EUGENIA s/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA - MEDIDA DE NO INNOVAR - CUIJ 21-11312107-3 y establecer la misma a favor de SYLVESTRE DOMINGUEZ, DNI Nº 52.867.583 y a cargo de su progenitor, SEBASTIAN JESUS DOMINGUEZ, DNI Nº 31.790.496, todos con demás datos de identidad en autos, en la suma equivalente al 30% de los ingresos de éste, importe que no deberá ser inferior a un y medio salario mínimo, vital y móvil que fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (Ley 24.013). 2) Dicha suma será depositada por el alimentante en una cuenta judicial que deberá ser abierta en el Banco Municipal, Ag. Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos del 1 al 10 de cada mes por período adelantado. 3) La falta de pago en término devengará una suma en concepto de interés calculada sobre la tasa activa sumada que perciba el Nuevo Banco de Santa Fe para operaciones de descuentos de documentos durante el período de la mora. 4) A los fines del art. 3 de la ley 11945 se transcribe el art. 4 de la citada normativa Habilita la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el incumplimiento de tres (3) cuotas consecutivas o cinco (5) alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos. Habilita la inscripción de los empleadores el incumplimiento de una orden judicial debidamente notificada que disponga la retención y depósito a la orden de algún juzgado de sumas destinadas a alimentos. Insértese y hágase saber. Dra. AGUSTINA SUEIRAS MUNUCE; Dra. MILCA MILEVA BOJANICH Secretaria Jueza.
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Dentro de los autos caratulados: ROLON, NICOL NOEMI Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ 21-11459922-8. Por disposición de Gustavo Antelo, Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4 de Rosario, se ha dispuesto notificar a CLAUDIA CARINA ROLON, DNI 33.730.530 lo siguiente: Nº l. Rosario, 2 de febrero de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVE: I) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción respecto de NICOL NOEMÍ ROLÓN, titular DNI N1 52.637.3654, dispuesta por Resolución Nº 275/25 de fecha 07.11.2025. II) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. III) Atento lo dispuesto por el art. 607 inc. c del Código Civil y Comercial requerir a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción, para que produzca informe actualizado del resultado del plan de acción implementado al tiempo de disponer la medida excepcional y conforme el mismo, dictamine sobre la procedencia de la declaración en situación de adaptabilidad o en su caso, otras alternativas de resolución definitiva de la situación de NICOL NOEMÍ ROLÓN, titular DNI Nº 52.637.3654, previo al vencimiento del plazo por el cual se tomó la medida excepcional. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Antelo Juez; Dra. Barbieri (secretaria).
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Por disposición de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la 2ª Nominación de Rosario, cítese y emplácese a los herederos de la Sra. María Isabel Borras (D.N.I. 13.357.343) a fin de que comparezcan en los términos del art. 597 del CPCC. (Expte. Nº 21/20). Fdo. Dr. ALEJANDRO ANDRADA, Juez de Cámara; Dra. GISELLE MAZZA, Secretaria Subrogante (Autos: BORRAS MARIA ISABEL c/MUNICIPALIDAD DE ROSARIO s/RCA; CUIJ Nº 21-17455866-0). Dra. Giselle L. Mazza, secretaria subrogante.
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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 20ª Nom. Juzg. De 1ª Instancia De Circuito N° 2 - Denom. Anterior-Ref. Ley 14264- de Rosario a cargo del Sr. Juez Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Secretaría del Dr. Javier Matias Chena, dentro de los autos caratulados MANZANAS, JOSE DANIEL c/CARRIZO DE RIZZO, FAUSTINA DONATILA Y OTROS s/USUCAPIÓN; Expte. C.U.I.J. Nº 21-12649270-4, se ha dispuesto notificar a los herederos y/o sucesores del Sr. Mario Rizzo y Faustina Donatila Carrizo el siguiente decreto: ROSARIO, 06 de Febrero de 2026. Agréguense las constancias acompañadas. Encontrándose acreditado el fallecimiento de Mario Rizzo y Faustina Donatila Carrizo, cítese y emplácese a los herederos de Mario Rizzo y Faustina Donatila Carrizo a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCCSF. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe si se ha iniciado juicio de declaratoria de herederos del demandado fallecido. Recaratúlense por Secretaría. Fdo. Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA Juez). Rosario, de Febrero de 2026. Dr. Javier Matias Chena, secretario.
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito de la 1ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/FERRO ARIADNA s/APREMIO; CUIJ 21-13948893-5, se ha ordenado notificar a la parte demandada el siguiente decreto: ROSARIO, 31/10/2025. Téngase por acompañado certificado de deuda con firma digital válida. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Por iniciada Demanda de Apremio Autónomo (arts. 507, 452 y 473 del CPCC). Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de TRES (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMÉNTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F. Los originales de la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. Las futuras cédulas de notificación que se diligencien serán incorporadas también digitalmente por la representación de la parte actora, quedando el original en su poder como depositaria judicial, debiendo presentarla sólo en caso de serle requerido. Se hace saber a la PARTE DEMANDADA que podrá presentarse en autos, tomar conocimiento de la demanda y documental incorporada y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “Primera Vinculación”. Ver instructivo:http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/índex.php?go=i&id=6021. En caso de IMPOSIBILIDAD, podrá solicitar el expediente en soporte papel en Mesa de Entradas del Juzgado. Hágase saber a las partes que deberán indicar dirección electrónica para recibir correos de cortesia de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado. sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p.11. Ofíciese al Banco Central de la República Argentina a los fines que mediante Comunicación “D”, requiera a todas las entidades financieras bajo su control para que en el término de diez (10) días de recibida informen a este Juzgado de 1ª Inst De Ejecución Civil de Circuito de la 1º Nom. De Rosario, Santa Fe, sito en Balcarce 1651, 2º piso, C.P. 2000, email: circuitoeje1ros@justiciasantafe.gov.ar sobre todo tipo de colocación, cuenta, caja de seguridad u operación que posea el/la demandado/a en las entidades bancarias de conformidad a la excepción prevista en el Art. 39, inc. “a” Ley de Entidades Financieras Nº 21.526 y modif. Hágase saber a las entidades bancarias que sólo deberan responder el presente oficio en caso de resultados positivos del informe. NO deberá remitirse oficio alguno al Juzgado en caso que NO registraran las cuentas o colocaciones mencionadas. El oficio dirigido al Banco Central de la República Argentina - Gerencia Administrativa Judicial será firmado directamente por el profesional peticionante y deberá cumplimentarse con lo requisitos exigidos por el B.C.R.A., en el siguiente enlace: https://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Oficios_judíciales.asp. Ofíciese a la Administración Provincial de Impuestos a los fines que informe si la parte demandada es titular de bienes inmuebles o automotores como se solicita. El oficio será suscripto por el profesional peticionante (art. 25 C.P.C.C.). Notifíquese por cédula que firmará el profesional (art. 25 C.P.C.C.). Fdo. Dra. Mariana Martínez {Juez); Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, de Marzo de 2026. Publicación sin cargo.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/NUÑEZ JUAN CARLOS s/OTROS APREMIOS FISCALES; CUIJ 21-13937909-5, Expte. Nº 289/2024, se ha ordenado notificar el siguiente decreto a los herederos, acreedores y/o legatarios de NUÑEZ JUAN CARLOS, D.N.I. 25.973.829: ROSARIO, 23 de diciembre de 2025. Previo a dictar sentencia y conforme facultades de saneamiento dispuesta en el art. 21 del CPCC, sin perjuicio de la comparecencia de los herederos del demandado en autos, cítese a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de nombrar defensor de oficio en su doble carácter de curador y defensor a los herederos, acreedores y/o legatarios del demandado NUÑEZ JUAN CARLOS, D.N.I. 25.973.829 conforme lo dispuesto por el art. 597 del CPC. Públíquese edictos de ley. Fdo. Dr. SEBASTIÁN RUPIL (Juez); Dra. MARÍA EUGENIA SAPEI, (Secretaria). Rosario, de Marzo de 2026.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 5ª Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado publicar el siguiente edicto: Confesional, se lo cita a comparecer a la audiencia de producción de prueba en fecha
11 de mayo de 2026 a las 9:00 hs, al Sr. RUIZ DIAZ MARIO JAVIER, con DNI 28.513.267 a los fines de que absuelva posiciones de acuerdo y bajo apercibimientos de Ley (ART 67 y 162 DE CPCC). Autos caratulados ESCALANTE, ELIANA MARISA c/RUIZ DIAZ, MARIO JAVIER s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-12644534-9, Nº Expediente: 177/2023-ME. Secretaria de la actuante. Rosario, 2026. Dra. Gabriela Patricia Almará, secretaria.
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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Dieciochoava Nominación de la ciudad de Rosario, en autos ALCARAZ, DEBORA Y OTROS c/AVALLE, DAMIAN Y OTROS s/DEMANDA ORDINARIA; CUIJ 21-02986502-4, se ha dispuesto notificar por edicto el siguiente decreto: Rosario, 10 de febrero de 2026. Atento a lo solicitado e informado verbalmente el Actuario en este acto que los demandados Damián Avalle, Carmen Rosa Vella, Peuquen SRL, Juan Jose Maria Avalle, Pablo Sebastián Avalle y Maria Nazarena Avalle, no han comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado conforme edictos que se acompañan y se constatan con la página del BOLETIN OFICIAL, decláreselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Para sorteo de defensor de oficio, ofíciese via informática a la Presidencia de la Cámara de Apelaciones por Secretaria. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Fdo. Dra. SUSANA GUEILER (Jueza); Dra. PATRICIA BEADE, (Secretaria). 11 de Febrero de 2026. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.
$ 100 557308 Mar. 20 Mar. 26
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GONZALEZ, MARIO DANIEL c/GONZALEZ, JOSE MANUEL s/USUCAPION; 21-12647986-4 JUZG. DE 1ª INSTANCIA DE CIRCUITO N° 4 - DENOM.ANTERIOR-Ref.Ley 14264; A dispuesto la publicación por edicto EL DECRETO DE FECHA 21/8/2024; Puestos los autos a despacho el día de la fecha, se provee: Téngase presente las aclaraciones formuladas. Por iniciada formal DEMANDA DE USUCAPIÓN a la que se le imprime el trámite previsto para el juicio sumario (art. 540 y 408 del CPCC SFE). 1.- Acompáñese la Declaratoria de herederos que informa respecto del demandado o en su caso, oficíese al Registro de Proceso Universales a los fines de que informe la existencia de proceso sucesorio abierto a nombre del demandado. 2.- Ofíciese al Registro Nacional de las Personas (RENAPER), a los fines que informe el último domicilio, supervivencia o vigencia, y demás datos personales con los que cuenten del demandado. 3.- Ofíciese a la Dirección General de Catastro Provincial (API) a fin de que informe los datos catastrales del inmueble a usucapir. 4.- Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a la Fiscalía de Estado y a la Administración de Bienes del Estado (ex ONABE), a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre el inmueble. 5.- Ofíciese a la Municipalidad de Rosario para que informen los datos de empadronamiento, número de cuenta, ubicación (calle y número) del inmueble. 6.- Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. En caso de que el mismo se halle ocupado intímese a los atendientes, subinquilinos y/o terceros ocupantes a que justifiquen su ocupación mediante la presentación en autos de los títulos correspondientes y en el término de 10 días. 7.- Acompañe Plano y Acta de mensura con citación de linderos, o en su caso, ofíciese a la A.P.I. a los efectos de que remita las copias respectivas. 8.- Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL con identificación del inmueble. Dra. PAULA M. HELTNER; Dra. CLAUDIA A. RAGONESE, Secretaria Juez. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE A USUCAPIR: Inscripta al Folio Cronológico Tº 237 Fº 130 Nº 85970 Dto. Rosario de fecha 15/07/1957, A nombre de JOSE MANUEL GONZALEZ cuyo plano de mensura la describe: LOTE Nº 41 SECC 13 Manzana 261 Gráfico 41, se encuentra ubicado en el pasaje Oldendorff entre las calle de Cosme Maciel y Felicíano Chiclana, a los 36,370 m de la esquina de calle Cosme Maciel hacia el Norte; Mide: 9,526m de frente al Oeste; 23,159m de fondo en su costado Norte; 23,33 de fondo en su lado Sur y 9,54m en su contra frente al Este, formando una superficie total de 221,44m2. Lindando al
Oeste con el Pasaje Oldendorff; Al Norte lote 40; al Este con terrenos de Ferrocarril General Bartolomé Mitre y al Sur con lote 42 todos del mismo plano. Nº De PLANO: 20939/29 PARTIDA INMOBILIARIA 160313308894/00008. Dra. Paula M. Heltner, secretaria.
$ 100 557203 Mar. 20 Mar. 26
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El JUZG. DE 1ª INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 14ª NOMINACÍÓN DE ROSARIO, a cargo del Dr. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA, hace saber que dentro de los autos BANCO MACRO S.A. c/MOGORDOY ANDRES MANUEL s/JUICIO EJECUTIVO: CUIJ 21-01561935-7, se decretó: Rosario, 20 de octubre de 2025. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo Nº 13.770/2025: Téngase presente la planilla practicada. De manifiesto por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Ma Karina Arreche (Secretaria Subrogante). Monto de la planilla: $ 12.697.788,82. Rosario, 09/02/2026.
$ 100 557206 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4ª Nom, Sec. Única, de Rosario en autos: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/MEDINA, LUIS ALBERTO s/EJECUCIÓN PRENDARIA; EXPTE. Nº 21-02972627-9, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Nº 767. ROSARIO, 1 de septiembre de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1º) Ordenar se lleve adelante la presente ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada en la demanda con más los reajustes de capital y los intereses otorgados en los considerandos de este fallo, IVA sobre intereses, si correspondiere, y costas (art. 251 del C.P.C.C.S.F.); 2º) Procédase a la subasta pública del bien prendado por intermedio del martillero que a tal fin podrá proponer el actor conforme se halla pactado en el contrato prendario; 3º) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese, dése copia y hágase saber. Dra. DANIELA A. JAIME, Secretaria; Dr. NICOLÁS VILLANUEVA Juez. Rosario, 11 de Febrero de 2026.
$ 100 557207 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición del Juzgado de Primera Inst. Civil y Comercial 2ª Nom. Sec. Única, de Rosario en autos: VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/TABORDA, CARLOS ALBERTO s/DEMANDA EJECUTIVA; EXPTE. Nº 21-02976122-9, se hace saber que se han dictado lo siguientes: ROSARIO, 15 de marzo de 2024 Cargo 2151/24: Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito de la copia simple del poder general acompañado que deberá certificar en el plazo de 10 días y bajo apercibimientos de ley. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese y emplácese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Desígnase a la profesional como depositaria de la documental fundante. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre el rodado dominio AA225TR, siempre que fuere titularidad del demandado, hasta alcanzar la suma de $ 3.419.483,02, por todo concepto. Previa reposición del sellado, líbrese oficio. Dra. MARIANELA GODOY, Secretaria; Dr. LUCIANO JUAREZ, Juez en suplencia. Otro: ROSARIO, 18 de Noviembre de 2025. Cargo 15347/25: Atento lo manifestado y las constancias de autos, cítese por edictos a los herederos del demandado en los términos del art. 597 CPCC. Dra. Mónica Klebcar, (Jueza); Dra. Sabrina Scherini, (Prosecretaria).
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario en autos: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/CORONEL, RUBEN ALEJANDRO s/EJECUCION PRENDARIA; EXPTE. Nº 21-02976903-3, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 25 de agosto de 2025. Al escrito cargo Nº 9913/2025, se provee: Atento resultar desconocido el domicilio del demandado CORONEL RUBEN ALEJANDRO, Cítese y emplácese al demandado por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley (Art. 73 CPCC). Líbrese el despacho pertinente. Dra. M. Florencia Di Rienzo, Secretaria; Dra. María Silvia Beduino, Jueza.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL s/APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES; CUIJ 21-13936796-8, según decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 29 de mayo de 2025. R 955. Y VISTOS: Los presentes autos seguidos por la MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L. s/COMUNALES que tramitan por ante JUZG.DE 1ª INST.EJEC.CIV.CIRC. 2ª NOM., por cobro de la suma de capital, sus intereses y costas proveniente del/los títulos invocados y según los hechos expresados en la demanda por la parte actora arriba indicada. Y CONSIDERANDO: Citada de remate la demandada, con las prevenciones del art. 7 de la ley Nº 5066, no ha comparecido ni ha opuesto excepción legítima alguna al curso de esta demanda. El título donde se funda la acción es de los comprendidos en el art. 6 de la ley mencionada. En cuanto a los intereses, se dispone aplicar los previstos por la normativa municipal vigente y decretos reglamentarios respectivos. Por tanto haciendo efectivo el apercibimiento decretado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 2 de la misma ley. FALLO: Mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L. hasta que la parte actora, MUNICIPALIDAD DE ROLDAN, perciba el importe integro de su crédito por la suma de Pesos doscientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y cuatro con ochenta y cuatro centavos ($ 285.634,84) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costas a la accionada (art. 251 CPCC). Los honorarios profesionales se regularán luego de practicada la planilla actualizada respectiva. Notifíquese por cédula que firmará el/la profesional de la parte actora. Insértese y hágase saber. Juzgado de 1ª Inst. De Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. De Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI, Secretaria; Dr. LUCIANO A. BALLARINI, Juezcircuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar. EDICTO firmado digitalmente por:
Dra. MARIA ELVIRA LONGHI, Secretaria - 1ª Inst Ejecucion Civil de Circuito 2ª Nom. Rosario.
$ 1 557210 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante HORACIO DANIEL ANÍBAL LOPEZ DNI N° 8.048.902, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratuiadns: LOPEZ HORACIO DANIEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 9” CUIJ 21-03004449-2. Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSÉ OSVALDO GAIBASSI DNI 6.043.457 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GAIBASSI, JOSÉ OSVALDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-03004423-9).- Firmado: Prosecretaria.-
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA DEL CARMEN RAMONA LORENZETTI (D.N.I. Nº 5.784.501) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LORENZETTI, MARIA DEL CARMEN RAMONA S/ SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-03003532-9) de trámite por ante la Oficina de procesos Sucesorios
$ 45 Mar. 20
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JUANA ESTER VERDOLINI, DNI N° 7.583.934 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “VERDOLINI JUANA ESTER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-25862256-9. Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).
$ 45 Mar. 20
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17 ° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Alberto Rodriguez, D.N.I. 16.627.855, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “RODRIGUEZ, JUAN ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17” CUIJ 21-03002534-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaría.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LIDIA ANGELA GRACIELA PARRINO (D.N.I. 13.544.008) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PARRINO, LIDIA ANGELA GRACIELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 19” (CUIJ Nº 21-03003688-0) . Fdo. Prosecretaría.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE RAUL ROJAS D.N.I. 13.911.747 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROJAS, JORGE RAUL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03002755-5) Fdo. DR Fernando A. Mecoli (Juez)
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELBA ESTHER BARCALA D.N.I.5066179 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BARCALA, ELBA ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ N°21-03004701-7. Fdo. Prosecretaria
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GOMEZ GRACIELA MABEL DNI 22.734.210 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GOMEZ, GRACIELA MABEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03001744-4. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Eduardo Fernando Fanos - DNI N° 6.052.895, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FANOS, EDUARDO FERNANDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03003391-1) Fdo. Prosecretaría
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9na Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. SERGIO ANICETO GOMEZ, (DNI Nº 10.495.569) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GOMEZ, SERGIO ANICETO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROSC CY C 9” (CUIJ Nº 21-03004450-6). Fdo. Prosecretaría
$ 45 Mar. 20
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante NELLY PERON DNI N° 3.686.005 y JOSE RAFAEL PONTE, DNI N° 5.995.978, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PONTE, JOSE RAFAEL Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-03003844-1), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firma Prosecretaria.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELENA DE LAS MERCEDES MARTINEZ (D.N.I. 1.505.284) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARTINEZ, ELENA DE LAS MERCEDES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03005021-2). Fdo. Prosecretaría.-
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERT, HUGO LORENZO (D.N.I. 6.066.732) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROBERT, HUGO LORENZO S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-03004493-9 ) . Fdo.: DRA. PIVIDORI MARIA DELFINA( Prosecretaría).
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRACIELA ANGELA BUFFA (D.N.I. 3.726.703) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “BUFFA, GRACIELA ANGELA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°: 21-03004769-6).
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NANCI ANA INES SONEYRO- DNI N.º 14.328.432, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SONEYRO, NANCI ANA INES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03004504-9) Fdo. Prosecretaría.
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante TERESA ANTONIA POZZA D.N.I. 1.974.970 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "POZZA, TERESA ANTONIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS-SUCESION" CUIJ: 21-03004547-2 .
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PODORIESZACH, ESTHER BEATRIZ DNI 3965880, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PODORIESZACH, ESTHER BEATRIZ S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02990943-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PALAU HECTOR OSCAR DNI N° 10.067.302 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ PALAU, HECTOR OSCAR S/ SUCESORIO CYC 15 21-03002555-2.” de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los caratulados PASCUAL SARA OFELIA Y GABBA JORGE ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26426987-0, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 16 de la ciudad de Firmat a cargo de la Dra. Laura M. Barco Secretaría, Dra. Natalia Grillo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña PASCUAL SARA OFELIA DNI 4.097.860, y de Don GABBA JORGE ALBERTO DNI 6.132.470, y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante (art. 2340 CCC). Asimismo, manifiesten si sus derechos son exclusivos o concurren con los de otros coherederos, denunciando en su caso el domicilio de los mismos e informe en su caso si existen coherederos menores de edad e incapaces, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Publíquese por el término de 1 día. Firmat, de 2026. Dra. María Laura Mainente, prosecretario.
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Por disposición de la señora Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Firmar, se hace saber que en los autos caratulados: ROLDAN RAMON VICENTE s/SUCESORIO; CUIJ N° 21-26426310-4, se ha ordenado la publicación del presente por un día para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante ROLDAN RAMON VICENTE DNI N° 17.114.229, (art. 2340 C.C.C.) a hacer valer sus derechos. Firmat, de 2026. Dr. Natalia Grillo, Secretaria.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Firmat (Distrito Nro. 16), a cargo de la Dra. LAURA MARIANA BARCO (Jueza); Dra. NATALIA P. GRILLO (Secretaria) dentro de los autos caratulados “DEL GRECCO JUAN JOSE C/ HEREDEROS DE MATEU JOSE S/ DEMANDA ORDINARIA DE PRESCRIPCIÓN” EXPTE. 487/2017, CUIJ 21-26412142-3, que fuera iniciado por el Sr. DEL GRECCO JUAN JOSE, sobre el inmueble inscripto en el Registro General Rosario, al Tomo 50, Folio 65, Folio 4503, departamento General López y según providencia de fecha 27 de Julio de 2022 y Auto del 30/12/2024, se ha dispuesto: EMPLAZAR al titular registral informado y/o a los Sres. Nélida Lidia Mateu Domingo, D.N.I. Nº 05.517.651; José Aníbal Mateu Domingo, D.N.I. Nº 03.742.276; Fanny Aurora Mateu Domingo, D.N.I. Nº 05.518.141; Antonio Alberto Mateu Domingo, D.N.I. N.º 05.970.991; Carmen Beatriz Mateu Domingo, D.N.I. Nº 01.041.178; Víctor Alfonso Mateu Domingo, D.N.I. Nº 05.990.984 y Carmen Domingo D.N.I. Nº 05.827.642 y/o sucesores de los mencionados y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble descripto precedentemente, para comparecer a estar a derecho dentro del término de ley, mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y TABLERO DEL TRIBUNAL.
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRACIA FRANCISCA RAQUEL, D.N.I. N° 3.543.045. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GRACIA FRANCISCA RAQUEL s/SUCESORIO; CU1J N° 21-25866480-6 (582/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
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cañada de gomez
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de DISTRITO CIV. COM. Y LAB. 3ª NOM. DE CAÑADA DE GOMEZ, ex circuito N° 6 a cargo del Dr. Sergio W. Verdura, juez, secretaría de la Dra. Corina Rabasedas, hace saber que en los autos caratulados CANTARINI HUGO ARIEL Y OTROS c/ALBERTENGO ALBERTO GERONIMO Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ Nº 21-26032752-3, que se encuentran tramitando en dicho juzgado, se han dictado los siguientes decretos: Cañada de Gómez, 04 de Febrero de 2026. Por contestado traslado, si en tiempo y forma estuviere. Por acompañadas constancias, agréguense. Acredite la efectiva publicación de los edictos acompañados. Para evitar futuras nulidades, cítese a los herederos de los Sres. ALBERTENGO ALBERTO GERONIMO - LE. 2.295.824, RÉBOLA DE ALBERTENGO, EDITH BLANCA - L.C. 6.337.726, ALBERTENGO ENZO MIGUEL - LE. 2.303.572 Y FERRERO DE ALBERTENGO, NELIDA ESTER - LC. 0.904.864, por el término de TRES (3) días a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía y por medio de edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley, conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura, Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 11 de Septiembre de 2024. Proveyendo el escrito de fecha 26/06/2024 (fs. 23/24): Por iniciada la presente demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA respecto de los inmuebles mencionados contra ALBERTO GERÓNIMO ALBERTENGO; EDITH BLANCA RÉBOLA DE ALBERTENGO; MIGUEL ALBERTENGO y NÉLIDA ESTHER FERRERO DE ALBERTENGO. Cítense y emplácense a los mismos y a toda persona que posea interés legítimo sobre las propiedades para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. A tales fines, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial a fin de que informe los datos y titular/es registral/es de los inmuebles a usucapir. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, Secretaría Electoral Nacional y/o Registro Público de Comercio a fin que informen, en su caso, respecto del domicilio correspondiente del/os titular/es registral/es informado/s por el SCIT y Registro General de la Propiedad. Acompañe informe al Registro de Procesos Universales. Fecho, sin perjuicio de las notificaciones por cédulas, deberán publicarse edictos por el término de ley. Ofíciese a la Municipalidad de Cañada de Gómez, a la Fiscalía de Estado de la Pcia. de Santa Fe y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dichos inmuebles. Agréguese la copia del plano de mensura (art. 24, inc. B, Ley 14.159). Conforme lo normado por el art. 1905 C.C. y Co., procédase a la ANOTACION LITIGIOSA de los inmuebles objeto de la presente, inscriptos bajo: uno en el T° 233, Fº 300 Nº 249960, T° 168 Fº 113 N° 320001, T° 168 Fº 124 N° 320003, T° 229 Fº 314 Nº 236526 y el otro inmueble T° 168 Fº 113 N° 320001, Tº 168 Fº 124 Nº 320003, T° 229 Fº 313 Nº 236525, T° 233 Fº 300 Nº 249960 ambos en Departamento Iriondo del Registro General de la Propiedad de Rosario. A tal fin, líbrese los despachos pertinentes. Acompañe la documental original al solo fin de su cotejo. Fecho, procédase a su devolución y constitúyase como depositario judicial a la Dra. Mari, Lucia Julia dejándose constancia que la misma deberá ser aportada a requerimiento del Juzgado en caso de ser necesario. Martes y viernes notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura; Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 20 de Septiembre de 2024. Téngase presente lo manifestado. Aclarase el decreto de fecha 11/09/2024 en el sentido que el nombre correcto del codemandado es “Enzo Miguel Albertengo”, y no “Miguel Albertengo” como por error se consignó. Notifíquese conjuntamente con el mencionado decreto. Fdo. Dr. Sergio Verdyra (Juez), Dra. Corina
Rabasedas (secretaria). Los inmuebles a usucapir se encuentran ubicados en: Oroño Nº 1494 de la ciudad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe, empadronado bajo la Partida de impuesto Inmobiliario Nº 14-10-00-186604/0383-1, a nombre de: Alberto Gerónimo Albertengo (25%): T° 168 Fº 113 N° 320001; Enza Miguel Albertengo (25%): T° 168 Fº 124 Nº 320003; Nélida Esther Ferrero de Albertengo (25%): T° 229 Fº 314 N° 236526 y Edith Blanca Rébola de Albertengo (25%): Tº 233 Fº 300 N° 249960. Depto. Iriondo, LOTE 5, MANZANA 8, PLANO N° 15322, AÑO 1957 y en Oroño N° 1470 de la ciudad de Cañada de Gómez, empadronado bajo la Partida de impuesto Inmobiliario Nº 14-10-00-186604/0384-0, a nombre de Alberto Gerónimo Albertengo (25%): Tº 168 Fº 113 N° 320001; Enzo Miguel Albertengo (25%): T° 168 Fº 124 N° 320003; Nélida Esther Ferrero de Albertengo (25%): T° 229 Nº 313 Nº 236525 y Edith Blanca Rébola de Albertengo (25%): Tº 233 Fº 300 N° 249960. Depto. Iriondo, LOTE 6, MANZANA 8, PLANO N° 15322, AÑO 1957. 09/03/2026. Corina Rabasedas, secretaria.
$ 1 557266 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición del Juzgado de DISTRITO CIV. COM. Y LAB. 3ª NOM. DE CAÑADA DE GOMEZ, ex circuito, a cargo del Dr. Sergio W. Verdura, juez, secretaría de la Dra. Corina Rabasedas, hace saber que en los autos caratulados CANTARINI VICTOR RICARDO Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-22990398-2, que se encuentran tramitando en dicho juzgado, se han dictado los siguientes Decretos: Cañada de Gómez, 04 de Febrero de 2026. Por contestado traslado, si en tiempo y forma estuviere. Por acompañadas constancias, agréguense. Acredite la efectiva publicación de los edictos acompañados. Para evitar futuras nulidades, cítese a los herederos de los Sres. ALBERTENGO ALBERTO GERONIMO - LE 2.295.824, RÉBOLA DE ALBERTENGO, EDITH BLANCA - LC 6.337.726, ALBERTENGO ENZO MIGÚEL - LE 2.303.572 Y FERRERO DE ALBERTENGO, NELIDA ESTHER - LC 0.904.864, por el término de TRES (3) días a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía y por medio de edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley, conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura, Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 10 de Septiembre de 2024. Proveyendo el escrito cargo Nº 4328 de fecha 26/06/2024: Por iniciada la presente demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA respecto del inmueble mencionado contra ALBERTO GERÓNIMO ALBERTENGO, EDITH BLANCA RÉBOLA DE ALBERTENGO, MIGUEL ALBERTENGO y NÉLIDA ESTHER FERRERO DE ALBERTENGO. Cítense y
Emplácense a los mismos y a toda persona que posea interés legítimo sobre la propiedad para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. A tales fines, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial a fin de que informe los datos y titular/es registral/es del inmueble a usucapir. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, Secretaría Electoral Nacional y/o Registro Público de Comercio a fin que informen, en su caso, respecto del domicilio correspondiente del/os titular/es registral/es informado/s por el SCIT y Registro General de la Propiedad. Acompañe informe al Registro de Procesos Universales. Fecho, sin perjuicio de las notificaciones por cédulas, deberán publicarse edictos por el término de ley. Ofíciese a la Municipalidad de Cañada de Gómez, a la Fiscalía de Estado de la Pcia. de Santa Fe y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado {AABE) a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Agréguese la copia del plano de mensura (art. 24, inc. B, Ley 14.159). Conforme lo normado por el art. 1905 C.C. y Co., procédase a la ANOTACION LITIGIOSA del inmueble Objeto de la presente, inscripto bajo el T° 168 Fº 113 N° 320001, T° 168 Fº 124 N° 320003, T° 229 Fº 313 N° 236525, Tº 233 F º 300 N° 249960 Departamento Iriondo del Registro General de la Propiedad de Rosario. A tal fin, líbrese los despachos pertinentes. Acompañe la documental original al solo fin de su cotejo. Fecho, procédase a su devolución y constitúyase como depositario judicial a la Dra. Mari, Lucia Julia dejándose constancia que la misma deberá ser aportada a requerimiento del Juzgado en caso de ser necesario. Martes y viernes notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura, Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 20 de Septiembre de 2024. Téngase presente lo manifestado. Aclárese el decreto de fecha 11/09/2024 en el sentido que el nombre correcto del codemandado es “Enzo Miguel Albertengo”, y no “Miguel Albertengo” como por error se consignó. Notifíquese conjuntamente con el mencionado decreto. Fdo. Dr. Sergio Verdura (Juez), Dra. Corina Rabasedas (secretaria). El inmueble a usucapir se encuentra ubicado en Oroño Nº
1470 de la ciudad de Cañada de Gómez, empadronado bajo la Partida de impuesto Inmobiliario Nº 14-10-00-186604/0384-0, a nombre de Alberto Gerónimo Albertengo {25%): Tº 168 Fº 113 Nº 320001; Enzo Miguel Albertengo {25%): T° 168 Fº 124 N° 320003; Nélida Esther Ferrero de Albertengo (25%): Tº 229 N° 313 N° 236525 y Edith Blanca Rébola de Albertengo (25%): Tº 233 Fº 300 N° 249960. Depto. Iriondo, LOTE 6, MANZANA 8, PLANO N° 15322, AÑO 1957. 09/03/2026. Corina Rabasedas, secretaria.
$ 1 557263 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados SAVIO DUILIO OMAR s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26034976-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Duilio Omar Savio, DNI 6.175.738, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Cañada de Gómez, marzo de 2026. Dra. Carolina Kaufeller, Secretaria.
$ 45 Mar. 20
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "KOSTIUK, SOFÍA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26035989-1), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SOFÍA KOSTIUK (DNI N° 3.966.711), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 Mar. 20
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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Cañada de Gómez, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SOLA JUAN ANTONIO (DNI 12.131.245) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “SOLA JUAN ANTONIO s/ Declaratoria de herederos” CUIJ 21-26035624-8. Fdo. Dra. Carolina Kaüffeler (Secretaria)
$ 45 Mar. 20
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san lorenzo
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, el Sr. GOROSITO SANTOS LUIS ALBERTO. D.N.I. 6.179.965, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: GOROSITO SANTOS LUIS ALBERTO s/SUCESORIO; 21-25445929-9. Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez.
$ 45 Mar. 20
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don HERRERA DIEGO JOSÉ, titular del DNI 6.072.852, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo.
$ 45 Mar. 20
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, Dra. Luz Gamst, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante EMMA GENTILE, (L.C. 0.746.936) y DOMINGO FERNANDO FERMANELLI (L.E. 2.279.791), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GENTILE EMMA Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-25447727-0, Fdo. Dr. Alejandro Andino juez; Dra. Luz Gamst, Secretaria.
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citara los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, el Sr. MUSSIO TERESA ROSA, D.N.I. 10.243.189, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: MUSSIO TERESA ROSA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-25448028-9. Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez.
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, legatarios del causante, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NELIDA CLARA MANZOTTI (DNI 5.154.786) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MANZOTTI, NELIDA CLARA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-25448037-9). Dra. MELISA PERETTI. San Lorenzo, .. de Marzo de 2026.-
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Juez de JUZG.DE 1RA.INST.CIVIL Y COMERCIAL – 2ª Nom SEC. UNICA de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CLAVERO, JOSE MARIA DNI N° 10.652.446, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CLAVERO JOSE MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.
$ 45 Mar. 20
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Villa Constitución
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos quiénes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SEBASTIANI, NANCY GABRIELA, D.N.I. N° 30.112.303, por el término de TREINTA (30) días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos y acrediten su carácter. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal. Firmado: Dr. Darío F. Malgeri (Secretario). Autos: “SEBASTIANI NANCY GABRIELA s/ SUCESORIO” (CUIJ 21-25661204-3).-
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 2 de Villa Constitución, a cargo del Dr. David Lisandrello –Juez- y del Dr. Darío Malgeri -Secretario-, dentro de los caratulados: “GIAMELLO, ANTONIO ALBERTO s/ SUCESORIO” – Expte. CUIJ Nº 21-25659230-1, se cita a los herederos, acreedores, terceros con legítimo interés, y/o legatarios de Don ARIEL HERNÁN GIAMELLO –DNI Nº 33.281.116-, a publicarse dichos Edictos tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación, de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 del CPCC.
$ 45 Mar. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 2 de Villa Constitución, a cargo del Dr. David Lisandrello –Juez- y del Dr. Darío Malgeri -Secretario-, dentro de los caratulados: “GIAMELLO, ANTONIO ALBERTO s/ SUCESORIO” – Expte. CUIJ Nº 21-25659230-1, se cita a los herederos, acreedores, terceros con legítimo interés, y/o legatarios de Doña ALICIA MARÍA MATA –DNI Nº 14.650.032-, a publicarse dichos Edictos tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación, de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 del CPCC.
$ 45 Mar. 20
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los autos caratulados AGROQUIMIA S.R.L. s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-26474715-2 tramitados ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de MELINCUE, Departamento Gral. López de la Provincia de Santa Fe, se ha dictado la Resolución Nº 1074 del 02/09/2025 que declaró la apertura del concurso preventivo del concursado AGROQUIMIA S.R.L. CUIT 30-71653103-8 con domicilio en Belgrano 164 de la localidad de Chovet, Provincia de Santa Fe, contrato social inscripto en el RPC de Venado Tuerto en contratos al Tomo 15 Folio 46 Numero 3486 en fecha 01/07/2019 y sus modif., complementada por la Resolución Tomo: 2026 Folio: Resolución: 122 de fecha 26 de febrero de 2026 que RESOLVIÓ: 1) Designar fecha hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos el día 25 de Marzo de 2026; se tija fecha de presentación de Informe Individual el día el 11 de mayo de 2026; se tija fecha de presentación de Informe General el día 24 de junio de 2026; se tija como fecha de Audiencia Informativa el día 18 de noviembre de 2026 y se fija fecha de vencimiento del Periodo de Exclusividad el día 26 de noviembre de 2026. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. LUCIA B. CIARPELLA; Dr. ALEJANDRO H. LANATA. Los acreedores podrán verificar sus créditos hasta el día 25 de marzo de 2026, ante la Sindico Contadora Publica Nacional MÓNICA CRISTINA DI IORIO, D.N.I. 13.502.416, C.U.I.T. 27-13502416-9. con domicilio real sito en calle Corrientes 631 4to C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y domicilio a los efectos legales en calle Brown N° 246 de la ciudad de Melincué, Provincia de Santa Fe. Melincué, 6 de Marzo de 2026. Dra. Lucía Belén Ciarpella, secretaria subrogante.
$ 1000 557129 Mar. 20 Mar. 30
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En los autos caratulados AMBROGIO EMILIANO s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-26474734-9 tramitados ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de MELINCUE, Departamento Gral. López de la Provincia de Santa Fe, se ha dictado la Resolución Nº 1108 del 16/09/2025, que declaró la apertura del concurso preventivo del concursado EMILIANO AMBROGIO, D.N.I. N° 3l.753.875, C.U.I.L. 20-31753875-9, Argentino, nacido el 27/01/1986, de apellido materno Altobello, de estado civil soltero, con domicilio real en Villa Divisa de Mayo Ruta Nac. 33 Km. 66, complementada por la Resolución Tomo: 2026 Folio: Resolución: 125 de fecha 26/02/2026 que RESOLVIO: I- Ordenar una nueva publicación de edictos donde debe figurar claramente la identidad de la sindicatura y todos los datos necesarios a los efectos de que los potenciales acreedores puedan tener contacto con la misma. La que deberá efectuarse a la mayor brevedad posible. II- Ampliar la fecha de la convocatoria de los acreedores a los efectos de que pueden presentarse a verificar sus potenciales créditos por 20 días conforme inc 3 art 14 LCQ, quedando las fechas conformadas de la siguiente manera: 1) Designar fecha hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos el día 25 de Marzo de 2026; se fija fecha de presentación de Informe Individual el día el 11 de mayo de 2026; se fija fecha de presentación de Informe General el día 24 de junio de 2026; se fija como fecha de Audiencia Informativa el día 18 de noviembre de 2026 y se fija fecha de vencimiento del Periodo de Exclusividad el día 26 de noviembre de 2026. Dra. LUCIA B. CIARPELLA; Dr. ALEJANDRO H. LANATA. Los acreedores podrán verificar sus créditos hasta el día 25 de marzo de 2026, ante la Síndico Contadora Pública Nacional MÓNICA CRISTINA DI IORIO, D.N.I. 13.502.416, C.U.I.T. 27-13502416-9, con domicilio real sito en calle Corrientes 631 4to C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Brown Nº 246 de la ciudad de Melincue, Provincia de Santa Fe. Melincué, 4 de Marzo de 2026. Dra. Lucía Belén Ciarpella, secretaria subrogante.
$ 1000 557133 Mar. 20 Mar. 30
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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia del Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dr. Alejandro Lanata, Secralaria de la Dra. Lucia Belén Ciarpella (subrogante), se cita, llama y amplaza a herederos, acreedores y legatarios de ODERDA, CÁSTON RICARDO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día (ART. 2340 CCC); (Autos: ODERDA, GASTON RICARDO s/Sucesión, Expte. CUIJ 21-26475221-0. año 2026. Melincué, 19 de Marzo de 2026. Dra. Lucia Belen Ciarpella, secretaria subrogante.
$ 45 Mar. 20
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de Venado Tuerto, dentro de los autos caratulados: ALVADO DANIEL OSVALDO c/RIOS JUAN GABRIEL Y/U OTROS s/COBRO DE PESOS; CUIJ 21-16809817-8, se notifica al Sr. Walter Ezequiel Alcaraz, del decreto que se transcribe a continuación. Venado Tuerto, 29 de Abril de 2025. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Fdo. Dr. Martín C. Chasco, Juez; Dra. Violeta L. Martinelli. Publíquese por 3 días. Secretaria. Venado Tuerto, 4 de Marzo de 2026.
$ 1 557031 Mar. 20 Mar. 26
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Por disposición Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de 2da. Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dr. GABRIEL ALBERTO CARLINI, Secretario a cargode la Dr. ALEJANDRO WALTER BOURNOT, en autos caratulados “PAEZ, ORLANDO JOSE S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-24624973-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don ORLANDO JOSE PAEZ, DNI N° 6.128.883, fallecimiento ocurrido en TEODELINA, el día 30/10/2025, (Acta N° 46 - Año 2025-Registro del Estado Civil Teodelina), domiciliado en MORENO Nº 793 de la localidad de Teodelina (SF), para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de Ley. SECRETARIA
$ 45 Mar. 20