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ROSARIO
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CAMARA DE APELACIONES
Por disposición de la Cámara Apelaciones Civil y Comercial, Sala V, de Rosario, a cargo de Dr. René Juan Galfré, vocal de cámara, secretaría de Dr. Agustín Mario Crosio, dentro de los AUTOS: “AVEDAÑO, ESTHER MARIA Y OTROS s/ Prescripción Adquisitiva CUIJ 21-02838278-9 se ha dictado la siguiente resolución: ACUERDO Tomo: 2026 Folio: Resolución: 16 Rosario, 19/02/2026 RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación y confirmar la Sentencia Nº 990 del 06/11/2024 (fs. 441/446); 2) Imponer las costas a la recurrente vencida (art. 251 C.P.C.C.); 3) Fijar los honorarios de Alzada de las Dras. Paula Inés Lucero y María Laura Marzetti en el cincuenta por ciento del honorario que en definitiva le corresponda a las profesionales de cada parte por su labor desplegada en lo principal en sede inferior, con noticia a la Caja Forense. Insértese, hágase saber y bajen. Fdo. Dr. René Juan Galfré, Dr. Juan José Bentolila, Dra. Jéssica María Cinalli vocales jueces de Cámara, Dr. Agustín Mario Crosio, secretario. Ana Barthaburu, prosecretaria.
$ 100 558560 Abr. 16 Abr. 20
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 7 de Rosario, a cargo de la Dra. Analía Mazza, Jueza, en autos: “MOHNI SOFIA BELEN c/ RAMOS LUCAS ARIEL s/ daños y perjuicios”, CUIJ N° 21-11900772-8, se ha ordenado la siguiente disposición: Rosario, 9 de Marzo de 2026 “Atento lo solicitado, notifíquese al demandado a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73, 78 y 548 del C.P.C.C.”. Firmado DRA. ANALIA MAZZA (JUEZA). Demandado: LUCAS ARIEL RAMOS DNI: 39.249.164.
$ 100 559097 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se hace saber a los interesados que en los autos caratulados: “COMMERCIAL GROUP SRL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02958550-1), se ha presentado el informe final y proyecto de distribución en fecha 27/03/2026 (escrito cargo Nº 2453/2026), el cual se ha puesto de manifiesto en la Oficina por el término de ley mediante decreto de igual fecha, y por auto Nº 150 de fecha 30/03/2026, se han regulado los honorarios de: i) la síndico, CP Liliana Mónica Pastor en la suma de pesos seis millones cuatrocientos mil ($6.400.000) y los de su letrada patrocinante Virginia Lina Gadea en la suma de pesos un millón seiscientos mil ($1.600.000), y ii) los abogados de la fallida peticionante de su propia quiebra, Damián Alejandro Moriconi y Federico Guillermo Netri, en la suma de pesos dos millones ($2.000.000), en conjunto y proporción de ley. Todo ello por sus respectivas actuaciones en los presentes, con más el I.V.A. si correspondiere de acuerdo a la situación fiscal de los profesionales. Carla Angelone, Prosecretaria.
S/C 558889 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a toda persona que se considere con derecho sobre las cuestiones debatidas, declaradas, adquiridas y/o extinguidas en el seno de los autos: CONSORCIO EDIF COCHERAS TURIN C/ MAGARO JORGE ALBERTO S/EJECUTIVO, CUIJ: 21-01598052-1 I Nº DE EXPTE. 80/2008, en trámite por ante el Juzgado señalado, para que en el término de VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación de los presentes comparezca a estar a derecho, articule las acciones que entienda le correspondan y presente la documentación pertinente. A tales fines, se transcribe el siguiente decreto: Rosario 18 de Diciembre de 2025.- Previo a todo trámite, hágase saber a todas las partes, auxiliares de justicia y eventuales derechohabientes y/o accionantes, y demandado/s, que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE y con la documentación agregada conforme el punto anterior, reemplazará en un todo al expediente originario extraviado. Las constancias obrantes en este expediente reconstruido serán las únicas válidas para la sustanciación de la causa y la declaración de los derechos que en ella se debaten. Toda defensa o articulación de derechos deberá basarse en las constancias del expediente reconstruido, bajo apercibimiento de que, transcurridos los plazos otorgados para la presentación de documentación y/o para comparecer según las notificaciones ordenadas, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior fundada en documentos o actuaciones del expediente original no incorporados al reconstruido. Dése intervención de las presentes actuaciones y de todos los antecedentes relativos al extravío del expediente al MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN (MPA) de esta Jurisdicción, a los fines que estime corresponder en orden a la posible comisión de delitos de acción pública. Líbrense las comunicaciones pertinentes. Notifíquese el presente decreto por edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial por tres (3) veces, en los términos del art. 73 del CPCCSF, citando y emplazando a toda persona que se considere con derecho sobre las cuestiones debatidas, declaradas, adquiridas y/o extinguidas en el seno de los autos CONSORCIO EDIF COCHERAS TURIN C/ MAGARO JORGE ALBERTO S/EJECUTIVO - 21-01598052-1 (780/2008), para que en el término de VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación comparezca a estar a derecho, articule las acciones y/o defensas que entienda le correspondan y presente la documentación pertinente. Hágase saber en dichos edictos que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE reemplazará en un todo al expediente originario extraviado y que, vencido el plazo otorgado, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior respecto de los derechos que pudieren corresponderle. ANOTACIÓN LITIGIOSA: En resguardo de los derechos del cesionario y a fin de dar debida publicidad a terceros sobre el estado de la presente causa, líbrese oficio al Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario para que se sirva tomar nota de la litis sobre las cocheras objeto de /os presentes. INTÍMESE a la parte actora, CONSORCIO EDIF COCHERAS TURIN, para que en el plazo improrrogable de DIEZ (10) DÍAS manifieste si el crédito que dio origen al presente apremio fue íntegramente satisfecho con /os fondos obrantes en la cuenta judicial de autos, o sí subsiste alguna pretensión de su parte sobre los mismos, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de cualquier tipo de reclamo posterior. TRASLADO a las partes y terceros intervinientes en el seno del proceso, con la siguiente finalidad: 1) se expidan acerca de su autenticidad de las constancias acompañadas, bajo apercibimientos de tenerlas por auténticas; 2) precisen /as observaciones e impugnaciones sobre el procedimiento de reconstrucción realizado a /as constancias de autos, por cuanto derecho entendieran hubiere lugar, bajo apercibimiento de que el presente reemplazará tocante su naturaleza de instrumento público, al anterior. NOTIFÍQUESE la presente resolución a /as partes y profesionales intervinientes en autos mediante cédula judicial en el domicilio electrónico constituido y/o en el real denunciado. Dispongo que no se autorizará en ningún caso la notificación postal del art. 66 CPCC Santa Fe en los presentes caratulados, por lo que ordeno que todas las notificaciones por cédula deberán realizarse a través del Sr. Oficial Notificador del Juzgado, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda. Respecto de la notificación por cédula, se instruye expresamente al oficial notificador que sólo se encontrará facultado de proceder a fijar la cédula (art. 63 CPCC Santa Fe) para el caso de que recabe la debida información de vecinos u otras personas que el sujeto procesal respecto de la cual se dirige la notificación se encuentra allí efectivamente domiciliado. Se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento a lo dispuesto por el art. 25 inciso 1 y 2 de CCPC Santa Fe, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. FDO.: DRA. MARIA EUGENIA SAPEI (SECRETARIA) - DR. SEBASTIÁN JOSÉ RUPIL (JUEZ).
$ 400 558849 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia de la 11º nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Andrea Brunetti, Secretaría del autorizante, en autos “LOPEZ, SANDRA DOLORES C/ SILVA, BRENDA ELISABET Y LOPEZ, HUGO FABIAN S/ GUARDA” CUIJ 21-11450787-0, se ha ordenado notificar a LOPEZ HUGO FABIAN, D.N.I Nº 28.808.994 lo siguiente: “ROSARIO, 29 de Mayo de 2025 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocino letrado. Otórguesele la participación legal correspondiente. Jueza a cargo del Juzgado Unipersonal de Familia N° 11: DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI. Por iniciada acción de guarda judicial de los niños Thiago Benjamin Silva; Valentina Xiomara López y Giuliana López (Art. 657 CCC) a la que se le imprimirá trámite de juicio sumarísimo (art. 413 del C.P.C.C.) Dése intervención a la Defensoría General. Téngase presente lo manifestado y la prueba ofrecida. Citase a los progenitores para que en el término de diez (10) días conteste demanda y ofrezca prueba, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese por cédula. De no ser hallada la requerida en el domicilio denunciado el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos, si es que la misma vive allí y, únicamente en caso afirmativo, procederá a practicar la notificación. Líbrese oficio al RENAPER a fin de que informe último domicilio conocido del Sr. Hugo Fabián López”. FDO: DRA. MA. FLORENCIA MARTÍNEZ BELLI (Secretaria)) DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI (Jueza); Y Otro: “ROSARIO, 13 de Febrero de 2026. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Entradas del Tribunal, tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación”. Fdo: DRA. MA. FLORENCIA MARTÍNEZ BELLI (Secretaria) DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI (Jueza).- El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 5.- Secretaría, Rosario.
S/C 558851 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “INDUSTRIA MECANICA INDUMEC S.A. S/CONCURSO PREVENTIVO” CUIJ 21-02978614-0 y de sus garantes que tramitan como concurso por agrupamiento bajo los caratulados “REBAGLIATTI, RICARDO ARIEL S/CONCURSO PREVENTIVO”, CUIJ NRO. 21-02982723-8; “REBAGLIATTI, NESTOR MAURICIO S/ CONCURSO PREVENTIVO” CUIJ 21-02982724-6 y “MARTINEZ MARIA LAURA S/ CONCURSO PREVENTIVO” EXPTE. CUIJ Nro. 21-02982725-4; en los que por decreto de fecha 27/03/2026 se dispuso prorrogar excepcionalmente por 90 días el período de exclusividad. Y por lo tanto, se fijó el día 28 de agosto del cte., a fin de que la concursada goce del período de exclusividad (art. 43 Ley 24.522) y el día 21 de agosto del cte., a las 10 horas, para que tenga lugar la audiencia informativa prevista en el art. 45 de la Ley 24.522. Noelia Mondini, Prosecretaria.
$ 500 558854 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª·Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “MOREL, LUCILA DANIELA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” Expte. Nro. 119/2022; en los que por Auto Nº 838 del 16/09/2025 se declaró la quiebra de MAXIMILIANO CORRALES, DNI Nº 32.212.429, con domicilio en calle Alem Nº 2047 de Zavalla CUIL Nº 20-32212429-6, y se procedió fijar el día 04 de mayo de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3) ley 24.522); el día 12 de junio, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 ley 24.522); y el día 28 de Julio, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 ley 24.522). Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo prescribe el art. 89 de ley 24.522. Fdo. Dr. Luciano Carbajo (Juez); Dr. Sergio González (Secretario).” SINDICO: C.P.N. MICHNUIK, IVAN ANDRES, con domicilio en Córdoba 1452, Piso 1 Oficina E.- de Rosario. Hora de atención: lunes a viernes de 9 a 18 h.- DRA. NOELIA E. MONDINI, Prosecretaria.
S/C 558855 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “ALFONZO, ESTEBAN NERY S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - 21-02961950-3 (526/2022);
en los que se dictó la Resolución Nº 994 de fecha 24/10/2025 mediante la que se dispuso: “Regular los honorarios del síndico C.P.N Marcos Gabriel Lucieri en la suma de $5.324-458,09.- y los de su patrocinante Dra. Montani Andrea en la suma $1.331.114,52.-, quien deberá acompañar Boleta Colegial; y la Resolución Nº 1065 Regular los honorarios de la Dra. Gisela Verónica Moreno en la suma de $1.331.114,54.-, correspondiente al 20% de la base tomada en la resolución que antecede, quien deberá acompañar Boleta Colegial”, y también la Resolución Nº1065 de fecha 14/11/2025 que ordenó “Regular los honorarios de la Dra. Gisela Verónica Moreno en la suma de $1.331.114,54.-, correspondiente al 20% de la base tomada en la resolución que antecede, quien deberá acompañar Boleta Colegial. Fdo. Fdo. Dr. Luciano Carbajo (Juez) Dr. Sergio González (Secretario). Dra. NOELIA E. MONDINI, Prosecretaria.
S/C 558856 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, Dr. Marcelo C.M Quaglia, dentro de los autos caratulados: “CARDINALI, AIDA MYRTHA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-01558033-7) se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de ANÍBAL JAVIER BENÍTEZ (DNI 17.819.307) y NORBERTO PEDRO BENÍTEZ (DNI 6.295.416) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Fdo.: Dr/a. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante. Rosario, 31/03/2026.-
$ 100 558867 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la l 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría de la Dra. Jorgelina Entrocasi, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante AIDA MYRTHA CARDINAL (D.N.I. 3.967.502) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por 1 día (art. 1, 2 y 2340 CCy C). (Autos:” CARDINALI, AIDA MYRTHA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-01558033-7 ). Fdo. Maria Karina Arreche (Secretaria Subrogante). Rosario, 31/03/2026.-
$ 100 558868 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario y en autos caratulados: “LUCHINI, LEONEL C/ LUCHINI, MATIAS ERNESTO Y OTROS S/ NULIDAD” (CUIJ 21-03001841-6), se ha ordenado publicar los presentes a los fines de que se cite y emplace a los herederos de Alvaro Néstor Barreyro (D.N.I. Nº 10.920. 427), por el plazo de ley, para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y sig. CPCC). Fdo.: DR. SERGIO ANTONIO GONZÁLEZ, Secretario. Rosario, 31 de Marzo de 2026.
$ 100 558877 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta Nominación de Rosario y en autos caratulados “NICOLAS, NESTOR WALDEMAR C/ GAGLIARDI, NICOLAS Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (CUIJ 21-12647677-6) se ha ordenado publicar los presentes en donde se hace saber que respecto al inmueble sito en calle Servando Bayo Nº 1475 de Rosario, Provincia de Santa Fe, el cual se encuentra inscripto su dominio al Tomo 206, Folio 320, Nº 86704, Fecha 02/09/1953, Departamento Rosario, del Registro General de la Propiedad, ha sido inscripto como litigioso al Tomo 135 E Folio 83 Nº 45169, Fecha 20/02/2025, Anotaciones Especiales del Registro General de la Propiedad. Fdo: DRA. PAULA M. HELTNER, Secretaria.
$ 100 558883 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del JUZG DE 1RA INSTANCIA DE CIRCUITO N° 1 de Rosario, se ha ordenado lo siguiente: Por iniciada formal Demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, que tramitará según las normas del 408 y sig. del C.P.C.C.S.F. Atento lo informado por el Registro de Procesos Universales a fs. 48/49, cítese y emplácese por edictos a los herederos de JUAN CANNISTRARO para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. FDO. DRA. GABRIELA M. KABICHIAN DR. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ Secretaría. AUTOS CARATULADOS: “DIAZ, LUIS RAMON Y OTROS C/ CANNISTRARO, JUAN S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - CUIJ 21-12650216-5. Rosario, 17 de Noviembre de 2025.
Dra. Rosa Inés Kaminsky, Prosecretaria (S).
$ 100 558806 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 6TA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE ROSARIO, a cargo del DR. FERNANDO A. MECOLI (Juez), Secretaría del DRA. SABRINA ROCCI, y dentro de los caratulados “GARCIA GRISELDA MONICA S/ CONCURSO PREVENTIVO - HOY QUIEBRA” CUIJ 21-01233960-4 “, se ha ordenado la publicación por edictos por 1 (un) día en el Boletín Oficial a fin de hacer saber la Resolución nro. 157 del 16/03/2026 por medio de la cual se decide la clausura y conclusión de la Quiebra de la Sra. García Griselda Mónica. Resolución nro. 157 del 16/03/2026: “RESUELVO: 1) Tener por operada la clausura del procedimiento y declarar concluida la quiebra de GRISELDA MONICA GARCIA, DNI 21.521.200. 2) Hacer saber por edictos que se publicarán por un día en el Boletín Oficial. Fecho, oficiar al Registro de Procesos Concursa/es a los fines de comunicar la presente. 3) Disponer el cese de las medidas que pesan sobre la fallida, librándose los despachos pertinentes. Insértese y hágase saber.” Dr. FERNANDO A. MECOLI (Juez), Dra. SABRINA ROCCI (Secretaria).
$ 100 558807 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del juzgado de Distrito 5 de Rosario y en auto: CARRASCO, OMAR HUGO C/ PEREYRA, EDUARDO S/ DANOS Y PERJUICIOS, Expte. 21-12634700-3, se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO, 18 de Febrero de 2026. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho -a pesar de encontrarse debidamente notificada-, y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Todo ello bajo apercibimientos de designar defensor de oficio. Notifíquese por edictos. Sin perjuicio de lo anterior, notifíquese por cédula a los herederos/cesionarios. Hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar el requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive o desarrolla sus actividades en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y las respuestas obtenidas.” Fdo. Dra. Lucrecia Mantello, Jueza; Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. Rosario, 17 de Marzo de 2026.
$ 100 558805 Abr. 17 Abr. 23
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Por disposición del Juzgado de Primera instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario y en autos caratulados “ORTIZ HAYDEE RAMONA C/ VENANCIO ANGEL S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” CUIJ 21-02921113-9, se hace saber que se dictó lo siguiente: “Tomo: 2026 Folio: Resolución: 25. Rosario, 18 de Febrero de 2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... Por todo lo expuesto, FALLO: 1) Hago lugar a la demanda y declaro adquirido por prescripción a favor de HAYDEE RAMONA ORTIZ, DNI 10.988.506, el lote de terreno situado en el barrio Urquiza de esta ciudad, que de conformidad al plano de mensura para información posesoria confeccionado por los agrimensores Alvaro Herrera y Leticia Burgués y archivado al N° 209811 en SCIT Registro Rosario, el 13/4/2018, es el designado con el número VEINTE de la manzana LETRA “Q” y se encuentra ubicado en el Pasaje Estudiante Aguilar, entre las calles Camilo Aldao y Capitán Matienzo, a los treinta y tres metros ochenta centímetros de la calle Camilo Aldao en dirección al Este y se compone de ocho metros sesenta y seis centímetros de frente al Sud por veinticinco metros noventa y ocho centímetros de fondo lindando, por el Sud, con el Pasaje Estudiante Aguilar, por el Este, con Lanlfot Mercedes S. de o lote 19, por el Norte, con Salgado Juan y otro o lote 4 y por el Oeste, con De Bellonia Angel M. o lote 21, superficie de Lote 20 de 224,99 m2; inscripto en el Registro General Rosario a nombre de Angel Venancio, bajo el Tomo 183 B, Folio 1701, Número 97.135, Opto. Rosario; empadronado en el SCIT bajo la partida de impuesto inmobiliario Nº 16-03-17-315295/0000. 2) Notifíquese por cédula. 3) Ordeno la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. 4) Ordeno la correspondiente inscripción registral a nombre de la actora con título supletorio debido, librándose oficio de ley en forma a sus efectos, una vez satisfechos los aportes a las Cajas Profesionales. 5) Costas, conforme lo establecido en los considerandos. 6) Honorarios, estimada que fuera la base regulatoria. 7) Procédase por mesa de entradas al retiro de la documental que obra reservada en secretaria, con cargo de oportuna presentación para el caso de que sea requerida por la Alzada. Insértese y hágase saber”. Fdo. DRA. MARIANELA GODOY (Secretaria). DRA. MONICA KLEBCAR (Jueza). Dra. Sabrina F. Scherini, Prosecretaria.
$ 100 558896 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Señora Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados “SEJUDO, PATRICIO JAVIER S/ SUMARIA INFORMACIÓN” CUIJ 21-03004744-0”, el Sr. PATRICIO JAVIER SEJUDO, argentino, nacido el 18 de enero de 1983, hijo de Juan Angel Sejudo y Patricia Silvia Cocola, documento nacional de identidad nº 30.073.901, soltero, de profesión abogado-escribano, y con domicilio en calle Ocampo nº 1077 de esta ciudad, solicitó su inscripción en la Matrícula del Colegio de Escribanos de Rosario. Publicación por el término de 3 días. Fdo.- DRA MARIA SILVIA BEDUINO, JUEZ.-
$ 100 559024 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 7 de Rosario, se ha ordenado publicar el siguiente decreto, dentro de los autos caratuladas “LIPPIELLO PIETRANTONIO, BENJAMIN MATIAS S/ ADOPCION DE INTEGRACION” Expte.: CUIJ: 21-11409870-9. Se transcribe a continuación el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 05 de Abril de 2023 Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Por promovida la acción que expresa. Jueza de Trámite: Dra. Sabina Sansarricq. Téngase presente la conformidad prestada por la progenitora. Dése intervención al Sr. Defensor General. Acompañe el pretenso adoptante certificado de buena conducta. Córrase traslado por el término de tres días al progenitor biológico. Notifíquese por cédula ley 22172 en su domicilio real actual. “...De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado el notificador deberá requerir de quien lo atienda o vecinos, si es que allí vive y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación...”FDO.: Dra. Sabina Sansarricq (Jueza) - Dra. María Cecilia Naveira (Secretaria) otro: “ROSARIO, 09 de marzo de 2026. ROSARIO, Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Asimismo, se autoriza la notificación a través de la aplicación WhatsApp al número telefónico denunciado que se considera en carácter de declaración jurada de la parte actora, y, al efectuarla, tendrá que individualizar los datos del expediente y transcribir en forma textual el primer decreto de trámite conjuntamente con el presente, adjuntando copia del escrito inicial. Realizada la misma se acompañará la captura de pantalla (conf. Arts- 286, 287, 318 y 710 CcyC).” Fdo. DRA. SABINA SANSARRICQ (Jueza). El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 8.- Secretaría, Rosario, de 2026.
S/C 558935 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “STELLA, GILDA FERNANDA C/ YACOMOZZI, JORGE EUGENIO S/ DEMANDA EJECUTIVA”, CUIJ Nº 21-13929169-4, se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 29 de diciembre de 2025. Agréguese la publicación de edictos acompañada, téngase presente. Informando verbalmente la actuaria en este acto que la heredera Georgina María del Huerto Reatto (DNI Nº 24.630.980) no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Atento a que se encuentran involucrados los derechos de los niños Brysen Eugenia Yacomozzi Reatto y Bayron Eugenio Yacomozzi Reatto, de conformidad con lo prescripto por el art. 103 del CCyC -previa vista al Ministerio Pupilar- córrase vista al Defensor General. Firmado digitalmente: Dr. Luciano Daniel Juarez (Juez)“. Carla Angelone, Prosecretaria.
$ 100 558898 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Susana Teresita Igarzábal, Secretaría de la Dra. Andrea Chaparro, en autos: “PORCEL, JOSE LUIS c/ VERDUNA, CLAUDIO MANUEL y Otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, CUIJ 21-11884907-5, se hace saber que se ha ordenado emplazar al demandado VERDUNA, CLAUDIO MANUEL, DNI: 14.831.222, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez (10) días, bajo apercibimiento de ley, conforme lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 del C.P.C.C. Rosario, 25 de Marzo de 2026. Dra. Chaparro, Secretaria.
$ 100 558925 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en los autos “ALBORNOZ, GABRIELA IRENE s/ Solicitud Propia Quiebra” CUIJ 21-02998205-5, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Resolución Nº 192. Rosario, 30/3/2026. VISTOS:..; Y CONSIDERANDO: ...; RESUELVO: 1) Señalar el día 12 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico sus peticiones de verificación de créditos. 2) Señalar el día 24 de junio de 2026 para la presentación del Informe Individual y la del día 20 de agosto de 2026 para la presentación del Informe General. 3) Hacer saber a la sindicatura que en el plazo improrrogable de diez días deberá informar sobre la composición del activo de la fallida y proponer la forma de liquidación de los bienes. A tales efectos se deberá proceder conforme lo regula el Art. 177 y sgtes. De la L.C.Q. 4) Publíquese edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Sabrina Rocci (Secretaria), Dr. Fernando Mecoli (Juez).Rosario, 30/3/2026.
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El Sr. Juez de Distrito de la Décimo Quinta Nominación de Rosario, Dr. Sebastián Rupil, en los autos caratulados: “MACEIRA NORBERTO FIDEL s/ Quiebra- Reconstrucción” CUIJ 21-01591572-9-1, Nro. Expediente: 319/2004-B, hace saber que se ha reconstruido el expediente de quiebra de Norberto Fidel Maceira y cita a comparecer a toda persona que se considere con derecho sobre las cuestiones debatidas, declaradas, adquiridas y/o extinguidas en el seno de los autos “MACEIRA NORBERTO FIDEL s/ Quiebra - 21-01591572-9 (319/2004)“, para que en el término de VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación comparezca a estar a derecho, articule las acciones y/o defensas que entienda le correspondan y presente la documentación pertinente. Asimismo, se hace que el expediente reconstruido en soporte SISFE reemplazará en un todo al expediente originario extraviado y que, vencido el plazo otorgado, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior respecto de los derechos que pudieren corresponderle. Se transcribe la Resolución que así lo ordena, en su parte pertinente: Nº 109, ROSARIO, 11/03/2026. Y AUTOS y VISTOS: ...Y CONSIDERANDO: ...RESUELVO: 1) ORDENAR LA RECONSTRUCCIÓN del expediente “MACEIRA NORBERTO FIDEL s/Quiebra - 21-01591572-9 (319/2004)“. 2) ESTABLECER que la presente resolución servirá de cabeza al proceso de reconstrucción del expediente, el cual se conformará con las constancias obrantes en el sistema SISFE y la documentación que se incorpore conforme se dispone seguidamente. 3) INTIMAR a las partes, y a todos los profesionales y auxiliares de justicia que hayan intervenido en autos, a saber: Dr. José María Fidelibus; María Belén Galante; Roberto Aníbal Baravalle y Julieta Gallastegui para que en el término de QUINCE (15) DÍAS presenten en este Juzgado todas las copias de escritos, documentos, constancias y demás elementos que obren en su poder pertenecientes al expediente extraviado, a fin de ser incorporados al sistema SISFE para su reconstrucción. Hágase saber que, vencido dicho plazo, precluirá la posibilidad de agregar documentación o invocar constancias del expediente original que no hubieren sido aportadas, y no podrán fundar en ellas defensas o derechos posteriormente. 4). HACER SABER a todas las partes, auxiliares de justicia y eventuales derecho habientes y/o accionantes, y demandado/s, que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE y con la documentación agregada conforme el punto anterior, reemplazará en un todo al expediente originario extraviado. Las constancias obrantes en este expediente reconstruido serán las únicas válidas para la sustanciación de la causa y la declaración de los derechos que en ella se debaten. Toda defensa o articulación de derechos deberá basarse en las constancias del expediente reconstruido, bajo apercibimiento de que, transcurridos los plazos otorgados para la presentación de documentación y/o para comparecer según las notificaciones ordenadas, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior fundada en documentos o actuaciones del expediente original no incorporados al reconstruido. 5). OFICIAR al RPU, a la Caja Forense, a la Caja de Seguridad Social de abogados y Procuradores y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (SF) a los efectos de que se sirvan de suministrar toda la información que obra en sus registros en relación a los presentes caratulados. 6). NOTIFICAR la presente resolución por edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres (3) veces, en los términos del art. 73 del CPCCSF, citando y emplazando a toda persona que se considere con derecho sobre las cuestiones debatidas, declaradas, adquiridas y/o extinguidas en el seno de los autos: “MACEIRA NORBERTO FIDEL s/ Quiebra - 21-01591572-9 (319/2004)“, para que en el término de VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación comparezca a estar a derecho, articule las acciones y/o defensas que entienda le correspondan y presente la documentación pertinente. Hágase saber en dichos edictos que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE reemplazará en un todo al expediente originario extraviado y que, vencido el plazo otorgado, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior respecto de los derechos que pudieren corresponderle. 7). NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes y profesionales mencionados en el punto 3) mediante cédula judicial. Fdo: DR. SEBASTIÁN RUPIL - Juez. DRA. MARIA EUGENIA SAPEI – Secretaria.
$1 558799 Abr. 16 Abr.20
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario informa que en los autos “OTTA, JENARO s/Pedido De Quiebra - 21-02992797-6 (212/2025)“, por Auto Nº 114 del 12.03.2026, se fijaron judicialmente las siguientes fechas: para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación de crédito al síndico hasta el 21.05.2026, para la presentación de los informes individuales el 03.07.2026 y para la presentación del informe general el 14.08.2026. La persona designada como síndico es la CPN Georgina Daniela Birchmeyer, constituyendo domicilio legal en Sánchez de Loria 264 bis de Rosario y electrónico en georbirch@gmail.com (TE 3468532646), y aliciapereyra@hotmail.com (TE 3413301046), fijando horario de atención de lunes a viernes de 8 a 16hs. Publíquense por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 31/03/26. Accineli, Secretaria.
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dr. Nicolás Villanueva, en los autos caratulados “KREININ GABRIELA GISELA s/Quiebra - Reconstrucción” CUIJ Nº 21-01157117-1, por auto nº 121 de fecha 03/03/2026 se ha resuelto lo siguiente: 1.- Declarar concluido el procedimiento falencial, haciendo cesar la intervención de la Sra. Síndico actuante. 2.-Disponer el cese de las medidas cautelares oportunamente decretadas respecto a la fallida, previa acreditación del pago de los sellados correspondientes (art. 36 inc. 3 LIA). 3.- Hacer saber por medio de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dr. Nicolás Villanueva (Juez) Dra. Daniela Jaime (Secretaría).25 de marzo de 2026.
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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N.º 5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos
«MELTING SRL s/ Quiebra Indirecta» CUIJ: 21-02900083-9, por resolución
N.º 76 de fecha 25/03/2026, se ha declarado la quiebra de MELTING SRL, CUIT
30-71461348-7, con domicilio en Nicaragua 820 de Rosario. Asimismo,
se ha resuelto imponer a la sindicatura ya designada con los trámites inherentes a esta quiebra y se dispone: 10) Fijar el día 15/05/2026 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 200 de la LCQ.- 20) Fijar el día 03/07/2026 como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 02/09/2026 como fecha límite para la presentación del informe general. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. Rosario. 30/3/26.
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La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos
«ACRIL SRL s/Pedido de Quiebra» CUIJ: 21-030000770-8, por resolución
N.º 77 de fecha 26/03/2026, se ha declarado la quiebra de ACRIL SRL, con domicilio social en calle Punta del Este 2687 (Funes), Inscripción: T.º 173; F.º 2733, N.º 499 Protocolo: Fecha: 7/4/2022; T.º: 173, F. 2733 Expte. en RPJEC: 1001/2022, intimando a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquella en su poder a ponerlos a disposición del Síndico; intimando al deudor para que, dentro de las 24 hs, entregue al síndico toda la documentación relacionada con su contabilidad; prohibiendo hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. Lo que se publica por el término de 5 días en el BOLETIN OFICIAL, a sus efectos. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. Rosario.30/3/26.
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Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: “BIANCHETTI JUAN DANIEL s/ Propia Quiebra” CUIJ 21-01310883-5, se ha resuelto lo siguiente: “Nº 3266. Rosario, 5 de Noviembre de 2015. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Disponer la conclusión de la quiebra de JUAN DANIEL BIANCHETTI, D.N.I. 16.306.643, cesando todos los efectos patrimoniales y personales en los términos del art. 231 últ. párr. L.C.Q. 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales comunicando la presente resolución. Ordenar se publiquen edictos en el BOLETÍN OFICIAL. 3) Regular los honorarios de la Sindicatura en la suma de $ 37.717,32.-, correspondiendo a la síndico CPN ADRIANA ELIZABETH SERKI la suma de $ 26.402,13.-, y a su patrocinante Dr. GUSTAVO C. FERULLO la suma de $ 11.315,19.-. Regular los honorarios de los Dres. MARIANO N. BUSSO y CLAUDIO E. LASSUS, representantes del fallido, en la suma de $ 9.429,38.-, en conjunto y en proporción de ley. Todo ello por las respectivas actuaciones en los presentes (Arts. 265 inc. 5 y 268, inc.2 L.C.Q.). 4) Cumplimentados los puntos anteriores, acreditado el pago de aportes, honorarios y tasa de justicia correspondientes, ordenar oficiar al Registro General de la Propiedad a efectos del levantamiento de la inhibición general de bienes de la deudora. Insértese y hágase saber. Fdo.: Santiago Malé Franch (Secretario), Luciano Juárez (Juez).” Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJSF en el Palacio de Tribunales. Rosario, 25 de Marzo del 2026. Dra. María José Casas, Secretaria.
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Por disposición de la Sra. Jueza de Juzgado Unipersonal de Familia 8 º Nom de Rosario, juzgado vacante, secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: “ALEGRE ROSALIA BELEN c/ MAYDANA JONATAN EZEQUIEL s/
Divorcio” CUIJ: 21114577186, se ha ordenado, a los efectos de notificar por edictos al Sr. Jonatan Ezequiel Maydana DNI 42608893, publicando el siguiente edicto por tres veces, el siguiente decreto: “ROSARIO, 11 de septiembre de 2025 Por presentada, domiciliada, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Juzgado vacante. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense los elementos acompañados. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Dése intervención al Defensor General Civil (artículo 103 inciso a) del CCC). Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. De no ser hallado/a el/la requerido/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Fdo.: DRA. GABRIELA ESTER TOPINO (Secretaria). ARTICULO 438.Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 10.
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Por disposición del JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA NRO. 11 A CARGO DE LA DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI Secretaría a cargo de la Dra. Lorena Bottini, en autos caratulados “BOTASSO, ELUNEY s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes LEY 12.967” CUIJ Nº 21-11462160-6, se ha dispuesto notificar por edictos a ELIZABET EVANGELINA ESPINDOLA D.N.I. Nº 24.705.989 Y JUAN DOMINGO
BOTTASSO D.N.I. Nº 30.869.009 lo siguiente: Nro. 265 Rosario, 27 de marzo de 2026 Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1. Ratificar la
medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2º Circunscripción por Disposición Nro. 291/25 respecto a BOTTASSO ELUNEY D.N.I. Nº 48.850.590 nacida en fecha 12 de julio de 2008, hija de Elizabet Evangelina Espindola, D.N.I. Nº 24.705.989 y Juan Domingo Bottasso D.N.I. Nº 30.869.009. 2. Fijar como fecha de inicio de la medida de protección excepcional dispuesta, el día 5 de noviembre de 2025, el primer vencimiento de la medida el 3 de febrero de 2026 y el vencimiento del plazo máximo de duración el día 2 de mayo de 2026 (art. 51 Ley 12.967 3er párrafo. Ref. Ley 13.237 Art. 607 del Código Civil y Comercial de la Nación), por lo que deberá la Dirección Provincial presentar en el término de dos (2) días la prórroga o resolución definitiva de la misma. 3. Advertir a la autoridad de aplicación que, al ser presentado en sede judicial el pedido de control de legalidad, debe observar estrictamente la satisfacción de los requisitos establecidos en la ley 12.967, su modificatoria ley 13.237 y el decreto Nº 619/10 y demás normativa aplicable. 4. Comuníquese a la Defensora provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines previstos en el artículo 38 de la ley 12.967. Notifíquese a los progenitores y a la Defensoría General actuante en su público despacho. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Brunetti (Jueza). Rosario, 30 de marzo de 2026.
$ 1 558660 Abr. 17 Abr. 20
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El Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 2 de Rosario, a cargo de la Dra. Susana Teresita Igarzabal, notifica a la Sra. CLARA INES SASIAN, lo decretado en autos: “MERCADO, GUSTAVO DANIEL c/ SASIAN, BASILIO LUIS Y OTROS s/ Daños y Perjuicios” CUIJ 21-11895913-9: “Rosario, 12 de noviembre de 2025. Atento lo solicitado y constancias en autos, emplácese a la demandada CLARA INES SASIAN a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.”. FDO: Susana Igarzabal (Juez.) 23 de diciembre de 2025.
$ 33 558662 Abr. 17 Abr. 20
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Dentro de los autos caratulados: “LEGUIZAMON, ESMERALDA YAZMILA MICAELA Y OTROS s/ control. De legalidad de medida de proteccion excepcional” CUIJ 21-11427641-0. Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nro 6 de Rosario, se ha dispuesto notificar a EMILIANO FERNANDEZ, DNI 39.367.861 YAMILA STELLA MARIS LEGUIZAMON, DNI 40.703.649 lo siguiente: “Nro
229. Rosario, 11 de Marzo de 2026. Y VISTOS.... Y CONSIDERANDO ....
RESUELVO: I) Rechazar la oposición formulada por Yamila Stella Maris Leguizamon y Emiliano Andrés Fernández a la propuesta elevada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia respecto de sus hijos ESMERALDA YAZMILA MICAELA LEGUIZAMON FERNANDEZ, ABEL BALTAZAR EMANUEL LEGUIZAMON y ERICK TEHUEL MIKEAS LEGUIZAMON FERNANDEZ. II) Declarar en estado de adoptabilidad a ESMERALDA YAZMILA MICAELA LEGUIZAMON FERNANDEZ, D.N.I. Nº
56.337.361, nacida el 29 de junio del 2017, ABEL BALTAZAR EMANUEL LEGUIZAMON, D.N.I. Nº 57.857.069, nacido el 8 de junio de 2019 y ERICK TEHUEL MIKEAS LEGUIZAMON FERNANDEZ, D.N.I. Nº 58.916.129, nacido el 12 mayo del 2021, hijos de Yamila Stella Maris Leguizamon, D.N.I. Nº 40.703.649 y de Emiliano Andrés Fernández, D.N.I. Nº 39.367.861. III) Oficiar al REGISTRO UNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES DE ADOPCION a fin de Notificarles la presente resolución y requerirla remisión del/los legajo/s de aspirantes inscriptos y admitidos con disponibilidad adoptiva,indicando el orden de prelación en caso de remitir más de un legajo. De no existir aspirantes inscriptos en ese Registro, deberá trasladar el requerimiento a otros registros nacionales a través del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación. IV) Continúe interviniendo la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, hasta tanto concluya el proceso de guarda preadoptiva de los niños mencionado. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra Mangani (Jueza), Dra Barbieri (secretaria).
$ 1 558530 Abr. 17 Abr. 20
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Dentro de los autos caratulados: “MANSILLA DAIRA SHAIEL s/ Control De Legalidad De Medida De Protección Excepcional” CUIJ 21- 11459956-2. Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nro 6 de Rosario, se ha dispuesto notificar a GUSTAVO OSCAR MANSILLA, DNI 30.826.218 y a ROMINA GISEL BENITEZ, DNI 32.300.836 lo siguiente: “Nro 287. Rosario, 19 de marzo de 2026. Y VISTOS .. Y CONSIDERANDO ... RESUELVE: I) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto de DAIRA SHAIEL MANSILLA, D.N.I Nº 52.564.873, dispuesta por Resolución Nro. 284 del 13 de noviembre del 2025. II) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. III) Tener presente que el plazo de intervención previsto por el art. 607 C.C.C vence el 13 de abril de 2026. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra Mangani (Jueza), Dra Barbieri (secretaria).
$ 1 558528 Abr. 17 Abr. 20
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Dentro de los autos caratulados: “INSAURRALDE RODRIGUEZ, MATEO JESUS s/Control De Legalidad De Medida De Protección Excepcional” CUIJ 21-23591631-9. Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nro 6 de Rosario, se ha dispuesto notificar a ANTONIO OSCAR INSAURRALDE, DNI 28.088.349 y a CLAUDIA MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ, DNI 36.505.468 lo siguiente: “Nro 247. Rosario, 16 de marzo de 2026. Y VISTOS ... Y CONSIDERANDO ... RESUELVE: I) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto de MATEO JESÚS INSAURRALDE RODRIGUEZ, titular del DNI 58.688.304, dispuesta por Resolución Nro. 65 del 27 de febrero del 2026. 11) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra Mangani (jueza), Dra Barbieri (secretaria).
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 1O de Rosario y en los autos “ALVAREZ, NATALIA ANDREA c/ FUENTES BELTRAN, CARLOS MARCELO s/ EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL” CUIJ 21-11463494-5, se hace saber al Sr. FUENTES BELTRAN CARLOS MARCELO DNI 95.182.707 que se lo declara rebelde. A mayor recaudo transcribo lo ordenado: “Nº 269 Tº 2026. Rosario, 17 de marzo de 2026. Atento al informe actuarial precedente, no habiendo comparecido el demandado, Sr. FUENTES BELTRAN CARLOS MARCELO, D.N.I. Nro. 95.182.707 a estar a derecho en el, término legal para hacerlo, encontrándose debidamente notificado conforme edictos publicados en fecha 17 de Diciembre de 2025, decláreselo rebelde. Notifíquese por edictos. Insértese, déjese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Valeria Viviana Vittori (Jueza).”
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 1 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados. “RUGGERI, MARIO DANIEL c/ SCARDINO, LUCAS JAVIER Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios” (CUIJ 21-11894547-3), se ha dispuesto citar y emplazar a LUCAS JAVIER SCARDINO (D.N.I. Nº 30.688.778) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días. A continuación se transcriben los decretos pertinentes: “ROSARIO 29/05/2024, Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a SCARDINO LUCAS JAVIER y la citada en garantía TRIUNFO COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. Si hubiese ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Mariana Varela.” Fdo: Dra. MARIANA VARELA- Jueza. Y otro: “En la ciudad de Rosario, y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta nro. 14 del 13/05/20, pto. XV). Agréguense las constancias en copia acompañadas por el Dr. Straini. Notifíquese al demandado LUCAS JAVIER SCARDINO (D.N.I. Nº 30.688.778) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta nro. 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado LUCAS JAVIER SCARDINO que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberá transcribirse el decreto de fecha 29 de marzo de 2024 y el presente proveído”.- Fdo: DRA. JORGELINA ENTROCASI Jueza suplencia. ROSARIO, 02 de marzo de 2026.
$ 200 558575 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos del causante CANNAVINA ANTONIO (DNI. 93.578.873) para que comparezcan a estar a derecho en el término de tres días. Autos caratulados “FLORES MELISA ROCIO c/ CANNAVINA ANTONIO Y OTROS s/ COBRO DE PESOS-RUBRO LABORALES”. (CUIJ Nº 21-04128223-9) de trámite por ante Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Tercera Nominación.
$ 100 558840 Abr. 17 Abr. 20
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, DR. Mauro Bonato, notifica al Sr. HERRERA,IVANA CINTIA, DNI Nº 29.849.667, lo declarado en autos: CFN S.A c/ HERRERA, IVANA CINTIA s/ Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02928297-5):ROSARIO, 14/08/2025. Por practicada planilla, póngase de manifiesto por el término y bajo apercibimiento de ley. Notifíquese por edictos con expresión de montos. A la cautelar peticionada, autos. FIRMA: Dra. Marianela Maulión, secretaria.
$ 100 558814 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N.º 14 de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, dentro de los autos caratulados: “ACCARDO LUIS ANTONIO c/ LOS CHAÑARES SCA y otros s/ Cumplimiento De Contrato” CUIJ 21-01560969-6, se ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 19 de noviembre de 2025. Informada verbalmente la Actuaria que el demandado no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosigan las presentes actuaciones sin dársele representación. Notifíquese por edictos.” OTRO: “Rosario, 26/02/2026. Por aceptado el cargo de Defensora de Oficio de la Dra. Oliva Sandra Liliana, téngase presente. Téngase presente el domicilio electrónico constituido. Notifíquese por edictos el presente conjuntamente con el decreto de rebeldía fechado en SISFE el 19/11/2025 (fs. 141)“. FDO: Dra. María Karina Arreche. Secretaria. Rosario, 11/03/2026.
$ 100 558811 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juez EZEQUIEL ZABALE, en autos tramitados por ante el JUZGADO DE 1RA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 3RA NOM DE ROSARIO caratulados. YURRO ANGELA BEATRIZ Y OTROS s/ Prescripción Adquisitiva”, cuij 21-02935032-6 se ha dictado lo siguiente “Rosario, 20 de Febrero de 2026. Tomo 2026. Resolución Nro 31. Y VISTOS .... Y CONSIDERANDO:… FALLO: 1.) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarando adquirido por usucapión a favor de ANGELA BEATRIZ YURRO y de JORGE ALFREDO BARINAGA, desde el 01 de enero de 1993, el inmueble ubicado en calle Suipacha 840, entre las calles Córdoba y Rioja, de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, Departamento Rosario, y cuya descripción según plano de mensura es la siguiente: a) 50 % parte indivisa pasillo de acceso LOTE E:. Una fracción de terreno, ubicado en zona urbana del distrito Rosario del departamento Rosario designado como lote E con frente al Este sobre CALLE SUIPACHA, entre CALLE CORDOBA y CALLE RIOJA, a los 40.44 metros de CALLE CORDOBA hacia el Sur, poligonal cerrada de límites de 6 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado H - I mide 1.55 metros, linda al Oeste con BECERRA MARTIN EXEQUIEL, PII 1603092808860004, PL 116608 - 1984; el lado I - A mide 50.67 metros, linda al Norte con TORRESETTI ALICIA CRISTINA, PII 1603092808850003, PL 22232- 1959, PENSAER S.A, PII 1603099941270001,PL 205735 - 2017, Parte Común PH,
NC 026200031, PL M68065 - 1958,, el lado A - B mide 1.34 metros, linda al Este con CALLE SUIPACHA; el lado B - C mide 26.10 metros, linda al Sur con KALLER ARIEL EMILIO, PII 1603092808860001, PL 116608- 1984; el lado C - D mide 2.63 metros, linda al Sur con KALLER ARIEL EMILIO, PII 1603092808860001 PL 116608 - 1984; el lado D - H mide 21.64metros, linda al Sur con LOTE A DEL PRESENTE PLANO EN POSESION DE BARINAGA JORGE A L Y YURRO ANGELA B y cuyos ángulos internos son en el vértice H:90º0’0”, vértice I: 90º0’0”, vértice A: 76°24’30”, vértice B: 103°35’30”, vértice C:185º27’16”, vértice D: 174º32’44”. Encierra una superficie de 71.53 metros cuadrados. Servidumbre: SIN SERVIDUMBRE”. b) LOTE A: Un lote de terreno interno, ubicado en zona urbana del distrito Rosario del departamento Rosario designado como lote A en el presente plano de mensura sobre Calle SUIPACHA, entre Calle CORDOBA y Calle RIOJA, a los 71.03 metros de esta última hacia el norte y hacia el interior de la manzana una línea quebrada de 26.10 metros de calle Suipacha hacia el sudoeste con un ángulo de 103°35’30” respecto del norte y luego una línea de 2.63 metros hacia el sudoeste con un ángulo de 185º27’16”, poligonal cerrada de límites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado G - D mide 23.14 metros, linda al norte con PASILLO, PII 1603092808860005,PL 116608 - 1984 y BECERRA MARTIN EXEQUIEL, PII 1603092808860004, PL 116608 - 1984; el lado D - E mide 5.10 metros, linda al este con KALLER ARIEL EMILIO, PII 1603092808860001,PL 116608 - 1984; el lado E - F mide 23.14 metros, linda al sur con PIRES MARISEL BEATRIZ, PII 1603092808870000 Y TAMBORINI ENRIQUE Y OTS, PII 1603092808890000; el lado F- G mide 5.17 metros, linda al oeste con BECERRA MARTIN EXEQUIEL, PII 1603092808860004, PL 116608 - 1984 y cuyos ángulos internos son en el vértice G: 90º0’0”, vértice D: 90º0’0”, vértice E: 90º9’45”, vértice F: 89º50’15”. Encierra una superficie de 118.77 metros cuadrados. El acceso a la calle SUIPACHA es a través del Pasillo determinado en el Plano de Mensura Nro 116608/1964 Lote E. El inmueble se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad a nombre de Delfina Angelina Botta, Aldo Victor Fre, Stella Maris Fre y Delfina Teresa Fre; al Tomo 73 A, Folio 529 vta. Número 30.313; y empadronado en el Servicio de Catastro e información Territorial bajo el número de Partida de impuesto inmobiliario 160309-280886/0003-0.-. 2.) Costas conforme considerando 4. 3.) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto acompañen copia actualizada de su situación ante A.F.I.P. y se acredite la cuantía del pleito. Insértese y hágase saber. Firmado DRA MAYRA IBAÑEZ (Secretaria) y DR. EZEQUIEL ZABALE (Juez).
$ 300 558810 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juez del Juzgado de Ira Instancia de Circuito Civil y Comercial de la 3ra Nominación de Rosario, a cargo de la DRA. CECILIA CAMAÑO, dentro de los autos caratulados: “ZOZA CRISTINA DEL VALLE c/ CORVALAN DIAZ VIDAL , PRUDENCIA Y OTROS s/ Prescripción Adquisitiva” CUIJ: 21-12645036-9 se hace saber que se han dictado los siguientes decretos: “Rosario ,15 de Junio de 2023. Agréguense las constancias que en copia simple acompaña. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado y a mérito del poder especial que acompaña, désele la participación de ley que por derecho le corresponda.- Por iniciada la acción de usucapión en los términos expresados. Imprimase al presente el trámite del juicio sumario (art 408 ss y ce del CPCC).-Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada y a los herederos de PASCUAL REGGIANI por el término y bajo los apercibimientos de ley atento que conforme constancia de fs. 3 el demandado se encontraría presumiblemente fallecido.- Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir .- Ofíciese a la Municipalidad que corresponda , a la Fiscalía de Estado Provincial y Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin que haga saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble.- Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin que informen, en su caso, respecto del domicilio de los titulares registrales que informare el Registro General de la Propiedades y/o herederos a fin de que informe el estado de supervivencia de los mismos. En su caso, ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe si se ha iniciado juicio de declaratoria.- Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley.- Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art 63 del CPCC.- Fdo DRA. Cecilia Camaño (Jueza).Dra. Ana Belén Cura (Secretaria).19 de marzo de 2026.
$ 100 558711 Abr. 17 Abr. 20
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La jueza Dra Susana Silvina Gueiler a cargo del Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18° Nom, de Rosario, por el presente hace saber que dentro de los autos caratulados “RODRIGUEZ ‘DIANA MARINA sI CONCURSO PREVENTIVO” CUIJ 21-23549290-0, se ha resuelto en fecha 03/03/2026 por auto Nro 141 : Declarar la apertura del · concurso preventivo de DIANA MARINA RODRIGUEZ DNI N° 28.567.867, con domicilio real en calle Cochabamba 1251 5° B de Rosario y domicilio legal en calle Pte. Roca 825 7° 5 de Rosario. Que por auto Nro 251 de fecha 26/03/2026 se ha dispuesto: 1) Fijar hasta el día 12 de mayo de 2026 como fecha tope hasta la cual los acreedores presenten los pedidos de verificación al síndico (Art. 14 Inc. 3 LCQ), debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del Art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 25 de junio de 2026 pata que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal (Art; 35 LCQ) y el día 21 de agosto de 2026 para la presentación del Informe General (Art. 39 LCQ). 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a. los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Fijar el día 1 de diciembre de 2026 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ. 5) Fijar el día 28 de diciembre de 2026 a las 11 hs. para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q. 5) Fijar el día 5 de febrero de 2027 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Se hace saber que el Síndico designado en los presentes es CPN LUNA MIRIAM GRACIELA, con domicilio legal en Córdoba 1452 piso 01 Oficina E. y domicilio electrónico en la casilla de correo gtorresi@torresihadad.com.ar horario de atención de 9 a 17 hs. Pub1íquense edictos por 5 (cinco) días en el BOLETÍN OFICIAL y en el Diario El Forense.
$ 500 558719 Abr. 17 Abr. 20
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Se hace saber que por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Rosario, a cargo de la Jueza Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría de la Dra. Silvina Leonor Rubulotta, en autos caratulados “MARAVILLA ESTELA MARIS s/ CONC. PREV. HOY SU QUIEBRA-REC” CUIJ Nº 21-01188778-0, se ha ordenado lo siguiente: Nº 78. Rosario, 26 de Marzo de 2026. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ...
RESUELVO: 1) Declarar concluida en forma definitiva la presente quiebra por carta de pago. 2) Hacer conocer la presente por edictos, que se publicarán por un día en el BOLETÍN OFICIAL. 3) Fecho, ofíciese al Registro de Procesos Concursales, a la Mesa de Entradas Única, y/ o a quien corresponda a fin de comunicar la presente. Insértese y hágase saber. Fdo: DRA. LUCRECIA MANTELLO (Jueza) DRA. SILVINA L. RUBULOTTA (Secretaria). Rosario, 30/3/26.
$ 1 558720 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría a cargo de Lucas Menossi, se hace saber que en autos “MONETA, MARIA DEL CARMEN ITALA C/ MONETA, ANUNCIADA MARGARITA s/ prescripción adquisitiva”, CUIJ 21-02984749-2, se ha dispuesto mediante decreto de fecha 12 de mayo de 2025: “Revóquese parcialmente el decreto de fecha 02-12-2024 en cuanto dice: “Cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley” y en su lugar se provee: “Cítese y emplácese a los herederos de Anunciada Margarita Monet en los términos del art. 597 CPCC a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley”. Notifíquese por cédula a los herederos y publíquese edictos de ley. Asimismo, ofíciese al Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario a los fines de que remita copia certificada de la declaratoria de herederos y ampliatorias -si las hubiera- dictadas en los autos “Moneta Anunciada Margarita s/Declaratoria de Herederos”, CUIJ 21-01206361-7. Líbrese despacho electrónico a sus efectos. Fdo. digitalmente: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza)“.
$ 100 558753 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados “MARABESE, ROSA Y OTROS s/ CREMACIÓN (AUTORIZACIÓN PARA CREMAR)“, CUIJ 21-03004765-3, el Sr. JORGE LUIS LÓPEZ, DNI 13.077.226, solicita
autorización de cremación por exhumación de los restos mortales de su abuela materna, Sra. ROSA MARABESE, L.C. 2.379.913, nacida el 30/08/1907 y fallecida el 23/11/1990 en la ciudad de Rosario, que yacen en el Nicho Nº 209, ubicado en el piso 2, fila Nº 1 del Panteón Social del Consejo Profesional de Cs. Económicas erigido en el Cementerio El Salvador de la ciudad de Rosario y de los restos mortales de su padre, Sr. ELDO ANTONIO LÓPEZ, DNI 5.958.974, nacido el 13/06/1925 y fallecido el 01/11/1996 en la ciudad de Rosario, que yacen en el Nicho Nº 20, ubicado en el piso 4, fila Nº 5 del Panteón Social del Consejo Profesional de Cs. Económicas erigido en el Cementerio El Salvador de la ciudad de Rosario. Por decreto de fecha 06/03/2026, se tiene por promovida la presente acción, ordenándose la publicación de edictos por el término de tres (3) días, a los fines que comparezcan herederos y/o familiares de los fallecidos, con la prevención que en el caso de no haber oposición se procederá, previo cumplimiento de los trámites de ley, a la cremación de los restos mortales de los fallecidos. Firmado: Dra. Mónica Klebcar (Jueza); Dra. Marianela Godoy (Secretaria).
$ 100 558744 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la14 º Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. Quaglia en los autos caratulados: “”BAROLDI JULIO c/ SOSA TORIBIO s/Prescripción adquisitiva”, Expte. N° 2515/1974 CUIJ 21-01565620-1, se hace saber que se ha ordenado: citar y emplazar a los herederos de BAROLDI JULIO para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 29/12/2025.
$ 100 558754 Abr17 Abr. 20
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Por disposición del Sr. Juez de primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Santa Fe, en los autos caratulados: “BANCO ITAÚ ARGENTINA S.A C/ MITTI DIEGO MARTÍ y TORRES SONIA ELIZABETH si EJECUCIÓN HIPOTECARIA (EXPTE CUIJ: 21-02953630-6) se cita a los Sres. MITTI DIEGO MARTIN DNI: 31.187.704 y a la Sra. TORRES SONIA ELIZABETH DNI: 31.849.905, y/o a terceros adquirentes si los hubiera, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad a fin de que dentro de los cinco (5) días subsiguientes a la última publicación; 1) abonen el crédito que se reclama de 31.339,96 UVAS, que al inicio de las presentes actuaciones ascendían a la suma de $3.212.661,10, más el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas, u 2)Opongan excepción legítima bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior. El inmueble que se ejecuta se encuentra inscripto bajo la matrícula 15-13787, Dpto. de San Lorenzo del registro General y el Derecho real de Hipoteca se encuentra constituido en 1° grado y lugar de privilegio e inscripto bajo la presentación Nº 354.843/11-07-2017, sección gravámenes del Registro General del Registro de la propiedad Inmobiliaria a favor del HOY banco Macro S.A. Se hace saber de todas formas y por el presente la iniciación de este proceso a otros Acreedores Hipotecarios si los hubiere. Rosario, febrero del 2026.
$ 500 558759 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Decimoctava (18º) Nominación de Rosario, se le hace saber que en los autos caratulados “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ VILLAGRA, CLAUDIO ANDRES s/ JUICIO EJECUTIVO” (CUIJ Nº 21-02926670-8) se ha decretado que atento que el demandado CLAUDIO ANDRES VILLAGRA (DNI N° 22.342.410) no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado, se lo declara rebelde siguiéndose el juicio sin su representación. Fdo: Dra. Silvia Gueiler (Jueza), Dra. Patricia Beade (Secretaria). Rosario, 25 de julio de 2025.
$ 100 558643 Abr. 17 Abr. 20
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ROSARIO, 18 de marzo de 2026 A lo solicitado, oportunamente. Advirtiendo en este acto el proveyente que no se ha declarado la rebeldía de la demandada, y a fin de evitar eventuales futuras nulidades en este acto se provee: no habiendo comparecido la demandada pese a encontrarse debidamente notificada, decláresela rebelde. Notifíquese por edictos. Asimismo, atento a lo normado por el art. 1905 in fine del Código Civil y Comercial, ofíciese al Registro General a los fines de que se proceda a la anotación de la litis del inmueble denunciado en autos. Acompañe el Dr. Baez boleta colegial. FDO DR EZEQUIEL ZABALE-JUEZ-DR DRA MAYRA IBAÑEZ-SECRETARIA-Todo ello fue dispuesto en los autos CROCCO, FABRICIO C/ PUEBLO DE ALVAREZ SAIC SOBRE USUCAPIÓN CUIJ 21-02980285-5 que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y de Comercial de la 3ra. Nominacion de Nominacion de Rosario. Mayra Ibáñez, Secretaria Subrogante.
$ 100 558649 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. MARCELO QUAGLIA (JUEZ) Secretaria de la Dra. MARIA KARINA ARRECHE en autos VERDINI ELENAAGUSTINA Y OTROS s/ SUCESORIO CUIJ Nº 21-02865857-2 se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de MIGUEL ANGEL MEO, DNI 12.379.194, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley.- FDO Dra. Valeria Beltrame (Prosecretaria). Rosario, 27/03/2026. Dra. María Karina Arreche, Secretaria Subrogante.
$ 100 558674 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Familia de la 3º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar al Sr. PATRICIO JOSE MENDIVIL, titular del DNI 12.922.486 a fin de que comparezca dentro de los autos caratulados “PAGNUCCO SILVIA NOEMI c/ MENDIVIL PATRICIO JOSE s/ Homologaciones De Acuerdos” CUIJ 21-11459909-0 en trámite por ante aquel Juzgado, disponiéndose lo siguiente: “Rosario, 20 de Octubre de 2025. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdesele la participación que por derecho corresponde. Jueza a cargo: Dra. María José Campanella. Por promovida demanda de HOMOLOGACION DE CONVENIO. Agréguense las constancias acompañadas y téngase presente lo expuesto. Emplácese a la contraparte, para que comparezca y reconozca el mismo dentro del plazo de diez días. De no ser hallado/a el/la demandado/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos el informe sobre si el/la mismo/a vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. Acompañe BUIJ y reponga sellado de demanda. Notifíquese con copia al domicilio denunciado en el convenio acompañado. A lo demás, oportunamente.” Fdo. Dra. Campanella (Juez), Dr. Fuster (Secretario). Rosario, 30 de Marzo de 2026.
$ 100 558693 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición de la Jueza del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la 2da. Nom. de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos de JUANA INES SANCHEZ (D.N.I. 11.447.918) a los fines de que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ser declarados rebeldes (conforme art. 597 del C.P.C.C.), durante tres publicaciones, el término vencerá cinco días después de la última publicación. Autos caratulados: “PERALTA, FRANCO c/ SANCHEZ, JUANA INES s/ Exclusión de Herencia CUIJ 21- 02994457-9. Fdo. Dra. Marianela Godoy (Secretaria); Dra. Mónica Klebcar (Jueza).
$ 100 558697 Abr. 17 Abr. 20
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El JUZGADO. DE 1RA.INSTANCIA DE CIRCUITO Nº 3 - DENOM. ANTERIOR-Ref.Ley 14264 SEC.1 de Rosario, dentro de los caratulados: SOSA ESCALADA, MARIA ALEJANDRA C/ PAMPILLO Y LOPEZ, ALICIA ISABEL Y OTROS SI OTRAS DILIGENCIAS CUIJ: 21-02947154-9 EXPT: 785/2021, En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE ROSARIO, 14 de Febrero de 2024 Atento lo informado por el RENAPER respecto a las codemandadas SOFÍA PAMPILLO Y LÓPEZ y DELIA MARÍA PAMPILLO Y LÓPEZ, aclare la situación procesal de las mismas. Ofíciese al Registro precedentemente mencionado a fin de que informe el último domicilio conocido de los codemandados GLORIA FRANCISCA PAMPILLO DNI 1.308.970 y RÁUL FRANCISCO JOSÉ PAMPILLO DNI 4.412.265. Encontrándose acreditado el fallecimiento de- los codemandadados MARÍA LUISA DE LA MERCED PAMPILLO, IRENE MERCEDES PAMPILLO, SEVERIANO BENITO PAMPILLO y ALICIA ISABEL PAMPILLO, cítese y emplácese a los herederos y/o legatarios de los mismos a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCC. Ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios a fin de que informe si se ha iniciado juicio de declaratoria de herederos de los codemandados fallecidos. Recaratúlense por Secretaría. SECRETARIA Dra. Ana Belén Curá; JUEZA. Dra. Cecilia A. Camaño. Rosario, 19 de marzo de 2026.
$ 100 558510 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, en los autos: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/ LOSADA CALIXTO y Otros s/ Apremio” CUIJ: 21-01658940-0, se ha dispuesto notificar por edicto lo siguiente: “Con los autos a la vista en el día de la fecha se agrega escrito cargo nro15398/15907 se provee conjuntamente con el cargo nro16320: Por recibidos. Continúen según su estado. De la adecuación de intereses respecto de la regulación de honorarios traslado.” Fdo. DRA. PATRICIA A. BEADE (Secretaria). OTRO: “27/02/2026. Rosario, A partir del día de la fecha, las presentes actuaciones continuarán su tramitación en forma exclusivamente digital, prescindiendo de la impresión de papel, conforme Acuerdo del 10.02.2026 (Acta 3, pta. 15) de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.” Fdo. DRA. PATRICIA A. BEADE (Secretaria). OTRO: “27/02/2026. Rosario, Atento las constancias de autos, acredítese notificación del decreto de fecha 11 de diciembre de 2025 mediante edictos y por cédula a la Dra. Minuchi.” Fdo. DRA. PATRICIA A. BEADE (Secretaria). OTRO: “06/03/2026. Rosario, Atento a que el decreto de fecha 27 de febrero de 2026 dice: Atento las constancias de autos, acredítese notificación del decreto de fecha 11 de diciembre de 2025 mediante edictos y por cédula a la Dra. Minuchi” a la revocatoria interpuesta no ha lugar. En su caso, aclare su petición. Fdo. DRA. SUSANA SILVINA GUEILER (JUEZ) - DRA. PATRICIA A. BEADE (Secretaria). Rosario, 9 de marzo de 2026.
$ 100 558596 Abr. 17 Abr. 20
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La Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Arroyo Seco, Dra. MARIANA ALVARADO, dentro de los autos caratulados: “PETTINARI, GUILLERMO NICOLÁS c/ PEREYRA, GUILLERMO RAMÓN S/ JUICIOS EJECUTIVOS” Expte: CUIJ 21-22769237-2 informa que se ha dictado la Resolución Nro. 89 de fecha 09.03.2026, la cual se transcribe a continuación: “ARROYO SECO, 09 de Marzo de 2026. Y VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Tener por practicada planilla y ponerla de manifiesto en la oficina, por el término y bajo los apercibimientos de ley. 2) Regular los honorarios del Dr. CZERWENY MATIAS (CUIT 20-30865399-5, Monotributista) en la suma de 1 unidad JUS (al día de la fecha, equivalentes a $ $124.873,05) Dicho valor será ajustable según el de la unidad jus hasta que esta regulación adquiera firmeza por su notificación al obligado al pago. A partir de ese momento y al cómputo de esa fecha, la deuda quedará cristalizada en dineraria y adicionará interés a la tasa para adelanto en Cuenta Corriente -sumada- del NBSF hasta su íntegra percepción. Insértese, agréguese y hágase saber” Fdo.: Dra. ALVARADO MARIANA, (Jueza); Dra. CATTANI, MARIANA SABINA (Secretaria). Arroyo Seco, 13 de marzo de 2026.
$ 100 558809 Abr. 17 Abr. 19
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO (notifica al Sr. CORREA, MAGDALENA, DNI Nº 4.920.977, lo declarado en autos: CFN SA c/ CORREA, MAGDALENA s/ EJECUTIVO (CUIJ Nº 21-02956073-8) Rosario, 14/09/2022. Téngase presente lo manifestado. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. En consecuencia, al escrito de demanda inicial, se provee: Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Magdalena Correa (DNI Nº 4.920.977), por cobro de la suma de $140.921,58.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de ley y bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Asimismo, hágase saber que: 1) Que las notificaciones previstas en el art. 61 CPCC se tendrán por producidas el primer martes o viernes posterior a la correspondiente carga del decreto o actuación en el sistema de Autoconsulta de este Poder Judicial, sin necesidad de notificación alguna por parte de los órganos jurisdiccionales a través de cédula ni la concurrencia de los profesionales a las dependencias de este Tribunal (Acta Nº 13 de fecha 05.05.2020, Pto. XI, CSJSF); y 2) Que se ha puesto en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital - Acta Acuerdo N° 7, Punto 11 del 07.03.2019, CSJSF-. A tales fines los profesionales deben denunciar dentro de los presentes un correo electrónico a los fines de recibir el “aviso de cortesía”, previsto en el artículo 6 del Reglamento respectivo, obligándose a comunicar cualquier cambio bajo su entera responsabilidad. Téngase presente que la omisión de denunciar correo electrónico no obsta al cumplimiento de la notificación de conformidad al artículo 14 de dicha normativa. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. FIRMA: DRA. VERONICA A. ACCINELLI (Secretaria), DRA. MARÍA FABIANA GENESIO (JUEZ). Rosario, 4 de febrero de 2026.
$ 100 558383 Abr. 17 Abr. 20
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil comercial d1 la 9ª Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO, notifica al Sr. QUIROZ, ROSA ITATI, DNI Nº 20.494.715, lo declarado en autos: CFN S.A. c/QUIROZ, ROSA ITATI s/ EJECUTIVO (CUIJ Nº 21-02944773-7): Rosario, 27 de Noviembre de 2025. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedí< a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL la publicación de edicto: cuya constancia obra agregada a fs. 90 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaria. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula, con indicación del monto (cf. art. 62 inc. 8 CPCC). Al pedido de regulación de honorarios oportunamente .FIRMA: DRA. VERONICA A. ACCINELLI Secretaria. Por lo tanto queda Ud. debidamente notificado de la planilla practicada que asciende a 1, suma de pesos UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SEIS CON 50/100 ($ 1.454.076,50.-).
$ 100 558382 Abr.17 Abr. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CRESCIMBENI FABIO DARIO D.N.I. 17.326.247 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CRESCIMBENI, FABIO DARIO S/ SUCESORIO" CUIJ Nro 21-03005332-7. Fdo. Dra. Cintia M. Alonso - Prosecretaria
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANGELA MALTA MOSCA D.N.I. N° 3.742.882 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "HEVIA, ERNESTO ARMANDO Y OTROS S/SUCESORIO (CUIJ N° 21-03004484-0). Fdo. Dra. Vanina C. Grande – Secretaria.-
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MATILDE VICTORIA ZARATE D.N.I. 3.339.642 y JUAN CARLOS GODOY (hijo) D.N.I. 21.932.349 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ZARATE, MATILDE VICTORIA Y OTROS S/ SUCESORIO CYC 7 21-03003118-8. En trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante AMADA ROSA MUÑOZ (6.685.495) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MUÑOZ, AMADA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 7" (CUIJ 21-02988842-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FANNY BEATRIZ GUTIERREZ, D.N.I. 7.890.247, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GUTIERREZ, FANNY BEATRIZ S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-03002685-0). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Abr. 17
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: PAUL, Jorge Alberto, DNI 5.809.359 y de AVALOS, Ela Alina, DNI 4.519.705 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PAUL, Jorge Alberto y otros s/Declaratoria de Herederos", CUIJ N° 21030051189, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado: Jueza Dra. Cecilia Camaño (en suplencia).
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BENITEZ AZUAGA ELADIO, DNI N° 93.027.014 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BENITEZ AZUAGA, ELADIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03005397-1). Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario,
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, Dr. Luciano Carbajo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EMILIO JUAN DELGADO, D.N.I. N° 13.093.235, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "DELGADO, EMILIO JUAN S/ SUCESORIO C Y C 11" (CUIJ N° 21-02994182-0). Fdo. Carmela Fernández, Prosecretaria. Rosario.
$ 45 Abr. 17
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUANA SESTITO, D.N.I. 93.635.126 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SESTITO, JUANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 10. (CUIJ 21-03005982-1)". Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Abr. 17
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casilda
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
La Señora Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 7 de la ciudad de Casilda, procede a N° 21.599.308 el siguiente Auto de los autos: MINIELLO RICARDO ALBERTO c/ MARELU JUSTO s/ Demanda Ejecutiva - CUIJ 21-23290957-6: N° 703.- Casilda, 15 de agosto de 2024.-Y VISTOS: Atenta la respectiva Constancia de inscripción fiscal que se halla agregada en autos y la base de cálculo estimada, regúlense los honorarios de la DRA. MARIANGELES AYELEN AVAUS en la suma de pesos setenta y nueve mil doscientos catorce con noventa centavos $ 79.214,90.) equivalente a 1,00 jus cfr. Art 6º de la ley Nº 6767, por su actuación en el principal, en el Juzgado de Circuito en lo Civil y Comercial de la ciudad de Casilda IVA, si correspondiere. El monto regulado en concepto de honorarios, se actualizará de acuerdo a las variaciones que registre el valor de unidad JUS y hasta la fecha en que se encuentra firme, lapso durante el cual no devengará intereses. Firme que quede y consecuentemente cuantificada en dinero la obligación de valor se aplicará un interés equivalente a una vez la tasa activa capitalizada que aplica el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en operaciones de documentos de descuento a treinta días, desde aquel momento y hasta su efectivo pago, los que serán abonados por quien corresponda. Todo ello conforme lo resuelto por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de Santa Fe en el leading case: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/BERGAGNA, Eduardo Apremio Fiscal (Expte. 121/10) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” (Expte. C.S.J. nro. 578, año 2011)“ A y S t 276 p 294/326. Córrase vista a la Caja Forense. Insértese, hágase saber y notifíquese por cédula.” FIRMADO: Dr. Sergio Walter Verdura (Juez en suplencia) – Dra. Virginia Giani (Secretaria).- “ Casilda, 04 de febrero de 2026. Dr. Juan Abbo, prosecretario.
$ 500 558716 Abr. 17
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Por disposición del Juzg. 1ra. Instancia de Circuito - DENOM. ANTERIOR-Ref. Ley 14264 de Casilda a cargo de la Dra. SABAYA LORIA en autos ROBOTTI VERONICA NOEMI Y OTROS C/ FRAYE ALEJO Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA 21-23292358-7, se ha decretado el 05.03.26 tener por iniciado el proceso de prescripción adquisitiva al que se le dará el trámite del juicio sumario (arts. 408 y 540 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe), contra Alejo Fraye y/o herederos y/o titular del dominio inscripto al Tº 218, Fº 481, Caseros (lote 2) y/o quien resulte propietario o se considere con derecho sobre el inmueble sito sobre calle San Juan a los 30.10 metros de calle España hacia el Sud Oeste de la ciudad de Casilda provincia de Santa Fe (según plano de mensura para usucapión Nº 252761/2022). Cítese y emplácese por edictos en los términos del artículo 597 del CPCCSF al demandado y herederos del titular registral todo con el objeto de que comparezcan en autos, y eventualmente hagan valer los derechos que consideren les correspondan en la causa judicial de referencia y bajo los apercibimientos legales previstos en los artículos 76 y 77 del CPCCSF. Téngase presente la documental digitalizada y desígnese depositario judicial de los originales al presentante, en los términos del artículo 173 y cctes. del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, siendo a su cargo la guarda, custodia y conservación de la misma, bajo los apercibimientos de ley dispuestos por el art. 255 y cctes del Código Penal de la Nación, dejándose constancia que la misma deberá ser aportada a requerimiento del Juzgado, en caso de ser necesario y al sólo fin de su cotejo. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, y cédula que deberá dejar fijada el Oficial Notificador en el inmueble a usucapir (art.63 CPCC). Sg Fdo. DRAS. YANINA PAOLA SCOLARI Secretaria subrogante / DRA. LAURA S. BABAYA LORIA Juez. Casilda, 17 de Marzo de 2026. Dr. Juan M. Abbo, Prosecretario.
$ 100 558866 Abr. 17 Abr. 21
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo Secretaría de la autorizante, en autos caratulados: “GUALDONI, DARIO FABIAN C/ PITTILINI, BENITO FERMIN Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, CUIJ Nº 21-25443853-4, se hace saber que por decreto de fecha SAN LORENZO, 25 de Marzo de 2026, se dispuso: “Proveyendo escrito cargo Nº 1920/2026: agréguese cédula acompañada. En función de lo peticionado y las constancias de autos, dispongo: en corolario de lo dispuesto por los arts. 24 inc. 1) ley 14.159 y 597 del CPCCSF, cítese y emplácese a quienes revistieren el carácter de herederos del demandado Benito Fermín Pittilini, L.E. 2.294.907, titular registral del inmueble objeto de los presentes, lote 6 MANZANA 18 Plano 15504/1935 dominio inscripto en el Registro General bajo el Tomo 79 Folio 60 Nº 84927 Departamento San Lorenzo, y a toda persona que se considere con derecho de propiedad sobre el inmueble referido, con el objeto de que comparezcan en autos, y eventualmente hagan valer los derechos que en la hipótesis les corresponda o asista en la causa judicial de referencia y bajo los apercibimientos legales intitulados en la norma , l de rito civil y comercial santafesina (arts. 76 y 77 de CPC y C Santa Fe). Asimismo, y encontrándose acreditado en autos el fallecimiento de la Sra. Norma Ercilia Reimondo, DNI 1.110.505 (ver partida de defunción Tomo II Nº 384 Año 2000 Departamento San Lorenzo) quien resultó declarada como única heredera del titular registral en su carácter de cónyuge supérstite del mismo según Resolución de fecha 15 de diciembre de 1998 emitida por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de San Lorenzo, y no existiendo sucesorio abierto respecto de la misma, cítese y emplácese por edictos a quienes revistieren el carácter de herederos de la misma. Notifíquese por edictos de conformidad a lo dispuesto por el art. 73, CPCC.” Fdo.: DR. JAVIER PEDRO BÉRTORA (Juez Subrogante) DRA. LARA BELEN FAVRO (Secretaria).- Publíquese por tres veces. San Lorenzo, Mazo de 2026.
$ 100 558826 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados: “COMUNA DE ANDINO C/ GEMINELLI VENACIO S/APREMIO FISCAL” CUIJ 21-23368442-9, que habiéndose acreditado en autos el fallecimiento del Sr. GEMINELLI VENANCIO, D.N.I. Nº 5.981.968 y no habiendo comparecido a estar a derecho los herederos, acreedores y legatarios del mismo citados mediante edictos (vide fs. 75), decláreselos rebeldes. Asimismo, de conformidad a lo prescripto por el artículo 597 del CPCCSF para sorteo de Curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio de los herederos rebeldes de demandado fallecido Sr. GEMINELLI VENANCIO, D.N.I. Nº 5.981.968 desígnase fecha de audiencia para el día 24/04/26 a las 09:00 horas. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Asimismo, habiéndose designado al Dr. Javier Pedro Bértora como Juez subrogante de esta dependencia, hágase saber el juez que va a entender. San Lorenzo, 12 de Marzo de 2026. Lara Belén Favro, Secretaria.
$ 52,50 558976 Abr. 17 Abr. 21
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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 12 en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de San Lorenzo, Secretaría a cargo de la Autorizante, hace saber a herederos de HILDA ISMERIA RODRIGAÑEZ RICCHERI e ISMERIA ADELINA CARLOTA GATTI y a ENRIQUE ABELARDO RODRIGAÑEZ RICCHERI y MARÍA ADELA RODRIGAÑEZ, que se ha iniciado acción de apremio fiscal y que se los cita de remate, todo ello conforme lo ordenado en los autos MUNICIPALIDAD PUERTO GENERAL SAN MARTIN c/ RODRIGAÑEZ ENRIQUE ABELARDO Y OTROS s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ Nº 21-25448302-5, MEDIANTE resoluciones que seguidamente se transcriben: “SAN LORENZO, estese a la fecha asignada por SISFE {Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV). Atento a lo informado por la Cámara Nacional Electoral, siendo el último domicilio de las demandadas fallecidas en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el art. 28 de la ley Nº 5066, citese de remate a los herederos de las señoras Hilda Ismeria Rodrigañez Riccheri e Ismeria Adelina Carlota Gatti por edictos, con la prevención de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legitima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite (conf. art. 7 de la ley Nº 5.066). Acompañe los edictos redactados en concordancia con esta providencia” “SAN LORENZO, estese a la fecha asignada por SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV). Puestos a estudio, atento a que la Cámara Nacional Electoral no ha informado domicilio conocido de los codemandados Enrique Abelardo Rodrigañez Riccheri y María Adela Rodrigañez, de conformidad con el art. 28 de la ley Nº 5066, se amplía la providencia que antecede y se ordena su citación de remate por edictos, con la prevención de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite (conf art. 7 de la ley Nº 5.066). Acompañe los edictos redactados en concordancia con este decreto y el de fecha 09/03/2026”. Publíquese sin cargo por el término de tres días en 26 MARZO 2026.El BOLETÍN OFICIAL. San Lorenzo, 26 de marzo 2026.Peretti, secretaria.
S/C 558684 Abr. 17 Abr. 20
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Familia de San Lorenzo, Distrito Judicial Nº 12, dentro de los caratulados: “ZALAZAR M. Y OTROS S/MEDIDA DEFINITIVA LEY 12.967” CUIJ 21-27883752-9, “SAN LORENZO, 17 de Marzo de 2026. Agréguense los edictos acompañados. Cítese a los progenitores Sres. Emeli Fabiana Zalazar con último domicilio conocido en calle Pellegrini 300 de Capitán Bermúdez y Eliezer Thaiel Fernández con domicilio desconocido a comparecer a estar a derecho -con el debido patrocinio letrado-, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación-cuyo control de legalidad se efectuó mediante resolución nº 3019- y la Privación de la Responsabilidad Parental -en los términos del art. 700 inc. d del CCCN-,debiendo en caso de considerarlo ofrecer prueba, dentro del término de 10 días, bajo apercibimientos de resolver sin más en caso de falta de contestación; todo ello conforme art. 66 bis Ley 13237 modif. de la Ley 12967. Fijar en caso de oposición de los progenitores a la resolución de mención que declara la tutela de los niños fecha de audiencia a los fines de ser oídos -cfr lo normado por el art. 609 inc. b del CCCN para el día 21/04/2026 a las 8hs. Notifíquese a todas las partes y organismos intervinientes. Fecho, córrase vista a la Sra. Defensora General a sus efectos. FDO.: MONICA MUCHIUTTI – SECRETARIA; DR. GUILLERMO ROLDAN - JUEZ. Otro Decreto: “SAN LORENZO, 26/3/26. Téngase presente lo manifestado. Advirtiendo que se ha cometido un error en el nombre del progenitor citado, se aclara que el mismo es para ELIAS JOEL FERNANDEZ, DNI 38.290.367. Notifíquese. FDO: MONICA MUCHIUTTI – SECRETARIA. DR. ALEJANDRO ANDINO, JUEZ.
S/C 558927 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado de primera Instancia Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HORACIO VENTURA (D.N.I. 8.375.107), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VENTURA HORACIO S/ SUCESORIO . (21-03003155-2).
$ 45 Abr. 17
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Jueza de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Villa Constitución se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Señor ROBERTO OSCAR SERRI, D.N.I. Nro. 12.710.018, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. (Autos: “MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE C/ SERRI, ROBERTO OSCAR S/DEMANDA ORDINARIA” CUIJ 21-02953057-9). Fdo.: Dr. Alejandro Danino, Secretario. Villa Constitución, 28 de Diciembre de 2025.
$ 100 558892 Abr. 17 Abr. 21
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En los caratulados: SOSA, MIRTA NOEMI Y OTROS C/ AVILA, SEBASTIANA Y OTROS s/ JUICIOS SUMARIOS - CUIJ Nro. 21-23489399-5, que tramitan por ante éste Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Villa Constitución, Juez Dr. Diógenes D. DROVETTA, Secretaría a cargo de la Dra. Analía N. VICENTE, se ha dictado el siguiente decreto: “VILLA CONSTITUCION, Fecha del SISFE -13/11/2025- Por presentado, con domicilio procesal constituido y por parte, a mérito de los poderes especiales acompañados. Por iniciada acción de usucapión. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Sumario. Ante el desconocimiento del domicilio actual de la parte demandada, y a los fines de su citación y emplazamiento para que comparezcan dentro del plazo de ley a estar a derecho, líbrese oficio al Registro de Procesos Sucesorios a los fines de que informe si existen procesos sucesorios abiertos a nombre de los causantes y el último domicilio de los mismos. Además, publíquense edictos en el BOLTIN OFICIAL y en los ESTRADOS del TRIBUNAL a los fines que la sentencia tenga efectos “erga omnes”, debiendo encontrarse el expediente en el casillero al momento de notificar la demanda y publicar los edictos. Líbrese oficio al Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe y al Señor Intendente de Villa Constitución para que manifiesten si existen interés fiscal comprometido en el inmueble que pretende usucapir y en caso afirmativo tomen intervención en los presentes. Hágase saber a las partes que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco de la Oralidad en los Procesos Civiles, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema corte de la Provincia de Santa Fe. Por lo tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al Art. 4 de la Ley 6767. Por ofrecida la prueba. Agréguese en autos la documental digitalizada que se adjunta. Hágase saber al actor que deberá acompañar sus originales en sobre para reservar en Secretaria en su próxima presentación, debiendo retirase firme que se encuentre la Sentencia. Acompañe a autos el extracto de dominio expedido por el Registro General de Propiedades de Rosario. Diligencie informes previos “I” del inmueble que pretende usucapir, expedido por dicha repartición pública. Al pedido de anotación litigiosa del inmueble, conforme lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1905 del Código Civil y Comercial, oportunamente. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, debiendo encontrarse el expediente en el casillero al momento de notificar la demanda y publicar los edictos. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 CPCCSF. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index. php/poder-judicial/inicio/sistema-deautoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicial-de-santa-fe/. (Clave:3978) FIRMAN: DRA. ANALIA N. VICENTE (Secretario) - DR. DIOGENES D. DROVETTA (Juez).
$ 200 558835 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 14 en loa Civil y Comercial de la Primera Nominación, de Villa Constitución, en los autos caratulados “DE LA TORRE JOAQUIN FLORENCIA SOLEDAD C/ GIGENA CLAUDIA YOLANDA Y OTROS S/ JUICIO EJECUTIVO” (C.U.I.J. Nº 21-25660904-2), se cita a comparecer a los mismos a la Sra. MARISOL GUADALUPE MUÑOZ (D.N.I. Nº 30.488.490); conforme surge de la providencia allí dictada, cuya parte sustancial reza lo siguiente: “Nº 965 VILLA CONSTJTUCION, 29 de octubre de 2025 ... Por iniciada la acción ejecutiva que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley... trábese embargo sobre la parte de los haberes, a saber: a) Correspondientes a la codemandada CLAUDIA YOLANDA GIGENA, que perciba como empleada de “AGUAS SANTAFESINAS S.A.”, por todo concepto en la proporción embargable, hasta cubrir la suma de pesos un millón ochocientos diez mil doscientos setenta y cuatro con treinta centavos ($1.810.274,30.-) en concepto de capital, con más la suma de pesos quinientos cuarenta y tres mil ochenta y dos con veintinueve centavos ($543.082,29.-), estimados provisoriamente para intereses y costas futuras; y b) Correspondientes a la codemandada MARISOL GUADALUPE MUÑOZ, que perciba como empleada de “AGUAS SANTAFESINAS S.A.”, por todo concepto en la proporción embargable, hasta cubrir la suma de pesos un millón ochocientos diez mil doscientos setenta y cuatro con treinta centavos ($1.810.274,30.-) en concepto de capital, con más la suma de pesos quinientos cuarenta y tres mil ochenta y dos con veintinueve centavos ($543.082,29.-), estimados provisoriamente para intereses y costas futuras... Insértese y hágase saber...- FIRMADO: ORSARIA (JUEZ) DANINO (SECRETARIO)“. - JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO N° 14 LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PRIMERA NOMINACIÓN. VILLA CONSTITUCION, 31 Marzo de 2026. Dr. Alejandro Danino, Secretario.
$ 100 558865 Abr. 17 Abr. 21
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, hace saber que en autos: “GUARRICCI BRENDA VANESA y Otros S/ CONCURSO PREVENTIVO” CUIJ Nº 21-26452043-3, llama cita y emplaza a la SRA. GUARRICCI BRENDA VANESA D.N.I. Nº 31.369.204 y el Sr. ROBERTO CARLOS GIMENEZ, D.N.I. Nº 28.216.992.- A mayor evento se transcribe el decreto que ordena la medida: “Tomo: 2025 Folio: Resolución: 1530. Venado Tuerto, 18 de Noviembre de 2.025.- Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1)- Declarar la conclusión por cumplimiento del concurso preventivo de GUARRICI BRENDA VANESA DNI Nº 31.369.204 y ROBERTO CARLOS GIMENEZ, DNI Nº 28.216.992. 2)- Levantar las medidas cautelares personales y patrimoniales que pesan sobre el concursado, oficiándose a tales fines, previo acreditación del pago de los honorarios y aportes de ley de los profesionales intervinientes. 3)- Publíquese edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día y conforme lo prevé el artículo 59 L.C.Q. Insértese, agréguese copia en autos, y hágase saber”.- Fdo. Dr. Alejandro H. Lanata, Secretaría Dra. Lucía B. Ciarpella. DICIEMBRE 2025. -(AUTOS: GUARRICCI BRENDA VANESA y Otros S/ CONCURSO PREVENTIVO”. Melincué 30 de Diciembre de 2025.
$ 165 558927 Abr. 17 Abr. 23
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Dr. Gabriel Carlini, Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 2° nominación de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Secretaria a cargo del·Dr. Walter A Bournot, en el Expte CUIJ Nro. 21-24624306-6, autos caratulados “RICEDAL ALIMENTOS S.A. s/Rubrica de Libros”, en virtud del tramite de solicitud de rúbrica de libro de Registro de Accionistas de fa sociedad RICEDAL ALIMENTOS S.A por extravió, mediante proveído de fecha 26/08/2025 se ha dispuesto; “Venado Tuerto. 26 de Agosto de 2025.-Atento las constancias de autos y a los fines de un correcto ordenamiento del presente; revóquese por contrario imperio el decreto de fecha 12/08/2025, y en su lugar en relación al escrito cargo Nº 10705/2025 se provee lo siguiente: Por presentado, con domicilio legal constituido y parte a mérito del poder especial que se acompaña, y se agrega en autos junto al resto de la documental en formato digital acompañada.-Por iniciada la acción que expresa respecto de la denuncia de extravió del Libro de Registro de accionistas Nº 1 en los términos del art. 1876, ss y ce CCCN-A tales efectos publíquese edictos por el término de 5 días en el BOLETÍN OFICIAL, diario Pueblo Regional y diario Clarín con las previsiones denunciados en el art. 1877. Fíjese fecha de sorteo de perito contador de la lista respectiva para el día 12/09/2025 a las 8.30 por ante el superior jerárquico oficiándose a sus efectos.- A LO demás, oportunamente. Asimismo, es pertinente que se comunique la denuncia realizada al organismo de contralor societario y demás pertinente conforme lo dispuesto en el art. 1876 CCCN- Notifíquese.- FDO Dr. Gabriel Carlini, Juez, Dr. Walter A. Bournot, Secretario.- Proveyendo escrito cargo Nº 20218/2025: VENADO TUERTO. 22 de Diciembre de 2025.-Téngase presente y autorícese a publicar edictos en el Diario La Capital como lo solicita. Notifíquese.- FDO Dr. Gabriel Carlini, Juez, Dr. Walter A. Bournot, Secretario. Atento al estado de autos, CITESE a quienes pretendan derechos sobre las acciones de la sociedad RICEDAL ALIMENTOS S.A, para que presenten dentro de los treinta (30) días contados a partir del último día de publicación del presente ante el Perito Contador C.P.N. Maximiliano Bertoni con domicilio fijado en Alvear 641 de la ciudad de Venado Tuerto, para alegar y probar cuanto estimen pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se agreguen a las actuaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 1877 del C.C y C.N. Venado Tuerto,19 de Febrero de 2026. Bournot, Secretario.
$ 230 558704 Abr. 17 Abr. 23
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En cumplimiento de lo ordenado en el proceso judicial caratulados: “MOLINA, MIA s/Adición Apellido Materno - CUIJ 21-27729574-9” y lo dispuesto por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, se hace saber que MIA MOLINA, DNI Nº 49.577.087, con domicilio en calle Expedicionarios Argentinos al Polo Sur 1626 de Venado Tuerto, solicitó la adición de apellido materno como primer apellido a los fines de configurar su identidad como MIA PRINCIPE MOLINA. Ello ante el Juzgado de Familia de la Ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Claudio Heredia y Secretaría en subrogancia de Dra. María Paula Suárez Salfi, el que hace saber que podrán formularse oposiciones dentro del plazo de quince (15 días hábiles contados desde la última publicación del presente edicto Venado Tuerto, 7 de noviembre de 2015. María Paula Suárez Salfi, secretaria subrogante.
$ 230 558737 Abr. 17 Abr. 23
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En cumplimiento de lo ordenado en el proceso judicial caratulados: “MOLINA, MIA s/Adición Apellido Materno - CUIJ 21-27729574-9” y lo dispuesto por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, se hace saber que MIA MOLINA, DNI Nº 49.577.087, con domicilio en calle Expedicionarios Argentinos al Polo Sur 1626 de Venado Tuerto, solicitó la adición de apellido materno como primer apellido a los fines de configurar su identidad como MIA PRINCIPE MOLINA. Ello ante el Juzgado de Familia de la Ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Claudio Heredia y Secretaría en subrogancia de Dra. María Paula Suárez Salfi, el que hace saber que podrán formularse oposiciones dentro del plazo de quince (15 días hábiles contados desde la última publicación del presente edicto Venado Tuerto, 7 de noviembre de 2015. María Paula Suárez Salfi, secretaria subrogante.
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N°3 en lo Civil y Comercial de la 1era. Nom. SEC.UNICA de Venado Tuerto, cargo de la Dra. Maria Celeste Rosso (Jueza); Secretaria de la Dra. Maria Laura Olmedo , dentro de autos : “AGUILAR NORMA LOURDES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ N° 21-24625381-9 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. AGUILAR NORMA LUIS DNI N° 3.893.769, Argentina, mayor de edad; Hija de JUAN ANDRES AGUILAR Y DELIA VASALLE, nacida el 14/04/1939 ,quien falleciera por ENFERMEDAD en fecha 05/05/2019, en la ciudad de Venado Tuerto; Provincia de Santa Fe, con último domicilio en calle ITALIA N°768 de VENADO TUERTO de esta ciudad; para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.-
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste ROSSO – Dra. María Laura OLMEDO– SECRETARIA dentro de los autos caratulados: “AGUIRRE, Ana María y OTROS s/ SUCESORIO” EXPTE. CUIJ 21-24625389-4 se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Ana María AGUIRRE DNI 4.500.102 y Víctor Ricardo SUAREZ DNI 6.125.149, para que hagan valer sus derechos dentro del termino y bajo los apercibimientos de ley. SECRETARIA,
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