picture_as_pdf 2026-04-30

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ROSARIO

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario (Sala V), dentro de los autos SOBOLEOSKY IGNACIO ANDRES c/PROPIETARIO DESCONOCIDO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-02954573-9, se ha dictado el siguiente decreto Rosario, 19 de marzo de 2026. Téngase presente. A lo solicitado, oportunamente. Previamente, acredite notificación de la Resolución Nº 33 de fecha 11/03/2026 por edictos (art. 81 del CPCC). Fdo. Dra. Ana Paula Álvarez Barthaburu (Prosecretaria), y la siguiente resolución: Nº 33 de fecha 11/03/2026. En la ciudad de Rosario, a los días del mes de marzo de 2026, se reunieron en Acuerdo los Sres. Jueces de la Sala Quinta -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, para dictar sentencia en los caratulados SOBOLEOSKY IGNACIO ANDRÉS c/PROPIETARIO DESCONOCIDO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; (CUIJ 21-02954573-9), venidos para resolver el recurso de apelación interpuesto por la Defensora de Oficio contra la sentencia Nº 88 del 03/04/2025 dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 13 de Rosario(...) Por ello, atento sus fundamentos y conclusiones la Sala Quinta -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, RESUELVE: 1. Rechazar el recurso de apelación y confirmar el fallo de primera instancia. 2. Imponer las costas al recurrente vencido (art. 251 del CPCC), sin perjuicio de que la retribución del defensor de oficio sea soportada por la actora de modo provisional. 3. Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta instancia en el 50% de los que en definitiva corresponda regular en primera instancia (art. 19 de la ley 6.767). Insértese y hágase saber. (SOBOLEOSKY IGNACIO ANDRÉS c/PROPIETARIO DESCONOCIDO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; (CUIJ 21-02954573-9). Fdo. por: Juez Dr. MARCELO JOSÉ MOLINA, Dra. JESSICA MARÍA CINALLI y Dr. JUAN JOSÉ BENTOLILA (Art. 26 Ley 10.160). Dr. AGUSTÍN MARIO CROSIO (s) Secretario.

$ 100 560061 Abr. 30 May. 5



Se hace saber que la Sala I de la Cámara de Apelaciones de Rosario (SF) en autos caratulados: LUENGO, DIEGO GERARDO c/MARCEL INMOBILIARIA SRL s/USUCAPION; CUIJ 21-02969741-5, ha resuelto por Acuerdo 388 del 05/12/2025: 1) Rechazar el recurso de apelación. 2) Imponer las costas de alzada al apelante. 3) Regular los honorarios profesionales de alzada en el cincuenta por ciento (50%) de los que en definitiva resulten regulados en primera instancia. Insértese, hágase saber, y bajen. (Expte. Nº 95/2025; CUIJ Nº 21-02969741-5). Fdo. ARIEL C. ARIZA; JUAN PABLO CIFRÉ IVÁN D. KVASINA Jueces de Cámara. Silvina A. Cescato, Secretaria de Cámara. Rosario, de Abril de 2026. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, prosecretaria.

$ 100 560189 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de los Señores Jueces integrantes de la Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala IV) de Rosario, a cargo del Dr. Juan J. Bentolila, Secretaria de la Dra. María Laura Gervasoni, se hace saber que en autos caratulados: BAMBOZZI, Mariana Beatriz c/Lopergolo Hnos. y Cía. S.R.L. s/Ejecutivo escrituración; Expte. Nº 195/2024, CUIJ Nº 21-01121691-6, se ha ordenado lo siguiente: Acuerdo Nº 52 En la ciudad de Rosario, 09 a los días del mes de marzo del año 2025, reunidos en Acuerdo los Jueces de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, integrada, Dres. Juan José Bentolila, Marcelo José Malina y Gerardo Fabián Muñoz, para dictar pronunciamiento en los autos caratulados BAMBOZZI, Mariana Beatriz c/Lopergolo Hnos. y Cía. S.R.L. s/Ejecutivo escrituración; Expte. Nº 195/2024, CUIJ Nº 21-01121691-6. Por ello, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, integrada, RESUELVE: I) Rechazar al recurso de apelación interpuesto; II) Confirmar lo decidido por el Juez de grado mediante Sentencia Nº 44/24/19 (fs. 292/302); III) Imponer las costas originadas en segunda instancia a la apelante, por haber resultado vencida (art. 251, CPCC), sin perjuicio de que la retribución de la Defensora de oficio sea finalmente soportada por la actora, conforme fuera expuesto en las consideraciones precedentes; IV) Fijar los honorarios profesionales correspondientes a la labor desarrollada ante esta Alzada en el 50% de los que se regulen en primera instancia. IV) Insértese, agréguese copia y hágase saber. (AUTOS: BAMBOZZI, Mariana Beatriz c/Lopergolo Hnos. y Cía. S.R.L. s/Ejecutivo escrituración; Expte. Nº 195/2024, CUIJ Nº 21-01121691-6). Fdo. Dres. JUAN J. BENTOLILA (Vocal en disidencia), MARCELO J. MOLINA (vocal), GERARDO F. MUÑOZ

(vocal), y M. LAURA GERVASONl (Secretaria). Rosario. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, prosecretaria.

$ 100 560107 Abr. 30 May. 5

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JUZGADO FEDERAL


Por disposición del Dr. Gastón Alberto Salmain, Juez Federal Subrogante del Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, a cargo de la Dra. Natalia Analía Martínez, Conjueza Federal, Secretaría F, en autos: Obra Social Asoc Mutual Metalúrgica Villa Constitución (OSAMMVC) c/PISI S.R.L s/Ley 23.660; Obras Sociales. Expte. Nº 6806/2024, ha ordenado publicar el decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 22 de mayo de 2024. Téngase a la compareciente por presentada, con domicilio ad-litem constituido y por parte, a mérito del poder que en copia simple se acompaña y se agrega. Agréguese la boleta de aportes. Por iniciada DEMANDA de EJECUCIÓN FISCAL requiriéndosele el inmediato pago de la suma reclamada, con más el 50% que el Tribunal estima provisoriamente para intereses y costas de ley. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes denunciados hasta cubrir ambos importes expresados, haciéndosele saber en dicho acto, que la intimación pago importa la citación de remate, debiendo oponer excepción legítima si las tuviere dentro del plazo de 5 días, y el requerimiento para que dentro del mismo término constituya domicilio, bajo apercibimientos de tenerlo por constituido en los Estrados del Tribunal. (art. 40, 41, 531, 542, 544 y 545 del CPCCN). Encomiéndase la diligencia al Sr. JUEZ que por jurisdicción corresponda. Autorizase a intervenir en el diligenciamiento del mismo al profesional apoderado en autos. Martes y viernes para notificaciones en Secretaría, ello en razón de haberse dispuesto su notificación por edictos, Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. JORGELINA LUJAN LOVAGNINI, secretaria, a los 16 días del mes de abril de 2026.

$ 200 560145 Abr. 30 May. 5

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 10ª Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar por edictos a los herederos de la Sra. MARTHA SUSANA CARRILLO, LC 3.995.211, para que comparezcan a estar a derecho en el presente juicio, bajo apercibimiento de ley (arts. 597 del CPCC y 145 del CPL); GAMARRA MARIANO NICOLAS C/MC CATERING SA Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; 21-04210132-7, Nº Expediente: 206/2023, de trámite por ante el Juzgado en lo Laboral de la 10ª nominación de la cuidad de Rosario. Dra. Aldana L. Viele, secretaria.

$ 100 560184 Abr. 30 May. 5

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JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Familia de la 12ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. GABRIELA ESTER TOPINO (Jueza) en los autos caratulados: BAREIRO, ELSA BEATRIZ c/PANIAGUA, DANTE JAVIER s/DIVORCIO; CUIJ 21-11452797-9, se ha ordenado: ROSARIO, 23 de Junio de 2025; Al escrito cargo Nº 7379/25 se provee: Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por derecho propio y con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Por interpuesta petición de divorcio en los términos del art. 437 sgts. y ccdts. CcyCN. Por formulada propuesta reguladora. Agréguese la documental que se adjunta. Hágase saber al Sr. DANTE JAVIER PANIAGUA, la petición de divorcio solicitada. De la propuesta reguladora córrase traslado por el término de diez (10) días. Dése intervención al Defensor General Civil (artículo 103 inciso a) del CCC). Previo a la notificación, ofíciese al RENAPER a los fines de solicitar informe del domicilio del demandado. Dra. MARÍA SILVIA ZAMANILLO Secretaria Juzgado Unipersonal de Flia Nº 12 de Rosario Dra. GABRIELA ESTER TOPINO Jueza. OTRO: ROSARIO, 02 de Septiembre de 2025 Al escrito cargo Nº 10691/25 se provee: Agréguese la cédula acompañada. Asimismo, atento que el Sr. Dante Javier Paniagua, ha comparecido en los autos conexos: BAREIRO ELSA BEATRIZ c/PANIAGUA DANTE JAVIER s/ALIMENTOS Nº 21-11431880-6, mediante apoderada, denunciando domicilio real en calle Dr. RIVAS Nº 6031 DE ROSARIO, notifíquese el primer decreto de trámite a dicho domicilio, por cédula con transcripción del artículo 438 del CCyCN y con copia de la propuesta respectiva. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Dra. MARÍA SILVIA ZAMANILLO Secretaria; Dra. GABRIELA ESTER TOPINO Jueza. ARTICULO 438. Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. El pedido debe publicarse en el diario oficial tres veces SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 3. Secretaria, Rosario, de de 2026. Dra. María Silvia Zamanillo, secretaria.

S/C 560175 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez Subrogante, del Juzg. Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 4 de Rosario, Dr. Federico Lema, Secretaría de la Dra. Analia Vicente, dentro de los autos caratulados: DE MATTA, FLAVIO RUBEN c/LEZCANO, MARTA EVANGELINA Y OTROS s/PROCESOS RESPONSABILIDAD CIVIL Y EXTRAC. 21-11893604-0, se ha dispuesto citar A LA DEMANDADA LEZCANO MARTA EVANGELINA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Dra. Analia N. Vicente, secretaria.

$ 100 560158 Abr. 30 May. 5

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La jueza del Juzg. Unipersonal de Familia N° 3 SEC. UNICA de Rosario, dentro de los autos caratulados ALGARAÑA, DANIEL ALDO c/ONTIVERO, ELBA DEL CARMEN s/DIVORCIO;

21-11434878-0, ha dictado lo siguiente: Nº 338. Rosario, 09/04/2026. Y VISTOS:... Y

CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar el divorcio de los cónyuges DANIEL ALDO ALGARAÑA (D.N.I. Nº 14.729.246) y ELBA DEL CARMEN ONTIVERO (D.N.I. Nº 17.387.358).

2) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 20 de agosto de 2004. 3) Tener presente la propuesta reguladora de efectos del divorcio presentada por el peticionante. 4) Firme quede la presente, líbrense los despachos al Registro Civil. 5) Notifíquese a las partes por cédula o personalmente. 6) Insértese y hágase saber. Dra. JULIETA BIANCARDI, Prosecretaria; Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA Jueza. Publíquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO, en virtud del patrocinio ejercido por Defensoría Zonal Nº 6. Rosario, Dr. Sergio Luis Fuster, secretario.

S/C 560086 Abr. 30 May. 5

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La Señora Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6 de Rosario, dentro del expediente ANTENORE, SILVANA PAOLA c/FINCH, ALBERTO ALFREDO s/DIVORCIO; CUIJ 21-11469667-3, llama al Señor ALBERTO ALFREDO FINCH, D.N.I. Nº 23.242.715, para que comparezca a hacer valer sus derechos, todo ello conforme a lo ordenado en autos y mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación, en virtud de los decretos que a continuación se transcriben: ROSARIO, 01 de Abril de 2026. Por presentada, domiciliada, por derecho propio y con patrocinio letrado. Otórgasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza: María Paula Mangani. Por iniciada petición unilateral de divorcio. Téngase presente las constancias adjuntadas. Hágase saber al cónyuge, ALBERTO ALFREDO FINCH, que se ha formulado petición de divorcio y acompañado la correspondiente propuesta reguladora en los términos del art. 438 del C.C.C. Córrase traslado de la propuesta formulada, por el término de 10 días. Notifíquese por cédula con copia del escrito correspondiente, con transcripción del presente decreto y de la leyenda que se inserta a continuación. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si es que vive allí y únicamente, en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. Hágase saber que, a los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, deberán las partes especificar día, mes y año de la separación de hecho. En caso de discordancia se aplicará el primer párrafo del art. 480 CCCN. En caso de incontestación, se estará a la fecha denunciada por el peticionante. Fdo. Dra. María José Caviglia, Secretaria; Dra. María Paula Mangani, Jueza. Otro decreto: ROSARIO, 15 de Abril de 2026. Téngase presente lo manifestado y la constancia adjuntada del RENAPER. Notifíquese al demandado por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 CPCC). Hágase saber que en el edicto deberá consignar los datos personales del demandado, a saber, nombre, apellido y documento nacional de identidad. Fdo. Dra. María José Caviglia, Secretaria; Dra. María Paula Mangani, Jueza. Publíquense edictos BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de ley SIN CARGO.

S/C 560074 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 8, de Rosario, Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaría de la Dra. María Guadalupe Gordillo, se ha ordenado en decreto de fecha 9 de abril de 2026, notificar por edictos al demandado su declaración de rebeldía, atento a que el mismo no compareció a estar a derecho ni contestó demanda, pese a estar debidamente notificado. Se transcribe al presente. el decreto referenciado. Autos caratulados: LIOTTA FRANCISCO DE JESUS y OTROS c/MARTIN JOSE CARLOS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-11898519-9). Rosario, 9 de abril de 2026. Atento que el demandado MARTÍN JOSÉ CARLOS, no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según edictos obrantes en escrito cargo 2534/26, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS. Fdo. Dr. Ignacio Aguirre, Juez; Dra. Valeria Bartolome, prosecretaria. Secretaría, 17 de Abril de 2026. Dra. María Guadalupe Gordillo, secretaria.

$ 100 560060 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la Sra. Jueza JUZG. UNIPERSONAL DE RESPONS. EXTRAC. Nº 2, de Rosario, se ha dispuesto citar por edictos al demandado en autos Sr. Néstor Fabián Blanco, DNI 20.704.030, a fin de que comparezca a estar a derecho dentro de los caratulados: TORRES, DALMIRO JULIAN c/MOYANO, ADRIAN ROBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (21-11885913-5). Se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario 01/04/2026; Atento lo solicitado y constancias en autos, emplácese al demandado NESTOR FABIAN BLANCO a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Dra. ANDREA CHAPARRO (SECRETARIA); Dra SUSANA T IGARZABAL (JUEZA). Rosario, 21 de Abril de 2026.

$ 100 560048 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 5ª Nominación de Rosario a cargo del Dr. Edgardo Bonomelli, Juez; Dra. Araceli Stefanelli Secretaria, dentro de los autos caratulados DAUTEL, OSVALDO ALEJANDRO Y OTROS c/ROBLEDO JUAN IRENEO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11892971-0, por decreto de fecha 10/04/2026, se ha dispuesto: ... Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento que la demandada COMPAÑIA SANTAFESINA DE TRANSPORTES S.R.L., no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificada por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular N° 05/25 de la CSJ, y por CÉDULA a las partes intervinientes. A lo demás solicitado: atento el estado de las actuaciones, oportunamente. Fdo. Dra. Araceli Stefanelli, Secretaria; Dr. Edgardo Bonomelli, Juez. Rosario, 23 de Abril de 2026.

$ 100 560040 Abr. 30 May. 5

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La Sra. Jueza en suplencia del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 8 de Rosario hace saber que en los autos: SAUCEDO, OWEN THIAGO Y OTROS s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11432075-4, Juzg. Unipersonal de Familia Nº 8, se ha dispuesto notificar a Andrea Jesica Saucedo, DNI 36.810.918, la siguiente resolución: Nº 332 del 22/04/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la Orden Nº 58/24 del 13/6/24 a través de la que fuera adoptada la Medida de Protección Excepcional de derechos respecto de Owen Thiago Saucedo, Franchesca Estefanía Romero y Xiomara Gimena Romero Saucedo, la Disposición Nº 195/24 del 26/8/24 que regularizó la misma y la Resolución Definitiva Nº 252/25 del 9/10/25 dictadas por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción y en consecuencia tener por resuelta definitivamente la medida de protección excepcional adoptada con la sugerencia de tutela y privación de responsabilidad parental. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es la Privación de la responsabilidad parental de Andrea Jesica Saucedo y Leandro Martin Romero, respecto de sus hijos Owen Thiago Saucedo, Franchesca Estefanía Romero y Xiomara Gimena Romero Saucedo y la TUTELA de los mencionados Owen Thiago Saucedo, Franchesca Estefanía Romero y Xiomara Gimena Romero Saucedo en favor de Joana Elisabet Saucedo, DNI 34.523.331. 3) Citar a Andrea Jesica Saucedo, DNI 36.810.918 y Leandro Martin Romero, DNI 39.948.109 a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida sugerida por el órgano de aplicación de la ley 12.967 y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). Notifíquese por cédula a diligenciarse mediante Oficial notificador quien de no hallar a los requeridos en los domicilios denunciados en autos deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si es que allí vive y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar las notificaciones. 4) Comunicar a la Defensoría General Civil, a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Ma. Paula Mangani (Juez e/s). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria).

S/C 560033 Abr. 30 May. 5

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En los autos PEREZLINDO, GISELA c/RAPETTI, NORMA VICTORIA s/DAÑOS Y PERJUICIOS;

21-11895133-3, por disposición del Juzgado Unipersonal de Resp. Extracontractual Nº 4 de Rosario, se ha ordenado citar a la demandada RAPETTI NORMA VICTORIA DNI 42.324.586 a comparecer a estar a derecho. A continuación se transcribe el decreto que ordena la presente citación: Proveyendo escrito cargo Nº 1220/26: Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE A LA DEMANDADA RAPETTI NORMA VICTORIA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. a comparecer a estar a derecho por medio de edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. Dr. Federico Lema (Juez Subrogante); Dra. Analía Vicente (Secretaria). Rosario, 9 de Abril de 2026.

$ 100 560004 Abr. 30 May. 5

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados JUNKERS, WALTER MANUEL y WILLINER GERMAN PEDRO c/CUBILLA, JORGE MATIAS s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-10784334-2, de trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6 SEC. UNICA de Santa Fe, se hace saber que se ha decretado y resuelto lo siguiente. Se transcribe a continuación el decreto y la Sentencia emitida en autos: SANTA FE, 13 de marzo de 2026. Proveyendo escrito cargo 2354/2026: Atento lo informado por el oficial notificador y la Secretaría Electoral, a los fines notificatorios, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones de los arts. 67 y 73 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dr. Adolfo José María Drewanz, Secretario; Dr. Fernando Gastiazoro, Juez. Otra Resolución: SANTA FE, 21 de abril de 2026. VISTOS: Los presentes descritos en el acápite en los que los Drs. Walter Manuel Junkers y German Pedro Williner, por derecho propio, promueven demanda de apremio contra el Sr. Jorge Matías Cubilla, por la suma de $ 3.001.763,75 en concepto de honorarios y aportes, con más intereses y costas. Impuesto a la causa el trámite de ley, se cita de remate al demandado, el que no opone excepciones pese a estar debidamente notificado. Y CONSIDERANDO: Los ejecutantes entablan las presentes contra su deudor de costas judiciales, integrando la demanda con la regulación de sus emolumentos y la liquidación aprobada en los autos principales, todo de conformidad con el Art. 507 del Código de rito y los Arts. 24 y 32 de la ley 6.767 (T. O. ley 12.851) y ley 10.727, con lo cual interpreto, al igual que en el momento en que luego del examen liminar se despachó el auto de solvendo, que el título resulta hábil. Citado de remate, el ejecutado no ha interpuesto excepción legítima al progreso de la pretensión, por tanto ésta ha de prosperar. Con relación a aplicación de intereses, habida cuenta lo normado por el Art. 768 del Código Civil y Comercial que impone sin atenuantes que A partir de su mora el deudor debe los intereses correspondientes, revelándose, en consecuencia, patente que asiste razón a los ejecutantes sobre la adición de rubro. Siguiendo esta ilación y memorando el criterio del Juzgado para casos análogos, entendemos que cuadra aplicar la tasa que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días, sumada, desde el día en que fue notificada la aprobación de la liquidación en los autos principales y hasta 10 días después de que la presente quede firme, que es el plazo que se le otorga a la condenada para cumplir con lo aquí dispuesto. Vencido dicho término, al monto resultante del capital más los intereses devengados hasta ese momento, se le adicionará una vez y media la tasa mencionada hasta que los demandantes perciban íntegramente su crédito. Todo de conformidad a lo dispuesto por el Art. 770, Inc. “c” del Código Civil y Comercial. En atención a las resultas del pleito y a lo establecido en el Art. 251 C.P.C.C., será el ejecutado perdidoso quien cargue con las costas. Por todo ello, en virtud de la normativa citada y lo dispuesto por los Arts. 480 Inc. 3º y Conc. C.P.C.C. RESUELVO: 1) Llevar adelante la ejecución contra bienes del demandado, hasta que los demandantes perciban íntegramente el importe de $ 3.001.763,75 con más los intereses indicados en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas al ejecutado. 3) Diferir la regulación de honorarios de la profesional interviniente hasta tanto se practique y quede firme la planilla pertinente y acrediten su condición tributaria ante el I.V.A. Insértese y hágase saber. Oportunamente, archívese. Dr. Adolfo Drewanz, Secretario; Dr. Fernando Gastiazoro, Juez.

$ 600 559969 Abr. 30 May. 5

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en los autos FORTUNA, JUAN CARLOS s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-03001409-7, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Resolución Nº 289. Rosario, 21/04/26. VISTOS:...; Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de JUAN CARLOS FORTUNA, DNI 11.267.082, con domicilio real en calle Pueyrredón 4934 de la ciudad de Rosario. 2) Calificar la presente causa como pequeña quiebra (artículo 288 de la LCQ). 3) Para sorteo de síndico, ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, enviando correo electrónico por Secretaría. 4) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes del fallido existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (artículo 107 Ley 24.522). 5) Disponer que se comunique la presentesentencia al Registro de Procesos Concursales, al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos. 6) Ordenar se anote la inhibición General de bienes del fallido, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, al Registro Prendario y al Registro de la Propiedad Automotor. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 7) Prohibir la realización de pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. 8) Intimar al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de la primera, para que los pongan a disposición de la sindicatura. 9) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida al fallido, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 10) Hacer saber al fallido que sólo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles del fallido poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 12) Ordenando la publicación de edictos prevista por el artículo 89 de la LCQ, en el BOLETIN OFICIAL. 13) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes a los juzgados en lo Civil y Comercial de Distrito, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual, y de Familia, a efectos de hacerles saber de la presente, y requerirles que informen si el fallido es actor o demandado en algún juicio tramitado por ante su dependencia, los datos del expediente, su ubicación actual y, de corresponder, se ordene la remisión a este juzgado. 14) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina y ordenar que todas las notificaciones por cédula se deberán realizar a través de Oficial Notificador, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o por el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda, pues por razones de transparencia, eficacia, idoneidad y seguridad, no se autorizará en ningún caso la notificación postal contemplada en el art. 66 del CPCCSF. 15) Notificar a la A.P.I. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal), a la AFIP-DGI, a la Municipalidad del domicilio de la fallida y demás reparticiones que fuere menester, de la presente resolución. 16) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo del fallido, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 17) Hacer saber al síndico que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (AFIP-DGI, API, Municipalidad del domicilio del fallido, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Oficial de la República Argentina, Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y Banco Central de la República Argentina) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones para la fecha de presentación de los informes individuales, bajo apercibimientos de ley. 18) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que conjuntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Sabrina Rocci (Secretaria); Dr. Fernando Mecoli (Juez). Rosario, 22/4/2026.

S/C 559963 Abr. 30 May. 8

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La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos JUADI SRL s/CONCURSO PREVENTIVO - HOY SU QUIEBRA; CUIJ 21-02845192-7, por resolución Nº 109 de fecha 20/04/2026, se ha declarado la quiebra de JUADI SRL, con domicilio en Paraguay 727, Piso 2, Oficina 7 de Rosario. Asimismo, se ha resuelto imponer a la sindicatura ya designada con los trámites inherentes a esta quiebra y se dispone: 1º) Fijar el día 29/05/2026 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 200 de la LCQ. 2º) Fijar el día 03/08/26 como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 25/09/2026 como fecha límite para la presentación del informe general. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Mariana Nallino, Prosecretaria. Rosario.

S/C 559968 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial de Distrito de la 4º Nom. de Rosario y en autos COZODOY LUIS s/QUIEBRA- RECONSTRUCCION, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Nº 274. Rosario, 13/04/2026. Y VISTOS: Los presentes caratulados COZODOY LUIS s/QUIEBRA RECONSTRUCCIÓN; Expte. CUIJ Nº 21011509891, Expte. CUIJ Nº 21011509891/1, venidos a despacho para resolver el pedido de levantamiento de inhibición y conclusión del procedimiento. Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: l. Declarando concluído el presente procedimiento falencial, haciendo cesar la intervención del Sr. Síndico actuante. 2. Previa acreditación del pago de los sellados correspondientes (art. 36 inc. 3 LIA), disponiendo el cese de las medidas cautelares oportunamente decretadas respecto a la fallida, librándose a tal fin los recaudos pertinentes. 3. Haciendo saber por edictos, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL. Insértese, dése copia y hágase saber. Fdo. Dra. DANIELA A. JAIME (Secretaria); Dr. NICOLÁS VILLANUEVA (Juez). Rosario, 20 de Abril de 2026.

S/C 560002 Abr. 30 May. 4

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, ha ordenado la publicación del presente edicto dentro de los autos: DUARTE, ANGEL ALBERTO s/PROPIA QUIEBRA; EXPTE. Nº 21-02981239-7, a fin de hacer saber que por Resolución Nº 125 de fecha 14 de abril de 2026, se fijó como fecha tope de verificación de créditos ante la Sindicatura a cargo de la CP Patricia Maccari, con domicilio en calle Cochabamba 462 de Rosario, en el horario de 14 a 20 horas, el 4 de junio de 2026; para la presentación de informe individual el 3 de julio de 2026 y para la presentación de informe general el 31 de agosto de 2026. Rosario, 16 de Abril de 2026. Dra. Elina Cerliani, (Secretaria).

S/C 560026 Abr. 30 May. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos RODRIGUEZ, JUANA NATALI s/QUIEBRA; Expte. Nº 843/2025, CUIJ 21-03002617-6, se ha dictado la Resolución Nº 133 de fecha 11 de marzo de 2026 que ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar: la quiebra de JUANA NATALIA RODRIGUEZ, DNI Nº 39.366.703, con domicilio real en calle Vélez Sarsfield Nº 334 de la ciudad de Rosario y con domicilio legal en calle Reconquista Nº 1638, departamento 1, de la ciudad de Rosario, que se ha dictado Resolución Nº 261 de fecha 17 de abril de 2026 que ha ordenado lo siguiente: l. Fijar el día 08/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN EMILIO HORACIO SILVA, con domicilio en calle Córdoba Nº 677, PB, de la ciudad de Rosario, horario de atención al público de lunes a viernes de 14:00 a 20:00 hs. 2. Fijar el día 04/08/2026 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q. 3. Fijar el día 16/09/2026 para la presentación del informe general por el Síndico. Insértese y publíquense los edictos de ley, y que se ha dictado aclaratoria Nº 269 del 22 de abril de 2026 que ha resuelto lo siguiente: Y CONSIDERANDO: que en este estado de autos se ha advertido que por error en la parte resolutiva de la sentencia Nº 133 de fecha 11 de marzo de 2026, se ha consignado el segundo nombre de la fallida “NATALIA” cuando en realidad debería decir “NATALI”; RESUELVO: Aclarar el error material cometido en la sentencia mencionada precedentemente y subsanarlo en los términos del considerando. Insértese y hágase saber. Fdo. María Silvia Beduino Jueza; María Florencia Di Rienzo Secretaria. Secretaría, 24 de Abril de 2026. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

S/C 560082 Abr. 30 May. 8

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El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, hace saber que en los caratulados Vulcano S.R.L. s/pedido de quiebra por acreedor; CUIJ 21-02997004-9, se ha dictado la sentencia Nº 144 Rosario, 24.04.2026. FALLO: 1) Declarando la quiebra de Vulcano S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio al Tº 168, Fº 32439, Nº 1935 con domicilio en calle 9 de julio 1178 P.B de Rosario, Pcia. de Santa Fe. 2) Fijar el día 29 de abril del 2026, para sorteo de síndico categoría “B”. 3) Diferir la determinación de la fijación de las fechas de verificación de créditos hasta que el Síndico sorteado acepte el cargo. 4) Ordenar la inhibición de la fallida, anotandola en los Registros correspondientes. 5) Intimar a la fallida para que en el término de 24 hs. entregue a la Sindicatura la documentación relacionada a su actividad. 6) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 8) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina. 9) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL de ésta provincia. 10) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines normados por el art. 132 L.C.Q. 11) Hacer saber a la fallida que solo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 L.C.Q., efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. 12) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss. y concds. L.C.Q.). 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida, poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (arts. 177/79 y conc. L.C.Q.). 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 L.C.Q. 15) Notificar al A.P.I. (cfme. art. 23 del Código Fiscal), a la A.F.I.P. Y MUNICIPALIDAD DE ROSARIO. 16) Oficiar al Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes. 17) Desígnese como funcionario para cumplimentar con las disposiciones del art. 177 y concs. L.C.Q., al martillero que resulte designado. 18) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la deudora en la forma, que se establecerá oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga; Dra. Lorena A. Gonzalez, secretaria.

S/C 560151 Abr. 30 May. 8

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario informa que en los autos YOSSEN, RODOLFO DAVID s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ Nº 21-03003334-2, por Auto Nº 224 del 23.04.2026, se fijaron

judicialmente las siguientes fechas: para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación de crédito al síndico hasta el 15.06.2026, para la presentación de los informes individuales el 10.08.2026 y para la presentación del informe general el 21.09.2026. La persona designada como síndico es el CPN Edgardo Américo Mangiameli, constituyendo domicilio legal en Corrientes 631 Piso 4 Oficina C de Rosario y electrónico en edgardomangiameli@gurfinkel.com.ar, y fijando horario de atención de lunes a viernes de 9 a 16hs. Publíquense por cinco días en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 24/04/26. Verónica A. Accinelli, Secretaria.

S/C 560150 Abr. 30 May. 8

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EN AUTO/S CARATULADOS: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/LEVIT, SEBASTIAN s/APREMIO; CUIJ Nº 21-02904944-8; Juzgado Primera Instancia Civil y Comercial 13ª Nominación. Se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 03 de Octubre de 2018, Por presentado, con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado en copia simple que deberá certificar. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida pretensión de apremio en los términos del art. 507 del CPCC por remisión del art. 47 de la ley 12818. Cítese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese inhibición sobre la misma hasta cubrir la suma pretendida más treinta por ciento en concepto de intereses y costas. A lo demás, téngase presente. Notifiquese por cédula. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO); Dra. VERONICA GOTLIEB (JUEZA); Rosario, 15 de agosto de 2019. Suspéndase el trámite de los presentes por el plazo dispuesto en la Ley de Suspensión de Intimaciones a los Profesionales del Arte de Curar. Fdo. Dra. VERÓNICA GOTLIEB (JUEZA); Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). Rosario, 22 de Junio de 2020. Agréguese. Reanúdense los términos oportunamente suspendidos. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. VERÓNICA GOTLIEB (JUEZA); Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). Rosario, 22 de Junio de 2020 Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Sebastian Levit, no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. VERÓNICA GOTLIEB (JUEZA); Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). Rosario, 25 de Noviembre de 2020. Hágase saber que por un error informático en fecha 22 de junio de 2020 se publicó el decreto DECLARACIÓN DE REBELDÍA (ART 76) - 22/06/2020 13:55: Rosario, 22 de Junio de 2020. Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Sebastian Levit, no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. Verónica Gotlieb (Jueza); Lucas Menossi, el cual no consta en el cuerpo del expediente. Asimismo, amplíase el decreto de fecha 22 de junio de 2020 (REANUDACION DE TERMINO - 22/06/2020 08:46) proveyendo: Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Sebastian Levit, no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifiquese por cédula. Fdo. Dra. VERÓNICA GOTLIEB (JUEZA); Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). Rosario, 10 de septiembre de 2021. Agréguese la copia simple acompañada la cual, oportunamente, deberá certificar. Informando verbalmente la encargada de mesa de entradas que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para esto para estos autos se provee: cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). Rosario, 11 de abril de 2022. Agréguese. Previo a lo solicitado, certifique la copia simple de la cédula acompañada mediante escrito cargo Nº 11530/20 y ofíciese a la Cámara Nacional Electoral a los fines de que informe el último domicilio del demandado. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) (29/12/2022) se provee: Agréguese y hágase saber. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) (03/02/2023) se provee: Téngase presente el nuevo domicilio real denunciado. Practíquense las notificaciones en el mismo debiendo el oficial notificador verificar si el requerido vive allí. Fdo. Dra. VERÓNICA GOTLIEB (JUEZA); Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) (08/11/2023) se provee: Agréguese la copia simple acompañada la cual deberá certificar. Estése al decreto de fecha 3 de febrero de 2023 debiendo el oficial notificador dejar constancia si el requerido vive allí o, en su defecto, ofíciese a la Cámara Nacional Electoral o RENAPER a fin de que informe domicilio del demandado. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO); Dra. VERONICA GOTLIEB (JUEZA). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) (10/04/2024) se provee: Téngase presente. Notifíquese mediante Oficial de Justicia debiendo el mismo dejar constancia si el requerido vive allí. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO); Dra. VERONICA GOTLIEB (JUEZA). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) (05/02/2025) se provee: Téngase presente y hágase saber. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO); Dra. VERONICA GOTLIEB (JUEZA). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE, Acta Nº l4 de fecha 13-05-20 pto. XV) (09/06/2025) se provee: Oflciese a los fines solicitados. Infórmasele al postulante que podrá solicitar la remisión de despachos electrónicos a la Cámara Nacional Electoral previa acreditación del pago del arancel correspondiente (acordada Nº 34/2015 CSJN). Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (SECRETARIO); Dra. VERONICA GOTLIEB (JUEZA). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) (20/04/2026) se provee: Téngase presente. Procédase a la notificación mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Fdo. Dra. VERONICA GOTLIEB (JUEZA). Lucas Menossi, secretario.

$ 500 560102 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 2 (Denominac Anterior ref. ley 14264) de Rosario, Dr. Eduardo H. Arichuluaga, en autos caratulados SANTONE, CAMILO Y OTROS c/HEREDEROS DE MORENO VIRGINIA Y OTROS s/JUICIOS SUMARIOS; CUIJ 21-02959700-3, se llama, cita y emplaza a herederos de MORENO MANUEL y de MORENO VIRGINIA, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 21 de abril de 2026. Fdo. Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Juez. Rosario, 23 de Abril de 2026. Dr. Javier Matías Chena, secretario.

$ 100 560133 Abr. 30 May. 5

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EDICTO DE LEY LEVI, EDUARDO MOISES c/VETURIA SACIF s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; 21-12641476-2 JUZG. DE 1RA. INSTANCIA DE CIRCUITO Nº 4 - DENOM. ANTERIOR Ref. Ley 14264 A dispuesto la publicación por edicto EL DECRETO DE FECHA 10/03/2026 que se trascribe a continuación: ROSARIO, Informándose verbalmente por Secretaría, en este acto, que la demandada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Una vez notificada la rebeldía, y de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, según surge del Acta Nº 48 de fecha 05 de Diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos dependientes de la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes para la posterior designación de Defensor de Oficio. Dra. PAULA MARINA HELTNER; Dra. CLAUDIA ALEJANDRA RAGONESE, Secretaria Jueza.

$ 100 560149 Abr. 30 May. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 20 de Rosario y en autos CARRASCO FAUST s/SUMARIA INFORMACIÓN; CUIJ Nº 21-03005883-3 se hace saber que se ha dispuesto publicar edictos en el diario BOLETÍN OFICIAL una vez por mes en el lapso de dos meses a fin de que se formulen las observaciones, pudiendo efectuarse oposición dentro de los quince (15) días hábiles computados desde la última publicación, respecto a que CARRASCO FAUST, D.N.I. Nº 42.326.150, ha solicitado autorización de cambio de GENERO, y que en su lugar pase a llamarse de prenombre FAUSTA en lugar de FAUST y consignar GENERO FEMENINO. Fdo. Dr. Javier Matias Chena, Secretario; Dr. Eduardo H. Archiluaga, Juez.

S/C 560155 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 11ª. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Secretaría del Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ, caratulado: GUEVARA, OLGA MATILDE Y OTRO c/CAPUZZI, DONATO Y OTS s/USUCAPIÓN; Expte. Nº 85/2020 CUIJ Nº 21-01405266-3, se hace saber a los SUCESORES de JUAN CAPUZZI, que se ha dictado lo siguiente: Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe En el día de la fecha se agrega el presente. Atento el tiempo transcurrido desde la última actuación, notifíquese conforme el art. 62 inc. 3) C.P.C.C. S.F. Fdo. Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ, Secretario; Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Juez. Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe Téngase presente lo manifestado. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de planta baja. Fdo. Dr. SERGIO A. GONZALEZ, Secretario; Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Juez. Rosario, 24 de Abril de 2026. Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ (Secretario).

$ 100 560168 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 11ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Secretaría del Dr. SERGIO

A. GONZÁLEZ, caratulado: GUEVARA, OLGA MATILDE Y OTRO c/CAPUZZI, DONATO Y OTS s/USUCAPIÓN; Expte. Nº 85/2020 CUIJ Nº 21-01405266-3, se hace saber a DONATO CAPUZZI, que se ha dictado lo siguiente: Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe En el día de la fecha se agrega el presente. Atento el tiempo transcurrido desde la última actuación, notifíquese conforme el art. 62 inc. 3) C.P.C.C. S.F. Fdo. Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ, Secretario; Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Juez. Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe Téngase presente lo manifestado. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de planta baja. Fdo. Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ, Secretario; Dr. LUCIANO D. CARBAJJO, Juez. Rosario, 24 de Abril de 2026. Dr. SERGIO A. GONZALEZ (Secretario).

$ 100 560169 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 11ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Secretaría del Dr. SERGIO

A. GONZÁLEZ, caratulado: GUEVARA, OLGA MATILDE Y OTRO c/CAPUZZI, DONATO Y OTS s/USUCAPIÓN; Expte. Nº 85/2020 CUIJ Nº 21-01405266-3, se hace saber a los SUCESORES de EDUARDO CAPUZZI NOTARIO, que se ha dictado lo siguiente: Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe En el día de la fecha se agrega el presente. Atento el tiempo transcurrido desde la última actuación, notifíquese conforme el art. 62 inc. 3) C.P.C.C. S.F. Fdo. Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ, Secretario; Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Juez. Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe Téngase presente lo manifestado. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de planta baja. Fdo. Dr. SERGIO A. GONZÁLEZ, Secretario; Dr. LUCIANO D. CARBAJO, Juez. Rosario, 24 de Abril de 2026. Dr. SERGIO A. GONZALEZ (Secretario).

$ 100 560170 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados CORTADI, PABLO LUIS c/RUBIO GALLI, OSCAR ANTONIO Y OTROS s/DEMANDA ORDINARIA; (CUIJ 21-02978076-2), se hace saber que en los términos del art. 597 CPCC, se cita y emplaza a los herederos de OSCAR ANTONIO RUBIO GALLI, para que comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio por el término y bajo apercibimiento de ley. Fdo. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria y Dra. Nicolás Villanueva, Juez. Rosario, 10 de FEBRERO de 2026.

$ 100 560088 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: SION SERVICIOS DE SEGURIDAD SRL s/CONCURSO PREVENTIVO; (CUIJ 21-02991224-3), se hace saber que por resolución de fecha 17 de abril de 2026, se ha dispuesto: Hacer lugar a la solicitud de prórroga del período de exclusividad, fijándose como nueva fecha de vencimiento el día 02 de junio de 2026. Asimismo, se ha fijado la Audiencia Informativa para el día 26 de mayo de 2026 a las 9:00 horas, a celebrarse en sede del Tribunal. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el diario “El Forense”, conforme lo ordenado. Rosario, abril de 2026. Fdo. Dr. Fernando Mecoli, Juez; Dra. Sabrina Ricci, Secretaria.

$ 500 560081 Abr. 30 May. 8

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito de la 1ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/FERRO ARIADNA s/APREMIO; CUIJ 21-13948893-5, se ha ordenado notificar a la parte demandada el siguiente decreto: ROSARIO, 21/04/2026. Informándose verbalmente por Secretaría; en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a. judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” -

http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%20ELECTR%C3%93NICAS/Pautas%20PEE%20a%20traves%20Autoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf. Fdo. Dra. Mariana Martínez (Juez); Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario de abril de 2026. Publicación sin cargo.

S/C 560078 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito Nº 1 - Denominación anterior -Ref. Ley 14264, Dr. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ, Secretaría de la Dra. GABRIELA M. KABICHIAN, dentro de los autos TESTONI, MAURICIO BLAS Y OTROS c/LUCHETTI, PRIMO PACIFICO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-12645741-0, se cita y emplaza a los herederos del demandado Sr. LUCHETTI, PRIMO PACIFICO, D.N.I. 2.282.294, para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Así lo expresa: Rosario, 16 de marzo de 2026. Agréguese. Por iniciada formal Demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, que tramitará según las normas del 408 y sig. del C.P.C.C.S.F. Cítese y emplácese a los herederos de la demandada LUCHETTI, PRIMO PACIFICO, por edictos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres {3} días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial (...). Fdo. Dr. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ, Juez; Dra. GABRIELA M. KABICHIAN, Secretaria. Asimismo, se ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, 01 de Septiembre de 2023. Téngase por iniciada la acción que expresa. Previo a todo trámite: Acompañe informe de dominio actualizado (C o I} del bien objeto de la litis a fin de determinar la legitimación pasiva. Fecho: 1} Ofíciese al Registro Nacional de las Personas {RE.NA.PER) o Registro Público de Comercio (en caso de sociedad}; a los fines de que informe el último domicilio, supervivencia o vigencia, y demás datos personales con los que cuenten de los titulares registrales demandados, suscribiendo el profesional la diligencia conforme art. 25 de CPCC. 2) Previa vista al Fiscal, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. En caso que el mismo se halle ocupado, intímese a los atendientes, subinquilinos y/o terceros ocupantes a que justifiquen su ocupación, mediante la presentación en autos, de los títulos correspondientes y en el término de 10 días. 3) Ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines de que informe la existencia de proceso sucesorio abierto a nombre del/los demandado/s, (excepto en caso de sociedad), suscribiendo el profesional la diligencia conforme art. 25 de CPCC. 4) Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (ex ONABE) a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble, suscribiendo el profesional la diligencia conforme art. 25 de CPCC. 5) Ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe a los fines de que informe todos los datos catastrales del inmueble y emita certificado catastral de estado parcelario, suscribiendo el profesional la diligencia conforme art. 25 de CPCC. 6} Conforme los términos del art. 1905 del CCC, líbrese oficio al Registro General de la Propiedad a los fines de que se proceda a la anotación de litis respecto del inmueble en autos mencionado inscripto al Tº 243A, Fº 688, N° 80479. Fdo. Dr. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ, Juez; Dra. GABRIELA M. KABICHIAN, Secretaria. Rosario, 17 de Abril de 2026. Dra. Rosa I. Kaminsky, prosecretaria.

$ 400 560065 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, dentro de los autos caratulados: CRAFT CONSTRUCCIONES S.R.L. s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-03003336-9 (Expte. Nº 21/26), se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: Nº 69 Rosario, 06/04/2026. ANTECEDENTES:... FUNDAMENTOS:... RESUELVO:1) Declarar abierto el concurso preventivo de CRAFT CONSTRUCCIONES S.R.L., con domicilio real en calle Rioja 2436, piso 1 y legal en calle Junin 191, piso 12, oficina 1 (edificio Alto Buró), ambos de la ciudad de Rosario. Fdo. Dr. Marcelo Quaglia (Juez); Dra. Valeria Beltrame (Prosecretaria). Y se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: Nº 85 Rosario, 21/04/26. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS: Ampliar la Resolución Nº 69 de fecha 06/04/2026 y: 1) Hacer saber que ha resultado designado en autos como Síndico la CPN LIZA PALERMO, quien aceptó el cargo en debida forma constituyendo domicilio legal en calle CORRIENTES 631 PISO 2 OFICINA B1 de la ciudad de Rosario, domicilio electrónico en lizapalermo77@gmail.com, teléfono 3416190423 fijando horario de atención de Lunes a Viernes de 9 a 14hs y alternativamente de lunes a viernes de 9 a 17hs en calle PARAGUAY 777 PISO 9 de Rosario (Estudio Jurídico Baravalle & Granados). 2) Ordenar la publicación de edictos en la forma prevista en el art. 27 y 28 de la ley 24.522 en el BOLETIN OFICIAL y en el diario EL FORENSE (5 DÍAS - Art. 14 inc.4 LCQ). 3) Fijar el día 12 de junio de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos (art. 14 inc.3 LCQ). 4) Tener presente que la sindicatura deberá presentar el informe individual en fecha 07/08/2026 y el informe general en fecha 21/09/2026 (art. 14 inc. 9 L.C.Q). 5) Establecer que la fecha de vencimiento del período de exclusividad y la fijación de la audiencia informativa (Art. 14 inc. l0 LCQ) serán determinadas en su oportunidad, dictada que fuera la resolución del Art. 42 LCQ. 6) Córrase vista a la Sindicatura para que en el término de diez días se pronuncie conforme lo dispuesto por el Art. 14 inc. 11 LCQ y para que oportunamente presente los informes del Art. 14 inc. 12 LCQ, si correspondiere. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo Quaglia (Juez); Dra. Valeria Beltrame (Prosecretaria).

$ 1000 560047 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, en los autos caratulados SILVA, FERNANDO JOSE c/PONZONE ARAUJO, GUSTAVO EUGENIO Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; CUIJ 21-02969257-9; Nº Expediente: 267/2023, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Don FERNANDO JOSE SILVA, DNI Nº 10.987.462 para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Fdo. Dra. Karina Arreche. Rosario, 13/04/2026.

$ 100 560042 Abr. 30 May. 5

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Dentro de los autos caratulados BASILE ANTONIA AGATA c/BASILE MARIA DEL CARMEN y OTRO s/USUCAPION; CUIJ 21-0300740-2, de trámite por ante el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 20 Nominación se ha dictado lo siguiente: Rosario, 11 de marzo de 2026. Por presentado, domiciliado, por parte en el carácter acreditado en autos. Désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio ordinario. Encontrándose acreditado el fallecimiento de BASILE MARIA DEL CARMEN Y BASILE AGATINO, cítese y emplácese a los herederos de BASILE MARIA DEL CARMEN y BASILE AGATINO, a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo previsto en el art. 597 del CPCCSF. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin que informe si se ha iniciado juicio de declaratoria de herederos de los demandados de los fallecidos. Re caratúlense por Secretaría. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de la Propiedad a fin que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. En caso de ser necesario, ofíciese al Registro nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen respecto del domicilio de los titulares registrales informados por el Registro General de Propiedades. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo apercibimientos de ley. Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. Procédase a la anotación litigiosa del bien motivo de los presentes, oficiándose al Registro General. Notifíquese. Fdo. Dr. Eduardo H. Arichuluaga. Rosario, 21 de Abril de 2026. Dr. Javier Matías Chena, secretario.

$ 200 560029 Abr. 30 May. 5

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Vigésima Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo Horacio Arichuluaga (Juez); Dr. Javier Matías Chena (Secretario), comunica: ROSARIO, 04 de Febrero de 2026. Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditado en autos. Désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite del juicio ordinario. Atento lo informado por el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, cítese y emplácese a los socios de la parte demandada para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Asimismo, ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios a fin de que informe que existe sucesión abierta respecto de los mismos. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin de que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. En caso de ser necesario, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen respecto del domicilio de los titulares registrales informados por el Registro General de Propiedades. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Líbrese mandamiento al Sr. oficial de justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. Procédase a la anotación litigiosa del bien motivo de los presentes, oficiándose a sus efectos al Registro General. Notifíquese. Fdo. Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA (Juez). Datos identificatorios del inmueble: LOTES Nº 2 y Nº 7 (parte proporcional de pasillo) de la manzana 354 (según plano de mensura Nº 251.997), ubicado en Av. Rivarola entre las calles Ferraroti y Méndez de Rosario, provincia de Santa Fe, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 160317-316076/0007-0, Nomenclatura catastral Nº 16 03 17 0081 00022. Según datos del Registro General de la Propiedad, el dominio de ambos lotes se encuentra inscripto al Tº 329 Fº 469 Nº 142.305 (16/07/1970) Dpto. Rosario, a nombre de Marcel Inmobiliaria SRL. Autos caratulados: MOLINAS CHAVEZ ELVIRA c/MARCEL INMOBILIARIA SRL

s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-12650119-3. Rosario, 20 de Abril de 2026. Dr, Javier Matías Chena, secretario.

$ 200 560021 Abr. 30 May. 5

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Se le hace saber que en autos caratulados BENITEZ GIL, CAROLINA SUSANA Y OTROS c/HERNANDEZ, ANALIA MIRTHA s/APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS; Expte. CUIJ Nº 21-03006550-3, de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 15 de abril de 2026. Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio de APREMIO. Cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Y otro: Rosario, 20 de abril de 2026. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese por edictos, como solicita. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria); Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). Rosario, 21/04/26.

$ 100 559929 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito de la tercera Nominación Rosario - Denom. Anterior - Ref. Ley 14264, a cargo de la Dra. CECILIA A. CAMAÑO, dentro de los autos caratulados: LEIZA, NILDA GRACIELA c/RAMIREZ, LILIANA ANTONELA s/APREMIOS, expte. Nº CUIJ 21-12652828-8, se notifica por este medio a LILIANA ANTONELA RAMIREZ (DNI Nº 35770313) la siguiente Resolución: Nº 156 Rosario, 21 de Abril de 2026. VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra LILIANA ANTONELA RAMIREZ, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 1.691.062,63 en concepto de capital, intereses, gastos, honorarios y aportes profesionales, todo con más los intereses expresados en los considerandos precedentes e I.V.A si correspondiere. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.). 3) Honorarios oportunamente, firme la presente y practicada la planilla respectiva. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. DIGITALMENTE por Dra. CECILIA A. CAMAÑO, Jueza y Dra. ANA BELÉN CURÁ, Secretaria. Rosario, ll de Abril de 2026. Dra. María Luz Mure, prosecretaria.

$ 100 559918 Abr. 30 May. 5


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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante... MARIA DE LOS ANGELES QUIROGA (DNI 13.795.986) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "QUIROGA, MARIA DE LOS ANGELES S/SUCESORIO" C Y C 12, CUIJ N° 21-03005753-5... Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-

$ 45 Abr. 30

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or disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Antonio Victorio Magallon D.N.I. 5.574.541 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MAGALLÓN, ANTONIO VICTORIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 4 OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS" (CUIJ N° 21- 25445926 - 4). Fdo. Dra. Prosecretaria. Rosario,

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO SANTIAGO DUREZ, D.N.I. 5.996.571 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DUREZ, RICARDO SANTIAGO S/ SUCESORIO" CUIJ 21- 03005536-2

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los/as causantes: ANTONIO JESUS PEREZ CORRREA, D.N.I. 8.524.846, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PEREZ CORREA ANTONIO JESUS / S DECLARATORIA DE HEREDEROS. CUIJ 21- 02988911-9 Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN FRONTE D.N.I. 93.492.999 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "FRONTE, JUAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 5 (cuij n° 21-03003195-1). Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario.-

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA INES BESSONE, D.N.I. 1.887.624, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BESSONE, MARIA INES S/ SUCESORIO C Y C 16", CUIJ: 21- 03005850-7. Fdo. Prosecretaria

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11va. Nominación de los Tribunales Provinciales de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NICOLAS MOYANO, D.N.I. : 31.068.946, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MOYANO, NICOLAS S/SUCESORIO", EXPTE. CUIJ NRO.: 21-02973450-7, radicado en OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS ROSARIO. Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario,

$ 45 Abr. 30


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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SALAFIA, NESTOR OSVALDO JOSE, D.N.I. 12.830.865 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SALAFIA, NESTOR OSVALDO JOSE S/ SUCESORIO CYC 22” (CUIJ N° 21-03006053-6). Fdo. Dra. Carmlea Fernández Prosecretaria

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes IRMA JULIANA AVALOS L.C. 4.902.451 y CLEMENTINO ANGEL SANCHEZ D.N.I. 5.752.603 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “AVALOS, IRMA JULIANA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03006172-9.- Fdo. DRA. Vanina C. Grande – Secretaria

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CLERIA ELVA MATHEU, D.N.I. Nro. 2.493.956, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MATHEU, CLERIA ELVA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 20” (CUIJ N°21-03005092-1). Fdo. DRA. CINTIA M. ALONSO (Prosecretaria).

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JULIO ANDRES LUQUE (DNI 6.063.154) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LUQUE, JULIO ANDRES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 3” CUIJ 21-03005090-5. Fdo. DR. EZEQUIEL M. ZABALE Juez

$ 45 Abr. 30

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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 3, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “MASSARUTTO, GABRIELA C/ ZONCA SERAFIN E y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CUIJ Nº 21-02940207-5 se ha ordenado citar y emplazar a comparecer a Zonca Serafin Eugenio por edictos, lo que se publica a los efectos legales, conforme lo previsto en el artículo 73. Dra. Ana Belén Cura, Secretaria.

$ 100 559346 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 11ª nominación de Rosario (Sta.Fe), Dr. Luciano Daniel Carbajo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, JUANA MARTA DEL VALLE, D.N.I. 03.007.180, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DEL VALLE, JUANA MARTA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 11” CUIJ 21-02992042-4.- Secretaría, Rosario, . de abril de 2026.-

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante DAMICO VICENTE (DNI 93.693.856) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “DAMICO VICENTE S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-03006489-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Abr. 30

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: CARLOS ENRIQUE KRETZ (DNI 6.010.227) y GRACIELA NORMA ARAMBURU (DNI 3.786.503) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “KRETZ CARLOS ENRIQUE Y ARAMBURU GRACIELA NORMA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” - CUIJ 21-03005835-3 Fdo.: Dra. María Belén Morán (Prosecretaria).

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ANTONIO ISIDRO LAVADO (D.N.I. 2.197.464) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LAVADO ANTONIO ISIDRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03006189-3 en trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios . Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la20° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RITA MONICA ABALONE DNI 16.982.212 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: ABALONE, RITA MONICA S/ SUCESORIO cuij 21-03006246-6”. Fdo. Dr. DR. EDUARDO HORACIO ARCHILUAGA JUEZ

$ 45 Abr. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ORIOLI ORLANDO D.N.I. 6.136.671 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ORIOLI ORLANDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03005623-7). Fdo. Prosecretaria

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Antonio Victorio Magallon D.N.I. 5.574.541 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MAGALLÓN, ANTONIO VICTORIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 4 OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS” (CUIJ N° 21- 25445926 - 4). Fdo. Dra. Prosecretaria.

$ 45 Abr. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORMA HAYDEE RIZZO, D.N.I. 3.277.154 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIZZO, NORMA HAYDEE S/ SUCESIÓN” CUIJ 21-03005532-9.

$ 45 Abr. 30


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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber a ARABOLAZA ANACLETO, DNI desconocido y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la localidad de Carreras, Dpto. Gral. López e identificado según Plano de Información Posesoria Nº 252.985/22 Dpto. GL, como lote A; según título como parte del lote h, m, n, o de la manzana 23 del plano respectivo, Dominio Inscripto al Tomo 49 Folio 340 Nº 48.343 Dpto. GL y según Servicio de Información Territorial (S.C.I.T.), como Parcela Nº 0011, Manzana Nº 0037 de la Sección Nº 01 e identificado en el Impuesto Inmobiliario con la PII. Nro. 17-08-00-369836/0000-7, que dentro de los autos: “VIGNA PAOLA GISELA Y OTROS c/ARABOLAZA ANACLETO s/Juicios Ordinarios” (CUIJ 21-26426554-9), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. LAURA BARCO, secretaria a cargo de la Dra. NATALIA P. GRILLO, selos emplaza a comparecer a estar a derecho dentro del termino de ley..Firmat.20 de abril de 2026.

$ 100 560163 Abr. 30

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Se hace saber a ENRIQUE SPINACI ERNESTO JOSE, L.E. 6.096.858 y/o GALIZIO NORBERTO JUAN CARLOS, L.E. 6.119.623 y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la localidad de Los Quirquinchos, Dpto. Caseros e identificado según Plano Dupl. Nº 235.136/21 Dpto. Caseros, como lote A; según título como Lote 3 del Plano Nº 5.527/1948, Dominio Inscripto al Tomo 233 Folio 56 Nº 183.776 Dpto. Caseros y según Servicio de Información Territorial (S.C.I.T.), como Parcela Nº 0005, Manzana Nº 0091 de la Sección Nº 01 e identificado en el Impuesto Inmobiliario con la PU. Nro. 18-10-00-401460/0000-5, que dentro de los autos: “SPINACI HUGO ANTONIO Y OTROS c/ SPINACI ERNESTO JOSE Y OTROS s/Prescripcion Adquisitiva” (CUIJ 21-26426129-2), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. LAURA BARCO, secretaria a cargo de la Dra. NATALIA P. GRILLO, se los emplaza a comparecer a estar a derecho dentro del término de ley.

$ 100 560157 Abr. 30 May. 5

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casilda

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia. Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Casilda, Provincia de Santa Fe, hace saber que dentro de los autos caratulados: “BANCO DE GALICIA Y BS AS SAU c/ FORTRUCK SRL s/Demanda Ejecutiva” 21-25862036-1, por auto Nº 81 de fecha 13 de marzo de 2024 se ha ordenado que no habiendo comparecido la parte demandada “FORTRUCK SRL” a estar a derecho, se declare la rebeldía y siga el juicio sin su participación. Fdo. Dr. DRA. VIVIANA MÓNICA GUIDA (Secretaria). Rosario, de febrero de 2025.

$ 100 560112 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 7 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación de Casilda, se hace saber que en autos: STRIGLIO, PATRICIA s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-25866879-8, se ha resuelto por auto Nº 55 del 18/03/2026. 1.- Declarar la apertura del concurso preventivo de la señora Patricia Striglio, apellido materno Severini, DNI 17.670.157, domiciliado en calle Lavalle Nº 2260 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe. Fdo. Dra. Laura Babaya (JUEZ); Dra. Yanina Scolari (SECRETARIA). Asimismo, se hace saber que se ha designado al C.P.N. Sergio González, Matrícula 7147 con domicilio en calle Paseo Nº 2514 de la ciudad de Casilda, correo electrónico pnunez@orquerayasoc.com.ar, como síndico en los presentes habiendo sido aceptado el cargo para tal fin. 1.- Disponer procedan los acreedores a presentar a la sindicatura dentro del plazo que vencerá el 1º de junio de 2026, las peticiones de verificación y los títulos pertinentes; conforme lo dispuesto por el art. 32 LCQ y concordantes. 2.- Fijar para la presentación del informe individual por parte de la sindicatura el día 04 de agosto de 2026 y para la presentación del informe general el día 16 de septiembre de 2026 (art. 35 LCQ y concs.); 3.- Disponer que el período de exclusividad se extenderá hasta el 16 de marzo de 2027 y fijar para la realización de la audiencia informativa el día 09 de marzo de 2027 a la 11 hs. Disponer las mismas fechas para los referenciados autos MANIEZZI JORGE GABRIEL s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-25866613-2. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Laura Sabaya (JUEZ); Dra. Yanina Scolari (SECRETARIA).

$ 1500 560046 Abr. 30 May. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 7 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación de Casilda, se hace saber que en autos: MANIEZZI, JORGE GABRIEL s/CONCURSO PREVENTIVO; EXPTE. CUIJ 21-25866613-2, se ha resuelto por auto Nº 82 del 21/04/2026 modificar las fechas fijadas por auto Nº 75 del 15/04/2026 designando las nuevas fechas ... RESUELYO 1) Disponer procedan los acreedores a presentar a la sindicatura dentro del plazo que vencerá el 1º de junio de 2026, las peticiones de verificación y los títulos pertinentes; conforme lo dispuesto por el art. 32 LCQ y concordantes. 2.- Fijar para la presentación del informe individual por parte de la sindicatura el día 04 de agosto de 2026 y para la presentación del informe general el día 16 de septiembre de 2026 (art. 35 LCQ y concs.); 3.- Disponer que el período de exclusividad se extenderá hasta el 16 de marzo de 2027 y fijar para la realización de la audiencia informativa el día 09 de

marzo de 2027 a la 11 hs. Fdo. Dra. Laura Babaya (JUEZ); Dra. Yanina Scolari, (SECRETARIA).

$ 1500 560045 Abr. 30 May. 8



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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Familia del Distrito Judicial Nº 6 a cargo de la Dra. Beatriz Liliana Favret secretaría de la autorizante, dentro de los autos BRITOS DARIO DANIEL c/BRITOS LEONEL RICARDO y OTROS s/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL; CUIJ 21-27907399-9, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Resolución 254: CAÑADA DE GOMEZ, 05 de Marzo de 2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia privar a los Señores LEONEL RICARDO BRITOS DNI N° 27.889.484 y MARIA MERCEDES PALOMEQUE DNI N° 28.333.653 del ejercicio de la Responsabilidad Parental sobre su hija KATIA MORENA BRITOS DNI Nº 50.759.852 en los términos del artículo 700 inciso “b” del Código Civil y Comercial. 2) Nombrar tutor de la adolescente KATIA MORENA BRITOS DNI Nº 50.759.852 al Señor DARIO DANIEL BRITOS DNI Nº 22.078.138, disponiendo que el nombrado comparezca cualquier día y hora hábil de audiencia para aceptar el cargo y ser puesta en posesión del mismo en legal forma, debiendo cumplirse con las cargas y obligaciones legales. 3) El señor Darío Britos deberá realizar un inventario de los bienes de la adolescente, si los hubiere, el cual será presentado dentro de estos autos, debiendo rendir cuentas de todo lo actuado como representante del mismo. 3) Imponer las costas del presente proceso a los demandados (artículo 251 Código Procesal Civil y Comercial se Santa Fe) Insértese y hágase Saber. Fdo. Dra. Melina Natalia La Menza, (Secretaria subrogante); Dra. Beatriz Liliana Favret (Jueza). Cañada de Gómez. Dra. Melina Natalia La Menza, secretaria subrogante.

$ 33 560022 Abr. 30 May. 4

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, de la 1ª Nom. Del Distrito Judicial Nº 6 a cargo de la Dra. GENTILE JULIETA, Juez, Secretaría  Dra. Kaûffeler, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de OLSINA JORGE RAUL, DNI N° 6.186.435, autos caratulados “OLSINA JORGE RAUL S/ SUCESION TESTAMENTARIA” CUIJ. Nº 21-26034671-4 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Dra. Kaûffeler, secretaria.

$ 45 Abr. 30


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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El SR. Juez a cargo del Juzgado de 1ra Instancia de Familia de San Lorenzo, dentro de los caratulados: MENDEZ ROCIO MARIANELA c/ GOBBO DIOGO FEDERICO Y OTROS s/ MEDIDAS CAUTELARES Y PREPARATORIAS 21-27884348-0 ha dictado lo siguiente para notificar a GOBBO BRAYAN WAGNER DNI 97.799.098: 1.- SAN LORENZO 11/12/2025. Tomo: 2025 Folio: Resolución: 2843. Atento lo peticionado por la actora, encontrándose legitimada para este tipo de acción, conforme constancias obrantes en autos, procédase a retener en concepto de alimentos provisorios, al Sr GOBBO BRAYAN WAGNER DNI 94.799.098 de su empleador, el 125% del monto establecido por INDEC para la canasta de crianza correspondiente al tramo de edad para menores de de 6 a 12 años, extensible al SAC e indemnizaciones ( 30 % ), adicionando la asignación familiar, obra social, además del 50% de los gastos extraordinarios. Dichas sumas se actualizarán conforme las variaciones que registre la valorización mensual de la canasta de crianza. En caso de no encontrarse en relación de dependencia registrada, deberá el demandado cumplimentar depositando los montos ut supra mencionados. Subsidiariamente, y para el caso de incumplimiento y /o imposibilidad de cobro, acreditado el mismo en autos, se extenderá a la abuela Sra. SILVIA GABRIELA CHUCHUY DNI 21.417.834, a quiénes se les notificará el primer decreto conjuntamente con el presente auto, debiendo acreditar el vínculo en caso de corresponder. Los montos retenidos deberán depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe, Suc San Lorenzo, en una cuenta para estos autos y a la orden del Juzgado dentro de los 3 días de liquidados sus haberes, bajo apercibimientos de que en caso de incumplimiento se aplicará una multa diaria del 10% del monto de la cuota alimentaria. A tal efecto, ofíciese, con transcripción del art 4 de la ley 11945 y art 551 del CCCN, haciéndole saber al empleador que cada vez que el demandado ingrese a trabajar a sus órdenes, deberá hacer la retención aquí ordenada sin que fuere necesario el libramiento de nuevos oficios, como así también proceder a la retención de lo establecido sobre la liquidación final que se le abone -en caso de que el mismo no trabaje más para la firma-, todo ello hasta nueva orden judicial en contrario, debiendo acompañar copia del último recibo de haberes y/o liquidación final al Juzgado, bajo los mismos apercibimientos mencionados ut supra. Costas al alimentante. Córrase vista a la Defensora General . FIRMAN: Abog. MÓNICA MUCHIUTTI secretaria DR. MARCELO EDUARDO ESCOLA juez.- SAN LORENZO, 27 de Febrero de 2026 Téngase presente. Como se pide. Notifíquese por edictos, de conformidad a lo normado por el art. 67 y 73 del Muchiutti Secretaria, Dr. Andino Juéz( en suplencia).

$ 200 560137 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOMINACION DE SAN LORENZO -Dr. Guillermo Roldán -Juez Subrogante-, dentro de los autos caratulados: “VILLEGAS GARCIA ELIANA CAROLINA s/ Solicitud Propia Quiebra” CUIJ: 21-25448397-1; se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 24/04/2026, Nº 726. Y VISTOS... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ELIANA CAROLINA VILLEGAS GARCIA, DNI Nº 27.749.075, argentina, con domicilio en calle Formosa Nº 549 de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, con domicilio legal en calle Rivadavia nº 548 de San Lorenzo. 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concursales, oficiándose. 3) Anotar la Inhibición General de la fallida en el Registro General, en el Registro de la Propiedad automotor y/o que corresponda, oficiándose. 4) Intimar a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquella en su poder a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 5) Intimar a la deudora para que dentro del término de 24 hs. entregue al Síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 7) Interceptar la correspondencia dirigida a la deudora, entregándose la misma al síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y /o repartición que corresponda. 8) Hacer saber a la fallida que no podrán ausentarse del país sin autorización previa de éste tribunal hasta la presentación del Informe General por la Sindicatura, efectuándose las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del art. 103 de la L.C.Q., oficiándose a Policía Federal (Delegación San Lorenzo y/o Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda. 9) Ordenar la inmediata realización de los bienes que componen el activo de la fallida. 10) Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de recibido, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la ley 24.522. 11) Clasificar al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico, a sus efectos desígnase audiencia del día 6 de mayo de 2.026 a las 10:00 hs. Las fechas para el cumplimiento de lo prescripto por el art. 88 última parte, se fijarán por auto ampliatorio de la presente, aceptado que fuera el cargo por el Sr. Síndico. 12) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, la D.G.I., al A.P.I., a la Municipalidad de Capitán Bermúdez y a quien corresponda, oficiándose. 13) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 de la L.C. en el Boletín Oficial por el término de 5 días y exhibir los mismos en los Estrados del Tribunal. 14) Librar los despachos que fueran menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 de la ley 24.522 (reformado por art. 7 de la ley 26086) ordenando la remisión al Juzgado de la quiebra si correspondiere. 15) Encomendar a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados, bajo apercibimiento de ley. Insértese y hágase saber.-Firmado: Dr. Guillermo Roldán (juez subrogante) - Dra. Melisa Peretti (secretaria).-

S/C 560136 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOMINACION DE SAN LORENZO -Dr. Guillermo Roldán -Juez Subrogante-, dentro de los autos caratulados: “MUNE NORBERTO JOSE s/ Solicitud Propia Quiebra” CUIJ: 21-25448012-3; se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 24/04/2026, Nº 725. Y VISTOS... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de NORBERTO JOSE MUNE, DNI Nº 17.661.866, argentino, con domicilio en calle Córdoba nº 356 de la localidad de Maciel, Provincia de Santa Fe. 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concursales, oficiándose. 3) Anotar la Inhibición General del fallido en el Registro General, en el Registro de la Propiedad automotor y/o que corresponda, oficiándose. 4) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquel en su poder a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 5) Intimar al deudor para que dentro del término de 24 hs’. entregue al Síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 7) Interceptar la correspondencia dirigida al deudor, entregándose la misma al síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y lo repartición que corresponda. 8) Hacer saber al fallido que no podrán ausentarse del país sin autorización previa de éste tribunal hasta la presentación del Informe General por la Sindicatura, efectuándose las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del art. 103 de la L.C.Q., oficiándose a Policía Federal (Delegación San Lorenzo y/o Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda. 9) Ordenar la inmediata realización de los bienes que componen el activo del fallido. 1O) Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de recibido, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la ley 24.522. 11) Clasificar al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico, a sus efectos desígnase audiencia del día 6 de mayo de 2.026 a las 10:00 hs. Las fechas para el cumplimiento de lo prescripto por el art. 88 última parte, se fijarán por auto ampliatorio de la presente, aceptado que fuera el cargo por el Sr. Síndico. 12) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, la D.G.l., al A.P.I., a la Municipalidad de Maciel y a quien corresponda, oficiándose. 13) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 de la L.C. en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días y exhibir los mismos en los Estrados del Tribunal. 14) Librar los despachos que fueran menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 de la ley 24.522 (reformado por art. 7 de la ley 26086) ordenando la remisión al Juzgado de la quiebra si correspondiere. 15) Encomendar a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados, bajo apercibimiento de ley. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Guillermo Roldán (Juez subrogante) - Dra. Melisa Peretti (secretaria).

S/C 560135 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOMINACION DE SAN LORENZO -Dr. Guillermo Roldán -Juez Subrogante-, dentro de los autos caratulados: “SEGOVIA LUIS FAUSTINO s/ Solicitud Propia Quiebra” CUIJ: 21-25448181-2; se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 24/04/2026, Nº 717. Y VISTOS... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de LUIS FAUSTINO SEGOVIA, DNI Nº 29.148.006, CUIL: 20-29148006-4, argentino, con domicilio en calle San Carlos nº 739 de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe. 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concursales, oficiándose. 3) Anotar la Inhibición General del fallido en el Registro General, en el Registro de la Propiedad automotor y/o que corresponda, oficiándose. 4) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquel en su poder a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 5) Intimar al deudor para que dentro del término de 24 hs. entregue al Síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 7) Interceptar la correspondencia dirigida al deudor, entregándose la misma al síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y /o repartición que corresponda. 8) Hacer saber al fallido que no podrán ausentarse del país sin autorización previa de éste tribunal hasta la presentación del Informe General por la Sindicatura, efectuándose las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del art. 103 de la L.C.Q., oficiándose a Policía Federal (Delegación San Lorenzo y/o Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda. 9) Ordenar la inmediata realización de los bienes que componen el activo del fallido. 1O) Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de recibido, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la ley 24.522. 11) Clasificar al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico, a sus efectos desígnase audiencia del día 29 de abril de 2026 a las 10:00 hs. Las fechas para el cumplimiento de lo prescripto por el art. 88 última parte, se fijarán por auto ampliatorio de la presente, aceptado que fuera el cargo por el Sr. Síndico. 12) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, la D.G.I., al A.P.I., a la Municipalidad de San Lorenzo y/o a quien corresponda, oficiándose. 13) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 de la L.C. en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días y exhibir los mismos en los Estrados del Tribunal. 14) Librar los despachos que fueran menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 de la ley 24.522 (reformado por art. 7 de la ley 26086) ordenando la remisión al Juzgado de la quiebra si correspondiere. 15) Encomendar a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados, bajo apercibimiento de ley. Insértese y hágase saber.-Firmado: Dr. Guillermo Roldán (juez subrogante) - Dra. Melisa Peretti (secretaria).El presente tramitará sin cargo y deberá realizarse dentro de las 24 horas de recepcionado.

S/C 560134 Abr. 30 May. 7

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la lra. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, en los autos caratulados: OVIEDO JOSE LUIS s/Usucapion - 21-25342634-6, Expte: 39/2015, se ha ordenado publicar edicto en el BOLETÍN OFICIAL según art. 73 del CPCCSTAFE con transcripción que así lo ordena respecto de la demandada SOCIEDAD DAMAS PROTECTORAS DEL HOSPITAL CARRASCO “San Lorenzo, 8 de junio 2015. Por presentado, domiciliado, en el carácter expresado, a mérito del poder especial acompañado que se agrega. Por iniciada la presente acción a la que se imprimirá el trámite ordinario. Cítese y emplácese a la demandada, mediante una cédula para cada persona, a comparecer a estar a derecho por el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley... “y OTRO: SAN LORENZO, 24 de Febrero de 2026. Agréguese la documental acompañada. De la ampliación de la demanda, téngase presente. Notifíquese. Téngase por designado depositario. Ofíciese a los fines solicitados, encontrándose autorizado el peticionante al diligenciamiento del mismo.” OTRO: SAN LORENZO de Abril de 2026. Atento lo peticionado y en el marco de lo ordenado por el art. 73 cpccsf emplacese a la demandada SOCIEDAD DAMAS PROTECTORAS DEL HOSPITAL CARRASCO por edictos como se solicita.- ALEJANDRO MARCOS ANDINO, Juez - Dra. LUZ MARIA GAMST,secretaria.Dra. Aronne,prosecretaria.

$ 52,50 560114 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juez en suplencia Dr. Alejandro Marcos Andino del Juzgado de 1ra. lnst. Civil y Comercial 2DA. Nom. SEC. UNICA de la ciudad de San Lorenzo, sito en la calle San Carlos 844 de la ciudad de San Lorenzo, ORDENA PUBLICAR EDICTOS A LOS FINES DE QUE PUEDAN FORMULARSE LAS OPOSICIONES CORRESPONDIENTES haciendo saber que dentro de los autos “VICTORIA FERREYRA s/Sumaria Información, CUIJ 21-25447999-0, FERREYRA VICTORIA, DNI Nº 46.219.296, hija de LUCIANA IRINA D ‘ALLEVA y GUSTAVO GABRIEL FERREYRA, ha iniciado los trámites pretendiendo LA SUPRESIÓN DEL APELLIDO PATERNO FERREYRA, Y ADHESIÓN DEL APELLIDO D’ALLEVA, PARA QUE SU NOMBRE COMPLETO SEA VICTORIA D’ALLEVA. Dra. Melisa Peretti, Secretaria, Dr. Alejandro Marcos Andino, juez en suplencia.

$ 33 560113 Abr. 30 May. 4

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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 del Distrito Judicial Nº 12 de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de Guillermo ROLDAN (Juez subrogante) y Melisa Vanina PERETTI (Secretaria), en el expediente caratulado “MARTINEZ, JOSE MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-25448033-9 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JOSÉ MARIA MARTINEZ, DNI 10.135.187, CUIT/CUIL 20-101351875 para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. San Lorenzo, xxx Mayo de 2026. Firma secretario/a autorizante.

$ 45 Abr. 30



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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Villa Constitución.Autos Caratulados: “FIGUEREDO PATRICIA MONICA c/ ROMAGNOLI ELISA MARIA Y OTROS s/Usucapión” Expediente CUIJ N°21-25613822-8.Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Villa Constitución, a cargo del Dr. David Lisandrello (Juez) Dr. Dario Malgeri (Secretario). Se ha dictado lo siguiente; “Nro. 26 VILLA CONSTITUCION, 06 de Febrero de 2026 AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos “FIGUEREDO, PATRICIA MONICA C/ ROMAGNOLI, ELISA MARÍA Y OTROS s/USUCAPIÓN” CUIJ 21-25613822-8 , de los que resulta que:.........., Y CONSIDERANDO:Por lo precedentemente expuesto, constancias objetivas de autos, normas legales doctrina y jurisprudencia citadas, RESUELVO: 1) Hacer lugar a la acción instaurada en autos respecto del inmueble descripto como “inmueble inscripto al TOMO 121 FOLIO 100 NUMERO 97317, del Departamento Constitución, Número de Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 19-16-00 418059/0069-3, plano de mensura inscripto el duplicado bajo el Nº 607- Constitución, Partida Municipal de Tasas y Servicios Nº 7443, Catastro Nº 1652007 de la Comuna de Empalme Villa Constitución, Manzana 6 e identificado como lote 15 según el plano Nº 50540/1967 suscrito por las ingenieras María José Milicich y Diego Martinez Carbonell” declarando probada la quieta, pública y pacífica posesión “animus domini” del mismo por parte de la actora PATRICIA MÓNICA FIGUEREDO D.N.I. 20.803-478 desde el 1 DE MAYO DE 1994; y por consiguiente, declarar procedente la adquisición por usucapión del inmueble de autos por parte de la misma, a quien previo cumplimiento de los recaudos de ley, se le otorgará el título definitivo. 2) Costas a la actora. 3) Acreditado que fuere el avalúo fiscal actualizado del inmueble en cuestión, y la posición frente al ARCA de los profesionales intervinientes, se regularán sus honorarios. 4) Notifíquese la presente por cédula y por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal por el término de ley. Insértese, y hágase saber.- Fdo.: Dr. David Lisandrello (Juez) Dr. Dario Malgeri (Secretario).- Lo que se pública a sus efectos. Villa Constitución,27 de Abril de 2026.

$ 200 560197 Abr. 30 May. 5

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LA SRA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 14 CIVIL, COMERCIAL DE LA SEGUNDA NOMINACION, DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCION, PROVINCIA DE SANTA FE, CITO EN CALLE BELGRANO Nº 1115, en los autos caratulados: SÁNCHEZ, GUILLERMO RAÚL s/ Ausencia Con Presuncion De Fallecimiento” CUIJ Nº 21-25659513-0. Cita y emplaza al Sr. SANCHEZ, GUILLERMO RAÚL, DNI: 16.814211, a los fines de que comparezca a estar a derecho. Publíquese una vez por mes, durante seis meses, en el diario BOLETÍN OFICIAL. VILLA CONSTITUCION, 02 DE AGOSTO DE 2024. FDO. DR. DARÍO MALGERI,SECRETARIO Y DRA. GRISELDA N. FERRARI, JUEZA. VILLA CONSTITUCION.

$ 100 560159 Abr. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, Belgrano Nº 1115 (CP 2919), en autos “CHEVROLET SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ RIQUELME VIVIANA CECILIA s/ Medida Previa Ejecutivo” CUIJ 21-25660641-8, se hace saber a los Sres. RIQUELME VIVIANA CECILIA, D.N.I Nº 27.463.059 y GARZON GUSTAVO ARIEL D.N.I Nº 22.545.034 , que se ha ordenado notificar los siguientes decretos : “Villa Constitución, 01 de octubre de 2025. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado, désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciadas medidas preparatorias de juicio EJECUTIVO. Para reconocimiento del contenido y firma de la documental acompañada, designase fecha de audiencia para el día 21 de Octubre de 2025 a las 10:00 hs. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos le informen si el mismo vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimientos de nulidad del diligenciamiento de la notificación, dejando debida constancia en la diligencia del resultado del informe obtenido. Fdo. Alejandro DANINO, SECRETARIO - Dra. Agueda M. ORSARIA, Jueza Otro decreto: “Villa Constitución , 14 de abril de 2026. Para reconocimiento el contenido y firma de la documental fíjese nueva fecha de audiencia para el dia 14 de mayo de 2026 a las 9:00 hs. Notifigúe por cédula a los domicilio con titulados, a través del Sr. Juez Comunitario con competencia en Empalme Villa Constitución y, asimismo, publíquense edictos. FDO: Dr. Alejandro DANINO, SECRETARIO - Dra. Agueda M. ORSARIA Jueza”. 15 de abril de 2026.

$ 52,50 560117 Abr. 30 May 5

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POR DISPOSICION DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA l º NOMINACION DE VILLA CONSTITUCION, SE HA ORDENADO NOTIFICAR A LOS SRES. GUSTAVO ANDRES VAZQUEZ Y ALVARO VAZQUEZ LO SIGUIENTE: Villa Constitución 7 DE ABRIL DE 2026.- Para sorteo de martillero, desígnase fecha de audiencia para el día 14 de mayo de 2026 a las 09:30 hs.A tales fines, oficiese a la Presidencia de Cámara Laboral, previa notificación por edictos a cargo del interesado.- AUTOS CARATULADOS: “CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ VAZQUEZ GUSTAVO ANDRES s/Ejecución Prendaria 21-25657788-4.- FIRMADO: DR. ALEJANDRO DANINO, SECRETARIO. VILLA CONSTITUCION, 09 DE ABRIL DE 2026.

$ 33 560115 Abr. 30 May. 5

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. DAVID LISANDRELLO (Juez), Secretaría del Dr. DARIO MALGERI, dentro de los caratulados: BASTONERO, VIVIANA ALEJANDRA c/VITTORI, MICAELA Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-25661007-5, informa que se ha dictado lo siguiente: Villa Constitución, 31 MAR 2026. Agréguese. Téngase presente. Atento el fallecimiento de la demandada, Micaela Vittori, y a los fines de evitar futuras nulidades, cítese y emplácese a los herederos de la misma por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 597 y cc. del CPCC. (Fdo.) Dr. David Lisandrello (Juez); Dr. Dario Malgeri (Secretaria). Villa Constitución, 9 de Abril de 2026. Dra. Melina Ales, prosecretaria.

$ 100 559956 Abr. 30 May. 5



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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rufino, Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría a cargo del Jorge Andrés Espinoza dentro del proceso denominado GROSSO ALEJANDRO S/ JUICIO SUCESORIO CUIJ N° 21-26369085-8, se ha dispuesto citar y emplazar por el término de ley a herederos, legatarios, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEJANDRO GROSSO, DNI Nº 6.091.553, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.

$ 45 Abr. 30


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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO







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venado tuerto

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto; a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez) Secretaría del Dr. Walter Bournot; se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don CASANOVA VICTORIANO, D.N.I. 2.266.738, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de ley. Autos: "Casanova Victoriano s/Declaratoria de Herederos" CUIJ: 21-24623147-5. VENADO TUERTO, Santa Fe. Fdo: Dr. Gabriel Alberto Carlini, Juez. Dr. Alejandro Walter Bournot, Secretario.

$ 45 Abr. 30