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ROSARIO
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CAMARA DE APELACION
Se hace saber que en los Autos caratulados: CANO, ROSITA NURI Y OTROS c/HEREDEROS DE CANO, PEDRO Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-25861368-3, en trámite por ante la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario (Sala III), se ha dictado lo siguiente: Resol. Nº 75. Rosario, 13 de abril de 2026. RESUELVO: 1. Rechazar el recurso de nulidad. 2. Admitir al recurso de apelación de la actora y, en consecuencia, revocar la sentencia Nº 1.127 de 04/11/24 y hacer lugar a la demanda de prescripción adquisitiva promovida por Rosita Nuri Cano, respecto del inmueble sito en calle 25 de Mayo Nº 1290 de San José de la Esquina, inscripto al tomo 196, folio 27, Nº 137.003, del Departamento Caseros, partida Nº 180200-394314/0002-9, y declarar que la adquisición del derecho real se produjo el 19/12/19. 3. Imponer las costas a la demandada vencida, sin perjuicio de que la retribución de aquélla sea finalmente soportada por el actor, de conformidad a lo expuesto en el punto 3.3. de la parte considerativa. 4. Fijar los honorarios de alzada en el 50% de los que se regulen oportunamente en la instancia de origen. Insértese y hágase saber. (CANO ROSITA NURI Y OTROS c/HEREDEROS DE CANO PEDRO Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, CUIJ 21-25861368-3). Fdo. CINALLI - MOLINA - BENTOLILA (Art. 26 L.O.P.J.) MARTINEZ MALLADA (Prosecretario). Rosario, 28 de Abril de 2026.
$ 100 560784 May. 13 May. 15
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La excelentísima Cámara de Apelaciones Civil y Comercial Sala III de la ciudad de Rosario, se hace saber que en autos PEREYRA UBALDINO ARGENTINO c/MEROI JUAN CARLOS Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ 21-25380593-2, se ha dictado la sentencia inscripta al Tomo: 2025 Folio: Resolución: 267, de fecha 18/08/2025, y cuyo resuelvo dice: 1. Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia Nº 1 del 03/02/2020. 2. Imponer las costas al recurrente vencido (art. 251 del CPCC), sin perjuicio de que la retribución del defensor de oficio sea soportada por la actora de modo provisional. 3. Fijar los honorarios de la Alzada en el quince por ciento (15%) de los que en definitiva correspondan a la primera instancia. Insértese y hágase saber. (PEREYRA UBALDINO ARGENTINO c/MEROI JUAN CARLOS Y OTROS s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-25380593-2). Fdo. Dres. Malina, Cinali y Puccinelli, (Art. 26 LOPJ), jueces; Dra. Sabrina Campbell, Secretaria. Todo ello dentro de los autos caratulados: PEREYRA UBALDINO ARGENTINO c/MEROI JUAN CARLOS Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ 21-25380593-2. Rosario, 21 de Abril de 2026.
$ 52,50 560676 May. 13 May. 15
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 11 A CARGO DE LA DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados GONZALEZ, BASTIAN TIZIANO y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ Nº 21-11443271-4, se ha dispuesto notificar por edictos a MARIO ROBERTO GONZALEZ D.N.I. 43.955.580 y a MARÍA ALEJANDRA ENCINA D.N.I. 35.124.947, lo siguiente: Nº 460 Rosario, 5 de mayo de 2026, Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1. Ratificar la medida definitiva dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, mediante Disposición Nº 175, de fecha 7 de julio de 2025. 2. Declarar en situación de adaptabilidad a LEONARDO ISMAEL GONZALEZ D.N.I. 56.298.546 nacido en fecha 3 de junio de 2017 y BASTIAN CITIANO GONZALEZ D.N.I. 57.804.322 nacido en fecha 23 de julio de 2019, ambos hijos de Mario Roberto Gonzalez D.N.I. 43.955.580 y de María Alejandra Encina D.N.I. 35.124.947; 3. Firme que se encuentre la presente, oficiar al Registro único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia a efectos de comunicar la presente resolución y requerirle remitir a este Tribunal en el plazo de cinco (5) días, informe de tres legajos de inscriptos en dicho registro, a efectos de acceder a la guarda preadoptiva de Leonardo Ismael Gonzalez y Bastian Citiano Gonzalez con proyecto adoptivo acorde a la situación informada en autos, debiendo responder a la sugerencia realizada por la Dirección Provincial tratándose en el caso de dos familias y condiciones allí estipuladas. Para el caso de Leonardo Gonzalez se sugiere una familia compuesta por madre y padre, y para el caso de Bastian Gonzalez se sugiere la configuración familiar de madre y padre, o proyecto monoparental donde predomine la figura materna, destacándose la importancia de inicio de ambos proyectos de manera simultánea conforme el estado actual del caso. 4. Reiterar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la necesidad de cumplimentar y observar estrictamente los plazos establecidos en la ley 12.967 respecto de las prórrogas y vigencia máxima de las medidas excepcionales y conforme art. 607 CCC. 5. Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, a los progenitores y en su público despacho a la Defensora General interviniente en autos. 6. Hasta tanto se encuentre firme la presente resolución, continúe la autoridad de aplicación en su intervención. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Brunetti (Jueza) Rosario, 6 de mayo de 2026.
S/C 560613 May. 13 May. 15
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En los autos caratulados: VEGA GUILLERMO ALEJANDRO c/GODOY DANIEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11899346-9, en trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 4ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. FEDERICO LEMA (Juez), Secretaría de la autorizante, se ha ordenado citar a GODOY DANIEL D.N.I. Nº 24.488.485, a comparecer a estar a derecho. Se transcribe a continuación lo decretado en autos: ROSARIO, 10 de Abril de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 2572/26: Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE AL DEMANDADO GODOY DANIEL a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. Dr. FEDERICO LEMA - Dra. Analia N. Vicente,
Secretaria.
$ 100 560833 May. 13 May. 15
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Por disposición de la Sra. Jueza Dra. MA. JOSE CAMPANELLA a cargo del Juzgado Unipersonal de Familia de la 3ª Nominación de Rosario, secretaría de la autorizarte, en autos: PEREYRA, PRISCILA IVANA c/SAUCEDO, RICARDO EMANUEL s/ALIMENTOS; CUIJ 21114300656, se hace saber que se ha ordenado notificar por edictos, la resolución que se transcribe: Nº 317. ROSARIO, 9/04/2026. Y VISTOS:...; RESUELVO: Para informar sobre el mérito de la prueba en los términos del art. 413 del C.P.C.C., cítese a las partes a la audiencia del día 18 de MAYO de 2026, a las 9:00 hs. Proveyendo la prueba ofrecida por las partes: A LAS DE LA ACTORA DE FS. 4 : DOCUMENTAL: Téngase presente. INSTRUMENTAL: Téngase presente. Insértese y hágase saber. Dr. SERGIO LUIS FUSTER (secretario); Dra. MARÍA JOSÉ CAMPANELLA (Jueza). El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 3. Secretaria, Rosario, de mayo de 2026. Dr. Sergio Luis Fuster, secretario.
S/C 560800 May. 13 May. 15
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Por disposición del señor Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4 de la ciudad de Rosario, se ha ordenado dentro de los autos caratulados ESCOBAR, Romina Micaela c/CASTAÑEDA, Aldo Gastón y Otros s/Alimentos Provisorios; CUIJ 21-11449500-7, notificar al demandado ALDO GASTÓN CASTAÑEDA (D.N.I. Nº 29.683.554) el siguiente decreto: Por denunciado incumplimiento de la resolución Nº 137/2026. Intímase a Aldo Gastón Castañeda, a regularizar la cuota alimentaria provisoria a su cargo, haciéndole saber que deberá depositar en la cuenta abierta para estos autos en el Banco Municipal Rosario, Sucursal 80 Caja de Abogados -cuenta Nº 53056373, CBU 0650080103000530563731- y en el término de cinco días, las sumas correspondientes a las mesadas alimentarias que se adeudaren, y en lo sucesivo, dentro de los diez primeros días de cada mes, conforme lo resuelto en autos. En su caso, formule descargo, justificando el pago, todo con apercibimiento de ley. Notifíquese por edictos. Fdo. GUSTAVO ADOLFO ANTELO (Juez); Dra. Natalia Schmidlin, secretaria.
$ 100 560614 May. 13 May. 15
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados MORON YANINA BETIANA c/MUÑIZ, ADRIANA ALEJANDRA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11901122-9, se ha dispuesto que se emplace al demandado ALEJANDRO FABIAN RETUERTO DNI 17.669.242 a comparecer a estar a derecho por el término de ley de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Rosario, 30 de Abril de 2026. Dra. Andrea Gladys Chaparro, secretaria.
$ 100 560617 May. 13 May. 15
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El Juzgado Unipersonal de Familia 6º Nominacion de Rosario, a cargo de la Dra. Maria Paula Mangani (Jueza), Dra. Ma. Jase Caviglia (Secretaria), dentro de los autos caratulados SALGUERO GUILLERMO LUIS c/MALDONADO OLGA LIDIA s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-11427083-8, ha dictado el siguiente decreto: Nº 544. Rosario, 04/10/2024: Por denunciado el último domicilio conyugal. Habiendo cumplimentado con lo requerido se provee: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y a mérito del poder especial acompañado. Por iniciada petición unilateral de divorcio. Otórgasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de trámite: Dra. María Paula Mangani. Agréguense las constancias acompañadas. Hágase saber a MALDONADO OLGA LIDIA, que se ha formulado petición de divorcio vincular y manifestado la inexistencia de hijos menores de edad y de bienes en común, términos del art. 438 del C.C. Córrase traslado por el término de 10 días. Notifíquese por cédula con copia del escrito correspondiente. De no ser hallada la requerida en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si es que vive allí y únicamente, en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. Hágase saber que, a los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, deberán las partes especificar día, mes y año de la separación de hecho. En caso de discordancia y/o incontestación, se aplicará el primer párrafo del art. 480 CCCN. Fdo. Dra. Maria Paula Mangani (Jueza); Dra. Ma. Jose Caviglia (Secretaria); Se hace saber a Olga Lidia Maldonado, DNI 11.522.372 que Guillermo Luis Salguero, DNI 12.344.804 ha iniciado tramite de divorcio en su contra y formulada la propuesta reguladora. Se deja constancia que se ha solicitado que se dicte sentencia de divorcio dentro de los presentes autos con retroactividad al día 15/07/1990. Dra. Ma. José Caviglia (Secretaria).
$ 100 560621 May. 13 May. 15
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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: ANDINO DIAZ, MILAGROS SOFIA s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11456535-8, Juzg. Unipersonal de Familia Nº 9, se ha dispuesto notificar a Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 la siguiente resolución: Nº 379 del 30/04/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva 10/26 dictada el 28/1/26 por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, en la que sugirió la tutela de Milagros Sofía Andino Díaz a favor de Estela Verónica Andino. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es tutela de Milagros Sofía Andino Díaz, DNI 70.626.590 a favor de Estela Verónica Andino, DNI 28.331.070 y privación de la responsabilidad parental de Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 y Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 respecto de Milagros Sofía Andino Díaz. 3) Citar a Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 y a Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Dar intervención a la Defensora General. 5) Hacer saber a la autoridad de aplicación la necesaria observancia de los plazos legales, así como el estricto cumplimiento de los requisitos formales, conforme lo señalado en los considerandos. 6) Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Dra. María Alejandra Marcyniuk, (Secretaria).
S/C 560627 May. 13 May. 15
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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: ANDINO DIAZ, MILAGROS SOFIA s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11456535-8, Juzg. Unipersonal de Familia Nº 9, se ha dispuesto notificar a Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 la siguiente resolución: Nº 379 del 30/04/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva 10/26 dictada el 28/1/26 por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, en la que sugirió la tutela de Milagros Sofía Andino Díaz a favor de Estela Verónica Andino. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es tutela de Milagros Sofía Andino Díaz, DNI 70.626.590 a favor de Estela Verónica Andino, DNI 28.331.070 y privación de la responsabilidad parental de Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 y Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 respecto de Milagros Sofía Andino Díaz. 3) Citar a Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 y a Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Dar intervención a la Defensora General. 5) Hacer saber a la autoridad de aplicación la necesaria observancia de los plazos legales, así como el estricto cumplimiento de los requisitos formales, conforme lo señalado en los considerandos. 6) Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Dra. María Alejandra Marcyniuk, (Secretaria).
S/C 560628 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 8 de Rosario, a cargo del Dr. Ignacio Vicente Aguirre, Secretaría de la Dra. Maria Guadalupe Gordillo, de conformidad a lo ordenado en los Arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C., se hace saber que en los autos caratulados VILLAVICENCIO, LILIANA MARICEL MARICEL Y OTROS c/SOLER, GONZALO MIGUEL y OTROS s/DAÑOS y PERJUICIOS; CUIJ N° 21-11869205-2. Se cita a comparecer al demandado SOLER, GONZALO MIGUEL, en los domicilios de calle Córdoba Nº 2791 7mo. Piso e Ituzaingo Nº 1482 Dto. D de la ciudad de Rosario, por el término y bajo apercibimientos de ley para que
comparezca a estar a derecho. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 3 de Febrero 2025. Agréguese la cédula acompañada. Hágase saber a las partes que, ante el comienzo de la vigencia de la ley 14.264 el dia 09 de diciembre del corriente año 2024, el presente proceso quedará radicado ante el Juzgado de Distrito de Responsabilidad Extracontractual Nº 8 de Rosario, a cargo del Dr. IGNACIO V. AGUIRRE (arts. 44,45 y 46 de la ley, 14264) NOTIFIQUESE. Atento lo
solicitado y constancias en autos, notifíquese a al demandado Gonzalo Miguel Soler a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69, 72 y 548 del C.P.C. Fdo. Dr. IGNACIO VICENTE AGUIRRE (JUEZ); Dra. MARIA GUADALUPE GORDILLO, secretaria. Rosario, 10 de Septiembre de 2025.
$ 100 560639 May. 13 May. 15
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Familia de la 7ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Sabina Margarita Sansarricq (Jueza) en los autos caratulados: SANCHEZ, ANGELA AGOSTINA y SANCHEZ, NAHIARA GUADALUPE s/GUARDA; CUIJ 21-11437931-7, se ha ordenado: ROSARIO, Agréguese la constancia adjuntada. Habiéndose cumplimentado con lo requerido se provee: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho le corresponda. Jueza de trámite: Dra. Sabina Margarita Sansarricq. Tómese razón en el SISFE y procédase a la recaratulación. Dese intervención a la Defensoría General. Por formulada petición de guarda. Pasen los presentes a la Sala de Trabajadores Sociales del Tribunal a los fines de que se constituyan en el domicilio donde habitan las niñas y procedan a realizar un amplio y pormenorizado informe ambiental, debiendo además recabar información de vecinos, del establecimiento escolar al cual asiste y al centro de salud donde se efectúa los controles médicos. Acompañe la Sra. Cabaña certificado de buena conducta y acredite medios de vida. OTRO: El pedido debe publicarse en el BOLETIN OFICIAL tres veces SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 3. Secretaria, Rosario, de de 2026.
S/C 560640 May. 13 May. 15
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La Señora Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia N° 9 de Rosario, dentro del expedíente BAZAN ERICA ANA c/ARIAS HORACIO s/DIVORCIO; 21-10994171-6, hace saber que se notifica al Sr. HORACIO ARIAS, DNI N° 25.199.194, el siguiente decreto: ROSARIO, 14 DE Octubre de 2015. Téngase presente la adecuación formulada. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Dese intervención al Defensor General Civil. (art 103 inciso a del CCC). Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. De no ser hallado el requerído en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Fdo. Dr. Marcelo Jose Molina (Juez de Trámite); Dra. Tania Camila Roimesser (Secretaria). Y también se ha dictado: ROSARIO, 28 de Abríl de 2026. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BO9LETIN OFICIAL y en la web institucional del Poder Judicial conforme circular Nº 5 de fecha 12.02.25, tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Fdo. Dra. MILCA MILEVA BOJANICH (Jueza); Dra. AGUSTINA SUEIRAS MUNUCE (Secretaria).
$ 200 560766 May. 13 May. 15
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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: MOREIRA MACIEL, MORENA NATALI Y OTROS s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11416104-4, se ha dispuesto notificar a Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 la siguiente resolución: Nº 414 del 11/05/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva 206/25 dictada el 20/8/25 por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, en la que sugirió la tutela de Morena Natalí Moreyra Maciel y de Thiago Benjamín Moreyra Maciel a favor de Juana Rosa Moreyra. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es tutela de Morena Natalí Moreyra Maciel, DNI 56.620.420 y de Thiago Benjamín Moreyra Maciel, DNI 57.932.685 a favor de Juana Rosa Moreyra, DNI 18.407.045 y privación de responsabilidad parental de Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 y de Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 respecto de Morena Natali Moreyra Maciel, DNI 56.620.420 y de Thiago Benjamín Moreyra Maciel, DNI 57.932.685. 3) Citar a Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 y a Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Dar intervención a la Defensora General. 5) Hacer saber a la autoridad de aplicación la necesaria observancia de los plazos legales, así como el estricto cumplimiento de los requisitos formales, conforme lo señalado en los considerandos. 6) Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación.
S/C 560892 May. 13 May. 15
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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: MOREIRA MACIEL, MORENA NATALI Y OTROS s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11416104-4, se ha dispuesto notificar a Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 la siguiente resolución: Nº 414 del 11/05/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva 206/25 dictada el 20/8/25 por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, en la que sugirió la tutela de Morena Natalí Moreyra Maciel y de Thiago Benjamín Moreyra Maciel, a favor de Juana Rosa Moreyra. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es tutela de Morena Natalí Moreyra Maciel, DNI 56.620.420 y de Thiago Benjamín Moreyra Maciel, DNI 57.932.685 a favor de Juana Rosa Moreyra, DNI 18.407.045 y privación de responsabilidad parental de Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 y de Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 respecto de Morena Natali Moreyra Maciel, DNI 56.620.420 y de Thiago Benjamín Moreyra Maciel, DNI 57.932.685. 3) Citar a Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 y a Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Dar intervención a la Defensora General. 5) Hacer saber a la autoridad de aplicación la necesaria observancia de los plazos legales, así como el estricto cumplimiento de los requisitos formales, conforme lo señalado en los considerandos. 6) Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación.
S/C 560891 May. 13 May. 15
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, hace saber que en los caratulados Vulcano Seguridad S.R.L. s/pedido de quiebra por acreedor; CUIJ 21-02997004-9, se ha dictado la sentencia Nº 144; Rosario, 24.04.2026. FALLO: 1) Declarando la quiebra de Vulcano S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio al Tº 168, Fº 32439, Nº 1935 con domicilio en calle 9 de julio 1178 P.B de Rosario, Pcia. de Santa Fe. 2) Fijar el dia 29 de Abril del 2026, para sorteo de síndico categoría “B”. 3) Diferir la determinación de la fijación de las fechas de verificación de créditos hasta que el Síndico sorteado acepte el cargo. 4) Ordenar la inhibición de la fallida, anotandola en los Registros correspondientes. 5) Intimar a la fallida para que en el término de 24 hs. entregue a la Sindicatura la documentación relacionada a su actividad. 6) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 8) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina. 9) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL de ésta provincia. 10) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines normados por el art. 132 L.C.Q. 11) Hacer saber a la fallida que solo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 L.C.Q., efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. 12) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss. y concds. L.C.Q.). 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida, poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (arts. 177/79 y conc. L.C.Q.). 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 L.C.Q. 15) Notificar al A.P.I. (cfme. art. 23 del Código Fiscal), a la A.F.I.P. Y MUNICIPALIDAD DE ROSARIO. 16) Oficiar al Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes. 17) Desígnese como funcionario para cumplimentar con las disposiciones del art. 177 y concs. L.C.Q., al martillero que resulte designado. 18) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la deudora en la forma que se establecerá oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga, Dra. Lorena A. Gonzalez. Y su aclaratoria Nº 155; Rosario, 05.05.2026. RESUELVO: 1- Aclarar la parte resolutiva de la sentencia Nº 144 de fecha 24.04.2026 en el sentido de que el nombre correcto del declarado fallido es “VULCANO SEGURIDAD S.R.L”. 2- Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL de esta Provincia incluyendo el texto de la presente. Insértese, tómese nota marginal y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga, Dra. Lorena A. Gonzalez, Secretaria.
S/C 560647 May. 13 May. 19
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos FERNANDEZ, FRANCO LEONEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; Expte. Nº 118/2026, CUIJ 21-03005277-0, se ha dictado la Resolución Nº 219 de fecha 8 de abril de 2026 que ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de FRANCO LEONEL FERNANDEZ, DNI Nº 41.012.725, con domicilio real en calle Alfredo Seren Nº 7716 de la ciudad de Rosario y con domicilio legal en calle Pasaje Prioni Nº 990 de la ciudad de Rosario; y que se ha dictado Resolución Nº 309 de fecha 6 de mayo de 2026 que ha ordenado lo siguiente: l. Fijar el día 25/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico LUCAS MANUEL CRISTINA, con domicilio en calle Cochabamba Nº 462 de la ciudad de Rosario, horario de atención al público de lunes a viernes de 14:00 a 20:00 hs. 2. Fijar el día 21/08/2026 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q. 3. Fijar el día 02/10/2026 para la presentación del informe general por el Síndico. Insértese y publíquense los edictos de ley. Fdo. María Silvia Beduino, Jueza; María Florencia Di Rienzo, Secretaria. Secretaría, 7 de Mayo de 2026. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.
S/C 560733 May. 13 May. 19
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos LTM CONSTRUCTORA SRL s/PEDIDO DE QUIEBRA; Expte. Nº 467/2025, CUIJ 21-02996223-2, se ha dictado la Resolución Nº 239 de fecha 13 de abril de 2026 que ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de LTM CONSTRUCTORA S.R.L., inscripta al Tº 168, Fº 16845, Nº 1038, de fecha 22 de junio de 2017 y modificaciones, con domicilio social en calle Pasaje Espora Nº 1389 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; y que se ha dictado Resolución Nº 308 de fecha 6 de mayo de 2026 que ha ordenado lo siguiente: l. Fijar el día 25/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico GUILLERMO FERNANDO LUCENTE, con domicilio en calle Balcarce Nº 1589, piso 8, de la ciudad de Rosario, horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 hs. 2. Fijar el día 21/08/2026 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q. 3. Fijar el día 02/10/2026 para la presentación del informe general por el Síndico. Insértese y publíquense los edictos de ley. Fdo. María Silvia Beduino, Jueza; María Florencia Di Rienzo,
Secretaria. Secretaría, 7 de Mayo de 2026.
S/C 560734 May. 13 May. 19
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La Sra. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario (SF), Dr. EZEQUIEL M. ZABALE, Secretaría de la MAYRA IBAÑEZ en autos CASCO, LILIANA s/PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-01124925-3), resolvió tener: Por presentado proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos (2) días en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. MAYRA IBAÑEZ; Dr. EZEQUIEL M. ZABALE Secretario Juez; Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario. Rosario, 7 de Mayo de 2.026. Mayra Ibañez, secretaria subrogante.
S/C 560758 May. 13 May. 14
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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito Nº 3 de Rosario, DENOM.ANTERIOR-Ref. Ley 14264 y en autos: VILLALBA, BLANCA NOEMI c/LANZI, IRMA ARGIA Y OTROS s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ 21-12651841-9, se hace saber que se dictó lo siguiente: Por presentada, acéptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder especial acompañado. Por iniciada la acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio sumario (art. 408 ss. y cc del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Ofíciese al Registro Nacional de las Personas a fin de que informen respecto del estado de supervivencia y del último domicilio de los titulares registrales informados por el Registro General de Propiedades. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Fdo. DIGITALMENTE por Dra. CECILIA A CAMAÑO, JUEZA; Se hace saber que el inmueble se encuentra inscripto en el Registro general al Tomo 277C, Folio 1638 Nº 86.025. Departamento Rosario. Dra. María Luz Muré, prosecretaria.
$ 100 560838 May. 13 May. 15
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Se hace saber que en autos: RICO, MARÍA ALICIA RITA s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ Nº 21-02988564-5, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rosario, se ha dictado lo siguiente: Resolución Nº 114. Rosario, 17/03/2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Fíjese nueva fecha para la realización de la audiencia informativa para el día 07/08/2026 a las 10:00 hs y, a su vez, se fija el fin del período de exclusividad para el día 14/08/2026. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Rosario, 7 de Mayo de 2026. Fdo. Dr. EZEQUIEL ZABALE (Juez); Dra. MAYRA IBAÑEZ (Secretaria Subrogante).
$ 500 560809 May. 13 May. 19
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 8 de Rosario, en autos: ALONSO JORGE ANTONIO c/BALBASERA AUGUSTA s/JUICIOS ORDINARIO, CUIJ 21-01322849-0, se cita y emplaza a los herederos de Alberto Ángel Mazzini (DNI 12.381.578), para que dentro del plazo de ley comparezcan a estar a Derecho, bajo apercibimiento de nombrarse un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes (art. 597, CPCC). Prosecretaría, Rosario, 30 de marzo de 2026. Fdo. Carla Angelone (Prosecretaria).
$ 100 560744 May. 13 May. 15
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El Sr. Juez a cargo de JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE CIRCUITO N° 5, DENOM.ANTERIOR-Ref. Ley 14264 SEC.1 de Rosario, en autos: FAINI, MARIA BELEN c/FERNANDEZ, JOSE MARIA MANUEL s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-12649847-8, Nº Expediente: 467/2024, atento al fallecimiento del demandado Fernández José María Manuel (D.N.I. LE 2.346.090} informado por la Cámara Nacional Electoral, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense por tres días y en la forma prescripta por el artículo 67 CPCCSF. Dr. Maximiliano Cossari Juez; Gabriela Almará Secretaria.
$ 100 560739 May. 13 May. 15
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos JUZG DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL 17 NOM ROSARIO s/DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTAL, Expte. Nº 223/2026, CUIJ Nº 21-01643365-6, se ha dictado la Resolución Nº 306 de fecha 5 de Mayo de 2026 que ha ordenado lo siguiente: VISTOS:... CONSIDERANDO: Conforme surge del informe actuarial precedente, obra en las dependencias de este Juzgado gran cantidad de documental que ha sido oportunamente reservada y cuya conservación afecta notoriamente el uso del espacio disponible. Por tal motivo, en el marco del proceso de despapelización impulsado por la Corte Suprema de Justicia durante el último año y conforme los requerimientos de destrucción de documentos reservados en Secretaria que no han sido retirados por las partes, se estima pertinente proceder a la destrucción de toda aquella documental y pliegos correspondientes a expedientes que no han tenido movimiento por más de diez años y que ha sido seleccionada conforme a criterios de conveniencia y voluminosidad. En esta primera etapa, se procederá a la destrucción de los documentos que se encuentren en tales condiciones y que correspondan a expedientes iniciados entre los años 2006 a 2009 inclusive. Asimismo, se incluirán los legajos de verificación y demás documental correspondiente a procesos concursales que no hayan tenido movimiento procesal en los últimos 10 años y de aquellos que se encuentren archivados. A los fines de dar la mayor publicidad a la presente se procederá a publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres veces en 20 días y dos avisos en el Diario “La Capital” a publicarse un miércoles y un domingo, dando a conocer la parte resolutiva de la presente. Asimismo, se publicarán los listados de documental inventariada para su destrucción en el transparente del Juzgado y en otros del edificio de Tribunales. RESUELVO: 1) Proceder a la destrucción de la documental seleccionada y pliegos correspondientes a expedientes iniciados entre los años 2006 a 2009 inclusive y que no han tenido movimiento por más de diez años. 2) Proceder a la destrucción de los legajos de verificación y demás documental correspondiente a procesos concursales que no hayan tenido movimiento procesal en los últimos 10 años y de aquellos que se encuentren archivados. 3) Fijar como fecha de destrucción el día 30 de junio de 2026 y como fecha tope para que los interesados legítimos concurran al juzgado a requerir la entrega de los mismas, la del día 19 de junio del 2026, a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningún tipo. 4) Publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres veces en veinte días y dos edictos en el Diario La Capital a publicarse un día miércoles y un día domingo, dando a conocer la parte resolutiva de la presente. Asimismo, proceder a la publicación de los listados de documental inventariada para su destrucción en el transparente del Juzgado y en otros existentes en el edificio de Tribunales. 5) Remitir copia de la presente a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario. Insértese y hágase saber. Fdo. María Silvia Beduino, Jueza; María Florencia Di Rienzo, Secretaria. Secretaría, 7 de Mayo de 2026. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.
S/C 560735 May. 13 May. 19
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado dentro de los autos caratulados PASCUALE GRISELDA NOEMI c/SUCESORES DE MOLINA MARTA ITATI s/COBRO DE PESOS; CUIJ 21-03525617-9 lo siguiente: ROSARIO, 16 de Abril de 2026; Advirtiendo que se ha incurrido en un error en el decreto del 07/04/26 al declarar la rebeldía de MOLINA, MARTA ITATI cuando lo que correspondía era declarar la rebeldía de los herederos de MOLINA MARTA ITATI, se deja sin efecto el mismo y en su Jugar: No habiendo comparecido los herederos de MOLINA MARTA ITATI a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados (edictos fs. 247, cédulas fs. 244, 245 y 248) y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firme que estuviera el presente, líbrese oficio a los fines del nombramiento defensor de oficio. Cargo Nº 4092/26: acompañe edictos conforme lo aquí decretado. Fdo. Dra. Marianela Godoy (secretaria); Dra. Mónica Klebcar (Jueza). Rosario, 4 de Mayo de 2026. Dra. Sabrina F. Scherini, prosecretaria.
$ 100 560720 May. 13 May. 15
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito de la 2ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/CEREALES DEL SUR SA s/APREMIO; Expte. CUIJ 21-13948783-1, se ha ordenado notificar a la parte demandada los siguientes decretos: ROSARIO, 10/03/2026. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Fdo. Dr. Luciano Ballarini {Juez); Dra. María Elvira Longhi (Secretaria). Rosario, de Marzo de 2026.
S/C 560705 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: LAMOTHE, GERMAN DARIO c/EMECSA SA Y OTROS s/ESCRITURACION; 21-02971621-5 - Nº Expediente: 446/2023, que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts 398 y sig del CPCC) se ha ordenado citar y emplazar al demandado EMECSA S.A., por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL venciendo el término cinco días después de la última publicación bajo apercibimiento de rebeldía. Rosario, 22/04/2026. Dra. MARÍA KARINA ARRECHE, secretaria subrogante.
$ 33 560678 May. 13 May. 15
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dra. MONICA KLEBCAR y secretaria de la Dra. MARIANELA GODOY, se ha ordenado citar mediante edictos que serán publicados tres veces en el BOLETIN OFICIAL, a los herederos de los causantes Sr. SERGIANNI, ABRAHAM, DNI 5.964.879 y SERGIANNI BLADEMIRO, DNI 5.980.052 para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de diez días con apercibimiento de ser declarados rebeldes. Autos caratulados: CAVALLINI GINO RAMON ORLANDO c/SERGIANNI ABRAHAM Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-02889357-1. Dra. Marianela Godoy, secretaria.
$ 100 560671 May. 13 May. 15
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Cítese a la codemandada Yanina Anahi Lelli a comparecer a derecho mediante Edictos a publicarse en el término de 3 días en el BOLETIN OFICIAL bajo apercibimiento de rebeldía. AUTOS: PILOT, FACUNDO TOMAS C/ALMARA, MAXIMILIANO DAVID S/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11876361-8, que tramitan ante el JUZGADO UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL Nº 6, a cargo de la Dra. JORGELINA ENTROCASI (Jueza) y Secretaria a cargo del Dr. CHRISTIAN MARCELO BITETTI. 17 de Abril de 2026.
$ 100 560648 May. 13 May. 15
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Se notifica por el presente a la Sra. Mariela Alejandra Lastra, DNI Nº 24.641.645, con domicilio desconocido, dentro de los autos caratulados MATESUR SA c/LASTRA, MARIELA ALEJANDRA s/EJECUCIÓN DE SENTENCIAS; CUIJ 21-02997360-9 de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar (Jueza), secretaría de la Dra. Marianela Godoy (Secretaria); de las providencias que se transcriben a continuación: ROSARIO, fecha de firma en sisfe 13 de marzo de 2026. Cargo Nº 2215/26: Atento las razones expuestas, se revoca parcialmente el decreto del 26/02/26 en la parte que expresa: acredite el pago de aportes de ley, quedando subsistente en lo demás. Por práctica planilla capital, intereses y gastos, póngase de manifiesto por el término de ley. Regulo los honorarios profesionales de la Dr por los trabajos realizados en los presentes autos en la suma de 140 JUS (equivalente a $ 17.482.227) más IVA de corresponder, conforme el artículo 7 inc. 2 b) de la ley 6767, convertidos a pesos desde la fecha que la presente adquiera firmeza (art. 772 CCC), los que devengarán un interés equivalente a una vez la Tasa Activa Sumada del Banco Nación Argentina, desde la mora y hasta su efectivo pago. Vista a Caja Forense y Caja de Seguridad Social. Previo a todo trámite, líbrese mandamiento ley 22.172 a los fines de constatar el estado de ocupación de los dos inmuebles embargados de titularidad de la demanda, registrados bajo los siguientes datos catastrales: Departamento 1, Catastros 161927 y 161928, Sección S, Manzana 406, Parcela 365 sito en la ciudad de Salta. Acompañe informe sobre la existencia de procesos universales, esto es sucesiones, y asimismo, concursos y/o quiebras de la demandada LASTRA, MARIELA de la provincia de Santa Fe y de Salta. Publíquense edictos a los fines de notificar el presente en el BOLETIN OFICIAL de Salta y en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Fdo. Dra. Mónica Klebcar (Jueza); Dra. Marianela Godoy (Secretaria). ROSARIO, fecha de firma en sisfe 21 de abril de 2026. Cargo Nº 3553/26: Atento a lo manifestado y las constancias de autos, se revoca parcialmente el decreto del 12/03/26 en la parte que expresa: “Previo a todo trámite, líbrese mandamiento ley 22.172 a los fines de constatar el estado de ocupación de los dos inmuebles embargados de titularidad de la demanda, registrados bajo los siguientes datos catastrales: Departamento 1, Catastros 161927 y 161928, Sección S, Manzana 406, Parcela 365 sito en la ciudad de Salta” y su lugar: “aprobada que fuera la planilla, se librará exhorto con las condiciones de la subasta”. En cuanto a la publicación de edictos, atento el tramite impreso en autos (art. 507 y siguientes), estese a lo decretado el 12/03/26. A la apelación no ha lugar (art. 326 C.P.C.C.). Fdo. Dra. Marianela Godoy (Secretaria); Dra. Mónica Klebcar (Jueza). Se informa que el monto de la planilla practicada por capital, intereses y gastos asciende a un total de Dólares Estadounidenses CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS (USD 108.600,59) y PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.346.169,43). Dra. Sabrina F. Scherini, prosecretaria.
$ 200 560643 May. 13 May. 15
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Por disposición de la Dra. Verónica Gotlieb, Jueza en suplencia a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de la Ciudad de Rosario, Secretaría a cargo de la suscripta, se hace saber que dentro de los autos caratulados BACCI, ADRIAN EDGARDO Y OTROS c/COBOS, JORGE LUIS Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO - ESCRITURACION; CUIJ 21-00803933-7, se ha ordenado notificar a los demandados rebeldes llamados Elsa Queiro de Chichoni; Juan Carlos Chichoni; Beatriz Queiro-Queiro; Silvina Julia Saad-Queiro y Adriana Raquel Saad-Queiro, la sentencia dictada en estos autos, cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: Nº 55. Rosario, 26/03/2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... Por lo tanto, FALLO: 1) Rechazo la demanda instaurada contra los herederos y cesionarios de JUAN CARLOS CHICHONI y ELSA QUEIRO, con costas. 2) Hago lugar a la demanda promovida por ADRIAN EDGARDO BACCI y BETINA LILIAN BLANCO contra JORGE LUIS COBOS y SILVIA MONICA RAMONA RODRIGUEZ y, en consecuencia, los condeno a que otorguen escritura traslativa de dominio en el término de treinta días, bajo apercibimientos de daños y perjuicios, con costas. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MONICA KLEBCAR (Jueza), Dra. MARIANELA GODOY (SECRETARIA). Todo lo que se hace saber a sus efectos. ROSARIO. Dra. Sabrina F. Scherini, prosecretaria.
$ 100 560642 May. 13 May. 15
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, en autos caratulados DI BERNARDO, SANTOS s/SUCESORIO; CUIJ 21-02950695-4, se ha ordenado: Rosario, 08/04/2026. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo Nº 1668/2026: Previamente y en virtud del fallecimiento de la coheredera, CASSINERIO MARIA TERESA, y sin perjuicio de la declaratoria de herederos de la misma conexa a los presentes y del comparendo de sus herederos: cítese y emplácese a los mismos en los términos del Art. 597 del CPCC. Fdo. Dr. Quaglia (Juez); Dra. Arreche (Secretaria Subrogante). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de MARIA TERESA CASSINERIO, DNI 1.766.876 para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Secretaría, Rosario, 28/04/2026. Dra. María Karina Arreche, secretaría subrogante.
$ 100 560641 May. 13 May. 15
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Vigésima Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Eduardo Horacio Arichuluaga, en autos caratulados: Ruiz, Ramón Orlando c/Díaz, María Inés y Otros s/Usucapión; CUIJ 21-03003139-0, se ha ordenado notificar por edictos que se ha dictado decreto en fecha 30 de abril de 2026 a los fines de citar y emplazar a los herederos de José Luis Colombo, titular del DNI Nº 6.039.330. hijo de Paula Rosa Díaz y Adolfo Luis Colombo, por el término de ley. Datos identificatorios del inmueble objeto de autos: ubicado en calle Jean Juares 1603, de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, provincia de Santa Fe, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 160800-343407/0003-3, dominio inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 216, Folio 97, Nº 107011, Departamento Rosario. Fdo. Dr. Javier Matías Chena, Secretario. Rosario, 5 de mayo de 2026.
$ 100 560610 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, se ha ordenado declarar rebelde NOEMI NATALIA TRAVELLA, continuando el juicio sin su representación. Autos caratulados: RABOTNICOFF SARA EVA c/TRAVELLA MARIO LUCIO EUGENIO Y OTROS s/EJECUCIÓN DE SENTENCIA; (CUIJ 21-00761825-2). Secretaría, Rosario, 7 de Mayo de 2026.
$ 100 560697 May. 13 May. 15
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La Sra. Jueza de Primera Instancia del Juzgado de Circuito de Villa Gobernador Gálvez, secretaria a cargo del Dra. Melody Sol Kaffman, en autos caratulados OBREGON MIGUEL ANGEL Y OTROS c/GAITAN, JUAN MARCELO Y OTROS s/DESALOJO; CUIJ 21-22901365-0, ha dispuesto anoticiar al fiador ADOLFO DANIEL CONTRERAS D.N.I. 25.275.697, del inicio de los autos de referencia, mediante el siguiente decreto: Villa Gobernador Gálvez, 29 de diciembre de 2025. Por presentado, en el carácter invocado a mérito de los poderes especiales que se agregan. No aceptándose el domicilio procesal constituido, constituya uno nuevo dentro del radio urbano de este Juzgado en los términos y bajo los apercibimientos prescriptos por el art. 37 del CPCC. Por iniciada la presente acción de DESALOJO POR FALTA DE PAGO, contra JUAN MARCELO GAITAN y/o sublocatarios, y/o tenedor/es precario/s, y/o intrusos, y/o terceros ocupantes. Imprímase al presente el trámite de JUICIO SUMARISIMO (ART. 413, 387 inc c CPCC). Téngase presente la documental adjuntada, para su oportunidad. CITESE Y EMPLACESE a la demandada para que comparezca a estar a derecho, CONTESTE LA DEMANDA y OFREZCA LA PRUEBA que haga a su derecho, en el término y bajo apercibimientos de, en caso de incontestación, tener por ciertos los hechos expuestos en ella. Sirva el presente de suficiente intimación de desahucio (Art. 520 y 521 del CPCC). Notifíquese a la demandada, subinquilinos y/o terceros ocupantes conforme lo prescripto por art. 520 y 521 CPCC. Anotíciese a los fiadores la iniciación de la presente acción. Desígnase a los respectivos profesionales apoderado/s/patrocinante/s de partes intervinientes en autos en carácter de depositario/s judicial/es de la prueba documental relacionada con los presentes caratulados, ello con los consecuentes deberes legales y bajo apercibimiento de las consecuencias civiles y/o penales y/o procesales que por el incumplimiento de los deberes del depósito judicial ordenado les pudieren eventualmente corresponder. Hágase saber a las partes que los documentos de mención podrán ser requeridos por el tribunal en cualquier oportunidad o fase del proceso. En los términos del art. 21 del CPC y C dispongo: líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a los efectos de que informe quienes moran en el inmueble objeto de desahucio y en que carácter lo hacen, acatando los siguientes lineamientos: A) si faltase la chapa indicadora del número del inmueble donde debe practicarse la notificación, el notificador procurará localizarlo inquiriendo información sumaria de 5 vecinos, en cantidad mínima de no menos de 3; B) asimismo, requerirá en el inmueble la identificación de los ocupantes, pidiéndoles razón de su relación con el demandado, sus nombre/s, apellido/s y DNI; debiendo constatar la existencia o no de niños habitando el inmueble, sus edades e identidad de los mismos en caso de existir; C) para el supuesto de que la notificación debiese hacerse en una casa de departamentos y en la cédula no se hubiere especificado la unidad, o se la designare por el número y en el edificio estuviere designada por letras, o viceversa, el notificador inquirirá al encargado y vecinos si el demandado vive en el edificio; lo notificará si lo hallare, identificándolo, en caso contrario devolverá la cédula informando el resultado de la diligencia; D) deberá hacer saber la existencia del juicio a cada uno de los sublocatarios u ocupantes presentes en el acto, aunque no hubiesen sido denunciados, previniéndoles que la sentencia que se pronuncie producirá efectos contra todos ellos y que, dentro del plazo fijado por ley para articular sus defensas, podrán ejercer los derechos que estimen corresponderles; E) se identificará a los presentes e informará al juez sobre el carácter que invoquen y acerca de otros sobre el carácter sublocatarios u ocupantes cuya presunta existencia surja de las manifestaciones de aquéllos, aunque existiesen sublocatarios u ocupantes ausentes en el acto de la notificación, no se suspenderán los trámites y se le hará saber que la sentencia de desalojo producirá efectos también respecto de ellos; F) podrá exigirse la exhibición de documentos de identidad u otros que fuesen necesarios, con la debida razonabilidad y proporcionalidad en corolario de las circunstancias de tiempo, modo, personas y lugar en que debe llevarse a cabo la medida. Previamente córrase vista virtual al Sr. Agente Fiscal. NOTIFIQUESE en debida forma. Fdo. Dra. Melody Sol Kaffman, jueza; Dra. Carolina Burgos Grabich, jueza. Dra. M. Georgina Conde, prosecretaria.
$ 300 560842 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: GRISELDA ROSA MANGIOLI, D.N.I. N° 14.314.991, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MANGIOLI, GRISELDA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, Cuij N° 21-03005895-7.- Fdo. Dra. Jimena Arrabal, Prosecretaria
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUANA DELOGU (D.N.I. 1.101.678)por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “Delogu, Juana S/sUCESION--” (CUIJ N° 21-03006586-4). Fdo. Dra. Maria Belen Moran Secretaría. Rosario, de Mayo de 2026.-
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO ANISSETTI D.N.I 11.503.931 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ANISSETTI, ALBERTO S/ SUCESORIO C Y C 13 21-02997725-6). Fdo. Prosecretaria
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12 ° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante AUGUSTO JOSE GIRIBONE (DNI 28.146.738) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “GIRIBONE AUGUSTO JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03000275-7).Fdo.: DRA. VANINA C. GRANDE. Secretaria.-
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ROSA GUIGUI D.N.I. 5.172.001 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GUIGUI, ROSA S/ SUCESORIO CYC 6” (CUIJ N° 21- 03006184-2). Fdo. Prosecretaria
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante WOODWARD, Aurora Juana, D.N.I. 5.824.605 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SCHEUERLEIN, Martin Emilio Rafael y Otros s/ Declaratoria de Herederos” (CUIJ N° 21-02992601-5)
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SUSANA RAQUEL AVILA D.N.I. 3.962.255 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “AVILA, SUSANA RAQUEL S/ SUCESORIO CYC 1” (CUIJ N°21-03002800-4). Fdo. DR. RICARDO A. RUIZ Juez.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SUSANA RAQUEL AVILA D.N.I. 3.962.255 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “AVILA, SUSANA RAQUEL S/ SUCESORIO CYC 1” (CUIJ N°21-03002800-4). Fdo. DR. RICARDO A. RUIZ Juez.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: LENCI TERESA NILDA (D.N.I 2.081.388), y MANGIOLI ORLANDO OSVALDO (D.N.I 5.996.688) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LENCI, TERESA NILDA Y OTROS S/ SUCESORIO” Cuij n° 21-03005620-2. Fdo. Dra. Jimena Arrabal, Prosecretaria
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO FORTUNATO (D.N.I. 12.381.731) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados:FORTUNATO, RICARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-03006566-9 Fdo. Dra. Prosecretaría.
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes TEOFILO NIEVA L.E. 3.963.613 y de NATIVIDAD ROMERO MORENO D.N.I. 92.055.454 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ROMERO MORENO, NATIVIDAD Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03001579-4 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. ROBLES LUCIO JOSE LUIS (D.N.I. 13.795.112) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROBLES, LUCIO JOSE LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” cuij 21-03005962-7, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante, MARTHA MARIA STANGAFERRO, (D.N.I. 9.968.459), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “STANGAFERRO, MARTHA MARIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21029955392 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ma Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ISABEL MAURI, D.N.I. 20.173.563 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MAURI, ISABEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 7” CUIJ 21030062571 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LAZZARO, SUSANA BEATRIZ, D.N.I. N °: 11.101.717 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "LAZZARO, SUSANA BEATRIZ S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21030046029).
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA INES EDITH FONTANA (D.N.I. 4.673.233), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FONTANA, MARIA INES S/ SUCESORIO” CUIJ 21-03006356-9, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN JOSE GOFFREDI L.E 2.187.469 y MARIA ELENA ALMADA D.N.I 1.102.442 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GOFFREDI JUAN JOSÉ Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-03006477-9). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CLAUDIA MARIA DE LUJAN GARCIA, D.N.I. 26.444.728 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARCIA, CLAUDIA MARIA DE LUJAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02999752-4). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 May. 13
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firmat
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco (Jueza), Secretaría a cargo de la Dra. Natalia P. Grillo (Secretaria), dentro de los autos caratulados BENSEGUES ANDRES HORACIO c/SOCIEDAD CIVIL “SUCESORES CARLOS CASADO” s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-26426280-9, se ha dispuesto lo siguiente: Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Ofíciese. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Firmat, de Mayo de 2026.
$ 100 560695 May. 13 May. 15
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casilda
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ª Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida y dentro de los autos caratulados BALONCHARD, CARINA EDIT Y OTROS c/ZINGALE, ANA MARIA Y OTROS s/DIVISION DE CONDOMINIO; 21-02996519-3, se le hace saber a los herederos de la Sra. ANA MARÍA ZINGALE, que se les cita y emplaza bajo apercibimientos de que en caso de que no comparecieren en término se les nombrara un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Fdo. Dra. Clelia Carina Gómez (Jueza); Dra. Viviana Guida (Secretaría).
$ 100 560830 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 7 Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación de la ciudad de Casilda, a cargo de la Dra. Laura Babaya Loria (JUEZA), secretaría de la Dra. Yanina Paola Scolari (Secretaria), en autos: “AGUIRRE, NANCY DEL VALLE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” cuij nº 21-25867333-3, se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y/o cualquier otro que se considere con derecho a los bienes de la causante, AGUIRRE, NANCY DEL VALLE, D.N.I Nº 14.159.934 para que comparezcan ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Casilda. Dra. YANINA PAOLA SCOLARI. Secretaria.-
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALFREDO JOSE FORNO, DNI N° M6.142.546 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “FORNO ALFREDO JOSE S/ SUCESORIO” CUIJ 21-25866404-0 (Expte. N° 526/2025)). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).
$ 45 May. 13
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cañada de gomez
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº Seis, Tercera Nominación, con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez (SF), a cargo del Dr. Sergio Verdura, Secretaría a cargo de la Dra. Corina Rabasedas, se hace saber que en los autos: UGUTEC SRL s/CONCURSO
PREVENTIVO; CUIJ Nº 21-26036224-8, mediante resoluciones Nº 47 de fecha 21 de abril de 2026 y Nº 72 de fecha 06 de mayo de 2026, se ha dispuesto lo siguiente: 1.- La apertura del concurso preventivo de UGUTEC SRL, CUIT Nº 30-71665870-4, con domicilio social en calle Juan Bautista Alberdi 311 de Correa y ad litem a los efectos del proceso concursal en calle callejón Carcarañá 733 de Cañada de Gómez, ambos del departamento Iriondo, provincia de Santa Fe; 2.- Fijar el día 02 de julio de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de Verificación acompañando los títulos justificativos de sus créditos. (art. 14 inc. 3 LCQ). 3.- Fijar el día 28 de agosto de 2026 para que el Síndico presente el Informe Individual de los créditos y el día 09 de octubre de 2026 para que el mismo presente el Informe General (art. 14 inc. 9 L.C.Q). 4.- Establecer que la fecha de vencimiento del período de exclusividad y la fijación de la audiencia informativa (Art. 14 inc. 10 LCQ) serán determinadas en su oportunidad, dictada que fuera la resolución del Art. 42 LCQ. - DATOS DE LA SINDICATURA CATEGORIA “A”: “Gaete, Marquez Silguero, Ochenasek”; siendo sus integrantes José Luis Gaete, D.N.I. 26.120.523, Contador Público inscripto en el C.P.C.E. de Santa Fe, matrícula 15.886, Mauro Javier Marquez Silguero, D.N.I. 34.166.410, Contador Público inscripto en el C.P.C.E. de Santa Fe, matrícula 19.481 y María de los Ángeles Ochenasek, D.N.I. 28.199.048, Contadora Pública inscripta en el C.P.C.E. de Santa Fe, matrícula 21.060. Domicilio constituido en calle Brown 35 bis de la ciudad de Cañada de Gómez. Contacto: teléfono 341-6572010, mail: “sindicatura@cosmos.ar”. Se hace saber que los pedidos de verificación de créditos se deberán efectuar mediante correo electrónico a la casilla “sindicatura@cosmos.ar”. Las solicitudes de verificación, documentación respaldatoria y comprobante del pago del arancel (CBU 0070075730004166822648, Alias sindicatura.gmo) -en caso de corresponder- deberán enviarse por correo electrónico a la casilla designada. Los pedidos de verificación de créditos deberán: (a) ser enviados única y exclusivamente a la dirección de email provista por la sindicatura a tal fin; (b) individualizar en el “asunto” el nombre del pretenso acreedor; (c) detallar en cada uno de los adjuntos, incluir el escrito de el cuerpo del correo electrónico entre los que necesariamente debe solicitud de verificación y la documental fundante de la pretensión verificadora; (d) contener un archivo denominado “arancel verificatorio”, con la constancia de la transferencia de la suma correspondiente al arancel; (e) denunciar, junto con la información identificatoria del acreedor que exige el art. 32 de la LCQ, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse en caso de ser necesario, a los fines previstos en el inc. d del art. 33 de la LCQ. A la documentación que se acompañe al pedido de verificación se le conferirá verosimilitud, en cuanto a su existencia y contenido, siempre y cuando se encuentre acompañada de la declaración jurada prestada por los insinuantes en la misma demanda de verificación, pudiendo el Juzgado requerir su exhibición cuando lo entendiera necesario. Cañada de Gómez, 7 de Mayo de 2026. Fdo. Dra. Corina Inés Rabasedas (Secretaria).
$ 100 560765 May. 13 May. 19
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº Seis, Tercera Nominación, con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez (SF), a cargo del Dr. Sergio Verdura, Secretaría a cargo de la Dra. Corina Rabasedas, se hace saber que en los autos: ALVAREZ, VERONICA CECILIA s/CONCURSO PREVENTIVO, CUIJ Nº 21-26035982-4 mediante resoluciones Nº 40 de fecha 14 de abril de 2026 y Nº 68 de fecha 04 de mayo de 2026, se ha dispuesto lo siguiente: 1.- La apertura del concurso preventivo de VERONICA CECILIA ALVAREZ, argentina, D.N.I. Nº 24.344.869, CUIT 27-24344869-2, con domicilio comercial en calle Juan Bautista Alberdi Nº 581, y domicilio real en Juan Manual de Rosas N° 890, ambos de la localidad de Correa, departamento Iriondo, provincia de Santa Fe; 2.- Fijar el día 26 de junio de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de Verificación acompañando los títulos justificativos de sus créditos. (art. 14 inc. 3 LCQ). 3.- Fijar el día 25 de agosto de 2026 para que el Síndico presente el Informe Individual de los créditos y el día 06 de octubre de 2026 para que el mismo presente el Informe General (art. 14 inc. 9 L.C.Q). 4.- Establecer que la fecha de vencimiento del período de exclusividad y la fijación de la audiencia informativa (Art. 14 inc. 10 LCQ) serán determinadas en su oportunidad, dictada que fuera la resolución del Art. 42 LCQ. - DATOS DE LA SINDICA: CPN ALEJANDRA BEATRIZ SARDINA, Matrícula 01.009010, con domicilio en calle Bv. Centenario Nº 951 de la ciudad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe. Horario de atención al público, de lunes a viernes 08:00 a 15:00 hs. Contacto: celular 341-4488059/342-5054957. Email: alejandra_bardina@hotmail.com. Cañada de Gómez, de Mayo de 2026. Fdo. Dra. Corina Inés Rabasedas, secretaria.
$ 300 560761 May. 13 May. 19
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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. de Circuito Nº 6 - DENOM.ANTERIOR-Ref. Ley 14264 SEC.UNICA, se hace saber que se ha dispuesto dentro de los caratulados: CASALI VICTOR HUGO c/BOLIS CATALINA CAROLINA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-22990248-9; Cítese y emplácese a BOLIS CATALINA CAROLINA DNI Nº 6.002.224, RAMON JOSE DEL CANTO DNI Nº 6.171.347 Y JUAN RAMON SANCHEZ DNI Nº 6.167.278, y/o herederos y/o sucesores y a toda persona que posea interés legítimo sobre el inmueble inscripto bajo el Tº 34 Fº 278 Nº 32897 Departamento Iriondo, ubicado sobre calle Av. Camino de la Posta Nº 370 de Bustinza a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley, y conforme a lo normado por el art. 597 del C.P.C. Dr. SERGIO W. VERDURA (Juez); Dra. CORINA RABASEDAS (Secretaria), Cañada de Gómez, FEBRERO de 2026.
$ 33 560679 May. 13 May. 15
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "DOTTORI, NÉLIDO DOMINGO y Otros s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036414-3), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes NÉLIDO DOMINGO DOTTORI (DNI N° 6.156.022) y SEGUNDINA ELVIRA SABATINI (DNI N° 6.013.980), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “LUX MARIA ANGELICA s/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-26036360-0), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA ANGELICA LUX (DNI N° 2.833.062), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Carolina Kauffeler (Secretaria).
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "PIETRANI, RICARDO ANTONIO s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036408-9), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO ANTONIO PIETRANI (DNI N° 6.613.789), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "PERASSI, SABRINA JOSEFA y Otro s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26036335-9), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes SABRINA JOSEFA PERASSI (DNI N° 5.094.435) y LUIS ALBERTO MENDOZA (DNI N° 11.101.710), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "JÄGER, GUILLERMO s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26035072-9), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUILLERMO JÄGER (DNI N° 26.375.893), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1era Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los caratulados “CARUSO ELIAS OSCAR S/ SUCESORIO", CUIJ 21-26036461-5, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELÍAS OSCAR CARUSO (DNI 4.706.963), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal.-
$ 45 May. 13
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 6 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. Julieta Gentile, Jueza y DRA. CAROLINA LUCIA KAUFFELER, Secretaria, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de DANIEL HECTOR MERCURI, DNI Nº 10.157.938 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. DRA. CAROLINA LUCIA KAUFFELER, Secretaria.-
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "VIDAL, JUAN MANUEL s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036398-8), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN MANUEL VIDAL (DNI N° 4.708.770), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 May. 13
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san lorenzo
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2ª NOMINACION DE SAN LORENZO - Dr. Guillermo Roldán, Juez Subrogante, dentro de los autos caratulados: SANLOCOM SRL s/PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR; CUIJ 21-25448544-3, se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 06/05/2026, N° 801. Y VISTOS... FALLO: 1) Declarar la quiebra a SANLOCOM S.R.L., CUIT 20-68091989-1, con domicilio en Ruta 11 y Congreso de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe. 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concursales, oficiándose. 3) Anotar la inhibición General del fallido en el Registro General, en el Registro de la propiedad automotor y/o que corresponda, oficiándose. 4) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquel en su poder a ponerlos a disposición del Síndico. 5) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 6) Interceptar la correspondencia dirigida al deudor, entregándose la misma al síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y repartición que corresponda. 7) Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de éste Tribunal hasta la presentación del Informe General por la Sindicatura, efectuándose a tales fines las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del art. 103 de la L.C.Q. 8) Desapoderar al fallido de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss y concds de la ley 24.522). 9) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo del deudor, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 10) Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de recibido, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la ley 24.522. 11) Clasificar el proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico, a sus efectos desígnase audiencia del día 13 de mayo de 2026 a las 10,00 hs. Las fechas para cumplimiento de lo prescripto por el art. 88 última parte, se fijarán por auto ampliatorio de la presente, aceptado que fuera el cargo por el Sr. Síndico. 12) Disponer se comunique la presente al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, la DGI, al API, a la Municipalidad de San Lorenzo y a quien corresponda, oficiándose. 13) Publicar edictos conforme los dispuesto en el art. 89 de la L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días. 14) Librar los despachos que fueran menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 de la ley 24.522 (reformado por art. 7 de la ley 26086) ordenando la remisión al Juzgado de la quiebra si correspondiere. 15) Encomendar a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados, bajo apercibimiento de ley. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Guillermo Roldán (juez subrogante); Dra. Melisa Peretti (secretaria). El presente tramitará sin cargo y deberá realizarse dentro de las 24 horas de recepcionado.
S/C 560740 May, 13 May. 19
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Por disposición del Juzgado de Circuito de San Lorenzo y en autos SANTI SILVIA DELIA c/HOFER ESTHER Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-25436525-1, se hace saber que se dictó el siguiente decreto: SAN LORENZO, 16 de Abril de 2026 Proveyendo escrito cargo Nº 3097/26: 1) Agréguese edicto e informe del RPU acompañado. 2) Previo a lo solicitado atento a que la cédula dirigida a la demandada MARIA ELOISA SCHUDEL fue recibida según informe del oficial notificador por “Anahí Dominguez”, notifique en debida forma. 3) Cítese y emplácese a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley a quienes revistan el carácter de herederos ah intestato, testamentarios y/o legatarios de CLAUDIO CESAR HOFER DNI 6.179.297. Notifíquese por edictos conforme lo dispuesto por los arts. 597 y 73 del CPCCSF. 4) A lo demás solicitado, opoetunamente y de corresponder. Fdo. Dra. Lara Belén Favro (Secretaria); Dr. Javier Bértora Juez subrogante.
$ 100 560752 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juzg. 1ª Instancia de Circuito, se hace saber que se ha dispuesto dentro de los caratulados: COMUNA SERODINO c/MERCIEL JOSE s/APREMIO CUIJ Nº 21-23369105-1: SAN LORENZO, 17 de Octubre de 2024; Proveyendo escrito cargo Nº l1891: por recibidos en 101 fs. Por presentada, en el carácter que invoca a mérito del poder especial acompañado. Otórguesele la participación legal correspondiente. Denuncie correo electrónico de cortesía a los efectos que por ley hubiere lugar; no obstante a fin de cursar las notificaciones electrónicas y entre profesionales por Autoconsulta Online será de aplicación el Reglamento de sistema de notificaciones por medios electrónicos con firma digital aprobado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia el 07-03-2019, Acta Nº 7 p. 11 y Acuerdo de fecha 01/12/2020, Acta Nº 43 de notificación entre profesionales matriculados por Autoconsulta Online vigente a partir del 09/12/2020. Acompañe boleta colegial ley 10727 en el plazo de 3 días hábiles de notificado del presente, todo bajo apercibimiento de correr vista u oficiar a las Cajas Profesionales respectivas, lo expuesto en la hermeneútica interpretativa de la tópica expuesta -rectius, cumplimiento del deber de boleta colegial- a la sazón de las premisas concluyentes del decisorio dictado in re “Perez, Jimeno Guillermo Enrique c/Telecom Argentina SA s/Daños y Perjuicios, Excma. Cámara de Circuito de la Sala de Rosario, Sala Única. Atento el tiempo transcurrido desde la última actuación jurisdiccional dentro de los presentes caratulados, se ordena notifíquese por cédula a todas las partes intervinientes de conformidad con lo normado en los arts 38 y 62 inc 3 del CPCyC de Santa Fe, bajo los apercibimientos de ley. Haciéndose saber que no se autorizará en ningún caso la notificación postal del art. 66 CPCC Santa Fe en los presentes caratulados, por lo que se ordena que todas las notificaciones por cédula deberán realizarse a través del Sr. Oficial Notificador del Juzgado, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda. Respecto de la notificación por cédula, se instruye expresamente al oficial notificador que sólo se encontrará facultado de proceder a fijar la cédula (art. 63 CPCC Santa Fe) para el caso de que recabe la debida información de vecinos u otras personas que el sujeto procesal respecto al cual se dirige la notificación se encuentra allí efectivamente domiciliado. SAN LORENZO, 16 de Abril de 2026; Agréguense las cédulas acompañadas. Atento a lo informado, procédase a la notificación del decreto de fecha 17/10/2024, por edictos, en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe. Dr. JAVIER PEDRO BÉRTORA (Juez); Dra. LARA BELÉN FAVRO (Secretaria). San Lorenzo, Marzo de 2026.
$ 175,32 560681 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Nº 12 de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, se ha ordenado publicar edictos por el término de ley. San Lorenzo, 03 de Febrero de 2026. En corolario a lo dispuesto por los arts. 24 inc. 1) ley 14.159 y 597 del CPCCSF, cítese y emplácese por edictos a quienes revistieren el carácter de titulares registrales y/o eventuales herederos no declarados a saber: 1) SEDGFIELD DOROTEA MARIA, 2) BOARDMAN ISABEL MARIA; 3) BOARDMAN JOHN FREDERICK; y 4) BOARDMAN RICARDO ROBERTO, de quienes resultan titulares registrales de los inmuebles objeto de los presentes y/o de toda otra persona que se entienda con derechos de propiedad y/o posesión respecto de los lotes 17 de la manzana 23 dominio inscripto en el Registro General bajo el Tomo 112, Folio 178, N° 066591, Año 1960, Departamento San Lorenzo, en el Registro General de Rosario; todo con el objeto de que comparezcan en autos, y eventualmente hagan valer los derechos que en la hipótesis consideren les corresponda o asistan en la causa judicial de referencia y bajo los apercibimientos legales intitulados en la norma de rito civil y comercial santafesina (art. 76 y 77 de CPCyC Santa Fe). Notifíquese por edictos de conformidad a lo dispuesto por el art. 73 CPCC. Fdo. Dr. Javier Pedro Bértora (Juez Subrogante); Dra. Lara Belén Favro (Secretaria). Autos: MARQUEZ MIGUEL Y OTROS c/SEDGFIELD DOROTEA MARIA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-25436378-9.
$ 52,50 560677 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, en los autos caratulados: OVIEDO JOSE LUIS s/USUCAPION; 21-25342634-6, Expte: 39/2015, se ha ordenado publicar edicto en el BOLETIN OFICIAL, según art. 73 del CPCCSTAFE con transcripción que así lo ordena respecto de la demandada SOCIEDAD DAMAS PROTECTORAS DEL HOSPITAL CARRASCO: San Lorenzo, 8 de junio 2015. Por presentado, domiciliado, en el carácter expresado, a mérito del poder especial acompañado que se agrega. Por iniciada la presente acción a la que se imprimirá el trámite ordinario. Cítese y emplácese a la demandada, mediante una cédula para cada persona, a comparecer a estar a derecho por el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley. “y OTRO: SAN LORENZO, 24 de Febrero de 2026. Agréguese la documental acompañada. De la ampliación de la demanda, téngase presente. Notifíquese. Téngase por designado depositario. Ofíciese a los fines solicitados, encontrándose autorizado el peticionante al diligenciamiento del mismo. OTRO: SAN LORENZO, 09 de Abril de 2026. Atento lo peticionado y en el marco de lo ordenado por el art. 73 cpccsf emplácese a la demandada SOCIEDAD DAMAS PROTECTORAS DEL HOSPITAL CARRASCO por edictos como se solicita. Fdo. Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, Juez; Dra. LUZ MARIA GAMST, Secretaria. Dra. Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 52,50 560674 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2° Nominación, Secretaría Unica, de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VENTURINI RENE JUAN ANTONIO DNI 6.167.570 y la causante VENTURA CARMEN SILVERIA OLGA DNI 2.393.616 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VENTURINI RENE JUAN ANTONIO Y OTROS S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ 21-25448650-4.
$ 45 May. 13
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, en autos caratulados: “LANATI SUSANA ALBINA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ Nº: 21- 25448832-9, llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, doña: LANATI SUSANA ALBINA, D.N.I: 4.757.491, y don GEMINALE EDUARDO JESUS, D.N.I: 6.184.842; por treinta días para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos. En caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. - San Lorenzo, de Mayo de 2026.- Fdo. Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez) - Dra. Luz M. Gamst (Secretaria).
$ 45 May. 13
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villa constitución
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO Nº 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diogenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/FERESSIN ALDO Y OTRA s/APREMIO FISCAL; Expte. N° 21-23486834-6, se cita al Sr. FERESSIN ALDO D.N.I. 12213621 y PONCE MARIA CRISTINA D.N.I. 94016817 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón Nº 142406 Partida Inmobiliaria Nº 19-1800418260201, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 10 de Abril de 2026. Dra. Analia Vicente, Secretaria.
$ 100 560850 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO Nº 14 de Villa Constitución a cargo del Dr. Diogenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/VILLORDO NORMA Y OTRO s/APREMIO FISCAL; Expte. Nº 21-23486747-1 se cita al Sr. VILLORDO NORMA LEONARDA D.N.I. 12.642.624 y CHEREY RAMON EMILIANO D.N.I. 23.663.638 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón Nº 95950 Partida Inmobiliaria Nº 19-18004172190002, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 10 de Abril de 2026. Dra, Analía Vicente, secretaria.
$ 100 560849 May. 13 May. 15
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO Nº 14 de Villa Constitución a cargo del Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/VILAR WALTER Y OTRA s/APREMIO FISCAL; Expte. Nº 21-23486746-3, se cita al Sr. VILAR WALTER HUGO D.N.I. 17.646.772 y GUIDI MARIELA LUCIA D.N.I. 18.427.705 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón Nº 912233 Partida Inmobiliaria Nº 19-18004181230161, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 10 de Abril de 2026. Dra. Analia Vicente, secretaria.
$ 100 560847 May. 13 May. 15
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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 14 de la Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución, en los autos caratulados JUAREZ SUSANA ELIDA c/SCOZZIERO ROGELIO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; 21-25611039-0, Nº Expediente: 795/2014, se hace saber que en fecha 9 de marzo de 2026 se ha dictado la sentencia Nº 178 que dispuso Hacer lugar a la acción instaurada en autos respecto del inmueble descripto como ...El inmueble es de forma regular y se encuentra ubicado a 54.93 m de la intersección de las calles Gral Dorrego y Pellegrini. Mide 10.00 m metros de frente al sueste sobre calle Pellegrini; al noreste 51.83m; al noroeste 10.00m; y al sudoeste 51.83m. Linda al noreste con la posesión del Sr. Eduardo Canaglia; al noroeste con el inmueble de la Sra. Patricia Caturegli; al Sudoeste con el inmueble del Sr. Mercuri Riccieri; y al sudeste con calle Pellegrini. Abarca una superficie total de QUINIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA DECÍMETROS CUADRADOS, dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al Tomo 224, Folio 268, Nº 261167, Dpto. Constitución y al Tomo 250, Folio 461, Nº 398771, Dpto. Constitución, partida inmobiliaria Nº 19-16-00-418097/0041-7, declarando probada la quieta, pública y pacífica posesión “animus domini” del mismo por parte de la actora Susana Elida Juárez, DNI 12.037.860 desde el primero de febrero de 1980 y por consiguiente, declarar que procede la adquisición del inmueble por parte del mismo, a quien previo cumplimiento de los recaudos de ley, se le otorgará el título definitivo. 2) Costas a la actora. 3) Acreditado que fuere el avalúo fiscal actualizado del inmueble en cuestión, la posición frente al ARCA de los profesionales intervinientes, y la estimación (art. 4 ley 6767) se regularán sus honorarios. 4) Notifíquese la presente por cédula y por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal por e1 término de ley. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. LISANDRELLO (JUEZ); MALGERI (SECRETARIO).
$ 100 560814 May. 13 May. 15
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Se hace saber que por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia en 1ª Instancia en lo Civil Comercial de la 2ª Nom., David Lisandrello, Secretaria de Dr. Darío Malgeri, en los autos caratulados LEZCANO, BRENDA BETIANA c/PONCE, MARIO ALBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-25660482-2, en fecha 25/3/2026, se ha dictado el siguiente decreto: Villa Constitución. Atento lo informado por Mesa de Entradas, no habiendo comparecido los herederos del demandado Mario Alberto Ponce a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificados, decláreselos rebeldes y prosigan el juicio sin su representación. Para el sorteo de Defensor de Oficio, fijase audiencia el día 23 de abril de 2026 a las 9 hs. Notifíquese por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto con el arts. 67 y cc del CPCC. A lo demás, en su oportunidad. Y otro decreto el día 30/4/2026 se ha decretado que para el sorteo de Defensor de Oficio, fijase audiencia el día 03 de julio de 2026 a las 9 hs. Notifíquese por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto con el arts. 67 y cc del CPCC. LEZCANO, BRENDA BETIANA c/PONCE, MARIO ALBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-25660482-2. Dr. Darío Malgeri, secretario.
$ 100 560813 May. 13 May. 15
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la lª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, notifica a los acreedores y/o legatarios de ROSA BOCCOLI, ISABEL BOCCOLI y MARIA TERESA CORONA, pese a encontrarse notificados según informe del actuario en este acto decláreselos rebeldes y siga el juicio sin su representación. (Expte. CUIJ Nº 21-25578663-3, ORSETTI MARIA ANTONIA c/HEREDEROS DE PEDRO BOCCOLI Y OTROS s/USUCAPION; N° 21-25578663-3, ORSETTI MARIA ANTONIA c/HEREDEROS DE PEDRO BOCCOLI Y OTROS s/USUCAPION. Secretaría, Villa Constitución, de 2026.
$ 100 560645 May. 13 May. 19
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nro. 14 en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados “FRANCO ANGEL ISMAEL S/ SUCESORIO” CUIJ 21-25661395-3, cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de ANGEL ISMAEL FRANCO por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dr. Alejandro Danino, Secretario.-
$ 45 May. 13
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez del Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 1ra. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Rosso Juez, Dra. Olmedo Secretaria, se cita, llama y emplaza por el término de ley a herederos, acreedores y legatarios de Doña OLMEDO, ELSA MARIANA, D.N.I. N° 26.170.199 para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: “OLMEDO, ELSA MARIANA S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-24625436-9. Fdo.- Dra. Rosso Juez, Dra. Olmedo Secretaria.
$ 45 May. 13
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 1ra. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Rosso Juez, Dra. Olmedo Secretaria, se cita, llama y emplaza por el término de ley a herederos, acreedores y legatarios de Don ORELLANOS FROILAN, D.N.I. N° 10.059.743 para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: “ORELLANOS FROILAN S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-24625397-5.- Dra. Rosso Juez, Dra. Olmedo Secretaria. Venado Tuerto.
$ 45 May. 13
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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1era. Nominación de Venado Tuerto, Secretaria de la Dra. Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. Hilda Gladys Coradazzi, D.N.I.11.118.578, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, de de 2026. “ CORADAZZI, Hilda Gladys s/ SUCESORIO” , Expte. CUIJ 21-24624930-7
$ 45 May. 13