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PROVINCIA DE
SAN JUAN
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SAN JUAN
JUZGADO 11va CIVIL, COMERCIAL
Y MINERIA
El Poder Judicial de San Juan, Juzgado 11va Nominación en lo Civil, Comercial y Minería, a cargo de la Jueza: Dra. Amanda Rosa Días, domiciliado en Jujuy 64 Norte -Anexo Jujuy Torre 1 (este) 4° Piso Email: juzciv11-sjn@jussanjuan.gov.ar. Comunica: AUTOS Nº 162933/C11 caratulados "ENCINA ANGEL RAUL c/ __ s/ ADQUISICION DE DOMINIO POR USUCAPION ABREVIADO" ha ordenado citar por edictos a la SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL JOSE PAVIOLO LIMITADA (titular registral), sus sucesores y/o presuntos interesados en el bien inmueble que se pretende usucapir ubicado en el Departamento de Angaco, calle Nacional s/n, con Nomenclatura Catastral 11-60-260130, con destino para vivienda, cuyos límites y linderos son: NORTE: con N. C. 11-60-270130 ptos. 2-3 mide 89,75 mts; SUR: con N.C. 11-60-250130 ptos. 1-4 mide 95,39 mts; ESTE: con calle De La Estación ptos. 3-4 mide 29,78 mts; y OESTE: con calle de Eva Perón Ptos. 1-2 mide 29,17 mts; para que en el plazo de quince (15) días -a contar desde la última notificación- comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial en caso de incomparecencia (art. 634 del C.P.C.-Ley 2415 -O). Publíquese Edictos por dos (2) días en Boletín Oficial y en un diario comercial de alta circulación de la Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. Fdo: Dra. Amanda Rosa Días– Jueza. - San Juan 01 de abril 2026.
S/C 49111 Jun. 03 Jun. 05
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SANTA FE
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JUZGADO LABORAL
Por disposici6n del Juzgado de Primera Instancia Laboral de la Cuarta Nominación en autos caratulados NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/RAQUEL CATALINA IMHOFF Y OTROS s/CONSIGNACIÓN; (CUIJ Nº 21-04817493-8), se cita por un día a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante (Sr. Walter Oscar Pona DNI 17.728.528) a efectos que comparezcan y tomen la debida intervención en el proceso, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Se transcribe el decreto que así lo ordena: SANTA FE, de Abril de 2026. {...) Asimismo. cítese por edictos a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, que se publicarán conforme lo dispuesto por el art. 2340 del C.C. y C. a efectos que comparezcan y tomen la debida intervención en el proceso, bajo apercibimientos de ley (...). Fdo. Dra. Silvina P. Melchiori (secretaria); Dr. Nicolás A. Occhi (Juez).
S/C 561661 Jun. 3 Jun. 5
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 SECRETARÍA, ÚNICA de la Ciudad de Santa Fe en autos caratulados: CUIJ Nº 21-10766872-9: SCOTTA JUAN CARLOS c/CAVALLO SILVIA GRACIELA s/CESE DE CUOTA ALIMENTARIA, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 7 de mayo de 2026. Téngase presente lo manifestado. Agréguese. A los mismos fines e idénticos apercibimientos que los ordenados mediante decreto del 17/03/2026, 06/04/2026, 15/04/2026 y 30/04/2026, señálese nueva fecha para el día 08 de junio de 2026, a las 09:00hs. Notifíquese. Fdo. Dra. LIDIA FERNANDA BENSEGUES, JUEZA; Dra. MARIA LUCILA CRESPO, SECRETARIA. Dra. María Luján Miranda, prosecretaria.
$ 100 561634 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 6 Secretaria Única de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados DOMINGUEZ CAROLINA GUADALUPE c/VALPONDI, WALTER JAVIER s/ALIMENTOS; CUIJ 21-25166873-3, Año 2024, se ha dispuesto lo siguiente: SANTA FE, 30 de Abril de 2025. Téngase presente la renuncia formulada por la Dra. María Florencia Cwynar, en relación al poder que oportunamente se le otorgara (fs.2). Intímese a la poderdante a comparecer con nuevo patrocinio o apoderado en el término de ley, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Adolfo Drewanz, Secretario; Fernando A. Gastiazoro, Juez. Otro decreto: SANTA FE, 15 de mayo de 2026; Proveyendo escrito cargo Nº 5911/2026: Por recibida contestación del oficio oportunamente diligenciado al RENAPER. Agréguese y hágase saber. Sin perjuicio de ello, atento constancias de autos, a los fines solicitados por la Dra. Cwynar en fecha 08/05/2026 (mediante escrito cargo Nº 5528/2026), publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones de los arts. 67 y 73 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Adolfo Drewanz, Secretario; Fernando A. Gastiazoro, Juez.
$ 100 561695 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6, Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados GONZALEZ, CESAR DAVID c/AGUIRRE, FABIANA NATALIA s/NULIDAD DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD; (CUIJ 21-10722513-4), se le notifica al Sr. Cesar David Gonzalez, DNI 33.625.789, el decreto proveído en los autos mencionados, a saber: SANTA FE, 24 de abril de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 4660/2026: Téngase presente. Pasen autos a resolver. Notifíquese por cédula (art. 62, inc. 7 del C.P.C.C.). Fdo. Dr. Fernando Gastiazoro (Juez); Dr. Adolfo J.M. Drewanz. Otro decreto: SANTA FE, 11 de Septiembre de 2025. Previo a proveer lo solicitado, atento lo informado por la Secretaria Electoral, el RENAPAR, y el Oficial Notificador mediante cédula adjunta al escrito cargo Nº 10855/2025, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones de los arts. 67 y 73 del C.P.C.C., a los fines de notificar el proveído de fecha 4 de julio de 2025 al Sr. Cesar David González. Notifíquese. Fdo. Dr. Fernando Gastiazoro (Juez); Dr. Adolfo
J.M. Drewanz.
$ 100 561727 Jun. 3
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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 2, Dr. Esteban G. Masino, Secretaría Única a cargo del Dr. Germán F. Allende, sito en calle San Jerónimo Nº 1551, 2º Piso, de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL y en la página web del Poder Judicial (Sección Edictos Digitales) a los fines de NOTIFICAR al demandado Sr. GERARDO ALFREDO ROMERO, D.N.I. Nº 17.722.482, la resolución dictada en autos: LINARES, MARIO EDUARDO c/ROMERO, GERARDO ALFREDO s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-12153853-6). A continuación se transcribe la resolución y el decreto que así lo ordena: SANTA FE, 30 de Abril de 2.026. Y VISTOS: (...). RESULTA: (...) CONSIDERANDO: (...) RESUELVE: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda y, en consecuencia, condenar a Gerardo Alfredo Romero, a abonar a Mario Eduardo Linares en el término de diez días contados a partir de la firmeza de este pronunciamiento, las sumas e intereses dispuestos en los Considerandos VI y VII del mismo. 2) Imponer las costas como se determina en el Considerando VIII del presente, difiriendo la correspondiente regulación de honorarios. Insértese, protocolícese, notifíquese y, oportunamente, archívese. Fdo. Dr. Esteban Masino, Juez; Dr. Germán Allende, Secretario. SANTA FE, 18 de Mayo de 2.026. Como lo solicita, autorízase a notificar la sentencia recaída en autos al demandado Gerardo Alfredo Romero (defensora de ausentes Dra. Cavalieri) por edictos, los que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL y en la página web del Poder Judicial (sección Edictos Digitales). Notifíquese. Fdo. Dr. Esteban Masino, Juez; Dr. Germán Allende, Secretario. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y en Hall de Tribunales. La presente goza del beneficio de gratuidad. Art 333 C.P.C.C. Santa Fe, 19 de Mayo de 2.026. Germán F. Allende, secretario.
S/C 561662 Jun. 3 Jun. 5
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MONJE, MARIA DE LOS ANGELES s/QUIEBRA” Cuij N° 21-02046681-9 Año 2024, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la SEPTIMA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en fecha 29 de octubre 2025 se ha dictado la CONCLUSION DE LA QUIEBRA (art. 227 y 228 L.C..Q) y el cese de las restricciones e inhibiciones oportunamente dispuestas en el marco del presente proceso sobre Sra. MARIA DE LOS ANGELES MONJE, DNI 28.416.002. Ordenando su publicación en Boletín Oficial por dos días. Firmado digitalmente DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS Juez y DRA. ROMINA SOLEDAD FREYRE Secretaria.
S/C 561991 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “VILLAVERDE, JULIAN OMAR s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-02059358-7), se ha dispuesto lo siguiente “SANTA FE, 20 de abril de 2026. Y VISTOS... CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de JULIAN OMAR VILLAVERDE, argentino, mayor de edad, DNI 27.204.746, CUIL 20-27204746-5, domiciliado realmente en Manzana 7 Bº Alto Verde y con domicilio procesal constituido en Obispo Gelabert Nº 3140 int 2, ambos de la ciudad de Santa Fe.10) Fijar el día 12 de Junio de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 11 de Agosto de 2026, como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos, y el 23 de Septiembre de 2026 o el día hábil inmediato posterior para que presente el informe general.” Firmado: Dra. María Romina Kilgelmann (jueza).El Síndico designado es el CPN DANIEL ANIBAL VIDAURRE, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416 de la ciudad de Santa Fe y fija días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3412413997.Sin perjuicio de que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado (Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416) hago saber que se recepcionaran igualmente en formato digital mediante el siguiente correo danielvidaurre@gurfinkel.com.ar. DELFINA MACHADO, PROSECRETARIA.
S/C 561512 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “AICARDI, SILVANA PAOLA s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21- 02057256-3) se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 15 de diciembre de 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la Quiebra de Aicardi, Si/vana Paola, DNI 31610592, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en calle Europa 8722, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle Boulevard Gálvez 1674, ambos de esta ciudad de Santa Fe”. FIRMADO: Dr. José Ignacio Lizasoain (juez).”SANTA FE, 07 de mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO ... RESUELVO: Atento lo solicitado y a los fines de garantizar la validez y eficacia de los actos procesales, el Juzgado Resuelve: Señalar el día 3.7.2026 como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico; el 3.9.2026 para que la Sindicatura presente los informes individuales y el 30.10.2026, o el día hábil siguiente si el mismo resultare inhábil, para la presentación del informe general. Publíquense edictos con las nuevas fechas”. FIRMADO: José Ignacio Lizasoain (Juez). El Síndico designado es la CPN MÓNICA CRISTINA DI IORIO, con domicilio constituido en calle Remedios de Escalada de San Martin 3416, de la ciudad de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3415115667 y su correo monicadiiorio@gurfinkel.com.ar.
S/C 561515 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “MAZZA, CATRIEL MAXIMILIANO s/Quiebra” (CUIJ: 21-02058919-9), se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 26 de febrero de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1) Declarar la Quiebra de Catriel Maximiliano Mazza, DNI 39.658.508, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en Calle Las Heras 1930, de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle 25 de Mayo Nº 2126, Piso 2do - Oficina “A” de esta Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.” Firmado: Dr. José Ignacio Lisazoain (juez).”Santa Fe, 08 de mayo de 2026.... Atento lo solicitado y a los fines de garantizar la validez y eficacia de los actos procesales, el Juzgado Resuelve: señalar el día 25/06/2026 para que los acreedores presentes las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, el 24/08/2026 para la presentación del informe individual y el día 05/10/2026 para la presentación del informe general. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Notifíquese.” Firmado: Dr. José Ignacio Lisazoain (Juez).Se hace saber que se ha designado como sindica a la CPN MONICA CRISTINA DI IORIO con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3412413997 y su correo, monicadiiorio@gurfinkel.com.ar. Nestor Tosolini, secretario.
S/C 561516 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “IBARRA, MAXIMILIANO NICOLAS s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21·02055960-5) se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 30 de diciembre de 2025. VISTOS... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1) Declarar la Quiebra de Maximiliano Nicolás Ibarra, DN.I 39.127.280, argentino, empleado, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Frutos Nº 1806, de la ciudad de Santo Tomé, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle República de Siria Nº 9487, de esta ciudad de Santa Fe. 10) Fijar el día 25.3.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Designar el día 27.4.2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado y el día 9.6.2026 o el día hábil inmediata posterior si resultare feriada para que presente el informe general.” Firmado: DR. JOSÉ IGNACIO LISAZOAIN (Juez).La Síndica concursal designada es la CPN Mónica Cristina Di Iorio, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416 de la ciudad de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas. Su teléfono es 341 2413997. La modalidad para presentar los pedidos de verificación es virtual a través de su correo,: monicadiiorio@gurfinkel.com.ar. Nestor Tosolini, secretario.
S/C 561517 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “BUSTAVER, CLAUDIO FABIAN s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ Nº 21-02060694-8 – AÑO 2026), la siguiente resolución: “Santa Fe, 15 de mayo de 2026 (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Claudia Fabián Bustaver, DNI N° 36.012.938 con domicilio real en calle López 5073 de la localidad de Monte Vera y domicilio legal en calle 25 de mayo 2144 esta ciudad. S. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177. inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 20/05/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 24/07/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 10/08/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 08/09/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 20/10/26 para la presentación del Informe General.19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 28 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86).” Fdo: Ivan G. Di Chiazza (Juez). 15 de Mayo de 2026. Piazzo Secretaria.
S/C 561400 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “ACEVEDO, JUAN EDUARDO s/Pedido de Quiebra” (CUIJ: 21-02059059-6) se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 27 de abril de 2026. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1°) Declarar la quiebra del Sr. Juan Eduardo Acevedo, DNI Nº 24.278.800, CUIL 20-24.278.800-2, argentino, domiciliado realmente en calle Lamadrid 1212 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 8°) Fijar hasta el día 03/07/2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9º} Fijar los días: 17/08/2026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 28/09/2026 para la presentación de los informes individuales; y el 25/11/2026 para la presentación del informe general.” Firmado por: Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria) - Dr. Rodrigo Ureta Cortes (juez a cargo).El síndico designado es el CPN Oscar Eduardo Querede, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416 de la ciudad de Santa Fe, y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997.Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que selecionaran igualmente en formato digital a través del siguiente: correo oscarquerede@gurfinkel.com.ar.
S/C 561511 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “MAZZA, CATRIEL MAXIMILIANO s/Quiebra” (CUIJ: 21-02058919-9), se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 26 de febrero de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1) Declarar la Quiebra de Catriel Maximiliano Mazza, DNI 39.658.508, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en Calle Las Heras 1930, de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle 25 de Mayo Nº 2126, Piso 2do - Oficina ‘’.A” de esta Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.” Firmado: Dr. José Ignacio Lisazoain (juez).”Santa Fe, 08 de mayo de 2026.... Atento lo solicitado y a los fines de garantizar la validez y eficacia de los actos procesales, el Juzgado Resuelve: señalar el día 25/06/2026 para que los acreedores presentes las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, el 24/08/2026 para la presentación del informe individual y el día 05/10/2026 para la presentación del informe general. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Notifíquese.” Firmado: Dr. José Ignacio Lisazoain (juez).Se hace saber que se ha designado como sindica a la CPN MONICA CRISTINA DI IORIO con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997 y su correo, monicadiiorio@gurfinkel.com.ar. Tosolin, secretario.
S/C 561514 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “IBARRA, MAXIMILIANO NICOLAS s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21-02055960-5) se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 30 de diciembre de 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1) Declarar la Quiebra de Maximiliano Nicolás Ibarra, DNI 39.127.280, argentino, empleado, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Frutos Nº 1806, de la ciudad de Santo Tomé, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle República de Siria Nº 9487, de esta ciudad de Santa Fe”. FIRMADO: Dr. José Ignacio Lizasoain (juez). “SANTA FE, 14 de mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Atento lo solicitado y a los fines de garantizar la validez y eficacia de los actos procesales, el juzgado Resuelve: Señalar el día 24.6.2026 como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Sindico; el 24.8.2026 para que la Sindicatura presente los informes individuales y el 5.10.2026, o el día hábil siguiente si el mismo resultare inhábil, para la presentación del informe general. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Asimismo, atento lo requerido, constitúyase con el saldo de la cuenta judicial abierta en autos depósito de Plazo Fijo a 30 días renovable automáticamente, a la orden de este Juzgado y para éstos autos. Ofíciese al Nuevo Banco de Santa Fe -Agencia Tribunales- a sus efectos, acompañando oficio a la firma para su posterior diligenciamiento por Secretaría”. FIRMADO: Dr. José Ignacio Lizasoain (juez). El Síndico designado es la CPN MÓNICA CRISTINA DI IORIO, con domicilio constituido en calle Remedios de Escalada de San Martin 3416, de la ciudad de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3415115667 y su correo monicadiiorio@gurfinkel.com.ar. Tosolini,secretario.
S/C 561513 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados LARRAGUETA, SILVIA VIVIANA s/QUIEBRA; (CUIJ 21-02059412-5) en fecha 31.03.2026, mediante resolución registrada bajo el Nº 93, Año 2026, se ha consignado de manera incorrecta el domicilio real de la fallida en calle Caperrouge 947 de la ciudad de Santo Tomé, cuando el correcto es Chapeaurouge 947 de Santo Tomé. Como consecuencia, se ha dictado en fecha 20/05/2026 la aclaratoria pertinente, por lo que corresponde ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez); Dra. Freyre (Secretaria).
S/C 561602 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados LARROSA, CRISTIAN FERNANDO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02060581-9), se ha declarado la quiebra en fecha 20/05/2026 de CRISTIAN FERNANDO LARROSA, DNI Nº 27.705.559, argentino, apellido materno PIERINI, mayor de edad, domiciliado realmente en calle San Martín Nº 3284, de la ciudad de Santo Tome y legalmente en calle 25 de Mayo Nº 2589, piso II, oficina. “III”, de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 27/05/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 23/07/2026. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez); Dra. Freyre (Secretaria).
S/C 561603 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados SENA, ROQUE RAMON s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02061156-9), se ha declarado la quiebra en fecha 20/05/2026 de ROQUE RAMON SENA, DNI Nº 13.188.762, argentino, apellido materno ALMADA, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Saavedra Nº 3927, de la ciudad de Santo Tome y legalmente en calle 1 de Mayo Nº 2940, piso 1, oficina. “B”, de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 27/05/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Sindico hasta el día 23/07/2026. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez); Dra. Freyre, (Secretaria).
S/C 561604 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados NIETO ROMERO, JULIA VANESA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02061168-2), se ha declarado en fecha 20/05/2026 la quiebra de Julia Vanesa NIETO ROMERO, D.N.I. 31.602.483, mayor de edad, empleada, apellido materno NIETO, domiciliada realmente en calle 1º de Mayo 2145 de la ciudad de Laguna Paiva, y con domicilio ad lítem constituido en calle San Jerónimo 1695 Planta Alta, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 03/06/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 3l/07/2026. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez); Dra. Freyre (Secretaria).
S/C 561605 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados RICO, MARIA SOLEDAD s/QUIEBRA; (CUIJ 21-02059794-9), se ha declarado la quiebra en fecha 20/05/2026 de MARIA SOLEDAD RICO, de apellido materno “Oronales”, DNI Nº 32.221.666, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en calle Alfonso Duran Nº 3991, de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle 4 de enero Nº 2556 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 27/05/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 23/07/2026. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez), Dra. Freyre (Secretaria).
S/C 561606 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: AGUILAR, EXEQUIEL LEONARDO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; Expte. CUIJ 21-02060140-7, se ha dispuesto en la resolución de fecha 19/05/2026: 1) Declarar la quiebra del Sr. AGUILAR, EXEQUIEL LEONARDO, argentino, mayor de edad, D.N.I. 35.570.010, domiciliado realmente en calle Santiago de Chile Nº 1259, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle 1 de Enero Nº 93, Piso 3 - 11 Torre 3 (Puerto Amarras), de esta ciudad; 2) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 27 de mayo de 2026 a las 10.00 horas, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017; 5) Fijar hasta el día 13 de agosto de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria; 6) Fijar los días: 14 de septiembre de 2026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 28 de octubre de 2026 para la presentación de los informes individuales; y el 28 de diciembre de 2026 para la presentación del informes General; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo. Dra. Dellamónica, secretaria; Dr. Rodrigo Ureta Cortes, Juez. Mayo de 2026. Dra. Alina Prado, prosecretaria.
S/C 561608 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos HERRERA, ELSA BEATRIZ s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02061103-8 - AÑO 2026), la siguiente resolución: Santa Fe, 19 de mayo de 2026. (...) resuelvo: l. Declarar la quiebra de Elsa Beatriz Herrera, DNI Nº 28.487.282, con domicilio real en Manzana 13 Pasaje 13 S/N Alto Verde de la ciudad de Santa Fe y domicilio legal en calle Amenábar 3066 Depto. 1º de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 20/05/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 24/07/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 10/08/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 08/09/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 20/10/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas {acordada Nº 195, punto 29 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza, Juez. Santa Fe, 19 de Mayo de 2026.
S/C 561610 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos MATTERZON, ALBERTO HIPOLITO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ N° 21-02061025-2 - AÑO 2026), la siguiente resolución: Santa Fe, 19 de mayo de 2026 (...) resuelvo: l. Declarar la quiebra de Alberto Hipolito Matterzon, DNI Nº 17.339.740, con domicilio real en calle Vieytes 3875 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle 25 de Mayo 2423 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 20/05/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 24/07/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 10/08/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 08/09/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 20/10/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez). Santa Fe, 19 de Mayo de 2026.
S/C 561611 Jun. 3 Jun. 9
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Autos: BLESSING, CARLOS FABIAN s/QUIEBRAS; (CUIJ 21-02052994-3), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios síndico: pesos un millón ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y cuatro ($ 1.847.644) (más 10% de aportes); Honorarios patrocinante de la sindicatura: pesos novecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco ($ 994.885) (más el 13% de aportes); Honorarios patrocinante del fallido: pesos un millón doscientos dieciocho mil doscientos veintisiete ($ 1.218.227) (más el 13% de aportes). Santa Fe, 19 de Mayo de 2026. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 561612 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación, se hace saber que en los autos AMARILLA, MERCEDES s/QUIEBRA; (CUIJ 21-02059609-8), se ha dispuesto: SANTA FE, 11 de Mayo de 2026. Y VISTOS:...; Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de MERCEDES AMARILLA DNI F 6.160.058, apellido materno Escobar, viuda, domiciliada realmente en Esteban Maradona 245, esquina La Rioja, Recreo Sur y legalmente en H. Damianovich 6671, Santa Fe... 12) Fijar el día 02/07/26, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 20/07/2026, como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 14) Señalar el día 18/08/2026, como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 29/09/2026, para la presentación del Informe General... 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89
L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Fdo. Dra. Verónica Toloza (Secretaria); Dr. Gabriel O. Abad (Juez). Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Se hace saber que el síndico designado en autos es el CPN Waldo Raúl Finos, con domicilio constituido en Moreno Nº 2308 - Oficina 8A de la ciudad de Santa Fe, fijando días y horarios de atención para la recepción de verificaciones de lunes a viernes de 9.00 hs. a 14.00 hs. o a través del correo cpn.waldofinos.sindicatura@gmail.com. Santa Fe, 18 de Mayo de 2026. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 561613 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MACIEL, MARISOL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02059229-7, atento lo ordenado en fecha 12 de Mayo de 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra de la Sra. MARISOL MACIEL D.N.I. N° 35.021.115 (CUIL Nº 27-35021115-8), de apellido materno Classio, dependiente del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE SANTA FE; domiciliada realmente en calle Córdoba s/n de localidad de Arroyo Aguiar, provincia de Santa Fe; domicilio procesal en calle Corrientes 3229, departamento 3 de esta ciudad. 2º) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3º)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4º)- Se ha fijado hasta el día 23 de Julio de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5º) Se ha designado síndico al C.P.N. Luis Ramón Fernandez, con domicilio en Av. Juan José Paso Nº 3248 y domicilio electrónico luisfernandezvallejos@hotmail.com. Fdo. Dra. MARIA ROMINA BOTTO, Secretaria; CARLOS MARCOLIN Juez a/c. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 21/05/2026. Santa Fe, 21 de Mayo de 2026. María Romina Botto, secretaria.
S/C 561627 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Sr. Juez a cargo, Dr. Carlos Federico Marcolín, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, (Secretaría Dra. María Romina Botto), hace saber que en los autos caratulados ZUMOFFEN, LEANDRO GABRIEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA CUIJ 21-02059155-9, atento lo ordenado en fecha 19 de Mayo 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra de Sr. LEANDRO GABRIEL ZUMOFFEN, DNI Nº 35.448.922, de apellido materno OZUNA. 2º) Se ordena al fallido y a terceros la entrega a la síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue a la Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 23 de Julio 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndica C.P.N. LILIANA ESTER TACCETA con domicilio constituido en calle Juan José Paso Nº 3248, de esta ciudad, domicilio electrónico pytcontadores@hotmail.com Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez a cargo; Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria). Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 21 de Mayo de 2026. Dra. María Romina Botto, secretaria.
S/C 561628 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Sr. Juez a cargo, Dr. Carlos F. Marcolin del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados IBAÑEZ, MICAELA GIMENA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02058355-7, atento lo ordenado en fecha 12 de Mayo 2026, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: lº)- Se ha declarado la quiebra de Sra. MICAELA GIMENA IBAÑEZ D.N.I. Nº 32.376.147; CUIL Nº 27-32376147-2, de apellido materno SUAREZ. 2º) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 23 de Julio 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndico al C.P.N. CRISTIAN DANIEL ESCOBAR con domicilio constituido en calle Corrientes Nº 3521 de esta ciudad, domicilio electrónico crisdiver@hotmail.com Fdo. Dr. Carlos F. Marcolín, Juez a cargo; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 21 de Mayo de 2026. Dra. María Romina Botto, secretaria.
S/C 561629 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Sr. Juez a cargo, Dr. Carlos Federico Marcolín, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados SAUCO, MACARENA MADELAINE s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA CUIJ 21-02060771-5, atento lo ordenado en fecha 19 de Mayo 2026, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra de la Sra. MACARENA MADELAINE SAUCO DNI Nº 41.407.998, CUIL 27-41407998-4 de apellido materno BENITEZ. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima a la deudora para que entregue a la Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquella acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 23 de Julio de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndico al C.P.N. JORGE OMAR NINFI con domicilio constituido en calle Pasaje Koch Nº 1057, Dpto. 2 de esta ciudad, domicilio electrónico inaudi2009@hotmail.com Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez a cargo; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 21 de Mayo de 2026. Dra. María Romina Botto, secretaria.
S/C 561630 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Sr. Juez a cargo, Dr. Carlos F. Marcolin del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ORTIZ, LUIS RUBEN s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA CUIJ 21-02060124-5, atento lo ordenado en fecha 19 de Mayo 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra del Sr. LUIS RUBEN ORTIZ D.N.I. Nº 28.988.027 (CUIL Nº 20-28988027-6), de apellido materno PIEDRABUENA. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 23 de Julio 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndico al C.P.N. CRISTIAN DANIEL ESCOBAR con domicilio constituido en calle Corrientes Nº 3521 de esta ciudad, domicilio electrónico crisdiver@hotmail.com Fdo. Dr. Carlos F. Marcolín, Juez a cargo; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 21 de Mayo de 2026. Dra. María Romina Botto, secretaria.
S/C 561632 Jun. 3 Jun. 9
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Autos: PONCE DE LEON, GLORIA GUADALUPE s/PEDIDO DE QUIEBRA; (CUIJ 21-02049938-6), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación de la readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios síndico: pesos un millón novecientos ochenta y nueve mil setecientos setenta con sesenta y tres centavos ($ 1.989.770,63) (más 10% de aportes); Honorarios patrocinante de la sindicatura: pesos ochocientos cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho con ochenta y cuatro centavos ($ 852.758,84) (más el 13% de aportes); Honorarios patrocinante de la fallida: pesos un millón doscientos dieciocho mil doscientos veintiséis con noventa y dos centavos ($ 1.218.226,92) (más el 13% de aportes). Santa Fe, 20 de Mayo de 2026. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
$ 100 561651 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MOREYRA, ROSA ADELINA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (Expte. N° 21-02061161-5), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 21/05/26. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de ROSA ADELINA MOREYRA, DNI 24.050.134, nacionalidad argentina, domiciliada realmente en calle Mendoza 4889, de la ciudad de Santa Fe y legal en calle San Gerónimo 1695, Planta Alta, de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 27/05/26 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 20/07/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 29/08/26 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 10/10/26 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Javier Deud, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 21/05/26. Ana Inés Xanuttini, prosecretaria.
S/C 561686 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados RUIZ, GISELA CAROLINA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02060753-7, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 21/05/26. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de GISELA CAROLINA RUIZ, DNI 26.064.720, argentina, domiciliada realmente en calle Blas Parera 6108 Casa 1 B” Villa Hipódromo y legal en calle Ituzaingo 1108, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 27 de mayo a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 20/07/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 31/08/26 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 13/10/26 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Javier Deud, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 21/05/26. Ana Inés Xanuttini, prosecretaria.
S/C 561687 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados NAPOLE, ROSANA LORENA FRANCISCA s/QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-01959679-3), se ha ordenado la publicación de edictos por el término de 2 días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe conforme lo dispone el artículo 218 de la ley N° 24.522, haciendo conocer la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución. -A tal fin, se transcriben la resolución y el proveído que lo ordenan: SANTA FE, 18 de Mayo de 2026. Téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 195. De manifiesto por el termino de ley. Publíquense edictos de Conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Dr. Ivan G. Di Chiazza (Juez); Daniela G. Piazzo (Secretaria). Santa Fe, 20 de Mayo de 2026.
S/C 561689 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación, se hace saber que en los autos FERREYRA, JOSE RAMON s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02060600-9), se ha dispuesto: Santa Fe, 21/5/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de JOSÉ RAMÓN FERREYRA, argentino, mayor de edad, viudo, D.N.I. 20140179, apellido materno NICHEA, domiciliado realmente en Pasaje Público 557 de la localidad de Helvecia, y fijando domicilio legal en calle Pedro Díaz Colodrero 2595 de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 27 de mayo de 2026 a las 11.00 hs. 13) Fijar el día 25 de junio de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 23 de julio de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 21 de agosto de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 05 de octubre de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (Secretario); Dr. CARLOS MARCOLIN Juez. Santa Fe, 21 de Mayo de 2026.
S/C 561706 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados CUEVAS, RICARDO EXEQUIEL MAXIMILIANO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02059997-6), se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 14 de Mayo de 2026. RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Ricardo Exequiel Maximiliano Cuevas, argentino, DNI Nº 33.077.953, CUIL 20-33077953-6, apellido materno Duarte, estado civil soltero, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado según dice en calle Gorostiaga 4245 y constituyendo domicilio legal en calle Amenábar 3066 - Dpto. 1, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 20 de mayo de 2026 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día jueves 06 de agosto de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día viernes 09 de octubre de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día jueves 26 de noviembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16 - Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentarías comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275, incs. 1 y 2 de la Ley de Concursos y Quiebras, con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Dr. Francisco José Depetris, (Juez); OTRO DECRETO: Santa Fe, 21 de Mayo de 2026. Habiendo resultado sorteada la CPN María del Pilar Piva, con domicilio en Salvador del Carril 1412 - Planta Alta, correo electrónico: pilipiva@hotmail.com para intervenir como síndico en autos CUEVAS, RICARDO EXEQUIEL MAXIMILIANO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02059997-6) desígnasela en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 561707 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MALDONADO, FLAVIA LUCRECIA s/QUIEBRA; (CUIJ 21-02060763-4), se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 19 de Mayo de 2026. RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Flavia Lucrecia Maldonado, argentina, DNI Nº 31.244.824, CUIL 27-312484-l, apellido materno Acosta, estado civil divorciada, empleada adminsitrativa, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, domiciliada en calle Alberdi 392 - Barrancas - Dpto. San Jerónimo y constituyendo domicilio legal en calle La Rioja 3212, de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Oficiese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 20 de mayo de 2026 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día jueves 06 de agosto de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día viernes 09 de octubre de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día jueves 26 de noviembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. De Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275, incs. l y 2 de la Ley de Concursos y Quiebras, con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Dr. Francisco José Depetris. (Juez) OTRO DECRETO: Santa Fe, 21 de Mayo de 2026: Habiendo resultado sorteada la CPN María Eugenia Pellegrini, con domicilio en Juan de Garay 2855, correo electrónico: eugepellegrinil@gmail.com para intervenir como síndico en autos MALDONADO, FLAVIA LUCRECIA s/QUIEBRA; (CUIJ 21-02060763-4) desígnasela en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 561708 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados Ferreyra, Andrés Ricardo s/Quiebra; CUIJ 21-02060925-4, se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 19 de mayo de 2026. RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Andrés Ricardo Ferreyra, argentino, DNI Nº 29.401.845, CUIL 20-29401485-0, apellido materno Montiel, estado civil soltero, empleado dependiente de la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, domiciliado en calle Gorostiaga Pavón 2345 - Barrio Guadalupe y constituyendo domicilio legal en calle Alvear 6024, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 20 de mayo de 2026 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día jueves 06 de agosto de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día viernes 09 de octubre de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día jueves 26 de noviembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275, incs. 1 y 2 de la Ley de Concursos y Quiebras, con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la API (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Dr. Francisco José Depetris (Juez) OTRO DECRETO: SANTA FE, 21 de mayo de 2026. Al cargo Nº 5444: Habiendo resultado sorteada la CPN Nancy Cristina Ortíz, con domicilio en calle Alberdi 4655, correo electrónico: ncortiz@hotmail.com para intervenir como síndico en autos Ferreyra, Andrés Ricardo s/Quiebra; (CUIJ 21-02060925-4) desígnasela en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 561710 Jun. 3 Jun. 9
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados PERALTA, CINTIA SOLEDAD s/PEDIDO DE QUIEBRA; CUIJ 21-01986003-2, que tramitan en el Juzgado de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente por el término de dos (2) días de conformidad con lo establecido en el art. 218 de la Ley 24522 haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: SANTA FE, 15 de mayo de 2026. Téngase por presentado Proyecto de Distribución Complementario. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dra. MARIA ALFONSINA PACOR ALONSO Secretaria. El Proyecto de Distribución complementario dispone Honorarios C.P.N. Marcela Maldonado en la suma de $ 388.133,58; Aportes al Consejo Profesional de Ciencias Económicas en la suma de $ 38.813,36.
S/C 561711 Jun. 3 Jun. 9
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados Guerrero Mayra Alicia del Rosario s/Quiebra; Expte. 21-02050412-6 que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el INFORME FINAL Y PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN presentada por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ) y REGULACION dE HONORARIOS por $ 2.842.529,47 a la CPN Sandra Cerina y $ 1.218.226,92 a la Dra. Flavia Betiana Martín. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Álvarez Jueza; Dra. Sandra Silvina Romero, Secretaria.
S/C —(56150)— Jun. 3 Jun. 4
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Por así estar dispuesto en los autos “BONACCI LAUTARO NICOLAS S/ QUIEBRA - 21-02058322-0” La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. Viviana Naveda Marco, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 18 de Mayo de 2026.- AUTOS Y VISTOS:... ; CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Bonacci Lautaro Nicolás, apellido materno Enrique, argentino, D.N.I. 39.125.349, CUIL 20-39125349-9, mayor de edad, empleado, con domicilio real en Tomas Lubary 1207 de la ciudad de Santo Tomé y legal en calle Amenábar 3066 Dpto. 1° de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/05/2025 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contadas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndese a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 24/07/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facultase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 10/08/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 08/09/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 21/10/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio Ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de implementar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Monti Alejandro Rubén en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza.
S/C 561738 Jun. 3 Jun. 9
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Por así estar dispuesto en los autos: MONTOSA CECILIA INES S/ QUIEBRA” CUIJ Nº 21-02059337-4, la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Viviana Naveda Marcó, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 19 de Mayo de 2026. AUTOS Y VISTOS:…; CONSIDERANDO:…; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Cecilia Inés Montosa, apellido materno Lingua, argentina, D.N.I. Nº 30.487.750, CUIL 27-30487750-8, mayor de edad, empleada, con domicilio real según dice en calle Córdoba 1953 y legal el calle Sara Faisal 1705 of 2A, ambos de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder: Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/05/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir; cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la Empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndese a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 24/07/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltese a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 10/08/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 08/09/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/10/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio Ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior: 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de libra, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Firmado Digitalmente: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza”. CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 06 de Mayo de 2026 para estos autos, resultó sorteada el Síndico C.P.N. IGNACIO PACHECO HUBER, con domicilio en La Tatenguita Lote 4 – 5 Mza. de la ciudad de Santo Tome. Ma. Marcela Romagnoli, Secretaria.
S/C 561737 Jun. 3 Jun. 9
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Por así estar dispuesto en los autos: “GOMEZ MARCELO IGNACIO S/ QUIEBRA (Expte. Nº 21-02058556-8)“ La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. Viviana Naveda Marcó, ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 19 de Mayo de 2026.- AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de Marcelo Ignacio Gómez, apellido materno Lezcano, argentino, D.N.I. Nº 36.724.845, CUIL Nº 23-36724845-9, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Frutilla Americana Nº 1835 de la localidad de Coronda y legal en calle General López Nº 3162 de la ciudad de Santa Fe. 2°) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universa/es, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3º) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4°) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q. 5°) Disponer la prohibición de hacer pagos a/fallido, los que serán ineficaces. 6°) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7º) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8°) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9°) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10º) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/05/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.-Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12°) Fijar el día 24/07/26, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13º) Fijar el día 10/08/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14º) Señalar el día 08/09/26 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/10/26 para la presentación del Informe General. 15º) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra e/fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio Ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17º) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18º) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.-“ FDO: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza. Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Edgardo Pedro Moschitta, en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza.- Dra. María Marcela Romagnoli, Secretaria.
S/C 561736 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Segunda Nominación Dr. Javier F. Deud, Secretaría a cargo de la Dra. Silvina Inés Díaz, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: “GAMBOA, PABLO ALEJANDRO S/ PEDIDO DE QUIEBRA - CUIJ Nº: 21-02056445-5”, haciendo saber que ha sido designado como Síndico el C.P. Alfio Martín Ré, con domicilio en San Martín 3464 de la ciudad de Santa Fe, fijando como días y horas de atención, de lunes a viernes de 7.30 a 14.30 horas. Santa Fe, 31 de Marzo de 2020.
S/C 561717 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación Dr. Carlos Federico Marcolin, Secretaría a cargo del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: “VERA, ALCIDES EMIR S/ QUIEBRA - CUIJ Nº: 21-02059242-4”, haciendo saber que ha sido designado como Síndico el C.P. Fabio Antonio Airasca, con domicilio en San Martín 3464 de la ciudad de Santa Fe, fijando como días y horas de atención, de lunes a viernes de 8.00 horas a 15 horas. Santa Fe, 04 de Mayo de 2026.- Pablo C. Silvestrini, Secretario.
S/C 561719 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación Dr. Carlos Federico Marcolin, Secretaría a cargo del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: “PEREZ, RODRIGO FERNANDO S/ QUIEBRA - CUIJ Nº: 21-02060059-1”, haciendo saber que ha sido designado como Síndico el CPN Fabio Antonio Airasca, con domicilio en San Martín 3464 de la ciudad de Santa Fe, fijando como días y horas de atención, de lunes a viernes de 8 a 15 horas. Santa Fe, 18 de mayo de 2026.- Pablo C. Silvestrini, Secretario.
S/C 561720 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 9na. Nom. del Distrito Judicial Nº 1, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: MALDONADO, FLORENCIA SOLEDAD S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - CUIJ Nº 21-02060755-3, se ha ordenado publicar el presente haciendo saber que, en las citadas actuaciones ha sido designada Síndica la CPN Marcela Ma. Alicia Nardelli. Se ha fijado hasta el día 24/06/2026 para la presentación de las solicitudes de verificación de créditos y títulos pertinentes a la sindicatura, en el domicilio de calle San Martín 2515 -Piso 3- Dpto. “A”- Santa Fe, en el horario de 8 a 12 hs. y 17 a 19 hs., dirección de correo electrónico: marcelanardelli@fibertel.com.ar, a fin de que los interesados puedan dirigirse para hacer las consultas necesarias para el proceso de verificación de créditos. Se han establecido, además, las siguientes fechas 24/08/2026 para la presentación del informe individual de los créditos, y 05/10/ 026, o el día hábil siguiente sí el mismo resultare inhábil, para la presentación del informe general. Notifíquese. Fdo.: José Ignacio Lizasoain (Juez). Néstor A. Tosolini, Secretario.
S/C 561726 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: “MIÑO, CELINA ANABEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ N° 21-02061184-4 - AÑO 2026), la siguiente resolución: “Santa Fe, 21/05/2026 (...) Resuelvo: 1. Declarar la quiebra de CELINA ANABEL MIÑO, DNI Nº 38.727.135, con domicilio real en calle José Doldán N° 5928 de la ciudad de Santa Fe y domicilio legal en calle San Gerónimo 1695 Planta Alta esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencia!. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 27/05/25 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 30/07/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 14/08/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 14/09/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 26/10/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86).” Fdo.: Iván G. Dichiazza {Juez) - Daniela Piazzo - (Secretaria). Santa Fe, 21 de Mayo 2026.
S/C 561739 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: MAZZA, MARIA SOLEDAD S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA, CUIJ 21-02055916-8, en fecha 21/05/2026: se ha ordenado: RESUELVO. Prorrogar los plazos establecidos en la resolución de declaración de quiebra de MARIA SOLEDAD MAZZA DNI 24.214.920 de fecha 27/10/2025 y establecer las siguientes fechas: el día 20/07/2026, como fecha hasta la cual pueden presentarse las solicitudes de verificación; el día 01/08/2026, como fecha hasta la cual se pueden presentar las observaciones a los créditos, el día 25/08/2026, para la presentación del Informe Individual y el día 06/10/2026 para la presentación del Informe General. Informar, asimismo, la sindicatura designada: ADRIANA RAQUEL BONAPARTE domicilio en calle URQUIZA Nº 1.591, 1º Piso, Dpto. “A” de esta ciudad de Santa Fe, E-mail: abonapar@fce.unl.edu.ar, donde atenderá de lunes a viernes en el horario de 9,30 a 12 hs. Firmado: GABRIEL ABAD – JUEZ - DRA. VERONICA TOLOZA – SECRETARIA.
S/C 561740 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: BROLLO, ALEXIS MAXIMILIANO S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, CUIJ 21-02058581-9, se han reprogramado las fechas del proceso. El decreto que ordena esta publicación expresa: “SANTA FE, 18 de Mayo de 2026.... Téngase presente lo manifestado. Atento lo peticionado y constancias de autos, se reprograman las fechas para la verificación de los créditos y la presentación de los informes de la siguiente manera: 1- Fijar el día 22/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 2- Fijar el día 21/07/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 3- Señalar el día 19/08/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 30/09/2026 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). Publíquense edictos a los fines de hacer saber las nuevas fechas dispuestas. Notifíquese. Fdo: Dra. Ma. Romina Kilgelmann (Jueza a cargo). Santa Fe, 22 de Mayo de 2026.
S/C 561742 Jun. 3 Jun. 9
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos “GUZZO, MARCELO FABIÁN C/ RUBIO, ELSA MABEL S/ APREMIO” CUIJ 21-02058519-3, se cita de remate a la demandada, Elsa Mabel Rubio, DNI 12.237.867, con la prevención de que si dentro del término de ley no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución; conforme a lo ordenado en el siguiente decreto: “SANTA FE, 05 de Febrero de 2026.- Proveyendo escrito cargo N° 316/26: Con los autos invocados como conexos que se tienen a la vista, se provee escrito inicial: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal correspondiente. Téngase por promovida demanda de APREMIO por cobro de la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SETENTA Y UN MIL (U$S171.000) más intereses y costas, contra ELSA MABEL RUBIO, a quien se cita de remate con la prevención de que si dentro del término de ley no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución. Trábese embargo sobre los bienes inmuebles denunciados, siempre que se encontraren inscriptos a nombre de la demandada, hasta cubrir el capital reclamado, con más el 20% estimado provisoriamente para intereses y costas. A esos efectos, líbrese oficio ley 22.172 al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Corrientes, autorizándose a los propuestos al diligenciamiento. Téngase presente la reposición obrante a fs. 39. Notifíquese.- FDO.: Dr. GABRIEL ABAD, JUEZ.” Lo que se publica a sus efectos legales en el Boletín Oficial y se exhibe conforme ley 11.287 y acordada del 07.02.96, acta nº 3. Santa Fe, 2 de Junio de 2026.- Fdo.: Dra. Natalia Gerard. Prosecretaria.
$ 150 562231 Jun. 03 Jun. 05
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos “RADKIEVICH, PABLO ADRIÁN C/ RUBIO, ELSA MABEL Y OTROS S/ APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS” CUIJ 21-02058520-7, se cita de remate a los demandados, Elsa Mabel Rubio, DNI 12.237.867 y Rino Coassin, DNI 92.453.899, con la prevención de que si dentro del término de ley no oponen excepción legítima se llevará adelante la ejecución; conforme a lo ordenado en el siguiente decreto: “SANTA FE, 06 de Febrero de 2026.- Proveyendo escrito cargo N° 317/26: Con los autos invocados como conexos que se tienen a la vista, se provee escrito inicial: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal correspondiente. Téngase por promovida demanda de APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS de la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($191.520.729,69) más intereses y costas, contra ELSA MABEL RUBIO y RINO COASSIN, a quienes se cita de remate con la prevención de que si dentro del término de ley no oponen excepción legítima se llevará adelante la ejecución. Trábese embargo sobre los bienes inmuebles denunciados, siempre que se encontraren inscriptos a nombre de la demandada ELSA MABEL RUBIO, hasta cubrir el capital reclamado, con más el 40% estimado provisoriamente para intereses y costas. A esos efectos, líbrese oficio ley 22.172 al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Corrientes, autorizándose a los propuestos al diligenciamiento. Téngase presente lo manifestado en relación al sellado de la demanda. Notifíquese.- FDO.: Dr. GABRIEL ABAD, JUEZ.” Lo que se publica a sus efectos legales en el Boletín Oficial y se exhibe conforme ley 11.287 y acordada del 07.02.96, acta nº 3. Santa Fe, 2 de Junio de 2026.- Fdo.: Dra. Natalia Gerard. Prosecretaria.
$ 150 562229 Jun. 03 Jun. 05
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nom. de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: GONZALEZ, JESICA YATMELI Y OTROS s/SUMARIA INFORMACIÓN; (Expte. CUIJ Nº 21-0205238-1), NOTIFICA al Sr. Eduardo Gonzálcz, DNI 29.483.262, del decreto de fecha 08/05/25 que a continuación se transcribe el decreto que asi lo ordena en su parte pertinente: Santa Fe, 08 de Mayo de 2025. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada formal DEMANDA DE SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO - art. 69 y 70 del C.C.C., que tramitará según las normas del proceso sumarísimo (art. 413 y ss y cc del CPCC SF). Téngase presente la prueba ofrecida y la reserva efectuada. Cítese y emplácese a EDUARDO GONZALEZ, por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a contestar la demanda y ofrecer prueba, bajo apercibimientos de que si no lo hiciere se dictará sin más trámite y conforme a Derecho la sentencia que corresponda. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes durante dos meses de conformidad con lo dispuesto por el arl. 70 del CCyCN. Désc intervención al Ministerio Público. En caso de resullar necesario, a fin de conocer el actual domicilio del demandado, librense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la camara Nacional Electoral o al Registro Público, según corresponda. Notifíquese. Fdo. Dra. Gisela Beadez (Secretaria); Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez).
S/C 558673 Jun. 03
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Autos: “PONCE DE LEON, GLORIA GUADALUPE S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ 21-02049938-6), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación de la readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios síndico: pesos un millón novecientos ochenta y nueve mil setecientos setenta con sesenta y tres centavos ($1.989.770,63) (más 10% de aportes); Honorarios patrocinante de la sindicatura: pesos ochocientos cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho con ochenta y cuatro centavos ($852.758,84) (más el 13% de aportes); Honorarios patrocinante de la fallida: pesos un millón doscientos dieciocho mil doscientos veintiséis con noventa y dos centavos ($1.218.226,92) (más el 13% de aportes).
Santa Fe, 13 de Mayo de 2026.- Sin Cargo Art. 273 inciso 8, Ley 24.522
S/C 561253 Jun. 03 Jun. 09
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: OLIVA, ROCIO DE LOS ANGELES S/ QUIEBRA, CUIJ 21-02040363-9 Año 2023, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la UNDECIMA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en fecha 13 abril 2026 se ha dictado la CONCLUSION POR PAGO TOTAL y el CESE de INHABILITACION, restricciones e inhibiciones oportunamente dispuestas en el marco del presente proceso sobre Sra ROCIO DE LOS ANGELES OLIVA, DNI 31.069.644. Santa Fe, 13 de abril de 2026. Firmado digitalmente Dra Ana Rosa Alvarez (Jueza) y Dra Sandra Silvina Romero (Secretaria).
S/C 561994 Jun. 03 Jun. 09
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MERLO, HECTOR MARTIN S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA CUIJ 21-01996008-8 Año 2018, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha dictado la CONCLUSION POR PAGO TOTAL y el Cese de las restricciones e inhibiciones oportunamente dispuestas en el marco del presente proceso sobre Sr. MERLO HECTOR MARTIN, DNI 26.924.473. Santa Fe, 02 de junio de 2025. Firmado digitalmente Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez) Dra. Gisela Soledad Beadez (Secretaria).
S/C 561993 Jun. 03 Jun. 08
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: FANTINI, SERGIO EDGARDO S/ PEDIDO DE QUIEBRA (CUIJ N°21-01988944-8 – Tramitación digital)” Año 2017, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución N°390 Año 2025 de fecha 30 de octubre 2025 se ha dictado la CONCLUSION POR PAGO TOTAL (art. 228 in fine LCQ) y el cese de las restricciones e inhibiciones oportunamente dispuestas en el marco del presente proceso sobre Sr. SERGIO EDGARDO FANTINI, DNI 28.828.076. Firmado digitalmente DR. CARLOS FEDERICO MARCOLIN- Juez A/C y DRA. MA. ROMINA BOTTO – Secretaria.
S/C 561992 Jun. 03 Jun. 09
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Por disposición del Sr. Juez de primera Instancia de Distrito Judicial Nº1 en lo Civil y Comercial de la decimocuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados "SANTILLAN PABLO EXEQUIEL S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (Expte. N°21-02059660-8) se ha declarado la quiebra del Sr. PABLO EXEQUIEL SANTILLAN, DNI. N°32.871.790, mayor de edad, empleado, apellido materno Villalba, domiciliada realmente en calle Avellaneda 4701 de la ciudad de Santa Fe, con domicilio ad litem constituido en calle La Rioja 2441 – Piso 1 Of 84, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe
Síndica designada: CPN Marisa Haydee Tofful, con domicilio en 4 de Enero 3220 de la ciudad de Santa Fe – e-mail: marisa.tofful@estudiopimat.com.ar, horario de atención a los pretensos acreedores en días hábiles Lunes a Viernes de 14 a 18hs. Fijar el día 12.06.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de créditos al Síndico, designar el día 18.08.2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual de los créditos o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado y la del 24.09.2026 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Insértese, Hágase saber.-. … Firmado: - Dra. Lorena Huter: Secretaria; Dr. José Ignacio Pastore: Juez A/C.
$ 1 562004 Jun. 03 Jun. 09
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Por disposición de fecha 13/08/2025 dictada en autos ROMERO INGUI, Edgardo R. c/CARRIZO, Angélica Del Valle s/COBRO DE PESOS (Sumario, Expte. CUIJ Nº 21-15797276-3 - Año 2024, radicado en el Juzgado de la Primera Circunscripción Judicial- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de la ciudad de Santa Fe (Provincia de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la causante ANGÉLICA del VALLE CARRIZO (CUIL 27-05709580-1), para que comparezcan a hacer valer sus derechos en nombre y representación de la demandada en los autos y ante el Juzgado mencionados, el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 03 de Febrero de 2026. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez) y Dra Gisela Beadez (Secretaria).
$ 100 561684 Jun. 3 Jun. 5
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En los autos: CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL INMUEBLE DE CALLE PRIMERO DE MAYO Nº 1900, 1906, 1910 ESQUINA CALLE CORRIENTES Nº 2896 DE LA CIUDAD DE SANTA FE c/SUC. DE PEDROZO DE VENTURA, TERESA AGUSTINA s/JUICIO EJECUTIVO; CUIJ 21-16270168-9, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito de Santa Fe, Secretaría a mi cargo, con domicilio en San Gerónimo 1551, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: SANTA FE, 09 de diciembre de 2025. Por entablada demanda ejecutiva tendiente al cobro de $ 821.704,86 con más sus intereses y costas contra los sucesores de la Sra. Teresa Agustina Pedrozo de Ventura, a quienes atento a las constancias de autos y de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 del CPCC, se cita y emplaza para que dentro del término de tres (3) días de notificados comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cíteselos por edictos que se publicarán tres (3) veces en el BOLETIN OFICIAL y en la página web del Poder Judicial y cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Fdo. Dr. José Ignacio Pastare, Juez; Laura Maydana, Secretaria. Santa Fe, 5 de marzo de 2026.
$ 100 561647 Jun. 3 Jun. 4
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Por haberlo dispuesto la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se notifica a la empresa EL SABOR S.A., que en los autos caratulados: (Expte. Nº CUIJ 21-00833914-4) - TRANSPORTE SCURATO c/EL SABOR S.A. s/APREMIO, de trámite por ante dicho Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 08 de mayo de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 4198/2026: De manifiesto y por el término de cuatro días el acta de subasta y la liquidación practicada. Autos en secretaría. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana E. Naveda Marco, Jueza. Santa Fe, 21 de mayo de 2026.
$ 100 561770 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe (Pcia. de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Sra. INES SEGUNDA OLAGUIBE, titular del DNI 4.384.940, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: FRANCO DE D’URSO RITA NOEMI c/OLAGUIBE HUGO ALBERTO Y OTROS s/JUICIO DE ESCRITURACIÓN; (CUIJ 21-00990300-0). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 13 de Mayo de 2.026. Dra. Alina Prado, prosecretaria. Dra. Dellamónica, secretaria.
$ 100 561601 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, Rafaela, se hace saber que por Resolución dictada en fecha 14 de Mayo de 2.024 en los autos caratulados: Expte. CUIJ 21-00870764-9 - AMHERDT GLADYS ROSA Y OTROS c/ROMANO MARIA s/ORDINARIO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, en trámite por ante el Juzgado de la referencia se hizo lugar a la demanda promovida por los actores Gladys Rosa Amehrdt (sus herederos) y Juan Alberto Albrecht declarando operada a su favor la prescripción adquisitiva respecto del inmueble ubicado en el pueblo de Sauce Viejo, que según Plano de Mensura Nº 0048430 confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Arón E. Waisman Tello de la Ciudad de Santa Fe, consiste en una fracción de terreno ubicada en la comuna de San Jerónimo del Sauce ubicado en calle San Miguel S/N, y que de acuerdo al plano de mensura forma una superficie de 6753,44m2, lindando al Norte con calle San Miguel (Pav.); al Sur con calle de la paz (S/Pav.): al Este con calle Segunda (S/Pav.); al Oeste con calle Primera (S/Pav.), todos de la misma manzana, el cual se encuentra empadronado a los fines del Impuesto Inmobiliario bajo la Partida Nº 09-31-00-092485/00003, ordenándose la inscripción del inmueble mencionado a nombre de los actores por ante el Registro General de la Propiedad con asiento en la ciudad de Santa Fe, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Hall de la Planta Baja de este Tribunal por el término de ley. Santa Fe, 20 de Mayo de 2.026. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, (Secretaria).
$ 100 561600 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. Romero, se ha dispuesto hacer saber lo siguiente: SANTA FE, 20 de mayo de 2026. Y VISTOS: Los inconvenientes operativos que genera la acumulación en el Juzgado de documental correspondiente a causas que no registran actividad procesal desde hace un tiempo considerable; se hace necesario adoptar medidas conducentes a un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible, lo que redundará en una mejor prestación del servicio de Justicia. Y CONSIDERANDO: A los fines enunciados precedentemente, corresponde ordenar la destrucción de documental, pliegos, alegatos y cualquier otro tipo de documento que no esté agregado al expediente físico propiamente dicho presentados y reservados en Secretaría con anterioridad al 1 de febrero de 2016, respecto de los expedientes que no hayan registrado movimiento alguno con anterioridad a dicha fecha y/o expedientes iniciados en cualquier año que cuenten con sentencia firme. Ello en virtud de existir una fuerte presunción en cuanto a que nadie tiene más interés, motivo por el cual se procederá a su destrucción. No obstante, y a fin de evitar posibles cuestionamientos futuros, más allá de lo señalado precedentemente, se procederá a publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por tres veces en cinco días, y en la página del Poder Judicial dando a conocer la fecha a partir de la cual se procederá a la destrucción de la documental, a fin de que los posibles interesados en la misma -que pudieran acreditar interés legítimo- se presenten al Juzgado (de lunes a viernes en horario de 8 a 12 horas) a fin de efectuar el requerimiento pertinente. La fecha dispuesta a los fines de la destrucción de la referida documental, es el día 23 de junio de 2026. Por cuestiones operativas la fecha hasta la cual podrán presentarse los interesados para efectuar reclamos, será el 19 de junio de 2026, inclusive, fecha a partir de la cual no se admitirá reclamación alguna. Por lo expuesto; RESUELVO: 1) Ordenar la destrucción de documental, pliegos, alegatos y cualquier otro tipo de documento que no esté agregado al expediente físico, presentados y reservados en Secretaría con anterioridad al 1 de febrero de 2016, respecto de los expedientes que no hayan registrado movimiento alguno con anterioridad a dicha fecha y/o expedientes iniciados en cualquier año que cuenten con sentencia firme, pudiendo los interesados presentarse para efectuar reclamos hasta el 19 de junio de 2026.- 2) Publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL por tres veces en 5 días y en la Página del Poder Judicial dando a conocer la fecha a partir de la cual se procederá a la destrucción. 3) Hacer conocer al Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción y a la oficina de Prensa del Poder Judicial a los fines de la difusión de lo resuelto en la presente. 4) Disponer la impresión de carteles informativos para colocar en la Mesa de Entradas del Juzgado hasta la fecha señalada. 5) Remitir copia de la presente a la Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo.: Ana Rosa Alvarez (Jueza) Sandra Silvina Romero (Secretaria). Santa Fe, 20 de mayo de 2026.
S/C 561745 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 30 de Sastre, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD SASTRE Y ORTIZ c/UGARTE, ANA MARIA Y OTROS s/ORDINARIO, CUIJ Nº 21-24395951-6, se CITA Y EMPLAZA a los/as herederos/as de ANA MARÍA UGARTE, para que comparezcan a estar a Derecho en los términos del Art. 597 del C.C.C y mediante la publicación edictos. Fdo. Daniela Tántera (Secretaria); Patricia Gonzalez Brion (Jueza).
$ 100 561620 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Circuito de Sastre, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/COOPERATIVA DE TAMBEROS LIMITADA LA CRUZ DEL SUR s/APREMIOS - CIRCUITO; CUIJ 21-24396196-0, se ha ordenado notificar a la parte demandada el siguiente decreto: Nº 245. SASTRE, 07 de mayo de 2026. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra COOPERATIVA DE TAMBEROS LIMITADA LA CRUZ DEL SUR, por el cobro de Cuotas Omitidas y adeudadas al Fondo de Garantía de la Ley 24.557 (LRT), por la suma de $ 289.429,93 con más sus intereses, desde la mora y hasta el momento del efectivo pago conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden. 2) Costas a la parte vencida. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta que se practique la respectiva liquidación Insértese, notifíquese y, oportunamente, archívese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN (Jueza); Dra. DANIELA M. TANTERA (Secretaria). Sastre, 12 de Mayo de 2026. Publicación sin cargo.
S/C 561597 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Circuito de Laguna Paiva -Secretaría Única- de la Ciudad de Laguna Paiva en autos caratulados: ORELLANO MICAELA ANGELA c/MANSILLA RUPERTA s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-22657397-3, se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos de la Sra. RUPERTA MANSILLA, DNI 6.442.817 para que comparezcan a tomar intervención en los autos referenciados, en el término y bajo los apercibimientos de ley. La que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
Se transcribe el decreto que ordena el presente: LAGUNA PAIVA, 02 de Octubre de 2025. Asimismo, notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL yen el Panel del Juzgado (Ley 11.287) por el término y bajo apercibimientos de ley. Asimismo, y atento al hecho de haberse acreditado en autos el fallecimiento de la Sra. Ruperta MANSILLA, cítese a sus herederos de conformidad y con los alcances del Art. 597 del C.P.C.C. de Santa Fe. A la Inscripción como litigioso, ofíciesese a sus efectos. Notifíquese. Fdo. Dra. Ma. FLORENCIA BERTINI BOSSIO (Secretaria) a/c; ADRIÁN de ORELLANA (Juez). Santa Fe, 21 de Octubre de 2025. Carolina Guadalupe Gómez, secretaria.
$ 100 561741 Jun. 3 Jun. 12
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GALARZA, LORENA MABEL s/QUIEBRAS; (Exp. CUIJ Nº 21-26I72004-0), se ha designado como Sindico al CPN HORACIO EMILIO MOLINO, con domicilio en calle Libertad Nº 1666 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, T.E. (0342) 4554984, celular: 342-154295175, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de manera electrónica al e-mail: h.molino@hotmail.com, hasta el 26 de Mayo de 2026. El Síndico deberá presentar los informes de los artículos 35º y 39° los días 22 de Julio de 2026 y 03 de Septiembre de 2026, respectivamente. Publíquense edictos por cinco días en el BOLETIN OFICIAL. Juez: Dr. Diego Escudero: Secretario Dr. Julio Francisco Migno, Juez. San Javier, 21 de Mayo de 2026.
S/C 561641 Jun. 3 Jun. 9
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios -Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimo Tercera Nominación de Santa Fe- en los autos caratulados: “DELFINO, JOSE RICARDO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02061402-9, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. José Ricardo Delfino, D.N.I. N° 14.113.911, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica al efecto en el Boletín Oficial. Santa Fe, 27 de mayo de 2026. Dr. Guillermo Adrián Vales (Juez).
$ 45 Jun. 3
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: “RODRIGUEZ, ESTEBAN ROGELIO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02061409-6, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de RODRIGUEZ, ESTEBAN ROGELIO – DNI 6.216.297, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y HALL DE TRIBUNALES.- Fdo.: Dr. Guillermo Vales, Juez.-
$ 45 Jun. 3
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “Pistone Etelvina Luisa Eugenia” (CUIJ Nº 21-02060806-1), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. Pistone Etelvina Luisa Eugenia, D.N.I. N° 00.591.182, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: DRA. VIVIANA NAVEDA MARCO. JUEZA.
$ 45 Jun. 3
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación) en autos caratulados: “ARCE, CARLOS LIVIO S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02061415-0), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Carlos Livio Arce, D.N.I. N.º 17.472.317, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. FDO: DR. GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez).
$ 45 Jun. 3
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 13ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: “MARQUEZ, ANTONIO GABRIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02060774-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ANTONIO GABRIEL MARQUEZ, DNI. Nº 13.504.191, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Santa Fe, de junio de 2025. Fdo. DR. GUILLERMO A. VALES Juez.-
$ 45 Jun. 3
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don RICARDO PEDRO FORLIN que comparezcan a hacer valer sus derechos a su juicio sucesorio, FORLIN, RICARDO PEDRO S/ SUCESORIO, CUIJ N° 21-28676030-6, que se tramita por ante el mencionado Juzgado, notificando dentro de los términos, conformidad a lo establecido por el art. 2340 del C. C. y C. de la Nación y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, de de 2026.-
$ 45 Jun. 3
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nom SEC.UNICA, de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Sra. MARIA CRISTINA DEMARCHI, D.N.I. N° 11.259.204, fallecida en Esperanza (Sta. Fe) el 26 de AGOSTO de 2020, domiciliada en calle Berutti N° 929 -2 PH de la localidad de Esperanza (Sta. Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados "DEMARCHI MARIA CRISTINA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-28925871-7 - Año 2026. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.- Fdo. Dra. Virginia Ingaramo (Jueza a/c) - Dra. Victoria Lang (Secretaria) Esperanza.... de Mayo de 2026.-
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial 13ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: “DIDIER, MARTIN ERNESTO S/ SUCESORIO 21-02061179-8, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Don DIDIER MARTIN ERNESTO, DNI 18.493.096, cuyo fallecimiento ocurrido en fecha 23/10/2023 en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales DR.GUILLERMO ADRIAN VALES Juez, a cargo Santa Fe, … de JUNIO de 2026.
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación, ciudad de Santa Fe), en autos RICCI, FRANCISCO RAMON Y OTROS S/ SUCESORIO 21-02060803-7, se cita, llama y emplaza, a todos los herederos, acreedores y legatarios de RICCI, FRANCISCO RAMON, DNI 6256065 y CALDERONI NIDIA ZUNILDA, DNI 5.381.556, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Lo que se publica a efectos legales en el BOLETIN OFICIAL de esta ciudad de Santa Fe, a los ………… días del mes de JUNIO de 2026.– Fdo. Dr. GUILLERMO A. VALES, Juez.
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial; Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “CORDOBA, Carlos Ernesto s/ Sucesorio. Cuij Nº 21- 02060410-4, Año 2026”, se cita, llama y emplaza a quienes se crean con derecho a los bienes de la herencia de don CARLOS ERNESTO CORDOBA D.N.I. n° M5.218.602, nacido en fecha 28 de febrero de 1947 en Tucumán, República Argentina y fallecido en fecha 25 de enero de 2019 en Santa Fe, Provincia de Santa Fe, hijo de doña Segunda del Valle NADAL y de don Roque Jesús CORDOBA, con domicilio en Dorrego 4948, de esta ciudad, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe bajo apercibimientos. Fdo. digitalmente. Dr. Guillermo Adrián Valez (Jueza). Santa Fe, 19 mayo de 2026. -”
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9° Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados "FARIOLI, JULIO CESAR S/ SUCESORIO" - CUIJ N° 21-02058234-8, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JULIO CESAR FARIOLI, D.N.I. 6.241.394, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: DR. JOSE IGNACIO LIZASOIAN (Juez).
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 5ta. Nominación), en autos caratulados: “DE LA TORRE FREYRE, MIGUEL ANGEL S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA”, CUIJ N° 21-02059167-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante MIGUEL ANGEL DE LA TORRE FREYRE, DNI 6.246.763, fallecido el 22/03/25 en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DR. DR. RODRIGO URETA CORTESJUEZ.
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la TERCERA Nominación), en autos caratulados: “DELSET CELIA MARIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02047447-2, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatario de DELSET CELIA MARIA, DNI N° 6.099.369 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientosde ley. Lo que se pública a sus efectos en el Boletín Oficial. Santa Fe 25/07/2024. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza).-
$ 45 Jun. 03
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de esta ciudad en autos caratulados: “ROSTAGNO, MARIO ALBERTO S/SUCESORIO” Cuij 21-02059894-5, año 2026, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Mario Alberto Rostagno, D.N.I 6.247.168, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287. Firmado: Dra. Noelia Druetta (Secretaria). Dr. Guillermo Adrián Vales (Juez).
$ 45 Jun. 03
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11, con asiento en la ciudad de San Jorge -S.F.-, en autos caratulados FIGUERAS RICARDO JOSÉ s/CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO Y/O SUSTRAIDO; EXPTE. CUIJ Nº 21-26269764-6, se ha dispuesto la publicación de la siguiente resolución judicial: SAN JORGE, FIRMADO DIGITALMENTE (07/05/2026, según constancias obrantes en SISFE). Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: Disponer la cancelación de los dos pagares extraviados en fecha 09/09/2025 dejandoselos sin eficacia, individualizados dichos documentos como “pagaré” “sin protesto y “a la vista” emitidos en la localidad de María Susana, siendo el librador obligado al pago en ambos documentos el Sr. JUAN JOSÉ BUILS DNI Nº 25.145-970, domiciliado en Gral. Lopez 734 de la localidad de Maria Susana, uno por la suma de pesos dieciocho millones cuatrocientos sesenta y ocho mil ($ 18.468.000); y otro por la suma de dólares estadounidenses seis mil doscientos cincuenta (U$S 6.250). Autorizar el pago de los pagares mencionados en el punto anterior al actor (Figueras, Ricardo José) luego de los sesenta días contados desde la última fecha de publicación respectiva en el BOLETIN OFICIAL, siempre que no se haya deducido oposición por el tenedor, conforme lo dispuesto por el art. 89 del Decreto — Ley 5965/63. Publíquense edictos por el término de ley (art. 89 del Decreto-Ley 5965/63) durante quince días en un diario del lugar del procedimiento y en uno del lugar del pago, si no fuese el mismo. Notifíquese la presente resolución al librador en su domicilio real. Hágase saber, insértese, regístrese. Dr. JULIAN D. TAILLEUR, Secretario; Dr. DANIEL MARCELO ZOSO, Juez. Publíquese a sus efectos por el plazo de quince (15) días en el BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 12 de Mayo de 2026.
$ 50 561644 Jun. 3 Jun. 24
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, en autos caratulados: “BOTTA, VALERIO JULIAN S/ SUCESORIO” – CUIJ: 21-26270171-6, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. BOTTA, VALERIO JULIAN, D.N.I N° 6.277.203, con ultimo domicilio en calle Belgrano S/N de la localidad de María Juana, Provincia de Santa Fe, fallecido en fecha 30/04/2023, para que comparezcan a estar a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. FDO: DR. JULIAN D. TAILLEUR (SECRETARIO) – DANIEL MARCELO ZOSO (JUEZ).-
$ 45 Jun. 3
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CERES
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Por disposición de la Sra. Juez. del juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nom -Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados:“ GUIRADO RAÚL JOSE S/ SUCESORIO- CUIJ: 21-28805424-7 ” se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes del causante, Sr. GUIRADO RAÚL JOSE , DNI M 6.298.485, para que comparezcan a este juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley.- CERES, 2 de junio de 2026.
$ 45 Jun. 03
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Familia del Distrito Judicial Nº 13 de Vera, provincia de Santa Fe, conforme lo ordenado en autos: FRANCO, DANIEL ALCIDES s/DIVORCIO; CUIJ 21-23637231-3, se notifica a Lidia Graciela Sosa, DNI 16.849.538 la siguiente sentencia: VERA, 17 de Octubre de 2023... RESUELVO: 1.- Decretar el divorcio vincular de los cónyuges DANIEL ALCIDES FRANCO, D.N.I. 17.827.316 y LIDIA GRACIELA SOSA, D.N.I. 16.849.538; matrimonio celebrado el día 09 de Septiembre de 1988, por ante el Registro Civil de Grand Bourg, Partido Gral. Sarmiento, Provincia de Buenos Aires, conforme Acta Nº 348, Año 1988. 2.- Oficiar a los fines de su inscripción al Registro Civil correspondiente. 3.- Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 10 de Junio de 2011. Hágase saber, insértese y resérvese el original. Fdo. Dr. Conrado Chapero (Juez); Dr. Jorge Tessutto (Secretario). El presente edicto debe publicarse por dos días y es sin cargo por tramitarse con patrocinio de la Defensoría General. Vera, 20 de mayo de 2026.
S/C 561680 Jun. 3 Jun. 4
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Vera, provincia de Santa Fe en autos: NUÑEZ, ANDREA SOLEDAD s/RECTIFICACIÓN DE PARTIDA; CUIJ 21-25278231-9, donde se pretende el cambio de apellido de Alejo Nahuel Enrique, DNI 49.068.588 por Alejo Nahuel Nuñez, conforme lo ordenado en la siguiente providencia: VERA, 12 de Abril de 2024. Por iniciada Gestión de Rectificación de Partida, téngase presente y córrase vista a los Ministerios Públicos y al Director General del Registro Civil de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Analía Savant, Secretaria. Otro decreto: VERA, 12 de Mayo de 2026. Como lo solicita y constancias de autos, se ordena: Publíquense edictos conforme art. 70 del CCC. Notifíquese. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Analía Savant, Secretaria. El presente edicto debe publicarse una vez por mes en el lapso de dos meses y es sin cargo por tramitarse con patrocinio de la Defensoría General. Vera, 15 de Mayo de 2026.
S/C 561679 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral , 2da.Nominación , de Vera, provincia de Santa fe, Dr. JUAN MANUEL RODRIGO, en los autos caratulados "BRESSAN, DORA FILOMENA S/ SUCESION CUIJ 21-25278994-1" de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito C.C. y L., 2da. Nominación, de la ciudad de Vera, pcia. de Santa fe se CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los que se consideren herederos, acreedores, legatarios o con derecho a los bienes de la herencia dejados por DORA FILOMENA BRESSAN DNI 14.531.942, para que comparezcan a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos legales. Fdo: Dra Monica Alegre: Secretaria. Dr.Juan Manuel Rodrigo: Juez. Vera, 03 de junio de 2026.- Dra Monica Alegre: Secretaria
$ 45 Jun. 03
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Rafaela (Santa Fe), hace saber que en los autos: Exp. Nº 21-24210084-8-H.C.H. S.A. c/CARRIZO, NÉSTOR ADRIÁN s/COBRO DE PESOS; en trámite ante éste Juzgado, se ha resuelto: Rafaela, Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, acuérdasele participación de ley. Por iniciada la presente DEMANDA ORDINARIA DE COBRO DE PESOS contra NESTOR ADRIAN CARRIZO, por la suma de $ 478.689,02 con más intereses compensatorios y moratorias a partir de la fecha de mora de cada una de las obligaciones pendientes de pago e I.V.A. sobre intereses y/o los que en definitiva fije V.S, más las costas del proceso. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba documental ofrecida. Téngase presente las reservas formuladas. Bajo la fianza ofrecida, previa acreditación de solvencia en autos, trábese embargo sobre el automotor denunciado, si fuera propiedad del demandado, por la suma ordenada ut-supra, con más el 100% estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. A esos fines, ofíciese al Registro Nacional de la Propiedad Automotor que correspondiere. Previo a proseguir con el trámite de la causa, repóngase el sellado mínimo de la demanda, consistente en el 50% de la tasa de justicia y la totalidad de la tasa de actuación, de conformidad a la liquidación actuarial practicada en el día de la fecha, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Por último, hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario- Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor. Notífíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Notifíquese. Fdo. Agostina Silvestre (Abogada - Secretaria) - Guillermo A. Vales (Abogado - Secretario). Otro decreto: Téngase presente. Previo a proveer, atento al domicilio inexistente del codemandado -Sr. CARRIZO, NÉSTOR ADRIÁN- y de conformidad con lo dispuesto por el art. 73 del CPCC publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial a los fines solicitados. Notifíquese. Fdo. Agostina Silvestre (Secretaria) - Marcelo Gelcich (Juez). 7 de Mayo de 2026. Frana Guillermina, prosecretaria.
S/C 561716 Jun. 3 Jun. 5
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 de Familia de la ciudad de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: DEGOUMOIS RICARDO CEFERINO c/RODRIGUEZ ADRIAN EZEQUIEL s/APREMIOS; CUIJ 21-27888796-8, se ha dictado la siguiente providencia: RECONQUISTA, 12 de Mayo de 2026. AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Mandar se lleve adelante la ejecución hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de su crédito, con más intereses y costas, según lo dispuesto en los Considerandos, desde la fecha que corresponda y hasta el efectivo pago. 2) Imponer las costas a la demandada. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la Liquidación final del capital adeudado. 4) Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. HERNAN ANDRES JULIAN, JUEZ (S); Dra. PAOLA MILAZZO, SECRETARIA. Reconquista, 15 de Mayo de 2026.
$ 200 561659 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 4 de la ciudad de Reconqusita, Provincia de Santa Fe, a cardo de la Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza, Dra. Adriana Lorena Dávalos, Secretaria Subrogante, en el expediente: NATTA SILVANA MARLEN c/MENDOZA LAUREANO s/DEMANDA EJECUTIVA - CUIJ 21-23243134-9, se ha dispuesto notificar mediante edictos al demandado Sr. Laureano Mendoza de la siguiente resolución: Reconquista, 14 de Mayo de 2026. RESUELVO: 1) Mandar se lleve adelante la ejecución contra Laureano Mendoza DNI Nº 32.259.405 con domicilio desconocido, por la suma de pesos Ciento Veinte mil ($ 120.000) con más los intereses moratorias que se calcularán según lo expuesto en el apartado Argumentos. 2) Costas a cargo de la parte demandada. 3) Practique liquidación conforme los argumentos. 4) Los honorarios profesionales se regularán practicada que sea la liquidación que proporcionará la base regulatoria y acompañada que fuera la constancia de la situación fiscal del abogado interviniente. 5) Notifíquese por Prosecretaría mediante cédula electrónica al profesional. Notifíquese el profesional por Edictos al demandado. Fdo. Claudia Kloster, Prosecretaria; María Cecilia Belfiori, Jueza. Reconquista, 19 de mayo de 2026.
$ 200 561658 Jun. 3 Jun. 5
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Por disposición del Señor Juez del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 1ra. Nom. de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios del Sr. Don Raúl Edmundo SOSA, DNI. Nro. 10.530.248 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley a los autos “SOSA, RAUL EDMUNDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-25035017-9 . Lo que se publica por el término de ley (ART. 592 C.P.C.C.) en el Boletín Oficial, en el Hall de este Juzgado. Reconquista, de abril de 2026. Fdo. Dr. GUILLERMO ANGARAMO, Secretario - Dr. FRANCO RASCHETTI, Juez.
$ 45 Jun. 03