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ROSARIO
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CAMARA DE APELACION
Por disposición de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, SALA III, Provincia de santa Fe, en autos: MANSILLA DORA NOEMÍ c/RONAGHI DE CORREA MARIA MATILDE s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-01123028-5, se ha dictado el siguiente Acuerdo Nº 61: En la ciudad de Rosario, 26 a los días del mes de marzo de 2026, se reunieron en Acuerdo los Sres. Jueces de la Sala Tercera -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Dres. Jéssica M. Cinalli, Marcelo J. Molina y Juan Pablo Cifré, para dictar sentencia en los caratulados MANSILLA DORA NOEMÍ c/RONAGHI DE CORREA MARÍA MATILDE s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; (CUIJ 21-01123028-5), venidos para resolver los recursos de nulidad y apelación interpuestos por la actora contra la sentencia Nº 94 del 17/03/2023 dictada por el Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario. RESUELVE: 1. Desestimar el recurso de nulidad. 2. Rechazar el recurso de apelación, con costas a la apelante vencida (art. 251 del CPCC). 3. Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta sede en el cincuenta por ciento (50%) de lo que correspondiere regular en la primera instancia (art. 19 ley 6.767). Insértese y hágase saber. (MANSILLA DORA NOEMÍ c/RONAGHI DE CORREA MARÍA MATILDE s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-01123028-5). Fdo. Dres. Jéssica M. Cinalli, Marcelo J. Molina y Juan Pablo Cifré (Art. 26 L.O.P.J.) - Jueces -; Facundo Martinez Mallada (Prosecretario).
$ 100 562090 Jun. 4 Jun. 8
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JUZGADO LABORAL
Dentro de los autos caratulados PEREZ AGUSTINA FLORENCIA c/FIGUEROA LAURA CRISTINA s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; CUIJ 21-04199312-7, Nº Expediente: 458/2022, que tramitan por ante JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO LABORAL DE LA PRIMERA NOMINACION de Rosario, a cargo de la Dra. BARBARA SERRAT (Jueza), Dr. RICARDO JAVIER SULLIVAN (Secretario), se ha dispuesto dirigir a usted el presente a fin de INFORME Y REMITA A ÈSTE TRIBUNAL cual es el último domicilio real registrado por la Sra. FIGUEROA LAURA CRISTINA DNI Nº 16.985.760 por ante ésta Cámara Nacional Electoral. Se encuentra facultados para intervenir en el diligenciamiento del presente los Dres. Natali Boffi y/o Mauricio Catera y/o la persona que ellos designen. La respuesta podrá ser enviada via electrónica a mail: laboral1ros@justiciasantefe.gov.ar. Dra. Barbara Serrat, jueza; Dr. Ricardo J. Sullivan, secretario.
$ 100 562077 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición de la Jueza del Juzgado de 1ª Instancia en lo Laboral de la 8ª Nominación se ha ordenado citar a los herederos del litigante fallecido RIENER ERNESTO EMILIO DNI 6.035.778 para que dentro del plazo de 10 (diez) días comparezcan a estar a derecho dentro de los autos caratulados CONTRERAS DANIEL EDUARDO c/RIENER ERNESTO EMILIO Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; CUIJ 21-04139881-4, bajo apercibimiento de nombrar curador conforme lo prescripto por el art. 597 del CPCCSF. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad y denunciar la existencia de otros herederos del causante. Dra. Magdalena Caviglia, secretaria.
$ 100 562005 Jun. 4 Jun. 8
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 4 de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Federico Lema, juez, secretaría a cargo de la Dra. Analía Vicente, competente a partir de la entrada en vigencia de la Ley 14.264 sus modificatorias, reglamentaciones y normas procesales pertinentes, se hace saber al Sr. FEDERICO VAZ DNI 40.366.543, que en el proceso judicial caratulado: TROCCA, PATRICIA RAQUEL c/VAZ, FEDERICO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11899798-8 se lo cita a comparecer a estar a derecho, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Se transcribe a continuación el correspondiente decreto que lo ordena: ROSARIO, 8/05/2026. Proveyendo escrito cargo Nº 3998/26: Agréguese la cédula acompañada. Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE AL DEMANDADO VAZ FEDERICO, a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. Dr. Federico Lema, juez subrogante; Dra. Analía Vicente, secretaria.
$ 100 562124 Jun. 4 Jun. 8
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Dentro de los autos caratulados: HORN, AMIRA VIVIANA s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ 21-11445174-3. Por disposición de la Dra. Alicia Ana Galletto, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 5 de Rosario, se ha dispuesto notificar a VIVIANA SUSANA MIRANDA, DNI 28.101.995 lo siguiente; Nº 667. Rosario, 29 de Mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la Disposición Nº 255/25 dictada por el Director Provincial de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, 2ª Circunscripción, por la cual se dispuso la resolución definitiva de la medida de protección excepcional en relación a AMIRA VIVIANA HORN. 2) Declarar a AMIRA VIVIANA HORN, DNI 54.444.751, nacida el 21 de octubre de 2014, hija de Viviana Susana Miranda, DNI 28.101.995 y de Hernán Horacio Horn, DNI 27.428.211, fallecido, en SITUACION DE ADOPTABILIDAD. 3) Oficiar al R.U.A.G.A. a fin que remita a este Juzgado el o los legajos de aspirantes admitidos en ese Registro con disponibilidad adoptiva adecuada a la niña de autos, requiriéndose a tales fines informe actualizado a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Galletto, Jueza.
S/C 562101 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 1ª Nominación de Rosario, actualmente en estado de vacancia, secretaria única, se hace saber a la Sra. ANTONELLA PIZZICATTI (D.N.I. Nº 37.449.422) que en autos AYALA RIQUELME BLANCA JUSTINA Y OTROS c/PIZZICATTI ANTONELLA s/DAÑOS; (CUIJ 21-11628447-9) se han dictado la sentencia, los autos y el decreto que a continuación se transcriben: Nº 1127. ROSARIO, 28/06/21. VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda y en consecuencia: Condenar a la parte demandada ANTONELLA PIZZICATTI a abonar a la parte actora JUSTINA BLANCA AYALA RIQUELME y NICANOR CENTURIÓN FERNÁNDEZ, la suma consignada en los considerandos con más los intereses allí determinados, y hasta su efectivo pago, con costas conforme se expresa en los considerados. 2) Extender los efectos de la presente sentencia a la citada en garantía. 3) Los honorarios se regularán por auto. No encontrándose
presentes las partes para la lectura de la sentencia, notifíquese por cédula. Con lo que se dio por terminado el acto. Autos: AYALA RIQUELME BLANCA JUSTINA y/o c/PIZZICATTI ANTONELLA s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. Nº 711/16. Fdo. Dra. MARIANA VARELA (Jueza); Dra. SUSANA IGARZÁBAL (Jueza); Dr. GERMÁN BARBIERI (Juez); Dra. MARÍA FLORENCIA NETRI (Secretaria); Y OTRO: Nº 1752: Rosario, 29/09/21: VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Regular los honorarios del perito BIANCARDI CARLOS GUSTAVO (condición ante el IVA Responsable Inscripto, CUIT 23-07624581-9) en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), equivalente a 1,44 jus, por su labor desarrollada en los presentes. Fdo. Mariana S. Varela (Jueza) - Andrea G. Chaparro (Secretaria); Y OTRO: Nº 1643. ROSARIO, 04/10/22. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Regular los honorarios del perito SUSANA BEATRIZ SCALESSI (condición ante el IVA Monotributista, CUIT 27-12324406-6) en la suma de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS SIETE ($ 20.807), equivalente a 1,44 jus, por su labor desarrollada en los presentes. Fdo. Mariana S. Varela (Jueza) - Andrea G. Chaparro (Secretaria); Y OTRO: Nº 997. ROSARIO, 26/06/23. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Rechazar, por inadmisible, el recurso de revocatoria ante el pleno interpuesto contra Sentencia Nº1127 de fecha 28/06/2021. Notifíquese por cédula. Insértese. Fdo. Mariana S. Varela (Jueza); Andrea G. Chaparro (Secretaria); Y OTRO: ROSARIO, 11/05/26. Hágase saber a las partes que por implementación de la Ley Nº 14.264 y aclaratoria, complementada por el punto 13 del Acuerdo Nº 6 de fecha 4 de diciembre de 2024 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 con la Dra. Mariana S. Varela, como Jueza de Trámite, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1. Asimismo, hágase saber que la Dra. Mariana S. Varela, se ha acogido al beneficio de Jubilación Ordinaria de acuerdo con la Ley 6.915 y su modificatoria Ley 12.464, quedando este Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 en estado de vacancia y siendo la Secretaria de trámite del mismo la Dra. Eliana C. Gutiérrez White. A lo solicitado en escrito cargo Nº 3563/26 se provee: Ingrese nuevamente edicto a la firma, consignando el nombre de este Juzgado y el estado de vacancia del mismo. Fecho se proveerá conforme a Derecho. Fdo. Dr. Ulises D. Lanza, prosecretario. Rosario, 29 de Mayo de 2026. Dra. Eliana Cecilia Gutiérez White, secretaria.
$ 200 562099 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 1ª Nominación de Rosario, actualmente en estado de vacancia, secretaría única, se hace saber a los HEREDEROS Y SUCESORES de MARTA LILIANA MUÑOZ (DNI 12.381.093) que se los ha declarado rebeldes en los autos caratulados MUÑOZ MARTA LILIANA c/PINTURELLA HERNAN CESAR y otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-1167497-6). Se transcribe a continuación el proveído que lo ordena: En la ciudad de Rosario, y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 del 13/05/20, pto. XV) — 21 de abril de 2026. Al escrito cargo Nº 2590/26 se provee: Atento lo solicitado y surgiendo de constancias obrantes que los citados no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados según constancias obrantes a fs. 190 y 200, haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese REBELDES a los HEREDEROS Y SUCESORES de la actora MARTA LILIANA MUÑOZ. Notifíquese a los HEREDEROS Y SUCESORES de la actora MARTA LILIANA MUÑOZ mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETIN oFICIAL y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta Nº 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a los HEREDEROS Y SUCESORES de la actora MARTA LILIANA MUÑOZ que se los ha declarado rebeldes, debiendo transcribirse en el edicto el presente proveído. A los escritos cargos Nº 2854/26 y 2884/26 se provee: Por recibidos. Téngase presente lo informado y hágase saber. Fdo. Dra. ANALIA N. MAZZA Jueza en suplencia. Rosario, 21 de Mayo de 2026. Dra. Eliana Cecilia Gutiérez White, secretaria.
$ 100 562061 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado, Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 10 de la ciudad de Rosario, Dra. CLAUDIA ALEJANDRA RAGONESE, secretaria Dra. PAULA MARINA HELTNER, dentro de los autos caratulados: MARTINEZ, SASHA ANDREA c/APELT, DANIEL ARMANDO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11899797-9, se dispuso: Rosario 01/04/2026, Puestos los autos a despacho, en el día de la fecha, se provee: Informándose verbalmente por Secretaría, en este acto, que la parte demandada Horacio Daniel Apelt y Daniel Armando Apelt, no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos, que se publicarán þor dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Una vez notificada la rebeldía, y de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, según surge del Acta Nº 48 de fecha 05 de Diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos dependientes de la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes para la posterior designación de Defensor de Oficio. Fdo. Dra. Ragonese (juez). Dra. Paula Maina Heltner, secretaria.
$ 100 562008 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual 5ª Nominación de Rosario a cargo del Dr. EDGARDO BONOMELLI, secretaria de la Dra. ARACELI STEFANELLI en los autos caratulados FERNANDEZ, HUGO RAMON Y OTROS c/CABRERA, RICARDO GUSTAVO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-11899950-6, en fecha 01 de Diciembre de 2025 se ordenó: FERNANDEZ, HUGO RAMON Y OTROS c/CABRERA, RICARDO GUSTAVO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-11899950-6 Juzg Unipersonal de Respons. Extrac Nº 5 ROSARIO, Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento que el demandado CABRERA, RICARDO GUSTAVO, no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, y por CEDULA a las partes intervinientes. Fdo. Dra. ARACELI STEFANELLI (Secretaria), Dr. EDGARDO BONONŒLLI (Juez). 19 de Mayo de 2026.
$ 100 562001 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Respons. Extrae. Nº 1 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados BISCOTTI, KEVIN ALBERTO c/BEDINO, LUIS CLEMENTE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-11897602-6), se ha dispuesto citar y emplazar a FAUSTO DAVID GUARDATTI (D.N.I. Nº 45.658.122) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días. A continuación se transcriben los decretos pertinentes: Rosario, 27 de febrero de 2026. Agréguese la constancia en copia acompañada. Téngase presente y hágase saber. Notifíquese al demandado FAUSTO DAVID GUARDATTI (D.N.I. Nº 45.658.122) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta Nº 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado FAUSTO DAVID GUARDATTI que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberá transcribirse el decreto de fecha 20 de febrero de 2025 y el presente proveído. Hágase saber que la Dra. Mariana S. Varela, se ha acogido al beneficio de Jubilación Ordinaria de acuerdo con la Ley 6.915 y su modificatoria Ley 12.464, quedando este Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 en estado de vacancia y siendo la Secretaria de trámite del mismo la Dra. Eliana C. Gutiérrez White. Fdo. Dr. IGNACIO VICENTE AGUIRRE juez en suplencia). Y otro: ROSARIO, 20 de Febrero de 2025. Atento error advertido en decreto de fecha 19 de febrero de 2025 y el recurso interpuesto por el presentante, déjese sin efecto el referido decreto y, en su lugar, provéase: por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a BEDINO, LUIS CLEMENTE, GUARDATTI, FAUSTO DAVID y a la citada en garantía RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Ténganse presentes las reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al RNPA y a CEPREME S.A. a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. En caso de haberse ofrecido pliego cerrado de posiciones/preguntas, deberá acompañar el mismo en el término de tres días mediante escrito cargo separado peticionando en su caso su no visualización en SISFE. Notifíquese el presente decreto por cédula indicando las fojas del expediente digital conteniendo demanda y documental que se pretendan acompañar a la misma. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda o a los vecinos si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. MARIANA SILVIA VARELA. Fdo. Dra. MARIANA VARELA (Juez). Rosario, 11 de Marzo de 2026. Dra. Eliana Cecilia Gutiérez White, secretaria.
$ 200 561963 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición de la Dra. García Silvina I., Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha ordenado notificar a AGOSTA ESTEBAN GERMAN, DNI 29.616.008, de lo siguiente: ROSARIO, 25 de Julio de 2025. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza: Dra. Silvina I. Garcia. Téngase presente lo manifestado. a) A la demanda principal: Atento lo dispuesto en la Ley 13.151, Decreto 1612 del 2 de junio de 2014 y párrafo final del artículo 130 del GPGGSF, previo a todo trámite acompañe acta de finalización del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria. b) A la cuota alimentaria provisoria: Traslado a la contraparte, bajo apercibimientos, en caso de silencio y/o incontestación de hacer lugar a la misma, siempre previa vista al Defensor General. Notifíquese con copia. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. Atento al carácter subsidiario de los alimentos que se reclaman contra los abuelos paternos (art. 668 GGYG), previo a todo trámite, deberán acreditarse las dificultades de la actora para percibir los alimentos del presunto progenitor (obligado principal). Estese a las facultades conferidas a los profesionales por el artículo 25 GPGGSF. Fdo. Dra. Silvina Garcia, Jueza; Dra. Analia Perrulli, Secretaria. ROSARIO, 27 de Abril de 2026. Agréguese la cédula acompañada. Atento tratarse de un demandado con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del GPGG. Fdo. Dra. Silvina Garcia, Jueza. ROSARIO, 08 de Mayo de 2026 Por notificada. Notifíquese a la demandada por edictos que deberán publicarse tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación. Acompañe despachos en debida forma. Fdo. Dra. Silvina Garcia, Jueza, debiendo publicarse tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación. Autos caratulados: MENGARELLI NOELIA NOEMI c/AGOSTA ESTEBAN GERMAN Y OTROS s/ALIMENTOS; GUIJ 21-11453971-3. Fdo. Dra. Perrulli Analía, Secretaria.
$ 100 561959 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 3 de Rosario, dentro de los autos caratulados: VELAZQUEZ, JUAN ALBERTO c/DI PAOLIS, DANIEL EMIR Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-03002394-0, Jueza Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ, se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de P.B. de Tribunales, por el término de ley, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Por medio del presente se cita y emplaza al demandado DI PAOLIS, DANIEL EMIR, D.N.I. 13.509.902, para que comparezca a estar a derecho en el término de veinte (20) días. A continuación, se transcriben los decretos cuya notificación se ordena: En la ciudad de ROSARIO y en la fecha asignada en el Sistema de Gestión SISFE (CSJPSF Acta Nº 14 del 13 de Mayo de 2020 - Punto 15). Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a DI PAOLIS DANIEL EMIR y la citada en garantía SAN CRISTOBAL SMSG, para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente las reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, hágase saber a la parte actora y/o demandada y/o citada en garantía que son depositarias de dicho sobre, debiendo acompañarlo en el momento de la Audiencia de Vista de Causa - Art. 555 CPCC o cuando alguna parte así lo requiera. Si hubiese ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, parte actora y/o demandada y/o citada en garantía, deberá acompañarlo en el término de tres días vía correo electrónico o por SISFE (el pliego en archivo por separado). Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Hágase saber que se ha invisibilizado el pliego acompañado. Hágase saber. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA. Fdo. Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ, JUEZA. En la ciudad de ROSARIO y en la fecha asignada en el Sistema de Gestión SISFE (CSJPSF Acta Nº 14 del 13 de Mayo de 2020 - Punto 15). Atento constancias de autos: Notifíquese al demandado DI PAOLIS, DANIEL EMIR, D.N.I. 13.509.902 mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado DI PAOLIS, DANIEL EMIR, que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberá transcribirse el decreto de fecha 10/02/26 y el presente proveído. Fdo. Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ, JUEZA. Se hace saber que el presente edicto goza de gratuidad en virtud del beneficio de litigar sin gastos concedido al actor en los términos del art. 333 CPCC, a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada en autos. Dra. María Florencia Netri, secretaria subrogante.
S/C 561924 Jun. 4 Jun. 8
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, ha ordenado la publicación del presente edicto dentro de los autos: CARDOZO, AMANDA FABIANA s/QUIEBRA; Expte. CUIJ Nº 21-02982487-5, a los efectos de hacer saber que en fecha 21 de abril de 2026 se ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución y que por Resolución Nº 384 del 14/05/2026 se han regulado los honorarios de los funcionarios de la quiebra: CPN Sebastian Esteban Romero en la suma de $ 2.984.655,94, a su abogado patrocinante Dr. Juan Pablo Magnani, en la suma de $ 1.279.138,26 y los honorarios de los letrados de la fallida, Dres. Estanislao José Díaz y Joaquin María Irusta, en la suma de $ 1.827.340,37. Rosario, de mayo de 2026. Dra. Sabrina Rocci, Secretaria.
S/C 561907 Jun. 4 Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados REYNOSO, CRISTIAN ANDRES s/SOLICITUD DE PROPIA QUIEBRA; Expte. CUIJ 21-03003223-0 (1/2026); en los que por Auto Nº 260 del 15/04/2026 se declaró la quiebra de CRISTIAN ANDRÉS REYNOSO, DNI Nº 28.968.335, con domicilio en calle Guerrico Nº 3756 de Rosario y se procedió a 1) Fijar el día 24 de Julio de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3) ley 24.522). 2) Fijar el día 31 de Agosto de 2026, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 ley 24.522); 3) Fijar el día 14 de Octubre de 2026, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 ley 24.522).
SINDICO: C.P.N. GABRIELA MÓNICA BASTIAS, con domicilio en Córdoba 1433 1º Piso Of. A de Rosario. Horario de atención: lunes a: viernes de 9,30 a 15,30 hs. Dra. Noelia E. Mondini, Prosecretaria.
S/C 561953 Jun. 4 Jun. 10
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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Vigésimo Primera Nominación, Dra. Cecilia A. Camaño, secretaría autorizante de la Dra. Ana Belen Curá, se hace saber que en los autos MAROTTE, ARACELI JORGELINA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-03003115-3 (153/2025), se ha dictado la QUIEBRA por medio del auto Nº 81 de fecha 26/058/2026 que se transcribe: VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ARACELI JORGELINA MAROTTE, DNI Nº 33.071.1737, argentina, mayor de edad, soltera, domiciliada en calle SANCHEZ DE BUSTAMANTE 53 BIS, ROSARIO de la ciudad de Rosario. 4) Ordenar al fallido y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel; 5) Intimar al deudor para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24522 y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; 6) Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces; 12) Para sorteo de Síndico desígnase el día 03/06/26, a las 10.00 horas. Diferir las fechas hasta las cuales podrán presentarse las solicitudes de verificación de créditos ante el Síndico y para la presentación de los Informes Individual y General respectivamente, las que se fijarán por auto ampliatorio, aceptado que fuere el cargo por el Síndico a designarse; 15) Publíquense edictos conforme art. 89 L.C. en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Cecilia A. Camaño (Jueza); Dra. Ana Belen Curá (Secretaria). Asimismo, mediante Auto Nº 85 de fecha 28/05/26 que se transcribe, se ha resuelto: VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Aclarar la Sentencia Nº 81, de fecha 26/05/26, de fs. 413/415, en el sentido de que el correcto número de DNI de la fallida es 33.071.137 y no como por error se consignó, Publíquense Edictos en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Cecilia A. Camaño (Jueza); Dra. Ana Belen Curá (Secretaria).
S/C 561995 Jun. 4 Jun. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Ezequiel Zabale, en autos caratulados PIZZELLA GUSTAVO s/SU PROPIA QUIEBRA - RECONSTRUCCIÓN; (CUIJ 21-01093604-4), se ha dispuesto por resolución Nº 162 de fecha 06/05/2026 declarar concluida la quiebra del Sr. GUSTAVO ANGEL PIZZELLA DNI 16.033.703, por inexistencia de acreedores, conforme lo dispuesto por el art. 229 2do párrafo, de la Ley de Concursos y Quiebras. Fdo. Dra. MAYRA IBAÑEZ (Secretaria Subrogante); Dr. EZEQUIEL ZABALE (Juez).
S/C 562002 Jun. 4 Jun. 5
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Octava Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BUSLEIMAN CABRERA, EDITH AMALIA ANA (DNI 1.094.021) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BUSLEIMAN CABRERA, EDITH AMALIA ANA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ N° 21-03007613-0). Fdo. Dra. Susana Silvina Gueiler (Jueza).
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RUBIO, FERNANDO AGUSTIN (D.N.I. 5.989.289) y MERCEDES RAMONA SANDOVAL (D.N.I. 1.961.395), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RUBIO, FERNANDO AGUSTIN Y OTROS S/ SUCESORIO CYC5” CUIJ 21-02952864-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado: Prosecretaria.-
$ 45 Jun. 4
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Por disposición de la Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Emilio Acosta, L.E 3.781.302 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ACOSTA, EMILIO S/ SUCESORIO CYC 22” (CUIJ N°21-03003533-7). FDO: DRA. CARMELA FERNANDEZ (PROSECRETARIA).
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RIZ JUAN CARLOS (DNI 6.170.297) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIZ, JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 12” (CUIJ Nº 21-03007546-0). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GIUSTI AIDA CELIA DNI 3.446.191, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “GIUSTI AIDA CELIA s/ SUCESORIO” Expte. N° 21-03007688-2, de tramite por ante la OPS.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS ALBERTO RAMIREZ (D.N.I. 13.485.668) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RAMIREZ LUIS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03007654-8). Fdo. Prosecretaría
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MIGUEL ANGEL WAELKENS (D.N.I. 14.510.954) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “WAELKENS, MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-03000209-9). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JULIO ANTONIO DELGADO (D.N.I.12.500.464) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DELGADO, JULIO ANTONIO S/SUCESORIO" (CUIJ 21-03007160-0). Fdo. Prosecretaria.-
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Sr. Juez de la Oficina de Procesos Sucesorios Sec. Única de Rosario, Dr. Ricardo A. Ruiz, Secretaria del autorizante se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de GARGUICHEVICH JUSTO JORGE para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de un día. Rosario, Junio de 2026. Autos: "GARGUICHEVICH JUSTO JORGE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-02998765-0. Dra. Virginia Arfeli. Prosecretaria.-
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MANUEL MORANDO, L.E. 3.180.327 y LUISA MARGARITA SCHÜTZE, L.C. 5.502.115, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MORANDO, MANUEL Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 12" (CUIJ N° 21-03007170-8). Fdo.DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la CyC 16 ° Nominación de Rosario , se ha ordenado citar a los herederos , acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GOMEZ MARIA ITATÍ DNI 28.146.388 por un dia , para que acrediten dentro de los treinta días corridos . Autos caratulados "GOMEZ MARIA ITATÍ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-03006006- 6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Jun. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RODOLFO ALBERTO LEDESMA DNI 12.074.582 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: ""LEDESMA, RODOLFO ALBERO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ N° 21-03005894-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaría
$ 45 Jun. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE SALCEDO, D.N.I. 8.412.116, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SALCEDO, JORGE S/ SUCESORIO", CUIJ N.º 21-03005700-4. Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GLORIA DE LOS ANGELES D´ANDREA DNI 2.735.240 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "D´ANDREA GLORIA DE LOS ANGELES S/ SUCESORIO" CUIJ 21-03005712-8. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CRISTINA NOEMI SANCHEZ D.N.I. 12.804.999 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: SANCHEZ, CRISTINA NOEMI S/ DECLARATORIA DE HEREDERO CUIJ 21-03006361-6. Firmado: DR. MARCELO C. M. QUAGLIA, Juez, Firma digital.
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante "VICTORINA NIEVES BENADIVES" y/o "VICTORINA NIEVES BENAVIDEZ" y/o "VICTORINA DE LAS NIEVES BENADIVEZ" (D.N.I. 2.821.085) y del causante ANGEL NICOLAS (D.N.I. 5.990.596), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "NICOLAS, ANGEL Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ: 21-02987506-2.- Fdo. Prosecretaria. Rosario,
$ 45 Jun. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO SALVADOR COVELLI (D.N.I. 8.617.189) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "COVELLI, ROBERTO SALVADOR S/ SUCESORIO" (CUIJ Nº 21-03006817-0). Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario,
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: MANUEL ALBOR PENA, DNI N° 6.012.153, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PENA MANUEL ALBOR S/SUCESORIO" (CUIJ N.º 21-03004819-6). Fdo. Prosecretaria. Rosario,
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RUBIO, FERNANDO AGUSTIN (D.N.I. 5.989.289) y MERCEDES RAMONA SANDOVAL (D.N.I. 1.961.395), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RUBIO, FERNANDO AGUSTIN Y OTROS S/ SUCESORIO CYC5" CUIJ 21-02952864-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado: Prosecretaria.-
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TOLLO NICOLÁS RODOLFO D.N.I. Nº 35.289.729 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados "TOLLO, NICOLÁS RODOLFO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" – CUIJ 21-03006488-4- de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Dra. Sabrina Campbell – Secretaria.- Rosario, de Junio de 2026.
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BONOMO, ESTELA, L.C. 4.693.526 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BONOMO, ESTELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-03007575-4" Fdo. Prosecretaria
$ 45 Jun. 04
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CASILDA
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de FRANCISCA LILIAN DI LUCA, DNI N° 2.683.684 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: "'DI LUCA, FRANCISCA LILIAN S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25866687-6 (Expte. N° 659/2025). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).
$ 45 Jun. 04
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CAÑADA DE GOMEZ
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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación del Distrito Judicial N° 6 con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez, Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados "RUBE MARIA LYDIA Y OTROS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26026192-1, se ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MAYER ARNALDO JULIO titular del D.N.I Nº 6.160.560, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados el Tribunal. Cañada de Gómez, Junio de 2026.-
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación del Distrito Judicial N° 6 con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez, Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados "RUBE MARIA LYDIA Y OTROS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26026192-1, se ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RUBE MARIA LYDIA titular del D.N.I Nº 3.713.005, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados el Tribunal. Cañada de Gómez, Junio de 2026.-
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 6 de la Ciudad de Cañada de Gómez (Sta. Fe), se cita y se emplaza a quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento de FLORIANI ELSIO LUIS, DNI N° 6.161.861 para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en los autos caratulados " FLORIANI ELSIO LUIS S/ SUCESORIO CUIJ N.º 21-26035774-0" Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días.-
$ 45 Jun. 04
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los autos caratulados: VALLINA, GUSTAVO GABRIEL s/ADOPCION; CUIJ Nº 21-27884520-3 - que tramitan por ante el Juzgado de Familia de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Dr. Guillermo Roldán y Secretaría de la Dra. Muchiutti, se ha dispuesto lo siguiente: San Lorenzo, 14 de mayo de 2026. Del cotejo de las actuaciones surge que se ha solicitado la adopción plena por integración y el cambio de apellido. Por tal motivo, salen los autos de fallo y se dispone previamente, córrase traslado al progenitor GONZALO NICOLAS NAVARRO, por el término y bajo apercibimientos de ley. Así mismo, cúmplase con los requisitos fijados por el art. 70 del Código Civil y Comercial, publicándose edictos en el BOLETIN OFICIAL, requiriendo los informes sobre medidas precautorias y disponiendo la vista al Ministerio Público. Fdo. Dr. Guillermo Roldán Juez en suplencia. Se hace saber lo normado por el art. 70 del CCC: Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Puede formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Debe requerirse información sobre medidas precautorias existentes respecto al interesado. La sentencia es oponible a terceros desde u inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Deben rectificarse todas las partidas, títulos y asientos registrales que sean necesarios. En consecuencia, se le hace saber al Sr. Gonzalo Nicolás Navarro, DNI Nº 29.680.246, que se ha postulado en autos la adopción plena de su hijo Nicolás Valentín Navarro, a fin que formule las observaciones que estime corresponder.
$ 100 562117 Jun. 4 Jun. 5
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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral San Lorenzo, Dra. Mariana Mercedes Otarola, dentro de los autos caratulados: GRECO, Olga Alejandra c/FERES, Hilda s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (C.U.I.J. Nº 21-17077799-6), se ha ordenado notificar por EDICTOS a los herederos del codemandado NESTOR MAGIN DANELON, D.N.I. Nº 6.178.695, haciéndoles saber que se los cita a comparecer y estar a derecho, por el término de ley, conforme a la providencia que a continuación se transcribe: SAN LORENZO, 05 de Marzo de 2026. Por notificado. Como solicita, cítese por edictos a los herederos del codemandado fallecido, NESTOR MAGIN DANELON, para que dentro del plazo de 10 (diez) días comparezcan a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimiento de nombrar curador conforme lo prescripto por el art. 597 del CPCCSF en la audiencia a efectivizarse con posterioridad al vencimiento del plazo prealudido. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. GABRIELA A. FORLINI (Secretaria Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral San Lorenzo). Diligenciamiento Gratuito Art. 19 C.P.L.S.F.
S/C 562089 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nom. de San Lorenzo, Dr. Guillermo Roldán (Juez Subrogante), Secretaría de la Dra. Melisa V. Peretti, dentro de los autos caratulados: COMUNA DE LUIS PALACIOS c/VENTURA JOSE MARIA Y OTROS s/APREMIO FISCAL; CUIJ 21-25359900-3, se ha ordenado notificar por edictos a los herederos de Gualterio Román Alberto Pastorino y Gualterio Domingo Pastorino, del Auto Nº 838, dictado en fecha 11/05/2026, a los fines que hagan valer sus derechos y bajo apercibimiento de transferir los lotes subastados en autos y que se encuentran inscriptos en las notas de dominio Tomo 64, Folio 883, Nº 100.397 y Tomo 251, Folio 48, Nº 116.167, ambas del Departamento San Lorenzo. Se transcribe a sus efectos el Auto Nº 838 SAN LORENZO, Nº 838 11/05/2026. Y VISTOS: Que por decreto de fecha 22 de mayo de 2025 se dispuso la notificación por cédula a la Sra. Elba Graciela Giosa, diligencia que se encuentra debidamente cumplimentada en autos. Asimismo, se ha dado cumplimiento al emplazamiento por edictos dirigido a los herederos de los Sres. Gualterio Román Alberto Pastorino y Gualterio Domingo Pastorino. Que, frente a ello, no se han formulado oposiciones ni observaciones en el marco de la presente causa respecto de la petición efectuada por los adquirentes en subasta —originarios y cesionarios de derechos y acciones— tendiente al dictado de resolución aclaratoria respecto de que los inmuebles subastados en autos se encontraban inscriptos en el Registro General Rosario bajo las notas de dominio Tomo 251, Folio 48, Nº 116.167 y Tomo 64, Folio 883, Nº 100.397, ambas correspondientes al Departamento San Lorenzo. En consecuencia, y atento las constancias obrantes en autos, de las cuales surgen acreditados los extremos invocados, así como la ausencia de oposición por parte de los titulares registrales y/o sus herederos, corresponde hacer lugar a lo peticionado. Déjase constancia de que a la comunicación que se librará al Registro General Rosario se acompañarán copias de las actas originarias de subasta, de los instrumentos de cesión de derechos y acciones sobre dichas actas, y de las siguientes resoluciones y/o providencias: 1) actas de subasta obrantes a fs. 116/125; 2) cesión de derechos y acciones de fs. 140; 3) Resolución Nº 256 de fecha 2 de marzo de 2016, obrante a fs. 251/252; 4) Resolución Nº 1230 de fecha 4 de diciembre de 2020, obrante a fs. 297; 5) Resolución Nº 883 de fecha 29 de julio de 2021, obrante a fs. 307; 6) cesión de derechos y acciones obrante a fs. 365/367; 7) decreto de fecha 22 de mayo de 2025; y copia de la presente resolución. Por ello, RESUELVO: 1) Ordenar la inscripción preventiva de subasta respecto de los lotes 1 a 11 del Plano Nº 72.978 del año 1973, cuyas notas de dominio se encuentran inscriptas al Tomo 64, Folio 883, Nº 100.397 y Tomo 251, Folio 48, Nº 116.167, ambas del Departamento San Lorenzo, 2) Disponer que la comunicación al Registro General Rosario se efectúe acompañando copias de las actuaciones individualizadas en los considerandos precedentes, 3) Disponer la notificación de la presente por edictos a los herederos de Gualterio Román Alberto Pastorino y Gualterio Domingo Pastorino, y por cédula a la Sra. Elba Graciela Giosa, en el domicilio sito en calle Tucumán 1889, Departamento 1, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe a los fines que hagan valer sus derechos y bajo apercibimiento de transferir los lotes subastados en autos y que se encuentran inscriptos en las notas de dominio ut supra indicados. Insértese, déjese copia y hágase saber. Fdo. Dra. MELISA V. PERETTI (Secretario); Dr. GUILLERMO ROLDÁN (Juez Subrogante). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados del tribunal por el término de tres días.
S/C 562062 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2ª NOMINACION DE SAN LORENZO, Dr. Guillermo Roldán, Juez Subrogante, dentro de los autos caratulados: SANLOCOM SRL s/PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR; CUIJ 21-25448544-3, se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 26/05/2026, Nº 969. Y VISTOS... RESUELVO: Fijar el 27/07/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al síndico. Autorizar la verificación digital o Verificación no presencial de créditos al correo electrónico de la sindicatura: sergioruizcpn@gmail.com, bajo las siguientes condiciones: a) Los acreedores insinuantes deberán remitir la documentación de respaldo en soporte digital al mail indicado y abonarán el arancel mediante transferencia bancaria a la CBU que se informará. La documentación deberá ser foliada, firmada, con indicación de la fecha, los títulos ejecutivos como cheques y pagares serán intervenidos con leyenda “presentado a verificación no presencial” Posteriormente procederán a escanear la documentación y convertida a formato pdf con niveles de resolución lo suficientemente efectivos para que el contenido sea claramente visible y procederán a su remisión en un archivo comprimido de hasta 3MB o en tantos archivos como sea necesario para no superar los 3MB por archivo, con lo cual podrán separar y/o dividir la documentación en la cantidad necesaria de archivos que no superen dicho tamaño titulando cada archivo como “PARTE l”, “PARTE 2”, etc. b) En el pedido de verificación del crédito se indicara: I) CUIT DNI y datos completos del acreedor, domicilio real y domicilio legal, monto, causa, privilegio y demás datos y circunstancias necesarias relativas al crédito. II) Un detalle de los documentos respaldatorios adjuntados en el/los archivo/s PDF. III) Deberá indicar el domicilio físico donde se encuentra la documentación y agregar la leyenda “Se declara bajo juramento que la información proporcionada es verídica y la documentación adjuntada en formato digital se corresponde exactamente con los originales en formato papel, los que quedan al resguardo del presentante como depositario judicial y que se encuentran a disposición de la Sindicatura o el Tribunal a los fines pertinentes. c) Toda la documentación presentada deberá estar disponible para el Tribunal y la Sindicatura y deberá ser entregada en original en caso de ser requerido. Se hace saber que la no presentación de los documentos en su soporte original -papel- en caso de ser requerido, podrá ser tomado como falta en el cumplimiento de los requisitos de verificación. d) Cada pedido por mail de verificación digital o no presencial que sea recibido por la Sindicatura será respondido con la constancia de recepción de la información. e) Asimismo se procederá, por cada pedido de verificación, a implementar una carpeta o legajo digital del acreedor insinuante y todas las carpetas o legajos se subirán posteriormente a la nube mediante sistema google drive, dropbox, evernote, página web. La dirección o carpeta de la nube con todos los legajos será publica y podrá ser consultada en forma permanente por la fallida y/o los terceros. f) Para el procedimiento de observación de los créditos se procederá de igual forma que lo aquí previsto para la insinuación. Fijar el 09/09/2026 para la presentación por el síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C. Fijar el 22/10/2026 para la presentación del informe general por la sindicatura. Disponer se publiquen los edictos que prescribe el art. 27 L.C.Q. por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Guillermo Roldán (Juez subrogante). Dra. Melisa Peretti, secretaria.
S/C 561905 Jun. 4 Jun. 10
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se hace saber que en el expediente caratulado: DIAZ AGUSTINA c/BRINGAS ZULEMA ELISA s/COBRO DE PESOS; (CUIJ 21-17078184-5), en trámite por ante dicho Juzgado, se ordena emplazar y citar por edictos en el BOLETIN OFICIAL que deberán publicarse por tres (3) días consecutivos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, a los posibles herederos, acreedores y legatarios de la causante Zulema Elisa Bringas, D.N.I. Nº 01.445.215, y cuyo término vencerá tres (3) días después de su última publicación (art. 45 CPL). A mayor abundamiento se transcribe el decreto que lo ordena: SAN LORENZO, 08 de Mayo de 2026. Por recibidos. Por denunciada conexidad con los autos CUIJ Nº 21-25448473-0 BRINGAS, ZULEMA ELISA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS. Por denunciados pretensos herederos e interesados de la causante Zulema Elisa Bringas. En consecuencia, cítese y emplácese a los señores 1) María Andrea Bringas; 2) Ignacio Rafael Bringas; 3) María Angélica Bringas, 4) María Alejandra Bringas, 5) Ignacio Facundo Bringas Sica y 6) Ariadna Valeria Sica, para que comparezcan a estar a derecho por el término de 10 días, bajo apercibimientos de ley (conf. art 44 CPL). Notifíquese por cédula, debiendo el notificador requerir de quien le atienda o vecinos si el demandado vive allí y, únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la diligencia, dejando constancia de todo lo actuado en la cédula. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio de los demandados, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y/o a la Cámara Nacional Electoral. Asimismo, cítese emplácese a los posibles herederos, acreedores y legatarios de la causante Zulema Elisa Bringas, D.N.I. Nº 01.445.215, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres días y cuyo término vencerá tres días después de la última publicación. (Art. 45 CPL). Fdo. Dr. Guillermo Roldán, Juez Subrogante.
$ 56 561471 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados VILLA CASSINI ASOCIACION MUTUAL c/RAMIREZ, RAUL ROLANDO s/JUICIO EJECUTIVO; (CUIJ 21-25445947-7), se ha ordenado notificar por edictos al demandado, Sr. RAUL ROLANDO RAMIREZ (DNI Nº 26.358.636, CUIJ 20-26358636-1), a los efectos de notificarle el Auto de aprobación de planilla dictado dentro del expediente aludido, inscripto al Tomo 2026, Número 866 de fecha 12 de mayo de 2026, el que se transcribe a continuación: Y VISTOS... RESUELVO: Aprobar la planilla mencionada por la suma de pesos un millón doscientos un mil seiscientos noventa ($ 1.201.690). Insértese y notifíquese por edicto. Fdo. Dr. Guillermo Roldán (Juez subrogante). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Melisa V. Peretti. San Lorenzo, de Mayo de 2026.
$ 33 561657 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Familia de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, Secretaria que suscribe, Dra. Mónica Muchiutti, hace saber a la Sra. Grosso Magali, DNI 34.831.654, con domicilio en calle Madres de Plaza de Mayo 738 BIS— Timbués, que en los autos CARDACCI, JUAN GUSTAVO c/GROSSO, MAGALI s/ACCIONES VINCULADAS A LA DEBIDA COMUNICACIÓN, CUIJ Nº 21-27884519-9, se ha dictado lo siguiente: SAN LORENZO, 03 de Marzo de 2026; Habiéndose cumplimentado con lo ordenado, se provee la demanda: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y a mérito del poder especial acompañado. Por iniciada la acción que expresa -AMPLIAR RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN- a la que se le imprimirá el trámite sumarísimo. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y ofrecer prueba en el término de 10 días bajo apercibimientos de ley. Téngase presente lo manifestado, dejando constancia que la sola remisión vía digital de la constancia acompañada, implica certificación de la misma por el profesional -en los términos del art. 35 del CPCC-. Notifíquese por cédula. De no ser hallada la parte demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si el mismo vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Notifíquese con copia de la demanda y en caso de pluralidad de demandados notifíquese de manera individual a cada persona. Fdo. Dra. Mónica Muchiutti, Secretaria; Dr. Alejandro Andino, Juez en Suplencia. Y, SAN LORENZO, 12 de Mayo de 2026; Téngase presente. Revóquese el decreto precedente y en su lugar se provee: notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Mónica Muchiutti, Secretaria; Dr. Alejandro Andino Juez en suplencia. Lo que se hace saber a sus efectos. San Lorenzo, Mayo de 2026.
$ 60 561656 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Sta. Fe, dentro de los autos caratulados RICCIARDI FERNANDO ANIBAL c/LAGGER ALINA DANISA s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ Nº 21-25447429-8, se hace saber que se ha declarado la rebeldía de la demandada, Sra. ALINA DANISA LAGGER ALBISETTI, D.N.I. Nº 29.370.780 y designado fecha de sorteo de defensor de oficio para el día 08/06/26 a las 9 hs., mediante decreto judicial que a continuación se transcribe: San Lorenzo, 27 de Abril de 2026. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde Sra. Alina Danisa Lagger Albisetti. Desígnase fecha de sorteo de Defensor de oficio para el día 08/06/26 a las 09:00hs (art. 78 CPCC). Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Luz M. Gamst (Secretaria); Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez).
$ 33 561654 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, SEC. UNICA de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Angela CALO, D.N.I. 3.575.531, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: RAFAEL ADOLFO LANDUCCI Y OTROS s/SUCESORIO; CUIJ 21-25448605-9. Fdo. Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Secretario). San Lorenzo, de abril de 2026.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, SEC. UNICA de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Rafael Adolfo LANDUCCI, D.N.I. 6.166.526, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: RAFAEL ADOLFO LANDUCCI Y OTROS s/SUCESORIO; CUIJ 21-25448605-9. Fdo. Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Secretario). San Lorenzo, de abril de 2026.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom.
de San Lorenzo, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante OSCAR BAEZ D.N.I. M6.408.554, por un día que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos BAEZ, OSCAR s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25448613-9. Fdo. Dra. Gamst (Secretaria). San Lorenzo, de Mayo de 2026.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom, de San Lorenzo, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante MARÍA MERCEDES FONTANA D.N.I. 2.804.881, por un día que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos FONTANA, MARÍA MERCEDES s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25431870-1. Fdo. Dra. Gamst (Secretaria). San Lorenzo, de Mayo de 2026.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, a Dr. Alejandro M. Andino, Secretaria de la Dra. Luz M. Camst, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CERVASO, Ricardo Lorenzo, D.N.I. Nº 8.112.144, por un día, para que lo acrediten dentro de los 30 días. Autos caratulados: GERVASO Ricardo Lorenzo s/Sucesorio; CUIJ 21-25448526-5, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo. Fdo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del/la Juez/a del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante RIGHI SILVIA MONICA (D.N.I 12.522.787) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIGHI SILVIA MONICA S/SUCESIONESINSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” (Cuij: 21-25448891-4). Fdo. Dra. Melisa Peretti(Secretaria).
$ 45 Jun. 04
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En autos VIVAS JULIA ALICIA c/ECEIZA, RODOLFO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ Nº
21-23484909-0, De trámite por ante el JUZG. DE 1ª INSTANCIA DE CIRCUITO de Villa Constitución, se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO, 03 de Junio de 2024, Por presentadas, con domicilio procesal constituido y por parte, a mérito del poder especial acompañado a fs. 3. Por iniciada acción de usucapión. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Sumario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (03) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Además, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en los ESTRADOS del TRIBUNAL a los fines que la sentencia tenga efectos “ergo omnes”, debiendo encontrarse el expediente en el casillero al momento de notificar la demanda y publicar los edictos. Líbrese oficio al Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe y al Señor Intendente de Villa Constitución para que manifiesten si existen interés fiscal comprometido en el inmueble que pretende usucapir y en caso afirmativo tomen intervención en los presentes. Por ofrecida la prueba documental. Agréguense en autos el avalúo fiscal, el plano de mensura y el informe de dominio expedido por el Registro General de Propiedades de Rosario que acompaña. Acompañe extracto de dominio expedido por dicha repartición pública. Líbrese oficio al Registro de Procesos Sucesorios de Rosario para que informe si se encuentra iniciado el Juicio de Declaratoria de Herederos del demandado. Conforme lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1905 del Código Civil y Comercial, ordénese la anotación litigiosa del inmueble objeto de este juicio, a fin de dar a conocer su pretensión. Líbrese a tal efecto oficio al Registro General de Propiedades de Rosario. Agréguese la documental impresa acompañada. Hágase saber al actor que deberá exhibir su original al momento de solicitar traslado de demanda, atestándose certificación por la Actuaria en la referida copia. Se deja constancia que no se acompaña sobre de documental para reservar en Secretaría. Al punto 7), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. DIOGENES D. DROVETTA, Juez; Dra. ANALIA N. VICENTE, Secretaría. 23 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofia Rossi, secretaria.
$ 100 562123 Jun. 4 Jun. 10
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Villa Constitución, a cargo del Dr. Diógenes Drovetta, Secretaría de la Dra. DULCE SOFÍA ROSSI, caratulado: CATUREGLI, LUCIANO ROBERTO c/CATUREGLI, JOSE s/USUCAPION; Expte. CUIJ Nº 21-23485563-5, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 497. Villa Constitución, 8 de mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: l) Hacer lugar a la demanda de usucapión. 2) Declarar que a partir del 29 de julio de 2018 se ha operado a favor de LUCIANO ROBERTO CATUREGLI, DNI Nº 22.944.236, la prescripción adquisitiva y consiguiente adquisición del dominio del inmueble inscripto en mayor área al TOMO 68 FOLIO 58 Nº 51613, Departamento Constitución del Registro General de Propiedades de Rosario. El inmueble se encuentra ubicado en la localidad de Theobald, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, sobre Autopista Nº 9 Pedro E. Aramburu, a los 384.48 metros desde la intersección de Autopista Nº 9 Pedro E. Aramburu, con espacio público de circulación (Intercambiador), hacia el NOR-OESTE. Según planos de mensura confeccionados por el Ingeniero Agrimensor Héctor Felipe Alfredo RODRÍGUEZ, se compone de dos lotes cuyas medidas, linderos y ángulos se describen a continuación: A) LOTE 5, según plano Nº 277130 inscrito en fecha 30/08/2024 de la Dirección Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe: Lado A-B mide 306,37 metros, linda al Sud-Este con la Autopista Nº 9 PEDRO E. ARAMBURU. Lado B-C: mide 274,78 metros, linda al Sud-Oeste con MARTINELLI PEDRO L.O., Partida impuesto inmobiliario Nº 19-17-00-415424/0001. Lado C-D mide 294,20 metros, linda Nor-Oeste con Camino Público. Lado D-A mide 189,08 metros, linda al Nor-Este con CAMPI JUAN J. S. y OT., Partida impuesto inmobiliario Nº 19-17-00415422/0001 del plano Nº 149893/2004. Ángulo interno vértice A: 106º 12’ 18”. Ángulo interno vértice B: 73º 47’ 42”. Ángulo interno vértice C: 89º 57’ 47”. Ángulo interno vértice D: 90º 02’ 20”. Encierra una superficie total, según mensura, de sesenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta con treinta siete metros cuadrados (68.440,37 m2) y corresponde a la partida de impuesto inmobiliario Nº 19-17-00-415423/0001-2. B) LOTE 2, según plano Nº 277208, inscrito en fecha 03/09/2024 de la Dirección Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe. Lado A-B: mide 78,01 metros, linda al Nord-Oeste con la Autopista Nº 9 PEDRO E. ARAMBURU. Lado B-C: mide 21,84 metros, linda al Sud-Este con CATUREGLI FREDIANO SANTOS, Partida impuesto inmobiliario Nº 19-17-00 415422/0003 del plano Nº 27012/1960. Lado CA, mide 74,92 metros, linda al Sud-Oeste con CATUREGLI FREDIANO SANTOS, Partida impuesto inmobiliario Nº 19-17-00-415422/0003 del plano Nº 27012/1960. Ángulo interno vértice A: 16º 15’ 20”. Ángulo interno vértice B: 73º 48’ 54”. Ángulo interno vértice C: 89º 55’ 46”. Encierra una superficie total, según mensura, de ochocientos dieciocho con cero dos metros cuadrados (818,02 m2) y corresponde a la partida de impuesto inmobiliario Nº 19-17-00-415423/0002-1. 3) Disponer la cancelación de la anotación del referido dominio a nombre de CATUREGLI JOSE, respecto del domino citado. 4) Costas al actor, teniendo en cuenta lo expuesto en los considerandos. 5) Diferir la regulación de los honorarios de los letrados hasta que acompañen constancia de inscripción ante la ARCA y estimen el valor de los lotes. 6) Vista al API a los efectos del artículo 302 del Código Fiscal. 7) Previo pago de los aportes previsionales de las leyes provinciales 6.930 y 10.727 y de los sellados y tasas fiscales que se pudieren adeudar, se librará oficio al Registro General de Propiedades de Rosario. Dése protocolo digital y notifíquese por cédula y por edictos. Villa Constitución, 12 de Mayo de 2026. Dra. DULCE SOFÍA ROSSI (Secretaria).
$ 52,50 562115 Jun. 4 Jun. 8
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Hago saber a Ud. que en el juicio “TAMBURELLI RUBEN JOSE s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ. Nro. 21-25661382-1, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución a cargo del Dr. David Lisandrell, Juez, Secretaría de la autorizante Dr. Dario Malgeri, se ha dispuesto lo siguiente: “Llamar, citar y emplazar por el término de treinta (30) días a los herederos, legatarios y/o acreedores de Don RUBÉN JOSÉ TAMBURELLI, D.N.I. Nro. 6.114.619, Para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos”. AUTOS: “TAMBURELLI RUBEN JOSE s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ. Nro. 21-25661382-1. Fdo. Dr. Dario Malgeri. Secretario.
$ 45 Jun. 04
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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Villa Constitución a cargo del Dr. David Lisandrello, dentro de los caratulados "TURCHI, NILDA DORA S. SUCESIÓN" (CUIJ Nº 21-25661496-8), se llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por doña TURCHI, NILDA DORA, por treinta días, para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2.340 C.C.C.). Secretaría Villa Constitución, Dr. Darío Malgeri, Secretario.-
$ 45 Jun. 04
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez del Juzgado 1ª Inst. Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Melincué, Dr. ALEJANDRO H. LANATA, Secretaria Subrogante; Dra. LUCIA CIARPELLA, dentro de los autos caratulados: MARINOVICH SILVIO GABRIEL c/GIOMMO ENRIQUE Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-26472834-4, se dispuso: Melincué, 14 de Abril de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 19312/25: Atento el estado de autos y el informe que antecede, declárese REBELDE a los demandados (Sr. ENRIQUE SANTIN GIOMMO y Sra. MARIA GIOMMO) debiendo continuar el juicio sin su representación. Procédase a efectuar la notificación del presente proveído conforme lo normado por el art. 597 CPCCSF. En cumplimiento de lo normado mediante art. 597 CPCCSF; desígnese cualquier día y hora hábil de audiencia a los fines de proceder a efectuar el sorteo de Defensor Ad-Hoc correspondiente. Firmado: 14/04/2026. Dr.
Lanata (Juez); Dra. Ciarpella (Secretaria Sub.). 5 de Mayo de 2026.
S/C 562007 Jun. 4 Jun. 8
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, a cargo del Dr. ALEJANDRO H. LANATA (Juez) Secretaria de la Dra. LUCIA B. CIARPELLA, en los autos caralulados ROCCI JUAN Y OTROS s/SUCESIONES.INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. CUIJ 21-26475336-5, se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de JUAN ROCCI y ASUNTA MELLIANI, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Melincué, 2 de Junio de 2026.
$ 45 Jun. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, a cargo del Dr. ALEJANDRO H. LANATA (Juez), Secretaria de la Dra. LUCIA B. CIARPELLA, en los autos caratulados ROCCI LILIANA BEATRIZ s/SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT; 21-26475344-6, se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de LILIANA BEATRIZ ROCCI, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Melincué, 2 de Junio de 2026.
$ 45 Jun. 4
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VENADO TUERTO
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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: "TORASSO JORGE ALBERTO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-24625485-8, se cita y emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TORASSO JORGE ALBERTO, DNI 13.499.282, para que lo acrediten dentro de treinta (30) días hábiles, bajo apercibimiento de ley. Publíquese por el término de ley en el Boletín Oficial. Venado Tuerto, de junio de 2026.
$ 45 Jun. 04
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlos Carlini (Juez), Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Walter Bournot (Secretario), dentro de los autos caratulados "AYUSO, NELIDA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)" CUIJ 21-24625683-4, se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de la Sra. NELIDA MARIA AYUSO, D.N.I. F 1.758.942, para que comparezcan ante éste tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.- Venado Tuerto, JUNIO DE 2026
$ 45 Jun. 04
Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlini, en los autos caratulados "RODRIGUEZ HECTOR SATURINO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" - CUIJ N.º 21-24625703-2, el Secretario que suscribe cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de don Hector Saturino RODRIGUEZ – DNI: 6.120.311, para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.-Venado Tuerto…
$ 45 Jun. 04
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. MARÍA CELESTE ROSSO, Secretaría a cargo de la Dra. MARIA LAURA OLMEDO dentro de los autos caratulados "ARANDA ALICIA ZULEMA S/ SUCESORIO" CUIJ 21-24625690-7 se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de ARANDA ALICIA ZULEMA, argentina, mayor de edad, viuda y que falleciera por una enfermedad el día 29/10/2025, DNI N° 12.426.308, con último domicilio en calle José Ingenieros N° 729 de Santa Isabel, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. VENADO TUERTO, de de 2026.-
$ 45 Jun. 04