DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA
Y FAMILIA DEL INTERIOR
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Resolución de la Sra. Delegada Regional - Delegación San Lorenzo – de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, hago saber a la Sra. BARRO, Nemeci Marianela DNI 41.513.825, argentina, mayor de edad, con domicilio desconocido, que dentro del expediente judicial: “BARRO NUÑEZ A Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL LEY 12.967” – CUIJ 21-29255523-4, que tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Familia del Distrito Judicial Nro. 12 de la ciudad de San Lorenzo, Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: “San Lorenzo, 10/06/2026.- Nro. 983; Y VISTOS…Y CONSIDERANDO… RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad solicitado y en consecuencia ratificar el acto de que surge de la Orden n° 14/2022 del 6 de setiembre de 2022. 2) Continúen actuando los equipos respectivos de la Delegación Regional San Lorenzo. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber.” Fdo. Andino (juez en Suplencia) – Abog. Muchiutti (Secretaria). Y otra resolución del siguiente tenor; “San Lorenzo, 02/07/2026.- Nro. 1158; Y VISTOS…Y CONSIDERANDO… RESUELVO: Aclarar la Resolución Nro. 983 de fecha 10/06/2926 y agregada a fs. 44 del expediente digital completo SISFE, en su punto 1 para que quede redactada así:“....Hacer lugar al control de legalidad solicitado y en consecuencia ratificar el acto de que surge de la Disposición Nro. 22/2026, de fecha 01/04/2026...". Insértese el original, agréguese copia, notifíquese y, oportunamente, archívese.” Fdo. Andino (juez en Suplencia) – Abog. Muchiutti (Secretaria).
S/C 49502 Jul. 21 Jul. 23
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA
Y FAMILIA DEL INTERIOR
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Resolución de la Sra. Delegada Regional - Delegación San Lorenzo – de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, hago saber al Sr. NUÑEZ Javier Matias DNI 40.314.529, argentino, mayor de edad, con domicilio desconocido, que dentro del expediente judicial: “BARRO NUÑEZ A Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL LEY 12.967” – CUIJ 21-29255523-4, que tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Familia del Distrito Judicial Nro. 12 de la ciudad de San Lorenzo, Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: “San Lorenzo, 10/06/2026.- Nro. 983; Y VISTOS…Y CONSIDERANDO… RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad solicitado y en consecuencia ratificar el acto de que surge de la Orden n° 14/2022 del 6 de setiembre de 2022. 2) Continúen actuando los equipos respectivos de la Delegación Regional San Lorenzo. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber.” Fdo. Andino (juez en Suplencia) – Abog. Muchiutti (Secretaria). Y otra resolución del siguiente tenor; “San Lorenzo, 02/07/2026.- Nro. 1158; Y VISTOS…Y CONSIDERANDO… RESUELVO: Aclarar la Resolución Nro. 983 de fecha 10/06/2926 y agregada a fs. 44 del expediente digital completo SISFE, en su punto 1 para que quede redactada así:“....Hacer lugar al control de legalidad solicitado y en consecuencia ratificar el acto de que surge de la Disposición Nro. 22/2026, de fecha 01/04/2026...". Insértese el original, agréguese copia, notifíquese y, oportunamente, archívese.” Fdo. Andino (juez en Suplencia) – Abog. Muchiutti (Secretaria).-
S/C 49503 Jul. 21 Jul. 23
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SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 229
SANTA FE, 17 de julio de 2026
VISTO:
El expediente N° EE-2026-00060168-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital -PDG- “TIMBO”-, cuyas actuaciones se relacionan con la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la actualización de otras por ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con las condiciones exigidas por la Circular Nº 02/26 de la UG “Condiciones obligatorias para obtener el estado de inscripto” en concordancia con la Resolucion SCyGB Nº 110/26, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;
POR ELLO:
LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe a la siguiente firma: DINALE S.A. CUIT N.º 30-70768241-4.
ARTÍCULO 2: Actualícese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe a las siguientes firmas: MEDIPLUS S.R.L. CUIT N.º 30-70863354-6; TÉCNICAS MÍNIMO INVASIVAS S.A. CUIT N.º 30-71138635-8; TELECOM ARGENTINA S.A. CUIT N.º 30-63945373-8.
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 49501 Jul. 21 Jul. 22