picture_as_pdf 2026-08-03

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SANTA FE

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: PAPURELLO ORALIA MARGARITA C/ PAPURELLO EDUARDO Y OTROS S/ ORDINARIO -HIBRIDO- 21-00728719-1, se ha dictado el siguiente decreto: “SANTA FE, 09/12/2024, Por iniciada formal DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts. 398 del C.P.C.C.). Cítese y emplácese por el plazo de ley a EDUARDO PAPURELLO, MARIO PAPORELLO y/o quien resulte propietario y/o se considere con derechos sobre el inmueble empadronado bajo la partida de impuesto inmobiliario N° 09-34-00-093524/0000-3, inscripto bajo N° 18387 F° 895 T° 144 Impar Sección “Propiedades” Departamento Las Colonias del Registro General de Santa Fe, para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss. C.P.C.C.). Hágase saber al/los demandado/s que se dará estricto cumplimiento al artículo 33 del C.P.C.C. en la parte que dispone: “No se cargará ni admitirá escrito alguno ni se practicará ninguna diligencia a pedido de parte sin el sellado correspondiente. Sólo podrá prescindirse de este requisito, con cargo de inmediata reposición, en los casos de urgencia y cuando por razones de horario u otra causa no funcionen las oficinas expendedoras de valores fiscales...”. De verificarse tal circunstancia, no será vinculado al SISFE hasta tanto se cumplimente el requisito legal, con los alcances de la última parte del citado artículo 33 del C.P.C.C.; lo mismo ocurrirá si no se acompaña la boleta colegial, conforme lo dispuesto en los artículos 1, 4 y 7 de la Ley 10.727 y Ley 10.244. Sin perjuicio de lo ordenado, se hace saber que la CLAVE PÚBLICA DE CONSULTA ON LINE del expediente es: 9636. Asimismo, si se encontrare pendiente de reposición tanto los actos procesales como los documentos en que se fundamentare la demanda, contestación y/o reconvención, se correrá vista a la A.P.I., quien deberá expedir la pertinente liquidación de sellados, con los apercibimientos previstos en el Código Fiscal. En caso de fracasar la notificación por el Oficial de Justicia y/u otro medio previamente autorizado, de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al: 1) Registro Nacional de las Personas; 2) Cámara Nacional Electoral; 3) Tribunal Electoral de la Provincia y/o 4) Registro Público, según corresponda. Los oficios a tramitarse por ante el Tribunal Electoral de Santa Fe deberán enviarse al correo electrónico oficial de dicho organismo: secretariaelectoral@santafe.gov.ar (TE 0342-4815751), cumplimentando los siguientes requisitos: a) identificación del expediente: número de expediente, CUIJ, carátula, datos del Juzgado, oficina y/o lugar de tramitación, requirente; b) formato del documento: los oficios deberán ser presentados en formato PDF; deberán incluir firma y/o firma digital, número de documento, apellido y nombre de quien solicita el último domicilio electoral. La Secretaría Electoral de la Provincia de Santa Fe cuenta con el Registro de Electores empadronados en la Provincia de Santa Fe, elaborado para cada elección provincial por la Secretaría Electoral Nacional. Como consecuencia de ello, todo requerimiento de algún dato adicional específico —datos filiatorios, tipo y/o número de documento de identidad, datos de defunción, domicilios anteriores, residencia, etc.— deberá ser canalizado por ante la Secretaría Electoral Nacional y/u organismo competente. Los oficiados, de ser posible, deberán remitir su responde a civil2sfe@justiciasantafe.gov.ar; caso contrario el profesional deberá, bajo su exclusiva responsabilidad, digitalizarla y acompañarla de inmediato para su incorporación al SISFE. Sin perjuicio de ello, podrá el suscripto requerir los originales para su compulsa y, en su caso, se digitalizarán y agregarán con intervención del actuario. En virtud de lo dispuesto por el artículo 25 inciso a) del C.P.C.C., autorízase a los profesionales para su diligenciamiento, debiendo transcribir nombre completo, número y tipo de documento de identidad, último domicilio conocido y correo electrónico del Juzgado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Las audiencias de proveído y de producción de pruebas se celebrarán, para un mejor aprovechamiento de las herramientas digitales disponibles que permiten mayor celeridad e inmediación probatoria, a través de la plataforma digital Zoom (ID de reunión 944 2246 4747, Código de acceso 050505). De modificarse plataforma, ID y clave, se notificará a las partes por Secretaría. Audiencia de proveído de pruebas: deberán concurrir únicamente los profesionales (apoderados y/o patrocinantes) a los fines de coordinar fecha de audiencia de producción y demás particularidades de las pruebas que se hubieren ofrecido dentro del término que se fije. De la misma se confeccionará un acta y se incorporará al SISFE. La ausencia parcial de profesionales no obstará a la celebración. Audiencia de producción de pruebas: contará con un respaldo de videograbación en formato digital MP4, el que se remitirá a los correos electrónicos que las partes deben informar en su primera presentación; caso contrario se tendrá por cierto el informado por el profesional en el Colegio de la Abogacía de la 1ª Circunscripción. Si por circunstancias particulares o especiales, a exclusivo juicio del suscripto, no pudieren utilizarse los referidos medios digitales, la audiencia de producción de pruebas se celebrará en la Sala de Audiencias del Poder Judicial oportunamente habilitada para la implementación del protocolo de oralidad y con el respaldo informático que se disponga, para lo cual especialmente se fijará día y hora de audiencia. Se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor. En el supuesto de haberse acompañado con la demanda (o en el futuro) Declaración Jurada de Pobreza, notifíquese por cédula a la A.P.I. (Administración Provincial de Impuestos) y a la contraria, a los efectos legales que pudieren corresponder. Toda cédula de notificación y/o actuación diligenciada en soporte papel deberá, bajo exclusiva responsabilidad del profesional, ser digitalizada y acompañada al SISFE para su incorporación, debiendo conservar su original en carácter de depositario. Respecto de la prescripción del artículo 61 del C.P.C.C., toda providencia para la que el Código de rito no disponga otra cosa quedará notificada el primer martes o viernes posterior a su fecha o el día siguiente hábil, en caso de no serlo aquél, para lo cual se considerará como tal la de incorporación al SISFE. Toda documental deberá adjuntarse digitalizada al SISFE, constituyéndose el/la profesional en depositario judicial de la misma, quedando a disposición del Juzgado a los efectos legales que correspondan. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial Notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 C.P.C.C. Dr. CARLOS FEDERICO MARCOLIN, Juez, Dra. GISELA SOLEDAD BEADEZ,Secretaria.”

$ 500 564957 Ag. 3 Ag. 5

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se hace saber que en los autos PLAUMER, BRENDA NOELIA s/CONCURSO PREVENTIVO; 21-02061317-0, de trámite por ante el Juzgado mencionando, se ha ordenado mediante resolución de fecha 19/06/2026, Declarar abierto el concurso preventivo de la Sra. PLAUMER BRENDA NOELIA de apellido materno PLAUMER, DNI 27.426.296, CUIT 27-27426296-1, argentina, mayor de edad, con domicilio real dice en calle 51 Esq. Pasaje 16 S/N BICENTENARIO, de la ciudad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe y legal en calle Avenida Facundo Zuviria N° 7009, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe (arts. 288/289 LCO). Asimismo, se hace saber a los acreedores que la fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante el Síndico es 13.08.2026. Resultando designado: La Contadora Pública María Elena de los índico el CPN MARIA INES MARGHERIT, domiciliada domicilio en calle Grand Bourg 4270 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe y fija como horario de atención de lunes a viernes de 9 a 12 horas y de 17 a 20 horas. A todos los efectos que corresponda denuncia como correo electrónico a ines.margherit@gmail.com. Asimismo, se hace saber: que S.S procedió a Fijar el 25.09.2026 y el 09.11.2026 para la presentación de los informes individual y general respectivamente; y hasta el 25.11.2026 para la presentación de las observaciones al informe general; el día 16.03.2027 á el día hábil siguiente si aquel resultare feriado, a las 10 horas, para que tenga lugar la audiencia informativa prescripta en el art. 43 de la Ley 24522. Fijar como fecha de vencimiento del período de exclusividad el día 23.03.2026. Santa Fe, de Julio de 2026. Nestor A. Tosolini, secretario.

S/C 564709 Ago. 3 Ago. 7

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: LOPEZ, RUBEN DARIO s/SUCESORIO; CUIJ Nº 2l-02062672-8. se cita, llama y emplaza a todos los Herederos, acreedores y legatarios de Rubén Darío López, DNI 13.163.420, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. Guillermo Adrián Vales Juez. Santa Fe, de 2026.

$ 45 Ago. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en la Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “CORRAL, EMILCE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-02062524-1.-, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña EMILCE CORRAL, D.N.I. F6.706.332, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y para ser exibidos en el Hall del Juzgado. Fdo: Dr. Guillermo A. Vales (Juez).

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Expediente radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimo Tercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, a cargo del Juez: Dr. GUILLERMO VALES), en los autos caratulados “VELOZO, ALEX STEVIE S/SUCESORIO” CUIJ 21-02061188-7, Año 2026; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALEX STEVIE VELOZO, D.N.I. 42.183.085; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Publicándose edictos por el término de ley en el Boletín Oficial de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287 y cumplimentándose el acuerdo ordinario del 07/02/96 acta Nº 3. Fdo.: Dr. Vales – Juez. Santa Fe, de Julio de 2026.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por el causante JOSE ANGEL TEMPERINI, DNI 11.272.674, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TEMPERINI, JOSE ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03006558-9) Fdo. Dr. Guillermo Adrián Vales, Juez

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Tercera Nominación, ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don: ADOLFO EDUARDO RIEMERSMA, D.N.I. N.º 12.147.751, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos: “RIEMERSMA, Adolfo Eduardo S/ SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-02062576-4). Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96 Acta Nº 3 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. Santa Fe, de julio de 2026. Secretaría. FDO: DR. GUILLERMO ADRIAN VALES Juez.-

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil, Comercial Laboral de Esperanza – Primera Nom.Secretaría Única, en autos “MARRONI, VICTOR RENÉ S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-28925832-6.- Se cita, llama y emplaza a todos los herederos acreedores y legatarios de DON VICTOR RENÉ MARRONI DNI N°11.105.460. para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL (Fdo. Dra. Julia Fascendini (Secretaria) - Dra. Virginia Ingaramo (Jueza)).- Santa Fe, de Julio de 2026.

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría a cargo de la Dra. Julia Fascendini, de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “SERATO JOSE LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-26307713-7), cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don SERATO, JOSE LUIS DNI N° 16.075.278, con último domicilio en calle San José N° 2031 de la localidad de Humboldt, provincia de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, fallecido el 15 de junio de 2.025, en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan por ante éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro de los treinta días de su publicación. Se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- ESPERANZA, DE JULIO DE 2026.- Fdo.: DRA. JULIA FASCENDINI-SECRETARIA.

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El Juzg. Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 1era. Nom SECRETARIA UNICA, de la ciudad de Esperanza en autos “MENDOZA RUBEN HORACIO Y PEREZLINDO NILDA HAIDEE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ N.º 21-28925478-9” CUIJ N° 21-28925478-9 se cita, se llama, y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de RUBÉN HORACIO MENDOZA, DNI 6353287 fallecido en fecha 28 de Diciembre de 2017, con último domicilio en Zona Rural S/N de la localidad de Humboldt y de NILDA HAIDEÉ PEREZLINDO, DNI 1752874, fallecida en fecha 17 de Noviembre de 2023, en la ciudad de Esperanza con último domicilio en Zona Rural S/N de la localidad de Humboldt ha ordenado lo siguiente: "ESPERANZA, de Marzo de 2026. Cítese por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días. A tales fines, publíquense Edictos por el término de ley en el Boletín Oficial. Notifíquese. Firmado digitalmente por Dra. Julia FASCENDINI (Secretaria) Dra. Virginia INGARAMO (Jueza)" Esperanza, 30/03/2026.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de la Ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: “WEPPLER, GLADYS MABEL LUISA S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02061885-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de GLADYS MABEL LUISA WEPPLER, D.N.I 03.990.105 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DR. CARLOS FEDERICO MARCOLIN – JUEZ.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados, “SORIA CARMEN HAYDEE Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N°21-02062234-9 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de, Soria Carmen Haydee D.N.I N° F4.968.388 y Gagliesi Enrique Vicente D.N.I N° M6.234.603, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de la ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez)

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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación -Secretaria Única - con asiento en la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o a todos quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de los causantes don GASPAROTTI, Jose, Doc. Ident: L.E.2.482.801 y doña CORTES, Sara Del Carmen, Doc. Ident: L.C.2.623.636, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados “GASPAROTTI, JOSE Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-29035991-8. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (art. 592 y 67 mod. Ley 11287 CPCC).

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación), en autos caratulados “NUÑEZ, ESMILCE ELADIA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02059654-3), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de NUÑEZ, ESMILCE ELADIA, DNI N° F 5.416.072, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Noelia Druetta (Secretaria)

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, secretaria única (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Guillermo VALES -Juez), se hace saber que en los autos caratulados “BASTIDES, ALEJANDRA ELISABET S/ SUCESORIO CUIJ n°: 21-02062244-7”, se cita, llama y emplaza a los Herederos, acreedores y legatarios de ALEJANDRA ELISABET BASTIDES DNI: 22.144.543, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Fdo. Dr. Guillermo Adrián Vales- Juez.

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Por disposición del Sr.. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civ·1 y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: “CORREA IRMA BEATRIZ s/Solicitud Propia Quiebra”, CUIJ N” 21-02061855-5, se ha dispuesto : 1) “Declarar, la quiebra de CORREA IRMA BEATRIZ, DNI: 11.103.090, domiciliada realmente en calle Roque Saenz Peña Nro. 5451 int. 3 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 8) Que se ha señalado el día 17/09/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las solicitudes de verificación de créditos y títulos pertinentes a la Sindicatura; 9) Que se ha fijado el 20/10/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las Impugnaciones a los créditos . Que se fijó el dia 02/12/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 01/03/2027 para la presentación del Informe General . Se hace saber que el Síndico Designado en Autos es el C.P.N. Izquierdo Mariano Hugo quien constituye domicilio en calle Primero de Mayo 1941 Planta Baja de la ciudad de Santa Fe y domicilio electrónico en marianohizquierdo@yahoo.com.ar..

S/C 564430 Ago.3 Ago. 7

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “VISO,JOSE ALBERTO s/Solicitud Propia Quiebra” (Expte. CUIJ: 21-02062397-4), se ha dispuesto en la resolución de fecha 30/06/2026, AUTO Nº 391/2026: RESUELVO:1º) Declarar la quiebra del Sr. JOSE ALBERTO VISO, argentino, mayor de edad, DNI Nº 6.254.672, Cuit/CUIL Nº 20-06254672-8, con domicilio real en calle Corrientes Nº 3107, Piso 5, Depto. “A”, de la Ciudad de Santa Fe, y con domicilio legal constituido en calle Juan de Garay Nº 2855 de la misma ciudad, denunciando el correo electrónico de contacto de su representación tributaria legal.2°) Ordenar la anotación de la quiebra y la inhabilitación definitiva del fallido en el Registro De Procesos Universales, así como la inhibición general de bienes en el Registro General de la Propiedad y demás registros correspondientes (Automotor, etc.). Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (API) conforme lo prescribe el art. 29 del Código Fiscal de la provincia. 3º) Ordenar al fallido y a terceros la entrega inmediata al Síndico de la totalidad de los bienes de pertenencia de aquel. Intimar al deudor para que: a) entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de la aceptación del cargo, toda la documentación comercial, Previsional y laboral que obre en su poder; b) cumpla de manera complementaria con los restantes requisitos formales previstos en el art. 86 de la Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición absoluta de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ineficacia de pleno derecho, con excepción de la porción inembargable de sus ingresos previsionales de conformidad con las especificaciones expuestas en el punto 12°). Disponer la interceptación de toda la correspondencia epistolar y comercial dirigida al quebrado, la que deberá ser entregada al Síndico a los fines del artículo 114 de la Ley 24.522. 5°) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país sin previa autorización judicial expresa concedida en cada caso, ello hasta la fecha de presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522). A tales efectos. líbrense de inmediato los oficios de estilo a las autoridades de control fronterizo y migraciones correspondientes (Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, PFA y PSA), haciendo saber que cualquier prórroga del plazo o extensión de la interdicciónales será comunicada formalmente. 6°) Fijar la audiencia para el sorteo del Síndico para el día 22 de Julio de 2026 a las 10:00 hs, a realizarse en la Oficina de Sorteo de Peritos. Martilleros y Síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de este Distrito Judicial. A sus efectos, ofíciese. 7°) Previo a ordenar cualquier medida de realización de los bienes, deberá la Sindicatura actuar de conformidad con el art. 177 y siguientes de la Ley 24.522 para la determinación exacta del patrimonio del fallido. A tales fines, el funcionario concursal, juntamente con el Sr. Oficial de Justicia del Juzgado o la autoridad que por jurisdicción corresponda al domicilio del establecimiento comercial (asiento de la explotación en calle San Juan 1769), procederá de forma inmediata a efectuar la incautación e inventario detallado de las maquinarias, herramientas, cuentas y del rodado marca Toyota Hilux dominio AAI29CY, bajo el régimen de desapoderamiento previsto por los arts. 88 inc. 10, 106 y 107 de la norma falencial. Quedan habilitados los días y horas inhábiles que fueren menester. Líbrese mandamiento con facultad de allanar domicilio y requerir el auxilio de la fuerza pública en caso de resultar estrictamente necesario. 8º) Fijar hasta el día 23 de Septiembre de 2026 la fecha límite hasta la cual los acreedores deberán presentar sus peticiones de verificación de créditos y los títulos justificativos pertinentes ante el Síndico, en la forma y con los alcances dispuestos por el artículo 200 de la LCQ. El día hábil siguiente al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará ante este tribunal la lista de peticionantes y copia de las demandas verificatorias recibidas. 9º) Fijar

el cronograma procesal posterior de la siguiente manera: el día 22 de Octubre de 2026 para que la Sindicatura presente el juego de copias de las observaciones e impugnaciones; el día 03 de Diciembre de 2026 para la presentación de los Informes Individuales de créditos (Art. 35 LCQ); y el día 02 de Marzo de 2027 para la presentación del Informe General (Art. 39 LCQ). 10º) Ordenar la publicación de edictos en los diario legales pertinentes, de conformidad con lo prescrito por el art. 89 de la Ley 24.522. 11°) Requerir informes detallados a las Mesas de Entradas Únicas de los fueros de Distrito, Circuito, Laboral, Daños y Familia de estos Tribunales Ordinarios sobre la existencia, iniciación y radicación de causas promovidas en contra del fallido. Facúltese al Síndico designado a suscribir los oficios e intervenir directamente en su diligenciamiento. Fecho, exhórtese y oficiese a los Juzgados de origen y ante los Tribunales Federales (en especial respecto a los autos “FISCO NACIONAL-ARCA c/ VISO JOSE ALBERTO - EJECUCIÓN FISCAL”, Expte. Nº9926/2026, en trámite ante el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe)·a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción y ordenar la remisión de los expedientes con las excepciones taxativamente contempladas en los arts. 21 y 132 de la ley de rito concursal. Dispóngase por Secretaría la reserva de los expedientes radicados ante este Juzgado que encuadren en el supuesto. 12°) Disponer el cese inmediato de todo descuento o retención comercial y bancaria que se ejecute sobre los haberes del fallido —con expresa exclusión de los descuentos obligatorios de ley, aportes asistenciales u obra social, impositivos, cuotas alimentarias judicialmente fijadas y embargos de procesos exceptuados del fuero de atracción (art. 132 LCQ}-. Simultáneamente, ordénese a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y a la Caja de Jubilaciones de Profesionales de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe la retención de la porción legalmente embargable de los haberes jubilatorios del fallido, debiendo depositarse dichos importes mensuales a la orden de este proceso y a nombre de este Juzgado, en la cuenta judicial que se abrirá al efecto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Tribunales. Líbrense las órdenes de regularización y oficios correspondientes a los organismos previsionales y a las entidades bancarias pertinentes para que se abstengan de realizar débitos automáticos no autorizados sobre las cuentas del fallido. 13º) En los términos del art. 275 de la LCQ, hágase saber a la Sindicatura que estará a su exclusivo cargo la confección, suscripción y diligenciamiento de los oficios y mandamientos aquí ordenados, con las solas excepciones previstas en la ley o aquellas que requieran firma digital o diligenciamiento electrónico por parte de la Actuaria. Estése el letrado patrocinante a lo normado por el art. 25 del CPCCSF. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Oficiese Notifiquese:Firmado digitalmente por: Dra. Mercedes Dellamonica, secretaria; Dr. Rodrigo Ureta Cortes, Juez.

S/C 564429 Ago.3 Ago. 7

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos. “GALVAN, JULIO PEDRO s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-02061451-7) se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 30 de junio de 2026. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1) Declarar la quiebra de JULIO PEDRO GALVAN, argentino, mayor de edad, casado, GALVAN, con domicilio real en calle Belgrano 3843 de la ciudad de Santo Tomé,y legal en calle San jerónimo 1786, 2 A de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe 3) Fijar e/ día 12 de agosto de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 27 de agosto de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 24 de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 06 de noviembre de 2026 para la presentación del Informe General.” Firmado por Dr. Carlos Federico Marcolin. (juez). Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). El síndico designado es el CPN IGNACIO GABRIEL KELLER, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416 de la ciudad de Santa Fe, y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3412413997. Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que se recepcionaran igualmente en formato digital a través del siguiente correo ignaciokeller@gurfinkel.com.ar.

S/C 564436 Ago.3 Ago. 7

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “SOSA, SABRINA MICAELA s/Pedido De Quiebra” (CUIJ: 21-02060430-9) se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 17 de junio de 2026. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1) Declarar la quiebro de SABRINA MICAELA SOSA, argentina, mayor de edad, soltera, D.N.I. 39.370.128, de apellido materno MERLO, con domicilio real en calle Chubut Nº 7223, Bº San Agustín //,y legal en calle 25 de Mayo Nº 1705, ambos de esta ciudad de Santa Fe.13) Fijar el día 05 de agosto de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 20 de agosto de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.-15) Señalar el día 17 de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 30 de octubre de 2026 para la presentación del Informe General.-“ Firmado por Dr. Carlos Federico Marcolin. (juez). Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario).El síndico designado es el CPN IGNACIO GABRIEL KELLER, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416 de la ciudad de Santa Fe,y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997. Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que se recepcionaran igualmente en formato digital a través del siguiente correo ignaciokeller@gurfinkel.com.ar.

S/C 564437 Ago.3 Ago. 7

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos: “MARCHIANO, MARIA GABRIELA AGUSTINA C/ PINO, ERCILLA MARIA s/ Prescripción Adquisitiva” CUIJ: 21- 02019200-0, se ha resuelto: SANTA FE, 17 de Marzo de 2026 VISTOS: Estos autos caratulados “MARCHIANO, MARIA GABRIELA AGUSTINA C/ PINO, ERCILLA MARIA s/ Prescripción Adquisitiva” Expte. CUIJ 21-02019200-0) que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación, venidos a los fines de dictar sentencia; RESULTA: (...) CONSIDERANDO: (...)RESUELVO:).Rechazar la demanda. II).lmponer las costas a la parte actora (art. 251 CPCC). Expídase copia, insértese el original y hágase saber. Firmado digitalmente por: DR. GABRIEL OSCAR ABAD - JUEZ; DRA. VERONICA GISELA TOLOZA – SECRETARIA. 30/06/26. Dr. Natalia Gerard,secretaria.

$ 100 564397 Ago.3 Ago. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “FERNANDEZ, GABRIEL s/Pedido de Quiebra” - CUIJ: 21-02060480-5”, en fecha 16/06/2026 se designó Síndico a la CPN. María Victoria Galán, domiciliada legalmente en calle Monseñor Zaspe 2612 – 1er Piso - Of. 4 de la Ciudad de Santa Fe, donde deberán presentarse los acreedores a verificar hasta el 10/08/2026, siendo el horario de atención de Lunes a Viernes de 08.00 a 13.00 hs. Fdo. Dr. LUCIO ALFREDO PALACIOS (Juez)- Dra. ROMINA SOLEDAD FREYRE (Secretaria). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días, sin cargo (art. 89 Ley 24522).

S/C 564391 Ago.3 Ago. 5

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Por disposición del Dr. Migno Julio Francisco, Juez a cargo de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 20 en lo Civil,Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “CARDOZO ROBERTO RODOLFO s/Quiebra CUIJ 21-26171216-1” ,por resolución de fecha 23 DE Abril de 2025 se ha resuelto: (...)Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor ROBERTO RODOLFO CARDOZO, DNI Nº 21.420.934; CUIL Nº 23-21420934-9, argentino, mayor de edad, soltero, empleado de la Municipalidad de la ciudad de San Javier de la provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Moreno Nº 1453 y constituyendo domicilio procesal en calle Sarmiento Nº 1263, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522.5) Ordenar interceptar toda la correspondencia epistolar del fallido (Art.114LCQ) y entregarla al Síndico. Para su cumplimiento ofíciese al Correo Argentino y empresas privadas de servicio postal y comunicaciones; Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del Informe General, el cual deberá cumplimentarse el 23/06/2026...8) La Sindicatura deberá proceder conforme a los Arts. 177 y ss., de la Ley nº 24522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A dicho fin el Síndico conjuntamente con la Oficial de Justicia o el funcionario o funcionaria que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la confección de un detallado inventario de los bienes muebles e inmuebles el, el término de 30 días el cual comprenderá rubros generales (88 inc 10) con el desapoderamiento previsto en los arts.106, 107 y ss y ARTS de la LCQ, designándose Depositaria Judicial al fallido de los bienes imprescindibles para su subsistencia y la de su familia (Art. 177 in fine LCQ). Con tal cometido, líbrese Mandamiento a la Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario y con la debida moderación. Otro decreto: SAN JAVIER, 23 de Junio de 2026.- AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados “CARDOZO, ROBERTO RODOLFO S/ QUIEBRAS” -CUIJ 21-26171216-1, que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 20 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia·de esta ciudad, de los que, RESULTA: Que en fecha 09/06/2026 la Síndica designada en autos acompaña la aceptación del cargo respectivo y en fecha 10/06/2026 solicita se re programen todas las fechas del proceso a fin de encausar el mismo; y atento lo prescripto por el Art. 14, inc.;3 de la L.C.Q., corresponde proceder a la reprogramación de las fechas de las presentes actuaciones.•CONSIDERANDO: Que a los fines de continuar con el trámite de la presente causa, el suscripto entiende que corresponde reprogramar las fechas originariamente fijadas en la resolución dictada en autos el día 23/04/2025. Por ello; RESUELVO: 1) Fijar hasta el día 11 de Agosto de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual tos acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Síndica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. 11) Fijar el día: 28 de Agosto de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; para su incorporación al legajo previsto en el artículo 279. III) Para que la Síndica presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día 25 de Septiembre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día 9 de Noviembre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados y acreditado su diligencia miento de TODOS LOS OFICIOS ORDENADOS, bajo apercibimientos de ley. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día 9 de Noviembre de 2026 (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, el suscripto se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, oficiase a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). V)- Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas fijadas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse ta publicación de edictos por el término de ley, en el Boletín Oficial y Hall de este Juzgado. Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos la Síndica deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por el fallido, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa por el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el art.89 de la ley concursales necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. Protocolícese y hágase saber.-Se informa que la Síndica Designada es la CPN Marinara Mónica, Matrícula Nº 13653, con domicilio procesal en Independencia 2037 de la ciudad de San Javier, horario de atención al público en el domicilio constituído los días hábiles de lunes a viernes en el horario de 10 a 12 y de 16 a 20 hs. Constituye domicilio electrónico en monjca.marinaro77@gmajl.com. Fdo:Dr. Migno Julio Francisco-Juez; Dr. ESCUDERO, Diego Secretario San Javier 20 de julio 2026.

S/C 564402 Ago.3 Ago. 7

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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Villa Gobernador Galvez, Provincia de Santa Fe, dentro de los caratulados “BANCO CREDICOOP C.L. c/ LATOR GERMAN ALBERTO s/ MEDIDAS CAUTELARES Y PREPARATORiAS-CIRC.” (Expte. Nº 21-22900109-1), ha dispuesto citar y emplazar a la parte demandada Sr. German Alberto Lator, DNI 32.325.031, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales, para que comparezca al reconocimiento o Desconocimiento de la documental cuya autoría se le atribuye dentro del término de diez (10) días de la última publicación, bajo apercibimiento de lo normado en los arts. 445 inc. 1 y 450 del CPCC Santa Fe, art. 314 CCCN y el art. 39 de la ley 25065. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Los edictos se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término diez días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Firmado: Dra. Grabich, Jueza; Dra. Kaffman, Secretaria. Villa Gobernador Galvez 2 de Julio de 2026.

$ 100 564428 Ago.3 Ago. 5


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SAN JORGE

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 11 de la Ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en autos “SOSA RICARDO DANTE S/ SUCESORIO” (CUIJ. 21-26270805-2) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de SOSA RICARDO DANTE DNI N° 13.508.625 para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a tal efecto en el Boletín Oficial, Dr. SANTIAGO FURNO – SECRETARIO. San Jorge, 03 de Agosto de 2026.-

$ 45 Ag. 3

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CERES

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En los autos caratulados "FERRERO, Mabel Teresa s/Declaratoria de Herederos" -CUIJ Nº 21-28805477-8- que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Primera Nominación con asiento en la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr Jorge A. Da Silva Catela, se cita , llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la causante, MABEL TERESA FERRERO, DNI Nº 2.083.787, fallecida en Sunchales, Provincia de Santa Fe, el dia 3 de Marzo de 2026, para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro del término de 30 dias y bajo apercibimientos de ley.- Lo que se publica en el Boletin Oficial un día. Ceres, 31 de julio de 2.026.- Dra VivianaGorosito. Secretaria.-

$ 45 Ag. 3

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados BERTI, Alcides Bernardo s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-29145567-8, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de San Cristóbal, a cargo del Sr. Juez Dr. Alexis Matias Marega; Secretaria a cargo de la Dra. Claudia Giampietri, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores y/o a todos quienes se consideren con derecho a los bienes del causante BERTI ALCIDES BERNARDO, DNI N° 6.293.225, con último domicilio en la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, para que se presenten a hacerlos valer en los autos mencionados en el término y bajo apercibimientos de ley. Se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y puertas del Juzgado. San Cristóbal, 31 de Julio de 2.026. Dra. Claudia Giampietri, secretaria.

$ 45 Ago. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de San Cristóbal Segunda Nominación (Pcia. de Santa Fe), en autos CABRERA, ANTOLINO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-29145472-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CABRERA ANTOLINO, DNI 2.434.387, con último domicilio en calle Caseros N° 330 de la localidad de San Cristóbal (Sta. Fe), fallecido en fecha 14/06/1967, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publican en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Dr. Alexis M. Marega (Juez); Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 29 de Julio de 2026.

$ 45 Ago. 3

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RAFAELA

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos “KRIGER, DELIA MARGARITA Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-24213575-7), se cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante DELIA MARGARITA KRIGER, argentina, nacida el 28 de noviembre de 1937, de apellido materno Cantin, DNI Nº 2.776.158, de estado civil casada en primeras nupcias con Holando Juan Zeballos, domiciliada en calle Tucumán Nº917 de Sunchales, (provincia de Santa Fe), fallecida el 02 de mayo de 2025 y de su cónyuge HOLANDO JUAN ZEBALLOS, argentino, nacido el 21 de enero de 1934, de apellido materno Colombano, DNI M Nº6.280.392, de estado civil viudo, domiciliado en calle Tucumán Nº917 de la ciudad de Sunchales (provincia de Santa Fe) y fallecido el 02 de mayo de 2025 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley. Sucesorio promovido por la Dra. Marina González. Publicaciones por el término de ley en el Boletín Oficial y conforme artículo 67 CPCC. Rafaela, Julio de 2026. Dr. Matías Raúl COLON. JUEZ.

$ 45 Ag. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos “VIVAS, HUGO JOSE Y OTROS/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-24213576-7), se cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante HUGO JOSÉ VIVAS, DNI Nº 13.873.611, argentino, domiciliado en Lavalle Nº561 de la ciudad de Sunchales, fallecido en fecha 03/01/2021 y de su cónyuge LIDIA CRISTINA ZEBALLOS DNI Nº13.366.960, argentina, domiciliada en Lavalle Nº651 de la ciudad de Sunchales, fallecida en fecha 7/06/2021, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio promovido por la Dra. Marina González. Publicaciones por el término de ley en el Boletín Oficial y conforme artículos 25 y 67 CPCC y art. 2340 CCCN. Rafaela, Julio de 2026. Dr. Mauro D. GARCÍA. JUEZ. Dra. Andrea Ferreyra. Prosecretaria.-

$ 45 Ag. 3

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RECONQUISTA

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “VILLA OSCAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-25032344-9, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. OSCAR VILLA, DNI N° 6.348.923 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 31 de Julio de 2026.-

$ 45 Ag. 3


SANTA FE