picture_as_pdf 2026-08-14


POR

DAVID BOSCHI


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Casilda, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA” CUIJ N° 21-25858466-7, se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. DAVID BOSCHI, (Mat. Nº 1929-B-179) (C.U.I.T. Nº 20-24918265-7) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 26 de agosto de 2026, a las 10:00hs., en los estrados de este Juzgado, sito en calle Ov. Lagos N° 1350 de la ciudad de Casilda y en caso de resultar el mismo inhábil o suspenderse la misma por fuerza mayor, se realizará el siguiente día hábil en el mismo horario y lugar. El siguiente bien automotor usado, MARCA CHEVROLET, MODELO CLASSIC 4 P LS ABS+AIRBAG 1.4N, TIPO SEDAN 4 PUERTAS, AÑO 2014, MOTOR MARCA CHEVROLET N° T85202375, CHASIS MARCA CHEVROLET N° 8AGSC1950FR131569, DOMINIO OGR492, inscripto a nombre del demandado en el R.N.P.A. SECC. SAN LORENZO 1. Se informa prenda en 1er grado de fecha 19/09/2014, reinscripta el 08/08/2024, por $102417,61.- y Embargo de fecha 30/08/2024, por $198.940.-, ambos por los autos que se ejecutan. Dicho bien saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, con la BASE DE $7.500.000.-; de no haber postores por dicha base, se pondrá seguidamente a la venta con una retasa del 25% de la base inicial ($5.625.000.-), y de persistir la falta de oferentes con la última base de $3.750.000.-. De no haber oferentes por dicho último monto de retasa, la subasta se declarará desierta. Quien resulte comprador deberá abonar el total del precio de su compra, de acuerdo a la siguiente modalidad de pago: la suma de $30.000.- en dinero en efectivo, pesos en el acto de subasta. El saldo de precio restante para completar la totalidad del mismo, deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles siguientes, mediante transferencia interbancaria indefectiblemente en la cuenta judicial que indicará a tales efectos, bajo estrictos apercibimientos de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que de así no lo hiciere; con más el 10% en concepto de comisión de ley al martillero, en dinero en efectivo. Todo, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por la aplicación en su caso, de lo normado por el art. 497 del C.P.C.C. La unidad subastada se entregará al comprador una vez acreditado en autos el depósito de la totalidad del precio, dejando constancia que se subasta el vehículo prendado en las condiciones en que se encuentra, no aceptándose reclamos de ninguna índole, naturaleza por falta de componentes que pudiera adolecer la unidad, modelo, año, tipo, estado del rodado una vez subastado y sin ningún tipo de garantía de la unidad en virtud que es usada, haciéndose constar que el rodado se entregará para su tenencia, bajo las responsabilidades de ley, hasta que se formalice la transferencia de dominio. Deudas por patentes atrasadas, multas y los gastos que se originen con motivo del retiro, guarda en depósito posterior a la fecha de subasta, traslado de la unidad, la transferencia de dominio, levantamiento de prenda y/u otra/s cautelar/es, impuestos y/ o cualquier carga fiscal e IVA si correspondiere serán a cargo exclusivo del adquirente en subasta al momento de su formalización. Fijase fecha de exhibición de la unidad a subastar dos días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta, en el horario de 14 a 15 hs. en el domicilio de calle Lavalle 2167 de Rosario. El expediente es de tramitación digital y se encuentra habilitado para su consulta por ante Secretaría cinco días antes de la subasta, a fines de los Arts. 494 y 495 CPCCSF. Hágase saber a los posibles oferentes estrictamente lo previsto por Art. 241 del Código Penal, que expresa: “Será reprimido con prisión de quince días a seis meses: 1 El que perturbare el orden en las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los tribunales de justicia o dondequiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones; 2 El que sin estar comprendido en el artículo 237, impidiere o estorbare a un funcionario público cumplir un acto propio de sus funciones”. El citado artículo será leído en forma textual, en el acta de subasta y previo a comenzar con la mismas por parte del Martillero interviniente. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial con diez (10) días de antelación que se publicarán tres (3) veces (cf. art. 31 Ley 15348/46), y en el hall de Tribunales. Asimismo, autorízase al Martillero interviniente a realizar publicidad de la subasta en Diario La Capital y asimismo en medios digitales, como solicita. En autos se encuentra glosado el informe de estado de domino y la verificación policial de motor y chasis, no admitiéndose reclamo alguno por faltas y/o insuficiencia de los mismos, con posterioridad al acto de subasta. Todo lo que se publica a los efectos legales, en Casilda, a los 10 días del mes de Agosto de 2026. Dra. Viviana M. Guida – SECRETARIA.

$ 1200 565477 Ag. 14 Ag. 19