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SANTA FE
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: DÍAZ, ALBERTO s/Concurso Preventivo (Hoy Quiebra); Expte. CUIJ Nº 21-00881015-7, se hace saber que se ha dispuesto la siguiente Resolución: Santa Fe, 12 de Agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar la prescripción de los créditos verificados en autos. 2) Declarar la conclusión de la quiebra de ALBERTO DIAZ, DNI Nº 6.256.635, dándose por concluida la intervención de la Sindicatura. 3) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso falencial. 4) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Hágase saber, insértese, agréguese. Fdo. Dr. Rodrigo Ureta Cortez, juez; Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria. 19 de Agosto de 2026. Dra. Alina Prado, prosecretaria.
S/C 565923 Set. 1 Set. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: PIRIZ, DANIEL ENRIQUE s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02061088-0, se ha dispuesto RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de DANIEL ENRIQUE PIRIZ, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 37.050.532, apellido materno Rodríguez, con domicilio real en Pasaje Boedo 4507, y legal en calle San Jerónimo 1695 Planta Alta, ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Asimismo, fijase el día 10 de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes, y el día 24 de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, desígnase el día 23 de octubre como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual, y el 04 de diciembre de 2026 para que presente el Informe General. Se hace saber que ha sido designado como Síndico el CPN Carlos A. Sara, con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de la ciudad de Santa Fe, con horario de atención para la presentación de verificaciones de créditos de manera presencial de Lunes a viernes de 8 a 12 y 16 a 19 horas. Asimismo se hace saber que los pedidos de verificación pueden ser presentados en formato digital a la casilla: estudio@csara.com.ar. El arancel deberá depositarse al CBU: 3300520925200015762011, alias: MALETA.MACETA.GULA, Nuevo Banco de Santa Fe. El arancel fue fijado de acuerdo a la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. Dr. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez). Santa Fe, de Agosto de 2026. Pablo Silvestrini, secretario.
S/C 565925 Set. 1 Set. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MANATINI, FRANCISCO CAMILO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ Nº 21-02033875-7, se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL haciendo saber que en autos se ha dispuesto la conclusión de la quiebra por Pago Total art 228 LCQ del Francisco Camilo Manatini, DNI 22.537.612. Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena: Santa Fe 07 de Agosto de 2026. Por ello, arts. 228 y 229 LCQ y demás normativa aplicable es que decido: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas en estos autos. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza, Juez. 14 de Agosto de 2026. Daniela G. Piazzo, secretaria.
S/C 565926 Set. 1 Set. 7
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En los autos caratulados: GOMEZ, SERGIO RAMON s/QUIEBRA; CUIJ 21-01999544-2, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe, el Sr. Juez resolvió: Santa Fe. VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar finalizada la quiebra de conformidad con lo normado por el artículo 231, último párrafo, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los artículos 103, 107, 110, 114 y concordantes L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. 2) Ordenar la publicación de edictos por el término de ley, comunicar al Registro de Procesos Universales y oportunamente librar los oficios correspondientes. Notifíquese. Fdo. Ma. Lucila Crespo, Secretaria; Iván Di Chiazza, Juez. Secretaría, 14 de Agosto de 2026. Daniela G. Piazzo, secretaria.
S/C 565927 Set. 1 Set. 7
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos QUASSOLO, MIRTA ALICIA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ N° 21-02062352-4 - AÑO 2026), la siguiente resolución: Santa Fe, 14/08/26. (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Mirta Alicia Quassolo, DNI Nº 16.172.482, con domicilio real en calle Sunchales 529 de la localidad de Santa Clara de Buena Vista y domicilio legal en calle Suipacha 2589 Piso 1º oficina 4 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que, dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 19/08/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 08/10/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 23/10/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 20/11/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 10/02/2027 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza (Juez). Maria José Lusardi, prosecretaria.
S/C 565928 set. 1 Set. 7
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito de la ciudad de Santa Fe, se comunica a Ismael Gustavo Tomas Framulari, en los autos caratulados DEL TURCO, FACUNDO c/FRAMULARI, ISMAEL GUSTAVO TOMAS s/JUICIO EJECUTIVO;
(CUIJ 21-02054286-9) se transcribe la resolución de fecha 30 de Julio de 2026, a saber: SANTA FE, 30 de Julio de 2026; VISTO EL EXPEDIENTE: Los autos identificados en el encabezado, en trámite ante este Juzgado de Ejecución Civil de Santa Fe, Secretaría Primera, llegan a despacho para resolver. RESULTA: La parte actora promueve acción ejecutiva contra la parte demandada por la suma de $ 2.065.000 de capital con más intereses y costas, con base en nueve pagarés impagos, con cláusula sin protesto, todos suscriptos en fecha 06/11/2024, y presentación al cobro el 07/11/2024, reclamando el pago del total de los instrumentos y/o el saldo pendiente de pago, conforme surge de la demanda y documentación acompañada. Emplazada a estar a derecho la parte demandada no comparece, por lo que se la declara rebelde. Citada de remate no opone excepción legítima alguna, disponiéndose pasar los autos a resolución; y, CONSIDERANDO: El/los pagaré/as ejecutado/s cumple/n con los requisitos formales previstos por la legislación aplicable, resultando instrumentos hábiles para accionar ejecutivamente conforme al art. 442 inc. 3º del C.P.C.C. Sin perjuicio de observarse en los documentos ejecutados una diferencia entre las sumas expresadas en números y en letras, resulta de aplicación lo normado por el art. 6º del Decreto-Ley 5965/63 (aplicable por remisión del art. 103 del mismo plexo legal), el cual dispone que en caso de diferencia entre la cantidad escrita en letras y la cifra expresada en números, el título vale por la suma indicada en letras. Por lo tanto, existiendo una cuantía superior expresada en letras en los títulos y siendo que la actora demanda por un capital menor, corresponde hacer lugar a la pretensión por el monto efectivamente reclamado en la demanda. La demandada, al no haber deducido excepciones tras la citación de remate, queda alcanzada por las previsiones del art. 473 del mismo cuerpo normativo, correspondiendo despachar la ejecución. En lo relativo a los intereses compensatorios, sólo procederá su aplicación cuando exista cláusula expresa y siempre dentro de los límites del art. 5 del Decreto Ley 5965/63, teniéndose por no escrita en los supuestos no autorizados por dicha norma. Tales intereses se devengan desde la creación del título y hasta su vencimiento, salvo estipulación distinta (conf. arts. 767 CCyC y 52 inc. b, D/L 5965/63). En cuanto a las moratorias y/o punitorios, se estará a lo pactado en la cambial, conforme surge de los arts. 52 y 53 del Decreto-Ley 5965/63, devengándose ambos -según corresponda- desde la mora y hasta el efectivo pago. Sin perjuicio de ello, y en ejercicio de las facultades de control judicial previstas en el art. 771 del CCyC, los intereses quedan sujetos a los siguientes límites: los compensatorios y moratorias no podrán exceder, cada uno de ellos, la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días, y los punitorios no podrán superar el cincuenta por ciento (50%) de dicha tasa. A falta de pacto expreso de moratorias, resultará aplicable la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días, conforme lo dispuesto en el art. 768 inc. c) CCyC y en el art. 52 inc. b) del Decreto-Ley 5965/63. Sobre los intereses devengados deberá adicionarse el Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando así lo determine la normativa tributaria vigente. Finalmente, las costas se imponen a la parte demandada, conforme al principio objetivo de la derrota (art. 251 C.P.C.C.), las que devengarán intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días, desde su mora y hasta su efectivo pago. Por ello, y lo dispuesto en los artículos 143, 251, 442 inc. 3, 473 y 480 inc. 3 concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe; artículos 770 y 771 del Código Civil y Comercial de la Nación; artículos 46, 50, 52, 103, 104 y concordantes del Decreto-Ley 5965/63 y normas concordantes, RESUELVO: 1. Hacer lugar a la demanda contra Ismael Gustavo Tomás Framulari y ordenar la ejecución hasta que la actora perciba el capital reclamado, con más los intereses fijados, desde la mora y hasta el pago efectivo. 2. Imponer las costas a la demandada. 3. Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad previa presentación de la constancia fiscal. Regístrese en el Protocolo Digital de Sentencias, agréguese copia en autos y notifíquese. RA. Dr. José Ignacio Pastore (Juez), Dra. Silvina Beatriz Montagnini
(Secretaria). Nanci Brollo, prosecretaria.
$ 200 566073 Set. 1 Set. 3
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En los autos caratulados: BORTOLOTTO ALDO MARIO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, Expte. CUIJ Nº 21-01964635-9, que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 6ª Nominación de esta ciudad, se decreta la rebeldía del demandado ISMAEL FRANCISCO FARIAS. No habiendo comparecido el demandado a estar a derecho y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, decláreselo rebelde. Publíquense edictos. Notifíquese. Santa Fe, 14 de Agosto de 2026. Dr. Gabriel Abad (Juez). Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
$ 100 565937 Set. 1 Set. 3
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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 10ª Nom. -Segunda Circunscripción Judicial de Santa Fe; en autos caratulados: DEGIOVANNI, ANDREA RITA c/MENOSSI, GRACIELA ANA MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; 21-03007031-0; se cita, llama y emplaza a los herederos y/o sucesores de MAZZUCCHELLI RODOLFO OSCAR, a fin que comparezcan en los presentes, a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Marianela Maulion (SECRETARIA); Dr. Mauro R. Bonato (Juez). Rosario, 30 de Junio de 2026.
$ 100 565936 Set. 1 Set. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Rodrigo Ureta Cortés (Juez), Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria), en los autos caratulados GOMEZ, MIGUEL ANGEL Y OTROS c/PORTA TITO OSCAR ANTONIO Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-02034478-1, se hace saber a los herederos de los causantes Miguel Ángel Gómez y Fidelina Mercedes Giardini de Porta, que han sido declarados rebeldes en las presentes actuaciones. A tal efecto, se transcribe la parte pertinente del decreto dictado en autos: SANTA FE, 21 de Julio de 2026. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente ordenados (fs. 109 Expte. Digital), declárese rebeldes a los herederos de los causantes conforme lo dispuesto en el art. 597 CPCC. Publíquense los edictos correspondientes. Notifíquese. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe por el término de ley y conforme lo dispuesto por los arts. 67 y 597 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese. de Agosto de 2026.
$ 100 565924 Set. 1 Set. 3
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Por disposición del señor Juez del Juzg. 1ª Inst. del Circ. Judicial Nº 34 - Denom Anterior - Ref. Ley 14264 de la Ciudad de Villa Ocampo en los autos caratulados ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/SELLARES JOSE MARIA s/EJECUCION FISCAL; CUIJ 21-23325968-0, ha ordenado lo siguiente: Villa Ocampo, 22 de Diciembre de 2025. Cítese al accionado por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL, por el término de ley, los que serán exhibidos en el hall de tribunales. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel Esteban Juarez (Juez) y Dr. Alejandro Nisnevich (Secretaria). Villa Ocampo, 8 de Marzo de 2024. Téngase presente lo manifestado. A los fines solicitados, ofíciese al Registro de Procesos Universales. Autorizase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento con facultades de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel Esteban Juarez (Juez) y Dra. Luisina Zarza (Secretaria). Villa Ocampo, 18 de Agosto de 2023. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel Esteban Juarez (Juez) y Dra. Monica Alegre (Secretaria); Villa Ocampo, 28 de Septiembre de 2023. Al punto a: Téngase presente. Al punto b: A lo solicitado, previamente acredite fallecimiento del demandado. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel Esteban Juarez (Juez) y Dra. Monica Alegre (secretaria). Villa Ocampo, de Febrero de 2026. Dr. Alejandro Nisnevich, (Secretaria Subrogante).
S/C 565932 Set. 1 Set. 3
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 34 de la Ciudad de Villa Ocampo en los autos caratulados ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/ACOSTA RECTOR ANDRES s/EJECUCION FISCAL; CUIJ 21-23327255-5, ha ordenado lo siguiente: Villa Ocampo, 20 de Octubre de 2023. Agréguese boleta acompañada y téngase por cumplimentado con lo ordenado precedentemente. Proveyendo puntos del escrito cargo Nº 4623: Al punto b: Por iniciada demanda de Ejecución Fiscal contra HÉCTOR ANDRES ACOSTA y/o contra quien resulte propietario y/o poseedor del inmueble denunciado y/o q.r.j.r., domiciliado donde se indica, por la suma de Pesos Ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro con setenta y siete centavos ($ 84.534,77) con más intereses y costas. Agréguese y téngase presente la documentación recibida por el Sistema SISFE. Intímese al pago de la suma reclamada con más el veinte por ciento (20%) que se estiman para intereses y costas. En defecto de pago, cítese de remate a los demandados con la prevención de que, si dentro del término de 8 días no oponen excepción legítima alguna, se llevará adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Como lo solicita, y en los términos previstos por el art. 135 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, anótese la INHIBICIÓN GENERAL del demandado HÉCTOR ANDRÉS ACOSTA DNI Nº 32.703.771, hasta cubrir la suma reclamada con más el 20% estimados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, a la DNRPA - Seccional Las Toscas y al Banco Central de la República Argentina. Autorizase al peticionante y/o quien éste designe a intervenir en el diligenciamiento con facultades de ley. Al punto d: Autorizase a practicar la notificación en los términos previstos por el art. 134, último párrafo del Código Fiscal y art. 66 del CPCC. Al punto e: Téngase presente. Al punto V: Téngase por planteado el caso Constitucional y Federal. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel Juarez (Juez) y Dra. Monica Alegre (Secretaria subrogante). Villa Ocampo, 1 de Julio de 2025. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese por edictos a la demandada por el término y bajo apercibimientos de ley. Autorizándose al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel Esteban Juarez (Juez) y Dr. Alejandro Nisnevich (Secretario). Villa Ocampo, de Septiembre de 2025.
S/C 565933 Set. 1 Set. 3
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “GONZALEZ ANDRES IVAN s/ Quiebra", Cuij Nº 21-02052075-9, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 2DA. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha puesto de manifiesto EL INFORME FINAL Y PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ) y REGULACION DE HONORARIOS: la suma de $ 3.137.421,02 a la CPN Ma. Cecilia Arietti y la suma de $ 1.344.609,01 a la Dra. Luisina Borghello. Notifíquese. Firmado: Dr. Silvestrini, Secretario.
S/C 566575 Sep. 1 Sep. 2
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Por así estar dispuesto en los autos caratulados: “BUMAGUIN Federico David y BUMAGUIN Matías Simón SOCIEDAD SIMPLE s/ Concurso Preventivo” (CUIJ 21-02054626-0), que tramita por ante el Juzgado 1ra. Instancia Civil y Comercial Undécima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, la Señora Jueza Resolución 400 – T° 2026, de fecha 19.08.2026, ha resuelto lo siguiente: VISTOS:…; RESULTA:...; CONSIDERANDO:…; RESUELVO: 1) Establecer la categoría de los créditos verificados de acuerdo a lo consignado en los considerandos de la presente; 2) Extender el periodo de exclusividad por diez días. 3) Fijar la fecha de audiencia informativa para el día 17/11/26 a las 10:00 horas. 4) Publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. Firmado digitalmente por: Ana Rosa ALVAREZ (Jueza) – Sandra Silvina ROMERO (Secretaria). Santa Fe,……..de Agosto de 2026.- Firmado: Dra. Silvina Sandra ROMERO (Secretaria)
S/C 566313 Sep. 1
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación) de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento de los Sres. MARTÍNEZ, Isidoro, Doc. L.E. N.º 02.394.719 y DOMINGO, Clotilde, Doc. L.C. N° 2.398.072, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “MARTINEZ, ISIDORO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” C.U.I.J Nro. 21-02063636-7. Publíquense los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial. - Firmado por Dr. Guillermo Adrián VALES - Juez. -
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 13ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe), dictada en autos caratulados “CASTILLO ALFONSO S/ SUCESORIO, CUIJ NRO. 21-02063122-5 OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS” en trámite ante ese juzgado se cita y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Don CASTILLO, ALFONSO argentino, soltero, DNI 6.613.227, hijo de CASTILLO, Alfonso y de ECHEVARRIA, Isabel, nacido el 01 de septiembre de 1948 en Santa Fe, con último domicilio en calle Avenida Peñaloza 7688 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, provincia de Santa Fe, fallecido el 27 de octubre de 2024 a las 12:30 horas, de enfermedad, inscripta al Oficina 3258 -Acta 4711-año 2024 del Registro Civil de la Ciudad de Santa Fe, para que dentro del plazo de ley comparezcan hacer valer sus derechos. 01 de septiembre de 2026” Fdo. DR. GUILLERMO VALES - JUEZ
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito N°1 de la Decimo Tercera Nominación de Santa Fe), en autos caratulados “MAINA, LUCAS SANTIAGO S/ SUCESORIO” CUIJ Nº 21-02058625-4 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de LUCAS SANTIAGO MAINA, DNI N.º 40043591 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. GABRIELA NOEMI SUAREZ (Secretaria).-
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra Nominación de esta ciudad); en autos caratulados: “MORANDI, EDUARDO JULIO s/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02063705-3); se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MORANDI EDUARDO JULIO, DNI N° 10.323.726 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. (Fdo.: Dr. GUILLERMO ADRIAN VALES, Juez). SANTA FE, Agosto de 2026.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación), en autos: “MENOTTI, RUBEN RENATO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” CUIJ. Nº 21-02048737-9 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de RUBEN RENATO MENOTTI, D.N.I Nº 8.501.011, y MIRTA BEATRIZ GAUNA, D.N.I. Nº 10.058.333, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. ALVAREZ - JUEZA.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito Judicial Nº 1 de la Décima Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “INALBO, VIVIANA ANDREA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02063309-0, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra VIVIANA ANDREA INALBO, DNI Nº 18.591.252, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Guillermo Vales (Juez).
$ 45 Sep. 1
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En los autos caratulados "BARRIA BAHAMONDE CLAUDIO JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ: 21-24213950-7 que se tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Civil y Comercial 2da. Nom. con asiento en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Natalia Carinelli, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la causante, BARRIA BAHAMONDE CLAUDIO JOSE, DNI Nº 29.021.672, fallecido en Rafaela, Provincia de Santa Fe, el día 3 de Agosto de 2026, con último domicilio sito en calle P. Pfeiffer N° 463 de Rafaela para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley.- Lo que se publica en el Boletín Oficial un día. Firmado: Dra. Natalia Carinelli (Jueza).- RAFAELA 31 DE AGOSTO DE 2026.-
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 18 de la ciudad de El Trébol, Dpto. San Martin, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados “GOMEZ, RAMONA SARA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-28905275-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Dña. RAMONA SARA GOMEZ, DNI Nro. 12.496.383, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Villa Ocampo, civil2villaocampo@justiciasantafe.gov.ar, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don TOMAS ALVA BERNARDIS, Documento de Identidad N° M8.323.438 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio: BERNARDIS TOMAS ALVA S/ SUCESORIO. CUIJ: 21-28676388-7.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de Santa Fe) en autos caratulados “ZEBALLOS, MAXIMO JOSE S/ SUCESORIO” (CUIJ N.º 21-02063579-4), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ZEBALLOS, MAXIMO JOSE, documento de identidad DNI 11.354.813, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fd. Dr. GUILLERMO ADRIAN VALES. Juez.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: “GIONES, Nidia Graciela s/ Sucesorio” (CUIJ Nº 21-02063652-9), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de doña Nidia Graciela GIONES, D.N.I. Nº F. 5.973.687, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dr. GUILLERMO A. VALES - Juez.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, Santa Fe, en los autos caratulados: “SANDOVAL TORIBIO Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ 21-28676355-0, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de la Sra. GAUNA RUFINA, DNI N° 6.467.381, cuyo último domicilio fue Villa Ana, Departamento General Obligado, provincia de Santa Fe, lo que se publica a los efectos legales.
$ 45 Sep. 1
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En los autos: RIOS DANTE GERARDO S/ SUCESORIO Cuij: 21-02061795-8 por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, radicado por ante el Juzgado de la 1ra. Instancia Civil y Comercial 13era. Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DANTE GERARDO RIOS, DNI: 13.589.144, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, conforme al siguiente decreto que ordena la medida en su parte pertinente: “Santa Fe, 22 de Junio de 2026. publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial, los que deberán ser acompañados por SISFE -sin escrito- con la respectiva reposición de ley para su diligenciamiento por Secretaría en forma digital.” FDO: DR. GUILLERMO ADRIÁN VALES JUEZ.- SANTA FE, DE AGOSTO DE 2026.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 9na Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “AYALA PEDRO ALBERTO Y HABASH FATIMA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-01024876-8, se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Don AYALA PEDRO ALBERTO DNI 6.205.550 y Doña HABASH FATIMA, DNI 1.971.501, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus afectos en el Boletín Oficial. Fdo.: Dr. NESTOR A. TOSOLINI, Juez.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios ( Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, y Comercial de la 13° Nominación de la ciudad de Santa Fe ), en autos caratulados: “ REIBLE, Mónica Estela s/ Declaratoria de Herederos ”, ( CUIJ N° 21-02061978-0 ). Se cita, llama y emplaza, a todos los herederos, acreedores y legatarios de la señora: Mónica Estela Reible, D.N.I. N° 16.817.518; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a efectos legales en el Boletín Oficial. Santa Fe, 25/08/2026.- ( Fdo. Dr. Guillermo Adrián Vales -Juez- ).
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimo -Tercera Nominación) en los autos caratulados: “BÄR, VICTOR MIGUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-02063317-1; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. BÄR VICTOR MIGUEL D.N.I. N° M6.227.123; para que en el término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en SEDE JUDICIAL. Santa Fe, de Agosto de 2026.- Fdo: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).
$ 45 Sep. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimo -Tercera Nominación) en los autos caratulados: “PANESSIDI, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-02063470-4; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. PANESSIDI CARLOS ALBERTO, D.N.I. M6.256.154, para que en el término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en SEDE JUDICIAL. Santa Fe, de Agosto de 2026.- Fdo: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).
$ 45 Sep. 1
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TOSTADO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro 15 en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela Barrera, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SOSA ELDA ESTEFANIA, DNI Nro. 13.666.772, con ultimo domicilio en Zona Rural de la Localidad de Gregoria Perez de Denis, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan, acrediten y hagan valer sus derechos dentro de los 30 días en los autos caratulados: “SOSA ELDA ESTEFANIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26216658-6. Publíquese los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado de Agosto de 2026. Fdo. Dra, Marcela Barrera, Secretaria, Dr. Federico A. Acuña, Juez.
$ 45 Sep. 1
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor en autos caratulados "VIVAS HUGO ERACLIO s/ SUCESORIO” (CUIJ Nro. 21-262703966-4) (Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Hugo Eraclio Vivas, DNI Nro. 11.028.429, fallecido en San Jorge, el día 19 de enero de 2023, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a tal efecto en el Boletín Oficial, Dr. JULIAN DAVID TAILLEUR – SECRETARIO. San Jorge, 31 de Agosto de 2026
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Señor en autos caratulados “GIOVANOLA, CLEDI IRMA s/ SUCESORIO” (CUIJ Nro. 21-26270947-4) (Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Cledi Irma Giovanola, DNI Nro. 3.795.158, fallecida en San Jorge el día 23 de Abril de 2026, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a tal efecto en el Boletín Oficial, Dr. JULIAN DAVID TAILLEUR – SECRETARIO. San Jorge, 31 de Agosto de 2026
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Señor en autos caratulados “MAURO, Eulalia Teresita Isabel s/ SUCESORIO” (CUIJ Nro. 21-26270604-1) (Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Eulalia Teresita Isabel Mauro, DNI nro. 4.101.655, fallecida en la ciudad de San Jorge, el día 24 de Marzo de 2025, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a tal efecto en el Boletín Oficial, Dr. JULIAN DAVID TAILLEUR – SECRETARIO. San Jorge, 31 de Agosto de 2026
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Señor en autos caratulados “ALBORNOZ, JAVIER ALEJANDRO s/ SUCESORIO” (CUIJ Nro. 21-26270810-9) (Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Javier Alejandro Albornoz, DNI Nro. 26.925.234, fallecido en San Jorge, el día 06 de Abril de 2026, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a tal efecto en el Boletín Oficial, Dr. JULIAN DAVID TAILLEUR – SECRETARIO. San Jorge, 31 de Agosto de 2026
$ 45 Sep. 1
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CERES
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los autos caratulados "GIORGIS, MARIA LUISA C/ MOLINELLI RUBEN FERNANDO Y OTRA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA " (CUIJ 21-28805544-8) que tramitan por ante el Juzg. Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 1era. Nom de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, se ha resuelto lo siguiente: “CERES, 13 de agosto de 2026: … A lo demás oportunamente de corresponder: Declárese rebelde a la parte demandada por falta de presentación en juicio. Notifíquese por edictos a publicarse en los Estrados de estos Tribunales y Boletín Oficial conforme a lo ordenado en el Art. 73 y 597 CPCCSF. Notifíquese.-” Viviana Gorosito Palacios (Secretaria) Jorge A. Da Silva Catela (Juez).El presente se firma para ser publicado en el Boletín Oficial y exhibido en los estrados del Juzgado.
$ 58,32 566232 Sep. 1 Sep. 3
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por Disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: HERRERA CATRIEL Y OTROS s/SUMARIA INFORMACIÓN; CUIJ 21-24213130-1, se hace saber que se ha iniciado gestión de AUTORIZACIÓN DE ADICIÓN DE APELLIDO de los Sres NATACHA BELEN HERRERA DNI 44.234.729 y CATRIEL HERRERA DNI 42.530.229, ambos domiciliados en la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, a fin de obtener la adición del apellido “BAÑÓN”. El presente se publica en el BOLETIN OFICIAL de conformidad a lo normado por el artículo 70 CCCN. Fdo. AGOSTINA SILVESTRE (SECRETARIA); MARCELO GELCICH (JUEZ). Rafaela, 23 de Julio de 2026. Guillermina Frana, prosecretaria.
$ 50 564901 Sep. 1
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En los autos caratulados "BARRIA BAHAMONDE CLAUDIO JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ: 21-24213950-7 que se tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Civil y Comercial 2da. Nom. con asiento en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Natalia Carinelli, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la causante, BARRIA BAHAMONDE CLAUDIO JOSE, DNI Nº 29.021.672, fallecido en Rafaela, Provincia de Santa Fe, el día 3 de Agosto de 2026, con último domicilio sito en calle P. Pfeiffer N° 463 de Rafaela para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley.- Lo que se publica en el Boletín Oficial un día. Firmado: Dra. Natalia Carinelli (Jueza).- RAFAELA 31 DE AGOSTO DE 2026.-
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados FERRARO, DORA ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ: 21-24213480-7) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Doña FERRARO, Dora Esther Doc. Ident. 6.081.276 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales”. Fdo. Dr. Matías Colón (Juez a/c). Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Rafaela, ......setiembre de 2026.
$ 45 Sep. 1
En los autos caratulados CUIJ 21-24213685-0 “SANTILLAN, JOSE CARMEN Y OTROS S/ SUCESORIO” que tramitan por ante el Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la 1ra Nominación de Rafaela (Santa Fe) a cargo de los abogados Sandra Cerliani (Secretaria) y Matías Colón (Juez), promovido por las abogadas Pamela Vietti Carolina Santellán se ha dispuesto citar y emplazar a herederos, acreedores y legatarios de los causantes, don José Carmen SANTILLAN, DNI 6.283.401, fallecido el 25 de Junio de 2003 y su esposa doña Mafalda LOPEZ, DNI 2.434.537, fallecida el 29 de Noviembre de 2022, ambos con último domicilio en calle Paraná N° 711 de esta ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley.
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos “Expte. CUIJ 21-24213770-9 NUÑEZ JUAN CARLOS S/ SUCESORIO”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NUÑEZ JUAN CARLOS, DNI 11.392.415, con último domicilio registrado en Liniers 264 de Rafaela (Pcia. Santa Fe), fallecido el 13 de mayo de 2024 en Rafaela (Pcia. Santa fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Dr. Matías Colón -Juez- Dra. Sandra Cerliani- Secretaria. Rafaela, 31 de agosto de 2026.-
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Franco Ana Martha -D.N.I. N° 11.763.988 -, fallecida en fecha 16/01/2026; con último domicilio en calle Alem N° 1265 de la localidad de Sunchales, Provincia de Santa Fe y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que en el término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, acrediten su carácter en autos “Expte. CUIJ N°21-24213569-2–FRANCO ANA MARTHA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”. Fdo: Dr. Matías Raúl Colón, Juez. Rafaela, 31 de Agosto de 2026.-
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos caratulados “WERRO RAMON HAROLDO Y OTROS s/SUCESORIO” (Cuij 21-24210119-4) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de WERRO RAMON AROLDO, DNI 6.289.259, fallecido en la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe, en fecha 25 de agosto de 2009 y de BIOLATTO NILVA GUADALUPE CAROLINA, DNI 3.720.791, fallecida en la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe, en fecha 13 de diciembre de 1993, ambos con domicilio en calle Mitri 751 de la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo: Dr Matías Raúl Colon, JUEZ; Dra. Sandra Inés Cerliani, SECRETARIA.
$ 45 Sep. 1
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N°4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "SCARPIN ALCIDES ANTONIO S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ N° 21-25035332-1 ha dispuesto lo siguiente: RECONQUISTA, 13 de agosto de 2026.- AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1) Fijar el 04 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico C.P.N. Gabriel Alberto Aguirre Mauri, con domicilio en calle Patricio Diez N° 858 de esta ciudad, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hs. a 12:00 hs. y de 16:00 hs. a 20:00 hs., correo electrónico cpncibilsjo@hotmail.com, teléfono 0342-1555010829. 2) Fijar el 30 de diciembre de 2026 para la presentación por el Síndico de los Informes Individuales. 3) Fijar el 16 de marzo de 2027 para la presentación del Informe General por el Síndico. 4) Hacer saber que el período de exclusividad vencerá el 12 de agosto de 2027 y la audiencia informativa se celebrará el 05 de agosto de 2027 a las 09:00 hs. 5) Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el Boletín Oficial y en la sitio web del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.- Hágase saber.- Fdo.: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez Subrogante - LAURA C. CANTERO, Secretaria. Reconquista (SF), 21 de Agosto de 2026. LAURA C. CANTERO Secretaria
$ 1000 566301 Sep. 1 Sep. 7
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "LATORRE SERGIO ARMANDO S/ CONCURSO PREVENTIVO CUIJ: 21-25035530-8" de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito N°4, ha dispuesto lo siguiente: "Reconquista, 13 de agosto del 2026. Y VISTOS: Estos caratulados: "LATORRE, SERGIO ARMANDO S/ CONCURSO PREVENTIVO" CUIJ 21-25035530-8, en trámite ante estos estrados, en virtud de los cuales comparece el Sr. Sergio Armando Latorre, DNI N° 14.738.952, CUIT 20-14738952-4, con domicilio real en calle Estanislao López S/N de la localidad de Fortín Olmos, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, y constituyendo domicilio legal en calle Patricio Diez N° 378 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, con el patrocinio letrado de los Dres. Hernán Rodrigo Braidot y Germán Aziz Licha, solicitando la apertura de su concurso preventivo en carácter de garante de los concursados Agustín Mauro Latorre y ALATORRE SRL, en los términos del art. 68 de la Ley N° 24.522 de Concursos y Quiebras; y, CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1°) Declarar abierto el concurso preventivo de SERGIO ARMANDO LATORRE, DNI N° 14.738.952, CUIT 20-14738952-4, con domicilio real en calle Estanislao López S/N de la localidad de Fortín Olmos, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, en carácter de garante de los concursados AGUSTÍN MAURO LATORRE y ALATORRE SRL, disponiéndose que el presente proceso tramite en conjunto y por conexidad con los autos "LATORRE AGUSTIN MAURO Y OTROS S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ N° 21-25034830-1, y su acumulado "ALATORRE SRL S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ N° 21-25034836-0, en trámite ante este Juzgado, debiendo ser catalogado como pequeño concurso (arts. 65, 68, 288 y 289 LCQ). 2°) Determinar que en este proceso concursal ha de intervenir la Sindicatura ya designada y actuante en el concurso preventivo de los deudores principales, conforme lo dispuesto por el art. 67 LCQ. 3°) Fijar el cronograma procesal unificado y sincronizado con el concurso de los deudores principales, estableciéndose las siguientes fechas: El 30/09/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico, pudiendo recibir impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes hasta dicha fecha; el 12/11/2026 como fecha hasta la cual deberán presentarse los informes individuales; el 24/12/2026 para la presentación del informe general unificado; fijar para el 25/02/2027 la audiencia informativa prevista por el art. 45, párrafo 5to. de la Ley 24.522, la que se celebrará en este Juzgado a las 09:00 horas; y fijar para el 04/03/2027 el vencimiento del período de exclusividad previsto por el art. 43, párrafo 5to. de la Ley 24.522. 4°) Publíquense edictos por el término de cinco (5) días. Las publicaciones referidas serán a cargo del concursado y se le otorga a tales efectos el plazo de veinte (20) días desde la notificación del auto de apertura (art. 28 LCQ), debiendo acreditar el inicio de la ejecución de dicha publicidad dentro de los cinco (5) días de dictada la presente bajo apercibimientos del art. 30 LCQ. El texto del edicto respectivo deberá respetar el art. 27 LCQ. Sin perjuicio de lo antedicho, la Sindicatura y el propio concursado deberán obrar con la diligencia que el caso reclama a los fines de hacer saber a los acreedores la apertura de este proceso y los plazos establecidos para la verificación tempestiva, en cumplimiento del deber de colaboración y buena fe procesal. 5°) Oficiese al Registro de Procesos Universales a los fines de la inscripción de la apertura del concurso (art. 14 inc. 6 LCQ). 6°) Hacer saber que el concursado no puede viajar al exterior sin previa comunicación al Juez del concurso, haciendo saber el plazo de la ausencia, el que no podrá ser superior a cuarenta (40) días corridos. En caso de ausencia por plazos mayores deberá requerir autorización judicial (art. 25 LCQ). Practíquense las pertinentes comunicaciones. 7°) Ordenar la inhibición general del concursado para disponer y gravar bienes registrables, medida que no se encuentra sujeta a caducidad automática y sólo podrá ser levantada con la expresa autorización del Tribunal a cargo del concurso. A sus efectos, oficiese al Registro General de la Provincia de Santa Fe y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor (art. 14 inc. 7 LCQ). 8°) Ordenar la suspensión del trámite de los procesos contenciosos judiciales de contenido patrimonial contra el concursado, por causa o título anterior a la presentación y su radicación ante este Juzgado —siempre que se cumplan con los recaudos del art. 21 LCQ y aún no cuenten con sentencia firme—, con prohibición de deducirse nuevas acciones con fundamento en tales causas o títulos a partir de la publicación de edictos (art. 21 LCQ). Respecto de cada juicio que se pretenda radicar ante estos estrados se evaluará la operatividad del fuero de atracción y los que contraríen la norma concursal serán devueltos. Oficiese a sus efectos remitiéndose comunicaciones a los organismos jurisdiccionales correspondientes. 9°) Intimar al deudor para que deposite dentro de los tres (3) días de notificada la resolución la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000.-) para gastos de correspondencia (art. 14 inc. 8 LCQ), en una cuenta judicial para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF), conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta N° 6, de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, Circular N° 33/2022 de fecha 14/03/2022, bajo apercibimientos de ley (art. 30 LCQ). 10°) Intimar a la Sindicatura para que remita carta certificada a los acreedores denunciados haciéndoles saber la apertura de este concurso y demás datos mencionados en el art. 29 de la LCQ, bajo apercibimientos de ley. La correspondencia deberá ser remitida dentro de los cinco (5) días de la primera publicación de edictos. 11°) Comunicar la presente declaración en concurso preventivo a la Administración Provincial de Impuestos. 12°) Hacer saber a la Sindicatura que deberá cumplimentar los informes de ley en estos autos en la misma periodicidad que se dispusiera para el concurso principal. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber.- Fdo digitalmente por María Belén Saliva - Prosecretaria; Dr. Fabián Lorenzini - juez" Se hace saber que el SINDICO designado en autos es el CPN DANIEL ANIBAL VIDAURRE DNI N° 13.958.271, quien a fijado domicilio en calle IRIONDO N° 881 de la Ciudad de Reconquista, Santa Fe y sus horarios de atención son de Lunes a Viernes de 09hs a 16hs. Asimismo se hace saber su correo electrónico denunciado en autos: danielvidaurre@gurfinkel.com.ar. María Belén Saliva Prosecretaria
S/C 566057 Sep. 1 Sep. 7
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "RABINOVICH ROSA FANNY S/ CONCURSO PREVENTIVO (CUIJ: 21-25035528-6) de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito N°4, se ha dispuesto lo siguiente: "Reconquista, 13 de agosto del 2026. Y VISTOS: Estos caratulados: Y VISTOS: Estos caratulados: "RABINOVICH, ROSA FANNY S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ N° 21-25035528-6, en trámite ante estos estrados, en virtud de los cuales comparece la Sra. Rosa Fanny Rabinovich, DNI N° 14.738.955, CUIL 27-14738955-3, con domicilio real en calle Estanislao López S/N de la localidad de Fortín Olmos, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, y constituyendo domicilio legal en calle Patricio Diez N° 378 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, con el patrocinio letrado de los Dres. Hernán Rodrigo Braidot y Germán Aziz Licha, solicitando la apertura de su concurso preventivo en carácter de garante de los concursados Agustín Mauro Latorre y ALATORRE SRL, en los términos del art. 68 de la Ley N° 24.522 de Concursos y Quiebras; y, CONSIDERANDO:.. RESUELVO: 1°) Declarar abierto el concurso preventivo de ROSA FANNY RABINOVICH, DNI N° 14.738.955, CUIL 27-14738955-3, con domicilio real en calle Estanislao López S/N de la localidad de Fortín Olmos, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, en carácter de garante de los concursados AGUSTÍN MAURO LATORRE y ALATORRE SRL, disponiéndose que el presente proceso tramite en conjunto y por conexidad con los autos "LATORRE AGUSTIN MAURO Y OTROS S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ N° 21-25034830-1, y su acumulado "ALATORRE SRL S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ N° 21-25034836-0, en trámite ante este Juzgado, debiendo ser catalogado como pequeño concurso (arts. 65, 68, 288 y 289 LCQ). 2°) Determinar que en este proceso concursal ha de intervenir la Sindicatura ya designada y actuante en el concurso preventivo de los deudores principales, conforme lo dispuesto por el art. 67 LCQ. 3°) Fijar el cronograma procesal unificado y sincronizado con el concurso de los deudores principales, estableciéndose las siguientes fechas: el 30/09/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico, pudiendo recibir impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes hasta dicha fecha; el 12/11/2026 como fecha hasta la cual deberán presentarse los informes individuales; el 24/12/2026 para la presentación del informe general unificado; fijar para el 25/02/2027 la audiencia informativa prevista por el art. 45, párrafo 5to. de la Ley 24.522, la que se celebrará en este Juzgado a las 09:00 horas; y fijar para el 04/03/2027 el vencimiento del período de exclusividad previsto por el art. 43, párrafo 5to. de la Ley 24.522. 4°) Publíquense edictos por el término de cinco (5) días. Las publicaciones referidas serán a cargo de la concursada y se le otorga a tales efectos el plazo de veinte (20) días desde la notificación del auto de apertura (art. 28 LCQ), debiendo acreditar el inicio de la ejecución de dicha publicidad dentro de los cinco (5) días de dictada la presente bajo apercibimientos del art. 30 LCQ. El texto del edicto respectivo deberá respetar el art. 27 LCQ. Sin perjuicio de lo antedicho, la Sindicatura y la propia concursada deberán obrar con la diligencia que el caso reclama a los fines de hacer saber a los acreedores la apertura de este proceso y los plazos establecidos para la verificación tempestiva, en cumplimiento del deber de colaboración y buena fe procesal. 5°) Oficiese al Registro de Procesos Universales a los fines de la inscripción de la apertura del concurso (art. 14 inc. 6 LCQ). 6°) Hacer saber que la concursada no puede viajar al exterior sin previa comunicación al Juez del concurso, haciendo saber el plazo de la ausencia, el que no podrá ser superior a cuarenta (40) días corridos. En caso de ausencia por plazos mayores deberá requerir autorización judicial (art. 25 LCQ). Practíquense las pertinentes comunicaciones. 7°) Ordenar la inhibición general de la concursada para disponer y gravar bienes registrables, medida que no se encuentra sujeta a caducidad automática y sólo podrá ser levantada con la expresa autorización del Tribunal a cargo del concurso. A sus efectos, oficiese al Registro General de la Provincia de Santa Fe y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor (art. 14 inc. 7 LCQ). 8°) Ordenar la suspensión del trámite de los procesos contenciosos judiciales de contenido patrimonial contra la concursada, por causa o título anterior a la presentación y su radicación ante este Juzgado —siempre que se cumplan con los recaudos del art. 21 LCQ y aún no cuenten con sentencia firme—, con prohibición de deducirse nuevas acciones con fundamento en tales causas o títulos a partir de la publicación de edictos (art. 21 LCQ). Respecto de cada juicio que se pretenda radicar ante estos estrados se evaluará la operatividad del fuero de atracción y los que contraríen la norma concursal serán devueltos. Oficiese a sus efectos remitiéndose comunicaciones a los organismos jurisdiccionales correspondientes. 9°) Intimar a la deudora para que deposite dentro de los tres (3) días de notificada la resolución la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000.-) para gastos de correspondencia (art. 14 inc. 8 LCQ), en una cuenta judicial para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF), conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta N° 6, de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, Circular N° 33/2022 de fecha 14/03/2022, bajo apercibimientos de ley (art. 30 LCQ). 10°) Intimar a la Sindicatura para que remita carta certificada a los acreedores denunciados haciéndoles saber la apertura de este concurso y demás datos mencionados en el art. 29 de la LCQ, bajo apercibimientos de ley. La correspondencia deberá ser remitida dentro de los cinco (5) días de la primera publicación de edictos. 11°) Comunicar la presente declaración en concurso preventivo a la Administración Provincial de Impuestos. 12°) Hacer saber a la Sindicatura que deberá cumplimentar los informes de ley en estos autos en la misma periodicidad que se dispusiera para el concurso principal. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. -Fdo digitalmente por María Belén Saliva - Prosecretaria; Dra. Fabián Lorenzini - juez" Se hace saber que el SINDICO designado en autos es el CPN DANIEL ANIBAL VIDAURRE DNI N° 13.958.271, quien a fijado domicilio en calle IRIONDO N° 881 de la Ciudad de Reconquista, Santa Fe y sus horarios de atención son de Lunes a Viernes de 09hs a 16hs. Asimismo se hace saber su correo electrónico denunciado en autos: danielvidaurre@gurfinkel.com.ar. María Belén Saliva Prosecretaria
$ 2500 566050 Sep. 1 Sep. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de MARIA DEL CARMEN GONZALEZ(DNI F6.022.481), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: “GONZALEZ MARIA DEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25035556-1. Firmado: DR. FRANCO RASCHETTI, Juez; DR. GUILLERMO D. ANGARAMO, Secretario.- Reconquista, 31 de Agosto de 2026.-
$ 45 Sep. 1
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de MERALDO LUCIANO MAREGA(DNI M8.434.377), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: “MAREGA, MERALDO LUCIANO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25035525-1. Firmado: DR. FRANCO RASCHETTI, Juez; DR. GUILLERMO D. ANGARAMO, Secretario.- Reconquista, 31 de Agosto de 2026.-
$ 45 Sep. 1