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ROSARIO
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JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quinta Nominación de Rosario, en los autos caratulados "LA SEGUNDA ART SA C/CEJAS DI BENEDETTO MERLINA RUBI S/ CONSIGNACION" CUIJ Nº 21-04274797-9, se ha ordenado citar por edictos, que se publicarán por tres (3) días, a las personas que ostenten las condiciones de derechohabientes del Sr. DI BENEDETTO FRANCO DANIEL, D.N.I. N° 37.832.170, a los efectos de que comparezcan a estar a derecho dentro del término de tres días, contados desde la última publicación. Fdo.: Dr. Juez en suplencia. Rosario, 21 de agosto de 2026.-
$ 100 566188 Sep. 03 Sep. 07
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Por disposición de la Sra. Jueza en lo Laboral de la 8ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados RUSCA FRANCO c/LUDUEÑA NICOLAS ANDRES s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (CUIJ 21-04254297-8) de trámite ante dicho Juzgado, se ha dispuesto citar al Sr. NICOLÁS ANDRÉS LUDUEÑA, para que comparezca a estar a derecho por el término de ley y bajo apercibimiento que en caso de incomparendo se le designará a un defensor ad-hoc. –arg. Art. 45, CPL-. Rosario, 24 de Agosto de 2026. Dra. Magdalena Caviglia, secretaria.
$ 100 566350 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juez de Distrito en lo Laboral de la 8ª Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los posibles herederos y/o legitimarios del Sr. GIMENEZ CARLOS MAXIMO (CUIL Nº 21-04153152-2) por tres días consecutivos, para que dentro del término de 3 día contados desde la última publicación comparezcan a estar a derecho juicio mediante apoderado o con patrocinio letrado. Todo así como lo ordena en los Autos Caratulados GIMENEZ CARLOS MAXIMO c/LA SEGUNDA ART SA s/ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO; CUIJ 21-04153152-2, de mayor abundamiento se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: ROSARIO, 04 de Marzo de 2026; Agréguese la constancia acompañada. Téngase presente la acreditación del fallecimiento del actor GIMENEZ CARLOS MAXIMO. Cítese por edictos a los herederos del litigante fallecido para que dentro del plazo de 10 (diez) días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrar curador conforme lo prescripto por el art. 597 del CPCCSF. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad y denunciar la existencia de otros herederos del causante. En caso de existir juicio sucesorio iniciado, deberán precisar el juzgado y la carátula completa del proceso, así como denunciar si se ha designado administrador de la sucesión y/o se ha dictado declaratoria de herederos, acompañando copia autenticada de la resolución judicial respectiva. Asimismo, ofíciese al RPU a los fines de acreditar si existe proceso sucesorio abierto a nombre del causante. Fdo. Dra. QUAGLIATTI SILVANA (JUEZA). Rosario, 15 de Mayo de 2026. Dra. Magdalena Caviglia, secretaria.
S/C 566338 Set. 3 Set. 7
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3º de Rosario, dentro de los autos caratulados IÑIGUEZ, CINTIA MELISA c/BLAZQUEZ, NIGOLAS s/ALIMENTOS; CUIJ Nº 21-11394778-8, a cargo de la Dra. María José Campanella (Jueza), se dispuso: Nº 1029. ROSARIO, 14/08/2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO QUE... RESUELVO: 1) Hacer lugar a las medidas coercitivas solicitadas por la actora a fin de procurar el pago de la cuota alimentaria ordenada en autos en favor de sus hijos menores de edad CATALINA BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 53.798.848) y JUAN IGNACIO BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 57.326.693) y, en consecuencia: I) ordenar la inscripción de NIGOLAS BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 31.115.676; CUIT 20-31115676-5) en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Habilítense días y horas a fin de que la presente orden sea cumplida en forma urgente y expeditiva, conforme lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 11.945; II) prohibir a NICOLAS BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 31.115.676) circular en todo el territorio de la República Argentina mediante vehículos conducidos personalmente por él -automóviles, motocicletas, camiones y/o cualquier otro vehículo automotor-, bajo apercibimiento de que el incumplimiento de la presente orden judicial podrá configurar el delito de desobediencia previsto por el artículo 239 del Código Penal. A tal fin, líbrense oficios a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, a la autoridad provincial competente en materia de seguridad vial, a Gendarmería Nacional Argentina y a la Policía de la Provincia de Santa Fe, a los fines de que tomen razón de la medida aquí dispuesta y arbitren los medios necesarios para su cumplimiento; III) prohibir a NIGOLAS BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 31.115.676) salir del territorio de la República Argentina, oficiándose a la Dirección Nacional de Migraciones a fin de que tome razón de la medida dispuesta; y IV) prohibir a NIGOLAS BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 31.115.676) el ingreso a estadios de fútbol y/o a cualquier evento deportivo, como así también al “Club de Regatas Rosario”, oficiándose a la autoridad policial competente, a la Dirección Nacional de Seguridad en Eventos Deportivos y al referido club a fin de que tomen razón de la medida y adopten las previsiones necesarias para impedir su ingreso mientras se encuentre vigente. 2) Disponer que las medidas precedentemente ordenadas tendrán carácter temporal y permanecerán vigentes mientras subsista el incumplimiento que las motiva y hasta tanto el alimentante acredite la regularización de las cuotas alimentarias y la cancelación de la deuda alimentaria aprobada en autos, sin perjuicio de las facultades de este juzgado para revisar, modificar o dejar sin efecto las medidas si se acreditare una variación de las circunstancias que determinaron su adopción. 3) No hacer lugar en esta instancia a la aplicación de astreintes. 4) No hacer lugar en esta instancia a la inhibición general de bienes solicitada, sin perjuicio de su eventual reiteración una vez acreditados los presupuestos exigidos por el artículo 290 del Código Procesal Civil y Comercial. 4) Notifíquese a las partes y a la Defensora General. 5) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María José Campanella (Jueza); Dra. JULIETA BIANCARDI (Prosecretaria). Además, Nº 1053. ROSARIO, 18/08/2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO QUE... RESUELVO: 1) Rechazar el pedido de designación de interventor de caja solicitado por CINTIA MELISA IÑIGUEZ (D.N.I. Nº 29.200.524) con respecto a la sociedad “QUESEAROCK S.A.” por los fundamentos expuestos precedentemente; 2) Trabar embargo sobre las acciones de titularidad del demandado NIGOLAS BLAZQUEZ (D.N.I. Nº 31.115.676) en la sociedad “QUESEAROCK S.A.”, así como también sobre aquellas acciones que en lo sucesivo se incorporen a su patrimonio o le sean adjudicadas, emitidas o atribuidas como consecuencia de aumentos de capital, capitalización de utilidades, reservas, ajustes de capital o por cualquier otra causa hasta cubrir la suma de $ 13.237.444,23, con más la suma de $ 3.971.233,269, estimada por intereses y costas. Notifíquese la medida a la sociedad, haciéndole saber que deberá tomar razón del embargo en los registros societarios que correspondan y abstenerse de efectuar al ejecutado pagos comprendidos en la medida hasta cubrir el monto cautelado. Asimismo, deberá informar al juzgado la cantidad y clase de acciones de titularidad del demandado, u participación en el capital social y cualquier modificación posterior de dicha participación mientras subsista la medida, así como la aprobación y/o puesta a disposición de dividendos y la emisión o adjudicación de nuevas acciones que le correspondan. Ofíciese al Registro Público de Comercio a fin de que proceda a la anotación de la medida, debiendo informar a este juzgado su cumplimiento. 3) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María José Campanella (Jueza), Dra. JULIETA BIANCARDI (Prosecretaria). Dr. Sergio Luis Fuster, secretario.
$ 700 566360 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juez de trámite del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 8ª Nominación de Rosario, a cargo DR IGNACIO VICENTE AGUIRRE, se ha ordenado notificar por edictos al demandado IÑIGUEZ ERNESTO DANIEL (DNI 12.324.222) en los autos "MIRANDA, EXEQUIEL RENE C/ IÑIGUEZ, ERNESTO DANIEL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ 21-11888699-9, que tramitan ante Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 8ª Nominación de Rosario. Atento que el demandado IÑIGUEZ ERNESTO DANIEL, no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según edictos obrantes en escrito cargo 17222/24, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. A lo peticionado, firme que estuviere el presente se proveerá lo que corresponda. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS. DRA. MARIA GUADALUPE GORDILLO DRA. ANALIA N. MAZZA e/s.- Rosario, 2 de julio de 2026. Secretaria, 12/08/26. María Guadalupe Gordillo, Secretaria.
$ 100 566189 Sep. 03 Sep. 07
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia N ª 3 de Rosario Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA se ha ordenado notificar Al Sr. RICARDO DANIEL HERRERA identificado con DNI N ° 35.306.737 dentro de los obrados caratulados "DURANG, DARIO DANIEL C/ HERRERA, RICARDO DANIEL S/ ADOPCIÓN" CUIJ Nº 21-11470096-4 que se transcribe los siguientes decretos: "ROSARIO, 14 de Abril de 2026. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, y en mérito del poder especial acompañado. Acuérdesele la participación legal correspondiente. Jueza a cargo: DRA. MARIA JOSE Campanella. Por iniciada ADOPCIÓN DE INTEGRACIÓN en los términos expresados. Téngase presente lo manifestado y la prueba ofrecida. Dese intervención al Defensor General. Agréguense las constancias acompañadas. Practíquese amplio informe socio- ambiental en el domicilio de residencia del adolescente a través del EUTS. Cítese a los progenitores biológicos a fin de que expresen por cuanto sea a su derecho. El oficial notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si la persona vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a realizar la notificación. Reponga la totalidad del sellado de demanda. Cargo 4713: téngase presente. Agréguese las partidas acompañadas." Fdo.: Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza) Dr. Sergio Fuster (Secretario). A continuación, se transcribe otro decreto que dice: "ROSARIO, 28 de Abril de 2026. Agréguese el sellado de demanda acompañada. Téngase presente la aclaración efectuada." Fdo.: Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza) Dr. Sergio Fuster (Secretario)" A continuación, se transcribe otro decreto que dice: "ROSARIO, 29 de Abril de 2026 Cargo 5840: líbrese oficios ley y cédulas ley acompañadas como lo solicita. Cargo 5841: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Téngase presente lo expuesto. Notifíquese. -" Fdo.: Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza) Dr. Sergio Fuster (Secretario). A continuación, se transcribe otro decreto que dice: "ROSARIO, 22 de Julio de 2026. Cargo 10525: téngase presente lo manifestado. Atento tratarse de un demandado con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC." Fdo.: Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza) Dr. Sergio Fuster (Secretario)". Rosario, agosto de 2026 Secretario.
$ 100 566269 Sep. 3 Sep. 7
La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 8 de Rosario hace saber que en los autos: CASCO, BRIANA NICOL s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11476746-8, se ha dispuesto notificar a MACARENA BELÉN ARRASCAETA, DNI 38.755.205 la siguiente resolución: Nº 378 del 04/05/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar Disposición Nº 192/23 del 9/8/23 por la que se adoptó la Medida de Protección Excepcional y la Resolución Definitiva Nº 215/24 del 19/9/24 dictadas por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción respecto de Briana Nicol Cascocon la sugerencia de tutela y privación de responsabilidad parental. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es TUTELA de Briana Nicol Casco a favor de Marcos Antonio Arrascaeta y de Johana Tamara Luna y de Privación de la responsabilidad parental de Macarena Belén Arrascaeta y Walter Germán Casco respecto de su hija Briana Nícol Casco. 3) Citar a Macarena Belén Arrascaeta, DNI 38.724.016 y Walter Germán Casco, DNI 39.755.205 a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida sugerida por el órgano de aplicación de la ley 12.967 y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Notificar por cédula a diligenciarse mediante Oficial notificador quien de no hallar a los requeridos en los domicilios denunciados en autos deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si es que allí vive y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar las notificaciones. 5) Comunicar a la Defensoría General Civil, a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Sabina Sansarricq, Jueza E/S; Dra. M.A. Marcyniuk, Secretaria. Por orden de la Jueza interviniente los edictos deberán publicarse gratuitamente tres veces venciendo dicho término al quinto día de la última publicación.
S/C 566323 Set. 3 Set. 7
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la Ciudad de Rosario, el Dr. Arturo Audano, Secretario y Dr. Ricardo Alberto Ruiz, Juez, hacen saber que en los autos: AVILA SILVIA LILIANA S/QUIEBRA; CUIJ 21-03003741-0, ha sido designado como Síndico el CPN PACHECO HUBER, IGNACIO MARTIN, DNI 27.117.219, Matrícula Nº 14.317-01 - Ley 8.738 -, con domicilio en calle Juan Jose Paso 5272, Rosario- Santa Fe y horario de atención al público de 8:00 a 12:00hs y 16:30 a 20:30hs, de conformidad con lo normado por la Ley Nº 24.522 y modif., con turno previo al teléfono 342-4236748 o 342-4424883, pudiendo recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico: estudio.pacheco.talame.amador@gmail.com y por transferencia bancaria, para lo cual denuncio mi CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley: cuenta Nº 599070855600 - CBU 3300599525990708556004 (POSTRE.BLANCO.PASADO) de mi titularidad. Se fija el día 18 DE SEPTIEMBRE DE 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes; el día 02 DE NOVIEMBRE DE 2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito; y el día 16 DE DICIEMBRE DE 2026 para la presentación del Informe General. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, de 2026. Secretaria.
S/C 566132 Set. 3 Set. 9
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito de Primera Instancia Civil y Comercial de la 3ª Nominación, Dr. EZEQUIEL MARÍA ZABALE, se hace saber por cinco días que en autos caratulados VOISARD, LEONARDO RAUL s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ
21-03009197-0, por auto N° 278 de fecha 29.07.2026, y aclaratoria Nº 283 de fecha 30.07.2026, se ha resuelto: I) Declarar la apertura del concurso preventivo de LEONARDO RAUL VOISARD, (DNI 32.959.482 - CUIT N° 20-32959482-4) con domicilio real en calle Vera Mujica N° 246, PA, de Rosario - II) Para sorteo de Síndico de la lista respectiva, se designa como fecha el día 05/08/2026. III) Las fechas para cumplimiento de lo prescripto por los incisos 9º y 10º del art. 14 de la L.C., se fijarán por auto ampliatorio del presente, aceptado que fuere el cargo por el síndico. IV) Diferir la publicación de los edictos de ley y la determinación de la fijación de fechas para verificación de créditos y presentación de los informes correspondientes hasta que el Síndico sorteado acepte el cargo. Insértese y hágase saber por medio de edictos de ley. Firman: SECRETARIA — JUEZA. Mayra Ibañez, secretaria subrogante.
$ 500 566302 Set. 3 Set. 9
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Por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo de Dr. EZEQUIEL M ZABALE (JUEZ); FEDERICO LEMA (SECRETARIO), en autos: ALZ SEMILLAS SA c/AGROSUM SAS Y OTROS s/COBRO DE PESOS 21-02973216-4, se ha ordenado notificar al codemandado AGROSUM S.A.S., mediante la publicación del presente edicto. A tales fines se le hace saber que en los autos referenciados se han dictado la siguiente sentencia: ROSARIO, Nº 318. 18/08/2026, Y VISTOS (...) Y CONSIDERANDO (...) FALLO: 1.- Hacer lugar a la demanda interpuesta, condenando a la demandada al pago de la suma reclamada, con más los intereses determinados en el considerando segundo, desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago. 2.- Imponer las costas a la vencida (art. 251 C.P.C.C.). 3.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MAYRA IBAÑEZ (SECRETARIA); Dr. EZEQUIEL M. ZABALE (JUEZ).
$ 100 566314 Set. 3 Set. 7
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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, (Denom. Anterior. Ref Ley 14264) se ha ordenado emplazar por edictos a los herederos de doña ESMERIA ELINA BARRIENTOS, titular del DNI Nº 5.557.400, para que comparezcan a estar a derecho, dentro de los autos caratulados ROSSI, LUCIANO ANDRES c/BARRIENTOS DE LOZANO, ESMERIA ELINA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en trámite ante el juzgado antes mencionado y ello dentro del término de cinco (5) días de la última publicación de los presentes, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Fdo. Dra. Paula M. Heltner, secretaria.
$ 33 566316 Set. 3 Set. 7
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ª Nominación de Rosario y en autos caratulados NICOLAS, NESTOR WALDEMAR c/GAGLIARDI, NICOLAS Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; (CUIJ 21-12647677-6), se ha ordenado publicar los presentes a los fines de que se cite y emplace a los herederos de Juana Gagliardi (D.N.I. 5.556.012), para que dentro del término y bajo los apercibimientos del art. 597 C.P.C. comparezcan a estar a derecho, publicándose edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término previsto en el art. 73 del C.P.C. Fdo. Dra. PAULA M. HELTNER, Secretaria.
$ 100 566321 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juez se 1ª Instancia de Ejecución de Distrito de la 2ª Nominación de Rosario dentro de los autos: CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO LARES PRIMERO DE MAYO 1342-1346-1348 DE ROSARIO c/RATTI, NICOLÁS MARTÍN, EN SU CARACTER DE HEREDERO DECLARADO DE LOS CAUSANTES: ILDA SUSANA SPINASSI y ENZO JOSE PABLO RATTI s/JUICIO EJECUTIVO; CUIJ 21-13954418-5, se ha ordenado la rebeldía de los demandados en autos NICOLÁS MARTIN RATTI y los herederos de RATTI, ENZO JOSE PABLO DNI 11127712 y SPINASSI ILDA SUSANA DNI 12.944.426 al no haber comparecido a estar a derecho en los citados autos en trámite por ante el Juzgado referenciado. Rosario, 20 de Agosto de 2026. Dra. María Elvira Longhi, secretaria.
$ 100 566336 Set. 3 Set. 7
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Por disposición de la Jueza de Distrito Circuito de la Tercera Nominación de Rosario, se ha lo siguiente; Agréguese. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada SERAFIN EUGENIO ZONCA, no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Autos caratulados: MASSARUTTO, GABRIELA c/ZONCA, SERAFIN E Y OTROS s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ 21-02940207-5. Fdo. Dra. Cecilia Camaño (Juez); Dra. María Luz Mure, prosecretaria.
$ 100 566337 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del JUZG. DE 1ª INSTANCIA DE CIRCUITO Nº 5 DE ROSARIO - DENOM. ANTERIOR-Ref. Ley, en los autos: ANDRES BEATRIZ SUSANA Y OTROS c/NUEZ PEDRO Y OTROS
s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; 21-12652747-8, se notifica que atento no haber comparecidos los herederos, acreedores y/o legatarios de los demandados PEDRO NUEZ, DNI desconocido y MARIA ANGELES GARCIA, DNI desconocido, se los ha declarado rebeldes. Fdo. Dr. Dr. MAXIMILIANO N. COSSARI (Juez); Dra. GABRIELA P. ALMARA, (Secretaria).
$ 100 566339 Set. 3 Set. 7
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Por disposición de la Señor Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Séptima Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dra. Silvia Beduino, se ha declarado rebelde a los demandados JUAN ALBERTO SUGASTI, FERNANDO MARÍA MIGUEL SUGASTI, CIRO FRANCISCO DE ASIS SUGASTI, ELVIRA ESTELA SUGASTI, GRACIELA MARÍA DEL SOCORRO SUGASTI y MARTHA ELVIRA JOSEFA SUGASTI, atento no haber comparecido a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, prosiga el juicio sin su representación; dentro de los autos caratulados: SEGOVIA, TEODORO c/SUGASTI, JUAN ALBERTO Y OTROS s/ESCRITURACION; CUIJ 21-12644545-5, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario en el término y bajo los apercibimientos de ley. Se transcribe la providencia dictada al efecto: Rosario, 14 de Agosto de 2026. Al escrito cargo Nº 9114 al 9119/2026 se provee: Agréguense las cédulas acompañadas. Al escrito cargo Nº 9120 y 9121/2026 se provee: Agréguense los informes acompañados. Al escrito cargo Nº 9122/2026 se provee: Previo a todo, acredite la notificación al codemandado Juan Alberto Sugasti Tietjen. Asimismo, no habiendo comparecido los herederos de los demandados JUAN ALBERTO SUGASTI, FERNANDO MARÍA MIGUEL SUGASTI, CIRO FRANCISCO DE ASIS SUGASTI, ELVIRA ESTELA SUGASTI, GRACIELA MARÍA DEL SOCORRO SUGASTI y MARTHA ELVIRA JOSEFA SUGASTI, a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláreselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fecho, líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones a los fines del sorteo de un Defensor de oficio y curador ad hoc (cfrme. art. 597 CPCC). Fdo. Jueza: Dra. Maria Silvia Beduino. Todo por así estar ordenado en autos: SEGOVIA, TEODORO c/SUGASTI, JUAN ALBERTO Y OTROS s/ESCRITURACION; CUIJ 21-12644545-5. Dra. Silvia Beduino (Juez). Rosario, de Agosto de 2026. Ma. Florencia Di Rienzo, secretaria.
$ 100 566340 Set. 3 Set. 7
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El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 5 - Denominación anterior - Ref. Ley 14264, hoy Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 22 de Rosario hace saber que en los caratulados: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO Nº 5 s/DESTRUCCIÓN DOCUMENTAL; CUIJ 21-12371794-2, hace saber que mediante resolución Nº 70, del 23 de Febrero de 2026 se dispuso: 1- Proceder a la destrucción de toda la documental y pliegos, correspondientes a causas que se han iniciado con anterioridad al 30/6/2016. 2- Fijar como fecha de destrucción el día 30 de junio de 2026 y como fecha tope para que los interesados legítimos concurran al juzgado a requerir la entrega de los mismas, la del día 19 de junio del 2022 hasta las 12hs., a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningún tipo. El horario para retiro será de 8 a 12hs. de lunes a viernes. 3- Proceder a la publicación en múltiples transparentes del edificio que ocupa Tribunales, de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 3 veces en veinte días y dos edictos en el Diario La Capital a publicarse un miércoles y domingo dando a conocer la parte resolutiva de la presente. 4- Remitir copia de la presente a la Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y a la Presidencia de la Cámara de Apelación de Circuito de Rosario. Fdo. Dr. Maximiliano N. G. Cossari, Juez; Dra. Gabriela P. Almará, Secretaria.
S/C 566341 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Vigésima Nominación, Dr. Eduardo H. Arichuluaga, secretaría autorizante del Dr. Javier Matías Chena, se hace saber que en los autos PENNESI, CINTIA VALERIA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; Expte. Nº 21-03007774-9, se ha dictado la QUIEBRA por medio del auto Nº 204 de fecha 21/08/26, que se transcribe: VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de CINTIA VALERIA PENNESI DNI Nº 30.103.336, argentina, mayor de edad, domiciliada en calle Gra. Juan José Viamonte 5730 de la ciudad de Rosario ... 4) Ordenar al fallido y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel; 5) Intimar al deudor para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24522 y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; 6) Prohíbese hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces; ... 8) Intimar al fallido para que dentro de las 48 horas, constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estados del juzgado; ... 12) Para sorteo de Síndico desígnase el día 26/08/2026, a las 10.00 horas. Diferir las fechas hasta las cuales podrán presentarse las solicitudes de verificación de créditos ante el Síndico y para la presentación de los Informes Individual y General respectivamente, las que se fijarán por auto ampliatorio, aceptado que fuere el cargo por el Síndico a designarse; 12) Publíquense edictos conforme art. 89 L.C. en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Firman: Secretario: Dr. Javier Matias Chena Juez; Dr. Eduardo H. Arichuluaga. 26 de Agosto de 2026.
S/C 566345 Set. 3 Set. 9
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado publicar edictos por dos días en el BOLETIN OFICIAL lo decretado: Del planteo de prescripción de las cuotas concordatarias, córrase traslado a los acreedores por el plazo de 10 días y vista a la Sindicatura. Autos caratulados: LOUHAU RAUL PEDRO CARLOS s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-01546956-8; Expte. 1702/02. Fdo. Dr. Quaglia, Juez; Dra. BELTRAME, Prosecretaria.
$ 200 566347 Set. 3 Set. 4
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En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito Nº 5, Secretaría 1 (denominación anterior), Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 22 (denominación actual), a cargo del Juez Dr. Maximiliano Nelson Gustavo Cossari, Secretaría a cargo de la Dra. Gabriela Patricia Almará, se ha ordenado citar a los herederos del Sr. FERNANDO LUIS GUILLERMO MICHELETTI, DNI 5.972.631, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, en los autos caratulados CROUS JUAN, JOSE LUIS c/MICHELETTI, FERNANDO LUIS GUILLERMO Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ Nº 21-02939750-0, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Dra. Gabriela P. Almará, Secretaria.
$ 500 566362 Set. 3 Set. 9
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Se hace saber que en autos: GALARZA, ANA LÍA s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ Nº 21-02993550-2, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, en fecha 21/08/2026, se ha dictado la siguiente Resolución Nº 751. Y VISTOS; CONSIDERANDO; RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado por la concursada, prorrogando el Período de Exclusividad hasta el día 29 de Septiembre de 2026, debiendo celebrarse la Audiencia Informativa el día 22 de Septiembre de 2026, a las 9,30 hs. Publíquense Edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario El Forense. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Fernando Mecoli (Juez); Dra. Sabrina Rocci (Secretaria).
$ 500 566384 Set. 3 Set. 9
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Por disposición del Juez Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar por edicto a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARIEL CLAUDIO CAMAÑO DNI 21.557.199, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días Autos caratulados: CAMAÑO ARIEL CLAUDIO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-03011322-2. Fdo. Dr. Julián Evangelisti (Prosecretaria).
$ 45 Set. 3
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ANGELUCCI HECTOR JUAN J. (DNI 10.410.151), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: ANGELUCCI HECTOR JUAN JOSE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-03009545-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORMA IRIS DELUGO (DNI N° 12.955.325), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DELUGO, NORMA IRIS Y OTROS s/SUCESORIO; (CUIJ N° 21-030112463).
$ 45 Set. 3
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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, en los autos: “CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO NORMANDIE-LYON C/COLOMBETTI, IRENE ESTER Y/O SUS SUCESORES S/DEMANDA EJECUTIVA — CUIJ No 21-02997948-8” se ha dispuesto citar a los herederos de la demandada Irene Ester Colombetti, en los términos del art. 597 CPCC. A continuación, se transcribe el primer decreto dictado en autos: “En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta n°14 de fecha 13-05-20 pto. XV) 05/09/2025 se provee: Por recibidos. Por presentadas, con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado en copia simple. Otórgaseles la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de Ley. Agréguese la constancia acompañada que oportunamente deberá certificar. Cítese en los términos del art. 597 CPCC a los herederos de la demandada. Ofíciese al RPU a fin de informar sucesión abierta a nombre de la demandada. Ofíciese al Registro Nacional de las Personas para que tengan a bien informar el último domicilio denunciado por la demandada. Asimismo, autorízase a los postulantes a diligenciar el despacho bajo su firma a tenor de lo normado en el art. 25 del CPCC. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad de la misma hasta cubrir la suma reclamada más el treinta por ciento en concepto de intereses y costas futuros. Hágase saber a las partes que deberán presentar la documental fundante (art. 137 CPCC) de modo legible según volumen autorizado en SISFE por la CSJSFE (cf. Acuerdo celebrado el día 25.4.2023, Acta N° 11, de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe donde se habilita 6 (seis) megabytes para presentaciones de demanda y contestación de demanda y 3 (tres) megabytes para los demás tipos de escritos) bajo apercibimiento de proceder al rechazo de la presentación. Se constituye a la parte oferente de la documental en depositaria de la misma la que deberá ser sometida a control de parte y del tribunal a simple requerimiento. Asimismo, se hace constar que los oficios judiciales serán firmados en soporte digital pudiendo el interesado descargar el documento y diligenciarlo a sus efectos. A tal fin se encuentran autorizados los profesionales intervinientes en autos y/o a la persona que designen, quienes en uso de las atribuciones que le asisten como auxiliares de justicia (art. 25, CPCC), podrán remitir en forma digital mediante archivo pdf el oficio judicial a su destinatario o efectuar la impresión del despacho para su tramitación. Para de verificar autoría e integridad del documento e instrumental adjunta deberá acceder al sistema autoconsulta de expedientes disponible en página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/ consignando CUIJ del expediente y clave informática en pestaña “otros” — 7396. En su caso, podrá consultar a este Juzgado enviando correo electrónico al mail institucional civil13ros@justiciasantafe.gov.ar o comunicarse por vía telefónica al teléfono 472-1700 interno 4173. En acceso https://vaIidafirma.pjn.gob.ar/ podrá verificar la firma del documento digital. Fdo. Dra Verónica Gotlieb, Jueza”. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el Boletín Oficial. Fdo.
$ 100 566190 Sep. 03 Sep. 07
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario, dentro de los caratulados "VILLACRED FINANCIERA SRL c/FERRARI Bruno Oscar Y OTROS s/JUICIO EJECUTIVO" –C.U.I.J. Nº21-02855640-0,hace saber el dictado lo siguiente: "ROSARIO, 01/04/2.016. Y VISTOS: Los presentes caratulados "VILLA CREO FINANCIERA SRL C/FERRARI, BRUNO OSCAR Y OTROS S/JUICIO EJECUTIVO" venidos para resolver la cautelar solicitada RESUELVO: Por presentado, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter que expresa, a mérito de la fotocopia del poder que acompaña y que deberá certificar, acuérdese la participación que le corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la presente DEMANDA EJECUTIVA en los términos que menciona, agréguense a autos las constancias acompañadas. Resérvese en Secretaría el sobre de documental. Cítese y emplácese al/os demandado/s a fin que comparezca/n en los presentes, por el término y bajo apercibimientos de ley. Atento lo solicitado decrétase la INHIBICIÓN GENERAL del/os demandado/s, hasta cubrir la suma de $45.200.- con más la suma de $13.560.- estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. A tal fin, líbrense los despachos pertinentes como solicita, con transcripción del auto que ordena la medida, asimismo se hace saber que la presente medida se efectúa a pedido del/la Dr/a. CARLOS LUCIO PAGUERO, quedando el/a mismo/a y/o quien/es este/a designe facultado/s para el diligenciamiento. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMAN: DRA. CARLA GUSSONI PORREZ (SECRETARIA) DR. EDUARDO D. OROÑO (JUEZ).-
ROSARIO, 26 de Septiembre de 2017 No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación.- FIRMAN: DRA. CARLA GUSSONI PORREZ (SECRETARIA) DR. EDUARDO D. OROÑO- (JUEZ).-
ROSARIO, 30 de Octubre de 2017 Cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley.- FIRMAN: DRA. CARLA GUSSONI PORREZ (SECRETARIA) DR. EDUARDO D. OROÑO (JUEZ).-
En la ciudad de Rosario, y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 del 13/05/2020, pto. XV) Téngase presente. Proveyendo el punto 11 del escrito cargo nro. 12765/25, se decreta: publíquense edictos como solicita. Fdo. Digitalmente Dr. Mauro Bonato (Juez) Dra. Marianela Maulion (Secretaria).- Secretaría Rosario, .-
$ 200 566179 Sep. 03 Sep. 07
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Rosario, Secretaría de la Dra ELINA GABRIELA CERLIANI en autos" "RETAMAR, MARICEL S/PEDIDO DE QUIEBRA" CUIJ 21-02965571-2, se ha resuelto por Auto Nº 296 del 25/06/2026: "...RESUELVO: 1) Declarar la CONCLUSIÓN de la presente quiebra de la Sra. Maricel Retamar, DNI 24.945.300, en los términos del art. 229 LCQ; 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales a fin de comunicar la presente, dejándose constancia que se envía en este acto vía SISFE; 3) Ordenar: a) oficiar al Registro General de la Propiedad de Rosario y de Santa Fe, al Registro de la Propiedad del Automotor y/o a los que corresponda a los fines de anotar el levantamiento de la inhibición general de quien fuere fallida, si tales diligencias no se hubieren ya realizado; b) el cese de la intercepción de la correspondencia dirigida a quien fuere fallida, oficiándose a tal efecto, si tales diligencias no se hubieren ya realizado; y c) levantar la prohibición de salida del país, oficiándose a tal efecto a la Policía Federal (delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda, si tales diligencias no se hubieren ya realizado; 4) Ordenar la publicación de edictos comunicando la presente en el Boletín Oficial por el término de ley, haciendo saber que todas las comunicaciones a las que refiere la presente habrán de librarse vencida que sea tal publicación; 5) Previo retiro de la documental -de corresponder y si las hubiera- y culminación de las labores residuales que pudieren tener lugar, dar por concluida la intervención de la Sindicatura; 6)Insértese y hágase saber. (Autos: "RETAMAR, MARICEL S/PEDIDO DE QUIEBRA "CUIJ21-02965571-2). Fdo: ELINA G. CERLIANI - Secretaria DR. FABIAN BELLIZIA -Juez-" El presente edicto se publica por el término de Un (1) día. Rosario, 12 de Agosto de 2026.
S/C 566187 Sep. 03
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Mario Enrique Gozzer D.N.I. 4.318.801 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GOZZER, MARIO ENRIQUE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03010936-5). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Sep. 03
Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17 ° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LEDESMA JUAN CARLOS D.N.I. 30.155.685, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "LEDESMA, JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17" (CUIJ 21-02997146-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Sep. 03
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante REINA LUCIA MARTI (D.N.I. 13.435.618) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MARTI, REINA LUCIA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03011316-8) Fdo. Prosecretaría
$ 45 Sep. 03
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Enrique Juan Ramon Espoile D.N.I. 6.019.672 y Ana Maria Pintos D.N.I 4.973.837 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ESPOILE, ENRIQUE JUAN RAMON Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17" CUIJ 21-03009548-8. Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Sep. 03
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante D´UVA LORENZO JOSÉ (D.N.I. 6.005.621) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MARIANI, GLADYS RAMONA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-03009547-9. Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Sep. 03
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DIMOTTA NELIDA ROSA DNI N° 06.412.769 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “DIMOTTA, NELIDA ROSA S/ SUCESORIO” cuij 21-03009400-7. Fdo. SECRETARIA
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 21° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HERNANDEZ, JORGE EDUARDO MARCIAL, DNI N° 7.685.080, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “HERNANDEZ, JORGE EDUARDO MARCIAL S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-03007462-6).
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Doña CATALINA MORADA, LC 3.067.938, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “TAMAGNO, MARIO DOMINGO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03007147-3). F do. Prosecretaria
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. MARIO DOMINGO TAMAGNO, L.E. 2.108.829, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “TAMAGNO, MARIO DOMINGO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03007147-3). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del juzgado en lo Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes GLADYS ANGELA MABEL NOZZI (DNI 2.625.961) y PEDRO HUMBERTO CHAUI (DNI 6.003.887), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “NOZZI, GLADYS ANGELA MABEL y OTRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03007534-7) Fdo. Prosecretaria.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RODOLFO RUBEN MILANESSI, D.N.I. 5.981.273, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MILANESSI, RODOLFO RUBEN s/ SUCESORIO” (CUIJ 21-03011818-6).
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito Nº 2 (Denominación anterior - Ref. Ley 14.264) de la ciudad de Rosario, Dr. Eduardo H. Arichuluaga, en los autos caratulados: "GONZALEZ, OSCAR C/ INMOBILIARIA CONSTRUCTORA SA S/ USUCAPIÓN" - Expte. Nº 62/2025 - CUIJ 21-12651493-7, se ha ordenado la publicación de edictos por dos (2) días conforme lo normado por los Arts. 77 y 81 del CPCC, a los fines de notificar que se ha dictado la Sentencia Nº 190 de fecha 04/06/2026, la cual se dispuso: "FALLO: 1) Rechazando la demanda instaurada. 2) Imponiendo las costas a la parte actora (art. 251 CPCCSF). 3) Se difiere la regulación de los honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto se practique la planilla de liquidación final. Insértese y hágase saber." Dr. Hjavier Matias CHENA Secretario
$ 100 566298 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, se hace saber que dentro de los autos caratulados "BARRIOS, PAOLA GABRIELA S/ CONCURSO PREVENTIVO" -(CUIJ 21-03007865-6), se ha dictado el Auto de Apertura de Concurso Nº 235 de fecha 02/07/2026 y el Auto Nº 300 de fecha 20/08/2026 que disponen en su parte Resolutiva lo siguiente: Auto Nº 235: "ROSARIO, 2 DE JULIO DE 2026. Y VISTOS: (...) Y CONSIDERANDO: (...) RESUELVO: 1) Declarar la apertura del concurso preventivo de Paola Gabriela Barrios, DNI: 23.914.292, con domicilio real en calle Yrigoyen 4051 lote 234 de la ciudad de Funes y domicilio legal en calle Entre Ríos 729 Piso 09 Oficina 03 de Rosario. 2) Oficiándose a la Exma. Presidencia de Cámara en lo Civil y Comercial mediante correo electrónico de esta dependencia a fin de que se realice el sorteo de síndico para el día miércoles 22 de julio de 2026, a las 8.00 hs.; clasificando a dichos fines el proceso en la categoría "B". 3) Clasificando el presente como ''pequeño concurso", en los términos del artículo 288 LCQ. 4) Las fechas para el cumplimiento de lo prescrito por los incisos 3°, 9º y 10º del artículo 14 LCQ se fijarán por auto ampliatorio del presente, aceptado que fuere el cargo por el síndico que se designare. Éste deberá, en ocasión de aceptar el cargo, establecer el horario de atención al público durante todos los días hábiles, que no deberá ser inferior a las 6 horas diarias y estar comprendido entre las 8.00 y las 20.00 hs. 5) Tener presente que la publicación de edictos que contempla el artículo 27 LCQ se realizará una vez aceptado el cargo por el síndico respectivo, fijándose en el auto ampliatorio a que se refiere el punto anterior los diarios en que se dará cumplimiento a la publicación. 6) Disponiendo que se anote la presente apertura en el Registro de Proceso Concursales, oficiándose a dicha dependencia desde el juzgado mediante SISFE. 7) Disponiendo la anotación de la inhibición general de la concursada, oficiándose al Registro General de Rosario, Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor y demás reparticiones que correspondan. 8) Intímese a la concursada a depositar en autos la suma de $154.000 (ver valor carta certificada en https://www.correoargentino.com.ar), dentro del término de tres días, los que se estiman para gastos de correspondencia bajo apercibimiento de ley. Hágase saber a la sindicatura que deberá enviar a los acreedores cartas certificadas con aviso de recepción. 9) Comunicando la presente a la A.R.C.A., API Registro Público, Municipalidad de Rosario, Municipalidad de Funes, y a quien correspondiere, oficiándose. 10) Haciendo saber a la concursada que deberá dar estricto cumplimiento al artículo 25 LCQ, bajo los apercibimientos de ley. 11) Disponiendo que se oficie por Secretaría por medios electrónicos a los Juzgados que correspondan, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21 LCQ. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente DRA. LUCRECIA MANTELLO Jueza" y "Nº ROSARIO, 20 de agosto de 2026. Y VISTOS: (...) Y CONSIDERANDO: (. ..) Por lo tanto, RESUELVO: 1°) Fijar el día 30 de noviembre de 2026 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 32 de la LCQ.- 2°) Fijar el día 12 de febrero de 2027 como término para que la sindicatura presente ante este tribunal el informe individual sobre cada solicitud de verificación de crédito; y el día 05 de abril de 2027 como fecha límite para la presentación del informe general. 3°) Para el supuesto de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la sindicatura deberá presentar al tribunal, al fin de ordenar el procedimiento, un legajo con cada una de ellas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual.- 4°) Fijar el día 07 de octubre de 2027 como fecha de vencimiento del período de exclusividad; y para la audiencia informativa el día 01 de octubre de 2027, a las 10:00, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.- 5) Ordenar se haga saber la presente resolución mediante edictos que se publicarán por cinco días en el Boletín Oficial. Insértese y hágase saber. Firmado Digitalmente Dra. Lucrecia MANTELLO (Jueza) - Dra. Mariana Lidia NALLINO". Se hace saber que la Síndica designada en autos es la CPN VERÓNICA BEATRÍZ ALFONSO, D.N.I. 20.173.197, Contadora Pública, inscripta en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, con el número de matrícula 11054, con domicilio constituido en calle Paraguay 777 Piso 9no. Teléfono 4213442 (Estudio Jurídico Baravalle & Granados), fijando días y horarios de atención durante el período de verificación tempestivo y hasta la presentación del informe individual, todos los días hábiles judiciales en el horario de 9:00 a 17:00 hs. Publíquense por 5 días.
$ 850 566282 Sep. 3 Sep. 9
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dr. Nicolás Villanueva, se hace saber que en los autos caratulados "TRANSPORTE COCCOLO SRL S/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ Nº 21-03004572-3, Expte. Nº 83/2026), mediante Resolución N° 313 de fecha 17/04/2026 se decretó la apertura del concurso preventivo de TRANSPORTE COCCOLO SRL, CUIT Nº 30-71634748-2, inscripta al T° 19, Fº 42, N° 241 de Contratos en fecha 26/12/2018, con domicilio legal en calle General López Nº 217 de la localidad de Cañada Rosquín, Provincia de Santa Fe, y domicilio constituido en calle Salta N° 2401de la ciudad de Rosario. Que la presentación en concurso preventivo tuvo lugar en fecha 27/02/2026.
Que dicho concurso preventivo tramita en agrupamiento con los concursos preventivos de "COCCOLO, GUILLERMO PABLO S/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ Nº 21-03004569-3, Expte. Nº 82/2026) y "COCCOLO LOGÍSTICA SA S/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ Nº 21-03004590-1, Expte. Nº 84/2026), habiéndose dispuesto la continuación de la tramitación de expedientes individuales para cada uno de los concursados, sustanciándose los mismos como conexos, de conformidad con lo normado por el art. 67 de la Ley 24.522.
Asimismo, se hace saber que actúa como Sindicatura Plural el Estudio integrado por la Cdora. Cristina Cibelli, el Cdor. Ariel Marcelo Rodeni y el Cdor. Leandro Romo Cuesta, con domicilio constituido en calle Callao Nº 1562, 3º Piso A, de la ciudad de Rosario, y domicilio electrónico sindicaturacoccolo@gmail.com.
Que por Resolución Nº 816 de fecha 19/08/2026 y Resolución aclaratoria Nº 836 de fecha 21/08/2026 se dispuso fijar: i) el día 13 de octubre de 2026 como fecha límite hasta la cual los acreedores deberán presentar ante la Sindicatura sus pedidos de verificación de créditos, conforme el mecanismo -presencial y no presencial- que se detalla más abajo; ii) el día 25 de noviembre de 2026 para la presentación del Informe Individual; iii) el día 10 de febrero de 2027 para la presentación del Informe General; iv) el día 4 de mayo de 2027 como fecha de finalización del Período de Exclusividad, fijándose Audiencia Informativa para el día 27 de abril de 2027 a las 11.30 horas.
Mecanismo de verificación de créditos.
1. Verificación no presencial: 1.a) El pago del arancel verificatorio deberá realizarse mediante transferencia desde una cuenta de titularidad del acreedor verificante a la siguiente cuenta bancaria de titularidad de la Sindicatura: Caja de Ahorros nº486509614503444 CBU Nº2850865640096145034448 BANCO MACRO S.A. Suc 865. Titularidad: Romo Cuesta Leandro Manuel. 1.b) La solicitud de verificación será remitida por el respectivo acreedor al correo electrónico: sindicaturacoccolo@gmail.com 1.c) En el mail que envíe el acreedor, adjuntará de modo separado, y en formato PDF los siguientes archivos: a- Un archivo con de la documentación (escaneada) respaldatoria del crédito cuyo reconocimiento solicita. Puede dividirse en varios archivos (debidamente numerados) si el tamaño lo exige. Si el documento original es a color, así debe reflejarse en el archivo PDF. b- Un archivo con la documentación (escaneada) vinculada con la personería del solicitante (si es apoderado, si es gerente, etc). Toda la documentación incluida en cada archivo digital, antes de ser escaneada, será foliada, inicializada o firmada, con indicación de fecha. Debe utilizarse una resolución que refleje nitidez en los signos y caracteres del respectivo documento escaneado para permitir su fácil y correcta lectura. En caso de títulos circulatorios (cheques, pagarés, etc) previo a escanear el documento original, el solicitante lo "intervendrá" con una leyenda breve que indique: "presentado a verificar". c- Un archivo con la constancia de transferencia bancaria en cuenta que la sindicatura proporciona, del importe del arancel verificatorio. d- Un archivo con el pedido de verificación del crédito, en el cual deberá constar: 1.1 CUIT y DNI -en su caso- del acreedor, domicilio real y domicilio legal que constituye (art. 37 CPCCSFe), teléfono, correo electrónico, carácter invocado (apoderado, gerente, etc) 1.2 monto, causa, privilegio y demás datos y circunstancias necesarias relativas al crédito que se pretende hacer valer. 1.3 Contendrá también un detalle -en el mismo orden en que fueron escaneados- de los documentos respaldatorios adjuntados en el archivo PDF separado. 1.4 Deberá indicar el domicilio físico donde se encuentran los documentos respaldatorios y agregar en su texto la siguiente leyenda: "Se declara bajo juramento que la información proporcionada es verídica y la documentación adjuntada en formato digital se corresponde exactamente con los originales en formato papel, los que quedan al resguardo del presentante como depositario judicial y se ponen a disposición de la sindicatura o el Tribunal para ser entregada y/o exhibidos en original en caso de ser requerido". 1.5 Se insertará en el documento del pedido de verificación firma digital, o bien firma ológrafa escaneada. 1.d) Recibido tempestivamente el pedido de verificación vía mail, y cotejado el cumplimiento de todas las pautas establecidas para la verificación no presencial, la sindicatura dirigirá un correo electrónico al respectivo acreedor como constancia de recepción del pedido y del cumplimiento de los requisitos formales de presentación. 1.e) La sindicatura confeccionará con los archivos digitales de cada pedido de verificación recibido presencial y no presencialmente, una carpeta digital por cada acreedor, sea que hubiera optado por el procedimiento de verificación digital o el presencial, que será subida a "google drive". A los efectos de permitir la observación de los créditos insinuados (art. 34 LCQ), a pedido de la concursada y/o de los acreedores insinuantes interesados, la sindicatura proporcionará -durante el plazo legal respectivo- el enlace de acceso (link) a los archivos digitales. El procedimiento para formular las observaciones no presenciales replicará en lo pertinente el dispuesto para solicitar verificación no presencial. 1.f) Todas las carpetas digitales que la sindicatura confeccione, serán volcadas a un soporte informático (pen drive) que será puesto a disposición del juzgado, al momento de presentarse en el expediente digital del proceso, el informe individual relativo a cada acreedor insinuado. 1.g) En cada informe individual, la sindicatura indicará la modalidad de verificación (presencial o no presencial por medios digitales) implementada por el acreedor, y el mecanismo que permite atribuirlo al presentante (firma digital, firma electrónica, etc).
2. Verificación presencial: a) La presentación de las solicitudes de verificación por ante la oficina de la sindicatura, deberá ser programada previamente. A estos efectos, se constituye domicilio en: Callao 1562 3er. Piso A. El horario de atención será de lunes a viernes de 12 hs a 18 hs. 2.b) Además de las exigencias establecidas en el art. 32 LCQ, la sindicatura podrá requerir al pretenso acreedor que también presente su pedido y la documentación sustentatoria digitalizada, a fin de permitir luego la conformación de un legajo digital disponible para todos los acreedores que hayan solicitado verificación, sea de modo presencial o no presencial digital. A opción del acreedor, podrá proporcionar un pendrive a la sindicatura. 2.c) Si se deseara presentar observaciones a los créditos en el domicilio de la sindicatura, se respetará también lo dispuesto para la etapa previa (verificación presencial, puntos a y b).
Publíquese por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, en el diario "La Capital" y en la página web institucional del Poder Judicial (Sección Edictos Digitales), conforme Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe de fecha 11/02/2025 (Acta N° 3), Circular N° 5/2025 del 12/02/2025 (arts. 27 y 28, Ley 24.522). Fdo. Dra. Daniela A. Jaime. (Secretaria). Rosario, 24 de Agosto de 2026.
$ 2000 566265 Sep. 3 Sep. 9
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dr. Nicolás Villanueva, se hace saber que en los autos caratulados "COCCOLO LOGÍSTICA SA S/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ N° 21-03004590-1, Expte. Nº 84/2026), mediante Resolución Nº 314 de fecha 17/04/2026 se decretó la apertura del concurso preventivo de COCCOLO LOGÍSTICA SA, CUIT Nº 33-71739672-9, inscripta al Tº 13, Fº 191, Nº 1012 de Contratos en fecha 15/06/2021, con domicilio legal en calle General López Nº 217 de la localidad de Cañada Rosquín, Provincia de Santa Fe, y domicilio constituido en calle Salta N° 2401 de la ciudad de Rosario. Que la presentación en concurso preventivo tuvo lugar en fecha 27/02/2026.
Que dicho concurso preventivo tramita en agrupamiento con los concursos preventivos de "COCCOLO, GUILLERMO PABLO S/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ Nº 21-03004569-3, Expte. Nº 82/2026) y "TRANSPORTE COCCOLO SRL S/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ Nº 21-03004572-3, Expte. Nº 83/2026), habiéndose dispuesto. la continuación de la tramitación de expedientes individuales para cada uno de los concursados, sustanciándose los mismos como conexos, de conformidad con lo normado por el art. 67 de la Ley 24.522.
Asimismo, se hace saber que actúa como Sindicatura Plural el Estudio integrado por la Cdora. Cristina Cibelli, el Cdor. Ariel Marcelo Rodeni y el Cdor. Leandro Romo Cuesta, con domicilio constituido en calle Callao Nº 1562, 3º Piso A, de la ciudad de Rosario, y domicilio electrónico sindicaturacoccolo@gmail.com.
Que por Resolución Nº 817 de fecha 19/08/2026 y Resolución aclaratoria Nº 837 de fecha 21/08/2026 se dispuso fijar: i) el día 13 de octubre de 2026 como fecha límite hasta la cual los acreedores deberán presentar ante la Sindicatura sus pedidos de verificación de créditos, conforme el mecanismo -presencial y no presencial- que se detalla más abajo; ii) el día 25 de noviembre de 2026 para la presentación del Informe Individual; iii) el día 10 de febrero de 2027 para la presentación del Informe General; iv) el día 4 de mayo de 2027 como fecha de finalización del Período de Exclusividad, fijándose Audiencia Informativa para el día 27 de abril de 2027 a las 11.30 horas.
Mecanismo de verificación de créditos.
3. Verificación no presencial: 1.a) El pago del arancel verificatorio deberá realizarse mediante transferencia desde una cuenta de titularidad del acreedor verificante a la siguiente cuenta bancaria de titularidad de la Sindicatura: Caja de Ahorros nº486509614503444 CBU Nº2850865640096145034448 BANCO MACRO S.A. Suc 865. Titularidad: Romo Cuesta Leandro Manuel. 1.b) La solicitud de verificación será remitida por el respectivo acreedor al correo electrónico: sindicaturacoccolo@gmail.com 1.c) En el mail que envíe el acreedor, adjuntará de modo separado, y en formato PDF los siguientes archivos: a- Un archivo con de la documentación (escaneada) respaldatoria del crédito cuyo reconocimiento solicita. Puede dividirse en varios archivos (debidamente numerados) si el tamaño lo exige. Si el documento original es a color, así debe reflejarse en el archivo PDF. b- Un archivo con la documentación (escaneada) vinculada con la personería del solicitante (si es apoderado, si es gerente, etc). Toda la documentación incluida en cada archivo digital, antes de ser escaneada, será foliada, inicializada o firmada, con indicación de fecha. Debe utilizarse una resolución que refleje nitidez en los signos y caracteres del respectivo documento escaneado para permitir su fácil y correcta lectura. En caso de títulos circulatorios (cheques, pagarés, etc) previo a escanear el documento original, el solicitante lo "intervendrá" con una leyenda breve que indique: "presentado a verificar”. c- Un archivo con la constancia de transferencia bancaria en cuenta que la sindicatura proporciona, del importe del arancel verificatorio. d- Un archivo con el pedido de verificación del crédito, en el cual deberá constar: 1.1 CUIT y DNI -en su caso- del acreedor, domicilio real y domicilio legal que constituye (art. 37 CPCCSFe), teléfono, correo electrónico, carácter invocado (apoderado, gerente, etc) 1.2 monto, causa, privilegio y demás datos y circunstancias necesarias relativas al crédito que se pretende hacer valer. 1.3 Contendrá también un detalle -en el mismo orden en que fueron escaneados- de los documentos respaldatorios adjuntados en el archivo PDF separado. 1.4 Deberá indicar el domicilio físico donde se encuentran los documentos respaldatorios y agregar en su texto la siguiente leyenda: "Se declara bajo juramento que la información proporcionada es verídica y la documentación adjuntada en formato digital se corresponde exactamente con los originales en formato papel, los que quedan al resguardo del presentante como depositario judicial y se ponen a disposición de la sindicatura o el Tribunal para ser entregada y/o exhibidos en original en caso de ser requerido". 1.5 Se insertará en el documento del pedido de verificación firma digital, o bien firma ológrafa escaneada. 1.d) Recibido tempestivamente el pedido de verificación vía mail, y cotejado el cumplimiento de todas las pautas establecidas para la verificación no presencial, la sindicatura dirigirá un correo electrónico al respectivo acreedor como constancia de recepción del pedido y del cumplimiento de los requisitos formales de presentación. 1.e) La sindicatura confeccionará con los archivos digitales de cada pedido de verificación recibido presencial y no presencialmente, una carpeta digital por cada acreedor, sea que hubiera optado por el procedimiento de verificación digital o el presencial, que será subida a "google drive". A los efectos de permitir la observación de los créditos insinuados (art. 34 LCQ), a pedido de la concursada y/o de los acreedores insinuantes interesados, la sindicatura proporcionará -durante el plazo legal respectivo- el enlace de acceso (link) a los archivos digitales. El procedimiento para formular las observaciones no presenciales replicará en lo pertinente el dispuesto para solicitar verificación no presencial. 1.f) Todas las carpetas digitales que la sindicatura confeccione, serán volcadas a un soporte informático (pen drive) que será puesto a disposición del juzgado, al momento de presentarse en el expediente digital del proceso, el informe individual relativo a cada acreedor insinuado. 1.g) En cada informe individual, la sindicatura indicará la modalidad de verificación (presencial o no presencial por medios digitales) implementada por el acreedor, y el mecanismo que permite atribuirlo al presentante (firma digital, firma electrónica, etc).
4. Verificación presencial: a) La presentación de las solicitudes de verificación por ante la oficina de la sindicatura, deberá ser programada previamente. A estos efectos, se constituye domicilio en: Callao 1562 3er. Piso A. El horario de atención será de lunes a viernes de 12 hs a 18 hs. 2.b) Además de las exigencias establecidas en el art. 32 LCQ, la sindicatura podrá requerir al pretenso acreedor que también presente su pedido y la documentación sustentatoria digitalizada, a fin de permitir luego la conformación de un legajo digital disponible para todos los acreedores que hayan solicitado verificación, sea de modo presencial o no presencial digital. A opción del acreedor, podrá proporcionar un pendrive a la sindicatura. 2.c) Si se deseara presentar observaciones a los créditos en el domicilio de la sindicatura, se respetará también lo dispuesto para la etapa previa (verificación presencial, puntos a y b).
Publíquese por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, en el diario "La Capital" y en la página web institucional del Poder Judicial (Sección Edictos Digitales), conforme Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe de fecha 11/02/2025 (Acta Nº 3), Circular N° 5/2025 del 12/02/2025 (arts. 27 y 28, Ley 24.522). Fdo. Dra. Daniela A. Jaime. (Secretaria). Rosario, 24 de Agosto de 2026.
$ 2000 566262 Sep. 3 Sep. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Octava Nominación de Rosario, Dra. Susana Silvina Gueiler, Secretaría de la Dra. Patricia Andrea Beade, dentro de los autos caratulados TONON, PATRICIA LILIANA s/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA Expte. CUIJ 21-02845797-6 mediante resolución Nº 732 de fecha 29 de Julio de 2026, se ha resuelto declarar por concluida la quiebra (Art. 228 L.C.Q.) de Patricia Liliana Tonon DNI Nº 16.439.002. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL Rosario, 24 de Agosto de 2026. Patricia Andrea Beade-Secretaria
S/C 566261 Sep. 3
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la Ciudad de Rosario, el Dr. Arturo Audano-Secretario y Dr. Ricardo Alberto Ruiz- Juez, hacen saber que en los autos: "AVILA SILVIA LILIANA S/ QUIEBRA" - CUIJ: 21-03003741-0 ha sido designado como Síndico el CPN. PACHECO HUBER, IGNACIO MARTIN, DNI: 27.117.219, Matrícula nº 14.317-01 – Ley 8.738 -, con domicilio en calle Juan Jose Paso 5272, Rosario- Santa Fe y horario de atención al público de 8:00 a 12:00hs y 16:30 a 20:30hs, de conformidad con lo normado por la Ley Nº 24.522 y modif., con turno previo al teléfono 342-4236748 o 342-4424883, pudiendo recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico: estudio.pacheco.talame.amador@gmail.com. Se fija el día 18 DE SEPTIEMBRE DE 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes; el día 02 DE NOVIEMBRE DE 2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito; y el día 16 DE DICIEMBRE DE 2026 para la presentación del Informe General. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Rosario, de de 2026. Secretaria.
S/C 566260 Sep. 3 Sep. 9
Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, Dra. Sabrina Campbell, se hace saber que en los autos caratulados "DALLA COSTA, CARLOS ULISES C/ BINI, MIRTA SUSANA Y OTROS S/ COBRO DE PESOS" CUIJ 21-03001779-7, se ha ordenado citar a los herederos de la Sra. Mirta Susana Bini, para que dentro del término de tres días comparezcan en la causa expresada a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 CPCCSF. Dra. Ma. Sol Sedita, Secretaria. Rosario, 24 de agosto de 2026.
$ 100 566259 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Laboral Nº8 de Rosario se ha ordenado citar por edictos a los herederos y/o sucesores y/o a quien se considere con derecho a las prestaciones por el fallecimiento del Sr. Lisandro Nahuel Aguirre DNI 40.117.325 por el plazo de 10 días. (Arts. 45 lncs. 4, 47 y 67 del CPCCSF). Autos LA SEGUNDA ART SA C/ FLORES JESICA DAMARIS S/ CONSIGNACIÓN. EXPTE. Nº 21-04274363-9. ROSARIO. Dra. Silvana Laura Quagliatti (Juez), Dra. Magdalena Caviglia (Secretaria). Se hace saber que el presente trámite tiene carácter gratuito conforme art. 19 y 20 del Código Procesal Laboral de la Provincia de Santa Fe. Dra. Magdalena Caviglia Secretaria.
S/C 566257 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 16 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HUGO JOSE BOZZO (L.E. 5.969.564), por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y nombrarse defensor de oficio (conf. Art. 73 del C.P.C.C.). Hágase saber que el edicto deberá incluir sumariamente los datos identificatorios del inmueble motivo de autos y publicarse en el diario BOLETIN OFICIAL- DATOS DEL INMUEBLE: DEPARTAMENTO SITO EN CALLE GAMBARTES 2763 MONOBLOCK 8/1 PB "E" de Rosario - Unidad U5 Polígono 00-05 del Plano Nº 100096/1979.- Autos caratulados: "FERRERO VERSINO MAXIMILIANO MARTIN y OTS C/ BOzzo HUGO JOSE S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" (CUIJ 21-02999413-4) FDO: DRA. SABRINA CAMPBELL (JUEZA) DRA. MARIA SOL SEDITA (SECRETARIA). Rosario, 19 de Agostyo de 2026.
$ 100 566254 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 8 de Rosario, provincia de Santa Fe Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaria de la Dra. Gordillo, en los autos "BENITEZ, GUILLERMO C/ MIÑO, JULIA MARIA LAURA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS", CUIJ Nº 21-11898862-8." Se dispone: "Rosario, 28 de julio de 2026 Atento que la demandada MIÑO JULIA MARIA LAURA, no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según edictos obrantes en escrito cargo 8004/26, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS." Fdo. DRA. VALERIA BARTOLOME Prosecretaria DR. IGNACIO AGUIRRE Juez." Dra. Maria Guadalupe Gordillo Secretaria. Secretaria, 13/08/2026
$ 100 566244 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposición del Dr. Mauro R. Bonato, Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 10 de Rosario, Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Marianella Maulión, en los autos caratulados "CAMERA, ROLANDO OSCAR C/ DOLCEMASCOLO, FRANCISCO S/ EXCLUSIÓN DE HERENCIA" CUIJ N° 21-02995104-4, cita y emplaza al Sr. Francisco Dolcemascolo para que dentro del plazo de 20 días comparezca a estar a derecho por ante este Tribunal bajo apercibimientos de ser declarado rebelde y seguirse el juicio sin su representación. Ello según decretos que a continuación se transcriben: "Rosario, 29 de Julio de 2025.- Hágase saber al peticionante que, en lo sucesivo, deberá venir con firma del patrocinado en cada presentación. Sin perjuicio de ello, proveyendo escrito d demanda: Por presentado, domiciliado en el carácter que expresa, por derecho propio con patrocinio letrado, acuérdese la participación que le corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la presente demanda de EXCLUSIÓN DE HERENCIA en los términos que expresa. Téngase presente lo manifestado y las pruebas ofrecidas. Imprímase el trámite ORDINARIO. Cítese y emplácese al demandado a fin de que comparezca en los presentes, por el término y bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente. Notifíquese por cédula haciéndose constar que la clave de consulta digital es: 1063 y que los presentes tramitan conexos al expediente MIÑO, CLOTILDE AIDE S/ SUCESORIO CUIJ 21-02990400-3" Y otro: "Rosario, 24 de julio de 2026.- Téngase presente lo manifestado. Agréguese informe del Registro de Procesos Universales de la Provincia de Córdoba. Atento lo peticionado y constancias de autos a los fines de practicar la debida notificación al demandado, líbrense edictos que se publicarán por tres días en el Boletín Oficial. (Art. 73 C.P.C.C.). Acompañe despacho a la firma." Fdo. Dr. Mauro R. Bonato (Juez). Dra Mariela Maulon Secretaria.
$ 100 566216 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposición del Juzgado de Circuito de la 3ª Nominación de Rosario y en autos caratulados "ARAGON LIDIA Y OTRO C/ RODRIGUEZ BALSA Y OTROS/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ 21-12651309-4, en trámite por ante el Tribunal de Circuito nro. 3 de Rosario a cargo de la Dra. Camaño (Jueza), secretaria de la Dra. Cura. se ha ordenado publicar el presente a fin de citar a todo aquel que se considere con derecho sobre inmueble a usucapir sito en FRAGA 1290 BIS de Rosario, inscripto en el Registro de la Propiedad de Rosario al tomo 336 A, folio 562, nro. 142390, empadronado según partida Nº 16-03-14-312500/0038.
$ 100 566212 Sep. 3 Sep. 7
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Por disposicion de la Sehora Jueza de Distrito en Io Civil y Comercial de la 21° Nominacion de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ESTEFANIA MARIA ACOSTA, D.N.I. N°5.448.269 por un dia, para que Io acrediten dentro de los treinta dias corridos. Publiquense edictos en el Boletin Oficial por el termino de ley SIN CARGO, atento al patrocinio ejercido por la Defensoria Zonal N°1. Autos caratulados: “ACOSTA, ESTEFANIA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, Cuij 21-03009220-9. Fdo. Prosecretaria. Se diligencia sin cargo atento a tramitarse por Defensoría Gral. Civil Zonal.-
$ 45 Sep. 3
Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: AZURMENDI, ANTONIO IGNACIO D.N.I. N° 5.979.543 y PODORIESZAH, BLANCA LIDIA D.N.I. 2.799.752 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos: AZURMENDI, ANTONIO IGNACIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 6 CUIJ Nº 21-03011033-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaría
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del/la Juez FERNANDO A. MECOLI de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Gabriel Hernan Alonso (D.N.I. 17.819.034, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ALONSO, GABRIEL HERNAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 6 21-03011374-5 ”de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GONZALEZ, ADRIAN ALBERTO (DNI 25.617.651 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GONZALEZ, ADRIAN ALBERTO S/SUCESORIO” (CUIJ N° 21-03010926-8). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TERESA MERCEDES REDONDO (DNI 5.448.291) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “REDONDO, TERESA MERCEDES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C YC 3. CUIJ 21-03011586-1. Fdo. Dra. Cintia Alonso-Prosecretaria.
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MAXIMILIANO EZEQUIEL FERREYRA D.N.I. 34.489.216 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CY C 10” (CUIJ N° 21-03008377-3). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Sep. 3
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Firmat, Distrito Judicial Nº 16, Dra. Laura Barco, Secretario Dr. Darío Loto, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Don JORA JUAN CARLOS, DNI Nº 06.135.935, por el término de ley, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados JORA JUAN CARLOS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25427518-8. Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día y se fijen en el tablero de Juzgado - Fdo. Dra. LAURA BARCO, JUEZA; Dra. NATALIA P. GRILLO, SECRETARIA. Firmat, Agosto de 2026.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Firmat Distrito Nº 16 a cargo de la Dra. Laura Barco (JUEZA) y secretaria a cargo Dra. Grillo Natalia, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SERRAT OMAR DANIEL DNI 6.130.588, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados SERRAT OMAR DANIEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-25427318-5. Fdo. Dra. Grillo Natalia, secretaria. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Firmat, Distrito Nº 16 a cargo del Dr. Lanata Alejandro (JUEZ subrogante) y secretaria a cargo Dra. Grillo Natalia, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GIAMPAOLI VICTOR DNI 6121487, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GIAMPAOLI VICTOR y BOCCOIJNI ERCILIA NILDA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-26421220-0. Fdo. Dra. Grillo Natalia, secretaria. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
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Por disposición de la Sra. Juez de primera instancia de distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados VILLALBA DOMINGO ROQUE s/DECLARATORIA DE 21-26427295-2, Se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Don VILLALBA DOMINGO ROQUE DNI Nº 7.686.926, para que comparezcan en este tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco (jueza); Dra. Natalia Grillo (secretaria). Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat (S.F.), a cargo de la Dra. Laura Barco, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en los autos caratulados: ESTELA MARY BOTTONI s/SUCESIONES - INSC. TARDIAS- SUMARIAS VOLUNT; CUIJ 21-26427461-0, Se cita y emplaza a los herederos y legatarios de Doña Estela Mary Bottoni DOC. D.N.I. Nº 4.671.260, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, de Agosto 2026. Dra. Natalia P. Grillo, secretaría. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Firmat, Dra. BARCO LAURA M., Secretaría a cargo de la Dra. GRILLO NATALIA P, en los autos caratulados ALANIZ LILIANA ALICIA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26427730-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de ALANIZ, LILIANA ALICIA, DNI Nº 14.205.901, para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dra. GRILLO NATALIA P, Secretaria. Firmat, de Agosto de 2026. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Distrito Judicial N° 16. Dra. LAURA BARCO, dentro de los autos caratulados CINALLI RAUL ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-26427640-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el extinto RAUL ALBERTO CINALLI (D.N.I. N° 6.078.647), por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL y en el Tablero del Juzgado. Firmat. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 16 de Firmat (S,F.), a cargo de la Dra, LAURA M. BARCO, secretaria a cargo de la Dra. NATALIA GRILLO (Secretaria), en los autos caratulados: ZULLANI GERARDO RAÚL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-26427031-3): se cita y emplaza a los herederos y legatarios de DON ZULIANI GERARDO RAÚL, DNI Nº 18.109.649, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, de 2026. Dra. NATALIA GRILLO, Secretaria. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N.º 16 en lo Civil, Comercial y laboral de Firmat (S.F.) ‚ a cargo de la Dra. Laura Barco, Juez, secretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados: “ESTELA MARY BOTTONI S/ SUCESIONES – INSC. TARDIAS- SUMARIAS VOLUNT ” CUIJ 21-26427461-0; Se cita y emplaza a los herederos y legatarios de Doña Estela Mary Bottoni DOC. D.N.I. N°4.671.260 , para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, ....de Agosto 2026.- Dra. Natalia P. Grillo , secretaría.-
$ 45 Sep. 3
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante TERESA ROMILDA LANFRANCONI DNI Nº 5.141.422. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados LANFRANCONI TERESA ROMILDA s/SUCESORIO; 21-25867973-0 (423/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIO ERNESTO WAGNER DNI Nº 12.308.694. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados WAGNER MARIO ERNESTO s/SUCESORIO; 21-25867948-9 (420/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ANGEL ALBERTO GERARDO L.E. 6.117.727 y ESTER ROSA CECILIA CIRIANI DNI Nº 3.966.820. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GERARDO ANGEL ALBERTO Y OTROS s/SUCESION; 21-25867407-O (223/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HUGO ALBERTO ARISTETA DNI Nº 6.117.215. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados ARISTETA, HUGO ALBERTO s/SUCESORIO; 21-25862103-1 (307/2022). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Set. 3
Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que sé consideren con derecho a los bienes dejados por el causante WENCESLAO JESÚS VAZQUEZ DNI Nº 34.241.942. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados VAZQUEZ WENCESLAO JESUS s/SUCESORIO; 21-25867301-5 (179/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARÍA ADROGUER DNI Nº 5.841.412. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados ADROGUER MARIA Y OTROS s/SUCESION (RECONSTRUCCIÓN); 21-01565598-1. Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Set. 3
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La Señora Juez de primera Instancia de Distrito, en lo Civil, Comercial y laboral de la Tercera Nominación de Casilda, cita, llama y emplaza a los Herederos, acreedores y legatarios de Don CRISTIAN IVAN PAPA, DNI N°26.664.766 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro termino de 30 días y bajo el apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el boletín por el termino de 1 día. - Autos caratulados: “PAPA CRISTIAN S/ SUCESORIO” Expte. 259/2026- CUIJ: 21-25867588-3- Casilda 11 de Agosto de 2026---- DRA. LAURA S. BABAYA LORIA ( JUEZA) Dr. SANTIAGO PASCUAL (SECRETARIO ).
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Por disposición del Juzgado 1ra. Instancia Civil, Comercial y Laboral, 3ª Nominación, se cita a los herederos, acreedores y legatarios de NELSI RUBEN CECCONI (D.N.I. 6.132.975) para que en el término de treinta días, comparezcan ante el Tribunal a hacer vales sus derechos. Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y HALL DE TRIBUNALES; Autos caratulados: “CECCONI NELSI RUBÉN S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” (CUIJ 21- 25867702-9). Dr. Juan Manuel Abbo, Prosecretario.
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “FALZETTI ILDA BETINA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (CUIJ N° 21-26037175-1), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ILDA BETINA FALZETTI (DNI N°5.122.501), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "CENTENERO ROBERTO GENARO s/ SUCESION TESTAMENTARIA", CUIJ Nº 21-26036972-2, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por el causante Don ROBERTO GENARO CENTENERO, DNI Nº 6.171.903, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “CENTENERO ROBERTO GENARO s/ SUCESION TESTAMENTARIA”, CUIJ Nº 21-26036972-2, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por el causante Don ROBERTO GENARO CENTENERO, DNI Nº 6.171.903, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.- Cañada de Gómez, 2 de septiembre de 2026- Dra. Corina Rabasedas (Secretaria)
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "OVIEDO, MARTA OFELIA s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036848-3), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARTA OFELIA OVIEDO (DNI N° 10.509.732), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
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SAN LORENZO
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Familia de la ciudad de San Lorenzo, Pcia. De Santa Fe, se ha ordenado se notifique al Sr. Javier Alejandro Sosa DNI. 21.417.821; Sras. Andrea Lorena Sosa, DNI 36.060.326 y Valeria Noemí Sosa, DNI. 38.242.264, la siguiente Resolución que en su parte pertinente se transcribe: Protocolo: 2025 Resolución Nro. 2128. “San Lorenzo, 18 de Septiembre de 1015. Y VISTOS: Los autos caratulados: “SOSA JACEINTO SILVERO C/ZARATE MARIA ROSA S/CESE CUOTA ALIMENTARIA” CUIJ n° 21-27882052-9; DE LOS QUE RESULTA: … Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Declarar el cese del pago de la cuota alimentaria fijada oportunamente a favor de Javier Alejandro, Andrea Lorena y Valeria Noemí Sosa a cargo del Sr. JACIENTO SILVERO SOSA, DNI n° 12.329.331. Ofíciese a fin del levantamiento de la retención que por dichos conceptos se realizan a la peticionante, efectuados que fueren los aportes y sellados respectivos. 2) Regular los honorarios de la Dra. María Rosa Müller en la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SEIS CON DOCE CENTAVOS ($631.806,12), equivalente a 6 JUS más el 13% de los mismos a cargo del obligado al pago de honorarios conforme arts. 8 inc. g), 15 y 16 de la ley 6767 y su modificatoria Ley 12851 y art 1255 del CCCN y art 4 inc e de la ley 10727. Los honorarios regulados deberán ser cancelados dentro de los diez días contados a partir de la fecha en que quede firme el presente, estableciéndose a los fines previstos en el art. 32 de la ley 6767 y su modificatoria ley 12851, que desde dicha fecha y en caso de falta de pago se aplicará un interés moratorio del 24% anual, siguiendo los intereses las variaciones del JUS hasta el efectivo pago. Adicionar el valor de los aportes de ley, a la fecha del efectivo pago, a cargo del obligado al mismo. El IVA en caso de corresponder, según la condición fiscal. Notifiquen las partes interesadas a la Caja Forense mediante comunicación electrónica a la casilla de correo: vistasanlorenzo@cajaforense.com y a Caja de Seguridad Social al correo: vistasdelegacionrosario@copsantafe.org.ar. Insértese y hágase saber.- fdo: Dr. Marcelo E. Escala Juez. Atento las constancias de autos, notifíquese por edictos. Autos caratulados: “SOSA, JACINTO SILVERO C/ZARATE, MARIA ROSA S/ CESE DE CUOTA ALIMENTARIA” CUIJ: 21-27882052-9. Abog. Mónica Muchiutti (Secretaria) Dr. Hernán Andrés Julian (Juez) – SAN LORENZO, 19 de Agosto de 2026-
$ 52,50 566177 Sep. 03 Sep. 07
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Dr. Alejandro M. Andino, Juez del Juzgado de 1° Instancia Civil y Comercial de la 1° Nominación, Distrito Judicial Nº 12, de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ""LEDESMA MARCELO HUGO S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA", CUIJ 21-25448331-9, por auto Nro. 1168/26, Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: ...RESUELVO: 1) Fijar como fecha máxima hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos la del 28 de septiembre de 2026. Y para la sindicatura fijar la fecha del 6 de noviembre de 2026 para la presentación del informe individual y la del 21 de diciembre de 2026 para la presentación del informe general. 2) Ordenar la publicación de edictos por el término de cinco días, de conformidad con el art. 89 LCQ de la ley 24.522. 3) Insértese, dese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Alejandro Marcos Andino-Juez- Dra. Luz María Gamst-Secretaria-. El síndico nombrado es la CPN Miriam Edit Fascendini, constituyendo domicilio en Gurel 865, San Lorenzo, domicilio electrónico gtorresi@torresihadad.com.ar . Asimismo, se informa que los letrados patrocinantes son la Dra. Gloria María Torresi y el Dr. Lisandro Hadad.
La presente publicación se hará sin previo pago (art. 89 de la ley 24.522). San Lorenzo, 24 de agosto de 2026.
S/C 566204 Sep. 03 Sep. 09
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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial Nº 1 del Distrito Judicial Nº 12 de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de Alejandro Marcos ANDINO (Juez) y Luz Maria GAMST (secretaria), en el expediente caratulado “PARENTE, RUBÉN OBDUILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-25448795-0se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Rubén Obduilio PARENTE, DNI 10.243.259 para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en los Estrados del Tribunal y en el Boletín Oficial. San Lorenzo, de agosto de 2026. Firma secretario/a autorizante.
$ 45 Sep. 03
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 12 Nominación Segunda de la ciudad de San Lorenzo, Pcia. de Santa Fe; a cargo del Dr. Guillermo Roldan (Juez Subrogante) y de la Dra. Melisa Peretti (Secretaria) se ha ordenado: llamar, citar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios de los causantes GENARA ESPERANZA LOPEZ, D.N.I. N° 4.627.677 y GREGORIO STREHMEL, L.E. 7.532.890 y a todos los que tengan un interés legítimo, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley, haciéndose saber que en caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. Autos: “LOPEZ GENARA ESPERANZA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” C.U.I.J. N° 21-25449335-7. Fdo. Dr. Guillermo Roldan (Juez Subrogante).
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELBA CONCEPCION OTERO, D.N.I. Nº 1.471.365 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “JURADO ANTONIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-25449393-4). Fdo. Dr. GUILLERMO ROLDÁN (subroga Dra. Bertune)– DRA. MELISA PERETTI- SECRETARIA.-
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Por disposición del Juez de JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL – 2ª Nom SEC. UNICA, de la localidad de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS IGNACIO BRUSELARIO, titular del DNI N° 10.430.433, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BRUSELARIO LUIS IGNACIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-25449399-3, de trámite ante el JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL – 2ª Nom SEC. UNICA, de la localidad de San Lorenzo.
$ 45 Sep. 03
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Dr. Guillermo Roldán (subrogante), secretaría de la Dra. Melisa V. Peretti, se notifica conforme Art. 81 CPCC la sentencia recaída en los autos: OTERO, Mariana c/FOGLIATTO, Bartolomé s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ Nº 21-25384606-9, Nº 873. San Lorenzo, 13.05.2026. Y VISTOS:...; Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: Admitir la demanda interpuesta por la Sra. MARIANA OTERO, DNI 21.417.787 contra el Sr. BARTOLOME FOGLIATO y NELLO ADELQUI DI FRANCESCO y declarar que la actora adquirió el dominio del inmueble que según título se designara como Lote UNO A del plano 28034/61 dominio inscripto al Tomo 142 - Folio 312 - Nº 82.939 del Departamento San Lorenzo y que según el plano de mensura posesoria Dupl 1629 SL de fecha 29 de Agosto de 2016, elaborado por el Agrimensor Carla Montani, se identificara como Lote UNO A y con una superficie total de 91,50 metros cuadrados. Costas son impuestas a la demandada sin perjuicio de lo señalado respecto a los gastos causídicos de los Defensores de oficio designados en autos. Honorarios se fijarán una vez que la presente se encuentre firme y los profesionales acompañen sus constancias de inscripción ante el fisco. Insértese, déjese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Guillermo Roldán, Juez subrogante; Dra. Melisa Peretti,
Secretaria. San Lorenzo, 26 de Junio de 2026.
$ 62,50 566315 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juzgado de Circuito de San Lorenzo SEC. UNICA, se hace saber que se ha dispuesto conforme la constancias de autos COMUNA SERODINO c/SERODINO JOSE s/APREMIO: 21-23369102-7, notificar por edictos la sentencia recaída en los presentes y el auto aprobatorio de subasta al Sr. SERODINO JOSE MARTIN y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario de los lotes 26, 27, 28, 29, 30, 31, y 32 del Plano Nº 1308 del año 1932 dominio inscripto en el Registro Generalal Tomo 42 Folio 490 Nº 37871, Departamento Iriondo, asimismo se cita y emplaza con el objeto de que comparezca/n en autos, y eventualmente haga/n valer los derechos que en la hipótesis considere/n le/s corresponda/n o asista/n en la causa judicial de referencia y bajo los apercibimientos de que para el caso de no articular defensa alguna vencido el término de publicación de los edictos de conformidad a lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF (publicación tres veces-vencimiento cinco días después de la última publicación) se tendrán en la hipótesis por válidas las actuaciones procesales de autos. JAVIER PEDRO BERTOLA (Juez Subrogante) Secretaría: Dra. DULCE SOFIA ROSSI. San Lorenzo, Julio de 2026. Se transcribe: AUTO APROBATORIO DE SUBASTA: Resolución del 17/08/2006 (Tomo XVII, F° 324, N° 9312) - Autos: Comuna de Serodino c/Serodino José Martín s/Apremio; Expte. Nº 1266/04: RESUELVO: Aprobar las operaciones de subasta como así también la subasta realizada en fecha 15/06/2006, cuya acta obra agregada en autos. Intímese al adquirente en subasta a que deposite el saldo del precio adeudado, en el término perentorio de cinco días, bajo apercibimientos de ley. Insértese y notifíquese por cédula. Firmantes: Dra. Graciela M. Bocardo (Juez de Circuito Judicial Nº 12 de San Lorenzo) y Dr. Roman O. Moscetta (Secretario Subrogante). SENTENCIA: Resolución del 15/12/2004 (Tomo XXIII, Fº 23, Nº 858) - mismos autos, Expte. 1266/04: RESUELVO: 1) Ordenando se lleve adelante la ejecución contra SERODINO JOSE MARTIN, hasta tanto la actora - COMUNA DE SERODINO - perciba íntegramente el capital reclamado en la suma de Pesos Un Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve c/70/100, ($ 1.849,70) con más los intereses que se determinarán con las pautas expresadas en los considerandos que anteceden. Costas a la demandada (art. 251 del C.P.C. y C. de esta Provincia). 2) La regulación de honorarios queda diferida hasta tanto se practique la planilla de capital e intereses. Insértese, hágase saber (1266). Firmantes: Dra. Graciela M. Bocardo (Juez). Dra. Dulce Sofia Rossi, secretaria.
$ 52,50 566318 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juzgado de Circuito de San Lorenzo SEC. UNICA, se hace saber que se ha dispuesto la inscripción litigiosa del inmueble objeto de autos SAPORITO NILDA MARIA Y OTROS c/EMANUEL GONZALEZ ROBERTO Y OTROS s/DESALOJO; 21-23403751-7, conforme art. 521 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, el inmueble esta descripto como: un lote de terreno ubicado en el distrito Andino, Depto. Iriondo, designado con el Nº 35, Manzana “B”, en el plano Nº 79604 del año 1974, incripto el dominio al Tomo 147/149, Folio 374/412 Nº 168626/121277, Depto Iriondo. La presente publicación se realiza a los fines de hacer conocer la inscripción litigiosa ordenada judicialmente efectuada al Tomo 134 E Fº 1247 Nº 302586 (Definitivo Nº 66462 del 11/03/2026). Publíquese por el término de tres días. Dr. Javier Pedro Bértora (Juez Subrogante); Secretaria de la Dra. Dulce Sofia Rossi. San Lorenzo, 13 de Agosto de 2026.
$ 33 566320 Set. 3 Set. 7
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejadas por el causante CLAUDIA GABRIELA NEBREDA (DNI 12.577.406), por un dia, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados NEBREDA CLAUDIA GABRIELA S/SUCESORIO; CUIJ 21-25449268-7. San Lorenzo, de Agosto de 2026.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo (Sta.Fe), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSVALDO HUGO HOFER, D.N.I. N° 6.176.105, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: HOFER OSVALDO HUGO s/SUCESORIO; CUIJ N° 21-25449158-3. Fdo. Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez; Dra. Luz M Gamst, secretaria.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JOSE TIBURCIO PERALTA, D.N.I. N° 2.300.400, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PERALTA JOSE TIBURCIO Y OTROS s/SUCESIONES-INSC.TARDIÁS-SUMARIAS-VOLUNT. (CUIJ 21-25449363-2). Fdo. Dr. GUILLERMO ROLDÁN (subroga Dra. Bertune); Dra. MELISA PERETTI, SECRETARIA.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANTONIA JUANA GONZALEZ, D.N.I. N° 906.972, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PERALTA JOSE TIBURCIO Y OTROS s/SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. (CUIJ 21-25449363-2). Fdo. Dr. GUILLERMO ROLDÁN (subroga Dra. Bertune); Dra. MELISA PERETTI, SECRETARIA.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaria de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos del causante CARLOS JOSE CARAFFA. DNI Nº 7.644,239. y a todo el que tenga algún interés legitimo para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Autos: CARAFFA, CARLOS JOSE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25449265-2. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 25 de Agosto de 2026. Dra. Luz M. Gamst, Secretaria.
$ 45 Set. 3
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Por Disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, Secretaría de la Autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos del causante STELLA MARIS PALMERO, DNI N° 10.538.820, y a todo el que tenga algún interés legitimo, pata que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO, por el termino y bajo apercibimiento de ley. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina, dentro de los autos caratulados PALMERO, STELLA MARIS Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25448534-6. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, de Agosto de 2026.
$ 45 Set. 3
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Por disposición del Juez en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación del Distrito Judicial N° 12, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la IANNONE NICOLAS, DNI Nº 93.357.342, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días, Autos caratulados: IANNONE NICOLAS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ N° 21-25445609-5). Fdo. Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez).
$ 45 Set. 3
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Por disposición de Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de Dr. Guillermo Roldan (Juez Subrogante) y Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de RAMÓN ARROYO, DNI N° 2.305.474, para que comparezcan a estar a derecho por el término de 10 días, dentro de los autos caratulados ARROYO RAMON s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ Nº 21-25449354-3. Lo que se publica a sus efectos en los Estrados del Tribunal y en el BOLETIN OFICIAL por el término de 10 días. San Lorenzo, 26 de Agosto de 2026. Dra. Melisa V. Peretti, secretaria.
$ 45 Set. 3
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don EDUARDO VICENTE MORICONI DNI 6.171.844, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
$ 45 Set. 3
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don NESTOR HUGO MAURUTTO DNI 10.538.953, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
$ 45 Set. 3
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña STELLA MARIS QUIROGA DNI 11.965.451, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don CHRISTIAN RODOLFO GOMES DNI 24.117.435, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don ARNALDO ARAUJO DNI 6.932.797, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don MIÑOZ ALDO ARMANDO DNI 8.492.579 y doña CANO ROSA ESTHER DNI 18.698.418, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don JOSE GIURCA DNI 5.998.007, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELBIO OSCAR TORRES, D.N.I. 10.501.970, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TORRES ELBIO OSCAR S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-25447134-5) en trámite por el Juzgado señalado - Secretaría Dra. Luz Gamst. $ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2 Nominación de San Lorenzo se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por loa causante Delia Ester Alarcón DNI 13029458 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Fdo Dra. Melisa Peretti (secretaria) Dr Guillermo Roldán ( juez en suplencia) Autos: “Alarcon Delia Ester s/Sucesorio”.CUIJ21-25449372-1
$ 45 Sep. 3
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 1 Nominación de San Lorenzo se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por loa causante Dorila Prado DNI 1211489 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Fdo Dra. Luz M Gamst (secretaria) Dr Alejandro Andino (juez) Autos: “Prado Dorila s/Sucesorio”.CUIJ21-25449374-8
$ 45 Sep. 3
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POR DISPOSICIÓN DEL JUZGADO DE 1RA. INST. CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOM. DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO, Pcia. de Santa Fe, atento las constancias de autos: en relación al codemandado Sr. EDUARDO GUILLERMO ROLDÁN, DNI. 12.115.214 se ha ordenado: Cítese y emplácese al mismo a comparecer a estar a derecho por edictos que se publicarán en el boletín oficial y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. Autos caratulados: "PANIZZA, SILVIA / SUCESORES y/o HEREDEROS DE ROLDAN ERGASTO y otras S/ ESCRITURACION" CUIJ: 21-25438948-7. Dra. MELISA V. PERETTl (Secretaria). SAN LORENZO, 20 de Agosto de 2026-
$ 33 566205 Sep. 3 Sep. 7
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1º Nom. de Villa Constitución, Pcia. Santa Fe, a cargo de la Sra. Jueza Dra. Agueda Orsaria; Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Danino, dentro de los autos caratulados: "BRANDI HECTOR NORBERTO c/IN CON S C A S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ 21-25658469-4, se ha ordenado citar y emplazar a los que se consideren con derecho al inmueble: 1) Un lote de terreno baldío ubicado en el distrito Pavón, Depto. Constitución, Pcia. de Santa Fe, designado como lote Nº SIETE (7) de la manzana Nº NUEVE (9) - en el plano de subdivisión 80543 del año 1974 confeccionado por el Agrimensor Nacional Aldo A. Mangiaterra. Mide 10,43 metros de frente y de largo 36,16, y de 10,00 metros. Encierra una superficie de 376,40 mts2. Y linda: Al Norte con Avda. Las Amapolas, al Sud parte del lote 9, al Este con lote 8, y al Oeste con lote 6, todos pertenecientes a la misma manzana y plano anteriormente mencionados. Partida inmobiliaria N.º 19-19-00-415097/0778-6.- Inscripto en el Registro General de la Propiedad su dominio al Tº147, Fº51, N°19920 (fecha 26/03/1974), 2) Un lote de terreno baldío ubicado en el distrito Pavón, Depto. Constitución, Pcia. de Santa Fe, designado como lote Nº OCHO (8) de la manzana Nº NUEVE (9) - en el plano de subdivisión 80543 del año 1974 confeccionado por el Agrimensor Nacional Aldo A. Mangiaterra. Mide 10,43 metros de frente, de largo 33,206, y de 10,00 metros. Encierra una superficie de 346,80 mts2. Y linda: Al Norte con Avda. Las Amapolas, al Sud parte del lote 9, al Este con calle Los Narcisos, y al Oeste con lote 7, todos pertenecientes a la misma y plano anteriormente mencionados. Partida inmobiliaria N°19-19-00-415097/0779-5.- Inscripto en el Registro General de la Propiedad su dominio al T° 147, F° 51, N° 19920 (fecha 26/03/1974).- Ello, para que hagan valer sus derechos, por el término y bajo los apercibimientos de ley”.- Fdo: Sra. Jueza Dra. Agueda Orsaria; Secretaría del Dr. Alejandro Danino.-
$ 200 566157 Sep. 03 Sep. 07
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N.º 14 en lo Civil y Comercial de la 1ra Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados “ALDERETE, PEDRO PABLO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-25661722-3, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de PEDRO PABLO ALDERETE por treinta (30) días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución (Santa Fe), septiembre de 2026. Dr. ALEJANDRO DANINO (Secretario); Dra. AGUEDA M. ORSARIA (Juez)
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agueda M. Orsaria, secretaría del Dr. Alejandro Danino, se. hace saber que en los autos caratulados: "APARICIO EDUARDO ENRIQUE e/ MUSSONI EDDIE DELCHISO s/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, CUIJ: 21-25659065-1, que tramitan por ante este Juzgado, se ha dictado el proveído del siguiente tenor: "En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha (10/02/2026) asignada por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Por presentado, con domicilio constituido, y en el carácter invocado a mérito del poder especial que acompaña y se agrega. Désele la participación que por derecho le corresponde. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite del juicio ORDINARIO (artículo 387 inc. "a" del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Constando en autos el fallecimiento de la demandada MUSSONI EDDIE DELCHISO, y habiéndose publicado los edictos pertinentes, cítese y emplácese a la heredera a la cual refiere, ANA CARLA MUSSONI. Notifíquesele por cédula al domicilio que deberá denunciar en autos, librándose oficio al RENAPER en el supuesto de desconocimiento o notificación infructuosa. Sin perjuicio de ello, ofíciese al Archivo General a efectos de que tenga a bien remitir a este Tribunal, copia de la resolución declaratoria de herederos protocolizada conforme los datos obrantes en el informe del RPU acompañado. Dese intervención al Sr. Agente Fiscal. Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, a la Fiscalía de Estado Provincial y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado Nacional a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble (cf. Art. 24 lnc. "d" Ley 14.159). Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que tenga a bien proceder a constatar el estado y ocupación del inmueble objeto de autos. Agréguense las constancias y resérvese en Secretaría la documental acompañada. Martes y Viernes para notificaciones de oficina. Notifíquese por cédula.- Firmado: Dra. Agueda M. Orsaria – juez – Dr. Alejandro Danino – secretario. Villa Constituciòn, 12 de Agosto de 2026.
$ 200 566241 Sep. 3 Sep. 7
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rufino en autos "CLAVERO RODOLFO OSCAR c/TAPIA FLORENTIN SILVERIO Y/O SR. F. TAPIA (SUCESION EN TRAMITE) S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA" Cuij Nro. 21-26368905-1 se ha ordenado lo siguiente: Rufino 20/08/2026 Informado verbalmente el Actuario en este acto que el accionado TAPI FLORENTINO SILVERIO y/o sus sucesores y/o quien se considere con derecho dominio o la posesión sobre el bien inmueble objeto de autos no ha comparecido a estar derecho no obstante estar debidamente notificado, decláreselo rebelde y siga el juicio s su representación. Notifíquese por edictos. Fdo.: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez) Dr Jor Andrés Espinoza (Secretario). Rufino, 20 de agosto de 2026.
$ 90 566165 Sep. 03 Sep. 04
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, de la localidad de Melincué, provincia de Santa Fe, Dr. Alejandro H. Lanata, Secretaria de la Dra. Lucia Ciarpella, se cita, llama y emplaza a los Herederos, acreedores y/o legatarios de MARIA ELENA RIOS, para que dentro del término de ley (10 dias) comparezcan ante este Tribunal a hace valer sus derechos, Autos: RIOS, MARIA ELENA s/SUCESION; (Expte. Nº 21-26475777-8). Dra. Lucia Belén Ciarpella, secretaria subrogante.
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Por disposición del Juez de Juzgado civil, Comercial y Laboral de Melincué Sección Única, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante IDE SIBILLA, DNI 1.112.207, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días Autos caratulados: SIBILLA IDE s/SUCESIÓN TESTAMENTARIA; CUIJ 21-26475529-5, en trámite ante el Juzgado civiL Comercial y Laboral de Melincué Sección Única. Dra. Lucia Belén Ciarpella, secretaria subrogante.
$ 45 Set. 3
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venado tuerto
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JUZGADO LABORAL
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Laboral 1era. Nominación, Dr. Jorge E. Verna, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Daniel Pessarello E/S, dentro de los autos caratulados "INSAURRALDE JOSE MIGUEL C/PREVENCION ART S.A. S/ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO (CUIJ N.º 21-17122920-8), se hace saber que en los autos de referencia, se ha dispuesto NOTIFICAR a SR. INSAURRALDE JOSE MIGUEL D.N.I. Nº 31.971.981 los siguientes decretos que se transcriben: VENADO TUERTO, 30 DE JUNIO DE 2025.- Proveyendo escrito cargo 7.577/25. Atento la caducidad interpuesta, intímese al accionante para que dentro del término de diez (10) días manifieste si tiene interés en la prosecución de la causa y efectúe petición idónea (art. 37 ley 7945), bajo apercibimientos de ley.- Notifíquese el presente al domicilio procesal y real.- Notifíquese.- Fdo.: Dr. Jorge E. Verna, Juez, Dra. Daniela Pessarello, Secretaria Subrogante.-
VENADO TUERTO, 23 DE FEBRERO DE 2025.- Proveyendo escrito cargo 1334/2024: téngase al Dr. Sergio Fontenla por renunciado al poder oportunamente conferido.- Hágase saber que deberá continuar con su gestión hasta que haya vencido el término a señalarse al poderdante para reemplazarlo, debiendo responder por los daños y perjuicios que causare si no lo hiciere.- lntímese a la parte actora para que en el término de diez días comparezca por sí o por nuevo apoderado, atento renuncia de su abogado, bajo apercibimientos de ley (arts. 46, 76, sgtes. Y concordantes del C.P.C. y C.). Notifíquese.- Fdo.: Dr. Jorge E Verna, Juez, Dra. Luciana Parenti, Secretaria. VENADO TUERTO,
$ 300 566200 Sep. 03 Sep. 07
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez – Dr. A. Walter Bournot, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Francisca Argentina Nieva, DNI 901.349 y don María José Escudero, DNI. 4.910.653, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dr. Gabriel A Carlini, Juez – Dr. A Walter Bournot, Secretario.- (autos: NIEVA, FRANCISCA ARGENTINA Y OTRO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL) CUIJ 21-24626152-8.- Venado Tuerto, de 2026.-
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don Ernesto Luis VACCARI, D.N.I. Nº 6.114.500, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "VACCARI, ERNESTO LUIS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ Nº 21-24626249-4". Venado Tuerto, Santa Fe.- FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-
$ 45 Sep. 03
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Alberto Carlini, secretaría del Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ROBERTO HECTOR DIAZ, DNI. N° 6.111.854, para que en el término de Ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- AUTOS: "DIAZ, ROBERTO HECTOR S/ SUCESORIO (DIGITAL)" CUIJ N° 21-24625746-6.- VENADO TUERTO
$ 45 Sep. 03
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Venado Tuerto, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARTA MARINA MANFROI DNI F. 2.827.620 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MARTA MARINA MANFROI S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)" (CUIJ N° 21- 24625068-2). Fdo. Dr. DR. ALEJANDRO WALTER BOURNOT (Secretario). Venado Tuerto,
$ 45 Sep. 03