DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA DEL INTERIOR
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Resolución de la Sra. Delegada Regional - Delegación San Lorenzo – de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, hago saber a la Sra. Nadia Elisabeth Silva, DNI Nº33.246.643, Sr. Sebastian Piazza DNI Nº 46.162.661 y el Sr. Martín Belén Arche DNI N.º 34.652.379, todos con domicilio desconocido, Que dentro de los autos caratulados: “LUJAN K Y OTROS S/ MEDIDA DEFINITIVA LEY 12.96721-27884521-1”, cuyo control de legalidad tramita ante el juzgado de Familia del Distrito Nro. 12 de San Lorenzo, cargo vacante, secretaria de la Sra. Muchiutti, ha resuelto lo siguiente: N.º 120 SAN LORENZO 10/02/2026 Y VISTOS…; CONSIDERANDO:…, RESUELVO:RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, mediante la Disposición n° 82/2025 del 19 de noviembre de 2025. 2) Designar a las Sras. MARCELA LUISA LUJAN y AUGUSTA ADELINA CORREA, tutoras tal lo dispuesto, quienes deberan aceptar el cargo por Secretaría, cualquier día y hora hábil de audiencia. 2) Privar de la responsabilidad parental a los progenitores. Notifiquese a la Fiscalía Extrapenal. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Marcelo Escola (juez) .
OTROS: LUJAN K Y OTROS S/ MEDIDA DEFINITIVA LEY 12.96721-27884521-1JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA DE FAMILIA SAN LORENZO, 12 de Marzo de 2026. Por notificada. Cítese al Sr. MARTIN BELEN LENCINA ARCE con domicilio desconocido; al Sr. SEBASTIAN PIAZZA, domiciliado en calle Luis Agote N° 2705 de San Lorenzo y a la Sra. NADIA ELISABETH SILVA, con domicilio desconocido a comparecer a estar a derecho -con el debido patrocinio letrado-, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación -cuyo control de legalidad se efectuó mediante resolución n° 120 – y la Privación de la Responsabilidad Parental -en los términos del art 700 inc d del CCCN-, debiendo en caso de considerarlo ofrecer prueba, dentro del término de 10 días, bajo apercibimientos de resolver sin más en caso de falta de contestación; todo ello conforme art 66 bis ley 13237 modif de la ley 12967. Fijar - en caso de oposición a la resolución de mención que declara la TUTELA de los niños- fecha de audiencia a los fines de lo normado por el art 609 inc b del CCCN para el día 28/4/2026 a las 9.30 hs. Notifíquese. Fecho, córrase vista a la Defensora General de Cañada de Gómez, a sus efectos. Fdo: Abog. MONICA MUCHIUTTI (Secretaria)Dr. ALEJANRO ANDINO(Juez en suplencia).
S/C 49887 Sep. 7 Sep. 8
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA
Y FAMILIA INTERIOR
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Disposición de la Delegada Regional del Interior Dra. MARIA FLORENCIA BIRÉ - San Lorenzo, de la Dirección Provincial de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia interior – San Lorenzo, se hace saber a la Sra. LOBOS MARÍA ROSA DNI N.º 24.774.790 y JOSÉ VILLARREAL DNI DESCONOCIDO Y AMBOS CON DOMICILIO DESCONOCIDO, que dentro de los caratulados: VILLARREAL S, V, A. Y G S/ MEDIDA DEFINITIVA – CUIJ N.º 21-23856805-3 cuyo control de legalidad se encuentra tramitando por ante el Juzgado de Familia de San Lorenzo, se ha dispuesto lo siguiente:“… N.º 991, SAN LORENZO, 12/06/2026. Y VISTOS… DE LOS QUE RESULTA: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1) Ratificar lo resuelto por auto n° 272 del 10 de marzo de 2025. Notifiquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Fdo: DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (JUEZ).-”. “N.º 1014, SAN LORENZO, 17/06/26. Y VISTOS:...DE LO QUE RESULTA:...Y CONSIDERANDO: Aclarar el auto N° 991 conforme lo expuesto en los considerando. Insértese y hágase saber.- Fdo.: DR. ROLDÁN GUILLERMO (JUEZ).”
S/C 49889 Sep. 4 Sep. 8
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA DEL INTERIOR
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Resolución de la Sra. Delegada Regional - Delegación San Lorenzo – de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, hago saber a la Sra. CARABAJAL, Emilce, DNI 35.457.768, argentina, mayor de edad, sin domicilio conocido, que dentro del expediente: “CARABAJAL MIKEAS S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” - CUIJ 21-29256435-7, que tramita por ante el Juzgado de Familia del Distrito Judicial Nro. 12 de San Lorenzo, se ha dispuesto lo siguiente: “Nro. 1566 San Lorenzo, 03 de Septiembre de 2026.- Y VISTOS...Y CONSIDERANDO QUE...RESUELVO: 1) Ratificar la finalización de la medida de protección excepcional adoptada por la Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior mediante la Disposición Nº 65/26, de fecha 21 de agosto de 2026, en relación al niño Mikeas Carabajal, DNI Nº 71.145.746, nacido el 17 de mayo de 2026, hijo de Emilce Joana Carabajal, DNI Nº 35.457.768, sin filiación paterna determinada, mediante la cual se resuelve definitivamente la medida de protección excepcional Nº 53/26 y se propicia, previo cumplimiento de los trámites de ley, la declaración judicial de su situación de adoptabilidad. 2) Citar a Emilce Joana Carabajal a fin de que, en el plazo de diez días, comparezca con el patrocinio letrado de un abogado particular o de la Defensoría General de este Tribunal, se expida sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrezca prueba, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, conforme lo dispuesto por el artículo 66 bis de la Ley Nº 12.967. 3) Notificar a la Defensora General en su despacho y a la Dirección de Niñez. 4) Librar por Secretaría las comunicaciones pertinentes. 5) Insértese y hágase saber.-” Fdo. Dr. Julián (Juez) – Dra. Muñoz (Prosecretaría).-
S/C 49869 Sep. 4 Sep. 8
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE
LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA DE ROSARIO
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Disposición Administrativa N° 173/2026 de fecha 26 de agosto de 2026, el Director Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, Provincia de Santa Fe, dentro del Legajo Administrativo N° 17.927, referenciado administrativamente como “BALDORÉ RODRÍGUEZ BRISA VALENTINA – DNI 56.377.311 – Legajo N.º 15.992. BALDORÉ RODRÍGUEZ SANTOS EZEQUIEL – DNI 57.883.973 – Legajo N.º 15993 s/ REVOCATORIA PARCIAL DE MPE Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, sírvase notificar por este medio a la Sra. Olimpia Elisabet Rut Rodríguez, DNI N° 34.683.163, y al Sr. Juan Ramón Baldoré, DNI N° 14.552.832, ambos con ultimo domicilio conocido en calle Pasaje Bouchard 1337 de Rosario; que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 26 de agosto de 2026, DISPOSICIÓN Nº 173/2026 VISTOS... CONSIDERANDO.... DISPONE: A.- REVOCAR PARCIALMENTE LA DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA N.º 93/25 de fecha 03.04.2025, respecto a BALDORÉ RODRÍGUEZ BRISA VALENTINA, DNI 56.377.311, FN 07/06/2017, y a BALDORÉ RODRÍGUEZ SANTOS EZEQUIEL, DNI 57.883.973, FN 11/07/2019, hijos de la Sra. Olimpia Elisabet Rut Rodríguez, DNI N° 34.683.163, y del Sr. Juan Ramón Baldoré, DNI N° 14.552.832, ambos con domicilio en calle Pasaje Bouchard 1337 de Rosario. B.- DICTAR DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA correspondiente a la RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la Medida de Protección Excepcional de Derechos respecto a BALDORÉ RODRÍGUEZ BRISA VALENTINA, DNI 56.377.311, FN 07/06/2017, y a BALDORÉ RODRÍGUEZ SANTOS EZEQUIEL, DNI 57.883.973, FN 11/07/2019, hijos de la Sra. Olimpia Elisabet Rut Rodríguez, DNI N° 34.683.163, y del Sr. Juan Ramón Baldoré, DNI N° 14.552.832, ambos con domicilio en calle Pasaje Bouchard 1337 de Rosario. C.- SUGERIR al Juzgado Unipersonal de Familia N.º 8 de Rosario, en donde tramita el control de legalidad de la presente medida, que los niños BALDORÉ RODRÍGUEZ BRISA VALENTINA, DNI 56.377.311, y BALDORÉ RODRÍGUEZ SANTOS EZEQUIEL, DNI 57.883.973, sean declarados en situación de adoptabilidad. Todo ello de conformidad a lo dispuesto por el Art. 51 de la Ley Provincial 12.967 y su Decreto Reglamentario; en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por imperativo legal de orden público, estatuido por la CN; Ley Nº 26.061, Ley Nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario; Código Civil y Comercial, LOPJ y leyes complementarias. D.- DISPONER notificar dicha medida a los progenitores. E.- Una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley 12.967, SOLICITAR EL CONTROL DE LEGALIDAD, al Juzgado Unipersonal de Familia N.º 8 de Rosario, que se encuentra interviniendo en los presentes. F.- Que cumplimentados dichos trámites, se archiven las actuaciones administrativas.- Fdo. Dr. Rodrigo I. Lioi Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano.- Rosario.- Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de la lista de defensores oficiales del poder judicial de la provincia de Santa Fe y/o profesional de su confianza. Asimismo, se le hace saber que podrá concurrir con los profesionales mencionados a las entrevistas ante este organismo administrativo.- Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dec 619/10: Ley Nº 12.967 ART. 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ART. 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ART. 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. Dto 619/10: ART. 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa sin que puedan ser retiradas.-ART 62: RECURSO. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.-Sin más, saluda muy atte.
S/C 49884 Sep. 4 Sep. 8
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MUNICIPALIDAD DE RECONQUISTA
CONCURSO DE OFERTAS N° 03/2026
DECRETO Nº 244/2026
OBJETO: “Concesión del local comercial Nº 3, torre N° 3, del Complejo Habitacional Pucará, de la Ciudad de Reconquista, Santa Fe”.-
FECHA DE APERTURA: Miércoles 09 de septiembre de 2026 a las 11:00 horas.
BASE MENSUAL: $ 160.000,00 (pesos ciento sesenta mil con 00/100).
VALOR DEL PLIEGO: $ 28.000,00 (pesos veintiocho mil con 00/100).
GARANTÍA DE OFERTA: Equivalente a un (1) canon base mensual. En caso de que la oferta sea mayor al canon base mensual, se deberá complementar la garantía hasta dicha suma, dentro de las cuarenta y ocho horas de la apertura de sobres.
OBTENCION DEL PLIEGO: Desde la página web del oficial del Municipio, https://reconquista.gob.ar/licitaciones/ o podrá retirarlos, una vez efectuado el pago del mismo, en el área de Licitaciones de la Municipalidad de Reconquista, sita en Calle San Martín Nº 1077, de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe.-
CONSULTAS:
Correo electrónico: licitaciones@reconquista.gov.ar
Teléfono: 03482-580881/82 Interno 2030.
Dirección AREA DE LICITACIONES: Calle San Martín N° 1077, Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe
FECHA LIMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Hasta el 09 de septiembre de 2026 a las 10.30 horas.-
$ 200 566793 Sep. 04 Sep. 07
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ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCIÓN Nº 0001/2026
Ref.: Beneficio a la buena conducta fiscal para contribuyentes del Impuesto Inmobiliario para el año fiscal 2026.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=324903&cod=2a4210a68c753eabf76961e0625f8587
S/C 49872 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0004/2026
Ref.: Estabilidad fiscal artículo 66 de la Ley N° 14.426 para contribuyentes o responsables considerados “Pymes Santafesinas”
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=326498&cod=e6d724b1463e2d933c7ce07786982e7b
S/C 49873 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0005/2026
Ref.: Beneficio de reducción de alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos artículo 72 de la Ley No 14.426
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=326482&cod=0ea498f70811cb1c6ef7d65f894646da
S/C 49874 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0006/2026
Ref.: Fija el monto dispuesto en el apartado 2 - inciso e) del artículo 237 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) para tramitar el beneficio de exención del pago de Patente Única sobre Vehículos
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=326769&cod=70a8507af4b019ce6ae73821a036228c
S/C 49875 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0007/2026
Ref.: Modifica los tramos de importes de Ingresos Brutos Anuales para el año fiscal 2026,establecidos en el artículo 14 bis de la Ley Impositiva Anual (t.o. 1997 y modificatorias), correspondiente al Régimen Tributario Simplificado
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=326773&cod=3d4ff8e6bdc3971a76698d47b9245b42
S/C 49876 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0008/2026
Ref.: Los contribuyentes que opten por cancelar cada cuota de los citados tributos con el descuento del quince por ciento (15%) a la fecha de vencimiento dispuesta por el calendario aprobado por la Administración Provincial de Impuestos, deberán hacerlo a través de la aplicación informática “Adhesión al Débito Directo en Cuenta Bancaria a través de CBU”.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=326814&cod=6e0588bc51f2482d5a2ef8685906ad87
S/C 49877 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0011/2026
Ref.: Beneficio del artículo 29 de la Ley 14.426 para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades comerciales y/o de servicios de alojamiento que posean suministros registrados a su nombre provistos por la Empresa Provincial de la Energía (EPE) y/o sus subdistribuidores, categorizados como no residenciales.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=327725&cod=c6c5e9897478c14d3e8ae9353fd64a21
S/C 49878 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0012/2026
Ref.: Beneficio del artículo 26 y 27 de la Ley 14.426 para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Crédito fiscal EPE y/o sus subdistribuidoras.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=327727&cod=0256450b071154fc90e5e6b223d316e4
S/C 49879 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0013/2026
Ref.: REGLAMENTA ART 28 DE LA LEY 14426 - DEDUCCIÓN DE IIBB POR INCREMENTO DOTACIÓN DE PERSONAL
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=327935&cod=029f5fb9bf7951026b2b3e391990a6e5
S/C 49880 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0014/2026
Ref.: REGLAMENTA LOS ART. 6, 7 y 8 DE LA LEY 14426 Y EL ART. 11 DE LA LEY 13875 - BENEFICIOS IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=327936&cod=c36056c4148b08df4f493fe73ea47469
S/C 49881 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0016/2026
Ref.: Modifica el artículo 5 de la Resolución General N° 39/2025. Los profesionales que deban cumplimentar el trámite de exención por primera vez y aquellos que ya contaban con un certificado de exención al momento de la sanción de la presente,deberán cumplimentar con el trámite hasta el 31 de Agosto de 2026.”
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=328171&cod=3e72517d8cadfdc44144f50e56cdac14
S/C 49882 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0017/2026
Ref.: Resolución Conjunta API-SCIT - Modificaciones introducidas por la Ley Tributaria Anual Nº 14.426 en los sellados y tasas retributivas de servicios de trámites que se gestionan en el SCIT.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=328682&cod=9dfa7dd1c7fbb2a58770a3111d78bea9
S/C 49883 Sep. 4
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCIÓN Nº 0022/2026
Ref.: Considera ingresada en término la presentación DDJJ y pago del anticipo 01/2026 de Ingresos Brutos - Contribuyentes Locales del Régimen General cuando se efectúe hasta el 27/02/2026
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=329863&cod=438a31faf9c4b3382edabd61a4fe087f
S/C 49890 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0023/2026
Ref.: Establece que durante el período fiscal 2026, los sujetos que presten servicios asistenciales y/o de salud podrán generar la solicitud del beneficio establecido en el artículo 21 de la Ley N° 14.426, consistente en la deducción de la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los ingresos originados por las prestaciones realizadas a los afiliados a IAPOS.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=329950&cod=9bf35399a5194cf4a0b1065d90b1ef93
S/C 49891 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0026/2026
Ref.: Considera ingresada en término la presentación DDJJ y pago del anticipo 01/2026 de Ingresos Brutos - Convenio Multilateral cuando se efectúe hasta el 18/02/2026
Link de
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=330603&cod=1191080061c6a29a8b4c5d750ea08c8a
S/C 49892 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0027/2026
Ref.: Considera ingresados en término los pagos de la Cuota 1/2026 y del Pago Total Anual 2026 del Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural y Patente Única sobre Vehículos cuyos vencimientos operan entre los días 23 al 26 de febrero de 2026 cuando los mismos se efectúen hasta el 27 de febrero de 2026.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=330618&cod=efcf9acca7572d8245103f789322e7d3
S/C 49893 Sep. 4
RESOLUCIÓN Nº 0028/2026
Ref.: Establece que cuando el agente de retención y/o percepción tenga dificultades técnicas significativas que le impidan implementar el Sistema de Retenciones y Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos mediante Padrón PARP, podrá continuar aplicando, hasta el 31 de marzo de 2026, el régimen vigente con anterioridad, conforme las disposiciones de la Resolución General 15/1997 y sus modificatorias y sin considerar las modificaciones introducidas por la Resolución 37/2025.
Link de Acceso:
https://www.santafe.gob.ar/normativa/item.php?id=331534&cod=9ca0dc191d1da2084812ae527a37fbd8
S/C 49894 Sep. 4
TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
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S/C 49863 Sep. 4
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BAUEN ARQUITECTURA SRL - PILAY S.A. - PILARES
AVISO
Por la presente comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común actualmente denominado Grupo: F01 Nº: 1300 suscripto en fecha 18/08/2009 entre BAUEN ARQUITECTURA SRL - Pilay S.A.- Pilares y el Sr. Ballesty Camilo DNI: 23146077 ha sido extraviado por el mismo.-
$ 500 566689 Sep. 04 Sep. 10
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MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO
EDICTO ADMINISTRATIVO
La Municipalidad de Arroyo Seco, Departamento Rosario, Santa Fe NOTIFICA a los familiares y/o responsables legales de las personas fallecidas que a continuación se mencionan, que en razón de lo dispuesto por la Ordenanza 53/84 Articulo 45, se encuentran VENCIDAS las concesiones de Sepultar en tierra. 1) Fosa nº 252 Arramine Alejandro Agustin - 31/08/2020. (2) Fosa n° 110 Bera Demetrio Juan - 31/08/2020. (3) Fosa n° 35 Catalina Barrientos - 31/08/2020. (4) Fosa n° 83 Bonelli Oscar Adolfo - 14/07/2020. (5) Fosa n° 149 Brigida Gregaria Gonzalez - 28/05/2020. (6) Fosa n° 233 Jose Antonio Balduvini - 17/02/2020. (7) Fosa n° 18 "b" Costa Irene Mercede - 06/01/2020. (8) Fosa n° 168 Damaso Herrera - 15/12/2020. (9) Fosa n° 58 Juana Magdalena Delgado de Ramirez - 30/12/2020. (10) Fosa n° 46 D'Alfonso ReinaIdo - 24/11/2020. (11) Fosa n° 265 Franco Diaz - 21/02/2020. (12) Fosa n° 239 Juan Carlos Diaz - 10/02/2020. (13) Fosa n° 92 Ferreyra Juan Valerio - 01/12/2020. (14) Fosa n° "B” 16 Franco Reinaldo Antonio - 16/02/2029. (15) Fosa n° 135 Gonzalez Leopia Librada - 30/12/2020. (16) Fosa n° 240 Oiga Matilde Guevara de Gimenez - 04/08/2020. (17) Fosa n° 38 Gillo Juan Jose - 07/07/2020. (18) Fosa n° 153 Antonio Hugo Gonzalez - 06/10/2020. (19) Fosa n° 242 lanni Roberto - 25/08/2020. (20) Fosa n° 231 Llanes Timoteo Francisco - 17/06/2020. (21) Fosa n° 87 Lapalma Emilce - 09/03/2020. (22) Fosa 245 Jase Mansilla - 24/11/2020. (23) Fosa n° 62 Martinez Julia Miguela - 02/11/2020. (24) Fosa n° 17 “B” Juan Carlos Navarro - 30/12/2020. (25) Fosa n° 82 Porto Alcidez - 05/03/2020. (26) Fosa n° 227 Robledo Jorge Luis - 14/10/2020. (27) Fosa n° 234 Maria Sgrilli - 04/06/2020. (28) Fosa nº 274 "A" Salinas Stella Maris - 28/02/2020. (29) Fosa nº 98 Salinas Jorgelina Vernavela - 06/01/2020. (30) Fosa nº 49 Justo Sosa - 22/03/2020. (31) Fosa nº 159 Pereyra Gonzalez Viviana - 13/05/2021. (32) Fosa nº 68 Romagnoli Carlos- 12/05/2021. (33) Fosa nº 20 "B" Ortiz Sergio Raul -11/05/2021. (34) Fosa nº 90 Cabrera Jose Luis - 10/05/2021. (35) Fosa n° 26 Ramacciotti Pedro - 26/04/2021. (36) Fosa nº 859 Troncoso Emilio Andres - 2021. (37) Fosa nº 195 Sandobal Nora Guadalupe - 08/03/2021. (38) Fosa nº 155 Lopez Luciano - 22/02/2021. (39) Fosa nº 260 Gonzalez Seferina Ramona - 08/02/2021. (40) Fosa nº 167 Genes Benito - 16/01/2021. (41) Fosa nº 232 Herrera Stella Maris - 13/01/2021. (42) Fosa nº133 Alasia Ruben Omar - 13/01/2021. (43) Fosa nº 65 Benavide Isabel - 04/01/2021. (44) Fosa nº 11 “B” Antonio Luis Niz – 24/04/2017.
Por tal motivo, deberán comparecer en la Sección Cementerio De la Municipalidad, desde el día 04 de SEPTIEMBRE del 2026 al 05 de OCTUBRE de 2026 inclusive, a los fines de gestionar la reducción y/o traslados respectivos, caso contrario, vencido el plazo, se procederá a la inmediata remisión de los restos al Osario General.-
$ 450 566754 Sep. 04 Sep. 17
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COMITÉ DE CUENCA
INTIMA
Sra. SUSANA G. M. de ORLANDI. Calle San Luis Nº 401, Piso 17 de la Ciudad de Rosario - El COMITÉ DE CUENCA CANAL PRINCIPAL SANTA MARIA - SAN JERONIMO NORTE, INTIMA a Ud. para que en el perentorio e improrrogable plazo de 72 horas, contadas a partir de la publicación del presente, se apersone a la sede de dicho Comité de Cuenca, sita en Avda. Risso Patrón Nº 672 de la localidad de Santa Clara de Buena Vista, Provincia de Santa Fe y haga efectivo el pago de la suma total de$ 7.866.250,00 (Pesos siete millones ochocientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta), en concepto de Tributo por Hectárea (Tasa Retributiva por Canalización) - Ley Provincial Nº 9830/85 con más intereses a partir del día 16 de Junio de 2026, fecha de emisión de la liquidación de deuda y hasta su efectivo pago, suma adeudada por los siguientes períodos: 1-2-3 año 2018; 1-2-3 año 2019; 1-2-3 año 2020; 1-2-3 año 2021; 1-2-3 año 2022; 1-2-3 año 2023; 1-2-3 año 2024; 1-2-3 año 2025 y cuota 1 año 2026, correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en el distrito Sa Pereira, compuesto de 217 Has. - P.1.1. Nros. 09-32-00-093041/0002-5 y 09-32-00-093044/0002-2. Queda Ud. debida y formalmente intimada al pago, en los términos del Artículo 24 de la Ley Provincial Nº 9830/85. Saludámosle muy atentamente.- Santa Fe, 2 de Septiembre de 2026. Firman: Enrique Amherdt (Presidente) - Diego Banchio (Secretario).---
$ 100 566712 Sep. 04 Sep. 09
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MERCADO DE PRODUCTORES Y
ABASTECEDORES DE FRUTAS,
VERDURAS Y HORTALIZAS DE
SANTA FE SOCIEDAD ANÓNIMA
TRANSFERENCIA DE ACCIONES NOMINATIVAS
Se comunica a los señores accionistas del "Mercado de Productores y Abastecedores de Frutas, Verduras y Hortalizas de Santa Fe Sociedad Anónima" que el señor ROGELIO OSCAR POLLANO, domiciliado realmente en República de Siria N° 7747 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, titular de D.N.I. 12.147.289; ha comunicado a Directorio, por nota recibida en fecha 28 de Agosto de 2026, su decisión de ofrecer en venta DOS MIL (2.000) acciones, de $ 0,10 (valor nominal) cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, Clase "A" con derecho a cinco votos por acción, totalmente integradas a la fecha y de las cuales es titular, según lo registrado en el Libro de Accionistas de la sociedad. El precio que ha establecido para cada acción es de pesos SIETE MIL QUINIENTOS ($ 7.500.-).-
Todo accionista que desee. ejercer el derecho de preferencia que le confiere el Art. 194 de la Ley nro. 19.550 y su modificatoria nro. 22.903 y, en especial, el Art. 6° del Estatuto Social, dentro del plazo en ellos indicado, deberá comunicarlo en forma fehaciente a Directorio de la sociedad en su domicilio legal de calle Tte. Florentino Loza s/nro., de la ciudad de Santa Fe.-
Santa Fe, 31 de Agosto de 2026.-
DIRECTORIO·
$ 300 566748 Sep. 04 Sep. 09