picture_as_pdf 2026-09-08


CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 11 a cargo del Dr. Fernando Saravia, Secretaría N° 21 a cargo de la suscripta, sito en Av. Callao N° 635 piso 5º, CABA, comunica por 5 días que con fecha 14 de julio de 2026, se declaró abierto el Concurso Preventivo de CBA LIMPIEZA INTEGRAL S.A. (CUIT Nº 30-71516230-6), en el cual ha sido designado síndico el estudio “Grisolía, Castro y Asociados”, con domicilio en Tucumán Nº 1424 piso 2° “B”, correo electrónico: estudio.profesional.cgd@gmail.com, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el 30 de noviembre de 2026 (art. 32 Ley 24.522) debiendo efectuarlo por vía digital, enviando la solicitud al correo electrónico estudio.profesional.cgd@gmail.com. El informe individual del síndico deberá presentarse el 18 de febrero de 2027 y el general el 06 de abril de 2027. Se designa el 05 de octubre de 2027 a las 10 hs. a efectos de realizar audiencia informativa (art. 45 LC), la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tribunal. Se hace saber que el período de exclusividad vence el 13 de octubre de 2027. Se libra el presente en los autos: COM 011221/2026 “CBA LIMPIEZA INTEGRAL S.A. s/CONCURSO PREVENTIVO”, en trámite ante este Juzgado y Secretaría. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 de agosto de 2026. Jimena Díaz Cordero, Secretaria.

$ 500 566617 Set. 8 Set. 14

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PROVINCIA DE BUENOS AIRES


SAN PEDRO


JUZGADO DE PAZ


El Juzgado de Paz Letrado de San Pedro, Secretaría ad-hoc Dr. Julio Cipollone del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Belgrano N° 1405 de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, cita por DIEZ DIAS a ERMINIO RIANI y/o sus herederos y/o a todos quienes se consideren con derechos al inmueble que se intenta prescribir sito en calles Sargento Cabral entre América y Dr. Eduardo Doyle de la localidad de Santa Lucía Partido de la ciudad de San Pedro (Circunscripción 19, Sección A, Manzana 48, Parcela 10), para que dentro de dicho plazo comparezcan a estar a derecho, en los autos: “FERRARA, BRUNO EDUARDO Y OTRO C/ RIANI, ERMINIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA“ (Expte. N° SUM-148-25), bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, en caso de los titulares registrales y/o sus sucesores, se nombrará Defensor Oficial para que los represente (arts. 681 y 682 C.P.C.C). San Pedro, de agosto de 2026

$ 100 567034 Sep. 8 Sep. 9

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PROVINCIA DE FORMOSA


FORMOSA


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE FORMOSA, SITO EN CALLE SAN MARTIN Nº 641 2º PISO DE ESTA CIUDAD, A CARGO DEL DR. DARIO CARLOS BITAR, SECRETARIA A CARGO DE LA DRA. SILVIA NOEMI PANIAGUA, PUBLICA DURANTE DIEZ (10) DÍAS EN EL BOLETÍN OFICIAL Y EN UN DIARIO LOCAL Y DE LA CIUDAD DE SANTA FE, CAPITAL (PROVINCIA DE SANTA FE), EDICTOS, CITANDO A LOS HEREDEROS DEL SR. MIGUEL ÁNGEL BARRAL - D.N.I. Nº 7.493.930 - Y DE LA SRA. LUISA JUSTA CUBILLA - D.N.I. Nº 6.960.055 - Y A QUIEN TENGA DERECHO SOBRE EL INMUEBLE SITO EN CALLE PEDRO BONACCIO Nº 1.138 DEL BARRIO VIAL DE LA CIUDAD DE FORMOSA, NOMENCLATURA CATASTRAL: DEPTO. 1 CIRC. VII - SEC. N - MZA. Nº 55 - PARCELA Nº 5 REGISTRADO BAJO LA MATRÍCULA Nº 7.016 (1) DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA PROVINCIA, CON UNA SUPERFICIE DE 420 M2; A TOMAR LA INTERVENCIÓN DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS QUE CORRESPONDE, EN ESTE PROCESO, BAJO APERCIBIMIENTO DE DESIGNAR AL SR. DEFENSOR OFICIAL DE AUSENTES PARA QUE LOS REPRESENTE (ARTS. 145 Y 681 DEL C.P.C.C.), EN LOS AUTOS CARATULADOS: “ESPINOLA SARA MABEL C/ SUCESORES DE BARRAL MIGUEL ANGEL Y LUISA JUSTA CUBILLA S/ JUICIO ORDINARIO (USUCAPION)” EXPTE N° 260 – AÑO 2025. FORMOSA, 13 DE AGOSTO DE 2026. DRA. SILVIA NOEMI PANIAGUA, SECRETARIA.

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SANTA FE

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JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de la ciudad de la ciudad de Santa Fe se notifica al Sr. Néstor De Martín -D.N.I. 35.788.152- la siguiente Resolución: “Resolución: Nº 639 SANTA FE, 19 de Agosto de 2026 AUTOS Y VISTOS: Los caratulados del acápite, que se tramitan por ante este Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9; de los que, RESULTA: Que a fs. 10/12 del expediente digital comparece la Sra. MARIA SALOME APARICIO, mediante apoderada, Dra. MARISA JAQUELINA LOPEZ, y peticiona su divorcio en los términos del art. 437 del CCC (t.o. Ley 26.994), presentando propuesta de convenio regulador. Que a fs. 13 se tuvo por promovida la acción la que fue notificada al demandado por edictos (cfr. fs. 92). Que en fecha 03 de Agosto de 2026 se dispuso el pase a resolución del divorcio; y CONSIDERANDO:... Que por los motivos precedentemente expuestos; Y, RESUELVO: I) Decretar el divorcio de los Sres. MARIA SALOME APARICIO y NESTOR DE MARTIN (matrimonio celebrado el 18 de enero de 2019 e inscripto según Tomo I, Acta Nº 2, año 2019, en el Registro Civil de Vicuña Mackenna, - Dpto. Río Cuarto - Provincia de Córdoba). II) Imponer las costas del divorcio en el orden causado. Protocolícese, hágase saber y previo pago de los aportes de ley, firme que estuviera, ofíciese al Registro Civil. Fdo.: Dra. Luciana Rodríguez - Dra. Mariana Herz Secretaria Jueza Se deja constancia que el presente acto jurisdiccional fue firmado por la Sra. Jueza Dra. Mariana Herz y por quien suscribe, en la fecha y hora indicada en el sistema informático del Poder Judicial de la Provincia, en forma digital (Ley Nacional 25506; Decreto Reglamentario 2628/02; Ley Provincial 12491; Acordada CSJSF nº 42 punto 3 de fecha 11/10/06 y Acuerdo CSJSF Acta Nº 34 de fecha 10/10/23).” Ello por estar así dispuesto en auto caratulado “APARICIO, MARIA SALOME C/ DE MARTIN, NESTOR S/ DIVORCIO CUIJ 21-10781343-5”. Lo que se publica por el término y bajo apercibimientos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. SANTA FE, 25/08/2026 - Dra. Luciana Rodríguez, Secretaria.

$ 100 566355 Set. 8 Set. 10

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Por disposición del Sr. Juez DR. ALEJANDRO MARCOS AZVALINSKY, a cargo del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 7, Secretaría Única de la ciudad de Santa Fe, sito en calle Urquiza Nº 2846 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “GOMEZ, MARIA ESTELA GUADALUPE C/ GONZALEZ, MIGUEL ANGEL S/ DIVORCIO” CUIJ 21-10699099-6, se ha dispuesto notificar, según lo autoriza el Art. 67 CPCCSF, mediante Edictos al Sr. MIGUEL ANGEL GOMEZ, DNI 18.144.790, el decreto que a continuación se redacta en sus partes pertinentes: “SANTA FE, 3 de junio de 2025.- Agréguese. Téngase presente. A los fines de la notificación conforme lo solicitado en el escrito cargo nro. 4747 (fs. 49), publíquense edictos en el Boletín Oficial, los que deberán exhibirse en la página web del poder judicial. Confeccionado que sea se diligenciará por Secretaría. Notifíquese. Secretaria DRA. MARINA BORSOTTI, Juez - DR. ALEJANDRO MARCOS AZVALINSKY. Resolución Protocolizada bajo el Nº 1694 - Folio 106, Tomo 27, Año 2018, de fecha 28109/18: “GOMEZ MARIA ESTELA GUADALUPE C/ GONZALEZ MIGUEL ANGEL S/ DIVORCIO” CUIJ 21-10699099-6.- TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA NRO 5.- “Santa Fe, 28 de Septiembre de 2018.- AUTOS Y VISTOS estos caratulados “GOMEZ MARIA ESTELA GUADALUPE C/ GONZALEZ MIGUEL ANGEL S/ DIVORCIO” (CUIJ Nº 21-10699099-6) de trámite por ante la Secretaría Nº 1 de este Tribunal Colegiado de Familia Nº 5; de los que, - RESULTA: Que a fs. 5/6 y vto. comparece, con el patrocinio letrado de la Sra. Defensora General Civil Nro. Tres, la Sra. MARIA ESTELA GUADALUPE GOMEZ y peticiona su divorcio en los términos del art. 437 del CCC (t.o. ley 26.994) manifestando respecto de la propuesta de convenio regulador que no han adquirido ningún bien registral que sea objeto de división; que no acompañan propuesta referente a la atribución del hogar conyugal atento a que el inmueble que fuera sede no es de titularidad de ninguna de las partes; y que los hijos habidos de la unión matrimonial son mayores de edad.- Que a fs. 18 se tuvo por promovida la acción la que fue notificada al demandado (cfr. fs. 19 y vto.).- Que a fs. 24 se dispuso el pase a resolución sobre el divorcio; y - CONSIDERANDO: 1.- que las partes tienen legitimación en el proceso por cuanto se ha acreditado el vínculo matrimonial con acta de matrimonio que obra a fs. 1/2.- 2.- que este magistrado es competente en virtud del último domicilio conyugal denunciado en autos y lo dispuesto en el art. 717 del CCC.- 3.- Que el art. 437 del CCC dispone que el divorcio se decreta judicialmente a pedido de ambos o de uno sólo de los cónyuges y el art. 438 del mismo cuerpo legal exige la presentación de una propuesta reguladora de los efectos derivados del divorcio, el que debe ser acompañado con los elementos que lo fundan.- 4.- Que dicha norma dispone que la propuesta debe ser evaluada por el Juez quien convoca a los cónyuges a una audiencia.- 5.- Que el art. 480 del CCC dispone que el divorcio produce la extinción de la comunidad con efecto retroactivo al día de la notificación de la demanda o de la petición conjunta de los cónyuges, previendo que, en caso de haber estado separados de hecho sin voluntad de unirse con anterioridad al divorcio, la sentencia tendrá efectos retroactivos al día de la separación. - 6.- Que en autos; se ha efectuado una presentación unilateral de pedido de divorcio y respecto de la propuesta de convenio regulador la actora ha expresado que no existen cuestiones litigiosas sobre las que corresponda formular acuerdo; el demandado se encuentra anoticiado de la demanda (fs. 19 y vto.), y no ha comparecido en autos.- Que por los motivos precedentemente expuestos RESUELVO: 1) Decretar el divorcio de MARIA ESTELA GUADALUPE GOMEZ, D.N.I. N° 20.179.889 y MIGUEL ANGEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 18.144.790 (matrimonio celebrado el 25 de noviembre de 1983 e inscripto según Acta Nº 526, año 1983, en el Registro Civil de Santa Fe - 1era. Sección- Dpto. La Capital - Provincia de Santa Fe).- Protocolícese, insértese el original, agréguese copia, hágase saber y firme que estuviera, ofíciese al Registro Civil. Oportunamente, archívese.” Secretario DR. GERMAN FEDERICO ALLENDE. Juez DR. ALEJANDRO MARCOS AZVALINSKY.- Otro Decreto:” TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA NRO 5 “SANTA FE, 03 de Diciembre de 2024 Proveyendo cargo nro. 41651 (...). Hágase saber su nueva radicación. Notifíquese (...) Proveyendo cargo nro. 40753: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. (...). Notifíquese”.- Secretario DR. GERMAN FEDERICO ALLENDE. Juez DR. ALEJANDRO MARCOS AZVALINSKY.- Santa Fe, 29 de Junio de 2026. Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria.

$ 191,40 566445 Set. 8 Set. 14

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 19 -DENOM. ANTERIOR Ref. Ley 14264-, de la ciudad de Esperanza, se notifica a la Sra. Susana Graciela Vallejos, D.N.I Nº 20.748.839, que en los autos caratulados: "MUTUAL DEL CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA C/ ALBORNOS, ENZO ZACARIAS Y OTROS S/ JUICIOS EJECUTIVOS- (Expte. C.U.I.J. Nº 21-22702891-9)", de trámite ante dicho Juzgado, se ha dispuesto lo siguiente: "ESPERANZA, 18 de Mayo de 2026.- AUTOS Y VISTOS:... RESULTA: … CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de ENZO ZACARIAS ALBORNOS, ELIAS MARCELO ALBORNOS y/o SUSANA GRACIELA VALLEJOS hasta que la acora perciba totalmente el capital reclamado, con más sus intereses pactados pero hasta tope indiciado ut supra, desde la mora indicada ut supra y hasta el día de su efectivo pago. Costas a la demandada. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la pertinente liquidación. Notifíquese. Fdo. Dra. Victoria lngaramo (Juez a/c) - Dra. Victoria Lang (Secretaria)". Otra resolución: "Esperanza, 30 de julio de 2026.-Y VISTOS:... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Hacer lugar al recurso de aclaratoria con los alcances que surgen de los considerandos que preceden. Insértese, notifíquese. Fdo. Dra. María Josefina Olcese (Jueza) - Dra. Victoria Lang (Secretaria)". Diligenciado, sírvase devolverlo con constancias de lo actuado. Salúdale muy atte... - Esperanza, de agosto de 2026.-

$ 100 566552 Sep. 8 Sep. 10

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Por orden del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial Nro. 19 (DENOM. ANTERIOR-Ref. Ley 14264), de la Ciudad de Esperanza, se ha dispuesto la publicación de sendos edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley, a fin de notificar a la codemandada, Sra. LORENA SCHNEIDER, D.N.I. Nº 34.749.208 el siguiente decreto: "ESPERANZA, 27 Marzo de 2026.- Atento lo solicitado y constancias obrantes en autos, de conformidad con lo dispuesto en la ley 12851, art. 7 inc. 1. C) se regulan los honorarios profesionales del Dr. Francisco Luis María Bocca en la suma de pesos doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y dos pesos con 29/100 ($253.492,29), lo que representa la cantidad de 2.03 JUS. Vista a Caja Forense. FIRME que se encuentre el presente, intímese al obligado al pago para que dentro del término de ley proceda a su cancelación, con más el trece por ciento (13%) en concepto de aportes, todo bajo apercibimientos de ley. Para el caso de incumplimiento, desde la mora hasta el efectivo pago, se establece un interés equivalente a la tasa activas que fija el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días. Notifíquense. Fdo. Dra. Victoria Lang. (Secretaria)".- Así esta ordenado en los autos caratulados "MUTUAL DEL CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA C/ BLATTER, ESTEFANIA SOLEDAD Y OTROS S/ JUICIOS EJECUTIVOS - (Expte. C.U.I.J. Nº 21-22702288-1)" de trámite por ante el Juzgado mencionado ut supra.- Lo que se publica a efectos legales.- Domicilio del Juzgado Berutti 1516, Esperanza, 12 de Mayo de 2026.

$ 100 566553 Sep. 8 Sep. 10


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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados "AVACA, LAURA FERNANDA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - CUIJ: 21-02063095-4", en fecha 27/08/2026 se designó Síndico a la CPN. María Victoria Galán, domiciliada legalmente en calle Monseñor Zaspe 2612 - 1er Piso - Of. 4 de la Ciudad de Santa Fe, donde deberán presentarse los acreedores a verificar hasta el 07/10/2026, siendo el horario de atención de Lunes a Viernes de 08.00 a 13.00 hs. Fdo. Dr. LUCIO ALFREDO PALACIOS (Juez)-Dra. ROMINA SOLEDAD FREYRE (Secretaria). Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días, sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 28 de agosto de 2026. Dra. Romina Freyre Secretaria.

S/C 566554 Sep. 8 Sep. 14


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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “CARBALLO, MARINA ALEXIS S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02063300-7), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 21/8/26.- AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de MARINA ALEXIS CARBALLO, argentino, DNI Nº 36.580.867, mayor de edad, empleada de la Empresa Provincial de Energía de Santa Fe, domiciliado realmente en J. P. López 2741 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle San Jerónimo 1786 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes,

oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.. 10- Ordenase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o título anterior a la declaración de quiebra. Asimismo, procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF SA agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará.

11- Designar el día 26/8/26 a las 10:00 hs. para que tenga lugar el sorteo del Síndico de la lista de oficio. Comuníquese a sus efectos. 12- Fijar el día 8/10/26 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 13 - Fijar el día 23/10/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 24/11/26 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 12/2/27 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art: 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 17- Encomendar al Sindico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad-con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 de la LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.-“ FDO.: DEPETRIS (Juez)- OTRO DECRETO: Santa Fe, 9/4/26.-Habiendo resultado sorteado el síndico Eduardo pablo Diedic, con domicilio en Av. Facundo Zuviría 3675 para intervenir en autos “CARBALLO, MARINA ALEXIS S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02063300-7) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese.” - Fdo. RAMOS (Prosecretaria)

S/C 566419 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “MASSERONI, MARIA KARINA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ: 21-02063014-8) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº l en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: “Santa Fe, 19 de Agosto de 2026.-... AUTOS Y VISTOS... RESULTA ... CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1.-Declarar la quiebra de MARIA KARINA MASSERONI, argentina, DNI Nº 24.943.448, soltera, docente dependiente del Ministerio de Educación, CUIL: 27-24943448-0, apellido materno FERREYRA, domiciliada en calle Pasaje Formosa Nº 4443 de esta ciudad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Pasaje Rawson Nº 6214 de esta ciudad de Santa Fe.- 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.- 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes.- 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.- 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.- 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.- 7-Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará.- 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.- 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de, la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora.- 10-Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.- 11- Designar el día miércoles 26 de agosto de 2026 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe..- 12- Fijar el día miércoles 07 de octubre de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522).- 13- Señalar el día miércoles 11 de noviembre de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 16 de diciembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de ‘los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522.- 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así les confiere el art. 275 inc. 1 y 2 de la L.C.Q., con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Firmado Digitalmente: Dr.: Francisco José Depetris -Juez-OTRO DECRETO: SANTA FE, 27 de Agosto de 2026.- Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN GLORIA BARROSO, domiciliada en calle Necochea Nº 5383, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. - Firmado Digitalmente: Dra. MARIA DE LOS ANGELES RAMOS -Pro-Secretaria.


S/C 566420 Set. 8 Set. 14

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: ALVAREZ, NATALIA ELIZABETH S/ QUIEBRA 21-02044714-9, hace saber lo siguiente: “Santa Fe, 10/08/26. La Sindicatura ha dictaminado que corresponde dictar la conclusión de la presente quiebra por pago total (p. 214). En este sentido, examinado el expediente, en el que no se han presentado acreedores a verificar, los honorarios regulados (p. 169), los proyectos de distribución final (p. 171 y 204) con sus correspondientes aprobaciones (p. 190 y 206) y las respectivas órdenes de pago (p. 190, 197, 206), surge que se han satisfecho el total de los gastos de conservación y justicia, siendo ello el único pasivo falencial. Asimismo, se han adjuntado las conformidades de los organismos fiscalizadores respecto a los aportes efectuados por los funcionarios falencia/es (p. 211 y 217). Por lo cual, corresponde declarar la conclusión de la quiebra por pago total de conformidad a lo dispuesto por el art. 228 de la Ley 24.522 ss. y ce., cesando por ende los efectos patrimoniales y personales respecto del fallido, previstos en la legislación concursal. Por ello, arts. 228 y 229 LCQ y demás normativa aplicable es que decido: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas en estos autos. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Iván G. Di Chiazza (Juez). Santa Fe, 27 de Agosto de 2026.


S/C 566421 Set. 8 Set. 9


Por así estar dispuesto en los autos: “VELAZQUEZ ALIDA NIDIA S/ QUIEBRA - CUIJ 21-02062611-6”. La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. Viviana Naveda Marco, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 25 de Agosto de 2026.- AUTOS Y VISTOS:... ; CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Alida Nidia Velazquez, apellido materno Paz, argentina, D.N.I. 3.988.328, CUIL 27-03988328-2, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Castañeda 1258 de San José del Rincón, Pcia. de Santa Fe y legal en calle Amenabar 3066 Dpto. 1 de la Ciudad de Santa Fe. 2- Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3- Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4- Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5- Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6- Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7- Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8- Disponer que-el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al. momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9- Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 26/08/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cán1ara Civil y Comercial. 11- Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndese a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12- Fijar el día 15/10/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. A tal fin, facultase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13- Fijar el día 30/10/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14- Señalar el día 30/11/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/02/2027 para la presentación del Informe General. 15- Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16- Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17- Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18- Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado síndico la CPN Claudia Gabriela Gurman en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marco - Jueza.- Dra. María Marcela Romagnoli, Secretaria.

S/C 566423 Set. 8 Set. 14

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Por así estar dispuesto en los autos: “AMARILLA GABRIEL ARNALDO S/ QUIEBRA” CUIJ Nº 21-02063155-1, la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Viviana Naveda Marcó, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 26 de Agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de Gabriel Arnaldo Amarilla, argentino, D.N.I. Nº 28.217.103, CUIL/CUIT Nº 20-28217103-2, mayor de edad, con domicilio real en calle 4 de Enero 9336 y legal en calle 25 de Mayo 2476 - Planta Alta - Of 1º, ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 2°) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4°) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q. 5°) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6°) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7°) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8°) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9°) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10°) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B “, para el día 26/08/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11°) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12°) Fijar el día 16/10/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. A tal fin, facultase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13°) Fijar el día 02/11/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14°) Señalar el día 01/12/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 19/02/2026 para la presentación del Informe General. 15°) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 2l 172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 2)- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16°) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 17°) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18°) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. -Firmado Digitalmente: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza”. CONSTE: Que en el sorteo de Síndica realizado en día 26 de Agosto de 2026 para estos autos, resultó sorteado en Síndico C.P.N. EDGARDO P. MOSCHITTA con domicilio en AV. FACUNDO ZIVIRIA 3675 de esta ciudad. Dra. Marisa Wagner, Prosecretaria.

S/C 566424 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº l en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “FERNANDEZ, NATALI VALERIA SI QUIEBRA” - CUIJ 21-02053066-6, se ha presentado el Informe final y Proyecto de Distribución readecuados a la regulación de honorarios. El decreto que ordena esta publicación expresa: “SANTA FE, 26 de Agosto de 2026. Por presentado por la Sindicatura readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución que prescribe el art. 218 de la L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). SANTA FE, 26 Agosto de 2026. Delfina Machado, Prosecretaria.

S/C 566418 Set. 8 Set. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº I en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “NAVARRO TAMARA SOLEDAD S/ QUIEBRA” - CUIJ Nº 21-02050964-0, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución, como así también se han regulado los honorarios de los profesionales intervinientes. El decreto que ordena esta publicación expresa: “Santa Fe, 18 de Agosto de 2026. Por presentado informe final y póngase de manifiesto el proyecto de distribución. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art 218 de la LCQ. Pasen los autos a resolución a fin de regular los honorarios. Notifíquese. - Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó (Jueza). Otra resolución expresa: “Santa Fe, 18 de Agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados “NAVARRO TAMARA SOLEDAD S/ QUIEBRA, CUIJ 21-02050964-0, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, venidos para regular honorarios, Y CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1) Regular los honorarios del C.P.N. Fernando Miguel Altare en la suma de $3.137.421,02.- 2) Regular los honorarios de la Dra. Maria Victoria Natta en la suma de $1.344.609,01.- 3) Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. 4) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente regulación de honorarios y la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución, conforme la exigencia del art. 218 de la Ley Concursal.- Insértese, agréguese copia y hágase saber.- Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó (Jueza). Santa Fe, 24 de Agosto de 2026.

S/C 566416 Set. 8 Set. 9

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “ACUÑA, CRISTIAN FRANCO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - (EXPTE. CUIJ Nº 21-02063217-5 AÑO 2026), la siguiente resolución: “Santa Fe, 26 de agosto de 2026 (...) resuelvo: l. Declarar la quiebra de CRISTIAN FRANCO ACUÑA, DNI 42.242.744, de apellido materno Galiano, con domicilio real en calle Necochea 6680 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle San Jerónimo 1695 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que, dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 02/09/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 21/10/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 05/11/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 03/12/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 14/01/27 para la presentación del Informe General.19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). 21. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: 3091, correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Fdo: DR. MARCELO LEIZZA – Secretario – DR. RODRIGO URETA CORTEZ – Juez a/c.- Santa Fe, 27 de Agosto de 2026.

S/C 566413 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: “FERNANDEZ, MELINA ROSA S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02062622-1- AÑO 2026, la siguiente resolución: “Santa Fe, SANTA FE, 21 de Agosto de 2026 (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Melina Rosa Fernández, D.N.I Nº 36.586.959, argentina, de apellido materno Schoenfeld, con domicilio real en Ruta Provincial nº 1 km 29.700 SIC de Santa Rosa de Calchines, Provincia de Santa Fe, y domicilio legal en calle Francia nº 1661 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que, dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido... 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 26/08/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 14/10126 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 29110126 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 26/11/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 11/02127 para la presentación del Informe General...19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). 21. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: 5807 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Insértese. Hágase saber.” Fdo: Dr. Marcelo Leizza, Secretario. Dr. José Ignacio Pastores Juez A/C.

S/C 566414 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “SANCHEZ, GABRIELA ELISABET S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02058365-4), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 21/8/26.- AUTOS Y VISTOS ... RESULTA ... CONSIDERANDO ...RESUELVO: 1-Declarar la quiebra de GABRIELA ELISABET SANCHEZ, apellido materno GOROSTIDI, argentina, DNI Nº 29.560.545, soltera, mayor de edad, peluquera, domiciliado realmente en Pedro Catena 4359 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Avellaneda 3426 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o título anterior a la declaración de quiebra. Asimismo, procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF SA agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará. 11- Designar el día 26/8/26 a las 10:00 hs. para que tenga lugar el sorteo del Síndico de la lista de oficio. Comuníquese a sus efectos. 12- Fijar el día 8/10/26 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 23/10/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 24/11/26 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 12/2/27 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 17- Encomendar al Sindico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 de la LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.-“ FDO.: DEPETRIS (Juez)- OTRO DECRETO: Santa Fe, 27/8/26.- Habiendo resultado sorteado el síndico Gerardo Borda Bossana, con domicilio en Facundo Zuviría 3675 para intervenir en autos: “SANCHEZ, GABRIELA ELISABET S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02058365-4) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. - Fdo. RAMOS (Prosecretaria).

S/C 566410 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “SEGOVIA, LUCAS DARIO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02062922-0), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 25/8/26.- AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1-Declarar la quiebra de LUCAS DARIO SEGOVIA, apellido materno GALEANO, argentino, DNI N° 30.821.605, mayor de edad, empleado de MAFRALAC ALIMENTICIA S.R.L., domiciliado realmente en La Pampa 1566 de Monte Vera y constituyendo domicilio legal en calle Sara Faisal 1705 piso 10 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o título anterior a la declaración de quiebra. Asimismo, procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF SA agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará. 11- Designar el día 26/8/26 a las 10:00 hs. para que tenga lugar el sorteo del Síndico de la lista de oficio. Comuníquese a sus efectos. 12- Fijar el día 8/10/26 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 23/10/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas.

14- Señalar el día 24/11/26 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 16/2/27 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los, normado por el art. 89 de la LCQ. 17- Encomendar al Sindico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 de la LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.-“ FDO.: DEPETRIS (Juez)- OTRO DECRETO: Santa Fe, 27/8/26.-Habiendo resultado sorteada la síndico CPN María Eugenia Pellegrini, con domicilio en calle Juan de Garay 2855, para intervenir en autos “SEGOVIA, LOCAS DARIO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02062922-0), desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese.” - Fdo. RAMOS (Prosecretaria).

S/C 566409 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “ACOSTA, ROSA ERMELINDA S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ: 21-02060636-0) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: “Santa Fe, 19 de Agosto de 2026.-... AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.-Declarar la quiebra de ROSA ERMELINDA ACOSTA, argentina, DNI Nº 14.438.936, divorciada, jubilada de la ANSES, CUIL: 27-14438936-2, apellido materno VELAZQUEZ, domiciliada en calle Alfonsina Storni S/N -Desvío Arijón- de la localidad de San Jerónimo, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 9 de Julio Nº 1609 de esta ciudad de Santa Fe.- 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.- 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes.- 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.- 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.- 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.- 7-Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará.- 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.- 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora.- 10-Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin pe1juicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.- 11- Designar el día miércoles 26 de agosto de 2026 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe..- 12- Fijar el día miércoles 07 de octubre de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522).- 13- Señalar el día miércoles 11 de noviembre de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 16 de diciembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522.-15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de\acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 de la L.C.Q., con las únicas excepciones allí dispuestas. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Firmado Digitalmente. Dr.: Francisco José Depetris -Juez-OTRO DECRETO: SANTA FE, 27 de Agosto de 2026.- Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN MARIA DEL PILAR PIVA, domiciliada en calle Salvador del Carril Nº 1412, Planta Alta, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. -Firmado Digitalmente: Dra. MARIA DE LOS ANGELES RAMOS -Pro-Secretaria.

S/C 566408 Set. 8 Set. 14

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez, secretaría a cargo del Sandra Silvina Romero, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: “SALINAS, LUIS ALBERTO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA 21-02050943-8 en Santa Fe, 5 de Agosto de 2026: se ha ordenado lo siguiente: Téngase presente. De manifiesto por el término de ley el informe final y proyecto de distribución de fondos. Publíquense edictos. Notifíquese. -hágase saber. (Jueza) Ana Rosa Alvarez. Dra. Sandra Silvina Romero (Secretaria). Publicación sin cargo.- Rocio M. Bissutti, Prosecretaria.

S/C 566389 Set. 8 Set. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “RAMAYO, VALERIA NOELIA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - CUIJ Nº 21-02019975-7, se ha dictado la Res. 322, Tomo 2026, de fecha 10 de agosto de 2026, ordenando la Conclusión de la quiebra por pago total de la Sra. Valeria Noelia Ramayo, DNI Nº 34.828.054, Fdo.: DRA: ROMINA SOLIDAD FREYRE-Secretaria - DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS - Juez. Romina Freyre, Secretaria.

S/C 566366 Set. 8 Set. 9

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Nº 1, en lo civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: “ORELLANO, LUCIA MILAGROS S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (C.U.I.J. Nº 21-02057810-3, se ha dispuesto la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, a los efectos de hacer que ha sido designada como Sindica y ha aceptado el correspondiente cargo, la C.P.N. SONIA LUCIA DIAZ con domicilio en 25 de Mayo Nº 3407 de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, Tel.: 342-4522064 / 342-6305336; con horarios de atención a los señores acreedores para la verificación de sus créditos de lunes a viernes de 10 a 12 Horas, y 16 a 20 horas, haciendo hacer saber a los mismos que se ha fijado el día 8 de Octubre de 2026, como fecha hasta la cual podrán presentar las peticiones de verificación. - Para mayo recaudo se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone, que dice: “SANTA FE, 24 de agosto de 2026. Téngase presente la aceptación al cargo de Síndico efectuada por la CPN Sonia Lucía Díaz. Hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención, y la fecha hasta la que podrán insinuarse los acreedores... Notifíquese. Firmado: DRA. MARIA ROMINA KILGELMANN (Jueza). Delfina Machado, Prosecretaria. Santa Fe, 25 de Agosto de 2026.

S/C 566356 Set. 8 Set. 14

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Juez Iván Gustavo Di Chiazza, comunica por dos días que en los autos: “CASCO, MANUEL S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ Nro. 21-02052885-5, se ha presentado informe final, proyecto de distribución de fondos y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes “... se fijan los honorarios totales en la suma de $ 4.482.030,04 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 3.317.421,028 para el CPN Lucila Inés Pron y; 2º) $ 1.344.609,012 (9,4807808414 jus) para el Dr. Rubén Gabriel Villanueva ....” Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 25 de agosto de 2026. Daniela G. Piazzo, Secretaria.

S/C 566351 Set. 8 Set. 9

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De acuerdo a lo dispuesto en resolución de fecha 07 de AGOSTO de 2026, por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación del Distrito Judicial nro. 1 se hace saber que en los autos caratulados “PELLEGRI MILTON LUIS S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” Expte CUIJ 21-02063042-3, se ha procedido al sorteo del Síndico que Intervendrá en el proceso. Resulto designado Síndico el CPN HORACIO RAUL GERMANO con domicilio en calle San Martín 1635 de la ciudad de Santa Fe fijándose el día 01 de OCTUBRE de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, quien atenderá en su estudio de calle San Martín 1635 de la ciudad de Santa Fe de Lunes a Viernes de 16 a 20 hs. Cel. 342 5034397. Se fija el 13 de NOVIEMBRE de 2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de sus créditos y el 30 de DICIEMBRE de 2026 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que se presente el informe general. Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el Boletín Oficial. FDO. DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS (Juez) y DRA. ROMINA SOLEDAD FREYRE (Secretaria). Santa Fe, 25 de AGOSTO de 2025. El presente no tributa previo pago en virtud del 3er. Párrafo del art. 89 de la Ley 24522.

S/C 566348 Set. 8 Set. 14

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Por así estar dispuesto en los autos: MAURICIO AILIN GRACIELA S/ QUIEBRA” (CUIJ Nº: 21-02062479-2), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. Viviana Naveda Marcó, ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 18 de Agosto de 2026.- AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de Ailin Graciela Mauricio, apellido materno Roldan, argentina, soltera, D.N.I. 37.446.232, CUIL 27-37446232-1, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Estado de Israel Nº 4870, y legal en calle Alvera Nº 6024, ambos de la ciudad de Santa Fe. 2°) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3º) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes dé aquél. 4°) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q: 5°) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6°) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7°) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8°) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9°) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10°) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 19/08/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.-Asimismo, se librará oficio al Sanatorio Mayo a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber al Sanatorio Mayo que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12°) Fijar el día 08/10/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. A tal fin, facultase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo c6rrespondiente. 13º) Fijar el día 26/10/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14°) Señalar el día 24/11/26 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/02/27 para la presentación del Informe General. 15°) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio Ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17°) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18°) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. En fecha 24 de Agosto de 2026, se dispone prorrogar el vencimiento de los plazos: 1) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 26/08/2026 a las 10.00 hs: A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 2) Fijar como fecha hasta la cual podrán los acreedores presentar sus pedidos de verificación de créditos al Síndico el día 16/10/2026. 3) Fijar el día 02/11/2026, como fecha hasta la cual podrán efectuarse las observaciones a los créditos. 4) Fijar el día 01/12/2026, como fecha en la que el Síndico deberá presentar los Informes Individuales de los créditos. 5): Fijar el día 19/02/2027, como fecha en la que el Síndico deberá presentar el Informe General. Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese”. Conste que habiendo resultado sorteado el síndico C.P.N. Pacheco Huber Ignacio en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó – Jueza. María Marcela Romagnoli, Secretaria.

S/C 566427 Set. 8 Set. 14

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Por así estar dispuesto en los autos: ANDINO JORGELINA ANDREA S/ QUIEBRA - (Expte. Nº 21-02062946-8). La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. Viviana Naveda Marcó, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 13 de Agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1º) Declarar la quiebra de Jorgelina Andrea Andino, apellido materno Romano, argentina, soltera, D.N.I. Nº 28.150.441, CUIL Nro. 27-28150441-5, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Be/grano Nº 1561 de la localidad de Coronda, Provincia de Santa Fe, y legalmente en calle La Rioja Nº 3213 de la ciudad de Santa Fe. 2º) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4°) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q. 5°) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6°) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7°) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.. 8°) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9º) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10º) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B “, para el día 19/08/2026 a las 10. 00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.-Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender, la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12°) Fijar el día 08/10/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltese a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13º) Fijar el día 26/10/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14º) Señalar el día 24/11/26 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/02/27 para la presentación del Informe General. 15º) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio Ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17º) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18º) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.-“ FDO: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza. Conste que por Decreto de fecha 24/08/2026 se reprogramaron los plazos procesales: “SANTA FE, 24 de Agosto de 2026. Advirtiéndose en este estado que no se ha realizado el sorteo de Síndico fijado en la Resolución de fecha 13/08/2026, corresponde reprogramar los plazos procesales. A tales fines, se dispone: 1) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B “, para el día 26/08/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial; 2) Fijar el día 16/10/2026, como fecha hasta la cual podrán los acreedores presentar sus pedidos de verificación al Síndico, conforme lo establecido por el art. 200 L.C.Q.; 3) Fijar el día 02/11/2026, como fecha hasta la cual podrán efectuarse las observaciones a los pedidos de verificación; 4) Fijar el día 01/12/2026, como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los Informes Individuales de los créditos; 5) Fijar el día 19/02/2027, como fecha en la que el Síndico deberá presentar el Informe General. Notifíquese.- “ FDO: Dra. Viviana Naveda Marcó - Jueza. Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Ricardo Pedro Melini, en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó – Jueza. Dra. Marisa Wagner, Prosecretaria.


S/C 566426 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación, se hace saber que en los autos: ESCOBAR, IVAN EXEQUIEL S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA - (CUIJ Nº 21-02060893-2), se ha dispuesto: Santa Fe, 7 de agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de IVAN EXEQUIEL ESCOBAR, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 43.765.908, apellido materno ECHEVERRIA, con domicilio real en calle Chubut 6563, y legal en calle Amenabar 3066 - Dpto. 1; ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 13) Fijar el día 10 de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 24 de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 23 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 04 de diciembre de 2026 para la presentación del Informe General. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe”. Fdo. Dr. Pablo Silvestrini (Secretario); Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Se hace saber que el Síndico designado en autos es el CPN Guillermo Félix Spiller, con domicilio constituido en Pje. Remedios Escalada de San Martín 3416 de la ciudad de Santa Fe, número de teléfono 0341 2407160, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 17 hs; Pone a disposición el correo electrónico de su letrado patrocinante: usandizagamanuel@gmail.com. Santa Fe, 21 de Agosto de 2026. Sin Cargo Art. 273 inciso 8, Ley 24.522. Pablo C. Silvestrini, Secretario.


S/C 566653 Set. 8 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación, se hace saber que en los autos: “AVALOS, LUCIA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02061503-3), ha dispuesto: “Santa Fe, 11 de agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de LUCIA AVALOS, DNI 18.231.067, CUIL 27-18231067-6, apellido materno BORDA, domiciliada en calle Juan Díaz de Solís Nº 2597 y legalmente en calle Amenabar Nº 3066, Dpto. 1º, ambos de esta ciudad, ambos de esta ciudad. 13) Fijar el día 01/10/2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 19/10/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 16/11/2026. como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/02/2027 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Fdo. Dra. Verónica Toloza (Secretaria); Dr. Gabriel Osear Abad (Juez). Se hace saber que la Síndico designado en autos es la CPN Alicia Gladys Lantermo, con domicilio constituido en Pje. Remedios Escalada de San Martín 3416 de la ciudad de Santa Fe, número de teléfono 0341 2407160, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 17 hs. Pone a disposición el correo electrónico de su letrado patrocinante: usandizagamanuel@gmail.com. Santa Fe, 21 de Agosto de 2026. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.


S/C 566652 Set. 8 Set. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “ALEGRE, BRUNO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ N° 21-02062530-6), atento lo ordenado en fecha 19 de Agosto de 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Declarar la quiebra de Bruno Alegre, DNI Nº M8.618.645, de apellido materno Altamirano, jubilado de la Municipalidad de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Gorostiaga Nro. 4178, de Santa Fe y con domicilio procesal en calle Río Negro 4854 de esta ciudad. 2º) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3º)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4º)- Se hace saber que se ha fijado hasta el 23 de octubre de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5º) Se ha designado síndico al C.P.N. Luis Ramón Fernández, con domicilio constituido en calle Av. Juan José Paso 3248, de esta ciudad, y domicilio electrónico luis-fernandezvallejos@hotmail.com. Fdo: Dr. Francisco Depetris Juez a/c- Dra. Ma. Romina Botto - Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 26 de Agosto de 2026. Dra. María Romina Botto, Secretaria.

S/C 566425 Set. 8 Set. 14


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Número Uno, en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, secretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados “ORTIZ ALFREDO ERNESTO C/ VIDOZ FERRUCCIO LUCINIO Y OTROS S/ ORDINARIO” (expte CUIJ:

21-02018661-2), se ha dictado lo siguiente; “SANTA FE, 09 de Junio de 2026. AUTOS Y VISTO:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: I) Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por Alfredo Ernesto Ortiz respecto del inmueble inscripto al Tº 321 Impar, Fº 1208, Nº 8819 del Registro General de la Propiedad, PII Nº 10 11 05 1249540000 9 sito en calle Benjamín Lavaise Nº 2368 de la ciudad de Santa Fe descripto según el título como “un lote de terreno con todo lo en el plantado, clavado, edificado y adherido al suelo, ubicado en esta Ciudad, al Norte del Distrito Guadalupe, en el denominado Barrio Villa Maria Selva, con frente a la calle Benjamín Lavaise número dos mil trescientos sesenta y ocho, entre la Avenida Rivadavia y la calle San Luis, hoy República de Siria, determinado como lote número Veinticinco de la manzana número dos en el plano de mensura y división registrado en el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el número trescientos treinta y cuatro y compuesto el lote de terreno de nueve metros de frente al Sur, por treinta y cuatro metros treinta centímetros de fondo, formando una superficie de trescientos ocho metros setenta decímetros cuadrados, y linda: al Sur con calle Benjamín Lavaise; al Norte con parte del lote treinta; al Este, con parte del lote veinticuatro y al Oeste, con el lote veintiséis y fondos del veintinueve, todos de la misma manzana y plano” y, según plano de mensura Nº 221484 como “un lote de terreno con frente a la calle Benjamín Lavaise número dos mil trescientos sesenta y ocho, entre las calles Rivadavia y calle República de Siria; y compuesto el lote de terreno de ocho metros ochenta y un centímetros de frente al Sur, por treinta y cuatro metros treinta centímetros de frente al Sur, por treinta y cuatro metros treinta centímetros en su lado Oeste y treinta y tres metros noventa y dos centímetros en su lado Este, formando una superficie de trescientos metros treinta y siete centímetros cuadrados, y linda: al Sur con calle Benjamín Lavaise; al Norte con Parte Común PH; al Este, con Vignau Alfredo Emilio y con parte de Vignau Diego Matías y otros; y al Oeste, con Perrenoud Orlando A. y con parte de Zuvela Panceta A. “ (fs. 188), declarando justificada la posesión y consiguiente adquisición del dominio del inmueble a partir del 29 de marzo de 2005 por parte del actor. Previos recaudos de ley, ordenar la inscripción a nombre de Alfredo Ernesto Ortiz en el Registro General de la Propiedad. II) Imponer las costas en la forma establecida en los considerandos precedentes. III) Oportunamente, se regularán los honorarios de los profesionales intervinientes. Insértese el original, agréguese copia. Hágase saber. Notifíquese. “, Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó (Jueza). Santa Fe, 20 de Agosto de 2026. Dra. Marisa Wagner, Prosecretaria.

$ 400 566434 Set. 8 Set. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 6ta. Nominación en trámite ante la Oficina de Procesos Sucesorios, en los autos caratulados: “ESPINOSA, IRMA DELICIA S/ PROTOCOLIZACIÓN DE TESTAMENTO”, CUIJ N.º 21-02061065-1, se ha ordenado; Santa Fe, 05 de Agosto de 2026 Resérvese en Secretaría el sobre con testamento acompañado. Por presentado, domiciliado, y en el carácter invocado, acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por promovida protocolización de testamento ológrafo de Irma Delicia Espinosa. Se cita a audiencia del art. 677 CPCC, con citación al Sr. Agente Fiscal, a los herederos para el día 08 de Septiembre de 2026 a las 09:00 hs. A tales efectos, se publicarán edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. - Dr. GABRIEL ABAD, JUEZ.

$ 100 566378 Set. 8 Set. 10

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CÁMARA EN LO CONTENCIOSO


Por disposición de la Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe en autos caratulados; "DÓNING, JOSÉ LUIS C/MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA S/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO" Cuij 21-17479617-0 hace saber que, atento al fallecimiento del actor denunciado en autos, DÓNING, JOSÉ LUIS, se cita y emplaza a los herederos del mismo para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de diez (10) días, bajo apercibimientos de ley.

Asimismo, se hace saber que durante dicho plazo los representantes del actor continuarán con las gestiones del juicio, conforme lo dispuesto por el art. 47 del C.P.C. y C., aplicable por art. 1 de la Ley 11.330.

Publíquense los presentes edictos por el término y en la forma de ley.

Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. GABRIEL DI MARI (Secretario de Cámara) Dr. ENRIQUE OMAR ARAGÓN (Juez de Cámara)

$ 500 566494 Sep. 08 Sep. 21

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JUZGADO DE FAMILIA


El Juzgado Unipersonal de Familia Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Rubén A. Cottet (Juez). Secretaría de la Dra. Magdalena Cabal, en los autos caratulados "PARRONI DIEGO RAMON C/SANTOS, ALEJANDRA CELESTE S/DIVORCIO", CUIJ 21-10785132-9, cita, llama y emplaza a la Sra. ALEJANDRA CELESTE SANTOS, DNI Nº 39630101, para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley, haciéndole saber que se ha dictado el siguiente decreto que en su parte pertinente dice: "SANTA FE, 26 de Agosto de 2026. Atento lo manifestado, notifíquese a la Sra. SANTOS mediante edictos a publicarse por el término y bajo apercibimientos de ley en el Boletín Oficial y en lo dispuesto por el art. 67 del CPCC última parte.- Notifíquese.- Fdo. Rubén A. COTTET (Juez) – Magdalena CABAL (Secretaria)".

Publíquese por el término de ley en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y exhíbase en la tablilla del Tribunal (Art. 67 CPCC última parte). SANTA FE, 27 de Agosto de 2026. -

$ 150 566540 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición de la Abogada FABIANA SOSA FANONI - Juez A/C" Juzg. Unipersonal de Familia Nº 8 Secretaría de vulnerabilidad asociada de Santa Fe, en autos caratulados "SDNAYF C/BENITEZ MICAELA ALEJANDRA Y OTRO SIRESOLUCION DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL Y URGENTE Y CONTROL DE LEGALIDAD LEY 12.967" 21-10788288-7---se notifica por edicto a la Sra. BENITEZ MICAELA ALEJANDRA D.N.I. 42,613,119 con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos por 4 días. "SANTA FE, 1 de septiembre de 2026. AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados SDNAYF Y OTROS C/BENITEZ, MICAELA ALEJANDRA S/RESOLUCIÓN DEFTNITIV A DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL CON SUGERENCIA DE DECLARACIÓN EN ESTADO DE ADOPTABILIDAD Y CONTROL DE LEGAL1DAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 CUIJ 21-10788288-7 (...) RESULTA (...) CONSIDERANDO (…) RESUELVO: 1. Declarar la legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada mediante Disposición Administrativa 037 de fecha 2 de marzo de 2026 respecto de Tobías Maximiliano Benítez, DNI 70.551.956. 2. Declarar a Tobías Maximiliano Benítez, DNI 70.551.956, nacido el 5 de marzo de 2025, en situación de adoptabilidad. 3. Disponer que, firme la presente, se libre oficio al Registro Único de Aspirantes a Guarda con ·Fines Adoptivos de la Provincia de Santa Fe para que, dentro del plazo de cinco días, remita los legajos seleccionados de postulantes en condiciones de asumir la guarda con fines de adopción, debiendo contemplarse prioritariamente la posibilidad de adopción conjunta de Tobías con sus hermanos Bayron Emanuel Albarracín y Jeremías Nereo Albarracín y, subsidiariamente, propuestas idóneas para garantizar la preservación efectiva y sostenida del vínculo fraterno. Hágase saber que las actuaciones quedan a disposición del Registro para su consulta. 4. Requerir a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia que, dentro del plazo de cinco días, acompañe un informe actualizado sobre la situación integral de Tobías, su estado de salud, condiciones de alojamiento y vinculación con sus hermanos, y que continúe garantizando los encuentros fraternos mientras se sustancia la etapa posterior. 5. Disponer que la sentencia sea notificada a Micaela Alejandra Benítez mediante edictos en el Boletín Oficial, sin perjuicio de toda otra diligencia que permita hacerle conocer efectivamente lo resuelto. 6. Notificar a la Defensoría General en lo Civil 2, al Dr. Martín Buschiazzo en su carácter de abogado del niño y a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Protocolizar y hacer saber. Oportunamente, archivar. Dr. Antonio Fabián González Abogada FABIANA SOSA FANONI Secretario Jaeza" ''Firmado: Dr. Antonio Fabián González Secretario Abogada FABIANA SOSA FANONI Jueza Subrogante" Lo que se publica en el Boletín Oficial.-

S/C 566621 Sep. 05 Sep. 14

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Juzgado Unipersonal de Familia Nro. 9 de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: GALARZA, VIVIANA NOEMI C/MEDINA, MAURO MANUEL S/CUIDADO PERSONAL DE LOS HIJOS 21-10789811-2, se cita al Sr. MEDINA, Mauro Manuel, DNI 29.354.118, para que comparezca a los presentes actuados, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Luciana RODRIGUEZ (Secretaria).-Santa Fe, 23 de Julio de 2026.

$ 100 566625 Sep. 08 Sep. 10

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación, se hace saber que en los autos "MASSERONI, MARIA KARINA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ: 21-02063014-8).- se ha dispuesto: Santa Fe, 19.08.2026. RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de MARIA KARINA MASSERONI, argentina, DNI Nº 24.943.448, CUIL 27-24943448-0, soltera, docente dependiente del Ministerio de Educación, apellido materno FERREYRA, domiciliada en calle Pasaje Formosa Nº 4443 de esta ciudad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Pasaje Rawson Nº 6214 de esta ciudad de Santa Fe.- 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.- 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes.- 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.- 5-Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.- 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.- 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará... 11- Designar el día miércoles 26 de agosto de 2026 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. 12- Fijar el día miércoles 07 de octubre de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). - 13- Señalar el día miércoles 11 de noviembre de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 16 de diciembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal).

Se hace saber que el Síndico designado es la CPN Gloria C. Barroso, con domicilio en calle Necochea 5383 de la ciudad de Santa Fe, fijando atención los días lunes a viernes de 9 a 15 horas (donde deberán presentarse los pedidos de verificación). Fdo.: DR. FRANCISCO JOSE DEPETRIS, Juez.

S/C 566543 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición de la Jueza de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "SOLIS, PEDRO MARTIN S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (Expte. CUIJ Nº 21-02063410-0), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 28 de agosto de 2026. VISTOS: ..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Pedro Martín Solis, apellido materno Ocampo, DNI Nº 25.904.104, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Pedro Espinoza 6524 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle San Jerónimo 1786 2° A de esta ciudad. 2) Decretar la inhibición general del fallido para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 3) Disponer corno fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará corno Síndico el día miércoles 02 de septiembre de 2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 29 de septiembre de 2026 corno fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 01 de febrero de 2027 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 12 de marzo de 2027 para que presente el informe general. 12) Disponer la realización de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto octavo. 13) Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 28 de agosto de 2026. Secretario.

S/C 566524 Sep. 08 Sep. 14


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. Celina M. Gonzalez Lowy, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: "FERNANDEZ, DANIELA CARINA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ 21-02063644-8), en fecha 27/08/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de DANIELA CARINA FERNANDEZ, DNI 23.925.369, CUIL 27-23925369-0, domiciliada en Bº Las Flores 2, Monoblock 15 - departamento-751 – Piso l- escalera 44 de la ciudad de Santa Fe y con domicilio procesal constituido en San Jerónimo 1786, 2 A de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 23 de octubre de 2026. Secretaría, 27 de agosto de 2026. Celina Gonzalez Lowy, Secretaria.

S/C 566525 Sep. 08 Sep. 14

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. Celina M. Gonzalez Lowy, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: "ROLDAN, VERONICA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ 21-02060731-6), en fecha 27/08/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de VERONICA VANINA ROLDAN, DNI 29.834.110, CUIL 27-29834110-2, domiciliada en Ayacucho Nº 5634 de la ciudad de Santa Fe y con domicilio procesal constituido en 4 de Enero Nº 1148, Dto. 3 "A" de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 23 de octubre de 2026. Secretaría, 27 de agosto de 2026. Celina Gonzalez Lowy, Secretaria.

S/C 566526 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición de la Señora Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "GODOY, LORENA GUADALUPE S/ PEDIDO DE QUIEBRA" (Expte. CUIJ Nº 21-02058867-2), se ha resuelto lo siguiente: "Santa Fe, 27 de Agosto de 2026. VISTOS:... CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1) Aclarar el pronunciamiento de fecha 23 de abril de 2026, rectificándose las siguientes fechas: Fijar el día 28 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico.; Fijar el día 1O de diciembre de 2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 22 de febrero de 2027 para que presente el informe general. 2) Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. [...]" FDO: Dra. Sandra S. Romero (Secretaria) - Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza)". Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en la sección Edictos Digitales de la página web del Poder Judicial de Santa Fe (Acuerdo del 11/02/2025 - Acta Nº 3). Santa Fe, 27 de Agosto de 2026. Secretaría, Sandra Silvana Romero.

S/C 566527 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición de la Jueza de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "CHELINI, WALTER OSVALDO S/PEDIDO DE QUIEBRA" 21-02059471-0, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 27 de agosto de 2026. RESUELVO: 1) Aclarar el pronunciamiento de fecha 12 de mayo de 2026, rectificándose las siguientes fechas: el día 28/10/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico; el día 10/12/26 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 22/02/2027 para que presente el informe general. 2) Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 27 de agosto de 2026. Secretaria, Sandra S. Romero.

S/C 566528 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos "GAMARRA, ALEXIS MAXIMILIANO S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ 21-02062969-7) se ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 07 de Agosto de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1. Declarar la quiebra de Alexis Maximiliano Gamarra, DNI 42.569.315, de apellido materno Gamarra, con domicilio real en calle Eva Perón s/n de la localidad de Coronda y domicilio legal en calle La Rioja 3213 de esta ciudad. 10. Fijar el día 01/10/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 16/10/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 13/11/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 25/12/2026 para la presentación del Informe General.". Firmado Dr. Javier Deud, Juez A/C

La síndica designada es la CPN MONICA IRMA BRESSAN, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martín 3416 de la ciudad de Santa Fe, y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs.

Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que se recepcionarán igualmente en formato digital a través del siguiente correo monicabressan@gurfinkel.com.ar 25/08/26 Dra. Ma. Alejandra Galiano, Secretario.

S/C 566529 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos "SOLIS, RAUL EXEQUIEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ: 21-02062647-7) se ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 07 de Agosto de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO ... RESUELVO 1) Declarar la Quiebra de Raul Exequiel Solis, DNI 33.361.871, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en Calle 25 de Mayo 268 de Arocena, San Jerónimo, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle General Lopez Nº 2973 - Planta Alta -, de esta ciudad de Santa Fe. 10) Fijar el día 29.9.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Designar el día 11.11.2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos o el día hábil inmediato posterior sí resultare feriado y el día 23.12.2026 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el informe general." Firmado: Dr. José Ignacio Lisazoain (juez).

Se hace saber que se ha designado como sindico a la CPN MONICA CRISTINA DI IORIO con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martín 3416, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3412413997

Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que se recepcionarán igualmente en formato digital a través del siguiente correo monicadiiorio@gurfinkel.com.ar Nestor A. Tosolini, Secretario.

S/C 566531 Sep. 08 Sep. 14

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Autos: "MENDOZA HERNAN GABRIEL S/QUIEBRA" (CUIJ nº 21-02043841-7) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos tres millones ciento treinta y siete mil cuatrocientos veintiuno con nueve centavos ($3.137.421,09) (más 10% aportes); Honorarios abogado del fallido: un millón trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos ocho con noventa y cinco centavos ($1.344.608,95) (más 13 % de aportes). Santa Fe,19 de agosto de 2026.- Sin Cargo Art. 273 inciso 8, Ley 24.522

S/C 566532 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos "ARCE, ARACELI NOELIA S/QUIEBRA" (CUIJ Nº 21-02062075-4- AÑO 2026, la siguiente resolución: "Santa Fe, 27 de agosto de 2026 (...) resuelvo: l. Declarar la quiebra de Araceli Noelia Arce, DNI 34.116.157, de apellido materno Arce, con domicilio real en calle Carrasco 9270 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle Crespo 3350, Piso 4, Dpto B de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que, dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría "B" para el 09/09/2026 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 28/10/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 12/11/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 10/12/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 21/01/2027 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). 21. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: 5306 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Insértese. Hágase saber.” Fdo. Dr. Ureta Cortez (juez a/c). Sta fe, 28/08/26.- Marcelo D. Leizza, Secretario

S/C 566496 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos "SUAREZ, ROBERTO FEDERICO S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (Expte. Nº 21-02062427-9 AÑO 2026), la siguiente resolución: "Santa Fe, 27 de agosto de 2026 (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de ROBERTO FEDERICO SUAREZ, DNI. Nº 32.550.473, de apellido materno Cabral, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Calle De Pallares Nº 8234 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y legalmente en calle Amenábar Nº 3066, Dpto. 1° de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que, dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría "B" para el 09/09/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 28/10/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 12/11/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 10/12/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 26/02/27 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema del Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). 21. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: 2766, correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes que así lo soliciten.” Fdo: DR. MARCELO LEIZZA – Secretario – DR. RODRIGO URETA CORTEZ – Juez a/c – Sta. Fe, 28/08/26.- Marcelo D. Leizza, Secretario


S/C 566497 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: "SANCHEZ MAXIMILIANO S/QUIEBRA", CUIJ Nº 21-26172074-1, se ha dispuesto : 1) "Declarar, la quiebra del Sr. SANCHEZ MAXIMILIANO, DNI: 35.023.127, argentino, mayor de edad, empleados del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en Diputado Nacional Mario Migno Nro. 2369 y constituyendo domicilio procesal en calle Nicasio Oroño Nro. 2732 ambos de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe 9) Fijar hasta el día 17 de Septiembre de 2026 inclusive(o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ; 10) Señalar el día 18 de Septiembre de 2026 al 06 de Octubre de 2026, el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200).12) Para que el Síndico presente al Juzgado el Informe Individual (Art. 35 LCQ) de cada solicitad de verificación en particular señalase el día 02 de Noviembre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el informe general (Art. 39 LCQ), el 21 de Diciembre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Se hace saber que el Síndico Designado en Autos es el C.P.N. Izquierdo Rodrigo Martín quien constituye domicilio en calle Independencia 2037 de la ciudad de San Javier y domicilio electrónico en cpn.rodrigoizqulerdo@gmail.com.ar, con atención al público de Lunes a Viernes de 7 a 13 horas.- Fdo. Dr. Julio F. Migno (Juez), Dr. Diego Escudero (Secretario).- San Javier, 27/08/26. Dra. Gabriela Vouilloz, Prosecretaria.

$ 1 566493 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Juzgado de Circuito de Gálvez, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Candela Powell (Jueza) y Secretaría de la Dra. Ana Hergui en los caratulados GIROLA LAURA SUSANA Y OTROS C/RAMBALDO HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA (ORDINARIO) 21-22848969-4 se ha ordenado NOTIFICAR a la parte demandada y se ha dictado del siguiente decreto "GALVEZ, 14 de agosto de 2026 Proveyendo cargos Nº 2398 y 2399: Cumplimentado con lo requerido, se provee: Por promovida DEMANDA POR PRESCRJPCION ADQUISITIVA, la que tramitará por vía de juicio ordinario, contra RAMBALDO HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MAGDALENA FRITTOLI DE BIAGIONI y/o Magdalena Josefina Agustina Juana Frittoli de Biagioni y/o Magdalena Josefa Agustina Juana Frittoli de Biagioni; ANGELICA ISABEL MARIA MAGDALENA BIAGIONI; ARMANDO RAFAEL FRANCISCO BIAGIONI; NELIDA MARTA BIAGIONI- MIGUEL ANGEL ENRIQUE BIAGIONI y/o contra y/o sus herederos o sucesores y/o quienes resulten propietarios o se consideren con derechos sobre el inmueble inscripto al Tomo 74 Impar, Folio 30, Nº 1903, Año 1946 y Tomo 53, Folio 554, Número 25423, Año 1965, Departamento San Jerónimo. identificados en las partidas de Impuesto Inmobiliario Nº 11-08-00-145821/0014-4, ubicado en la ciudad de Gálvez. Cítese y emplácese a los accionados para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Gálvez para que comparezcan si hubiera interés fiscal comprometido. Notifíquese por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial (Ley 11.287) y en la página web del Poder Judicial (Acta Nº 3, Acuerdo CSJ de fecha 11/02/2025) por el término y bajo apercibimiento de Ley. A los fines de la notificación a los titulares registrales y/o herederos y/o sucesores vivos, líbrense oficios a los Juzgados correspondientes. Imprímase al presente el trámite contemplado por el art. 597 CPCC. Oportunamente, ordenado que sea el traslado de la demanda, procédase a ANOTAR como LITIGIOSO el inmueble objeto de autos y de conformidad a lo dispuesto por el art. 1905 del C.C. y C.N, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Constitúyase al/la profesional presentante como depositario judicial de la documentación adjunta bajo su responsabilidad y en carácter de declaración jurada. La misma podrá ser solicitada por el Juzgado para su presentación en original. Córrase vista a API a fines que se expida sobre la reposición de la demanda. Notifíquese por cédula.". Firmado digitalmente DRA. CANDELA POWELL: Jueza DRA. ANA HERGUI: Secretaria -.19/08/26


$ 400 566510 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la publicación del presente a los fines de notificar a: JUAN PABLO MALDONADO, DNI 01. 01.940.178 del decreto que seguidamente se transcribe, dictado en los autos: "VISENS, NESTOR ENRIQUE Y OTROS C/MALDONADO JUAN PABLO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ N° 21-02059126-6, de trámite ante el Juzgado antes mencionado sito encalle San Jerónimo 1551 de esta ciudad, a saber: "SANTA FE, de Agosto de 2026. Advertido que el presente juicio ha sido iniciado por Néstor E. Visens y Cándida Blanca López, líbrese oficio a la MEU para que tome razón, atento que en la foja cero sólo ha sido consignado un solo nombre. Asimismo, y sin perjuicio que deberá cumplimentar lo ordenado en autos respecto al edicto que se acompañara en su oportunidad (12/05/2026), cítese y emplácese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. A tal efecto, publíquense edictos por el término de ley. Intímese a la Municipalidad de Gálvez para que manifieste si tiene interés fiscal en las presentes actuaciones. Notifíquese. Fdo: DRA. MERCEDES DELLAMÓNICA, Secretaria.”


$ 600 566512 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos "CONDE, MONICA ISABEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (J)" (CUIJ 21-02061847-4) se ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 18 de Agosto del 2026. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de MÓNICA ISABEL CONDE Argentina, D.N! Nº14.159.372, CUIIL: 27-14159372-8 apellido materno Pizarra, estado civil viuda, beneficiaria previsional de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, domiciliada según dice en Las Flores 127, Monoblock 5 y constituyendo domicilio legal en calle Primera junta Nº2506 Piso 6 Oficina 2, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 12- Fijar el día lunes 28 de septiembre de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522).- 13- Señalar el día viernes 13 de noviembre de 2026, como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día martes 02 de febrero de 2027 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal).",-Firmado por Dr. FRANCISCO JOSE DEPETRIS -juez.

El síndico designado es el CPN EDGARDO AMERICO MANGIAMELI, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martín 3416 de la ciudad de Santa Fe, y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs.

Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que se recepcionarán igualmente en formato digital a través del siguiente correo edgardomangiameli@gurfinkel.com.ar


S/C 566514 Sep. 08 Sep. 14


Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: "CUEVAS, NOEL BRUNO MATIAS S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" CUIJ 21-02060727-8, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la DÉCIMA Nominación de la ciudad de SANTA FE, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. MARÍA ROMINA KILGELMANN (Jueza), se hace saber a usted/es por 05 (CINCO) días publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que CPN Jose Ernesto Pedro, es designado Sindico en autos quien atenderá a los acreedores e interesados es de Lunes a Viernes de 09:00 a 12:00 hs. y de 17:00 a 20:00 hs. en el domicilio legal Angel Cassanello 680 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, también se han fijado las fechas verificación de créditos, informe individual e Informe General.

A continuación, se transcribe la parte pertinente de la Resolución que así lo ordena: "Santa Fe, 03 de Julio de 2026. AUTOS Y VISTOS: .... CONSIDERANDO RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de CUEVAS, NOEL BRUNO MATIAS, DNI 37.285.189, CUIL 23-37285189-9, apellido materno DUARTE, domiciliado en calle Gorostiaga Nº 4245 y con domicilio procesal constituido en Amenabar Nº 3066, Dpto. 1º, ambos de la ciudad de Santa Fe; 10) Fijar el día 10 de Septiembre de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, 11) Fijar el día 27 de Octubre de 2026, como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos, y el 14 de Diciembre de 2026 o el día hábil inmediato posterior para que presente el informe general. Notifíquese: Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann. Jueza.- Santa Fe, 27 de Agosto de 2026. Delfina Machado, Prosecretaria.

S/C 566516 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez), Secretaría del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, en los autos caratulados: "BLANCHE, RAMONA MARIA LAURA C/ALLIGNANI, CRISTOBAL OSCAR Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS" - EXPTE. CUIJ 21-02042134-4, se ha dispuesto a citar y emplazar por edictos a los herederos y/ o sucesores de Cristóbal Oscar Allignani, CUIT 20-08618082-1 y/o CUIL 20-08648082-5, a fin de que comparezcan en dichos autos a hacer valer sus derechos dentro del término de 10 días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía y continuar con el trámite del proceso sin su participación (art. 597 C.P.C.C. de Santa Fe).-

$ 100 566563 Sep. 08 Sep. 10

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados CORDOBA, ROBERTO ADRIAN S/ PEDIDO DE QUIEBRA 21-02037092-8, hace saber lo siguiente: "SANTA FE, 25 de Agosto de 2026 VISTOS: ...CONSIDERANDO: RESUELVO: Declarar la conclusión de la quiebra de Roberto Adrián Cordoba, DNI Nº 36.656.437, con /os efectos de los artículos 227 y 228 de la ley nº 24.522 y su modificatoria ley nº 26.684, dando por concluida la intervención de la Sindicatura. Estando acreditados los aportes de los profesionales intervinientes con las conformidades de Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Económicas, disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose tos oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de fa finalización de este proceso concursal. 3. También, previo cumplimiento de lo anterior, ordenar la publicación por dos días de esta resolución mediante edictos en el Boletín Oficial y oficiar al Registro de Procesos Concursa/es a sus efectos. Encomiéndese a la Sindicatura y/o apoderado del fallido su diligenciamiento. Regístrese, hágase saber. DRA. ROMINA SOLEDAD FREYRE Secretaria DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS Juez. BENEFICIO DE GRATUIDAD LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS. Santa Fe, 28/08/26. Romina Freyre, Secretaria.

S/C 566570 Sep. 08 Sep. 14

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados "GONZALEZ ANDRES IVAN s/Quiebra", Cuij Nº 21-02052075-9, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 2DA. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha puesto de manifiesto EL INFORME FINAL Y PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ) y REGULACION DE HONORARIOS: la suma de $ 3.137.421,02 a la CPN Ma. Cecilia Arietti y la suma de $ 1.344.609,01 a la Dra. Luisina Borghello. Notifíquese. Firmado: Dr. Silvestrini, Secretario.


S/C 566575 Sep. 08 Sep. 09

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Por disposición del Señor Juez, Dr. Javier F. Deud, a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Décimo Segunda Nominación, ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: "MERCANTE, CLAUDIA ANDREA C/GUIDOTTI, ANGEL Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA", CUIJ Nº 21-15796217-2, se ha ordenado la publicación de los edictos citatorios, que reza: "En la ciudad de Santa Fe y en la fecha asignada por el SISFE se provee: Atento a no haber comparecido a estar a Derecho, declárase rebelde a los codemandados Sr. ANGEL GUIDOTTI y/o sus herederos o sucesores; y al Sr. JORGE RICARDO GAUNA y/o sus herederos o sucesores. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Para sorteo de Defensor de ausentes de la misma, fijase audiencia para el día 30/09/2026 a las 09:00 horas. Notifíquese", Fdo.: Dra. Silvina l. Diaz (Secretaria), Dr. Javier F. Deud (Juez).-

Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. - Santa Fe, 26 de Agosto de 2026.-


$ 100 566620 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “STEFANUTTI, SUSANA NARCISA S/SUCESORIO” (Expte. CUIJ Nº 21-02062574-8 – AÑO 2026), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Susana Narcisa STEFANUTTI, DNI Nº 6.332.831, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial (Fdo. DR. GUILLERMO ADRIAN VALES, Juez).


$ 45 Sep. 08


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe; en autos GARCIA, HORACIO CLAUDINO S/ SUCESORIO CUIJ 21-02061170-4 ; se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de HORACIO CLAUDINO GARCIA, L.E. Nº 6.331.199 fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe en fecha 31/08/2013, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Edictos en el Hall de Tribunales y Boletin Oficial. Santa Fe, Mayo de 2026. FIRMADO: DR. GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez). Santa Fe, Mayo de 2026.

$ 45 Sep. 08

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N°19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nom. de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados "CORBOZ FIDELMINO Y MIGUEL ODILA JOSEFA S/SUCESORIO” CUIJ 21-28925670-6 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Fidelmino CORBOZ DNI 2.392.487 y Odila Josefa MIGUEL DNI F6.321.867 para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Secretaria.

$ 45 Sep. 08

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial 13ra. Nom.) en autos caratulados “ROTSCHY, ANA MARIA OTILIA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” CUIJ 21-02063130-6, se cita, se llama, y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de, ROTSCHY, ANA MARIA OTILIA D.N.I Nº F4.221.277, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial. - Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez).

$ 45 Sep. 08


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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe; en autos GARCIA, HORACIO CLAUDINO S/ SUCESORIO CUIJ 21-02061170-4 ; se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de HORACIO CLAUDINO GARCIA, L.E. Nº 6.331.199 fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe en fecha 31/08/2013, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Edictos en el Hall de Tribunales y Boletin Oficial. Santa Fe, Mayo de 2026. FIRMADO: DR. GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez).-Santa Fe, Mayo de 2026.

$ 45 Sep. 08


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El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 8va NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE, a cargo del Juez lván Gustavo Di Chiazza, comunica por dos días que en los autos: GONZALEZ, VICTOR JOSE S/ PEDIDO DE QUIEBRA CUIJ Nro. 21-02053846-2, se ha presentado informe final, proyecto de distribución de fondos y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes "Conforme lo normado por los Arts. 218, 265 inc. 4º, 266 y 267, se fijan los honorarios totales en la suma de $ 4.482.030,04 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 3.317.421,028 para el CPN Lucila Inés Prono; y 2º) $ 1.344.609,012 (9,4807808414 jus) para el Dr. Nicolas Maximiliano Brotzmann " Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Santa Fe,..... de de 2026. Secretaria.

S/C 566422 Sep. 8 Sep. 9

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (OTS) -Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “RAVELO, ALEJANDRA CRISTINA Y OTRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (Expte. CUIJ Nº 21-02062020-7), se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de los causantes, Doña ALEJANDRA CRISTINA RAVELO, D.N.I. N° 21.563.021, fallecida el día 02 de Diciembre de 2015 en la ciudad de Santa Fe y Don MARIO ALCIDES WALDEN, D.N.I. N° 16.630.158, fallecido el día 22 de Septiembre de 2017 en la ciudad de Santa Fe, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el Boletín Oficial y en la Sede Judicial respectiva.- Fdo.: Dr. Guillermo Adrián Vales (Juez).- Santa Fe, 08 de Septiembre de 2026.-

$ 45 Sep. 8

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13 Nominación de esta Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el cual dichos autos se encuentra radicado en la Oficina de Procesos Sucesorio, STREIGER, MIRTHA LEONOR S/ SUCESORIO 21-02062184-9 Año 2026 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de STREIGER, MIRTHA LEONOR, D.N.I. F4.614.828 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el LUGAR HABILITADO por la Corte Suprema de Justicia. Santa Fe,... de Septiembre de 2026.


$ 45 Sep. 8

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral Nº 18, 2da. Nominacion de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. COLOMBO, Edgardo Ricardo, DNI Nº 14.356.290, para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos en los autos caratulados COLOMBO, Edgardo Ricardo S/ SUCESORIO – CUIJ Nº 21-29036089-4, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y exhíbanse en el Hall del Juzgado (Art. 2340 del CCCN). San Justo, de Agosto de 2026. Fdo. Dra. Susana Carolina CARLETTI - Secretaria.

$ 45 Sep. 8


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Santa Fe), en autos caratulados “MONTICELLI, SILVIO ALBERTO S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-02063788-6), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MONTICELLI, SILVIO ALBERTO D.N.I.: 14.558.060, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. FDO.: DR.GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez).

$ 45 Sep. 8

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 19 -DENOM. ANTERIOR Ref. Ley 14264-, de la ciudad de Esperanza, se notifica a la Sra. Susana Graciela Vallejos, D.N.I Nº 20.748.839, que en los autos caratulados: "MUTUAL DEL CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA C/ ALBORNOS, ELIAS MARCELO Y OTROS S/ JUICIOS EJECUTIVOS - (Expte. C.U.I.J. Nº 21-22702892-8), de trámite ante dicho Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: "ESPERANZA, 24 julio de 2026.- Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde a la demandada. Notifíquese. Fdo. Dra. Virginia lngaramo (Juez a/c) - Dra. Victoria Lang (Secretaria)".- Diligenciado, sírvase devolverlo con constancias de lo actuado. Salúdole muy atte... Esperanza, 19 de agosto de 2026. Dra. Victoria Lang Sceretaria.

$ 100 566551 Sep. 8 Sep. 10

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (juzgado de 1° instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13era. Nominación), de esta ciudad de Santa Fe,en los autos caratulados "CARRIEL, ALBERTO MELQUIADES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ N°21-02063439-9 , se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ALBERTO MELQUIADES CARRIEL, D.N.I N.º M6.225.748, que se consideren con derecho a bienes dejados por el fallecimiento del causante: para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. A mayor abudamiento se transcribe el decreto que asi lo ordena: ...“ Santa Fe, 31 de Agosto de 2026: Fecho, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial, los que deberán ser acompañados por SISFE -sin escrito- con la respectiva reposición de ley para su diligenciamiento por Secretaría el forma digital”. – Fdo: Dr. GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez)

$ 45 Sep. 8

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (inicialmente radicado por sorteo de la M.E.U. en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados “BRANCATTO, VILMA DELKYS S/ PROTOCOLIZACIÓN TESTAMENTO” CUIJ: 21-02062567-5, año 2026, se ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 11 de Agosto de 2026. Resérvese en Secretaría el sobre con testamento acompañado. Por promovida protocolización de testamento ológrafo de Vilma Delkys Brancatto. Se cita a audiencia del art. 677 CPCC, con citación al Sr. Agente Fiscal, a los herederos para el día 29 de septiembre de 2026 a las 10: hs. A tales efectos, se publicarán edictos en el Boletín Oficial. A los fines del sorteo de un perito calígrafo se oficiará a la Secretaría de la Presidencia de la Cámara. Notifíquese. Firmado digitalmente: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez)”.

$ 45 Sep. 8

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro 15 en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela Barrera, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LEGUIZAMON MARCELINO SEBASTIAN , DNI Nro. M6.308.815, con ultimo domicilio en calle Santa Fe 915 de la Localidad de Gregoria Pérez de Denis, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan, acrediten y hagan valer sus derechos dentro de los 30 días en los autos caratulados: “LEGUIZAMON MARCELINO SEBASTIAN S/SUCESORIO” CUIJ 21-26216324-2 . Publíquese los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado de Septiembre de 2026. Fdo. Dra, Marcela Barrera, Secretaria, Dr. Federico A. Acuña, Juez.--

$ 45 Sep. 08

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro 15 en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela Barrera, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FERNANDEZ ADOLFO GERVASIO , DNI Nro. M6.345.707, con ultimo domicilio en calle Republica de Cuba Nro 2100 de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan, acrediten y hagan valer sus derechos dentro de los 30 días en los autos caratulados: “FERNANDEZ ADOLFO GERVASIO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26216654-3 . Publíquese los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado de Septiembre de 2026. Fdo. Dra, Marcela Barrera, Secretaria, Dr. Federico A. Acuña, Juez.

$ 45 Sep. 8


Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro 15 en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela Barrera, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LOPEZ ADELINA FIDELFINA , DNI Nro. F4.147.680, con ultimo domicilio en calle Mendoza s/n de la ciudad de Villa Minetti, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan, acrediten y hagan valer sus derechos dentro de los 30 días en los autos caratulados: “LOPEZ ADELINA DIDELFINA/ SUCESORIO” CUIJ 21-26216652-7 . Publíquese los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado de Septiembre de 2026. Fdo. Dra, Marcela Barrera, Secretaria, Dr. Federico A. Acuña, Juez.--


$ 45 Sep. 8

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por encontrarse dispuesto en autos caratulados "ISLA BIBIANA MELISA C/GERARDO HELIO PONSO Y OTROS S/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES (CUIJ 21-26266800-9)" que tramitan ante Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, secretaria a cargo del Dr. JULIAN DAVID TAILLEUR, se ha dispuesto la publicación del presente edicto. "SAN JORGE, 24/08/2026. Proveyendo escrito cargo Nº 23132: agréguese. Encontrándose acreditado el fallecimiento del demandado, señor PONSO, GERARDO HELIO, en los términos del artículo 597 del Código Procesal Civil y Comercial, cítese a sus herederos de conformidad a lo dispuesto por el artículo 73 de dicho cuerpo normativo para que comparezcan a estar a derecho. (...) Notifíquese. - Fdo. DR. JULIAN DAVID TAILLEUR, Secretario. DR. DANIEL MARCELO ZOSO, Juez." San Jorge, 27/08/26.


$ 52,50 566517 Sep. 08 Sep. 10

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil. Comercial y Laboral Primera Nominación de la Ciudad de Ceres, Departamento San Cristóbal. Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “VANETTI ALDO WALTER C/ LLULL NADAL S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (CUIJ 21-28805608-8), se ha dispuesto lo siguiente: CERES, 29 de mayo de 2026. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Intímase para que acompañe constancia de pago de foja cero, en el plazo y bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de ello: Atento a constar en autos el fallecimiento del titular registral Sr. Llull NADAL, téngase por iniciada formal demanda de Prescripción Adquisitiva, la que se le imprimirá el trámite ordinario, contra herederos y/o sucesores del Sr. Llull NADAL. Cítese y emplácese por edictos a publicarse en los Estrados de estos Tribunales y BOLETÍN OFICIAL (art. 67 del C.P.C.yC.), a la demandada y a los que se consideren con derecho al inmueble indicado. para que hagan valer sus derechos, por el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley. Asimismo, cítese a la Municipalidad de Ceres y a la Provincia de Santa Fe, para que dentro del término de 20 días comparezcan a estar a derecho. si hubiere interés fiscal comprometido, bajo apercibimientos de ley. Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines solicitados. Autorícese al peticionante al diligenciamiento. Procédase a la inscripción como litigioso el inmueble objeto de la presente acción (art. 1905, CCyCN), oficiándose a sus efectos al Registro General, autorizándose al peticionante -y/o profesional del derecho que éste indique- para intervenir en el diligenciamiento. Agréguese la documental acompm1ada. Notifiquen indistintamente los empleados de este Juzgado u Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Dr. Jorge A. Da Silva Catela (Juez) - Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria).- OTRO DECRETO: CERES, 12 de agosto de 2026: A lo solicitado oportunamente. Sin perjuicio de la suscripción de los edictos cuya publicación se acompaña, advirtiendo en esta instancia que en los mismos no se halla identificado el inmueble a usucapir con la Partida de Impuesto Inmobiliario y la ubicación del inmueble; a efectos de evitar futuras nulidades, proceda a publicar nuevamente edictos con los datos requeridos y transcripción de los proveídos. Notifíquese. Fdo.: Dr. Jorge A. Da Silva Cateta (Juez) - Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria). El inmueble objeto de la presente acción se encuentra ubicado en esquina Vicente Casares e Independencia de la localidad de Hersilia, Departamento San Cris1ohal. Provincia de Santa Fe, Inscripto ante la Sección propiedades del Departamento San Cristóbal del Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Santa Fe en el año 1948 bajo el Tomo 77 par., Folio 917 Número 68555. Sección 01. Manzana 0035, Parcela 0002, Partida Inmobiliaria 07-02-00-034565/0000-2. CERES, 20 de agosto de 2026.- Graciela Krominger Guigou, Prosecretaria.


$ 246,24 566253 Set. 8 Set. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ra Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y del Trabajo, 2da. Nominación, de la ciudad de Ceres, Pcia de Santa Fe, en los autos caratulados: NORDESAN S.A C/Herederos /Sucesores de LOPEZ, Franco Matias S/ Consignación Laboral CUU 21-28805765-3 se cita y emplaza a los herederos y/o sucesores de Franco Matias Lopez CUIL 23-37471881-9 con ultimo domicilio en Avda. Jujuy 120 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe fallecido el día 13 de julio de 2026, y/o quienes se consideren con derecho, para que comparezcan a estar a derecho en dicho proceso dentro del quinto día contado a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía. Lo que se publica en el Boletín Oficial, tres veces -art. 73 CPCCSF-.Ceres, 26 de Agosto de 2026. Dra Magalí Gonzalez.. Secretaria.


$ 135 566574 Sep. 08 Sep. 10

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En los autos caratulados: PAULON SILVIA BEATRIZ S/ SUCESORIO 21-28805781-5 que se tramitan por ante el Juzgado de Pra. Instancia de Distrito N.º 10 en lo C. C. y L. 1° Nominación de Ceres, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la Sra. Silvia Beatriz Paulon, DNI N° 16.925.099, nacida en Provincia de Santa Fe el 22.09.1964 y fallecida en Ceres, Provincia de Santa Fe el 18.08.2026 teniendo su último domicilio en Bv. España de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro de los 30 días de la publicación del presente. Lo que se publica en el Boletín Oficial por el término de 1 día. Ceres, de Septiembre de 2026. Dra.Viviana Gorosito Palacios., Secretaria.-


$ 45 Sep. 8

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación del Distrito Nº 10 de San Cristóbal, en los autos caratulados PIZARRO MARIA EVA S/QUIEBRA CUIJ 21-29145398-5, ha dispuesto lo siguiente: "SAN CRISTOBAL, 12 DE AGOSTO de 2026. AUTOS Y VISTOS:… CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Declarar La QUIEBRA del Sr. MARIA EVA PIZARRO, argentina, mayor de edad, DNI Nº 13.451.395, domiciliada en calle Colón Nº 732, ciudad de San Cristóbal; 2) Fijar el día 19/08/2026, a las 11 hs. para que tenga lugar el sorteo de un Síndico de la lista respectiva. 3) Ordenar anotar la Quiebra en los registros pertinentes, oficiándose a sus efectos. 4) Disponer la inhibición general de la fallida, oficiándose a los registros que correspondan. 5) Prohibir efectuar pagos a la fallida bajo apercibimientos de que, los que se hicieren serán reputados ineficaces (art. 16, LCQ); 6) Prohibir a la fallida ausentarse al exterior sin autorización expresa del suscripto, todo ello en cumplimiento del art. 103 de la Ley Concursal, efectuándose las comunicaciones necesarias. 7) Fijar el día 10 de noviembre de 2026 como último plazo para que los acreedores presenten la verificación de sus créditos y títulos pertinentes al Síndico actuante, con arreglo a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley 24522. 8)Fijar el día 29 de Diciembre de 2026 a fin de que el Síndico acompañe el Informe Individual previsto por el art. 88 último párrafo de la citada ley. 9) Designar el día 15 de febrero de 2027 en que el Síndico debe presentar el informe General. 10) Hacer saber esta resolución mediante edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial de la Provincia, en sede judicial de manera digital y en un medio periodístico local de circulación virtual. 11) Ordenar a la Sindicatura que una vez aceptado el cargo y en forma inmediata formule un inventario de los bienes detallando lo siguiente: muebles, inmuebles, rodados, bienes de terceros, maquinarias y herramientas, con especial mención de la existencia de garantía hipotecaria o prendaria y en tal caso individualización del acreedor, monto y número de inscripción de gravámenes. 12) Disponer la suspensión de las acciones judiciales iniciadas contra la fallida comprendidas en los arts. 132 y 133 de la Ley de Concursos y Quiebras, mediante el procedimiento allí dispuesto, una vez firme la sentencia de quiebra. oficiándose a sus efectos, haciendo saber expresamente que los mismos no deben ser remitidos a esta dependencia judicial, debiendo quedar suspendidos en el juzgado natural. 13) Ordenar el cese de las retenciones, con excepción de los descuentos de ley, impositivos, cuota alimentaria, obra social y embargos generados en los procesos exceptuados del fuero de atracción. 14) Establecer la retención de la porción embargable del haber de la fallida, debiendo ser depositado en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Cristóbal, a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado. A sus efectos ofíciese al empleador. 15) Ordenar a la sindicatura efectúe las diligencias necesarias para efectivizar las medidas ordenadas en la presente resolución. Protocolizase digitalmente y hágase saber. Firmado Cecilia V. Tovar Secretaria Alexis M Marega Juez. SINDICO: CPN GABRIEL ALBERTO AGUIRRE MAURI, Domicilio: Caseros Nro 633 de San Cristóbal, Teléfono 3424 455457 MAIL: cpncibilsjo@hotmail.com Horarios, Lunes a viernes de 08 a 12 horas y de 16 a 20 horas. PUBLICAR POR 5 DÍAS.

S/C 566624 Sep. 08 Sep. 14

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13, Civil, Comercial y Laboral, Tercera Nominación, de la ciudad de Vera, provincia de Santa Fe, se CITA, LLAMA y EMPLAZA a IRENEO CASTAÑEDA y/o sus herederos y/o sucesores y/o quien resulte o se considere propietario del inmueble ubicado en calle Hipólito Yrigoyen N° 1755, de la localidad de Alejandra, departamento San Javier, Provincia de Santa Fe, inscripto en Registro General de la Propiedad bajo Tomo 45, Folio 53, Número 12152, en autos: ”MARTINEZ, MONICA DIONISIA C/ CASTAÑEDA, IRENEO Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ” CUIJ 21-25279738-3, para que en el término de diez (10) días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y página web institucional del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. Firmado por DRA. CARINA NAVARRO - Secretaria - DR. JOSÉ LUIS FREIJO — Juez - Vera, 24 de Agosto de 2026.-

$ 500 566417 Set. 8 Set. 10

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Por disposición de el señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 3ra. Nominación de Vera, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Andres GHIGO, D.N.I Nº 2.501.042 y Mercedes PERUSSINI, D.N.I Nº 6.445.369, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos caratulados: "GHIGO, ANDRES Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" C.U.I.J Nº 21-25279730-8, Año 2026 en el término de treinta días y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el Boletín Oficial (Art. 2340 del Código Civil Y Comercial de la Nación) y también conforme art. 67 C.P.C.C. modificado por ley 11.287.- FDO: DRA. CARINA NAVARRO, Secretaria; DR. JOSÉ LUIS FREIJO, Juez. Vera, 07 de Septiembre del 2026.

$ 45 Sep. 08

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En autos caratulados: RAFAELA ALIMENTOS S.A. C/ HEREDEROS DE CHACON CESAR ORLANDO S/ CONSIGNACION” - CUIJ 21-23702691-5, en trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia Laboral Primera Nominación de la ciudad de Rafaela (Alvear N° 214, 3º piso), se ha ordenado lo siguiente: “RAFAELA, 14 de Agosto de 2026 Proveyendo escrito cargo Nº 8308/26: 1) ............ 2) Por promovida FORMAL DEMANDA DE CONSIGNACIÓN JUDICIAL (Art. 248 LCT Y 137 CPL) por la suma de dinero de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 33.270.615,87) en concepto de importes indemnizatorios por fallecimiento y liquidación final por extinción de contrato de trabajo, y de documentación laboral, correspondientes al Sr. CESAR ORLANDO CHACON, DNI Nº 24.971.517. 3) Cítese por edictos a los derechohabientes y/o herederos y/o sucesores con derecho a las prestaciones por el fallecimiento de CESAR ORLANDO CHACON, para que comparezcan a tomar la intervención que por derecho les corresponda, con las formalidades y por el término y bajo apercibimientos de ley. 4).... 5).... 6)...... 7) A lo demás, oportunamente. Notifiquen indistintamente el Sr. Oficial de Justicia y/o empleados notificadores y/o empleados Eguiazu, Bruno, Galizzi, Galetti y/o Mathurin Notifíquese. Fdo. JULIA EGUIAZU (Prosecretaria) - LUCAS MARIN (Juez - Firmado por............, en la ciudad de Rafaela, a los 24 días del mes de agosto de 2026. Julia Eguiazu, Prosecretaria.


$ 52,50 566457 Set. 8 Set. 10

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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial de la 3ra nominación de la ciudad de Rafaela a cargo de la Dra. JULIANA FOTI (SECRETARIA) y Dr. MAURO D. GARCIA (JUEZ) en los caratulados: "GONZALEZ LAURA ALEJANDRA C/MADERA EUCLIDES CIRIACO Y OTROS S/DEMANDA ORDINARIA" CUIJ Nro. 21-24212827-0 se ha ordenado NOTIFICAR a la parte demandada SR. MADERA, EUCLIDES CIRIACO DNI 2446563 del inicio de la acción a fin de que comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. FIRMADO: Dra. JULIANA FOTI (SECRETARIA) y Dr. MAURO D. GARCIA (JUEZ).

$ 50 566508 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Juzgado Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la Ciudad de Rafaela, en autos "Expte. CUIJ Nº 21-24207590-8 MADDALENO ROMINA NOELIA C/MADDALENO GLORIA DOMINGA Y OTROS S/USUCAPIÓN", se ha dispuesto en fecha 13/08/2026 la publicación del presente a fin de emplazar a los herederos de GLORIA DOMINGA MADDALENO y CARLOS VICENTE MADDALENO en la forma ordinaria para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho.- FDO. Dr. Marcelo Gelcich (Juez) Dra. Agostina Silvertre (Secretaria).-

$ 33 566520 Sep. 08 Sep. 14

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Por disposición del Juzgado Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos Expte. CUIJ Nº 21-24212763-0 TOSELLO VANESA LORENA DE LOS MILAGROS, BOLATTI MATEO Y BOLATTI BAUTISTA C/ BOLATTI JAVIER DAMIAN S/ SUPRESION DE APELLIDO PATERNO, se ha dispuesto la publicación del presente a fin de recabar información sobre medidas precautorias de conformidad con lo dispuesto en el art. 70 del Código Civil y Comercial. El decreto que se ha ordenado en la causa: "RAFAELA,24 de julio de 2026. Agréguese. Téngase presente lo manifestado. Proveyendo demanda: Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, acuérdese/e participación de ley con patrocinio letrado. Por iniciada la presente DEMANDA A FIN DE QUE SE AUTORICE EL CAMBIO DE APELLIDO DE BOLATTI MATEO Y BOLATTI BAUTISTA y LA UTILIZACIÓN DEL APELLIDO MATERNO “TOSELLO”. Notifíquese al progenitor de los actores de los términos de la presente acción. Agréguese la documental acompañada. Dese intervención a la Sra. Fiscal y a la Sra. Asesora de Menores. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y ofíciese a los registros correspondientes a los fines de recabar información sobre medidas precautorias de conformidad con lo dispuesto en el art. 70 del Código Civil y Comercial. Téngase presente la prueba ofrecida. Fecho, córrase vista al Director del Registro del Estado Civil, como así también, a las Sra. Fiscal y Defensora. A lo demás, oportunamente y si correspondiere. Notifíquese. -" Fdo. Dr. Mauro D. García (Juez) - Dra. Juliana Foti (Secretaria)-.

$ 52,50 566523 Sep. 08

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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial de la 3ra nominación de la ciudad de Rafaela a cargo de la Dra. JULIANA FOTI (SECRETARIA) y Dr. MAURO D. GARCIA (JUEZ) en los caratulados: "SAIRE SANDRO DANIEL C/BOERO MARIA Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ Nro. 21-24212385-6 se ha ordenado NOTIFICAR a la parte demandada y se ha dictado del siguiente decreto "RAFAELA, 2 de julio de 2026 Provéase la demanda: Por iniciada DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, contra MARIA BOERO y/o MARIA B. de SCHIOZZI (conforme informe de fs. 16 de autos), a quien se citará y emplazará para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Conforme al número de documento nacional de identidad de la accionada, podría presumirse su fallecimiento; por ello, líbrese oficio a la Cámara Electoral, por Secretaria, a los fines de que informe si la demandada se encuentra fallecida, en su caso los datos del fallecimiento, como así también su último domicilio. Imprímase/e a la misma, el trámite ordinario. A los fines de la citación y emplazamiento, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Sede Judicial. Hágase saber que tanto a la Comuna de San Martín de las Escobas y a la Provincia de Santa Fe, de conformidad con el art. 24 inc. a) 1° parte, se los notifica para que manifiesten si detentan interés fiscal, no correspondiendo traerlos al proceso como parte. Sin perjuicio de lo antes expuesto, si la peticionante considera que la Comuna de San Martín de las Escobas y la Provincia de Santa Fe deben adquirir la calidad de parte, deberá expresarlo bajo su exclusiva responsabilidad. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. A lo demás, oportunamente. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. A lo demás, oportunamente.-Notifiquen indistintamente el Sr. Oficial de Justicia y/o los oficiales notificadores y/o los empleados de este Juzgado. Notifíquese. FIRMADO: Dra. JULIANA FOTI (SECRETARIA) y Dr. MAURO D. GARCIA (JUEZ).-

$ 330 566509 Sep. 08 Sep. 10


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos Expte. CUIJ 21-24204315-1 SOLARO HECTOR ANTONIO S/SUCESORIO, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de HECTOR ANTONIO SOLARO, D.N.I. 10.707.757, fallecido el 29/01/2023 en la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe, con último domicilio en Dentesano N° 1183 de la ciudad de Sunchales – Santa Fe - para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio iniciado por Dra. Luciana Paredes. Publicaciones por el término de ley en el Boletín Oficial y conforme artículo 67 C. P .C.C. Fdo: Dra. Dra. Sandra Ines Cerliani -Secretaria- Dr. Matias Raul Colon –Juez-. Rafaela, 7/9/26

$ 45 Sep. 08

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En los autos caratulados: Expte. Vasquez Carlos Matias s/ Sucesorio Cuij N° 21-24213463-7 que se tramitan por ante el Juzgado de 1ª Instancia de distrito Nª 5 en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rafaela (Sta Fe), promovido por la Dra. Analia Catalina Schatzle, se ha dispuesto citar y emplazar a herederos, acreedores y legatarios del causante CARLOS MATIAS VASQUEZ- DNI: 31.214.773, fallecido el día 1 /11/ 2025 en Rafaela (Sta Fe), con ultimo domicilio en calle Silvestre Begnis 476 de Rafaela Pcia , Santa Fe para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos de ley. Fdo: Dr. Matías Colon Juez a/c

$ 45 Sep. 08

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Por disposición del sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº5 en lo Civil y Comercial de la PRIMERA NOMINACIÓN de la ciudad de Rafaela (Prov. de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por SALUSTRIANA DÍAZ , DNI N° F 6.327.513 , fallecida en Rafaela ( Prov. Santa Fe) el 01/10/2019, con último domicilio en calle Alfonsina Storni 895 de Rafaela ( Prov. Santa Fe), para que acrediten su carácter dentro del término de treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial (art. 67 C.P.C) - Expte: "DIAZ SALUSTRIANA S/ SUCESORIO - CUIJ 21-24213786-5" Fdo.: MATÍAS RAÚL COLÓN-Juez.-

$ 45 Sep. 08

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos "Expte. CANAVESE ROGELIO DOMINGO SIMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-24213601-9", se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CANAVESE ROGELIO DOMINGO SIMON DNI M6.302.935, con último domicilio en 25 de Mayo Nro: 1060 de la ciudad de Sunchales, fallecido en fecha 31/07/2025 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETIN OFICIAL, y en el hall de Tribunales, a sus efectos.- Sandra I Cerliani Secretaria, Matías R. Colon, Juez.-

$ 45 Sep. 8

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En los autos caratulados “RIVADERO, CRISTIAN RAMON C/ BERTELLO LUCIANO Y OTROS S/ COBRO DE PESOS – RUBROS LABORALES” que tramitan por ante el Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 5 en lo Laboral de la 1ra Nominación de Rafaela (Santa Fe) a cargo de la Dra. María Victoria Trossero - Secretaria- y Dr. Lucas Marín -Juez -, promovido por el Dr. Darío Gabriel Schürrer se ha dispuesto citar y emplazar a los sucesores y/o herederos y/o legatarios del Sr. Don Juan Domingo Bertello, DNI 5.528.692, para que comparezcan a tomar intervención en autos con las formalidades requeridas, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Rafaela, de Septiembre de 2026.

$ 45 Sep. 8

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Por disposición del Juez A/C de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dr. Matias Raul Colon, en los autos caratulados “MONTINI HERMINDO MIGUEL Y OTROS S/ SUCESORIO 21-24213693-1”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Nilda del Carmen ICASURIAGA, argentina, DNI N° F3.964.582, nacida el 6 de septiembre de 1940 en Humberto Primo Santa Fe, fallecida el 12 de julio de 2024 en Sunchales - Santa Fe, cuyo último domicilio fuera Juan de Garay O Nro 620 Humberto Primo Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer su derecho dentro del término de 30 días bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, conforme Ley 11.287 y Acuerdo Ordinario celebrado el dia 07 de febrero de 1996. Ordenado por: SANDRA INES CERLIANI Secretaria MATIAS RAUL COLON Juez.

$ 45 Sep. 8

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Por disposición del Juez A/C de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dr. Matias Raul Colon, en los autos caratulados “MONTINI HERMINDO MIGUEL Y OTROS S/ SUCESORIO 21-24213693-1”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HERMINDO MIGUEL MONTINI, argentino, DNI N° M6.283.091, nacido el 18 de noviembre de 1935 en Sunchales Santa Fe, fallecido el 18 de noviembre de 2013 en Sunchales - Santa Fe, cuyo último domicilio fuera Juan de Garay (o) 620- Humberto I (Santa Fe), para que comparezcan a hacer valer su derecho dentro del término de 30 días bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, conforme Ley 11.287 y Acuerdo Ordinario celebrado el dia 07 de febrero de 1996. Ordenado por: SANDRA INES CERLIANI Secretaria MATIAS RAUL COLON Juez.

$ 45 Sep. 8

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En autos caratulados "ZOBBOLI, MARTA NELIDA S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-24213917-5), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de la causante MARTA NÉLIDA ZOBBOLI, D.N.I. Nº F2.408.803, fallecida en la ciudad de Rafaela el 21/04/2026, con último domicilio conocido en calle Maipú Nº261 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, para que dentro del término de treinta (30) días acrediten su carácter y hagan valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley (Art. 67 C.P.C.C.). Fdo. MATIAS RAUL COLON - Juez.

$ 45 Sep. 8

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 1era. Nominación de Rafaela (Sta. Fe), en los autos caratulados: "Expte. MARTINEZ, MARIA GUADALUPE S/ SUCESORIO, CUIJ: 21-24213789-9”, iniciado por los Dres. Jaquelina Fischer y Hugo Pairone, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA GUADALUPE MARTINEZ, D.N.I: 14.889.820, con domicilio en calle Buenos Aires Nº 542 de Rafaela (Sta. Fe) y fallecido en Rafaela (Sta. Fe) el 14 de julio de 2026, para que comparezcan a hacer valer sus derechos y acrediten su carácter dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica en el Boletín Oficial. Rafaela, 19 de Agosto de 2026. Fdo: Dr. Matias Colón- Juez-.

$ 45 Sep. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe. En autos caratulados "Expte. CUIJ N° 21-24208144-4 – GRAMAGLIA RODOLFO CARLOS Y OTROS S/ SUCESORIO”, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RODOLFO CARLOS GRAMAGLIA, D.N.I. 2.441.976, con último domicilio en la localidad de Vila, provincia de Santa Fe, fallecido en fecha 23 de Agosto de 1985; y por la causante NELIDA MARÍA SERRA, D.N.I. 6.327.026, con último domicilio en calle 11 de Agosto Norte N° 122, de la localidad de Vila, provincia de Santa Fe, fallecida en fecha 30 de Noviembre de 2015. Para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de tribunales a sus efectos. Dr. Matías Raúl Colón, Juez y Dra. Sandra Inés Cerliani, Secretaria

$ 45 Sep. 8

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dr. Matías Raúl Colón, en los autos caratulados "ECHENIQUE, MARTA ESTELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ N° 21-24212517-4, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. MARTA ESTELA ECHENIQUE, D.N.I. N° 92.908.889, fallecida el día 30 de noviembre de 2024 en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con último domicilio en Almte. Brown 1045, San Martín de las Escobas, Provincia de Santa Fe, para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Fdo.: Dr. Matías Raúl Colón, Juez.

$ 45 Sep. 8


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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así ordenado en el expediente: “RIQUELME, ELVIRA ZULEMA C/ESTABLECIMIENTO DON CAYETANO S.R.L. Y OTROS S/ EJECUTIVO” (CUIJ NRO. 21-23239191-7) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº4 de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, a cargo de la Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza, Secretaría de la Dra. Adriana Lorena Dávalos, se le hace saber a los herederos del Sr. CARLOS JUAN SPESOT, D.N.I. Nº 10.783.907, que se han dictado los siguientes decretos: “Reconquista, 07 de Abril de 2026.... En razón del fallecimiento del codemandado Carlos Juan Spesot, corresponde se emplace a los herederos por el término de diez días mediante la publicación de edictos por única vez en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales a los fines de que comparezcan a este proceso, pudiendo los mismos asumir su defensa sin necesidad de trámite sucesorio previo (Art. 597 CPCyC). En caso de no comparecer en el término señalado, se procederá al nombramiento de un curador de los herederos rebeldes...” Fdo. María Cecilia Belfiori, Jueza. Marino Celli, Secretario. OTRO DECRETO: “Reconquista 13 de abril de 2026....Cumpliméntese con lo ordenado, respecto de la publicación de edictos en los decretos de fecha 14 de agosto de 2023 y 7 de abril de 2026 (art. 20 y 21 del CPCyC). Notifíquese. “·Fdo.: María Cecilia Belfiori, Jueza; Adriana Lorena Dávalos, Secretaria Subrogante. Reconquista, 20 de abril de 2026. Antonella Gasparutti, Prosecretaria subr..

$ 100 560310 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos caratulados: "ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DE ROMANG FUTBOL CLUB C/ALTAMIRANO, VICTORIA GEORGINA Y OTROS S/DEMANDA EJECUTIVA - CUIJ Nº 21-23243654-6" se cita a VICTORIA GEORGINA ALTAMIRANO, DNI N.º 37.209.302, para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Los decretos que disponen la presente dicen: "Reconquista, 15 de Octubre de 2025.- Por presentado, domiciliado, en el carácter que invoca, acuérdesele la intervención legal que por derecho corresponda. Por promovida demanda de JUICIO EJECUTIVO contra VICTORIA GEORGINA ALTAMIRANO Y/O ULISES NAEL ALMADA, domiciliados donde se indica. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Téngase presente la documental acompañada y la autorización conferida. Decrétese la Inhibición General sobre los demandados en proporción de ley y a razón del cincuenta por ciento (50%) a cada uno de ellos, hasta cubrir la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 48/100 (3.991.785,48) con más el 30% estimados para intereses y costas. A tal fin ofíciese al Registro General de la Propiedad y el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, autorizándose al peticionante y/o los expresamente propuestos a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe proyecto de oficio por correo electrónico en formato editable. Notifíquese. Fdo.: Dr. Ramiro Avile Crespo, Juez; Dra. Laura C. Cantero, Secretaria" OTRO DECRETO: Reconquista, 18 de Diciembre de 2025.- Agréguese y téngase presente el oficio de la Cámara nacional Electoral acompañado. Atento surge del mismo, téngase presente el nuevo domicilio del demandado Ulises Nael Almada. Notifíquese en el mismo el proveído de fecha 15/10/2025. En cuanto a la demandada Victoria Georgina Altamirano, como lo solicita, notifíquese el proveído de fecha 15/10/2025 mediante publicación de Edicto (art.73 del CPCC). Notifíquese. - Fdo.: Ramiro Avile Crespo, Juez; Laura C. Cantero, Secretaria". Reconquista (SF), 13 de marzo de 2026.

$ 500 566485 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 4 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Cecilia Belfiori Jueza, Dra. Adriana Lorena Dávalos Secretaria Subrogante, en el expediente: "ASOCIACIÓN MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DE ROMANG FUTBOL CLUB C/GAVIRONDO, GUSTAVO GERMAN Y OTROS S/ DEMANDA EJECUTIVA - CUIJ 21-23244180-9", se ha dispuesto notificar al Sr. Fabricio Alcides Villan por mediante edictos el siguiente decreto: "Reconquista, 4 de Junio de 2026. Proveimiento de la demanda: Por presentado, por constituido domicilio y por parte en el carácter que invoca. Por iniciado JUICIO EJECUTIVO tendiente a obtener el cobro de la suma de $1.706.789,59, más intereses y costas contra Gustavo German Gavirondo DNI 22.408.408 y/o Fabricio A/cides Villan DNI 33.129.317, domiciliados donde indica el escrito introductorio. Se cita y emplaza a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Relación de Consumo: Se advierte que existiría una relación de consumo entre las partes, y que como la ley 24.240 (reformada por la ley 26.361) es de orden público, y de aplicación obligatoria para el juzgador, se hace saber al actor que deberá integrar el título ejecutivo (Art. 36 LDC) lo que se podrá hacer hasta antes de la citación de remate (Art. 42 de la Constitución Nacional, Arts. 1, 2, 3, 4, 36 y 65 de la Ley 24.240, Arts. 1, 2, 3, 1.092 SS y ce CCCN y Arts. 21, 452 y 693 del CPCyC). Documental: Por digitalizada la documental. Se hace saber al profesional que deberá acompañar por Mesa de Entradas los originales en sobre, identificando su contenido y número CUIJ para su cotejo, intervención y certificación por Secretaría, bajo apercibimiento de no proveer futuras presentaciones hasta que no se verifique su cumplimiento. Posteriormente la documental se devolverá, constituyéndose al profesional como depositario judicial de la misma, labrándose el acta respectiva. Medida Cautelar solicitada: Como lo solicita, se ordena trabar embargo sobre los haberes del demandado Sr. Fabricio A/cides Villan en proporción de ley y hasta cubrir el capital reclamado $1.706.789,59, mas el 30% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. ... Fdo.: ADRIANA LORENA DÁVALOS Secretaria Subrogante; Dra. MARÍA CECILIA BELFIORI Jueza. ".

OTRO DECRETO: "Reconquista, 14 de Agosto de 2026. Se tiene presente lo manifestado. Se ordena notificar a la parte demandada por medio de la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y web del Poder Judicial por el término de ley, conforme lo disponen lo arts. 67 y 73 del CPCyC de Santa Fe; y el Acta Nº 3, punto 32 de la Acordada de la CSJSF de fecha 11.02.2025. Notifíquese. Fdo.: ADRIANA LORENA DÁVALOS, Secretaria Subrogante; Dra. MARÍA CECILIA BELFIORI Jueza."

Reconquista, 21 de agosto de 2026.

$ 500 566486 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 4 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Cecilia Belfiori Jueza, Dra. Adriana Lorena Dávalos Secretaria Subrogante, en el expediente: "ASOCIACIÓN MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DE ROMANG FUTBOL CLUB C/SIMON, JORGE ARIEL Y OTROS S/DEMANDA EJECUTIVA - CUIJ 21-23244176-0", se ha dispuesto notificar al Sr. Marcelo Fabian Arriola DNI Nº 26.244376 por mediante edictos el siguiente decreto: "Reconquista, 03 de Junio de 2026. Proveimiento de la demanda: Por presentado, por constituido domicilio y por parte en el carácter que invoca. Por iniciado JUICIO EJECUTIVO tendiente a obtener el cobro de la suma de $2.350.294,35, más intereses y costas contra Jorge Ariel Simon DNI 27.867.074 y Marce/o Fabián Arrío/a DNI 26.244.376, domiciliados donde indica el escrito introductorio. Se cita y emplaza a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Relación de Consumo: Se advierte que existiría una relación de consumo entre las partes, y que como la ley 24.240 (reformada por la ley 26.361) es de orden público, y de aplicación obligatoria para el juzgador, se hace saber al actor que deberá integrar el título ejecutivo (Art. 36 LDC) lo que se podrá hacer hasta antes de la citación de remate (Art. 42 de la Constitución Nacional, Arts. 1, 2, 3, 4, 36 y 65 de la Ley 24.240, Arts. 1, 2, 3, 1.092 ss y ce CCCN y Arts. 21, 452 y 693 del CPCyC). Documental: Por digitalizada la documental. Se hace saber al profesional que deberá acompañar por Mesa de Entradas los originales en sobre, identificando su contenido y número CUIJ para su cotejo, intervención y certificación por Secretaría, bajo apercibimiento de no proveer futuras presentaciones hasta que no se verifique su cumplimiento. Posteriormente la documental se devolverá, constituyéndose al profesional como depositario judicial de la misma, labrándose el acta respectiva. Medida Cautelar solicitada: Como lo solicita, se ordena trabar embargo sobre los haberes del demandado Sr. Marcelo Fabian Arriola DNI 26.244.376 en proporción de ley y hasta cubrir el capital reclamado $2.350.294,35, mas el 30% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. ... Fdo.: ADRIANA LORENA DÁVALOS Secretaria Subrogante; Dra. MARÍA CECILIA BELFIORI Jueza.".

OTRO DECRETO: "Reconquista, 14 de Agosto de 2026. Se tiene presente lo manifestado. Se ordena notificar a la parte demandada por medio de la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y web del Poder Judicial por el término de ley, conforme lo disponen lo arts. 67 y 73 del CPCyC de Santa Fe; y el Acta Nº 3, punto 32 de la Acordada de la CSJSF de fecha 11.02.2025. Notifíquese. Fdo.: ADRIANA LORENA DÁVALOS Secretaria Subrogante; Dra. MARÍA CECILIA BELFIORI Jueza.” Reconquista, 21 de agosto de 2026. Claudia E. Kloster, Prosecretaria.

$ 500 566488 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial - Primera Nominación de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en los Autos caratulados: "STIRNEMANN, BRUNO C/LUPIS, LUCRECIA ANALIA S/JUICIO EJECUTIVO - Expte. CUIJ Nº 21-25031869-0", se ha ordenado lo siguiente: "RECONQUISTA, 29 DE MAYO DE 2026.- Y VISTOS:..… CONSIDERANDO:..… RESUELVO: I) Ordenar llevar adelante la presente ejecución contra LUCRECIA ANALÍA LUPIS (D.N.I. 29.049.430) hasta que la parte actora perciba íntegramente la suma de $360.000.- (PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL), con más sus Intereses, conforme lo establecido en los Considerandos precedentes.- II) Costas a la ejecutada vencida (Art. 251 C.P.C.C.S.F.).- III) Diferir la Regulación de Honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber.-" Fdo.: Dr. Guillermo Angaramo, Secretario - Dr. Franco Raschetti, Juez.- RECONQUISTA, 25 DE AGOSTO DE 2026. Dr. Guillermo Angaramo, Secretario.

$ 500 566490 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N.º 4 en lo Civil y Comercial - Segunda Nominación de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Dr. Fabián Lorenzini, Secretaría de la Dra. Janina Yoris, y por estar así ordenado en los Autos caratulados: "SAURIN, JOEL JESUS C/SANCHEZ, TOMAS SEBASTIAN S/EJECUTIVO - Expte. CUIJ Nº 21-25033818-7" se ha dispuesto: "RECONQUISTA, 14 DE ABRIL DE 2026.- AUTOS Y VISTOS:.....CONSIDERANDO:.....RESUELVO: 1) Ordenar se lleve adelante la ejecución contra TOMAS SEBASTIAN SANCHEZ hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del Capital reclamado, con más la Tasa de Intereses Moratorios (TIM) elaborada por el Banco Central de la República Argentina (https://www.bcra.gob.ar/calculadorade-tasa-de-intereses-moratorios-tim/). 2) Regular Honorarios oportunamente. Hágase saber, insértese y agréguese copia.- Fdo.: Dra. Janina Yoris, Secretaria - Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez". Reconquista, 15 de abril de 2026.- Maria Belen Saliva, Prosecretaria.

$ 500 566491 Sep. 08 Sep. 10

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial - Primera Nominación - de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en los Autos caratulados: "QUIROGA, MIRNA LIA Y OTROS C/ SCHLATTER, FERNANDO Y OTROS S/Prescripción Adquisitiva" - CUIJ 21-25034871-9, se ha ordenado lo siguiente: "RECONQUISTA, 13 de febrero de 2026.- Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado en mérito al poder acompañado, otórgasele la participación legal correspondiente. Por promovido JUICIO ORDINARIO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra SCHLATTER, FERNANDO Y/O AMALIA BRUNETTI DE SCHLATTER Y/O JOSE LEON SCHLATTER, Y/O DELIA VIRGINIA SCHLATTER, Y/O ERNESTO CALOCERO SCHLATTER Y/O NELLY ANALIA SCHLATTER Y/O RENE VENESIO SCHLATTER Y/O FERNANDO LUIS SCHLATTER Y/O RAUL ERNESTO SCHLATTER Y/O DANIEL ANGEL SCHLATTER Y/O SUSANA GLORIA SCHLATTER, con domicilio desconocido, y/o contra quien resulte heredero y/o sucesor y/o propietario y/o titular registral del inmueble denunciado y/o terceros interesados y/o QRJR. Ofíciese al Registro de Procesos Universales Sucesorios a fin de que informe si existe abierto juicio sucesorio de los demandados y, en su caso, ante que Juzgado tramita. Cumplimentado ello, cítese y emplácese a los accionados para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Atento lo dispuesto en el art. 73 del CPCC, publíquense edictos por el término de ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Reconquista, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en la causa. A los fines del art 1905 del CCC, último párrafo, y previa reposición fiscal, anótese como litigioso el bien inmueble objeto de autos. A sus efectos, ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Téngase presente la autorización conferida a los Ores. Anabela Delpippo y/o Mauricio Delbón Torossi, con el alcance expresado, las limitaciones de ley y bajo exclusiva responsabilidad del peticionante. Hágase saber que la presente causa tramitará enteramente en forma digital. Notifíquese. -" Fdo.: Dr. Guillermo Angaramo, Secretario - Dr. Franco Raschetti, Juez.-RECONQUISTA, 14 de Mayo de 2026.-

$ 1000 566492 Sep. 08 Sep. 10

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados "FOSCHIATTI NESTOR PABLO S/CONVERSIÓN DE QUIEBRA" CUIJ Nº 21-25020909-3, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 19 de Agosto de 2026 Proveyendo el cargo Nº 6546: Agréguese. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial... Notifíquese.- Fdo.: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez Subrogante - LAURA C. CANTERO, Secretaria.- Reconquista (SF), 24 de agosto de 2026.


S/C 566534 Sep. 08 Sep. 09

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "AGUILAR EVARISTO EDUARDO Y OTROS S/ SUCESORIO" (CUIJ: 21-25034455-1) llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. EVARISTO EDUARDO AGUILAR L.E.6.330.594 y la Sra. ESTELVINA Y/O ETELVINA MARIA CAINELLI D.N.I. F2.441.260, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. RECONQUISTA,07 de septiembre del 2026.- María Belen Saliva, Prosecretaria


$ 45 Sep. 08

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Por disposición del Sr. Juez de la Tercera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista (Santa Fe) en autos caratulados: "UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA COOP. LTDA. C/ DANIEL MARCELA GEORGINA S/ JUICIO EJECUTIVO" CUIJ Nº 21-25023299-0, se notifica a MARCELA GEORGINA DANIEL DNI Nº 25.854.772 la siguiente resolución: RECONQUISTA, 10 de Agosto de 2026 AUTOS Y VISTOS: ... RESULTA: … CONSIDERANDO: .... RESUELVO: 1-Ordenar se lleve adelante la ejecución contra MARCELA GEORGINA DANIEL, DNI Nº 25.854.772, por el cobro de la suma de DOLARES BILLETES ESTADOUNIDENSES NOVENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE con 20/100.- (U$S 90.469.20) con más los intereses dispuestos en los considerandos precedentes.- 2-Imponer las costas del proceso íntegramente a la demandada (art. 251 CPCC).- 3-Diferir la regulación de honorarios hasta que se practique liquidación.-Hágase saber.- Fdo.: ANTONIO JESÚS PLETENCZUK, Juez Subrogante - LAURA C. CANTERO, Secretaria. Reconquista (SF), 21 de Agosto de 2026.-


$ 500 566546 Sep. 8 Sep. 10