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SANTA FE
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Por disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe en autos caratulados AGONIL, ESTEBAN c/HEREDEROS DE MIGUEL ANGEL BIAGIONI OTTOLINI Y OTROS -SENT. COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES- (CUIJ 21-04795463-8) s/RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA); (Expte. C.S.J. CUIJ 21-04795463-8), se hace saber a los herederos de Miguel Angel Biagioni Ottolini y de Clide Matilde Ottolini, que se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº 356 - AÑO 2026. En la Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintiséis, los señores Ministros ..., la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESOLVIÓ: Declarar procedente el recurso de inconstitucionalidad, y, en consecuencia, anular la sentencia impugnada y remitir los autos al Tribunal subrogante que corresponda para que dicte nuevo pronunciamiento conforme las pautas sentadas en esta sentencia, con costas a la vencida. Registrarlo y hacerlo saber. Con lo que concluyó el acto, firmando el señor Presidente y los señores Ministros, de lo que doy fe. Fdo. DIGITALMENTE: GUTIÉRREZ (EN DISIDENCIA) - BACLINI - ERBETTA - FALISTOCCO - SPULER (EN DISIDENCIA) - ABALZA - PORTILLA (SECRETARIA). Asimismo, se dispuso: SANTA FE, 13 de Agosto de 2026. Previamente, notifíquese por edictos la sentencia recaída en autos en fecha 26/05/26, conforme lo establece el art. 81 del CPPC. Fdo. Dra. FERNANDA DRAGO (Prosecretaría - Secretaría Técnica CSJ). Santa Fe, 4 de Septiembre de 2026.
S/C 567183 Set. 14 Set. 16
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JUZGADO FEDERAL
Por estar así ordenado en los autos BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/PASTRANA, CANDELA s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO; Expte. N° FRO 11013/2025, que tramita por ante el Juzgado Federal N° 1 de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto, citar por edictos que se publicará por DOS (2) días en el BOLETIN OFICIAL y el Diario “El Litoral”, al demandado Sr. PASTRANA CANDELA, DNI 41.659.179, bajo apercibimiento de dar intervención al Sr. Defensor Oficial. Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 22/12/2025. Agréguense las constancias de pago de tasa de justicia e informe acompañados. Atento lo manifestado y constancias de autos, cítese a la Sra. Candela Pastrana, DNI 41.659.179, para que comparezca a estar a derecho y conteste la demanda dentro del término de quince (15) días, en los términos del art. 343 del CPCCN por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el diario de mayor circulación del lugar del último domicilio del demandada, si fuera conocido o, en su defecto, en el Diario El Litoral y en el BOLETIN OFICIAL, bajo apercibimiento de dar intervención al Sr. Defensor Oficial. Autorícese al peticionante para intervenir en su diligenciamiento. Fdo. Dr. GASTÓN SALMAIN JUEZ FEDERAL SUBROGANTE. Santa Fe, 2 de Julio de 2026. María Victoria Darsaut, secretaria.
S/C 567123 Set. 14 Set. 15
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Santa Fe, en autos: OLIVERO SANDRA GUADALUPE c/CUELLO JOSÉ LUIS s/SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO; 21-02061519-9, se ha ordenado publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes durante, dos meses, para hacer saber que SANDRA GUADALUPE OLIVERO, respecto de sus hijas menores de edad MORENA CUELLO y PAULINA CUELLO, contra ZEBALLOS DOLDAN, ha promovido juicio para cambiar su apellido, suprimiendo el apellido paterno “Cuello” y sustituirlo por el apellido materno “Olivero”. Fdo. Dra. HERZ: Jueza; Dra. RODRIGUEZ, Secretaria. SANTA FE, 11 de agosto de 2026.
$ 100 567115 Set. 14 Set. 15
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados DEL CASTILLO, MONICA ESTER s/QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02019317-1), en trámite por ante el referido Juzgado se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL haciendo saber que en autos se ha dispuesto la conclusión de la quiebra por pago total de la fallida Mónica Ester Del Castillo, DNI 28.416.163. Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena: Santa Fe 10 de Diciembre de 2024 Decido: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Notifíquese. Fdo, Dr. Iván Di Chiazza, Juez, Deberán publicarse edictos por el plazo de dos días. Santa Fe, 08 de septiembre de 2026.
S/C 567148 Set. 14 Set. 15
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Por encontrarse así dispuesto en los autos caratulados MOREYRA, MARINA ANALIA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02053818-7, que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 5ª Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer el proyecto de distribución presentado, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por elartículo 218 de la LCQ; A continuación, se transcribe el decreto que ordena y autoriza el presente: Santa Fe, 7 de septiembre de 2026. De manifiesto el Proyecto de Distribución oportunamente presentado, por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen los arts. 218 y 219 de la Ley 24522. Notifíquese. Fdo. Dra. Mercedes Dellamonica, Secretaria; Dr. Rodrigo Ureta Cortes, Juez. Santa Fe, 8 de Septiembre de 2026. Dra. Alina Prado, prosecretaria.
S/C 567156 Set. 14 Set. 15
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados BARRAGAN, ANGEL SANTIAGO s/PEDIDO DE QUIEBRA; CUIJ 21-02063777-0 Año 2026 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 08 de septiembre de 2026: l) Declarar la Quiebra de Ángel Santiago Barragán, DNI 41.731.501, argentino, empleado, mayor de edad, domiciliado realmente según manifiesta en calle Benteveos 653, San José del Rincón, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle Moreno 2571 Planta Baja de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 27.10.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. LIZASOAIN (Juez). Santa Fe, de Septiembre de 2026.
S/C 567164 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados CEJAS, BRIAN LEONEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 221-02063811-4 Año
2026 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia dc Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 27 de agosto de 2026: 1) Declarar la Quiebra de Brian Leonel Cejas DNI 39.369.404, argentino, empleado, mayor de edad, domiciliado realmente según manifiesta en Pasaje Santa Fe 6353, Barrio Loyola Sur, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle San Gerónimo 1695, Planta Alta, ambos de esta ciudad de Santa Fe. e. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 27.10.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. LIZASOAIN (Juez). Santa Fe, de Septiembre de 2026.
S/C 567166 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados BAGILET, VALERÍA SILVIADA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02062284-6
Año 2026 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 08 de septiembre de 2026: 1) Declarar la Quiebra de Valeria Silvina Bagilet, DNI 25.825.777, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en Calle 116 Nº 1577 de la Ciudad de Coronda y constituyendo domicilio a los efectos legales en calle 1 de mayo 2940 piso 1, Of. B, de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar a1 síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 27.10.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. LIZASOAIN (Juez). Santa Fe, de Septiembre de 2026.
S/C 567167 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: ALESSO, ROMINA PAOLA s/QUIEBRA; CUIJ 21-02063105-5 en fecha 7 de septiembre de 2026, se ha declarado la quiebra de ROMINA PAOLA ALESSO DNI 25.903.791 apellido materno DIAZ, casada domiciliada en Pasaje Marsengo N° 5333 y con domicilio legal en Saavedra Nº 2233, Piso 1, oficina “A” de la ciudad de Santa Fe. Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general. Fijar el día 29/10/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Fijar el día 13/11/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. Señalar el día 15/12/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 02/03/27 para la presentación del Informe General. Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que, en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: CONTRASEÑA 4530 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Firmado: GABRIEL ABAD, JUEZ; Dra. VERONICA TOLOZA, secretaria. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 567168 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: FRUTOS, PEDRO EXEQUIEL s/PEDIDO DE QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02062615-9), se ha dispuesto: SANTA FE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2026: l) Declarar la quiebra de PEDRO EXEQUIEL FRUTOS, D.N.I. 37.571.660, domiciliado realmente en calle Castelli N° 5531, Dpto. Interno de Santa Fe y legalmente en calle 25 de Mayo Nº 2126, piso 2, dpto. “B”, Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (02/03/27). 13) Fijar el día 29/10/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 13/11/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 15/12/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 02/03/27 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. 21) Se comunica la clave de acceso remoto de los presentes: 6550. Fdo. GABRIEL ABAD, JUEZ; Dra. VERONICA TOLOZA, SECRETARIA. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 567169 Set. 14 Set. 18
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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MORANTE, ADRIAN MARCELO s/QUIEBRA; (Expte. CUIJ N° 21-02063074-l), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 08 de septiembre de 2026. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Adrián Marcelo Morante, apellido materno Aldao, DNI N° 44.731.197, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Eva Perón S/N de la ciudad de Coronda, Provincia de Santa Fe y legal en calle Alvear 6024 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Decretar la inhibición general del fallido para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 16 de Septiembre de 2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 03 de Diciembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 15 de Febrero de 2027 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 26 de Marzo de 2027 para que presente el informe general. 12) Disponer la realización de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto octavo. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 8 de septiembre de 2026. Dra. Sandra S. Romero, Secretaria.
S/C 567171 Set. 14 Set. 18
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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados TORRES, CRISTIAN IVAN s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (Expte. CUIJ Nº 21-02063461-5), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 07 de septiembre de 2026. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Cristian Ivan Torres, apellido materno Ruffino, DNI Nº 33.212.749, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Chubut Nº 2.970 Bº Las Delicias Santa Se, La Capital, Provincia de Santa Fe y legal en calle Pasaje Leoncio Gianello 636 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Decretar la inhibición general del fallido para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 16 de Septiembre de 2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 03 de Diciembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 15 de Febrero de 2027 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 26 de Marzo de 2027 para que presente el informe general. 12) Disponer la realización de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto octavo. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 7 de septiembre de 2026. Dra. Sandra S. Romero, Secretaria.
S/C 567172 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: SCHMIDT, NATALIA ANALIA s/PEDIDO DE QUIEBRA CUIJ 21-02063853-9, en fecha 9/9/2026 se ha declarado la quiebra de NATALIA ANALIA SCHMIDT DNI 23.160.771, con domicilio en VÉLEZ SARSFIELD Nº 6127 y con domicilio legal en SAN MARTIN Nº 1879 oficina 1 de la ciudad de Santa Fe. Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general. Fijar el día 29/10/26, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Fijar el día 13/11/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. Señalar el día 15/12/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 02/03/27 la presentación del Informe General. Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que, en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: CONTRASEÑA 9257 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Firmado: GABRIEL ABAD, JUEZ, Dra. VERONICA TOLOZA, SECRETARIA. Dra. Natalia Gerard, Secretaria.
S/C 567173 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: CAMPS, JORGE RODOLFO JULIO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02063158-6), se ha dispuesto: SANTA FE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026: 1) Declarar la quiebra de JORGE RODOLFO CAMPS, D.N.I. 16.573.376 domiciliado realmente en calle San Martín 7450 de Santa Fe y legalmente en calle Pasaje Echeverría 1473, Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salir del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (02/03/27). 13) Fijar el día 29/10/29 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 13/ll/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día l5/12/26 como fecha hasta la cual el Síndico y deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 02/03/27 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que, en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. 21) Se comunica la clave de acceso remoto de los presentes: 2345. Fdo. GABRIEL ABAD, JUEZ; Dra. VERONICA TOLOZA, SECRETARIA; Dra. Natalia Gerard, Secretaria.
S/C 567174 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos GOMEZ, ALEXIS JOANA s/Quiebra; CUIJ 21-020601586-6, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 07 de AGOSTO de 2026. ... 13. Intimar al Síndico que resulte sorteado ... realice una nueva publicación de edictos con los requisitos del Art. 89... Habiendo resultado sorteado como sindico la CPN ALICIA N. VALIENTE, domiciliado en calle Pasaje Koch 1057 - Dpto. 2 de la ciudad de Santa Fe, atiende de lunes a viernes de 17 hs. a 20 hs., debiendo los acreedores que pretendan verificar sus créditos comunicarse a los teléfonos 3424217889 o 3424195396 y correo electrónico valienterodriguez@yahoo.com.ar siendo la fecha límite para solicitar verificación es el 10 /09/26. De usar la opción electrónica, favor de respetar los parámetros de SISFE. Nestor A. Tosolini, secretario.
S/C 567176 Set. 14 Set. 15
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos MANJKA, FABIAN RICARDO s/Quiebra; CUIJ 21-020603146-2, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 03 de SEPTIEMBRE de 2026. ... 13. Intimar al Síndico que resulte sorteado ... realice una nueva publicación de edictos con los requisitos del Art. 89 Habiendo resultado sorteado como síndico la CPN ALICIA N. VALIENTE, domiciliado en calle Pasaje Koch 1057 - Dpto. 2 de la ciudad de Santa Fe, atiende de lunes a viernes de 17 hs. a 20 hs., debiendo los acreedores que pretendan verificar sus créditos comunicarse a los teléfonos 3424217889 o 3424195396 y correo electrónico valienterodriguez@yahoo.com.ar siendo la fecha límite para solicitar verificación es el 21 /10/26, de usar la opción electrónica, favor de respetar los parámetros de SISFE. Asimismo, se reprogramaron las siguientes fechas, el día 03.12.2026 para que la Sindicatura presente los informes individuales y el día 14/02/2027 o el día hábil siguiente si el mismo fuera inhábil, para la presentación del Informe General. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoiain, Juez. Nestor A. Tosolini, secretario.
S/C 567177 Set. 14 Set. 15
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados LYARDET, LUCIANO GABRIEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (Expte. Nº 21-02063482-8), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 07/09/2026. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de LUCIANO GABRIEL LYARDET, DNI Nº 37.290.463 nacionalidad Argentino, domiciliado realmente en calle Jose Cibils Nº 3336 de la localidad de Santo Tomé y legal en calle 25 de Mayo Nº 1705 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 16/09/2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 26/10/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 09/12/2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 23/02/27 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Javier Deud, Juez; Silvina Diaz, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 9 de Septiembre de 2026.
S/C 567184 Set. 14 Set. 18
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Por disposición del Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez a cargo, conforme decreto de fecha 10 de agosto de 2026, se cita y emplaza a las personas que se consideren con derechos sobre el LOTE 1 sito en calle Moreno Nº 2435 de esta ciudad de Santa Fe conforme Plano de Mensura Nº 293640 del 19/01/2026, partida inmobiliaria 10-11-03 109528/0002-1 (a fs. 8 informe negativo del RGPI) - artículo 236, inciso a) del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, para que comparezcan en el Expte. CUIJ Nº 21-02062751-1, Año 2026, GIMENEZ, RAUL MARCIAL y FOSCO, PATRICIO c/QUIEN RESULTE JURÍDICAMENTE RESPONSABLE Y/O TITULAR REGISTRAL s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - JUICIO ORDINARIO”, a comparecer a estar a derecho, dentro del término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 10 de agosto de 2026: Proveyendo escrito cargo Nº 8396, 8397 y 8404/26: Téngase presente la documental requerida acompañada. Proveyendo escrito de demanda Nº 7961 (fs. 17/20): Téngase por promovida la presente acción de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA -art. 2565 y 1897 del Código Civil y Comercial de la Nación - contra la MUNICIPALIDAD DE SANTA FE y/o QUIEN RESULTE TITULAR DEL DOMINIO y/o TITULAR REGISTRAL y/o contra QUIEN RESULTE JURÍDICAMENTE RESPONSABLE y/o con
derechos sobre el inmueble ubicado en Moreno Nº 2435 de esta ciudad de Santa Fe conforme Plano de Mensura Nº 293640 del 19/01/2026, partida inmobiliaria 10-ll-03109528/0002-1 (a fs. 8 informe negativo del RGPI) - artículo 236, inciso a) del Código Civil y Comercial de la Nación”. y artículo 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756) - Cítese y emplácese por edictos -que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales- las personas que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto, a comparecer a estar a derecho, dentro de término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, por el término de ley a los fines de hacer valer sus derechos. Todo ello con citación fiscal. A los fines de cumplimentar con la inscripción del bien como litigioso conforme lo dispuesto por el Art. 1904 del C.C.C., ofrezca fianza (Art. 276 CPCC), a sus efectos. Atento el valor que surge del avalúo fiscal del inmueble, a los fines de los sellados de ley, acompañe el mínimo exigido. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez a cargo; Dra. Romina Botto, Secretaria. Santa Fe, 7 de Septiembre de 2026. Dra. Georgina Benzo, prosecretaria.
$ 100 567155 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/LUNA GERARDO JAVIER s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396402-1) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 29 de Abril de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra LUNA GERARDO JAVIER y/o quien resulte propietario del automotor denunciado, identificado con MARCA: FIAT; TIPO: SEDAN 5 PUERTAS; MODELO: 930 MOBI LIKE 1.0; DOMINIO: AF037MZ; por el cobro de la suma de $ 1.224.168,11, en concepto de patentes única de vehículos. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Trábese embargo sobre el automotor denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 1.224.168,11 con más la suma de $ 612.084,05, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020 - San Jorge N° 1. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. DANIELA TÁNTERA, SECRETARIA; Dra. PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al AUTOMOTOR MARCA: FIAT; TIPO: SEDAN 5 PUERTAS; MODELO: 930 MOBI LIKE 1.0; DOMINIO: AF037MZ. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TÁNTERA, Secretaria. Sastre, 12 de MAYO de 2026.
S/C 566843 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/MELCHIOR MARIA FLORENCIA s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396424-2) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 29 de Abril de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra MELCHIOR MARIA FLORENCIA y/o quien resulte propietario del automotor denunciado, identificado con MARCA: FORD; TIPO: PICKUP; MODELO: ZV RANGER DC 4X4 XLS MT 3.2L D; DOMINIO: AB884AP, por el cobro de la suma de $ 1.782.354,00 en concepto de patentes única de vehículos. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el automotor, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 1.782.354,00, con más la suma de $ 891.117,00, oficiándose a sus efectos al Registro de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020; San Jorge Nº 1, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. DANIELA TÁNTERA, SECRETARIA; Dra. PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA. - Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al AUTOMOTOR MARCA: FORD; TIPO: PICKUP; MODELO: ZV RANGER DC 4X4 XLS MT 3.2L D; DOMINIO: AB884AP. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TÁNTERA, Secretaria. Sastre, 12 de MAYO de 2026.
S/C 566844 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ZANETTA CARLOS JORGE y ALMAGRO LORENA SILVANA s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396491-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra ZANETTA CARLOS JORGE y ALMAGRO LORENA SILVANA y/o quien resulte propietario automotor denunciado, identificado con MARCA: CHEVROLET; TIPO: SEDAN 4 PUERTAS; MODELO: 763 ONIX PLUS 1.2 LT MT; DOMINIO: AE509JG, por el cobro de la suma de $ 1.404.154,08 en concepto de patentes única de vehículos. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el automotor, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 1.404.154,08, con más la suma de $ 702.077,04, oficiándose a sus efectos al Registro de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020; San Jorge Nº 1, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. DANIELA TÁNTERA, SECRETARIA; Dra. PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al AUTOMOTOR MARCA: ...; MODELO:...; DOMINIO:...; Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TÁNTERA, Secretaria. Sastre, 29 de JUNIO de 2026.
S/C 566847 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RODRIGUEZ JORGE LUIS s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396496-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra RODRIGUEZ JORGE LUIS y/o quien resulte propietario automotor denunciado, identificado con MARCA: FIAT; TIPO: SEDAN 4 PUERTAS; MODELO: CK CRONOS PRECISION 1.8 MT; DOMINIO: AF205GJ, por el cobro de la suma de $ 1.058.760,25 en concepto de patentes única de vehículos. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el automotor, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 1.058.760,25, con más la suma de $ 529.380,12, oficiándose a sus efectos al Registro de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020; San Jorge Nº 1, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. DANIELA TÁNTERA, SECRETARIA; Dra. PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al AUTOMOTOR MARCA: FIAT; TIPO: SEDAN 4 PUERTAS; MODELO: CK - CRONOS PRECISION 1.8 MT; DOMINIO: AF205GJ. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TÁNTERA, Secretaria. Sastre, 29 de JUNIO de 2026.
S/C 566848 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CASAS MIGUEL ANGEL s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396505-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 19 de junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra CASAS MIGUEL ÁNGEL y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800163961/00357, por el cobro de la suma de $ 335.978,85, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que, si dentro del plazo de OCHO días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 335.978,85, con más la suma de $ 167.989,42, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.PC.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre, 29 de Junio de 2026.
S/C 566849 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CENTURIÓN ARNALDO ALFREDO s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396400-5) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 29 de Abril de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra CENTURION ARNALDO ALFREDO y/o quien resulte propietario del automotor denunciado, identificado con MARCA: AUDI; TIPO: SEDAN 4 PUERTAS; MODELO: 168 A4 2.0T FSI; DOMINIO: AA940RE; por el cobro de la suma de $2.542.699,19, en concepto de patentes única de vehículos. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Trábese embargo sobre el automotor denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 2.542.699,19, con más la suma de $ 1.271.349,59, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020; San Jorge N° l. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. DANIELA TÁNTERA, SECRETARIA; Dra. PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al AUTOMOTOR MARCA: AUDI; TIPO: SEDAN 4 PUERTAS; MODELO: 168 A4 2.0T FSI; DOMINIO: AA940RE. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TÁNTERA, Secretaria. Sastre, 12 de MAYO de 2026.
S/C 566850 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/VERON FABIOLA MARIA EMILIA s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396517-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 30 de Junio de 2026. Agréguese certificados de deudas que se acompañan. En consecuencia: Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra VERON FABIOLA MARIA EMILIA y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 166847/02801; por el cobro de la suma de $ 293.295,34, en concepto de tasa de servicios y obra de cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 293.295,34, con más la suma de $ 146.647,67, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 27 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567124 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito Nº 30 en lo de la ciudad de Sastre, en autos caratulados: BERTOLA, FERNANDO CARLOS c/MANSILLA, VIVIANA MARCELA s/JUICIO EJECUTIVOS; CUIJ 21-24396095-6, se cita, llama y emplaza a Sra. Viviana Marcela MANSILLA, D.N.I. Nº 20.148.221, para que comparezca a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publicarán a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. Para mayor claridad, se transcribe el proveído correspondiente: Sastre, 29 de Septiembre de 2025. Agréguese cédula diligenciada que se acompaña. No habiendo comparecido a estar a derecho, declárese rebelde a la demandada. Dispóngase la inhibición general de bienes de VIVIANA MARCELA MANSILLA, DNI Nº 20.148.221, hasta cubrir la cantidad de $ 3.000.000, con más $ 1.500.000, estimada provisoriamente para intereses y costas; oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor de la ciudad de San Jorge, con facultades de ley, y con la autorización requerida para su diligenciamiento. Respecto al Banco Central de la República Argentina, no ha lugar, cfr Criterio de la Excma. Cámara de Apelación de Circuito de la ciudad de Santa Fe en autos: Incidente de reposición en autos: Mutual entre Asociados y Adherentes del Club Atlético Franck c/Galizzi, Alejandro Martín s/Ejecutiva, (revocatoria). Sentencia del 10/02/2015. Sin perjuicio de ello, podrá requerirse a dicha Entidad, informe sobre la existencia de cuentas bancarias de titularidad del accionado. Notifíquese. Fdo. Dra. Daniela TANTERA, secretaria. Dra. Patricia GONZALEZ BROIN, jueza. Sastre, 30 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567122 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/LACROIX LOCKER GLADIS ESTER y PRIETTO JOSE DANIEL s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396524-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 30 de Junio de 2026. Agréguese certificados de deudas que acompaña. En consecuencia: Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra LACROIX LOCKER GLADIS ESTER y PRIETTO JOSE DANIEL y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800164267/00078; por el cobro de la suma de $ 351.051,79, en concepto de tasa de servicios y obra de agua, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 351.051,79, con más la suma de $ 175.525,89, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE - Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 27 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567120 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/FERRI DANIEL WALTER s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396518-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra FERRI DANIEL WALTER y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800166112/00077, por el cobro de la suma de $ 391.715,02, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 391.715,02, con más la suma de $ 195.857,51, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567119 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ASTEGIANO DARIO ALDO s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396519-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 30 de Junio de 2026. Agréguese certificados de deudas que se acompañan. En consecuencia: Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra ASTEGIANO DARIO ALDO y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800164977/00155; por el cobro de la suma de $ 478.644,21, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 478.644,21, con más la suma de $ 239.322,10, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 27 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567118 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/MARCHESIN JULIO CESAR s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396525-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 30 de Junio de 2026. Agréguese certificados de deudas que se acompañan. En consecuencia: Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra MARCHESIN JULIO CESAR y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800164892/00072; por el cobro de la suma de $ 409.137,37, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 409.137,37, con más la suma de $ 204.568,68, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 27 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567117 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ESPINOZA DANIEL s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396520-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 30 de Junio de 2026. Agréguese certificados de deudas que se acompañan. En consecuencia: Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra ESPINOZA DANIEL y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800166394/00022; por el cobro de la suma de $ 366.206,26, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 366.206,26, con más la suma de $ 183.103,13, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA; Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 27 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567116 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BOGGINO JULIO CESAR s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396514-1), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 30 de Junio de 2026. Agréguese certificados de deudas que acompaña. En consecuencia: Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra BOGGINO JULIO CESAR y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800164769/00026; por el cobro de la suma de $ 361.573,32, en concepto de tasa de servicios y obras de agua, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 361.573,32, con más la suma de $ 180.786,66, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 27 de Julio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567114 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CALIGARIS LEONEL BRUNO s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396504-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra CALIGARIS LEONEL BRUNO y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto Nº 120800-166886/0040-8; por el cobro de la suma de $ 329.498,05, en concepto de tasa de servicios, obra de cloacas y obra de agua, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará a llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 329.498,05, con más la suma de $ 164.749,02, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA - EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE - Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567113 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/LUNA MARIA SOLEDAD s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396509-5), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra LUNA MARIA SOLEDAD y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800165309/00005, por el cobro de la suma de $ 349.764,04, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 349.764,04, con más la suma de $ 174.882,02, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA - EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567112 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/DORADO LORENA s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396513-3), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra DORADO LORENA y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800165963/00126; por el cobro de la suma de $ 333.421,87, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que, si dentro del plazo de ocho días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 333.421,87, con más la suma de $ 166.71O,93, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA - EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE - Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567111 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BISCIA DORA BEATRIZ s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396507-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra BISCIA DORA BEATRIZ y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº l20800165589/00016; por el cobro de la suma de $ 585.901,48, en concepto de tasa de servicios y obra de agua, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 585.901,48, con más la suma de $ 292.950,74, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.PC.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA - EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE - Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567110 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/VARELA ROSANA RUTH s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396511-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra VARELA ROSANA RUTH y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 120800166504/00089; por el cobro de la suma de $ 278.774,19, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 278.774,19, con más la suma de $ 139.387,09, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA; Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567109 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TOURON OSCAR MARIO y ASTUDILLO MARIA ISABEL s/APREMIO MUNICIPAL; (CUIJ 21-24396506-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 19 de Junio de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley Nº 5066) contra TOURON OSCAR MARIO y ASTUDILLO MARÍA ISABEL y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario Nº 20800-166514/005l-8; por el cobro de la suma de $ 323.597,02, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que, si dentro del plazo de OCHO días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 323.597,02, con más la suma de $ 161.798,51, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley Nº 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA; Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA; EN CONSECUENCIA, QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE; Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Sastre, 29 de Junio de 2026. Dra. Daniela M. Tántera, secretaria.
S/C 567107 Set. 14 Set. 16
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 1ª Nominación de San Justo, se hace saber que en autos caratulados VELAZQUEZ, MONICA ALEJANDRA s/QUIEBRAS; (CUIJ Nº 21-29035483-5) que tramitan ante el mismo, se ha declarado la quiebra en fecha 28 de abril de 2026 de la Sra. Mónica Alejandra VELAZQUEZ D.N.I. Nº 31.170.344 con domicilio real Belgrano Nº 105, de la localidad de Crespo, y a los efectos legales en calle Francisco Angeloni Nº 2785 de la ciudad de San Justo, Departamento San Justo, provincia de Santa Fe. Síndica designada: CPN Ileana Fasano, con domicilio en Av. 9 de Julio 2218 de la ciudad de San Justo, y horario de atención a los pretensos acreedores de 8 a 11 horas por la mañana y de 16 a 19 horas por la tarde. Domicilio electrónico: ileanamcfasano@gmail.com. Se fijó hasta el 23-09-2026 el plazo para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al síndico, entre el 24-09-2026 y el 13-10-2026 el período de observación e impugnaciones, el 06-11-2026 para que el síndico presente el informe individual de los créditos, y el 28-12-2026 para que presente el informe general. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días. Fdo. Dr. Rubén A. Crespi, secretario; Dra. Laura M. Alessio, Jueza. San Justo, 7 de Septiembre de 2026. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.
S/C 567170 Set. 14 Set. 15
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Por disposición de la SEÑORA JUEZA, a cargo del JUZGADO DE DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL Nº 17, PRIMERA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, SANTA FE 4º CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, Dra. María Isabel Arroyo, en los autos caratulados FARIAS, JUAN CARLOS y Otros c/E.P.E. y otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ N° 21-26312531-9, se declara rebelde al Sr. Pablo González. Villa Ocampo, Santa Fe, 14 de Agosto de 2026. Dra. Marta Migueletto, secretaria.
S/C 567135 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MEYNET, HUGO DANIEL s/QUIEBRAS; (Exp. CUIJ N° 21-26172172-1), se ha designado como Síndico al CPN HORACIO EMILIO MOLINO, con domicilio en calle Libertad Nº 1666 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, celular: 342-154295175, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de manera electrónica al e-mail: h.molino@hotmail.com, hasta el 30/09/2026. El Síndico deberá presentar los informes de los artículos 35º y 39º los días 12/11/2026 y 02/02/2027, respectivamente. Publíquense edictos por cinco días en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. Julio Migno (Juez); Dr. Diego Escudero (Secretario). San Javier, de Septiembre de 2026.
S/C 566913 Set. 14 Set. 18
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El Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de San Javier, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados PIEDRABUENA, MARTA GABRIELA s/QUIEBRAS 21-26171849-6, hace saber lo siguiente: SAN JAVIER, 1 de Diciembre de 2025. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la Señora MARTA GABRIELA PIEDRABUENA, DNI Nº 35.769.853, CUIL Nº 27-35769802-2, argentina, mayor de edad, soltera, empleada dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Cacique Aletin S/N Bº Pizzaro y constituyendo domicilio procesal en calle 25 de Mayo Nº 905, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. Dr. DIEGO ESCUDERO Secretario; Dr. JULIO FRANCISCO MIGNO Juez. SAN JAVIER, 26 de Agosto de 2026. Y VISTOS:.. CONSIDERANDO:... RESUELVO: I) Fijar hasta el día 30 de Septiembre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días 01 de Octubre de 2026 hasta el 19 de Octubre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Hacer saber al Sindico que dentro de las 48 hs. de vencido el plazo previsto en el punto anterior, deberá acompañar al Juzgado por triplicado, una lista de los acreedores que hayan pedido verificación de sus créditos y las observaciones e impugnaciones que se hubieren efectuado. IV) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día 12 de Noviembre de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día 02 de Febrero de 2027 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados TODOS LOS OFICIOS REQUERIDOS, como así también deberá encontrarse acreditado el diligenciamiento del Mandamiento de Incautación y Desapoderamiento y las notificaciones a los acreedores denunciados por la propia fallida. V) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición la fallida no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día 2 de Febrero de 2027 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. VI) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y Hall de este Juzgado. Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por la fallida, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo PRONO). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. Insértese el original y hágase saber. Dr. DIEGO ESCUDERO Secretario; Dr. JULIO F. MIGNO Juez. En la ciudad de Santa Fe, a los 8 días del mes de Junio de 2026, hallándose el actuario en su despacho y en audiencia pública, comparece el Contador Público AGUIRRE MAURI GABRIEL ALBERTO, inscripto bajo el Nº 5170 en la matrícula del Consejo Profesional en Ciencias Económicas de la provincia de Santa Fe, quien acredita su identidad personal mediante D.N.I. Nº 10.863.420 y dice: Que habiendo sido designado Síndico en los autos caratulados PIEDRABUENA, MARTA GABRIELA s/QUIEBRAS 21- 26171849-6, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier - Santa Fe, viene a aceptar el cargo jurando desempeñando fiel y legalmente con arreglo a derecho. Que a todos los efectos del proceso constituye domicilio en calle Nicasio Oroño 1750 de la ciudad de San Javier, provincia de Santa Fe, y fijando horario de atención de lunes a viernes de 08 a 12 hs. y de 16 a 20 hs., correo electrónico cpncibilsjo@hotmail.com, teléfono 0342-1555010829. San Javier, 4 de Setiembre de 2026. Dra. Gabriela Vouilloz, prosecretaria.
S/C 566921 Set. 14 Set. 18
Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 2ª Nominación de la Ciudad de Esperanza Provincia de Santa Fe, en autos caratulados DOLDAN FURNO RODOLFO JOSÉ s/SUCESORIO; CUIJ 21-28926389-3 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Doldán Furno Rodolfo José, DNI Nº M6.308.161, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Victoria Lang (Secretaria); Dra. María Josefina Olcese (Jueza).
$ 45 Set. 14
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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, de la Segunda Nominación de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: OLMEDO SONIA MARIA s/SUCESORIO, CUIJ 21289263575, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de OLMEDO SONIA MARIA, DNI Nº 10.247.748, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. María Josefina Olcese (Jueza); Dra. Victoria Lang (Secretaria).
$ 45 Set. 14
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados OCAMPO ROQUE ANTONIO RAMON s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26172286-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se consideren con derechos sobre los bienes de Ocampo Roque Antonio Ramon, DNI N° 16.372.664, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publica, por el término de ley (Art 592 C.P.C,C) a sus efectos en el diario BOLETIN OFICIAL, Hall de este Juzgado. San Javier, 4 de Septiembre de 2026. Fdo. Dr. Julio Migno (Juez); Dr. Diego Escudero (Secretario). Dra. Gabriela Vouilloz, prosecretaria.
$ 45 Set. 14
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Por disposición de Juzgado Civil, Comercial y Laboral de San Javier SEC. UNIcA, en los autos caralulados UVIEDO, ARCADIO MODESTO s/DECLRATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-02030009-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante UVIEDO ARCADIO MODESTO, DNI 6.351.402, fallecido en fecha 24 de marzo de 2022, en la localidad de San Javier, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimiento de Ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL: Fdo. Dr. Migno Julio F. Juez. San Javier, 9 de Septiembre de 2026. Dra. Gabriela Vouilloz, prosecretaria.
$ 45 Set. 14
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: GENNARI, EDUARDO ALBERTO s/SUCESORIO; (CUIJ 21-02063934-9, Año 2026), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios, de EDUARDO ALBERTO GENNARI, DNI N° 13.333.343, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. (Fdo.) Dr. Guillermo Adrián Vales, Juez. Santa Fe, de Septiembre de 2026.
$ 45 Set. 14
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Por disposición de la JUZG.DE 1RA.INST.CIVIL Y COMERCIAL - 1raNom. SEC. UNICA de la Ciudad de Santa Fe. En autos caratulados: “ELLENA, MARTA ADA S/ SUCESORIO” CUIJ NRO. 21-25449356-9, que tramita ante el Juzgado ut supra mencionada cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ELLENA. MARTA ADA, (DNI N° 2.832.226) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. FDO: Dra. Nadia M. Aronne, Prosecretaria. -
$ 45 Sep. 14
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación), en autos: “VERON, CORNELIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02058896-6, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de CORNELIO VERON, DNI 2.494.579, y de CARMEN GUADALUPE VILLALBA, DNI F1.532.721, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Vales – JUEZ-. Santa Fe,.… de septiembre 2026.
$ 45 Sep. 14
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de El Trébol (S.F.), en autos “RASERO, ALBERTO ALBINO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-28905830-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Dn. RASERO ALBERTO ALBINO, DNI 12.257.505, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. EL TRÉBOL, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026.-
$ 45 Sep. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación – Secretaría Única de la ciudad de Esperanza (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de REGI CARLOS ITURRASPE, D.N.I. N° 6.233.683 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en los autos caratulados “ITURRASPE, REGI CARLOS S/ SUCESORIO” C.U.I.J. N° 21-28926399-0. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y conforme lo dispuesto en la Ley 11.287 y acuerdo del 07/02/96 Acta N° 3.-
$ 45 Sep. 14
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Por disposición de la OPS – Juzgado Civil y Comercial 1ra Instancia, 13ra. Nominación - de la Ciudad de Santa Fe. En autos caratulados: “NICOLA, CARLOS DANIEL S/ SUCESORIO” CUIJ NRO. 21-02063859-9, que tramita ante el Juzgado tu supra mencionada cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de NICOLA, CARLOS DANIEL, (DNI N° 18.529.506) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. FDO: GUILLERMO ADRIAN VALES, Juez.
$ 45 Sep. 14
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado 1ra. Inst. Civil y Comercial 5ta. Nominación de esta Ciudad) en autos caratulados: “CUELLO, RUBEN JOSE ANGEL S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02035608-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de CUELLO, RUBEN JOSE ANGEL, D.N.I. N.º 12.565.573 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- FDO: DRA. CLAUDIA SÁNCHEZ(Secretaria) DR. DIEGO RAUL ALDAO(Juez)
$ 45 Sep. 14
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Tercera Nominación) en autos caratulados “ASOLI, YOLANDA SUSANA S/ SUCESORIO” CUIJ. 21-02063806-8 Año 2.026 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de YOLANDA SUSANA ASOLI, DNI 4.942.308 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial”. Fdo. Dr. Guillermo A. Vales - Juez a/c
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Por disposición del Sr. Juez de OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS -Juzg. de radicación 13° Nominación-, Santa Fe, en los autos “AGUIRRE SUSANA GABRIELA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02063846-7) SE CITA, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. AGUIRRE SUSANA GABRIELA, DNI N° 4.709.584, argentina, con último domicilio en José Ingenieros N° 2257, de la localidad de Laguna Paiva, Prov. de Santa Fe, fallecida el día 10 de Agosto de 2026 en la localidad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que es publicado a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Fdo: Dr. GUILLERMO A. VALES (Juez) Esperanza, de Septiembre del año 2026.
$ 45 Sep. 14
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr Juez del Juzgado de 1º Instancia de Distrito Nº 11 Civil, Comercial y Laboral de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en autos “BERNARD, ROSALIA S/ SUCESORIO CUIJ 21-26271061-8 ” se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante ROSALIA BERNARD argentina, nacida el 01-10-1953, de apellido materno Argento, D.N.I. Nº 10.957.905, CUIT/CUIL 27-10957905-5, de estado civil casada en primeras nupcias con Oscar Nevio Frega, con último domicilio real en calle Chacabuco 1.489 de la ciudad de Sastre, Provincia de Santa Fe ,para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, los que se publican en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales.- Fdo DR. JULIAN D. TAILLEUR (Secretario) DR. DANIEL MARCELO ZOSO (Juez)- San Jorge
$ 45 Sep. 14
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Vera (SF), Primera Nominación en autos caratulados ROMEGGIO, LUCRECIA STEFANIA c/SUC. DE CHAPERO, FABIAN ANDRES s/RECLAMACION DE FILIACION POST MORTEM - CUIJ 21-23642097-0, VERA, 06 de Agosto de 2026; Haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declarase rebeldes a los herederos de Chapero, Fabián Andrés. NOTIFÍQUESE. Fdo. Dra. Margarita Savant, Secretaria; Dra. JORGELINA YEDRO, JUEZA.
$ 33 566931 Set. 14 Set. 18
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16528876-6 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MAPRIBA S.A. s/APREMIO, se cita por el presente al demandado MAPRIBA SA, para que dentro del término de ley comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 20 de Agosto de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566964 Set. 14 Set. 16
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16540926-1 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SCHRETER MAURICIO OMAR s/APREMIO, se cita por el presente al demandado SCHRETER MAURICIO OMAR, para que dentro del término de ley comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 18 de Agosto de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566965 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16537131-0 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BASTIDA ANDREA FABIANA y VALDEZ LEANDRO FRANCISCO s/APREMIO, se cita por el presente al demandado BASTIDA ANDREA FABIANA, para que dentro del término de ley comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 18 de Agosto de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566966 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos
caratulados EXPTE. Nº 21-16537216-3; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CABRAL HECTOR GABRIEL FEDERICO s/APREMIO, se cita por el presente a los herederos y/o legatarios del demandado CABRAL HECTOR GABRIEL FEDERICO, para que dentro del término de ley comparezcan y opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 1 de Septiembre de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566967 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16537295-3; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALVAREZ MANUEL BERNARDINO s/APREMIO, se cita por el presente a los herederos y/o legatarios del demandado ALVAREZ MANUEL BERNARDINO, para que dentro del término de ley comparezcan y opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 1 de Septiembre de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566968 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16531295-0 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GEREZ RAMONA AYDE s/APREMIO, se cita por el presente a los herederos y/o legatarios del demandado GEREZ RAMONA AYDE, para que dentro del término de ley comparezcan y opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 1 de Septiembre de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566969 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16534244-2; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SANCHEZ FRANCISCO; SANCHEZ RUBEN ALBERTO; SANCHEZ FRANCISCO EDMUNDO y SANCHEZ RITA ANA s/APREMIO, se cita por el presente a los herederos y/o legatarios del co-demandado SANCHEZ FRANCISCO EDMUNDO, para que dentro del término de ley comparezcan y opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 1 de Septiembre de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566972 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16537255-4; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GALLOTO MARISABEL s/APREMIO, se cita por el presente a los herederos y/o legatarios del co-demandado GALLOTO MARISABEL, para que dentro del término de ley comparezcan y opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 1 de Septiembre de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566973 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. Nº 21-16540383-2; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/DOMENELLA VICENTE ALFREDO s/APREMIO, se cita por el presente a los herederos y/o legatarios del demandado DOMENELLA VICENTE ALFREDO, para que dentro del término de ley comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 1 de Setiembre de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566975 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados CUIJ 21-16526989-3; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RICCIARDI JAVIER EDGARDO s/APREMIO, se hace saber al demandado Sr. RICCIARDI JAVIER EDGARDO, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Fdo. Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 14 de Junio de 2026. Dr. Gustavo Mié, secretario.
S/C 566976 Set. 14 Set. 16
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe. En autos caratulados "Expte. CUIJ N° 21-24212246-9 – SORIA HUGO MARTIN S/ SUCESORIO”, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SORIA HUGO MARTIN, D.N.I. 27.566.353, argentina, con ultimo domicilio en calle J. F. Fertonani N° 2046, de la localidad de Rafaela, Pcia. Santa Fe, fallecido en fecha 04 de octubre de 2025. Para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de tribunales a sus efectos. Dra. Natalia Carinelli, Jueza. Rafaela, 11 de septiembre de 2026.
$ 45 Sep. 14
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: “SANTINELLI MARTHA MARGARITA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” - CUIJ 21-24213710-5, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Santinelli Martha Margarita Maria, documento de identidad: 6.508.868, fallecida el 15 de marzo de 2026, y que a su deceso se domiciliaba Gral. Mitre 1280, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, comparezcan por ante este Juzgado a acreditar su carácter. FDO: Mauro D. García – Juez. RAFAELA 11 de Septiembre de 2026.-
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dr. Mauro Garcia, en los autos caratulados “ICASURIAGA LAURIANO Y OTROS S/ SUCESORIO 21-24213697-4”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SANTINA MERLO, argentina, LC N.º 6.339.885, nacida en Adolfo Alsina el 19 de marzo de 1914, fallecida en Humberto 1° el 16 de noviembre de 1989 cuyo último domicilio fue Güemes Oeste N° 832 de la localidad de Humberto 1°, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer su derecho dentro del término de 30 días bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, conforme Ley 11.287 y Acuerdo Ordinario celebrado el día 07 de febrero de 1996. Ordenado por: Andrea Ferreyra Prosecretaria Mauro García Juez. Rafaela, 11/09/2026.
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dr. Mauro Garcia, en los autos caratulados “ICASURIAGA LAURIANO Y OTROS S/ SUCESORIO 21-24213697-4”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LAURIANO ICASURIAGA, argentino, LE N° 2.432.311, nacido en Piamonte el 4 de julio de 1912, fallecido en Humberto 1° el 1 de marzo de 1983 cuyo último domicilio fue Güemes Oeste N° 832 de la localidad de Humberto 1°, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer su derecho dentro del término de 30 días bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, conforme Ley 11.287 y Acuerdo Ordinario celebrado el dia 07 de febrero de 1996. Ordenado por: Andrea Ferreyra Prosecretaria - Mauro García Juez. Rafaela, 11/09/2026.
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En autos caratulados “BORGETTO JUAN JOSE Y OTROS S/SUCESORIO”, CUIJ 21-24213938-8 en trámite por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA TERCERA NOMINACIÓN DE RAFAELA, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de los causantes, JUAN JOSÉ BORGETTO, D.N.I. Nº 5.924.612, y DELMA ISABEL JURADO, L.C. Nº 4.426.721, ambos con último domicilio en calle José Hernández Nº 451 de la localidad de San Vicente, fallecidos en dicha localidad el primero el 10 de diciembre de 2019 y la segunda el 19 de mayo de 2006, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Andrea Ferreyra -Prosecretaria- Dr. Mauro D. GARCÍA -Juez- Rafaela, 11 de Setiembre de 2026.-
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “ROBERTS ALEJANDRO ROBERTO Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25034444-6 llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. ALEJANDRO ROBERTO ROBERTS, DNI N° M6.351.767 y la Sra. BERNARDITA LOURDES BENITEZ, DNI N° 10.908.324 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 11 de Septiembre de 2026.-
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “ROMERO MARIO RAFAEL S/ SUCESORIO” CUIJ N°21-25035318-6, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. MARIO RAFAEL ROMERO, DNI N° M7.635.648 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 11 de Septiembre de 2026.-
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: PRALONG, LUIS PEDRO S/SUCESORIO (CUIJ: 21-02062746-5), llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. LUIS PEDRO PRALONG DNI: M8.492.546 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. RECONQUISTA, 11 de septiembre del 2026.- Maria Belen Saliva, Prosecretaria
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