picture_as_pdf 2026-09-21

NAGAS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “NAGAS S.A. s/ Designación de Autoridades”, de trámite por ante el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de Santa Fe, se hace saber: “NAGAS S.A.” Designación de Gerentes: Por acta de Asamblea General Ordinaria unánime (Art. 237 L.S.C.) de fecha 09 de Septiembre de 2026, la totalidad de los accionistas que representan el cien por ciento del capital social de la entidad “NAGAS S.A.”, C.U.I.T. Nº 30-71590817-0, con domicilio social en zona rural de la localidad de Cayastá, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, bajo el Nº 1395 Fº 250 del Libro 12 de Estatutos de Sociedades Anónimas, en fecha 06 de diciembre de 2016, han resuelto -por unanimidad- proceder a la elección del nuevo Directorio por el período estatutario, el que estará integrado de la siguiente forma: Presidente: José Alcides Spalletti, argentino, casado, mayor de edad, D.N.I. Nº 14.214.820, C.U.I.T. Nº 20-14214820-0, con domicilio especial constituido (art. 256 LGS) en zona rural de la localidad de Cayastá, provincia de Santa Fe, Director Suplente: Susana Beatriaz Lartiga, argentina, casada, mayor de edad, D.N.I. Nº 17.472.340., C.U.I.L. Nº 27-17472340-6, con domicilio especial constituido (art. 256 LGS) en zona rural de la localidad de Cayastá, provincia de Santa Fe, quienes aceptaran sus designaciones y prestaran su conformidad mediante las firmas insertas por ellos al pie del Acta de Asamblea General Ordinaria unánime suprareferida.



RPJEC 4179

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MORELLI S.A. (CONTINUADORA DE MORELLI S.R.L.)


Sobre Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “MORELLI S.A. (CONTINUADORA DE MORELLI S.R.L.) S/ AUTORIDADES S.A - EE-2026-00097567-APPSF-PE” se hace saber que en Asamblea de fecha 08/06/2026 se designaron las siguientes autoridades: Presidente del Directorio: RICARDO JORGE MORELLI (CUIT 20-10987546-6), Director titular: RICARDO NICOLAS MORELLI (CUIT 20-27211794-3). Director suplente: NOEMI DURAN (CUIT 23-13788257-4), que todos fijan domicilio especial a los fines del Art. 256 L.G.S. en Avenida Fuerza Área 3104, B° Cadaques, de Funes, Provincia de Santa Fe.-


Se publica por un día (1) día en el Boletín Oficial, a los 21 día del mes de Septiembre 2026.-

1 día.-

RPJEC 4195-

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METAL-FREN S.R.L –


MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL –

PRÓRROGA, CAMBIO DE DOMICILIO LEGAL

Y CAMBIO DE GERENCIA


Por instrumento privado de fecha 31 de Agosto de 2026, formalizando de acuerdo con el Acta de Reunión de Socios nº 16 de fecha 31 de agosto, los socios CAMPAGNARO OSVALDO DNI Nº 20.674.582, Cuit 20-20674582-8, de nacionalidad argentina, nacido el 11 de abril de 1969, divorciado, de apellido materno Aymaretti, de profesión comerciante, con domicilio en calle La Paz 1034 Piso 2 Dpto. B de la ciudad de Rosario, y la Srta. Campagnaro, Lucia, DNI 40.843.138, Cuit nro. 27-40843138-2, argentina, nacida el 20-11- 1997, de apellido materno Bonetti, de profesión comerciante y con domicilio en calle Sánchez de Bustamante 3767 de la ciudad de Rosario, Pcia. De Santa Fe ,en su carácter de únicos integrantes de la firma METAL-FREN S.R.L CUIT 30-70981108-4 con sede social en la calle Callao N° 5841 B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en el R.P:C: de Rosario en fecha 8 de setiembre del 2006 al Tomo 157, Folio 19558, Nro 1503 -Sección Contratos y sus modificatorias al Tomo 162, Folio 13198, Nro 884 de fecha 7 de junio de 2011 , al Tomo 167 Folio 37387 Nro 2273 de fecha 29-12-2016, y al Tomo 175 Folio 8147 Nro 1505 de fecha 4 de octubre del 2024.Han resuelto de forma unánime modificar el contrato social bajo las siguientes condiciones: PRIMER PUNTO: PRORROGA DEL PLAZO DE DURACION Los socios resuelven prorrogar el plazo de duración de la sociedad por el término de 10 (diez) años contados a partir del vencimiento del plazo actualmente vigente que opera el día 8 de setiembre del 2026:. Como consecuencia se modifica Cláusula Tercera del Contrato Social que queda redactada de la siguiente manera: TERCERA. DURACION: El plazo de duración se fija en 30(treinta) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.- SEGUNDO PUNTO: MODIFICACIÓN DOMICILIO: Los socios deciden por unanimidad el cambio de domicilio de la sede social, fijando su domicilio legal en calle Callao N° 5841 B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe . TERCER PUNTO: RENUNCIA DEL SOCIO GERENTE- DESIGNACION NUEVO GERENTE El Sr Campagnaro Osvaldo, manifiesta expresamente su renuncia al cargo de gerente que actualmente desempeña en la sociedad, el cual surgía de la Cláusula Décima de la modificación del Contrato inscripta en Tomo 167 Folio 37387 No 2273 de fecha 29-12-2016 y rindiendo debida cuenta de todas sus gestiones, actos y diligencias las cuales son plenamente aceptadas por el otro socio, se lo libera expresamente de toda responsabilidad que de los mismos pudieran derivarse. Los socios resuelven por unanimidad designar como gerente de la sociedad a la Srta. Campagnaro, Lucía , quien acepta el cargo en este acto,: La nueva gerente ejercerá la administración, y representación legal de la sociedad con las facultadas establecidas en el Contrato social y en la Ley General de Sociedades.-A tal efecto la Cláusula Décima del Contrato de Modificación inscripto en Tomo 167 Folio 37387 Nro. 2273 de fecha 29-12-2016 queda derogada y sin efecto.


RPJEC 4188

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LGF COMPAÑÍA S.R.L.


Ampliación de Objeto Social


Por Acta de Reunión de Socios de fecha 1 de julio de 2026, los únicos socios de "LGF COMPAÑÍA S.R.L." (CUIT 30 71687581-0), Sr. Pablo Andrés Fortuny (DNI N° 22.955.125) y Sra. Romina Juri (DNI N° 23.848.744), han resuelto de común acuerdo modificar el contrato social de la entidad, cuya constitución original por instrumento privado de fecha 6 de junio de 2020 fue inscripta ante el Registro Público de Comercio de Rosario el 17 de julio de 2020 (Tomo 171, Folio 2365/2305, N° 507), y cuenta con una posterior modificación del 27 de junio de 2024 (Tomo 175, Folio 4946, N° 926). A través de dicho acto, se aprueba de forma unánime la Ampliación del Objeto Social mediante la incorporación del Apartado C a la Cláusula Cuarta del Estatuto Social, quedando la misma redactada de la siguiente manera: "CUARTO: Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de la República Argentina o del exterior, a las siguientes actividades: A) FINANCIERAS: 1) Otorgamiento de créditos en general con fondos propios, con o sin garantía; compra-venta de acciones, debentures, futuros, opciones, warrants, valores mobiliarios y papeles de crédito. Asesoramiento financiero. 2) Proveedor de servicios de pago, ofrecer cuentas de pago; soluciones, sistemas y terminales para el procesamiento de pagos y validación de transacciones físicas y online; gestión de cobranzas y mandatos. 3) Proveedor de Servicios de Activos Virtuales, generación de criptomonedas mediante minería informática, inversión, gestión, intermediación, compraventa y explotación de negocios con monedas virtuales y criptoactivos. (Se excluyen actividades de la Ley N° 21.526). B) MANDATARIAS: Contratos de mandato, con o sin representación, comisiones, servicios a terceros y gestiones de negocios vinculados al objeto social. C) INMOBILIARIAS, CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA: La sociedad tendrá por objeto, exclusivamente por cuenta propia y respecto de bienes propios, las siguientes actividades: 1) Desarrollo e Inversión Inmobiliaria: Promoción, organización, estructuración y ejecución de proyectos inmobiliarios de toda índole, incluyendo loteos, urbanizaciones, barrios cerrados, parques industriales y edificios bajo el régimen de propiedad horizontal. 2) Operaciones Inmobiliarias: Adquisición, enajenación, permuta, locación, administración, explotación y disposición de bienes inmuebles urbanos o rurales de su propiedad. Participación en fideicomisos inmobiliarios como fiduciante, fiduciaria o beneficiaria, siempre sobre bienes propios. 3) Construcción: Planificación, dirección, ejecución y desarrollo de obras civiles, públicas o privadas, incluyendo refacciones, remodelaciones, demoliciones y servicios de ingeniería y arquitectura, exclusivamente respecto de proyectos propios o con participación social. 4) Consultoría Especializada: Asesoramiento técnico, económico y de gestión estratégica en proyectos inmobiliarios propios, y valuación de activos propios para desarrollo, financiamiento y/o comercialización. Limitación expresa: La sociedad no realizará actividades de corretaje inmobiliario ni intermediación reservadas a profesionales matriculados conforme la legislación aplicable en la Provincia de Santa Fe, limitándose a operaciones sobre bienes propios." Se deja constancia de la ratificación de la plena vigencia de las demás cláusulas contractuales. Las firmas de los intervinientes fueron certificadas por el Esc. Lucio O. Oviedo, Titular del Registro N° 691 de Rosario. Autorizados para el trámite de inscripción: Dra. Corina Paola Cicconi, CPN Juan Martin Brigi y CPN Federico Nilo Milesi.

RPJEC 4190

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NOCETE S.R.L.”


Reconducción y Modificación Contrato Social


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos en autos “NOCETE S.R.L.

s/Reconducción, trámite: Personas Jurídicas: Modificaciones al contrato social y a los órganos de SRL y otros tipos societarios – RPJEC”, se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550 de sociedades comerciales: Por reunión de socios de fecha 24 de agosto de 2026, se ha resuelto acordar la reconducción del contrato de sociedad de responsabilidad limitada de NOCETE S.R.L. y modificación de la cláusula quinta de ADMINISTRACION, quedando las cláusulas segunda y quinta redactadas de la siguiente forma: "DURACION: Segunda: El plazo de duración se fija en 10 (diez) años contados a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC)”. “ADMINISTRACION: Quinta: La administración, la representación legal y el uso de la firma social estará a cargo de la señora Elsa Norma Teló, quien actuará en calidad de gerente. En tal carácter tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los artículos un mil ochocientos ochenta y uno del Código Civil y noveno del Decreto Ley cinco mil novecientos sesenta y cinco barra sesenta y tres”. Lo que se publica a sus efectos legales.



RPJEC 4189