picture_as_pdf 2026-10-02

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ROSARIO

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelación Civil y Comercial Sala II, de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del causante Sr. EDUARDO RAUL CELAYES, D.N.I. 06.072.796 (arts. 73 y/o 47 y 597 del C.P.C.C). Autos caratulados: “SCHMIDL, MARÍA INÉS c/ CELAYES, EDUARDO RAÚL y Otros s/ Acción Quanti Minoris” (CUIJ Nº 21-01475007-7). Rosario. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.

$ 100 568374 Oct. 2

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Los Sres. Jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario (Sala III), Dr. Marcelo J. Malina, Dra. Jessica M. Cinalli, Dr. Iván D. Kvasina (Art. 26 Ley 10.160) en los autos caratulados “CABALLI CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ GATTI, GUALBERTO s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, CUIJ 21-02870727-1, hacen saber lo siguiente: Acuerdo Nº 260, Tomo 2026.Rosario, 31 de agosto de 2026. RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación interpuesto. 2. Confirmar lo decidido por el juez de grado mediante Sentencia nº 270/2025. 3. Imponer las costas de esta instancia a la demandada (art. 251, CPCC), sin perjuicio de que la retribución del defensor de oficio sea finalmente soportada por la actora, conforme fuera expuesto en las consideraciones precedentes. 4. Fijar los honorarios de los profesionales que actuaron ante esta Alzada en el 50% de los que se regulen en primera instancia. Insértese y hágase saber (“CABALLI, CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ GATTI GUALBERTO s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, CUIJ 21-02870727-1) - Fdo. Dr. Malina, Dra. Cinalli, Dr. Kvasina (Art. 26 L.O.P.J.) Dr. Martínez Mallada (Prosecretario). Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.

$ 100 568373 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición de la Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala IV) de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: BOTTEGA SERGIO ABEL C/ YOLISER SCPA S/ ESCRITURACION” CUIJ: 21-25341531- 9 Expte: 95/2024, se ha dictado Protocolo: 2026 - Resolución: 106 de fecha 14/04/2026: “... RESUELVE: 1) Admitir parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el defensor de oficio. 2) Cargar las costas a la demandada vencida (art. 251, CPCC), las que serán soportadas provisoriamente por la actora, 3) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta instancia en un 5% de los que correspondan a la primera (art. 19, ley 6.767). Insértese, agréguese copia y hágase saber (autos: “BOTTEGA SERGIO ABEL C/ YOLISER SCPA S/ ESCRITURACION” (CUIJ 21-25341531-9).” Fdo: MARÍA DE LOS MILAGROS LOTTI (Jueza), JUAN JOSÉ BENTOLILA (Juez) y RENÉ JUAN ALFRÉ (Juez) (art. 26, ley 10.160) - MA. LAURA GERVASONI (Secretaria). Rosario, 15 de septiembre de 2026. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.

$ 100 568370 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición de la Sala Primera de la Cámara de apelaciones en lo Civil y Comercial de los Tribunales Provinciales de Rosario, sito en calle Balcarce 1651 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados: “HASSAN, ANA MARIA Y OTROS C/ PARANA SEGUROS S/ ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD” CUIJ 21-02953021-9, que tramita por ante la mencionada Sala, se ha dispuesto lo siguiente: Cítense y emplácense a los herederos de la causante Sra. Paula Mónica Maceratesi, D.N.I. Nº 33.323.488, por Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales por el término de ley (arts. 73 y/o 47 y 597 del C.P.C.C.), debiendo el representante del actor fallecido continuar sus gestiones, de conformidad a lo dispuesto en el art. 47 del C.P.C.C., últ. parte. Notifíquese. Fdo.: DRA. ANA PAULA ÁLVAREZ BARTHABURU, PROSECRETARIA.

$ 100 568334 Oct. 2 Oct. 6

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JUZGADO FEDERAL


El Sr. Juez subrogante del Juzgado Federal Nro. 1 de Rosario, sito en calle Entre Ríos 730 de Rosario, Dr. Santiago Joaquín Saux, en los autos caratulados “OSPE C/ CASTRO, GERMAN GONZALO s/EJECUCION FISCAL - Varios”,

Expte. 16554/2024, ha ordenado notificar la sentencia dictada en autos que a continuación se transcribe: Rosario, 31/08/2026.- Y VISTOS: Los autos: “OBRA SOCIAL DE PETROLEROS OSPE c/ CASTRO, GERMAN GONZALO s/EJECUCION FISCAL Varios”, Expte. Nº 16554/2024 de entrada por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia nro. 1 de Rosario a mi cargo, CONSIDERANDO QUE: Habiéndose cumplido en esta litis la intimación de pago y la citación del demandado para oponer excepciones y encontrándose vencido el término de ley para ello sin haber sido planteadas, estando cumplidos los trámites irrenunciables (cfr. arts. 542, 543 y cons. del C.P.P.C.N.), en su mérito. RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la presente EJECUCION FISCAL hasta que la actora perciba de la demandada el íntegro pago del capital reclamado, los intereses correspondientes y las costas del juicio, según planilla que confeccionará la actora. 2) Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Santiago Joaquín Saux (Juez Federal Subrogante).-

$ 100 568249 Oct. 2 Oct. 6

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Juzgado Federal Nro. 1 de Rosario, sito en calle en Entre Ríos 730 de Rosario, Dr. Carlos Villafuerte Ruzo (Juez Subrogante), dentro de los autos caratulados: “OSPE C/ NUEVO HOTEL EUROPEO S.R.L. S/EJECUCIONES VARIAS” EXPTE. 28261/2023, ha ordenado publicar el decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 21 de abril de 2026 Y VISTOS: Los autos: “OSPE c/ NUEVO HOTEL EUROPEO S.R.L. s/EJECUCIONES VARIAS”, Expte. Nº 28261/2023 de entrada por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia nro. 1 de Rosario a m1 cargo, CONSIDERANDO QUE: Habiéndose cumplido en esta litis la intimación de pago y la citación del demandado para oponer excepciones y encontrándose vencido el término de ley para ello sin haber sido planteadas, estando cumplidos los trámites irrenunciables (cfr. arts. 542, 543 y cons. del C.P.P.C.N.), en su mérito. RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la presente EJECUCION FISCAL hasta que la actora perciba de la demandada el íntegro pago del capital reclamado, los intereses correspondientes y las costas del juicio, según planilla que confeccionará la actora. 2) Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Gastón Salmain (Juez).


$ 100 568250 Oct. 2 Oct. 6

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El Sr. Juez subrogante del Juzgado Federal Nro. 1 de Rosario, sito en calle Entre Ríos 730 de Rosario, Dr. Santiago Joaquín Saux, en los autos caratulados “OSPE C/ MUTUAL ROSARINA PARA EL DESAROLLO s/EJECUCION FISCAL - Varios, Expte. Nº 25061/2025, ha ordenado notificar la sentencia dictada en autos que a continuación se transcribe: Rosario, 01/09/2026.- Y VISTOS: Los autos: “OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (OSPE) c/ MUTUAL ROSARINA PARA EL DESAROLLO s/EJECUCION FISCAL - Varios”, Expte. Nº 25061/2025 de entrada por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia nro. 1 de Rosario a mi cargo, CONSIDERANDO QUE: Habiéndose cumplido en esta litis la intimación de pago y la citación del demandado para oponer excepciones y encontrándose vencido el término de ley para ello sin haber sido planteadas, estando cumplidos los trámites irrenunciables (crf. Arts. 542, 543 y cons. del C.P.P.C.N.), en su mérito. RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la presente EJECUCION FISCAL hasta que la actora perciba de la demandada el íntegro pago del capital reclamado, los intereses correspondientes y las costas del juicio, según planilla que confeccionará la actora. 2) Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Santiago Joaquín Saux (Juez Federal Subrogante).-


$ 100 568251 Oct. 2 Oct. 6


JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado en lo Laboral de la Segunda Nominación de Rosario y en autos: MERCADO RUBEN C/ BELLIA Y LIANZA S.A. Y OTROS S/ COBRO DE PESOS, Expte. CUIJ Nº 21-04172136-4, se hace saber que se dictó lo siguiente: “ROSARIO, 22 de Julio de 2026.Previo a todo trámite, procédase en los términos del art. 45 del C.PL a citar por edictos a los herederos del codemandado ANGEL SAMPAOLESI a los efectos de que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley Tales edictos se publicarán por tres días consecutivos en el Boletín Oficial, venciendo el término para comparecer tres días después de la última publicación. Si no comparecieran en el término expresado se designará un defensor ad-hoc oportunamente.”. Firmado DR. RAMIRO LUNA (SECRETARIO) - DR. FABIAN VEGA (JUEZ).

$ 100 568376 Oct. 2 Oct. 6

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JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición del Juez DR. GUSTAVO ANTELO a cargo del Juzgado Unipersonal de Familia de la 4° Nominación de Rosario, secretaría del autorizante, en autos: “ITURRASPE AGUSTINA C/ RIVERO, DANIELA AGUSTINA S/ TITULARIDAD Y EJERCICIO DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL. DELEGACIÓN. GUARDA” CUIJ 21-11463842-8, en trámite por ante el Juzgado de Familia Unipersonal Nro. 4. se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 01 de septiembre de 2026.- Atento el trámite sumarísimo impreso en los presentes y, de conformidad a lo dispuesto en el art. 413 inc. B (última parte), emplácese a Daniela Agustina Rivero para que comparezca a estar a derecho en los presentes. Notifíquese por edictos. FDO: DR. MARCO PEDRAZA (Secretario)-DR. GUSTAVO ANTELO (Juez)“.

$ 100 568325 Oct. 2 Oct. 6

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El Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 8, de Rosario Provincia de Santa Fe, Dra. María Noel Campá, Secretaria Dra. Fania Calamante, en autos caratulados: “FAVRE GRIBA, GIULIANA LUDMILA C/ PERNAS, BRIAN GABRIEL JESUS S/ SUPRESION DE APELLIDO PATERNO”, CUIJ: Nº 21-02961615-6”, ha ordenado la publicación de edictos a los fines notificatorios del inicio de la presente acción de supresión de apellido paterno. Ordenado en el siguiente decreto: “Rosario 25/06/2026 Con arreglo a las facultades conferidas por el art. 20 del C.P.C.C.S.F, salen los autos de fallo a los fines de proveer: córrase vista al Fiscal. Publíquense edictos en el Boletín oficial una vez por mes en el lapso de dos meses. Acompañe despachos a los fines de su libramiento. Ofíciese a los Registros respectivos, con el fin de que informen si existen a nombre de Paz Liliana Pernas Favre medidas precautorias sobre su patrimonio y al Registro Nacional de Reincidencia. Dese intervención al Registro Civil y Capacidad de las personas conforme lo prescripto por el art. 84 de la Ley Nº 26.413”. FDO. DRA. TOPINO -Jueza en suplencia. -A los efectos legales se publica el presente UNA VEZ POR MES, EN EL LAPSO DE DOS MESES, en el BOLETÍN OFICIAL, conforme art.

70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Rosario, 24 de setiembre de 2026. $ 100 568292 Oct. 2 Oct. 5


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Por disposición de la Sra. Jueza de Juzgado Unipersonal de Familia Nº 11 de Rosario, a cargo de la DRA, ANDREA MARIEL BRUNETTI (Jueza), secretaría de la autorizante, en los autos caratulados: "CARDOZO GRACIELA MARIA DEL CARMEN C/ ACOSTA JORGE DAVID S/ OTRAS ACCIONES NO NOMENCLADAS (CAMBIO DE APELLIDO)" CUIJ: 21-11476971-9, se ha ordenado a los efectos de notificar por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses, el siguiente decreto: "ROSARIO, 27 de Julio de 2026 Por presentada, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho le corresponda. Jueza a cargo del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 11: DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI. Por iniciada acción de cambio de apellido de la adolescente AGUSTINA LORENA ACOSTA. Atento lo dispuesto por el artículo 70 del CCCN, imprimase a los presentes el trámite del juicio sumarísimo y procédase a publicar el pedido en el Boletín Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses pudiendo formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Agréguese la documental que se adjunta. Dese intervención a la Defensoría General. Cítese al progenitor demandado a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese por cédula al domicilio informado por el RENAPER. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o vecinos si la misma vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentada en la diligencia efectuada dicho informe. Procédase a corregir la carátula a los fines de consignar correctamente el objeto de autos." Fdo.: DRA. MA. FLORENCIA MARTÍNEZ BELLI (Secretaria) DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI (Jueza). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 10.

S/C 566123 Oct. 2


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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1º Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil y Comercial de Rosario el Dr. Daniel H. González, secretaría de la Dra. Gabriela M. Kabichian, se hace saber que en autos: “PALONSKY SEBASTIAN JAVIER S/ PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR” CUIJ nº 21-03004574-9”, se ha dictado la Resolución Nº 119 Tº 2026 de fecha 25/09/2026 que dispuso: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de SEBASTIÁN JAVIER PALONSKY, DNI Nº 28101821 con domicilio real en calle Ituzaingó 1019, piso 1 º, depto “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. 2) Para sorteo de síndico Clase B ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Líbrense los despachos electrónicos al efecto. 3) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes de la fallida existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (art. 107 Ley 24.522). 4) Intimar al fallido para que en el término de 24hs. entregue al síndico la documentación relacionada con su actividad; 5) Prohibir la realización de pagos a la fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. 6) Disponer que se comunique la presente sentencia al Registro de Procesos Concursales, al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos. 7) Ordenar se anote la inhibición general de bienes del fallido, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de la Propiedad, al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informe sobre inmuebles en toda la provincia a nombre de esta. 8) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida a la fallida, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 9) Ofíciese a fin de comunicar la prohibición de salir del país de la fallida, la que sólo podrá disponerse con previa autorización de este Tribunal, en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 10) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 11) Ordenando la publicación de edictos prevista por el art. 89 de la LCQ, en el Boletín Oficial por el término de 5 días. 12) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes. 13) Notificar a la A.P.I., a la ARCA DGI, a la Municipalidad del domicilio de la fallida, a la Policía Federal, a la Dirección Nacional de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a la Prefectura, a la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al Correo Oficial de la República Argentina, Adreani S.A., OCA S.A., y Banco Central de la República Argentina y demás reparticiones que fuere menester de la presente resolución. 14) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la fallida, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 15) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que conjuntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo digitalmente: Sec: DRA. GABRIELA M. KABICHIAN, Juez: DR. DANIEL H. GONZALEZ”. Dra. Rosa I. Kaminsky, Prosecretaria.

S/C 568314 Oct. 2 Oct. 8

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “Rodríguez Ramello Alejandro Dante s/ supresión de apellido paterno” (CUIJ:21-02062955-7) hace saber que en fecha 29/07/2026 el Sr. Alejandro Dante Rodríguez Ramello, D.N.I. Nro. 35.748.588 ha iniciado formal demanda de supresión de apellido paterno. El decreto que dispone la presente dice: “Santa Fe, 04 de agosto de 2026. Se provee cargo n° 8271/26: Por presentada y domiciliada, se le concede la participación de ley. Por promovida demanda de supresión de apellido paterno. En este estado, se proveen las pruebas ofrecidas:- DOCUMENTAL: se tiene presente.- Informativa: se tiene presente. Atento el art. 70 CCC no resultan necesarias las testimoniales ofrecidas. Dése intervención al Sr. Fiscal. Córrase vista a la Dirección General del Registro Civil. Ofíciese al Registro General de la Propiedad y Registro Propiedad Automotor a los fines de que informe sobre medidas precautorias existentes respecto del interesado. Asimismo, ofíciese al Registro Nacional de Reincidencias. Publíquense edictos en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses.” FDO: Dr. Iván Di Chiazza (juez).

$ 200 566277 Oct. 2


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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 10ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados JAIME, EDUARDO DAMIAN s/SUMARIA INFORMACIÓN; (CUIJ 21-03009906-8), a los fines de supresión del primer nombre del Sr. EDUARDO DAMIÁN JAIME, DNI Nº 29.221.789, se ha ordenado se publiquen edictos en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Santa Fe, una vez por mes en el lapso de dos meses en cumplimento del art. 17 ley 18248 (Artículo 17. - La modificación, cambio o adición de nombre o apellido, tramitará por el proceso sumarísimo, con intervención del Ministerio Público. El pedido se publicará en un diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación. Deberá requerirse información sobre medidas precautorias existentes en nombre del interesado. La sentencia es oponible a terceros y se comunicará al Registro del Estado Civil. Dra. Marianela Maulión, Secretaria; Dr. Mauro R. Bonato, Juez.

$ 100 565952 Oct. 2


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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 2da. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: “ CORRALES, MYRA ALEJANDRA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ 21-02979287-6, se ha dictado el siguiente decreto: “ROSARIO, 16 de setiembre de 2026. Cargo nº 13287/26: Por presentado proyecto de distribución complementaria. Póngase de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Notifíquese. Publíquense edictos de ley. Fdo: Dr. Fernando Mecoli (Juez en suplencia) - Dra. Marianela Godoy: Secretaria”.- Rosario, Setiembre de 2026. Dra. Sabrina Escherini, Prosecretaria.

S/C 568294 Oct. 2 Oct. 5

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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N º5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos: LUGO, GRACIELA BEATRIZ S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA - CUIJ: 21-03010520-3, por resolución N.º 368 de fecha 23/09/2026, se dispone:·1.°) Fijar el día 13/11/2026 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 200 de la LCQ.- 2.°) Fijar el día 18/12/2026, como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 15/02/2027 como fecha límite para la presentación del informe general. La sindicatura se encuentra a cargo del CPN Andrés Calabrese, con domicilio en Córdoba 1253, Piso 8, Oficina 5, de Rosario, horario de atención de 9:30 a 16:00 hs. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Mariana Nallinó, Prosecretaria. Rosario. Mariana L. Nallino, Prosecretaria.

S/C 568267 Oct. 2 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, Dr. Marcelo C. M. Quaglia en los autos caratulados: “RODRÍGUEZ, JOSÉ MANUEL c/ PINO VICENTE - SUCESIÓN s/ JUICIO ORDINARIO - LABORAL” CUIJ 21-01525542-8, se hace saber que se ha ordenado notificar por edictos la Sentencia dictada en autos, a saber: “Resolución Nº 118, Tomo: 2026. Rosario, 20/05/2026. ANTECEDENTES: ... ; FUNDAMENTOS: ... ; Por todo lo expuesto, RESUELVO: 1.- Hacer lugar parcialmente a la demanda y consecuentemente condenar a los herederos de Vicente Pino, en la medida o proporción que les corresponda en su sucesión, a pagar al actor José Manuel Rodríguez los rubros discriminados supra, con más los intereses precedentemente indicados, difiriendo su cuantificación a la etapa de liquidación pertinente. 2.- Costas a la demandada vencida (art. 251 CPCyCSF). 3.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla definitiva. Insértese y hágase saber”. Firmado: Dra. Valeria Beltrame (PROSECRETARIA); Dr. Marcelo C. M. Quaglia (JUEZ). Los edictos se publicarán tres días en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 25 de septiembre de 2026. Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.

$ 100 568286 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo C. M. Quaglia, en los autos caratulados: FERREYRA, JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ: 21-02890847-1, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de CELIA RAMONA FADLALA, D.N.I. Nº 1.037.292, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 04/09/2026.- Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.

$ 100 568296 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que en los autos: YBARRA, ENRIQUE JESUS C/ MARTINI, ENRIQUE NIGOLAS SU SUCESION Y OTROS S/ FILIACION” (CUIJ 21-11411861-0), se ha dispuesto lo siguiente: “Rosario, 10 de Agosto de 2026. (...) FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda y, consecuentemente, declarar que Enrique Jesús Ybarra (D.N.I. 31.540.915) es hijo extramatrimonial de quien en vida fuera Enrique Nicolás Martini (D.N.I. 5.984.047). (...) 3) Prevenir al demandante que, de pretender llevar en alguna de las maneras posibles el apellido “Martini”, deberá indicarlo concretamente en el expediente en el plazo de (10) días hábiles, además de invocar y acreditar razones inherentes al derecho a la identidad en su faz dinámica que así lo justifiquen. De lo contrario, mantendrá el apellido “Ybarra”. (...)“ Fdo: Luciano D. Juárez-Juez. Se hace saber que el Sr. Ybarra pretende agregar a su nombre y apellido vigente el apellido “Martini” al final, por lo que por disposición del Juzgado mencionado y de acuerdo con el Art. 70 del CCyCN se publican los presentes edictos en el Boletín. Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Se transcribe la resolución que así lo ordena: “Rosario, 21 de agosto de 2026 Téngase presente lo manifestado. Atento a encontrarse comprometido el orden público, en tanto la pretensión formulada involucra el nombre como atributo de la persona, se provee: 1. Efectúese la publicación prevista en el art. 70 del CCyCN; Suscríbanse los edictos pertinentes (...)“ Dra. María José Casas, Secretaria.

$ 100 568305 Oct. 2 Oct. 5

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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito 4ta. Nominación Rosario (denominación anterior, Ref. Ley 14.264), Secretaría de la Dra. Paula Marina Heltner, dentro de los autos caratulados “ALÍ, JUAN JOSÉ c/ HANNOVER GROUP SRL s/ INCIDENTE (RECURSO DE RESCISIÓN)“, CUIJ 21-12652686-2, se ha dispuesto citar por edictos a los herederos de JUAN JOSÉ ALÍ. Que ello así está ordenado en el decreto que se transcribe: “Rosario, 31/08/2026. Estando acreditado el fallecimiento del actor, Juan José Ali, conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescrita por el art. 67 del Código citado. Asimismo, notifíquese el presente por cédula al domicilio real del actor”. Fdo.: Dra. CLAUDIA A. RAGONESE, JUEZA, Dra. PAULA MARINA HELTNER, SECRETARIA.-

$ 100 568241 Oct. 2 Oct. 6


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Por disposición del Juez de 1era. Instancia en lo Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “SCOPONI, CRISTIAN FERNANDO s/Cancelación Cambiaria” CUIJ N° 21-03002687-7, se hace saber que se ha dictado Auto de Cancelación definitiva, el cual se transcribe a continuación, en su parte resolutiva: N°555. Rosario, 03 de agosto de 2026. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Tener por operada la cancelación judicial del pagaré librado en Rosario en fecha 15 de octubre de 2025 en blanco, por la cantidad de Dólares Estadounidenses Quince Mil (u$s 15.000) con fecha de pago el 15 de marzo de 2026 en calle Catamarca 1584 de esta ciudad. Insértese y hágase saber.- Fdo.: Dra. María Silvia Beduino - Jueza- Dra. María Florencia Di Rienzo - Secretaria.”. Rosario, de 2026.

$ 100 568317 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nª 21 de Rosario a cargo de la Sra. Jueza CECILIA A. CAMAÑO, Secretaria del autorizante y dentro de los autos caratulados: “DOMINGUEZ, JUAN PABLO s/Cremación (AUTORIZACIÓN PARA CREMAR)“ CUIJ 21-03012913-7, se ha ordenado lo siguiente: “ROSARIO, 14 de septiembre de 2026. Agréguese la documental que en copia acompaña. Por presentada, domiciliada, en el carácter que expresa, con patrocinio letrado. Por iniciada la presente SUMARIA INFORMACIÓN en los términos que expresa, agréguese a autos las constancias que se acompaña y que deberá certificar. Publíquense edictos por el término de 3 días en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales, haciéndose saber que se ha solicitado la autorización para la CREMACIÓN de los restos de quien en vida fuera conocido como JUAN PABLO DOMINGUEZ, DNI 8.133.726, todo ello con citación fiscal. Asimismo: 1) Hágase saber la iniciación de los presentes a los titulares registrales del Panteón en el que descansan sus restos. 2) Acredite conformidad, respecto del pedido de cremación, de Mónica Patricia Domínguez, Sergio Daniel Domínguez, Juan José Domínguez, Marisol Lorena Domínguez, Mariela Samanta Domínguez y Carla Tamara Domínguez. 3) Ofíciese al Archivo de Protocolos Notariales a fin de que informe si se registran actos de última voluntad del causante. 4) Ofíciese a la Municipalidad de Rosario y/o al Cementerio La Piedad a fin de que informen la ubicación de los restos mortales de Juan Pablo Dominguez, DNI 8.133.726. 5) Atento a lo normado por la Ordenanza municipal nº 6484/97, ofíciese a la Dirección General de Defunciones y Cementerios de Rosario a fin que informe si obran inscriptas solicitudes de cremaciones voluntarias en el archivo de la administración del Crematorio Municipal. Fecho, córrase vista a Fiscalía. FIRMADO DIGITALMENTE por Dra. CECILIA A. CAMAÑO. Dra. Mure,prosecretaria.

S/C 568331 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “SCOPONI, CRISTIAN FERNANDO s/ Cancelación Cambiaria” CUIJ N° 21-03002687-7, se hace saber que se ha dictado Auto de Cancelación definitiva, el cual se transcribe a continuación, en su parte resolutiva: “N°555. Rosario, 03 de agosto de 2026. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Tener por operada la cancelación judicial del pagaré librado en Rosario en fecha 15 de octubre de 2025 en blanco, por la cantidad de Dólares Estadounidenses Quince Mil (u$s 15.000) con fecha de pago el 15 de marzo de 2026 en calle Catamarca 1584 de esta ciudad. Insértese y hágase saber.- Fdo.: Dra. María Silvia Beduino - Jueza- Dra. María Florencia Di Rienzo -Secretaria.”. Rosario,23 de septiembre de 2026.Dra. Daniela Jaime, secretaria.

$ 100 568318 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Juez del Juzgado Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Nicolás Villanueva, Secretaría de la Dra. Daniela A. Jaime, se hace saber que dentro de los autos: “RODRIGUEZ, ANA MARIA c/ SCHVARTZ, NATALIO Y OTROS s/Usucapión” CUIJ Nº 21-02878031-9, se ha dictado Sentencia, la cual se transcribe en su parte pertinente: “Nº1056. Rosario, 05 de Noviembre de 2025. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1. Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarar operada la prescripción adquisitiva por imperio de lo normado en el art. 4015 C.C en igual sentido: art. 2565 del Código Civil y Comercial, que remite a lo normado por el art. 1897 y ss.) y la Ley 14.159 (art. 24) respecto del 26% del inmueble descripto como “lote A sito en la esquina de la calle Nicaragua y Avda. Génova de la ciudad de Rosario, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, empadronado en Catastro Municipal en Sección 14, Manzana 38, Gráfico 28, y en Servicio de Catastro e Información Territorial con la Partida Nº 160314312594/ 0002, inscripto en el Registro General de la Propiedad al folio real Matrícula Nº 16/2/53, en favor de Ana María Rodríguez. 2. Declarar que la adquisición del derecho real se produjo el 10 de julio de 2014 (cfr. art. 1905 CCyCN). 3. Firme que quede la presente y previo los trámites de rigor, ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a inscribir el dominio a favor de la parte actora si ello fuera material y registralmente posible. 4. Imponer las costas a la demandada vencida con la salvedad expresada en el punto 2.4. de los considerandos. 5. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto resulte firme la presente sentencia. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Villanueva - Juez - Dra. Jaime - Secretaria” Rosario,24/09/2026.Dra. MA. Karina Arreche,secretaria. Subrogante.

$ 100 568318 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. DR. MARCELO C. M. QUAGLIA en los autos caratulados: “CORDOBA, ALBERTO DARIO Y OTROS c/BOLATTI, DANIEL RUBEN Y OTROS s/Apremios” (C.U.I.J. 21-11884223-2)“, se hace saber que se ha ordenado: citar y emplazar a los herederos de BOLATTI, DANIEL RUBEN para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario,24/09/2026.Dra. Scherini, prosecretaria.

$ 100 568319 Oct. 2 Oct. 6


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Por disposición del Juzgado de 1ra Instancia Civil y Comercial 2da. Nom. SEC.UNICA, Rosario, se ha ordenado citar a MALACARI LUIS PEDRO MARIANO para que comparezca ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Autos caratulados: “COIRINI, RENZO DANIEL Y OTROS c/ MALACARI, LUIS PEDRO MARIANO s/Prescripción Adquisitiva” CUIJ 21-03003093-9. FDO DR. FERNANDO MECOLI (Juez en suplencia) DRA. MARIANELA GODOY (Secretaria). Rosario.

$ 100 568320 Oct. 2 Oct. 6

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Por disposición del Juez de JUZG. DE 1RA. INSTANCIA DE CIRCUITO Nº5 - (DENOM.ANTERIOR-Ref. Ley 14264 SEC. 1) de Rosario (Pcia de Santa Fe), se ha ordenado, a la solicitud de inscripción litigiosa del inmueble - (de titularidad registral Cia. de Radiocomunicaciones Móviles S.A. (C.R.M.), ubicado en Castellanos 2336, entre Viamonte y La Paz, de Rosario (Pcia de Santa Fe), Lote 7-8) -, en los términos del art. 521 del CPCC, líbrese despacho correspondiente al Registro General de la Propiedad a los efectos de su anotación; publíquese edictos por tres días para hacerla conocer. Autos caratulados: “TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ALOMAR, JUAN CARLOS s/Desalojo” Cuij 21-

12651413-9. Fdo. Dra. Gabriela P. Almara -Secretaria-; Dr. Maximiliano N. Cossari -Juez-.

$ 100 568327 Oct. 2 Oct. 6

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EL Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1Oma Nominación de Rosario, Dr Bonato, en los autos caratulados: “POWELL GUILLERMO RUBEN c/ EL ESPINILLO SOCIEDAD ANONIMA, INMOBILIARIA COMERCIAL FINANCIERA DE INVERSION Y MANDATO s/Prescripcion Adquisitiva” CUIJ 21-03009991-2 se ha dictado el siguiente decreto: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 del 13/05/2020, pto. XV)Agréguese constancia y cédula sin diligenciar. No habiendo comparecido la parte demandada EL ESPINILLO SOCIEDAD ANONIMA INMOBILIARIA COMERCIAL FINANCIERA DE INVERSION Y MANDATO a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Siendo que la misma posee domicilio desconocido notifíquese la rebeldía por edictos. Fecho, líbrese comunicación electrónica a la Presidencia de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines del sorteo de un abogado defensor de oficio. Fdo Dr Bonato Juez, Dra Maulion Secretaria.-Rosario,28 de septiembre de 2026.-Fdo Dra Maulion- Secretaria.

$ 100 568336 Oct. 2 Oct. 6


Por disposición del Señor Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 10 SEC. UNICA, de la 2º Circunscripción de Rosario, a cargo de la Jueza Dra. Ragonese.- Dra. Heltner, Secretaria; ROSARIO, 18 de Agosto de 2026. Informándose verbalmente por Secretaría, en este acto, que el codemandado Cristian Alejandro Ceschi no ha comparecido a estar a Derecho, decláraselo rebelde. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Una vez notificada la rebeldía, y de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, según surge del Acta Nº 48 de fecha 05 de Diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos dependientes de la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial líbrense a tales fines los despachos pertinentes para la posterior designación de Defensor de Oficio. ‘; ordenado lo dicho por el decreto de fecha 22/05/26. Autos: “MASSAGLI, CARLOS MAXIMILIANO Y OTROS c/CESCHI,CRISTIAN ALEJANDRO Y OTROS s/Daños Y Perjuicios” CUIJ. Nº 21-11898054-6.Rosario,de Septiembre de 2026.Dra. Heltner,secretaria.

$ 100 568364 Oct. 2 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra.Instancia Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, en los autos: “COMALERAS, MARIA LUISA ESTELA s/ Declaratoria De Herederos” - Cuij Nº 21-02896935-7 se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de LUIS ALFREDO RUFFA y a herederos de ALEJANDRO FABIAN RUFFA para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 08/09/2026.MA. Karina Arreche,secretaria.Subrogante.

$ 100 568356 Oct. 2 Oct. 5


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Por disposición del Juzgado de Primer Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1Oma Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Mauro R. Bonato, se hace saber que en autos “MEDINA LEONOR ISABEL c/ JURNET ROBERTO CARLOS s/Cobro De Pesos Laboral “ CUIJ 21-04156645-8, se ha dispuesto el siguiente decreto: ROSARIO, 23 de junio de 2026: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión de SISFE (CSJSF, Acta nº 14 del 13/05/2020, pto. XV). Cítese y emplácese por edictos a los herederos y/o sucesores de Jurnet Roberto Carlos, a fin que comparezcan en los presentes, a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley, y conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Sin perjuicio de lo decretado precedentemente, notifíquese al domicilio real y legal oportunamente denunciado por los herederos en el sucesorio respectivo. A lo demás, comparezca en los autos respectivos. Dra. Marianela Maulión (Secretaria). Dr. Mauro R. Bonato (Juez).

$ 100 568355 Oct. 2 Oct. 6


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Por disposición del Juzgado de Responsabilidad Extracontractual N° 8 de Rosario, a cargo del DR. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez), Secretaría de la Dra. M. Guadalupe Gordillo, en autos “LUJAN, RILIAN c/CABAÑA, GRISELDA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios”, CUIJ 21-11897205-5 se ha dispuesto notificar a la Sra. CABAÑA GRISELDA, DNI N º 25.893.141 lo siguiente:...”ROSARIO, 23 de Julio de 2026 Agréguese el informe acompañado. Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese a la demandada CABAÑA GRISELDA, DNI N° 25.893.141 a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 del C.P.C.C Fdo: DR. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez) Dra. M. Guadalupe Gordillo (Secretaria)“ Fdo: DR. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez) Dra. M. Guadalupe Gordillo (Secretaria).Gordillo,secretaria.

$ 100 568354 Oct. 2 Oct.6

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NELIDA LUISA MACCIONI D.N.I. 2.785.668 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MACCIONI, NELIDA LUISA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 3” (CUIJ N° 21-03012702-9). Fdo. Dra. Prosecretaría.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ZENOBI, JUAN GUSTAVO (LE 2.306.923) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ZENOBI, JUAN GUSTAVO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 14” CUIJ: 21-03011505-5. Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Rogelia Angélica Flores D.N.I. 1.544.769 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FLORES, ROGELIA ANGELICA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 3” (CUIJ N°21-03011853- 4). Fdo. Dra. Cintia M. Alonso (Prosecretaria)

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CERDA, SILVINA ESTELA D.N.I. 17.481.950, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados:“CERDA, SILVINA ESTELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ N°21-03012949-8 Fdo. Prosecretaria

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GRACIELA BEATRIZ ARCARI, D.N.I. 14.016.318, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ARCARI, GRACIELA BEATRIZ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 18” (CUIJ N.º 21-03010814-8). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LILIANA RITA PFAFFEN DNI 12.304.275 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PFAFFEN, LILIANA RITA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 10 (CUIJ N° 21-03012685-5). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 21° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante YAKICH PATRICIA MABEL DNI 18.296.294 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “YAKICH PATRICIA MABEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03011689-2) . Fdo. Dra. Camaño Jueza.-

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA SUSANA SONNET, D.N.I. 3.618.305, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SONNET MARIA SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03012660-9) Fdo: Prosecretaria

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante  SANTOS FRANCISCO GUTIÉRREZ, D.N.I. N° 7.709.160, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GUTIERREZ, SANTOS FRANCISCO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ N° 21-03012509-3.”

$ 45 Oct. 2

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 22a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SALVADOR COLELLA, D.N.I. 6.007.899, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “COLELLA, SALVADOR S/ SUCESORIO C Y C 22” (CUIJ 21- 03012502-6). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SUSANA MARIA ANGELICA KEILTY (DNI 3.578.198), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “KEILTY, SUSANA MARIA ANGELICA S/ SUCESION TESTAMENTARIA C Y C 14” (CUIJ 21-02998085-0), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA MARIA FANUTTI (DNI 4.600.821) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FANUTTI, ANA MARÍA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03012306-6, que tramitan por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA MARIA FANUTTI (DNI 4.600.821) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FANUTTI, ANA MARÍA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-03012306-6, que tramitan por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Oct. 2

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don RAUL AMABLE PEREZ (DNI 10.164.761), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “PEREZ, RAUL AMABLE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03009589-5). Fdo: Prosecretaria.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes HORACIO ANTONIO FERNANDEZ DNI 6.979.821 y LUISA ESTELA COMASCHI DNI 3.212.131, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FERNANDEZ, HORACIO ANTONIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 13” (CUIJ 21-02964241-6). Fdo. Prosecretaria

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante IHLER BEPPINO DOMINGO (D.N.I. 93.474.626), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “IHLER BEPPINO DOMINGO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-03012804-1). Fdo. Prosecretaria

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANDRES PATRICIO TURNER D.N.I. 12.944.207 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “ TURNER, ANDRES PATRICIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-03012349-9 A.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NESTOR ADOLFO SAVORGNANI, D.N.I. 6.038.856 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SAVORGNANI, NESTOR ADOLFO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03012657-9). Fdo. Dra Verónica Gottlieb (Jueza)

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RINCIC CARLOS, (C.I. 217.591), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RINCIC, CARLOS Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-03006111-7, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EMANUEL SEBASTIÁN QUINTEROS (D.N.I. N° 34.602.904) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “QUINTEROS, EMANUEL SEBASTIAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 5” (CUIJ N° 21-03012302-3).

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ESTHER YOLANDA TRIVISONNO D.N.I. 5.336.545 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “TRIVISONNO, ESTHER YOLANDA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (CUIJ 21-03012580-8). Fdo. Prosecretaria

$ 45 Oct. 2

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSVALDO CARLOS DE RICO – D.N.I. 6.139.808 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “DE RICO, OSVALDO CARLOS S/ SUCESORIO” (CUIJ – 21-03012749-5). Fdo. Prosecretaria.-

$ 45 Oct. 2

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y laboral de la ciudad de Firmat, Juez Dra. LAURA BARCO, Secretaria Dra. NATALIA GRILLO, dentro de los autos caratulados: MEDINA ALEJANDRA c/PRADO OVIDIO RUBEN Y OTROS s/Escrituracion 21-26426606-5; Se ha dictado el siguiente decreto: Firmat 28/08/2026, Proveyendo cargo nro 11626/2026: Atento lo manifestado por el Juez Comunitario de Pequeñas Causas de Wheelwright, emplácese a los herederos del Sr. Prado Ovidio Rubén (demandado fallecido) a comparecer a estar a derecho por edictos, y en caso de no comparecer, se nombrará un curador ad-hoc con el cual seguirá el procedimiento según los términos del Art. 597 CPCC. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Tablero del Tribunal por tres días. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales a los fines de que informen si existe inicio de declaratoria de herederos, donde tramita y demás datos que fueren de interés sobre el causante. Notifíquese. - FIRMADO: Dra. Barco (jueza) - Dra. Grillo (Secretaria).14 de septiembre de 2026.Dra. Mainente,prosecretaria.

$ 100 568297 Oct. 2 Oct.6

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 3º Nominación de Casilda, a cargo de la Dra. LAURA S. BABAYA LORIA, Secretaría del Autorizante, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de SORIA, TRANSITO DEL CARMEN, DNI 8.353.307, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días bajo los apercibimientos de ley. Publíquense por 1 (un) día. Casilda, 30 de septiembre de 2026. Fdo.: Santiago Pascual.

$ 45 Oct. 2

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POR DISPOSICIÓN DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA NOMINACIÓN DE CASILDA, A CARGO DE LA DRA. LAURA BABAYA LORIA, JUEZ, SECRETARÍA A CARGO DEL DR. SANTIAGO PASCUAL, SE CITA Y EMPLAZA A LOS  HEREDEROS, LEGATARIOS, ACREEDORES Y CUALQUIER PERSONA QUE SE CONSIDERE CON DERECHO A LOS BIENES DEL CAUSANTE FRANCISCO ANTONIO SALA, DNI 8.374.706, PARA QUE COMPAREZCAN ANTE ESTE JUZGADO A HACER VALER SUS DERECHOS, DENTRO DEL TÉRMINO DE TREINTA (30) DÍAS Y BAJO LOS APERCIBIMIENTOS DE LEY. CASILDA, 30 DE SETIEMBRE DE 2026. El edicto deberá publicarse por un (1) día en el diario de publicaciones oficiales.

$ 45 Oct. 2

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POR DISPOSICIÓN DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA NOMINACIÓN DE CASILDA, A CARGO DE LA DRA. LAURA BABAYA LORIA, JUEZ, SECRETARÍA A CARGO DEL DR. SANTIAGO PASCUAL, SE CITA Y EMPLAZA A LOS  HEREDEROS, LEGATARIOS, ACREEDORES Y CUALQUIER PERSONA QUE SE CONSIDERE CON DERECHO A LOS BIENES DE LA CAUSANTE ADRIANA MARIA AURORA LODATO, PARA QUE COMPAREZCAN ANTE ESTE JUZGADO A HACER VALER SUS DERECHOS, DENTRO DEL TÉRMINO  DE TREINTA (30) DÍAS Y BAJO LOS APERCIBIMIENTOS DE LEY. CASILDA, 30 DE SETIEMBRE DE 2026. El edicto deberá publicarse por un (1) día en el diario de publicaciones oficiales.

$ 45 Oct. 2

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 7 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación de la ciudad de Casilda, DRA. LAURA S. BABAYA LORIA, Secretaría del Autorizante, Dr. SANTIAGO PASCUAL, en los autos caratulados: “CABALLERO MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO”, Expte. N° 373/2026, C.U.I.J. N° 21- 25867921-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de MIGUEL ANGEL CABALLERO, D.N.I N° 10.060.629,  para que comparezcan a hacerlos valer en el término de treinta días y bajo los apercibimientos de ley. Publíquese por un día. Casilda, 01 de octubre de 2026

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Tercera Nominación de - Distrito Judicial Nro. 7 de la ciudad de Casilda, llama a los herederos, acreedores o legatarios de AMANDA BOLONDI (DNI N° 2.385.588), por un (1) día para que dentro de los treinta días comparezcan ante ese Tribunal a hacer valer sus derechos.- Casilda, 30 de septiembre de 2026.- Dr. SANTIAGO PASCUAL (Secretario).-

$ 45 Oct. 2

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza, Dra. Beatriz Liliana Favret de 1era Instancia de Familia del Distrito Judicial N° 6, Cañada de Gómez, secretaria a cargo de la Dra. Yanina P. Scolari - Secretaria, dentro de los autos caratulados: “SOMOANO ALVAREZ, MARIA TRINIDAD c/LOPEZ DANIEL JOSE LUIS s/Aumentos.

CUIJ Nº: 21-27912100-4, se ha dispuesto notificar al Sr. LOPEZ DANIEL JOSE LUIS, DNI Nº30.301.951, el siguiente decreto: CAÑADA DE GOMEZ, 20 de Agosto de 2026- ... Por iniciada la acción que expresa. Imprimase a los presentes el trámite de juicio sumarísimo (art. 413 inc. “b” del C.P.C.C). Téngase presente la prueba ofrecida. Cítese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y ofrecer prueba, en el plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de ley…- FDO: DRA. BEATRIZ LILIANA FAVRET- JUEZA-DRA MELINA NATALIA LA MENZA - SECRETARIA SUBROGANTE”.Yanina Scolari,secretaria.

S/C 568338 Oct. 2 Oct.6

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Por disposición de la Sra. Jueza, Dra. Beatriz Liliana Favret, de 1era Instancia de Familia del Distrito Judicial Nº 6, Cañada de Gómez, secretaria a cargo de la Dra. Yanina P. Scolari - Secretaria, dentro de los autos caratulados: “SOMOANO ALVAREZ, MARIA TRINIDAD c/ LOPEZ DANIEL JOSE LUIS s/Cuidado Personal De Los Hijos”; CUIJ Nº 21-27912099-7, se ha dispuesto notificar al Sr. LOPEZ DANIEL JOSE LUIS, DNI Nº30.301.951, el siguiente decreto: “CAÑADA DE GOMEZ, 20 de Agosto de 2026- ... téngase por iniciada demanda de cuidado personal compartido indistinto. Imprimase a los presentes el trámite de juicio ordinario. Cítese al demandado para que comparezca en el término de tres(3) días, bajo apercibimiento de ley. Al cuidado personal provisorio, córrase traslado a la contraria por el término de tres (3) días..”..- FDO: DRA. BEATRIZ LILIANA FAVRET- JUEZA-DRA MELINA NATALIA LA MENZA - SECRETARIA SUBROGANTE”.

S/C 568341 Oct. 2 Oct.6


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Se hace saber que, dentro de los autos. caratulados: “RODRIGUEZ, GABRIELA SILVANA c/ISOARDI, JUAN JOSE NORBERTO Y OTROS s/Nulidad” CUIJ Nº 21-29030179-6 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 6 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Cañadá de Gómez, se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL citando y emplazando a los herederos y/o sucesores de Juan José Norberto Isoardi (DNI 10.242.794) (Arts. 597 y concordantes del C.P.C.C.), para que en el término de cinco días contados a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de seguirse el trámite como corresponda. Firmado: Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario; Dra. María Laura Aguaya, Jueza. 28 de septiembre de 2026.

$ 100 568347 Oct. 2 Oct.6

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Por disposición del Juez de Distrito Civil,  Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gomez, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Andrés Sebastián BERTORELLO DNI N° 24.214.358 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BERTORELLO ANDRES SEBASTIAN S/ SUCESORIO CUIJ N° 21-26037655-9” Fdo. Secretaria.-


$ 45 Oct. 2


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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: “CASTAÑO MARIA LUISA s/ DECL. DE HEREDEROS - SUCESION”,Expte. 782/2012, CUIJ Nº 21-25573550-8, habiéndose denunciado el fallecimiento del heredero declarado en autos: Marcos Enrique Chaparro y Castaño (con lo cual no resulta posible, en este estado, realizar la denuncia de bienes con la unanimidad exigida por el art. 2342 CCCN), cítese y emplácese a sus herederos, acreedores y terceros con legítimo interés, a comparecer a estar a derecho, por el término de diez (10) días desde la última publicación. Publíquense edictos por tres (3) días, conforme la forma establecida por el art. 597 CPCC. Secretaría, Villa Constitución,15 de septiembre de 2026. Alejandro Danino,Secretario.

$ 100 568379 Oct. 2 Oct.6

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: “CASTAÑO MARIA LUISA s/ Decl. De Herederos - Sucesion”,Expte. 782/2012, CUIJ Nº 21-25573550-8, habiéndose denunciado el fallecimiento del heredero declarado en autos: Roberto Alcides Chaparro y Castaño (con lo cual no resulta posible, en este estado, realizar la denuncia de bienes con la unanimidad exigida por el art. 2342 CCCN), cítese y emplácese a sus herederos, acreedores y terceros con legítimo interés, a comparecer a estar a derecho, por el término de diez (10) días desde la última publicación. Publíquense edictos por tres (3) días, conforme la forma establecida por el art. 597 CPCC. Secretaría, Villa Constitución,15 de septiembre de 2026. Alejandro Danino, Secretario.15 de septiembre de 2025.

$ 100 568298 Oct. 2 Oct.16

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 1 de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agüeda Orsaria –Jueza- y del Dr. Alejandro Danino -Secretario-, dentro de los caratulados: “BARBANO, RINA ELVIRA s/ SUCESORIO” - Expte. CUIJ Nº 21-25661707-9, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña RINA ELVIRA BARBANO –DNI Nº 5.834.519-, a publicarse dichos Edictos por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días para comparecer a hacer valer sus derechos, de conformidad a lo establecido por el art. 2.340 C.C.C.N. - Dr. Alejandro Danino, Secretario.-

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LA SEÑORA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA SEGUNDA NOMINACIÓN DE VILLA CONSTITUCION, Dra. GRISELDA FERRARI, SECRETARIA Dr. FEDERICO SVILARICH, LLAMA A LOS HEREDEROS, ACREEDORES O LEGATARIOS DE DON RUBEN ARTURO CABANILLA POR TREINTA DÍAS PARA QUE COMPAREZCAN ANTE EL TRIBUNAL A HACER VALER SUS DERECHOS. Villa Constitución, de Julio de 2026. Dr. Federico Svilarich, Secretario”.-

$ 45 Oct. 2

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


EDICTOS A PUBLICAR DURANTE CINCO DÍAS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE: En los autos caratulados “AGROQUIMIA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO” CUIJ 21-26474715-2 tramitados ante el Juzgado de 1ra Instancia de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de MELINCUE, Departamento Gral. López de la Provincia de Santa Fe, se ha dictado la Resolución N° 1074 del 02/09/2025 que declaró la apertura del concurso preventivo del concursado AGROQUIMIA S.R.L. CUIT 30-71653103-8 con domicilio en Belgrano 164 de la localidad de Chovet, Provincia de Santa Fe, contrato social inscripto en el RCP de Venado Tuerto en contratos al Tomo 15 Folio 46 Número 3486 en fecha 01/07/2019 y sus modif., complementada por la Resolución N° 1304 del 16 de octubre de 2025 que resolvió designar fecha hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos el día 9 de diciembre de 2025, ante la Síndico Contadora Pública Nacional MÓNICA CRISTINA DI IORIO, D.N.I. 13.502.416, C.U.I.T. 27-13502416-9, con domicilio real sito en calle Corrientes 631 4to C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y domicilio a los efectos legales en calle Brown N° 246 de la localidad de Melincué, Provincia de Santa Fe.- Su correo es monicadiiorio@gurfinkel.com.ar y su teléfono, 3412413997.“MELINCUÉ, 21 de Septiembre de 2026 Tomo: 2026 Folio: Resolución: 1120: Y VISTOS: …. Por todo lo expuesto, RESUELVO: l) CON CARÁCTER ABSOLUTAMENTE EXCEPCIONAL por los fundamentos previamente expuestos ESTABLECER EL NUEVO CRONOGRAMA DE PLAZOS PROCESALES VARIABLES (Art. 14, inc. 3 y ss., Ley 24.522): Determinar que las fechas del presente proceso se fijarán conforme a las siguientes pautas e intervalos temporales: A) PERÍODO DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITOS (Art. 32 LCQ): Fijar como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación ante la Sindicatura, el día que resulte de computar exactamente TREINTA (30) DÍAS HÁBILES judiciales, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la última publicación de los edictos de apertura en el Boletín Oficial. B) PERÍODO DE IMPUGNACIÓN Y OBSERVACIONES (Art. 34 LCQ): El plazo de diez (10) días hábiles para que el concursado y los formulen observaciones o impugnaciones comenzará a correr el día hábil inmediato posterior al vencimiento del plazo fijado en el apartado A). C) INFORME INDIVIDUAL DE LA SINDICATURA (Art. 35 LCQ): La Sindicatura deberá presentar el Informe Individual de Créditos dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales posteriores al vencimiento del plazo de impugnaciones previsto en el apartado B). D) RESOLUCIÓN JUDICIAL DE VERIFICACIÓN (Art. 36 LCQ): Este Juzgado dictará la resolución sobre la y alcance de los créditos dentro de los diez (10) días hábiles judiciales posteriores a la presentación del Informe Individual (apartado C). E) INFORME GENERAL DE LA SINDICATURA (Art. 39 LCQ): La Sindicatura presentará el Informe General dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales posteriores a la fecha del apartado C). F) PERIODO DE EXCLUSIVIDAD (Art. 43 LCQ): El deudor gozará de un Período de Exclusividad para formular propuestas de acuerdo preventivo a sus acreedores por el término de ciento veinte (120) días hábiles judiciales, los cuales comenzarán a computarse a partir del día hábil inmediato posterior a la fecha en que se dicte la resolución del Art. 36 LCQ (apartado D). G) AUDIENCIA INFORMATIVA (Art. 45 LCQ): Fijar la celebración de la Audiencia Informativa para el quinto día hábil anterior al vencimiento del Período de Exclusividad (apartado F), a las 10:00 horas. 2) DECLARAR la plena validez y vigencia de los Informes Individuales ya presentados por la Sindicatura en el expediente. Establecer que el nuevo período de Verificación de Créditos ordenado en el Punto 1) apartado A) revestirá el carácter de etapa complementaria, debiendo la Sindicatura incorporar las nuevas peticiones que se deduzcan mediante un Informe Individual Complementario, el cual será presentado en el plazo fijado en el Punto 1) apartado 3- ORDENAR AL CONCURSADO la nueva publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en el diario designado por el término de cinco (5) días (Arts. 27 y 28 LCQ). El concursado deberá acreditar el pago y la programación de las publicaciones dentro de los 5 (5) días de notificado de la presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido del proceso (Art. 30 LCQ). 4) IMPONER como carga procesal a la SINDICATURA, dentro de los TRES (3) días hábiles de que en el expediente la última publicación de los edictos exigidos en el punto anterior, presentar un escrito sucinto titulado “CÓMPUTO DE CRONOGRAMA DEFINITIVO”, detallando de forma taxativa las fechas exactas de calendario (Día/Mes/Año) correspondientes a cada uno de los hitos del punto l) (Artículos 32, 34, 35, 36, 39, 43 y 45 LCQ), para su inmediata aprobación por el Tribunal mediante proveído simple. 5) DIFERIR la emisión de la resolución prevista en el artículo 36 de la Ley Nº 24.522 para la etapa procesal oportuna y de conformidad con el cronograma variable establecido recedentemente. 6) INTIMAR a la firma concursada AGROQUIMIA S.RL para que en el plazo improrrogable de cinco (5) días presente ante la Sindicatura la totalidad de la documentación contable y laboral pendiente detallada en los considerandos (libro sueldos, declaraciones juradas Formulario 931, balance NO 6, resúmenes de cuentas corrientes y libro caja), bajo de ley. 7) HACER LUGAR al requerimiento de la Sindicatura e INTIMAR a la concursada para que, en el mismo plazo de cinco (5) días, complete la propuesta de agrupamiento anticipada presentada integrando debidamente la fundamentación sobre si tratará el pasivo de la sociedad y del garante en forma unificada o como pasivos concurrentes. 8) Al escrito cargo no 14292/26: por presentado, con domicilio legal constituido y por parte en el carácter invocado. Otórguesele al compareciente la participación legal que por derecho corresponda. Procédase por Mesa de Entradas a vincular al profesional solicitante a las actuaciones mediante el sistema SISFE. Respecto del convenio suscripto entre las partes que se adjunta, agréguese y dé la presentación efectuada, córrase vista a la Sindicatura. Intímese al profesional actuante para que, dentro del término de ley, acompañe la Boleta Única de Iniciación de Juicio (BUIJ) y el sellado fiscal correspondiente, bajo apercibimiento de anoticiar a las cajas respectivas 9) Respecto de la solicitud en relación DE LAS MEDIDAS CAUTELARES solicitadas por la concursada (levantamiento de inhabilitación en el BCRA y apertura de cuenta corriente bancaria), CORRASE VISTA a la Sindicatura por el término de ley. 10) AUTORIZAR LA VERIFICACIÓN DIGITAL Y NO PRESENCIAL DE CREDITOS, facultando a los acreedores a remitir sus solicitudes de verificación (Art. 32 LCQ), documentación sustentatoria y comprobantes de arancel a la casilla de correo electrónico asentada en autos por la Sindicatura: monicadiiorio@gurfinkel.com.ar 9) Notifíquese desde Secretaria a la Sindicatura y a la Concursada”.- Melincué, 28/09/26 de 2026.- Firmado: Lucía B. Ciarpella, Secretaria subrogante.

$ 1300 568281 Oct. 2 Oct. 8

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venado tuerto

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Jueza de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Juez en Suplencia, Secretaria de la Dra. Violeta L. Martinelli, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO C/ MARBAR INMOBILIARIA S.R.L. s/Apremios” (CUIJ. 21-16809313-3), se ha dispuesto

notificar el siguiente Fallo, que a continuación se transcribe en su parte pertinente: “Venado Tuerto, 05 de Mayo de 2025.- Nº 627 - Venado Tuerto, 05 de Mayo de 2025. -Y VISTOS:....... DE LOS QUE RESULTA: ........... Y CONSIDERANDO: .......... FALLO: 1°):Mandar llevar adelante la ejecución promovida por la Municipalidad de Venado Tuerto contra Marbar Inmobiliaria S.R.L., hasta tanto la actora perciba íntegramente el capital reclamado en la demanda de Pesos Cuarenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Dos con Setenta y Ocho Centavos ($47.382,78), con más los intereses detallados en el considerando 3°); 2°) La suma definitiva de la condena surgirá de la planilla a practicarse oportunamente en autos; 3°) Imponer las costas a la accionada vencida (Art. 251 CPCC); 4°) Los honorarios profesionales se regularán acreditada la situación del profesional actuante ante ARCA y practicada la planilla de capital, intereses y costas. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber -“- Fdo. DR. MARTIN C. CHASCO, Juez subrogante, DRA. VIOLETA MARTINELLI, Secretaria -

Se deja constancia que el presente EDICTO es SIN CARGO en virtud de lo dispuesto por el CODIGO FISCAL DE SANTA FE, Art. 182 inc. 1 -25 de noviembre de 2025.

S/C 568371 Oct. 2 Oct. 8

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Por disposición del Señor Jueza de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Vena Tuerto, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO

C/ MARBAR INMOBILIARIA S.R.L. S/Apremios” (CUIJ. 21-16809295-1), se ha

dispuesto notificar a MARBAR INMOBILIARIA SRL el siguiente Fallo, que a continuación se transcribe en su parte pertinente: “Nº 616 - Venado Tuerto, 05 de Mayo de 2025. -Y VISTOS DELOS QUE RESULTA: ........... Y CONSIDERANDO:.......... FALLO: 1°): Mandar llevar adelante la ejecución promovida por la Municipalidad de Venado Tuerto contra Marbar Inmobiliaria S.R.L., hasta tanto la actora perciba íntegramente el capital reclamado en la demanda de Pesos Cuarenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta y Ocho con Cincuenta y Cinco Centavos ($47.358,55), con más, los intereses detallados en el considerando 3°); 2º) La suma definitiva de la condena surgirá de la planilla a practicarse oportunamente en autos; 3º) Imponer las costas a· la accionada vencida (Art. 251 CPCC); 4º) Los honorarios profesionales se regularan acreditada la situación del profesional actuante ante ARCA y practicada la planilla de capital, intereses y costas. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber -“, Fdo. Martin C. Chasco, Juez Subrogante, Dra. Violeta L. Martinelli, Secretaria. Se deja constancia que el presente EDICTO es SIN CARGO en virtud de lo dispuesto por el CODIGO FISCAL DE SANTA FE, Art. 182 inc. 1. -

VENADO TUERTO, 3 DE SEPTIEMBRE DE 2026.

S/C 568369 Oct. 2 Oct.8


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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 3, en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Secretaría del Dr. Walter Bournot, en los autos: “ISOIRD, MARIA CONCEPCION Contra: MARTEDDU Y GIAMMARCO, TERESA Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva (DIGITAL) 21-24626323- 7 se cita a quienes tengan derecho o interés demostrable en relación al inmueble a usucapir siendo: “Lote H”, de la Manzana 74, compuesto de veinticinco metros de frente al Noreste por cincuenta metros de fondo y frente al Sudeste, lindando: al Noreste y Sudeste con calle públicas; al Sudoeste con el lote G y al Noroeste con el lote F. Encierra una superficie total de mil doscientos cincuenta metros cuadrados. Inscripto en el Registro de la Propiedad de Rosario al ,131 Folio 677 Nº 95138 Dpto. Gral López - (T.D.H Nº50286 -05/01/1959 y T.D.H Nº 324307 - 22/08/1977).- Identificación Catastral: Sección 01, Manzana 0105, Parcela 00003, Subparcela 0000, Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 17-24-00-383540/0000-1. Según Plano de mensura para Adquisición de Dominio por usucapión judicial Nº 299738/26 confeccionado por el Agrimensor Fernando L.Vampiro. VENADO TUERTO, 08 de Septiembre de 2026 Proveyendo escrito cargo Nº 13541/2026: Publíquense edictos, por el término de ley en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales...... Notifíquese. — (Fdo.Dr.Bournot- Dr.Carlini).22 de septiembre.

$ 100 568361 Oct. 2 Oct.8

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Laura Olmedo con domicilio en calle San Martín Nº 631 1º Piso de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, correo electrónico civil1vt@justiciasantafe.gov.ar, dentro de los autos: INDUSTRIA METALURGICA ROSSMET S.R.L S/ OTRAS DILIGENCIAS - CIVIL - CUIJ: 21-24626380-6, se hace saber que se ha iniciado demanda de cancelación de los siguientes pagarés: a) Un pagaré por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MIL SEISCIENTOS ONCE (U$S 20.611.-) con fecha de vencimiento 19/09/26; librado por: VI.C.E.T. S.A.S., CUIT N° 30-71894974-9; b) Un pagaré por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRES MIL SEISCIENTOS CINCO (U$S 23.605.-) con fecha de vencimiento 25/03/27; librado por: VI.C.E.T. S.A.S., CUIT Nº 30-71894974-9; c) Un pagaré por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRES MIL SEISCIENTOS CINCO (U$S 23.605.-) con fecha de vencimiento 19/09/27; librado por: VI.C.E.T. S.A.S., CUIT Nº 30-71894974-9. En consecuencia, se cita y emplaza a cualquier tercero interesado para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos y formular oposiciones en los autos ut supra referidos. Venado Tuerto, 24 de Septiembre de 2026. Dra. Ma. Laura Olmedo, Secretaria.

$ 100 568388 Oct. 2 Oct. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlini, JUEZ; Secretaria a cargo del Dr. Alejandro Walter Bournot, dentro de los autos caratulados "MELO TERESA HAYDEE S/ SUCESORIO (DIGITAL)" (CUIJ 21-24626146-3) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de TERESA HAYDEE MELO, DNI Nº5.006.111, quien era argentina, nacida en Colón, Provincia de Buenos Aires el 08/07/1947, divorciada, hija de Miguel Ángel Melo y de Cecilia Inocencia Cruz, con último domicilio en calle Moreno 1960 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, fallecida en Venado Tuerto el 23/04/2024, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.-

$ 45 Oct. 2

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, JUEZ; Secretaria a cargo de la Dra. María Laura Olmedo, dentro de los autos caratulados “SERAFINI ANTONIO JUAN S/ SUCESIÓN” (CUIJ 21-24626148-9) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de ANTONIO JUAN SERAFINI, argentino, mayor de edad, DNI Nº4.654.999, CUIT 20-04654999-7, viudo, con domicilio en calle Italia 843 de Venado Tuerto, y que falleciera, el día 07/07/25 en la ciudad de Venado Tuerto, para que comparezca ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. VENADO TUERTO, de de 2026

$ 45 Oct. 2