picture_as_pdf 2018-11-21

JUZGADO DEL TRABAJO


El Sr. Juez del Juzgado del Trabajo de la Sexta Nom. de Rosario, Dra. Patricia Otegui, dentro de los autos caratulados: BRITOS CARLOS c/GEF CONSTRUCCIONES y Otros s/Demanda Laboral; (Expte. Nº 311-15), cita por el término de tres días a DYSERCON SOC. ANONIMA, para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley (Art. 45 C.P.L.). Secretaría, Rosario, 31 de Octubre de 2018. Natalia Pagan Serra, secretaria.

S/C 374762 Nov. 21 Nov. 23

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El Sr. Juez del Juzgado del Trabajo de la Sexta Nom. de Rosario, Dra. Patricia Otegui, dentro de los autos caratulados: BRITOS CARLOS c/GEF CONSTRUCCIONES y Otros s/Demanda Laboral; Expte. Nº 311-15), cita por el término de tres días, a GEF CONSTRUCCIONES S.R.L., para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley, (Art. 45 C.P.L.). Rosario, 16 de Agosto de 2018. Mayra Ibáñez, prosecretaria.

S/C 374761 Nov. 21 Nov. 23

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El Sr. Juez del Juzgado del Trabajo de la Sexta Nom. de Rosario, Dra. Patricia Otegui, dentro de los autos caratulados: BRITOS CARLOS c/GEF CONSTRUCCIONES y Otros s/Demanda Laboral; (Expte. Nº 311-15), cita por el término de tres días, a Norberto Edgardo Abraham, para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley (Art. 45 C.P.L.). Rosario, 16 de Octubre de 2018. Natalia Pagan Serra, secretaria.

S/C 374764 Nov. 21 Nov. 23

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El Sr. Juez del Juzgado del Trabajo de la Segunda Nom. de Rosario, Dr. Fabián Nahuel Vega, dentro de los autos caratulados: FERNANDEZ RODRIGO SEBASTIAN c/Prevención ART. S.A. y Otros s/Accidente de Trabajo; (Expte. Nº 229-17), hace saber lo siguiente: Rosario, 15 de Junio del 2018. Agréguese el oficio acompañado. Atento constancia de autos cítese por edictos a los herederos de la co-demandada Delia Argentina Gómez a los fines que comparezca a estar a derecho. Tales edictos se publicaran por tres días consecutivos en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término para comparecer tres días después de la última publicación. Todo bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se designar a un defensor ad hoc. Fdo: Dr. Fabián Vega. Dr. Ramiro Luna. Rosario, 7 de Septiembre de 2018. Ramiro Luna, secretario.

S/C 374758 Nov. 21 Nov. 23

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA



Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito de la 3º Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Cecilia A. Camaño, Secretaría de la Dra. Alejandra J. Martinez y dentro de los autos caratulados: “CONSORCIO EDIFICIO HERMITAGE II C/ FERRERI, GAETANO S/ APREMIO Expte CUIJ Nº 21-12615163-9 se ha ordenado: Resolución Nº 1063 Rosario, 29 de Junio de 2018.- Y VISTOS:- - - Y CONSIDERANDO:- - - - - FALLO: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra FERRERI GAETANO hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma de $10.861,37 y la Dra. Juliana Inés Sanchez la suma equivalente a 4,22 unidades jus (hoy $ 9.141,49) con más los aportes correspondientes, I.V.A e intereses expresados en los considerandos precedentes. 3) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.). 4) Honorarios oportunamente, firme la presente y practicada la planilla respectiva. Insértese, agréguese copia y hágase saber.- Fdo: Dra. Cecilia A. Camaño –Jueza.- Dra. Alejandra J. Martinez –Secretaria- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Rosario, 16 de Noviembre de 2018.-

Rosario, de Noviembre de 2012.-

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La señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: AMTRAM c/RAMOS JESÚS GASTÓN s/Juicio Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02856240-0 ha dictado Sentencia en su contra por lo que deberá abonar a la actora la suma reclamada con mas sus intereses y costas. Seguidamente se transcribe la Resolución que así lo ordena: N° 2919. Rosario, 10 de Octubre del 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: I) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más un interés equivalente a la tasa activa sumada del Banco Nación para sus operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido (Art. 251 CPC). III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Sallad Elvira (Secretaria) - Dra. Mondelli María A. (Jueza). Rosario, 1 de Noviembre de 2018. Elvira Sauan, secretaria.

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: EPE c/DE TOMA GUILLERMO s/Juicio Ejecutivo, CUIJ Nº 21-02858745-4 ha aprobado planilla la que arroja un total de $ 17.087,95 y se ha regulados los honorarios profesionales en la suma de $ 3.927 (1.81 JUS). Seguidamente se transcribe la resolución que así lo ordena: Rosario, 26 de Septiembre de 2018. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente la planilla practicada y póngase de manifiesto en la oficina por el término de ley. A la regulación de honorarios, aprobada que fuere la planilla. Fdo: Dra. Agustina Faure (Prosecretaria). Y Otro: Nº 2712. Rosario, 05 de Octubre de 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Aprobar la planilla practicada en cuanto por derecho corresponde hasta la concurrencia de la suma de $ 17.087,95. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Faure Agustina (Prosecretaria) - Dr. Zabale Ezequiel (Juez). Y Otro: Nº 2713. Rosario, 05 de Octubre de 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios del Dr. Marcos Litvak, en la suma de $ 3.927, (equivalente a 1.81 jus) - (art. 7 inc. 2 b) Ley 6767), que serán abonados por quien correspondan. Los honorarios regulados devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual sumada que publica el BCRA (art. (768 inc. CCCCN). Insértese y hágase saber. Dra. Faure Agustina (Prosecretaria) - Dr. Zabale Ezequiel (Juez). Dra. Cossovich, Secretaria.

S/C 374839 Nov. 21 Nov. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/ROSSI, PEDRO s/Apremios Fiscales Municipales; Expte. 21-02850343-9, Se ha ordenado: Rosario, 18 de Diciembre de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado que deberá certificar, otórgasele la participación legal correspondiente. Por entablada demanda de ejecución fiscal por la Municipalidad de Rosario contra Pedro Rossi. Cítese de remate al accionado con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de 10 días se llevará adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo hasta cubrir la suma de $ 19.728,52, con más la suma de $ 5.918,55, estimada provisoriamente para intereses y costas. Ténganse presente el oficial notificador ad-hoc designado quien deberá concurrir por Secretaría cualquier día y hora hábil de audiencia a fin de aceptar el cargo. Notifíquese por cédula. Fdo. Edgardo M. Bonomelli (Juez) Fdo. Jessica M. Cinalli (Secretaria).

S/C 374771 Nov. 21 Nov. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados YACOPINO, YANINA TERESA c/RE, CRISTÓBAL s/Escrituración; Expte. 21-02860146-5. Se ha ordenado: Rosario, 06 de Abril de 2017. Informando verbalmente la Actuaría en este acto que el demandado Cristóbal Re, no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y desígnese audiencia para sorteo de defensor de oficio para el día 10 de Mayo de 2017 a las 8:00 horas. Notifíquese mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Fdo. Verónica Gotlieb (Juez); Fdo. Jessica M. Cinalli, secretaria. Dr. Menossi, Secretario.

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Por disposición de la Sra. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dra. Verónica Gotlieb, el Secretario que suscribe, Dr. Lucas Menossi, hace saber que en los autos: GARCÍA, NATIVIDAD NELIDA c/CARTA, CELESTINA MARÍA y Otros s/Usucapión; CUIJ 21028866523, se ha declarado la rebeldía de la demandada Celestina María Carta. Como recaudo se transcribe la providencia que así lo dispone: Rosario, 30 de Octubre de 2018. Agréguense. Certifique las copias simples glosadas a fs. 41 y 52. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que la codemandada Celestina María Carta no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Fdo.: Dr. Lucas Menossi, Secretario - Dra. Verónica Gotlieb, Jueza. Lo que se hace saber a sus efectos. Rosario, Noviembre del año 2018. Dr. Menossi, Secretario.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DOCCOLA DOMINGO s/Apremio Municipal; (C.U.I.J. 21-22764732-6) se ha ordenado lo siguiente N° 1631. Arroyo Seco, 06 JUL 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta Provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.725,70 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.362,85 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani-Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a Sr./a Doccola Domingo y/o contra su/s sucesor/e y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida -catastral N° 00000-5314-00. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 374817 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TORRES JULIO OMAR s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-22764735-0) se ha ordenado lo siguiente N° 1640. Arroyo Seco, 06 JUL 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.730,07 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.365,04 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por e1 término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani-Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatoria; a Sr./a Torres Julio Omar y/o contra su/s sucesor/e y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida catastral N° 00000-5284-00. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374816 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICiPALIDAD DE ARROYO SECO c/RENZI CRISTIAN J. s/Apremio; (CUIJ 21-22764700-8) se ha ordenado lo siguiente: ARROYO SECO, 02 de Julio de 2018- Agréguese la boleta colegial acompañada. Por presentado, en el carácter invocado a mérito de la escritura de mandato acompañada, suscripta por el presentante, y que se agrega a los autos. Aceptase el domicilio ad litem constituido- Por iniciada demanda de apremio contra Renzi, Cristian J. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Notifíquese por cédula. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Renzi Cristian J. por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: EJX204. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374814 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CALATRONE EDUARDO G. s/Apremio; (CUIJ 21-22764186-7) se ha ordenado lo siguiente: N° 1668 Arroyo Seco, 06 Jul. 2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por e! presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 22.173,32 en concepto de capital con más la suma de $ 11.086,66, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7, Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Calatrone Eduardo G. y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acopiados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: LC0079. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374812 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TORRES JULIO OMAR s/Apremio Municipal; (C.U.I.J. 21-22764733-4), se ha ordenado lo siguiente: N° 1643. Arroyo Seco, 06 Jul 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.730,07 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.365,04 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Mariana Cattani-Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a Sr./a Torres Julio Omar y/o contra su/s sucesor/e y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida catastral N° 00000-5285-00. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 374811 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CHARLES LUIS CORNELIO s/Apremio Municipal; (C.U.I.J. 21-22764731-8) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1745. Arroyo Seco, 31 Jul 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos suscripta por el presentante y que se le agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 16.438,32 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.219,16 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada; Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a Sr./a Charles Luis C. , y/o contra su/s sucesor/e y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida catastral N° 00000-5657-00. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374809 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VITELLI MARTÍN LUIS s/Apremio; (CUIJ 21-22764187-5) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1572; Arroyo Seco, 02 Jul 2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo - 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso, y agregar la boleta colegial acompañada. -2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38),- 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.384,17 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.692, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula, insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Vitelli Martín Luis y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acopiados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: LC1899. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374808 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARKS MARÍA JULIETA s/Apremio Municipal; (C.U.I.J. 21-22764727-9) se ha ordenado lo siguiente: N° 1637. Arroyo Seco, 06 Jul 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.929,86 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.964,93 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre, un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de Ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada-Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a Sr./a Marks María Julieta y/o contra su/s sucesor/e y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida catastral N° 00000-5481-00. Arroyo Secco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374806 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MÁRT1NO GUSTAVO JOSÉ s/Apremio; (CUIJ 21-22764304-5) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1534. Arroyo Seco, 29 Jun 2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el tramite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 25.367,41 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.683,70 estimarlos provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11. L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066}; 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Martino Gustavo José por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: FHZ645. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374805 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SOLIS ALFONSO HUGO s/Apremio; (CUIJ 21-22764093-3) se ha ordenado lo siguiente: Arroyo Seco, 28 de Junio de 2018. Por presentado, en el carácter invocado a mérito de la escritura de mandato que en copia certificada acompaña y que se agrega a los autos. Aceptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada remanda de apremio contra Solis Alfonso Hugo. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. Cítese de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de rabote en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Solis Alfonso Hugo. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 374797 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CESCHI CRISTIAN ALEJANDRO s/Apremio; (CUIJ 21-22764302-9), se ha ordenado lo siguiente: Nº 1545. Arroyo Seco, 29 Jun 2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta Provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.052,48 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.531,24 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser modificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). Otro: Nº 1973. Arroyo Seco, 21 Ago 2018. Y Vistos: Los autos individualizados supra; Y Considerando: Lo manifestado a fs. 12 vta. y constancias de autos; Resuelvo: Revóquese parcialmente el auto 1545 de fecha 29/06/2018 de fs. 12 en la parte que dice 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL, por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula el presente conjuntamente con el auto de fs. 12. Insértese, agréguese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani Secretaria. En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Ceschi Cristian Alejandro por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: GQZ680. Arroyo Secco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374793 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LABORDE EDUARDO s/Apremio Municipal; (C.U.I.J. 21-22764728-8) se ha ordenado lo siguiente: N° 1743. Arroyo Seco, 31 Jul 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos suscripta por el presentante y que se le agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.1mprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 7.693,25 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.846,62 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los térmicos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a Sr./a Laborde Eduardo y/o contra su/s sucesor/e y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida catastral N° 00000-5414-00. Arroyo Seco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374791 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MACCARI CLAUDIA BEATRIZ s/Apremio; (CUIJ 21-22764695-8), se ha ordenado lo siguiente: Arroyo Seco, 03 de Julio de 2018. Agréguese la boleta acompañada. Por presentado, en el carácter invocado a mérito de la escritura de mandato que en copia acompaña, la que deberá ser suscripta por, el profesional. Aceptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra MACCARI CLAUDIA BEATRIZ. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Notifíquese por cédula. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias. Bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Maccari Claudia Beatriz por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: EGA873. Arroyo Secco, 6 de Noviembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 374790 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ios herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pagano Jorge Aldo, DNI Nº 6.064.818 publicándose por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PAGANO JORGE ALDO s/Sucesorio; Expte. N° 21-02901993-9/18. Dra. María Sol Sedita, Secretaria. Rosario, 25 de Octubre de 2018.

$ 45 374734 Nov. 21

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: MATTEO, ZULEMA ODERAY s/Sucesorio; (CUIJ 21-02898246-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Zulema Oderay Matteo, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 12/11/2018. Dra. Rubulotta, Secretaria Subr.

$ 45 374843 Nov. 21

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: LEEGSTRA, ISIDORO s/Declaratoria de Herederos (CUIJ 21-02895841-9) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Isidoro Leegstra, para que comparezcan a hacer valor sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 12/11/2018. Dra. Rubulotta, Secretaria Subr.

$ 45 374844 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se notifica por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales a los herederos, herederos legatarios, acreedores y/o legatarios de doña Ardiles María Lucinda, DNI. 8.937.811 y don Benítez Olmedo Miguel, DNI N° 93.796.054, para que comparezcan y lo acrediten por ante este Tribunal dentro de los treinta (30) días para hacer valer sus derechos. AUTOS: ARDILES MARÍA LUCINDA Y BENITEZ OLMEDO MIGUEL s/Declaratoria de herederos, CUIJ: 21-02899123-9. Rosario, 17 de Septiembre de 2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 374845 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se notifica por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales a los herederos, herederos legatarios, acreedores y/o legatarios de doña Leito María Luisa, DNI Nº 8.930.166, para que comparezcan y lo acrediten por ante este Tribunal dentro de los treinta (30) días para hacer valer sus derechos. Autos: LEITO MARÍA LUISA s/Declaratoria de herederos, CUIJ: 21-02899124-7. Rosario, Septiembre de 2018. Dra. Filippini, Secretaria.

$ 45 374846 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, se notifica por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales a los herederos, herederos legatarios, acreedores y/o legatarios de don Centenaro Enrique Agustín, DNI Nº 5.992.941, para que comparezcan y lo acrediten por ante este Tribunal dentro de los treinta (30) días para hacer valer sus derechos. Autos: CENTENARO ENRIQUE AGUSTÍN s/Declaratoria de herederos, CUIJ: 21-02901221-8. Rosario, 2 de Noviembre de 2018. Dr. Pasotti, Prosecretario.

$ 45 374847 Nov. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Francisco Rodríguez (D.I. 5.980.317) y Carmen Rosalía Ferreyra (DNI 1.231.615) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: Rodríguez, Francisco y Ot. s/Sucesorio (CUIJ N° 21-02906009-3). Dra. Vanina Carla Grande. Rosario, 26 de Octubre de 2018. Dra. Grande, Secretaria.

$ 45 374850 Nov. 21

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Por disposición del Juez en suplencia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecheros bienes dejados por la causante Marcela Gabriela Mencia (DNI 14.189.948), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MENCIA MARCELA GABRIELA s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 21-02906114-6). Rosario, 6 de Noviembre de 2018. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.

$ 45 374849 Nov. 21

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Por disposición del Juez en suplencia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecheros bienes dejados por el causante Elio Zivelonghi (DNI 92.690.750), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: ZIVELONGHI ELIO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02906627-9). Rosario, 31 de Octubre de 2018. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 374851 Nov. 21

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Por disposición del Juez en suplencia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecheros bienes dejados por el causante Gerlando Angel Cacciatore (DNI 6.031.141), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: CACCIATORE GERLANDO ANGEL s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02906923-6). Rosario, 9 de Noviembre de 2018. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 374737 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 7 de Rosario, dentro de los autos caratulados: SCIRETTA, CARMEN s/Declaratoria de herederos (CUIJ 21-02902804-1) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Carmen Sciretta, D.N.I. 3.197.401, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 26/10/2018. Dra. González, Secretaria.

$ 45 374854 Nov. 21

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo C.C. de la 5ta. Nominación de Rosario, en autos caratulados MARESCA, RAFAEL NICASIO s/Declaratoria de herederos 21-02902032-6, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Maresca Rafael Nicasio, D.N.I 03.679.814, por 1 día para que comparezcan dentro de los treinta días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria.

$ 45 374855 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 9 de Rosario, dentro de los autos caratulados: ZELARAYAN, ANTONIA MELCHORA y Otros s/Declaratoria de herederos, se cita, llama, y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Antonia Melchora Zelarayan, L.C. Nº 4.166.242, y Alberto Soria, D.N.I. 7.048.789, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN Oficial. Rosario, 05/11/2018. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 45 374853 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. de la cuidad de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Rojas, Nilda Nilse (DNI 5.549.983), para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICILA por el término de 1 día (art. 2340 CCYC). (Autos: ROJAS NILDA NILSE s/Declaratoria de herederos Expte. Nº 357/2014). Rosario, 08/11/2018. Dr. Menossi, Secretario.

$ 45 374774 Nov. 21

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El juzgado de primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: DÍAZ, OSCAR s/Declaratoria de herederos” Expte. 21-02904807-7, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Díaz Osear (DNI 12.268.592) para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario. Dr. Menossi, Secretario.

$ 45 374777 Nov. 21

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: YUNEZ, RUBI ELBA s/Declaratoria de herederos” Expte 21-02901620-5, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Yunez Rubi Alba (DNI 02.767.556) para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario.

$ 45 374773 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante DI RICO, RAQUEL DNI Nº 3.307.151, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de 30 días a partir de la publicación de edictos. A los efectos legales se publican edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Art. 2340 C.C.C.N.- (Expte. CUIJ: 21-02904837-9). Rosario, 09 de Noviembre de 2018. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.

$ 45 374735 Nov. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Lucas Daniel Ruiz, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley en los autos caratulados: RUIZ LUCAS DANIEL s/Declaratoria de herederos”, CUIJ. 21-02903287-1. Secretaría, Rosario, Noviembre de 2018. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 45 374792 Nov. 21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la lira. Nominación de Rosario, Juzgado Vacante, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Adriana Noemí Rovera, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, a los 7 de Noviembre de 2018. Dr. González, Secretario.

$ 45 374738 Nov. 21

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5ta, Nominación de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora MARGARITA ANTONIA TORRENS, D.N.I N° 4.787.219, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos, el BOLETÍN OFICIAL, y en el hall de Tribunales. Rosario, 17 de Octubre de 2018. Dra. Rubulotta, Secretaria Subr.

$ 45 374739 Nov. 21

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nom. de los Tribunales Provinciales de Rosario, se ha dispuesto a publicar el presente por el que se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante (arts. 1, 2 y 2340 del C.C. y C. y 592 del C.P.C.C.) y en definitiva todo aquel que tenga derechos, a hacer valer por el fallecimiento de don Fernández José Luis, DNI: 10.986.131, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a ejercer sus derechos dentro de autos caratulados “FERNANDEZ, JOSÉ LUIS s/Declaratoria de herederos”, Expte. CUIJ.: 21-2902319-8 Firmado y sellado Dr. Sergio Antonio González, Secretario, Dra. Delia Martínez Giles, Jueza. Rosario, 9 de Octubre de 2018.

$ 45 374810 Nov. 21 Dic. 4

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Dentro de los autos caratulados: CAPALDI ROBERTO JORGE s/Concurso Preventivo- Hoy Quiebra; Expte. N° 447/2016, tramitados ante Juzgado de Distrito Nº 16 Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Juzgado Vacante, por Resolución Nº 1239 del 14/08/2018 se declaró la quiebra del señor Roberto Jorge Capaldi, DNI N° 12.858.941, CUIT 20-12858941-5, con domicilio en Santa Fe 646 de Elortondo, debiendo anotarse la misma en el Registro de procesos Concúrsales. Anotar la Inhibición General de bienes, oficiándose a sus efectos. Efectuar las comunicaciones necesarias para asegurare el cumplimiento del Art. 103 (Art.88 Inc. 8 LCQ). Poner al síndico en posesión de los bienes de la fallida por intermedio del Oficial de Justicia. Practíquese inventario, librándose a tales fines mandamientos con las facultades de ley. Intímese a la fallida y a terceros a fin de que ponga a disposición de la sindicatura los libros y documentación contable. Intercéptese la correspondencia y oportunamente entréguese a la sindicatura, oficiándose a sus efectos. Proponga la Sindicatura el sistema de liquidación de los bienes de la fallida Prohíbase hacer pagos y/o entrega a la fallida, las que de hacerse se tomarán ineficaces. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días en forma gratuita. Por resolución N° 1570 del 9/10 se fijó fecha de verificación hasta el 07/12/2018, el 18/2/19 para presentar informe individual y el 29/03/2019 para informe general. Publíquese cinco días sin cargo. Firmat, 19 de Octubre de 2018. Dra. Barco, Secretaria.

S/C 374783 Nov. 21 Nov. 27

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El señor Juez de Primera Instancia de distrito en lo civil, comercial y laboral de la Segunda Nominación de Casilda, llama por un (1) día a los herederos, acreedores y legatarios de don Henri Luis Aquadro, para que en el término de 30 días a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante este tribunal. Casilda, 9 de Noviembre de 2018. Dra. Sandra S. González (Secretaria).

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El Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Casilda, notifica a los herederos denunciados en el expediente el siguiente decreto: “Casilda, 24 de mayo de 2018. Por recibido. Publíquense los edictos de ley a los fines de hacer saber a los interesados la nueva radicación del proceso. (Expte. N° 283/2018). Fdo. Dr. Gerardo Marzi (Juez) - Dra. Sandra González (Secretaria) Casilda.

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Sr. Barbero Antonio, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: BARBERO ANTONIO s/Sucesión; Expte. 402/2018). Casilda. 9 de Noviembre de 2018. Fdo. Viviana Guida, Secretaria.

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Sr. Movalli Angel Mario, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: MOVALLI ANGEL MARIO s/Declaratoria de herederos; Expte. 574/2018). Casilda, 9 de Noviembre de 2018. Fdo. Viviana Guida, Secretaria.

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Sr. Romagnoli Antonio Nelson, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: ROMAGNOLI ANTONIO NELSON s/Sucesión; Expte. 470/2018). Casilda, 9 de Noviembre de 2018. Fdo. Viviana Guida, Secretaria.

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Sr. Gallina Norma María, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: GALLINA NORMA MARIA s/Sucesión; Expte. 436/2018). Casilda. 9 de Noviembre de 2018. Fdo. Viviana Guida, Secretaria.

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Dra. Stella Maris Bertune, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 12, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría a cargo de la Dra. Melisa Peretti, se hace saber que en los autos caratulados AUGSBURGER, ANA CECILIA c/ROHMER, CARLOS y Otros Usucapión; Expte. Nro. 189, año 2017, anteriormente caratulados: SÁNCHEZ GABRIEL Y OTRA c/ROHMER, CARLOS y Otros s/Usucapión, se ha ordenado declarar en rebeldía a Carlos Andrés Rohmer y/o sus herederos, a Miguel Sánchez y/o sus herederos y a todos aquellos que pudieren resultar titulares o se consideren con mejores derechos sobre el inmueble situado en calle Alem s/n y/o French s/n. de la Localidad de Oliveros, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General de Propiedades de la ciudad de Rosario, al Tomo 110, Folio 336, Nro. 60.796 de fecha 06 de Marzo de 1964 del Departamento Iriondo. Empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo Partida Nº 14-04-00-189609/0002-4. Además que se ha fijado la audiencia del día 05 de Noviembre de 2018, a las 9,00 horas, para sorteo de un Defensor de Oficio. Todo lo que se hace saber a sus efectos. Secretaría, San Lorenzo, 30 de Octubre de 2018. Dra. Peretti, Secretaria.

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La Señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Dra. Stella Maris Bertune, Secretaría de la Dra. Melisa Vanina Peretti en autos: “GIL HUGO MARCELO s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 443/2018 llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Hugo Marcelo Gil, DNI 18.244.586, para que comparezcan a este Tribunal y lo acrediten dentro de los 30 días. San Lorenzo, 8 de Noviembre de 2018. Dr. Devadder, Prosecretario.

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución y dentro de los autos: PELUCCHI, PEDRO CÉSAR c/Prevención ART S.A. s/Perjuicios laborales; Expte. N° 775/14, se cita a los herederos del Sr. Pelucchi, Pedro César D.N.I N°. 6.018.840. Cítese y emplácese a los herederos del actor por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal tres veces, venciendo el término de cinco días después de la publicación, de conformidad con lo dispuesto por los art. 597 CPCC por remisión expresa del art. 145 CPL, bajo apercibimiento de ley. Fdo: Dra. Griselda Ferrari (Jueza); Dr. Mauro Bonato (Secretario). Secretaría, 31 de Octubre de 2018.

S/C 374609 Nov. 21 Nov. 23

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MARTÍNEZ, ROCÍO DANIELA y Otros c/GALENO A.R.T. S.A. s/Accidente In Itinere; (Expte. N° 364/17) se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios del Sr. Juan Carlos Gómez, quien fuere en vida titular del D.N.I. Nº 36.488.179, fallecido el día 24 de mayo de 2015, por treinta días para que comparezca ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 26 de Octubre de 2018. Dr. Danino, Secretario.

S/C 374608 Nov. 21 Nov. 23

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La señora Jueza de 1ra. Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nro. 2 la de Villa Constitución, hace saber que el Sr. Umberto Giurliani, D.N.I. Nº 93.494.167, falleció el día 07/11/2000 Y la Sra. María Severa Sosa, DNI Nro. 1.511.064, falleció el día 05/01/2003, y cita a sus herederos, acreedores, legatarios, y a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por los causantes, para que dentro de treinta días comparezcan a este, Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: GIURLIANI, UMBERTO y SOSA, MARÍA SEVERA s/Sucesión; Expte. Nº 795/17. Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. Fdo; Dra. Griselda Ferrari - Jueza; Dr. Mauro R. Bonato - Secretario. Villa Constitución, 24 de Octubre de 2018.

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito No 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2a Nominación de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados VELARDEZ, ELENA DEL CARMEN c/BLANCH, LILIANA s/Demanda Laboral, Expte. Nº 132/2018, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Esther Raimunda Piquer, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2.340 C. Civ. y Com). Secretaría, Villa Constitución, 2 de Noviembre de 2018. Dr. Bonato, Secretario.

S/C 374614 Nov. 21 Nov. 23

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La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 14 Civil, Comercial y Laboral Primera Nominación, cita a herederos, acreedores y/o legatarios de Pablo Narciso Pellegrini, a hacer valer sus derechos, por el término de treinta días, por ante éste Tribunal, en los autos caratulados: PELLEGRINI PABLO N. s/Declaratoria de herederos”, Expte Nº 699/18. Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 Civil, Comercial y Laboral Primera Nominación. Villa Constitución, 24 de Septiembre de 2018. Dr. Danino, Secretario.

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o quienes se consideren con el derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante Erlinda Homs, por treinta (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el transparente habilitado a tal efecto. Villa Constitución, 31 de Octubre de 2018. Dra. Griselda Ferrari (Juez) - Dr. Mauro Bonato (Secretario). Autos: HOMS ERLINDA s/Declaratoria de herederos, Expte. N° 781/18. Dr. Bonato, Secretario.

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La señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución, dra. Agueda M. Orsaria, Secretaria; Dr. Alejandro Dañino, llama a los herederos, acreedores o legatarios detona esmeralda zamora por treinta días para que comparezcan ante el tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 30 de Octubre de 2018. Dr. Dañino, Secretario.

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se llama a herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Néstor Oscar Olmedo, D.N.I. Nº 17.908.038 y Oscar Néstor Olmedo, D.N.I. M N° 6.124.051, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos: “OLMEDO, NÉSTOR OSCAR y OLMEDO, OSCAR NÉSTOR s/Sucesiones” (Expte Nº 1110/2018). Melincué, 2 de Noviembre de 2018. Dra. Luciana P. Parenti (Secretaria).

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Conde Cristina, D.N.I. 05.513.951, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer sus derechos en los autos “CONDE CRISTINA s/Sucesión-Reconstrucción” Expte. Nº 207/2008. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 31 de Octubre de 2018. Secretaría, 31 de Octubre de 2018. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de Melincué, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Pedro Miguel Barboza y de Doña Claudia Isora Pérez, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: BARBOZA PEDRO MIGUEL y Otros s/Sucesión; (Expte. N° 1317/2018). Melincué, 7 de Noviembre de 2018. Fdo.: Dra. Luciana Parenti, Secretaria Subr.

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña CLEMENTINA ADELAIDA SILVERO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días, bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos. Venado Tuerto, 5 de Noviembre de 2018. Dr. Bournot, Secretario.

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo del Dr. Leandro Carozzo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Aldo Norberto Rivoira, quien acredita identidad con D.N.I Nro. 10.427.424, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados RIVOIRA, ALDO NORBERTO s/Sucesorio; Expte. Nro. 49/2018. Dr. Carozzo, Secretario. Venado Tuerto, 10 de Septiembre de 2018.

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso Jueza, Dr. Leandro Carozzo, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Pérez, Clara Irma, D.N.I. F5.102.833; para que dentro el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados “PÉREZ, CLARA IRMA s/Sucesorio Expte. Nº 692/2018. Dr. Carozzo, Secretario.

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Por disposición del Juzgado de la Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Carlini, Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita, llama y emplaza por el término de ley, a los herederos, acreedores y legatarios de don/a María Santina Cicioli (DNI 10.312.241), para que comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Autos: CICIOLI, MARÍA SANTINA s/Declaratoria de herederos; (Expte. N° 537/2018). Venado Tuerto, 8 de Noviembre de 2018. Dr. Bournot, Secretario.

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