picture_as_pdf 2019-01-22

REGISTRADA BAJO EL N 13869


LA LEGISLATURA DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en calle Pbro. Olessío N° 836 de la ciudad de Reconquista, a efectos de incorporarlo al patrimonio municipal, compuesto por el Lote "2" del Plano 33724 - Año 1983, Partida para el pago de Impuesto Inmobiliario N° 03-20-00 008679/0001, y Lote "1B" del Plano 84973 - Año 1977, Partida para el pago de Impuesto Inmobiliario N° 03-20-00 008679/0004, ambos lotes inscriptos en fecha 21 de diciembre de 2015 a nombre de Carlos Miguel Zagni, DNI 13.759.933, al N° 129665, F° 2682, T. 237 Impar, Sección Propiedades, Dpto. General Obligado, del Registro General; Padrón Municipal 04/47/008/000.

ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Municipalidad de Reconquista a promover las acciones expropiatorias contra quienes en definitiva resulten ser propietarios del inmueble descripto en el artículo anterior, en un todo de acuerdo con la Ordenanza N° 7725/15 de fecha 29 de octubre de 2015, la cual forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 3.- Las erogaciones que se deban efectuar a los fines de la presente ley, como así también los gastos que deriven de la confección de los planos de mensura y subdivisión correspondientes, serán íntegramente a cargo de la Municipalidad de Reconquista.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional - 7 ENE 2019

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-

Dr. PABLO G. FARÍAS

Ministro de Gobierno

Y Reforma de Estado

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