picture_as_pdf 2016-12-22

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCION Nº 0299


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

11 de Octubre de 2016.

VISTO:

El expediente Nº 02001-0011917-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, en virtud del cual los herederos de Alberto Ricardo Gómez solicitan el pago correspondiente a licencia anual ordinaria y proporcional de haberes adeudados; y

CONSIDERANDO:

Que Florencia M. Gómez, Giuliana N. Gómez, Fabio A. Gómez y Román A. Gómez solicitan les sean abonadas las sumas adeudadas por licencias no gozadas y proporcional de haberes del Sr. Alberto Ricardo Gómez, empleado del Registro Civil de Rosario, el cual falleció el día 22/08/2011; que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Dictamen Nº 018/2014 expresando que debe hacerse lugar al pedido de pago de haberes adeudados y licencias no gozadas.

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Hágase lugar al pedido de pago de licencias anuales ordinarias no gozadas y proporcional de haberes no percibidos efectuándose el pago en proporción de ley a la Sra. Florencia Micaela Gómez, Sra. Giuliana Natalí Gómez, Sr. Fabio Andrés Gómez y Sr. Roman Alberto Gómez en virtud del fallecimiento de su padre, el agente Alberto Ricardo Gómez, correspondiendo abonar la suma de PESOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 30.836,36).

ARTÍCULO 2º: Autorícese a la Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a liquidar y pagar el monto citado en el Art. 1º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.-

S/C 18589 Dic. 22 Dic. 26

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ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a CIRUBON S.A., CUIT Nº 30-55791247-5, Cuenta Nº 450-002499-9 con domicilio fiscal en calle Av. La Plata 2030 de la localidad de Villa Gobernador Calvez, Provincia de Santa Fe, al Sr. Domingo Ademar Bongiovanni, L.E. Nº 3.094.254 con domicilio en la calle Córdoba 615 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe en carácter de Presidente del Directorio de CIRUBON S.A. y a la Sra. RAQUEL ESTELA RAMOS, D.N.I. Nº 4.260.488 con domicilio en la Avda. Mitre N° 1552 de la ciudad de Villa Gobernador Galvez y domicilio especial constituido en calle Maipú 1542 piso 1° de la ciudad de Rosario, ambos de la Provincia de Santa Fe, en carácter de Presidente del Directorio de CIRUBON S.A. por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal t.o. 2014, la Resolución N° 1175-8/16 dictada en Autos caratulados “Expediente N° 13302-0865928-7, CIRUBON S.A.” Rosario, 14 de Octubre de 2016.-

VISTO:... CONSIDERANDO:...

RESUELVE:

Artículo 1°: Dar por cerrado el Sumario instruido al contribuyente CIRUBON S.A. como Agente de Retención y/o Percepción por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, empadronado bajo la cuenta N° 450-002499-9, C.U.I.T. N° 30-55791247-5 con domicilio fiscal en Av. La Plata 2030 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez y domicilio especial constituido en calle Maipú 1542, piso 1° de la ciudad de Rosario, ambos de la Provincia de Santa Fe y al Sr. DOMINGO ADEMAR BONGIOVANNI, L.E. N° 3.094.254 con domicilio en la .calle Córdoba 615 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe en carácter de Presidente del Directorio de CIRUBON S.A. desde el 14/12/1977 al 07/03/2012 y la Sra. RAQUEL ESTELA RAMOS, D.N.I. N° 4.260.488 con domicilio en la Avda. Mitre N° 1552 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y domicilio especial constituido en calle Maipú 1542, piso 1° de la ciudad de Rosario, ambos de la Provincia de Santa Fe, en carácter de Presidente del Directorio de CIRUBON S.A. a partir del 07/03/2012 por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;

Artículo 2º: Determinar las penalidades establecidas en el primer párrafo del artículo 90 del Código Fiscal Ley 3.456, t.o. 2014 y modificatorias al contribuyente CIRUBON S.A. como consecuencia de mantener en su poder impuestos retenidos y/o percibidos después de haber vencido los plazos en que debieron ingresarse al Fisco por su actuación como Agente de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, bajo la cuenta N° 450-002499-9 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 282 a 284 de conformidad al siguiente detalle:

Artículo 3°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 93 del Código Fiscal Ley 3.456 (t.o. 2014 y modificatorias), el ingreso de la suma de $ 1.368.094,98 (Pesos un millón trescientos sesenta y ocho mil noventa y cuatro con 98/100) en concepto de multa por defraudación, según lo detallado en el artículo anterior y bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Artículo 28 inc.

a) del mencionado Código respecto de DOMINGO ADEMAR BONGIOVANNI, L.E. N° 3.094.254, en carácter de Presidente del Directorio de CIRUBON S.A. desde el 14/12/1977 al 07/03/2012 y la Sra. RAQUEL ESTELA RAMOS, D.N.I. N° 4.260.488 en carácter de Presidente del Directorio de CIRUBON S.A. desde el 07/03/2012.

Artículo 4°: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 46 inc. g) del mencionado texto legal se intima para que en el plazo de 15 días corridos de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas en el DEPARTAMENTO GRANDES CONTRIBUYENTES sito en calle Tucumán 1853 - Rosario - Santa Fe, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el Juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Artículo 5°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal vigente, dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 6°: Cúrsese a la Dirección de Control Fiscal Interno a los efectos de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.

C.P. CRISTIAN FRANCISCHETI

Administrador Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 311559 Dic. 22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a BOMBARDIER Sr. CUIT Nº 30-71092467-4, Cuenta Nº 450-003102-5 con domicilio fiscal en calle Mar del Plata 526, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal t.o. 2014, la Resolución N° 1140-2/16 dictada en Autos caratulados “Expediente Nº 13302-0869616-3, BOMBARDIER S.R.L.”

Rosario, 3 de Octubre de 2016.-

VISTO:... CONSIDERANDO...

RESUELVE:

Artículo 1º - Dar por cerrado el Sumario instruido al contribuyente BOMBARDIER S.R.L., mediante Resolución N° 663-7/14 inscripto como Agente de Retención y/o Percepción por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo la cuenta N° 450-003102-5 C.U.I.T. N° 30-71092467-4, con domicilio fiscal en calle Mar del Plata 526 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, declarado en Quiebra mediante Resolución Nº 1083 de fecha 28/04/2014, Expte. Judicial 1123/13 del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario.

Artículo 2º - Establecer las penalidades como consecuencia del incumplimiento de los deberes formales por su actuación como Agente de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, bajo la cuenta Nº 450-003102-5 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 125 a 130, de conformidad al siguiente detalle:

Artículo 3º: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le nace saber que te asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal vigente, dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 4°: Regístrese y pase a la Dirección de Control Fiscal Interno para su conocimiento, notificación al contribuyente BOMBARDIER S.R.L. con domicilio fiscal en calle Mar del Plata 526 y a la sindica Alicia María Lucieri con domicilio en calle Ituzaingo 1934, oficina 3, ambos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y demás efectos pertinentes.

C.P. CRISTIAN FRANCISCHETI

Administrador Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 311562 Dic. 22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la Sra. Betiana PETRELLI, D.N.I. Nº 25.326.261, con domicilio en calle Reconquista Nº 480, Piso 5to., Dpto. 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. Ismael Alberto FELICIANI, D.N.I. Nº 25.955.374, con domicilio en calle San Lorenzo 630, de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe, ambos en su carácter de Presidentes del Directorio de la firma AIBE S.A., inscripto en este organismo bajo la cuenta N° 921-616203-2, CUIT Nº 30-70724161-2, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 3456 y Modif. (Texto Ordenado 2014), la Resolución Nº 1144-8/16 dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302-0859269-4 y Agregados, “AIBE S.A.”

Rosario, 03 de Octubre de 2016.

VISTO:... CONSIDERANDO:....

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista Nº 613-2/2014 a la Sra. BETIANA PETRELLI, D.N.I. N° 25.326.261, con domicilio en calle Reconquista 480, Piso 5°, Departamento 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. ISMAEL ALBERTO FELICIANI, D.N.I. N° 25.955.374, con domicilio en calle San Lorenzo 630 de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe, ambos en su carácter de Presidentes del Directorio de la firma AIBE S.A. y aplicar las penalidades previstas en el Art. 87 del Código Fiscal y Resolución General N° 20/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Requerirá la Sra. BETIANA PETRELLI, D.N.I. N° 25.326.261, con domicilio en calle Reconquista 480, Piso 5°, Departamento 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. ISMAEL ALBERTO FELICIANI, D.N.I. N° 25.955.374, con domicilio en calle San Lorenzo 630 de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe, ambos en su carácter de Presidentes del Directorio de la firma AIBE S.A., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en la misma dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término; ello como consecuencia de no haber cumplido la contribuyente AIBE S.A. con el pago de los conceptos determinados y requeridos en Resolución N° 376-2/2016 dictada dentro de las presentes actuaciones, y en virtud de hacerse efectivo el apercibimiento previsto en los arts. 26 inc. d) y 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

ARTÍCULO 3°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del articulo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014) todo dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 4°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 5°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la Sra. BETIANA PETRELLI, D.N.I. N° 25.326.261, con domicilio en calle Reconquista 480, Piso 5°, Departamento 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. ISMAEL ALBERTO FELICIANI, D.N.I. N° 25.955.374, con domicilio en calle San Lorenzo 630 de la localidad de Alvarez, Provincia de Santa Fe.

C.P. Cristian FRANCISCHETTI

Administrador Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 311566 Dic.22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la contribuyente BORZAC S.R.L., con domicilio fiscal en calle Buenos Aires Nº 4360 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a los Socios Gerentes Señores ZACCON1, ALBANO URIEL D.N.I. Nº 26.700.208, en su domicilio particular de calle Pavón Nº 5544, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y CARRAVETTA, ALEJANDRO GABRIEL, D.N.I. Nº 16.072.391 con domicilio particular en calle Caferatta Nº 2424 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sindico del Concurso Preventivo C.P.N. OSVALDO PRINGLES, con domicilio legal en calle Italia Nº 135 Piso 2, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 021-338442-9, CUIT Nº 30-70947833-4, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nº 1122-6/16 dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302-0901633-7 y Agregados, “BORZAC S.R.L.”

Rosario, 27 de Septiembre de 2016.-

VISTO: CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la contribuyente BORZAC S.R.L., con domicilio fiscal en calle Buenos Aires N° 4360, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta N° 021-338442-9 CUIT N° 30-70947833-4 y al Sr. ALBANO URIEL ZACCONI, D.N.I. N° 26.700.208.- socio gerente desde el 01/01/2010 hasta el 15/06/2014 y al Sr. ALEJANDRO GABRIEL CARRAVETTA, D.N.I. N° 16.072.391 socio gerente desde el 16/06/2014 hasta la fecha, en su carácter de responsables solidarios, por los anticipos 01/2010 a 12/2014 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista Nº 1134-1/15 a BORZAC S.R.L., con domicilio fiscal en calle Buenos Aires N° 4360, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 021-338442-9 CUIT N° 30-70947833-4 y aplicar las penalidades previstas en los Artículos 77 y 87 del Código Fiscal y Resoluciones Generales N° 20/14 y N° 05/15, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y al Sr. ALBANO URIEL ZACCONI, D.N.I. Nº 26.700.208 socio gerente desde el 01/01/2010 hasta el 15/06/2014 y al Sr. ALEJANDRO GABRIEL CARRAVETTA, D.N.I. N° 16.072.391 socio gerente desde el 16/06/2014 hasta la fecha, en carácter de responsables solidarios.

ARTÍCULO 3°: Requerir a la contribuyente BORZAC S.R.L. con domicilio fiscal en calle Buenos Aires 4360, Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta

N° 021-338442-9, CUIT N° 30-70947833/4, dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el art. 99 del Código Fiscal (T.O. 2014) sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Art. 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), respecto de sus Socios Gerentes Sr. ALBANO URIEL ZACCONI, D.N.I. N° 26.700.208 y Sr. ALEJANDRO GABRIEL CARRAVETTA, D.N.I. N° 16.072.391, por los conceptos y periodos determinados en los Arts. 1°, 2° de la presente.

ARTÍCULO 4°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por e! interesado, la multa aplicada según el articulo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal.

ARTÍCULO 5°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestas por el artículo 67 del Código Fiscal, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 6°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modif.), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 8°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a BORZAC S.R.L. en su domicilio fiscal en calle Buenos Aires N° 4360, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 021-338442-9 CUIT N° 30-70947833-4, a ZACCONI, ALBANO URIEL en su domicilio de calle Pavón N° 5544, a CARRAVETTA, ALEJANDRO GABRIEL en su domicilio de calle Caferatta N° 2424 y al Síndico del Concurso Preventivo C.P.N. OSVALDO PRINGLES, con domicilio legal en calle Italia N° 135 2° Piso, todos de la ciudad de Rosario, responsable en virtud del Art. 26 Inc. c) y 28 Inc. a) Código Fiscal.

C.P. Cristian FRANCISCHETT1

Administrador Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 311567 Dic.22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la contribuyente ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A., con domicilio fiscal en calle Montevideo Nº 396 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y a la responsable solidaria Sra. Ana María CARMELO, D.N.I. Nº 4.878.444 con domicilio particular en calle Cuenca Nº 60 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Sindica C.P.N. Verónica Adriana MATEO, con domicilio en calle Sgto. Cabral Nº 591, Piso 5, Oficinas 5 y 6 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 921-759988-1, CUIT Nº 30-70838769-6, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nº 947-8/16 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0895871-9, “ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A.”

Rosario, 19 de Agosto de 2016.-

VISTO: CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista Nº 874-9/15 a la firma ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A., con domicilio fiscal en calle Montevideo N° 396 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta N° 921-759988-1, CUIT N° 30-70838769-6 por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y a la Sra. ANA MARÍA CARMELO, en su carácter de Presidente del Directorio, D.N.I. N° 4.878.444, con domicilio real en calle Cuenca N° 60 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en lo referido al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 2°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos practicados a la firma ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A., con domicilio fiscal en calle Montevideo N° 396, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta N° 921-759988-1, CUIT N° 30-70838769-6 por los anticipos 05, 06 y 10/2014 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Aplicar al contribuyente ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A. las penalidades previstas en el Art. 87 del Código Fiscal - (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014) y Resolución General Nº 020/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTICULO 4°: Requerir al contribuyente ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término, por los conceptos y períodos determinados en los Arts. 1°, 2° y 3° de la presente y de hacer efectivo el apercibimiento previsto en el art. 28 inc. a) Código Fiscal T.O. 2014, respecto de la Sra. ANA MARÍA CARMELO, Presidente del Directorio, D.N.I. N° 4.878.444, por los conceptos y períodos determinados en los arts. 1 y 2 de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 3° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a ESTUDIO CONSTRUCTORA S.A. en el domicilio fiscal de calle Montevideo Nº 396, de ciudad de Rosario, a la responsable solidaria Sra. ANA MARÍA CARMELO en el domicilio de calle Cuenca N° 60 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Sindica C.P.N. VERÓNICA ADRIANA MATEO, en el domicilio de calle Sargento Cabral N° 591 5° Piso Oficina 5 y 6, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. Cristian FRANCISCHETTI

Administrador

Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 311568 Dic. 22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la contribuyente ÁREA SANTAFESINA S.R.L., con domicilio fiscal ante esta Administración en calle Vietti Nº 56 de la localidad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe y ante. A.F.I.P. en calle Baigorria Nº 1205 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sra. Biassi, Daniela del Carmen Filomena, D.N.I. Nº 17.025.141, con domicilio particular en calle Garibaldi Nº 2060 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, a la Sra. Zoppi Hernández, Amada Verónica, D.N.I. Nº 22.815.161, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen Nº 3781 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Sr. Eduardo José D’Ercole, D.N.I. Nº 12.324.385, con domicilio particular en calle Entre Ríos Nº 4210 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y en calle Pueyrredón Nº 2418, Piso 10, Dpto B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Sr. Dal Lago, Ornar Guillermo, D.N.I. Nº 18.441.366, con domicilio en calle 10 Nº 2477 de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 921-444765-0, CUIT N° 30-71168813-3, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nº 1148-4/16 dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302-0894488-6, “AREA SANTAFESINA S.R.L.”

Rosario, 03 de Octubre de 2016.-

VISTO: CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados, a la contribuyente “AREA SANTAFESINA S.R.L.”, con domicilio en calle Baigorria N° 1205 de esta ciudad de Rosario, inscripta ante este organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº de cuenta 921-444765-0 por los anticipos :06-11-12/2013, 03 a 12/2014 y 02/ 2015, para que en el término de Quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, conforme las liquidaciones practicadas o se efectúe por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 2° - Conferir vista de las actuaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los conceptos y anticipos detallados en el acto precedente correspondiente a la firma AREA SANTAFESINA S.R.L., a las Sras/es.: Biassi, Daniela del Carmen Filomena, D.N.I. N° 17.025.141, con domicilio particular en calle Garibaldi N° 2060 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socia gerente de la sociedad, del 29-11-2010 hasta 04-04-2012; -Zoppi Hernández, Amada Verónica, D.N.I. N° 22.815.161, Hipólito Yrigoyen N° 3781 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de socia gerente de la sociedad, del 04-04-2012 hasta 23-12-2014; - D’Ercole, Eduardo José, D.N.I. 12.324.385, domiciliado en Entre Ríos N° 4210 Rosario, Santa Fe y en calle Pueyrredón N° 2418, Piso 10 B de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de socio gerente de la sociedad del 23-12-2014 hasta 09-06-2015; -Dal Lago, Omar Guillermo, D.N.I. N° 18.441.366, domiciliado en calle 10 N° 2477 de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socio gerente de la sociedad desde 09-06-2015; siendo todos responsables solidarios por deuda ajena, según lo establece el art. 23, 26 inc. d) y 28 inc a) del Código Fiscal (T.O 2014) y modificatorias, para que en el término de quince (15) días hábiles de notificada la presente, conformen la determinación practicada o formulen por escrito su descargo y ofrezcan o presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Instruir Sumario de las actuaciones a la responsable citada en el artículo 1ero. de la presente, por la infracción prima facie cometida en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 06-11-12/2013, 03 a 12/2014 y 02/ 2015, derivada de la omisión de impuestos, correspondiendo encuadrar a la conducta del responsable, en principio, como culposa-infracción material no fraudulenta- conforme a lo previsto en el art. 87 del Código Fiscal (T.O. 2014)y modificatorias y por infracción a los Deberes Formales por no informar cambio de domicilio según art. 77 inc 1 del Código Fiscal (T.O. 2014) y modificatorias y RG 005/15 inc e, para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, se formule por escrito el pertinente descargo y se ofrezcan o presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 4° - Instruir sumario de las actuaciones a los responsables citados en el articulo 2do. de la presente, por la infracción prima facie cometida por la contribuyente “AREA SANTAFESINA S.R.L”, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 06-11-12/2013, 03 a 12/2014 y 02/2015, derivada de la omisión de impuesto e infracción a los Deberes Formales, conforme se expusiera en los Considerandos y en virtud de sus obligaciones según lo dispuesto en el art. 23, 26 inc. d) y 28 inc a) del Código Fiscal (T.0.2014) y modificatorias, para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, conformen la determinación practicada o formulen por escrito su descargo y ofrezcan o presenten pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 5° - Hacer saber al responsable que en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y realizarse el ingreso correspondiente con más los intereses resarcitorios, de acuerdo al saldo resultante que surge de la liquidación que consta en la Planilla Anexa, que se adjunta y forma parte de la presente, presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco limitada a los aspectos fiscalizados. De Ingresar el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la División Control de la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de A.P.I. Cabe hacer notar que en caso de aceptarse la pretensión fiscal, podría gozarse de la reducción de sanción conforme a las previsiones y condiciones contenidas en el artículo 92 del Código Fiscal de Santa Fe (T.O. 2014)y modificatorias.

ARTÍCULO 6° - Disponer que la contestación a la vista y sumario instruido deberá ser presentada en la División Control de la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de A.P.I., debiendo precederse de igual modo con relación a todas las presentaciones, que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán N° 1.853 de esta ciudad:

ARTÍCULO 7° - Dejar expresa constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal de Santa Fe (T.O. 2014)y modificatorias, que la presente vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales se hace mención y en la medida que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 8° - Notificar esta Vista y su Planilla Anexa (5 fojas) a la contribuyente “AREA SANTAFESINA S.R.L., con domicilio fiscal ante esta Administración en calle Vietti N° 56 de Granadero Baigorria , Provincia de Santa Fe y ante A.F.I.P en calle Baigorria N° 1205 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; a la señora Biassi, Daniela del Carmen Filomena, D.N.I. N° 17.025.141, con domicilio particular en calle Garibaldi N° 2060 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe; a la señora Zoppi Hernández, Amada Verónica, D.N.I. N° 22.815.161, Hipólito Yrigoyen N° 3781 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires; al señor Eduardo José D’Ercole, D.N.I. 12.324.385, con domicilio en calle Entre Ríos N° 4210 de la ciudad de Rosario, y en calle Pueyrredón N° 2418, Piso 10 B de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al señor Dal Lago, Omar Guillermo, D.N.I. N° 18.441.366, con domicilio en calle 10 N° 2477 de Granadero Baigorria, Santa Fe.

C.P. Cristian FRANCISCHETTI

Administrador Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 311570 Dic. 22 Dic.26

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al Sr. OSCAR ALBERTO SÁNCHEZ, D.N.I. Nº 12.955.150, con domicilio en Pasaje Mousto Nº 905 y al de calle Urquiza Nº 1863 de ia ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en su carácter de Socio Gerente de la firma HANNOVER GROUP S.R.L., inscripto en este organismo bajo la cuenta No 021-365754-7, CUIT Nº 30-71101799-9, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 3456 y Modif. (Texto Ordenado 2014), la Resolución Nº 1188-2/16 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0807885-1, “HANNOVER GROUP S.R.L.”

Rosario, 14 de Octubre de 2016.

VISTO: CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Requerir al Sr. ÓSCAR ALBERTO SÁNCHEZ, D.N.I. 12.955.150, con domicilio real en Pasaje Mousto 905 y Urquiza 1863 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en su carácter de Socio Gerente de la firma HANNOVER S.R.L., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en la misma dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término; ello como consecuencia de no haber cumplido la contribuyente HANNOVER S.R.L. con el pago de los conceptos determinados y requeridos en Resolución N° 146-5/2016 dictada dentro de las presentes actuaciones, y en virtud de hacerse efectivo el apercibimiento previsto en los arts. 26 inc. d) y 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014).

ARTÍCULO 2°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) iodo dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 3°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 4°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa al Sr. OSCAR ALBERTO SANCHEZ , en el domicilio de Pasaje Mousto 905 y al de Urquiza 1863 de la ciudad de Villa Gobernador Galvez, Provincia de Santa Fe.

C.P. Cristian FRANCISCHETTI

Administrador Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 311572 Dic. 22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Director Daniel R. VIZUETA y el Inspector C.P.N. Leandro GRAZIOLA, funcionarios de la Dirección de Fiscalización Nº 3 de la Administración Provincial de Impuestos Regional Rosario, se notifica al Sr. Derevianyj, Andrés, D.N.I. Nº 7.726.178, Gerente Titular de la contribuyente IRBIS KEY S.R.L, con domicilio particular en calle Dorrego Nº 928, Piso 1, Dpto A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, encontrándose esta firma inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 921-391505-0, CUIT Nº 30-71137280-2, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Notificación de Orden de Inicio de Inspección de fojas Nº 3 adjuntas en autos caratulados Expediente Nº 13302-0913636-5, “IRBIS KEY S.R.L.”

C.P.N. Leandro GRAZIOLA C.P.N. Daniel R. VIZUETA

INSPECTOR DIRECTOR

FISCALIZACIÓN ROSARIO DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Nº 3

ADM. PROVINCIAL DE IMPUESTOS ADM. PROVINCIAL DE IMPUESTOS


Notificación de Inicio de Inspección


Responsable: Sr.: DEREVIANYJ ANDRÉS.................D.N.I. Nº 7.726.18..............

Carácter: GERENTE TITULAR................

Domicilio: SAN MARTÍN 2974-2° “A”-ROSARIO-SANTA FE....................

Contribuyente: IRBIS KEY SRL..................... Cuenta Nº: 921-391505-0..........................

Domicilio Fiscal: ENTRE RÍOS 1940..............................................

Localidad: Rosario................................

Provincia: SANTA FE..............................


Me dirijo a Ud. a fin de notificarle que la ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS, ha dispuesto en fecha 22/10/2015 la realización de una Inspección mediante Expediente Nº 13302-0913636-5, con el fin de verificar el cumplimiento de la Legislación Fiscal Provincial, cuya aplicación y fiscalización le corresponde de acuerdo a lo prescripto en los Art. 14 y 15 del Código Fiscal vigente (Ley Nº 3456, t.o. Dec. N° 4481/14).

En los términos del Art. 74 del Código Fiscal vigente (Ley N° 3456, t.o. Dec. N° 4481/14) se hace saber lo siguiente:

a) Tributos sobre los que se realiza la inspección: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

b) Períodos fiscales objeto de la inspección: 01 /2013 a 09/2015.

c) Funcionarios a cargo de la inspección: Inspector: C.P. Leandro M. Graziola - Supervisor: C.P. Raúl H. Albarracín.

d) Que durante el procedimiento de inspección la contribuyente o responsable tiene derecho a contar con asesoramiento legal y contable a su exclusivo cargo, y a no efectuar declaraciones en su contra con incidencia penal.

Asimismo se pone en su conocimiento que de acuerdo a la información brindada por el Registro Público de Comercio, Usted ha desempeñado el cargo de Socio Gerente durante el período de tiempo bajo verificación, por lo que sería de aplicación lo dispuesto por el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (Ley N° 3456, t.o. Dec. Nº 4481/14) en los Artículos 26 y 28 inc. a) respecto a la Responsabilidad por Deuda Ajena y Solidaridad de Responsables.

Se advierte que la inspección que se le practica a la mencionada contribuyente, NO interrumpe las obligaciones fiscales que le corresponden cumplir, por cuya causa deberá efectuar todos los pagos pertinentes y presentar las declaraciones juradas respectivas por los periodos fiscales que venzan en el transcurso de la misma.

Se deja constancia que la fiscalización que se inicia es de carácter parcial y comprende únicamente los períodos y conceptos objeto de la misma, así como que las facultades de fiscalización y de aplicación de las multas correspondientes han sido otorgadas a este organismo provincial por el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe.

Firma Inspector Firma Supervisor Firma Director Firma Responsable


Dirección de Fiscalización N° III. Rosario, 26 de Octubre de 2015.

S/C 311576 Dic. 22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Director Daniel R. VIZUETA y el Inspector C.P.N. Leandro GRAZIOLA, funcionarios de la Dirección de Fiscalización Nº 3 de la Administración Provincial de Impuestos Regional Rosario, se notifica a la Contribuyente IRBIS KEY S.R.L, con domicilio fiscal en calle Entre Ríos Nº 1940 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 921-391505-0, CUIT Nº 30-71137280-2, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Notificación de Orden de Intervención de fojas Nº 2 adjuntas en autos caratulados Expediente Nº 13302-0913636-5, “IRBIS KEY S.R.L.”

C.P.N. Leandro GRAZIOLA C.P.N. Daniel R. VIZUETA

INSPECTOR DIRECTOR

FISCALIZACIÓN ROSARIO DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Nº 3

ADM. PROVINCIAL DE IMPUESTOS ADM. PROVINCIAL DE IMPUESTOS


Notificación de Orden de Intervención


Contribuyente: IRBIS KEY S.R.L. .................................. Cuenta Nº 921-391505-0

Domicilio Fiscal: ENTRE RÍOS 1940 ..................................................

Localidad:

ROSARIO:..........................................

Provincia: SANTA FE .......................

Responsables: Sr./a.: .................................... D.N.I. Nº..........

Domicilio:.......................... Carácter: ............

Responsables: Sr./a.: ................................... D.N.I. Nº ............

Domicilio............................Carácter:....


Me dirijo a Ud./es. a fin de notificarle/s que, la ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS, ha dispuesto en fecha 22/10/2015 la realización de una Inspección mediante expediente N° 13302-0913636-5, con el fin de verificar el cumplimiento de la Legislación Fiscal Provincial, cuya aplicación y fiscalización le corresponde de acuerdo a lo prescripto en los Art. 14 y 15 del Código Fiscal vigente (Ley 3456, t.o. Decreto 4481/14).

En los términos del Art. 74 del Código Fiscal vigente (Ley 3456, t.o. Decreto 4481/14), se hace saber lo siguiente:

a) Tributos sobre los que se realiza la inspección: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

b) Períodos fiscales objetos de la inspección: Enero de 2013 a Septiembre de 2015.

c) Funcionarios a cargo de la inspección: Inspector: C.P. Leandro M. Graziola - Supervisor: C.P. Raúl Albarracín.

d) Que durante el procedimiento de inspección la contribuyente o responsable tiene derecho a contar con asesoramiento legal y contable a su exclusivo cargo, y a no efectuar declaraciones en su contra con incidencia penal.

Se advierte que la inspección que se le practica a la mencionada contribuyente, NO interrumpe las obligaciones fiscales que le corresponden cumplir, por cuya causa deberá efectuar todos los pagos pertinentes y presentar las declaraciones juradas respectivas por los periodos fiscales que venzan en el transcurso de la misma.

Se deja constancia que la fiscalización que se inicia es de carácter parcial y comprende únicamente los períodos y conceptos objeto de la misma, así como que las facultades de fiscalización y de aplicación de las multas correspondientes han sido otorgadas a este organismo provincial por el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe.

Firma Inspector Firma Supervisor Firma Director Firma Contribuyente


Dirección de Fiscalización No III. Rosario, 23 de Noviembre de 2015.

S/C 311577 Dic. 22 Dic. 26

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Director Daniel R. VIZUETA y el Inspector C.P.N. Leandro GRAZIOLA, funcionarios de la Dirección de Fiscalización Nº 3 de la Administración Provincial de Impuestos Regional Rosario, se notifica a la firma IRBIS KEY S.R.L., con domicilio fiscal en calle Entre Ríos Nº 1940, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, encontrándose esta firma inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 921-391505-0, CUIT N° 30-71137280-2, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), el Requerimiento de fecha 26/10/2015 de fojas Nº 4 adjuntas en autos caratulados Expediente Nº 13302-0913636-5, “IRBIS KEY S.R.L.”

C.P.N. Leandro GRAZIOLA C.P.N. Daniel R. VIZUETA

INSPECTOR DIRECTOR

FISCALIZACIÓN ROSARIO DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Nº 3

ADM. PROVINCIAL DE IMPUESTOS ADM. PROVINCIAL DE IMPUESTOS


S/C 311575 Dic. 22 Dic. 26

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DIRECCION PROVINCIAL

DE PROMOCION DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Disposición Administrativa N° 102/2016 de fecha 23 de Junio de 2016, dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Nodos Rosario y Venado Tuerto, directora Dra. Alicia Gimenez, dentro de las actuaciones administrativas “GARCIA D.E. D.N.I. Nro. 45.639.989 s/ Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional de Derechos”, en trámite por ante la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario; sírvase notificar por este medio a los Sres. Rodolfo Garcia, titular del D.N.I. Nro. 16.801.721, sin domicilio conocido; y Rita Isabel Vargas, titular del D.N.I. Nro. 26.547.125, sin domicilio conocido; que se ha dictado la siguiente Disposición Administrativa: “Rosario, 23 de Junio de 2016. DISPOSICIÓN N°102/16. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: LA DIRECTORA PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, DISPONE: 1. DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos de Urgencia adoptada mediante Orden Nro. 58 de fecha 25 de Abril de 2016, en relación al joven GARCIA DAVID EZEQUIEL, DNI: 45.639.989, nacido en fecha 19/03/2004, hijo de Vargas Rita Isabel, DNI: 26.547.125, con domicilio en calle Rouillon nº 3650, Piso 1ero, Escalera 60, Dto C de la ciudad de Rosario y del Sr. García Rodolfo Carlos, titular del DNI: 16.801.721, actualmente con domicilio desconocido; de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; 2. SUGERIR que el joven García David Ezequiel sea declarado en situación de adoptabilidad; y/o la figura jurídica que V.S estime pertinente; en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por Imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN.; Ley Nº 26.061, Ley Nº 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; Código Civil; CPC y C. Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias. 3. NOTIFIQUESE a los progenitores del joven en el domicilio por ellos denunciado. 4. NOTIFIQUESE al Tribunal Colegiado interviniente, una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley 12967. 5. OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE. - Fdo. Dra. Gimenez Alicia E. M., Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Nodos Rosario y Venado Tuerto. Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto. Reg. 619/10, asimismo se les hace saber que cuentan con el derecho a ser asistidos por un abogado/a de su confianza. ART. 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional. ART. 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ART. 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva. ART. 60 Dec. Reg.: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART. 61 Dec. Reg.: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART. 62 Dec. Reg.: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior. Sin otro particular, saludo atentamente.” Fdo. Dra. Alicia Gimenez, Directora Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia – Nodos Rosario y Venado Tuerto.

S/C 18593 Dic. 22 Dic. 26

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EDICTO NOTIFICATORIO


Por Resolución de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo Nº 11350 “ORUE AYELEN GABRIELA S/ SOLICITUD DE ADOPCION DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL”, que tramita por sorteo en el Tribunal Colegiado Nº 4, Secretaria Nº 2, se hace saber a la Sra. ORUE MARIA DEL ROSARIO, DNI Nº 30.106.459, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “DISPOSICÍON Nº 143/2016 Rosario, 05 de Septiembre de 2016.- VISTO… CONSIDERANDO… DISPONE: “ 1.- DICTAR el ACTA ADMINISTRATIVO de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a la niña ORUE AYELEN GABRIELA, D.N.I 44.732.281, nacida el 29 de enero de 2003; hija de ORUE MARIA DEL ROSARIO, D.N.I 30.106.459, con domicilio en calle 20 de Junio, Casa 6, Asentimiento “Costa Esperanza” (Secc. Policial 29º), de la localidad de Villa Gobernador Galvez, consistente en la separación temporal de su centro de vida y su permanencia en un ámbito familiar considerado alternativo, por un plazo de noventa (90) días, sin perjuicio de prórroga de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. A de la Ley Provincial N° 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. 2.- Notificar dicha Medida Excepcional de Derechos a los representantes legales de la niña.-3- DISPONER, notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley N° 12,967.- 4.- OTORGUESE el tramite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente 5.- ARCHIVESE .-- Fdo. Dra Gimenez Alicia E.M.-

S/C 18594 Dic. 22 Dic. 26

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AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0067


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

06 DIC 2016

VISTO:

el Expediente Nº 00201-0155264-6 del Sistema de Información de Expedientes

mediante el cual la Comuna de Alvear suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACION

Y COMPLEMENTACION PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 0019/16 aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial, entre la

Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que la Agencia Provincial de Seguridad Vial por Resolución Nº 0027/16

Implementa el uso del Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones (Si.J.A.I.)

como instrumento para la unificación de la información provincial de antecedentes de tránsito, la administración y juzgamiento de infracciones a la normativa de Tránsito y Seguridad Vial, para lo cual en su artículo 5º dispone un Sistema de “JUZGAMIENTO REGIONAL” por lacual cada una de las localidades habilitadas en el marco del Si.J.A.I., podrán a través de sus Juzgados de Faltas intervenir en el juzgamiento de todas las actas de infracción al tránsito y la seguridad vial que se labren en toda la extensión de la Región a la cual pertenecen, con excepción de los casos de prórroga previstos en la Ley Provincial y de otros supuestos establecidos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, que tiendan a facilitar el ejercicio del derecho de defensa por parte de los presuntos infractores;

Que en este marco, el citado Organismo provincial en uso de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, ha suscripto con Municipios y Comunas de esta Provincia convenios delegando las tareas de Prevención y Fiscalización y/o Juzgamiento y/o Ejecución de sanciones firmes de multas por infracciones de tránsito y seguridad vial en el marco de la implementación del nuevo Sistema de Juzgamiento y

Administración de Infracciones, en rutas provinciales y nacionales, tanto en tramos urbanos,

suburbanos o rurales que comprendan las mismas, en nuestro territorio provincial;

Que la Comuna de Alvear celebró el respectivo convenio en fecha 03 de

agosto de 2016, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 7112, Folio Nº 063, Tomo XIII del

Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que asimismo, por Resolución Nº 0059/16 de la AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL, se estableció que a los fines de la efectiva implementación de las

tareas objeto del citado convenio, los municipios/comunas deben cumplimentar ciertos

requisitos y recaudos en cumplimiento de las obligaciones acordadas por las partes;

Que para asegurar la transparencia y eficacia de los procesos de fiscalización y controles de tránsito, la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, deberá proporcionar una clave de identificación única para fiscalizadores de seguridad vial (ID), a fin de facultar al personal designado por la Comuna de Alvear afectado al control de tránsito, autorizado para labrar actas provinciales de comprobación de infracción y cédula de notificación;

Que se ha verificado el cumplimiento por parte de la Comuna de Alvear de los requerimientos establecidos por la normativa aplicable;

Que habiendo tomado intervención las áreas pertinentes de la AGENCIA

PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y no existiendo objeciones que formular al dictado de la presente, y en el marco de las facultades conferidas por la Ley provincial Nº 13.133.

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PREVENTIVAS Y

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Habilitar a la Comuna de Alvear para realizar las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial firmado entre la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y la citada Comuna, el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 7112, Folio Nº 063, Tomo XIII y en el marco de lo previsto en el artículo 5º de la Resolución Nº 0027/16 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTICULO 2º: El período de habilitación para la ejecución de las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones tendrá vigencia desde la fecha de la presente resolución, conforme a lo establecido en las clausulas del convenio citado utsupra, todo ello en la forma y las condiciones dispuestas en la Resolución Nº 0059/16 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL. ARTICULO 3º: La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente Resolución en el /los caso/s de: a) Detectarse anomalías resultantes de auditorías, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando la Comuna y/o Municipio, imposibilite y/o entorpezca el normal desarrollo de auditorías y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la AGENCIA

PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en forma directa o por terceros.

c) Incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones u otras cuestiones vinculadas al procedimiento de juzgamiento establecido en la Ley Nacional Nº 24.449, conforme la

adhesión formulada por la Provincia mediante la Ley Nº 13.133, o la que en el futuro se dicte.

d) Por el incumplimiento de las cláusulas del Convenio de Coordinación y

Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, suscripto

oportunamente con la Comuna y/o Municipio habilitado en la presente Resolución.

e) Por incumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 0059/16 de la AGENCIA

PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

f) Por la falta de comunicación por medio fehaciente a la Autoridad de Aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos, técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la Resolución Nº 0059/16 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL (modificaciones relativas al cambio del tramo comprendido en el control, en la lista de fiscalizadores y de los jueces habilitados, etc).

ARTICULO 4º: Autorizar las claves de identificación (ID) detalladas en el artículo 5º de la presente Resolución, para la correcta individualización del personal designado e informado por la Comuna de Alvear afectado al control y fiscalización del tránsito y/o autorizado para el labrado de Actas de Comprobación de Infracciones.

ARTICULO 5º: Las claves de identificación para el personal designado por la Comuna de Alvear serán las que se detallan a continuación:

ID DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE

IT0475 14.627.924 CORENGIA, Juan Andrés

IT0476 32.959.599 SANABRIA, Dario Fabián

IT0477 29.473.021 LASCANO, Sebastián Alejandro

IT0478 35.162.933 OSSO, Roberto Carlos

ARTICULO 6º: Dejar sin efecto la Resolución Nº 0058/2013, dictada el 03 de julio de 2013 por la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

FERNANDO LUIS PEVERENGO

Subsecretario

Coordinación de Políticas Preventivas y

Agencia Provincial de Seguridad Vial

S/C 18590 Dic. 22 Dic. 26

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ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 1-A de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria de la Dra. Mecerdes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ OTTAVIANI HNOS. DE OTTAVIANI JUAN, ROGELIO Y MIGUEL s/ EJECUCION FISCAL”, Exp.N° 102.725-A, Boleta de Deuda N° 5989/45/2013, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 3 de Febrero de 2017, a las 14 horas, la que se llevará a cabo en el local cedido de calle Balcarce 946 de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: 1º) Una fracción de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado, situada en esta ciudad de Cañada de Gómez, Dpto. Iriondo, Pcia. de Santa Fe, en la manzana Nº 106, al Norte de la vía férrea, ubicada a los 50 m. al Oeste de la esquina formada por las calles Necochea y Laprida y se compone de 10 m. de frente al Sud, por 50 m. de fondo, lindando: al Este con fondos de los lotes 1,2,3,4 y 5; al Norte con Ramón Cabrera; al Oeste con Francisco Acuña y Ramón Cabrera; y al Sud con la calle Necochea. INSCRIPCION DOMINIO Tº 192 Fº 131 Nº 202.141 DPTO. IRIONDO. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de los demandados, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargos: Al Tº 122 E Fº 4564 Nº 405.387 por $ 3.995,05 del 17.12.2013 o/Juz.Federal Nº 1-A, Rosario, Exp.Nº 101.041, autos Fis.Nac. c/Ottaviani Hnos. Juan R. y Otros s/Ej.Fiscal; Al Tº 123 E Fº 772 Nº 323.488 por $ 855.034,56 del 27.03.204 o/los presentes autos. El inmueble saldrá a la venta, con la condición de “Ocupado” según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del CPC y CN, con la Base de $ 1.800.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá a la venta con una 1º Retasa del 25 % de la Base o sea $ 1.350.000.- y de persistir la falta de oferentes por la 1º Retasa saldrá nuevamente a le venta con una 2º Retasa del 50 % de la Base o sea $ 900.000.- y de continuar la falta de postores por la 2º Retasa la subasta se declarará desierta. 2º) Un lote de terreno, situado en esta ciudad, parte de la manzana Nº 106 al Norte de las vías férreas, que según plano de subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil don Francisco Drab, archivado en el Dpto. Topográfico de la Dirección Gral. de Catastro de la Provincia bajo el Nº 46.534 del año 1966, se designa como lote Nº 4, esta ubicado en la calle Necochea, entre las de Alvear y Laprida, a los 45 m. de la primera hacia el Este y mide 15 m. de frente al Sud por 25 m. de fondo, encierra una superficie total de 375 m2., y linda: al Sud con la calle Necochea; al Norte con Leonor L. viuda de Ferreyra; al Este Juan B. Pellegrini y al Oeste lote 3 del mismo plano.- INSCRIPCION DOMINIO Tº 166 Fº 355 Nº 104.812 DPTO. IRIONDO. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de los demandados, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargo: Al Tº 123 E Fº 773 Nº 323.491 del 27.03.2014 o/los presentes autos. El inmueble saldrá a la venta, con la condición de “Ocupado” según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del CPC y CN, con la Base de $ 950.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá a la venta con una 1º Retasa del 25 % de la Base o sea $ 712.500.- y de persistir la falta de oferentes por la 1º Retasa saldrá nuevamente a le venta con una 2º Retasa del 50 % de la Base o sea $ 475.000.- y de continuar la falta de postores por la 2º Retasa la subasta se declarará desierta. Inhibiciones: Al Tº 128 I Fº 1550 Aforo 320.129 del 22.03.2016 por $ 19.986.- Ex.Nº 100165/2014, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 2 Rosario; Al Tº 128 I Fº 3548 Aforo 341.676 del 01.06.2016 por $ 29.938.- Ex.Nº 79692/2013, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 2-F Rosario; Al Tº 128 I Fº 6037 Aforo 371.270 del 16.09.2016 por $ 36.377.- Ex.Nº 16049/2015, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 1 Rosario; Al Tº 128 I Fº 6038 Aforo 371.271 del 16.09.2016 por $ 60.360.- Ex.Nº 27469/2015, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 1 Rosario; Al Tº 128 I Fº 6039 Aforo 371.275 del 16.09.2016 por $ 39.368.- Ex.Nº 80179/2013, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 2 Rosario; Al Tº 128 I Fº 6248 Aforo 373.937 del 26.09.2016 por $ 22.961.- Ex.Nº 95233/2014, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 2 Rosario; Al Tº 128 I Fº 6249 Aforo 373.938 del 26.09.2016 por $ 279.009.- Ex.Nº 5598/2016, autos Fis.Nac.(AFIP) c/Ottaviani Hnos. de Ottaviani Juan, Rogelio y Miguel s/Ej.Fiscal, o/Juz.Fed.Nº 2 Rosario.- Los que resulten compradores deberán abonar en el acto de subasta el 10 % del precio de compra como seña, con mas el 3 % de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza.- El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos.- Obran agregados en autos acta de constatación de los inmuebles y fotocopias de los títulos de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios, y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso, como así también la demarcación y deslinde. El adquirente deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera (TE. 0341-4402392). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. de los ejecutados es 30-55416489-3 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista).- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 12 de diciembre de 2016. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-

S/C 311781 Dic. 22 Dic. 23

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MUNICIPALIDAD DE

VILLA OCAMPO


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, en las actuaciones administrativas caratuladas: “COLMAN, HUGO s/Infracción de Tránsito”, (Expte. N° 2818/2.016), se cita y emplaza al señor HUGO COLMAN y/o titular registral Automóvil, S/marca, Dominio KXB 912, para que comparezca a la Audiencia a realizarse ante éste Juzgado de Faltas Municipal, a fines de efectuar su descargo, ofrecer y producir pruebas y demás actos que correspondieren, en horas hábiles, dentro de los cinco (05) días de publicado el presente. Caso contrario se dictará sin más, Resolución Administrativa, conforme a derecho. Atentamente.” Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario. - Villa Ocampo, 12 de Diciembre de 2016.

S/C 311551 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, en las actuaciones administrativas caratuladas: “VARELA CÓRDOBA, LUIS s/Infracción de Tránsito”, (Expte. N° 2953/2.016), se cita y emplaza al señor LUIS F. VARELA CÓRDOBA y/o titular registral Motocicleta, S/marca, Dominio 877 KHI, para que comparezca a la Audiencia a realizarse ante éste Juzgado de Faltas Municipal, a fines de efectuar su descargo, ofrecer y producir pruebas y demás actos que correspondieren, en horas hábiles, dentro de los cinco (05) días de publicado el presente. Caso contrario se dictará sin más, Resolución Administrativa, conforme a derecho. Atentamente.” Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario. - Villa Ocampo, 12 de Diciembre de 2016.

S/C 311547 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, en las actuaciones administrativas caratuladas: “FERNÁNDEZ, YANINA s/Infracción de Tránsito”, (Expte. N° 2740/2.016), se cita y emplaza al señor YANINA FERNÁNDEZ, y/o titular registral Motocicleta, S/marca, Dominio 143 GUD, para que comparezca a la Audiencia a realizarse ante éste Juzgado de Faltas Municipal, a fines de efectuar su descargo, ofrecer y producir pruebas y demás actos que correspondieren, en horas hábiles, dentro de los cinco (05) días de publicado el presente. Caso contrario se dictará sin más, Resolución Administrativa, conforme a derecho. Atentamente.” Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario. - Villa Ocampo, 12 de Diciembre de 2016.

S/C 311543 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, en las actuaciones administrativas caratuladas: “BERÓN OSCAR ALCÍDES s/Infracción de Tránsito”, (Expte. N° 3311/2.016), se cita y emplaza al señor OSCAR ALCÍDES BERÓN y/o titular registral Automóvil, S/marca, Dominio GAI 207, para que comparezca a la Audiencia a realizarse ante éste Juzgado de Faltas Municipal, a fines de efectuar su descargo, ofrecer y producir pruebas y demás actos que correspondieren, en horas hábiles, dentro de los cinco (05) días de publicado el presente. Caso contrario se dictará sin más, Resolución Administrativa, conforme a derecho. Atentamente.” Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario. - Villa Ocampo, 12 de Diciembre de 2016.

S/C 311526 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, en las actuaciones administrativas caratuladas: “AGUILAR MARÍA BELÉN, s/Infracción de Tránsito”, (Expte. N° 3211/2.016), se cita y emplaza al señor MARÍA BELÉN AGUILAR y/o titular registral Motocicleta, S/marca, Dominio 740 KND, para que comparezca a la Audiencia a realizarse ante éste Juzgado de Faltas Municipal, a fines de efectuar su descargo, ofrecer y producir pruebas y demás actos que correspondieren, en horas hábiles, dentro de los cinco (05) días de publicado el presente. Caso contrario se dictará sin más, Resolución Administrativa, conforme a derecho. Atentamente.” Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario. - Villa Ocampo, 12 de Diciembre de 2016.

S/C 311518 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, en las actuaciones administrativas caratuladas: “FERNÁNDEZ, JORGE s/Infracción de Tránsito”, (Expte. N° 825/2014), se cita y emplaza al señor JORGE FERNÁNDEZ y/o titular registral Motocicleta, S/marca, s/Dominio, para que comparezca a la Audiencia a realizarse ante éste Juzgado de Faltas Municipal, a fines de efectuar su descargo, ofrecer y producir pruebas y demás actos que correspondieren, en horas hábiles, dentro de los cinco (05) días de publicado el presente. Caso contrario se dictará sin más, Resolución Administrativa, conforme a derecho. Atentamente.” Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario. - Villa Ocampo, 12 de Diciembre de 2016.

S/C 311552 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 1601 de fecha 13/03/2014, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “APUD, JOSÉ LUIS s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 1601/2014), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 16 de Noviembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a JOSÉ LUIS APUD, domiciliado/a en Zona Urbana de la localidad de Tacuarendí, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Acoplado, S/marca, Dominio VOO 154, constatada con la multa de 50 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311520 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 622 de fecha 08/07/2013, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “MONTENEGRO, ADRIÁN RAMÓN s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 622/2013), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 6 de Diciembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a ADRIÁN RAMÓN MONTENEGRO, domiciliado/a en CALLE Bolivia y Santa Fe de la localidad de Villa Ana, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Motocicleta, S/marca, Dominio 758 JAW, constatada con la multa de 250 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 500 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuniqúese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311541 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 882 de fecha 31/07/2013, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “ESCOBAR. GUILLERMO s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 822/2013), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 6 de Diciembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a GUILLERMO ESCOBAR, domiciliado/a en Zona Rural de la localidad de Villa Ana, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, marca Fiat, Dominio BJK 377, constatada con la multa de 100 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 500 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311538 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 904 de fecha 20/09/2013, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “BRAVO, VÍCTOR MANUEL s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 904/2013), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 6 de Diciembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a VÍCTOR MANUEL BRAVO, domiciliado/a en R. 32 Bº Belgrano S/N de la localidad de Villa Ana, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, marca Ford, Dominio JLN 500, constatada con la multa de 200 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 500 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuniqúese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311536 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 1784 de fecha 28/07/2014, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “ALEGRE, EDGARDO ANDRÉS Y OTRO s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 1784/2014), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 6 de Diciembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a EDGARDO ANDRÉS ALEGRE, domiciliado/a en calle Ecuador S/N, entre Tucumán y San Juan de la localidad de Villa Ana, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario, señor GUSTAVO CABRAL, domiciliado/a en calle Ecuador S/N de la localidad de Villa Ana, Provincia de Santa Fe, de la unidad Motocicleta, marca Zanella, Dominio 901 JJA, constatada con la multa de 100 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 500 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311534 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 3111 de fecha 07/10/2016, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “LUGO, SERGIO ADRIÁN s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 3111/2014), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 6 de Diciembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a SERGIO ADRIÁN LUGO, domiciliado/a en Calle 14 Nº 1401 de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Motocicleta, S/marca, Dominio 163 KOP, constatada con la multa de 100 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 500 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311532 Dic. 22 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 1862 de fecha 21/07/2014, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “CARBONEL, ELSA s/Inf. de Tránsito”, (Expte. N° 1862/2014), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 16 de Diciembre de 2.016... AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a ELSA CARBONEL, domiciliado/a en CALLE Chile y San Juan de la localidad de Villa Ana, Provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, marca Volkswagen, Dominio IZO 451, constatada con la multa de 50 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300 más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por VÍA DE APREMIO (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese.- Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante Municipalidad de Villa Ocampo; Sr. Fortunato Antonio Llamas, Secretario.”

S/C 311529 Dic. 22 Dic. 28

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