picture_as_pdf 2019-01-23

CHALBEEF S.R.L.


CONTRATO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. María Celeste Rosso, Secretaria de la Dra. M. Julia Petracco, en autos caratulados CHALBEET S.R.L. s/Contrato Social; (Expte. 632/2017), según decreto de fecha 20-12-2018, se ordena la siguiente publicación de edictos

Fecha Contrato Social: 17 (Diecisiete) días del Mes de Noviembre del Año 2017.

Socios: Marcelo Alberto Ferraris, de nacionalidad argentina, nacido el día 23 de Febrero de 1.956 apellido materno Bertero, DNI Nº 12.114.953, de profesión Ingeniero Industrial, CUIT Nº 20-12114953-3, de estado civil divorciado según Sentencia de divorcio en Expte. Nº 15.596 del 30 de Agosto de 2005 por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N° 3 de Morón, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en Calle Antoniutti N° 674 de la localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, y Ramiro Aramburu, de nacionalidad argentina, nacido el día 15 de Marzo del Año 1.984, apellido materno Carantini, DNI N° 30.578.319 de profesión Médico Veterinario, CUIT 20-30578319-7, de estado civil soltero, domiciliado en Calle José Foresto N° 623 de la Localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe.

Denominación: Chalbeef S.R.L.

Domicilio Legal: La Sociedad tendrá su domicilio legal en Calle San Martín N° 500 - Departamento 6 - PB de la Localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija en 30 (Treinta) años a partir de su inscripción en el Registro Público.

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país y en el extranjero a las siguientes actividades:

Explotación Ganadera: cría, invernada, reproducción, mestización y cruza de ganado y hacienda bovina, ovina, porcina, y animales de granjas, incluso en feed lots, explotación de cabañas, criaderos, explotación de tambos, mediante la explotación, arrendamiento y administración de campos propios y/o terceros.

Comerciales: comercialización, compra, venta, consignación, importación y exportación de animales de cualquier tipo y especie y en general todos los productos, subproductos y materias primas derivados de la explotación ganadera. Realizando además todas las operaciones complementarias a estos fines.

Mandatos: mediante el ejercicio de mandatos, comisiones, consignaciones y representaciones por cuenta y orden de terceros referidos a la comercialización de los bienes mencionados en los ítems anteriores.

Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, como así también ejercer todos los actos que no estén prohibidos por las leyes o por el presente Contrato.

Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 600.000 (Pesos seicientos mil), divididos en 60.000 (Sesenta mil) cuotas de $ 10 (Pesos Diez) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Marcelo Alberto Ferraris suscribe 30.000 (Treinta mil) cuotas de $ 10 (Pesos Diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 300.000 (Pesos trescientos mil); Ramiro Aramburu suscribe 30.000 (Treinta mil) cuotas de $ 10 (Pesos Diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 300.000 (Pesos trescientos mil). Los socios integran en este acto el 25% del capital en efectivo y el 75% restante también en efectivo dentro de un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha del presente contrato.

Administración: A cargo del Socio-Gerente al señor Marcelo Alberto Ferraris DNI Nº 12.114.953 - CUIT Nº 20-12114953-3, quien actuará de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Sexta del Contrato Social.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

Balance: 31 de Diciembre de cada año.

Venado Tuerto, 02 de Enero de 2019.

$ 210 379539 En. 23

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EDEN ROCK S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. M. Julia Petracco, en auto caratulados EDEN ROCK S.A. s/Reforma; (Expte. 641/2018) según decreto de fecha 27-12-2018, se ordena la siguiente publicación de edictos:

Según Acta de Directorio Nº 03 de fecha 02 (Dos) de Agosto de 2.018 y Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 04 de fecha 17 (Diecisiete) de Septiembre de 2.018 se resolvió las siguientes modificaciones: Ampliación Objeto - Aumento Capital - Actualización Garantía Directores - Reforma Estatuto - Texto Ordenado;

Accionistas:

José María Bernal Navas, de nacionalidad argentina, DNI Nº 24.692.274 - C.U.I.T. 20-24692274-9, de apellido materno Navas, nacido el día 15 de Junio de 1.975, de profesión Contador Público, de estado civil soltero, domiciliado en Calle Belgrano Nº 75 - Piso 8 - Dep. 8 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Nancy Noemí Sánchez, de nacionalidad argentina, DNI Nº 30.066.903 C.U.I.T 23-30066903-4, apellido materno Centurión Bellozo, nacida el día 21 de Febrero de 1983, de estado civil soltera, de profesión comerciante, con domicilio en Calle Belgrano Nº 75 - Piso 8 - Dep. 8, de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Ampliación Objeto: se resolvió ampliar el Objeto Social incorporando una nueva actividad de Financiera, y modificar la redacción de dicho artículo.

Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociadas a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades:

Inmobiliaria: Mediante la compra, venta y permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos y rurales, la compraventa de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones, con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal y otros sistemas que permitan las leyes vigentes o las que en adelante se dicten.

Quedando excluidas todas las actividades comprendidas en la Ley 13.154 que sean de exclusiva incumbencia de los corredores inmobiliarios.

Financiera: Mediante prestamos, avales o fianzas con o sin garantía real, a corto o largo plazo, inversión o aporte de capitales a personas, Empresas o sociedades existentes o a constituirse de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30 de la Ley General de Sociedades o a simples particulares, para toda clase y tipo de operaciones, realizadas o a realizarse, negociación de títulos, acciones, debentures, obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los sistemas y modalidades creadas o a crearse, con capitales propios, excluyéndose las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras y u otra que requieran el concurso Publico.

La Sociedad no realizará operaciones previstas en el inc. 4 del Art. 299 - Ley General de Sociedades 19.550.

A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos y gestiones que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto.

Aumento de Capital. Se aumenta el Capital Social en la suma de $ 300.000 (Pesos trescientos mil) y en consecuencia emitir 30.000 (Treinta mil) acciones de $ 10 (Pesos diez) de valor nominal cada una, Ordinaria, Nominativa, No endosables con derecho a 1 (un ) voto por acción.

A continuación se describe la suscripción e integración del aumento:

José María Bernal Navas suscribe 15.000 (Quince mil) acciones de $ 10 (Pesos diez) cada una valor nominal representativas de $ 150.000 (Pesos ciento cincuenta mil).

Nancy Noemi Sánchez suscribe 15.000 (Quince mil) acciones de $ 10 (Pesos diez) cada una valor nominal representativas de $ 150.000 (Pesos ciento cincuenta mil).

Ambos accionistas integran el 25% en dinero en efectivo en este acto y el 75% restante también en efectivo en el plazo de 2 (Dos) años contados de la fecha de la presente Acta.

En virtud de aprobarse el aumento de capital el Nuevo Capital es de $ 600.000 (Pesos seiscientos mil), representado por 60.000 (Sesenta mil) acciones Ordinarias, Nominativas no endosables de $ 10 (Pesos diez) de valor nominal cada una, y de 1 (un) voto por acción, es suscripto e integrado por cada uno de los accionistas según el siguiente detalle:

José María Bernal Navas suscribe 30.000 (Treinta mil) acciones de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una. representativas de un Capital Social de $ 300.000 (Pesos trescientos mil).

Nancy Noemi Sánchez suscribe 30.000 (Treinta mil) acciones de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una representativas de un Capital Social $ 300.000 (Pesos trescientos mil).

El Capital Social se integra con $ 300.000 (Pesos trescientos mil) de los cuales la Sociedad ya tiene integrado el 25% y el 75% restante será integrado dentro del plazo estipulado en el Estatuto Social y $ 300.000 (Pesos trescientos mil) integrado en la forma expuesta en el punto anterior al tratar el aumento de capital.

Actualización Garantía Directores:

Garantía: Cada uno de los Directores deben prestar la siguiente garantía: $ 50.000 (Pesos cincuenta mil) en dinero en efectivo, títulos públicos, o acciones de otra Sociedad al momento de asumir sus funciones, que serán depositados en la Caja de la Sociedad ó en cuenta bancaria especialmente habilitada al efecto, siéndole reintegrado dicha suma una vez finalizada la gestión y hasta su aprobación por la Asambleas de Accionistas.

Se ratifican todas las demás cláusulas del Estatuto Social que no fueren modificadas por la presente Asamblea.Venado Tuerto, 3 de Enero 2.019.

$ 315 379538 En. 23

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ALBERTO PEDRO D’ANGELO Y CÍA S.R.L.


DISOLUCIÓN


Socios: ALBERTO PEDRO D’ANGELO, argentino, nacido el 03/11/46, casado en 2° nupcias con Ana Inés Berretta Moreno, de profesión comerciante, con DNI 6.069.232, CUIT 20-069069232-8, domiciliado en Madres de Plaza de Mayo 2880, Piso 23, Dpto 3, Rosario, Provincia de Santa Fe; Guido D’Angelo, argentino, nacido el 10/11/1990, soltero, de profesión empleado, con D.N.I. Nº 35.452.332, CUIT 20-35452332-5, domiciliado en Madres de Plaza 25 de Mayo 2880, Piso 23, Dpto 3, Rosario, provincia de Santa Fe, representado en este acto, según poder general amplio, otorgado por escritura Nº 20 del 22/02/2017, Folio 95 interviniente Escribana María Georgina Remón, por Ana Inés Berretta Moreno, argentina, nacida el 05/02/1958 de profesión Ingeniera Agrónoma, DNI 12.381.526, CUIT 27-12381526-8, casada en 2° nupcias con Alberto Pedro D’Angelo, domiciliada en Madres de Plaza de Mayo 2880, Piso 23, Dpto 03 de Rosario, provincia de Santa Fe; Lorena Cecilia D’Angelo, argentina, nacida el 02/11/1970, casada en 2° nupcias con Juan Luis Cura, DNI 18.093.986, de profesión comerciante, DNI 21.814.943, CUIT 27-21814943-5, domiciliada en Jorge Newbery 9017 de Rosario, provincia de Santa Fe, y Fabricio Alberto D’Angelo, argentino, nacido el 14/08/1973, casado con Soledad Lorena Gatica, de profesión comerciante, DNI 23.317.645, CUIT 20-23317645-2, con domicilio en Bv. Oroño 65 Piso 12 de Rosario, provincia de Santa Fe.

Fecha de Resolución de Aprobación de la Disolución: 03/12/2018.

Liquidadora: Lorena Cecilia D’Angelo, cuyos datos filiatorios se consignan más arriba.

$ 45 379298 En. 23

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AGROPECUARIA LOS RAMONES S.R.L.


DONACIÓN DE CUOTAS SOCIALES


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Juez, Secretaria a cargo de la Dra. María Julia Petracco, por Decreto del día 20 de Diciembre de 2018, en autos caratulados: AGROPECUARIA LOS RAMONES S.R.L. s/Donación de Cuotas Sociales; (Expte. N° 565/Año 2018), se ha ordenado la publicación del presente edicto a los efectos legales que publicar corresponde: AGROPECUARIA LOS RAMONES S.R.L., (Titular de la CUIT N° 30-70928062-3), con domicilio legal en calle Arenales N° 21 de ésta la ciudad de Rufino, Dpto. General López, Pcia. de Santa Fe, y Contrato Social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto con fecha 25-07-2005, al Tomo III, Folios 209/210, Número 762 de Contratos; y Modificación del mismo inscripta por ante el citado Registro con fecha 16 de Mayo de 2018 al Tomo 14, Folio 16, Número 3260 de Contratos. Instrumento de Modificación: Escritura N° 181 de fecha 5 de Octubre de 2018, Escribano Gustavo Rubén Dimo, Rufino - Santa Fe, Registro N° 190 a su cargo. Primero. El señor Oscar Ramón Araiz, es titular de 80 Cuotas Sociales de $ 100 de valor Nominal cada una, lo que hace un total nominal de $ 8.000 que representan 1/3 del Capital Social de la mencionada Sociedad. Segundo. El Señor Oscar Ramón Araiz, dona la Nuda Propiedad de las referidas cuotas sociales en la forma y proporción que seguidamente se establece, sin cargo alguno y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1542, 2416 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, a sus tres únicos hijos: Gabriel Oscar Ramón Araiz, veintiséis (26) Cuotas Sociales de $ 100 de valor Nominal cada una, lo que hace un total nominal de $ 2.600; Silvia Maricel Araiz, veintisiete (27) Cuotas Sociales de $ 100 de valor Nominal cada una, lo que hace un total nominal de $ 2.700 y Noelia Lorena Araiz, veintisiete (27) Cuotas Sociales de $ 100 de valor Nominal cada una, lo que hace un total nominal de $ 2.700 quienes expresamente Aceptan la presente donación, adquiriendo la Nuda Propiedad de las cuotas sociales en las condiciones y proporción expresadas. Tercero. Atento a que el donante se reserva el Usufructo Vitalicio sobre las cuotas sociales relacionadas que por éste acto dona, continuará detentando tal derecho sobre las mismas a título de Usufructuario, hasta el momento en que su derecho se extinga por fallecimiento, renuncia u otra causa admitida por la ley, en cuya oportunidad los Donatarios, consolidarán Ipso lure la propiedad sobre las cuotas en plenitud, sin necesidad de formalidad alguna. En tal virtud y por así haberlo convenido ambas partes como condición de ésta donación, el Usufructuario es titular, además de los restantes derechos que la ley le acuerda, de los siguientes: a) Los relativos a la percepción de los dividendos de las cuotas sociales mencionadas y las utilidades de la participación societaria, y los dividendos de las cuotas sociales provenientes de todo tipo de capitalización, como ser capitalización de utilidades, de reservas, revalúos contables y cualquier otra, como así también cualquier otro beneficio que otorgue la Sociedad a sus socios; b) El derecho a participar en las Reuniones de Socios y a votar en ellas; c) Las utilidades que devengue la cuota que le corresponda en el caso de liquidación social; d) En caso de liquidación, las reservas libres que la sociedad disponga y que provengan de utilidades no distribuidas; e) El ejercicio del derecho de receso; f) Las rentas que devengue la cuota de reintegro al socio en caso de amortización o rescate de cuotas sociales; g) El derecho a suscribir el Usufructo sobre las cuotas sociales que en el futuro emita la sociedad en virtud del ejercicio del derecho de preferencia; h) Adquirir el Usufructo sobre las cuotas sociales que se emitan por capitalización de cualquier tipo que se realice; i) Percibir la cuota por la liquidación parcial o total de la sociedad que provenga por disolución parcial o total; j) Percibir la cuota de reintegro en caso de amortización o rescate de Cuotas Sociales. Cuatro. Asimismo las partes pactan que: a) los Nudos Propietarios no podrán transferir la nuda propiedad de las cuotas sociales sin la previa conformidad del Usufructuario otorgada por Escrito; b) Las cuotas sociales que en el futuro emita la sociedad en virtud del ejercicio del derecho de preferencia que les corresponde a los Donatarios, serán suscriptas por éstos a título de Nudos Propietarios, quedando el usufructo en cabeza del Usufructuario; c) Las cuotas sociales que se emitan por capitalización de cualquier tipo que se realice, los Donatarios suscribirán la nuda propiedad de las mismas, quedando el usufructo en cabeza del Donante. Quinto. Atento a que los Donatarios, son los únicos hijos del Donante, la presente Donación no afecta la legitima de otros herederos, encuadrándose la misma, en una verdadera partición parcial por donación de ascendiente y como anticipo de herencia. Sexto. Como consecuencia de la precedente Donación, el capital de Los Ramones S.R.L., que es de Pesos veinticuatro mil ($ 24.000) representado por doscientas cuarenta cuotas de Pesos cien ($ 100) cada una, queda recompuesto ó distribuido de la siguiente forma: a) Gabriel Oscar Ramón Araiz, con ciento treinta y dos cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea Pesos trece mil doscientos ($ 13.200); b) Silvina Maricel Araiz, con cincuenta y cuatro cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea Pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400); Y c) Noelia Lorena Araiz, con cincuenta y cuatro cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea Pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400); ello sin perjuicio del Derecho Real de Usufructo ut-supra referido. Séptimo: En virtud de lo resuelto en las apartados que anteceden, dejan Modificada la Cláusula Quinta del Contrato Social, en la forma y con la redacción que seguidamente se transcribe: Quinta. Capital: El Capital social se fija en la suma de $ 24.000 (Pesos veinticuatro mil) dividido en 240 (doscientas cuarenta) Cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una, que corresponden a los socios en la siguiente proporción: a) Gabriel Oscar Ramón Araiz, con ciento treinta y dos cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea Pesos trece mil doscientos ($ 13.200); b) Silvina Maricel Araiz, con cincuenta y cuatro cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea Pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400); Y c) Noelia Lorena Araiz, con cincuenta y cuatro cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea Pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400). Los socios acuerdan: a) Ratificar la sede social en calle Arenales Nº 21 de la ciudad de Rufino; b) Ratificar en el cargo de gerentes de la sociedad a los señores Oscar Ramón Araiz y Gabriel Oscar Ramón Apaiz.

$ 309,87 379101 En. 23

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WELCOME TO THE JUNGLE S.R.L.


REPRESENTACIÓN LEGAL Y FISCALIZACIÓN


Se hace saber que en lo que respecta a la representanción legal de Welcome to the Jungle S.R.L., estará a cargo de los Sres. Andrés Alfredo Araguas, de apellido materno Vallebella, argentino, con domicilio real en Ruta AO 12 Km. 6 de la localidad de Alvear, Provincia de Santa Fe, nacido el 05-09-1977, DNI 25.421.109 (CUIT 20-25421109-6), soltero, comerciante, y Virginia María Araguas, de apellido materno Vallebella, argentina, con domicilio real en Ruta AO 12 Km. 6 de la localidad de Alvear, Provincia de Santa Fe, nacida el 02-05-1981, DNI 27.786.320 (CUIT 27-27786320-6), soltera, comerciante, y en cuanto a la fiscalización cada uno de los mencionados socios tendrá el más amplio derecho de fiscalización y contralor de las operaciones sociales, conforme lo dispuesto por la Ley 19.550; pudiendo revisar en cualquier momento los libros, papeles y cuentas de la sociedad, por sí o por representantes legales o técnicos que designaren.Rosario, 19 de Diciembre de 2018.

$ 45 378869 En. 23

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AXIA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados AXIA S.A. s/designación autoridades; Expte. Nº 2889, F° —- año 2018, de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que: Los integrantes de la firma AXIA S.A., han solicitado la inscripción del Acta de fecha 17 de Setiembre de 2018, en la que se ha designado un nuevo directorio para la firma, quedando a cargo de la administración de la sociedad. El mismo quedó conformado de la siguiente manera: Presidente: Blas Esteban Páez Palud, D.N.I. 22.036.201, CUIT 23-22036201-9, domiciliado en Barrio 3, Manzana 4, Lote 28 - Complejo Aires del Llano, Autopista Rosario Santa Fe km 5,5, de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe; Vicepresidente: Marcelo Germán Meissner, D.N.I. 14.854.737, CUIT 20-14.854.737-9, domiciliado en Entre Ríos Nº 3541 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Director titular: Carlos Ernesto Meissner, D.N.I. 11.061.973, CUIT 20-11061973-2, domiciliado en San Lorenzo Nº 1671 de la ciudad Santa Fe, provincia de Santa Fe; Director titular: Martín Páez Palud, D.N.I. 24.475.623, CUIT 23-24475623-9, domiciliado en Vélez Sarsfíeld 4642 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Director titular: María Inés Larivey, DNI 24.214.510, CUIT 27-24214510-6, domiciliada en Barrio 3, Manzana 4, Lote 28 - Complejo Aires del Llano, Autopista Rosario Santa Fe km 5,5, de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe; y Director Suplente: Laura Lucia Perelda, DNI 25.480.390, CUIT 27-25480390-7, domiciliada en Vélez Sarsfield 4642 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.Santa Fe, 17 de Diciembre de 2018.

$ 65 379063 En. 23

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AMANECER A LA VIDA S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al 1° del mes de Octubre de dos mil dieciocho, se reúnen los señores: Federico Pablo Vuelta, argentino de profesión Psicólogo, soltero, nacido en Rosario, Provincia de Santa Fe, el 18 de Julio de 1977, DNI 25.900.326, CUIL 20-25900326-2, domiciliado en calle Rioja 771 Piso 1 Departamento “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Daniel Gerardo Casagrande, argentino, de ocupación Psicólogo, soltero, nacido en Rosario, Provincia de Santa Fe, el 29 de Febrero de 1980, DNI 28.087.794, CUIL 20-28087794-9, domiciliado en calle San Juan 450 Piso 8 Departamento “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar, constituyen AMANECER A LA VIDA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio y sede social en calle Iguazú 71 de Rosario, teniendo como principal y único objeto: a) Organización, administración y coordinación de prestaciones de servicios de psicoterapias y rehabilitación, abarcando sus diferentes modalidades de aplicación en el ámbito de la salud, incluyendo, psicología, fonoaudiología, kinesiología, psicomotricidad, psicopedagogía, terapia ocupacional y acompañamiento terapéutico b) Organización, administración y coordinación de prestaciones de servicios de integración y apoyo escolar, c) Traslado de los pacientes, d) Organización, asesoramiento y realización de jornadas y cursos de formación y especialización en los campos relacionados con la salud. A tal fin, la sociedad tendrá plena capacidad para suscribir todos los contratos o subcontratos que estime necesario para el logro de su objeto social. El término de duración se fija en veinticinco años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. El capital social se fija en la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000) dividido en un mil ochocientas cuotas de pesos cien ($ 100) cada una. La administración y representación de la sociedad estará a cargo del socio gerente Federico Pablo Vuelta. La fecha de cierre de ejercicio es el 31 de Diciembre de cada año.

$ 75 379098 En. 23

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AGROPECUARIA LA BARRANCA S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, siendo las diez (10) horas del día veinticinco (25) del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho, se reúnen en el domicilio social de calle Gallo N° 439 de Rosario, la señora Mariana Guillen, nacida el 21/09/1960, titular del Documento Nacional de Identidad número 13.958.884, CUIT N° 27-13958884-9, argentina, casada en primeras nupcias con el señor Guillermo Midulla, ingeniera agrónoma, con domicilio en calle Gallo 439 de Rosario, Provincia de Santa Fe; el señor Guillermo Midulla, nacido el 24/10/1959, titular del Documento Nacional de Identidad número 13.502.500, CUIT N° 20-13502500-4, argentino, casado en primeras nupcias con la señora Mariana Guillen, ingeniero agrónomo, con domicilio en calle Gallo 439 de Rosario, Provincia de Santa Fe; el señor Diógenes Diosdado Drovetta, nacido el 12/04/1966, titular del Documento Nacional de Identidad número 17.669.233, CUIT N° 20-17669233-3, argentino, divorciado, abogado, con domicilio en Avenida Rivadavia 2331 piso 4 de Rosario, Provincia de Santa Fe; y el señor Rodolfo Juan Drovetta, nacido el 19/11/1949, titular del Documento Nacional de Identidad número 6.187.907, CUIT N° 20-06187907-3, argentino, casado en primeras nupcias con la señora María Rosa Stangaferro, productor agropecuario, con domicilio en calle Italia 940 de Serodino, Provincia de Santa Fe, se declaran únicos socios de la firma AGROPECUARIA LA BARRANCA S.R.L., y que representan la totalidad de las cuotas sociales, que dicha sociedad fue constituida conforme a contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario, el 22 de Junio de 2005, en contratos, al Tomo 156, Folio 12.333 N° 968 y modificaciones, que los socios prenombrados se reúnen a los efectos de tratar el siguiente orden del día:

1.- Renovación y designación del Socio Gerente.

Puesto el tema a consideración y luego de una breve deliberación se resuelve por unanimidad designar, ratificar y reelegir como socio gerente, por el término de dos años contados a partir de la fecha de la presente asamblea, a la señora Mariana Guillen, quien actuará de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del Contrato Social inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario, el 22 de Junio de 2005, en Contratos, al Tomo 156, Folio 12.333 N° 968 y modificaciones.

Sin más temas que tratar siendo las 12 horas, se da por finalizada la reunión en el lugar y fecha indicados en el encabezado.

$ 65 379050 En. 23

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