picture_as_pdf 2018-10-23

SERFE S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “SEREFE SA” s/Designación de Autoridades, Expte. N° 1855- Año 2018, que se tramita ante el Registro Público de esta ciudad, se hace saber:

1- Instrumento: Acta de Asamblea N° 6 de fecha 27 de abril de 2018; Acta de Directorio N° 37 de fecha 13 de abril de 2018.

2- Autoridades: Presidente: Berardi Federico DNI 28.925.665, domiciliado en calle Almirante Brown 1850 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, CUIT 20-28925665-3; Vicepresidente: Degrossi Maria Guadalupe, DNI 30.097.377, domiciliada en calle Almirante Brown 1850 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, CUIT 27-30097377-4; Director Suplente: Berardi Rene Evelio, DNI 11.111.147, domiciliado en calle Sebastián Gaboto 1846, de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, CUIT 20-11111147-3.

3- Lo que se publica a efectos de ley.

Santa Fe, 3 de septiembre de 2.018. Dr. Freyre, Secretario.

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PERINAT S.A.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En fecha 6 de Julio de 2018, en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria los socios de PERINAT S.A. han decidido aprobar la reforma parcial del Estatuto, redactando un nuevo texto ordenado con las modificaciones introducidas, el cual se transcribe a continuación: PERINAT S.A.

Denominación, Domicilio, Plazo y Objeto. Artículo 1º: La sociedad se denomina “PERINAT” S.A. y tiene su domicilio en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.Artículo 2°: Su duración es de noventa y nueve (99) años desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Artículo 3°: La sociedad tiene por objeto: (1) Explotar sanatorios privados, sus servicios clínicos y quirúrgicos y auxiliares, y la asistencia e internación de enfermos. (2) Prestar servicios de Playa de Estacionamiento y Garage. Mediante el alquiler temporario, medido por hora, día, semana, quincena o mes, a través de cocheras fijas o variables, en espacios cubiertos, semicubiertos o descubiertos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidadjurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar actos y negocios jurídicos. Artículo 4°: El capital social se fija en la suma de Cuatrocientos Mil Pesos ($ 400.000.-), representado por cuarenta millones (40.000.000) de acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un centavo ($ 0,01.-) de valor nominal cada una de ellas. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550. Artículo 5°: Las acciones deben ser nominativas no endosables, ordinarias o preferidas; estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, acumulativo o no, conforme las condiciones de su emisión. Puede fijárseles una participación adicional en las ganancias. Artículo 6°: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. Artículo 7°: Las acciones y certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del art. 211 de la Ley 19.550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. Artículo 8°: En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos en el art. 193 de la Ley 19.550. “Administración y representación. Artículo 9°: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de directores que determine la Asamblea, entre un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren. La Asamblea o los directores en la primera reunión de directorio, deben designar un presidente. En caso de ausencia, renuncia o impedimento temporario o definitivo del presidente, asumirá su cargo quien resulte designado por el resto de los directores titulares y, en caso de no existir acuerdo, se tendrá en cuenta el orden establecido en la respectiva asamblea de elección de autoridades. Los directores suplentes que ingresen al directorio no asumen el cargo de presidente, salvo que no exista otro director titular para asumirlo. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate se realizará una segunda votación. La Asamblea fija la remuneración del Directorio, conforme artículo 261 de la Ley 19.550 y modificatorias. La Asamblea debe designar un director médico, quien durará en sus funciones tres (3) ejercicios, debiendo designarse otro profesional suplente que lo reemplace en caso de ausencia del mismo. El director médico deberá supervisar todas las actividades asistenciales de la institución a su cargo y será responsable del funcionamiento en relación a las prestaciones de carácter médico que, directa o indirectamente, efectúe la misma. Asimismo el director médico deberá velar por el cumplimiento de las obligaciones que legalmente sustenten los objetivos de su constitución y será responsable ante el Colegio de Médicos del cumplimiento por parte de la entidad de las normas legales vigentes. “... “Artículo 10º: Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía: depósito en caja de la sociedad de la suma de veinte mil pesos. Artículo 11º: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme el art. 375 del Código Civil y Comercial y art. 9 del Decreto-Ley 5965/63. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos operar con el Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario S.A., Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y demás instituciones de crédito públicas, privadas o mixtas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales - incluso para querellar criminalmente- y extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue convenientes. La representación legar corresponder al Presidente del Directorio. Artículo 12°: Los directores podrán desempeñar comisiones o funciones técnico-administrativas rentadas especiales o permanentes. La remuneración será fijada por la asamblea. Fiscalización. Artículo 13º: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de un Síndico Titular y un Síndico Suplente, quienes durarán en sus funciones dos ejercicios. Asambleas. Artículo 14°: Toda asamblea puede ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el art. 237 de la Ley 19.550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en 2da. Convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la 1ra. Artículo 15°: Rigen el quórum y as mayorías determinadas por los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho a voto. Ejercicios y Estados Contables. Artículo 16°: El ejercicio cierra el 31 de Diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% hasta alcanzar el 20% del capital social para el fondo de reserva legal. b) A remuneración de Directorio y Síndico en su caso. c) A dividendos de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos. d) El saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deber ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. Liquidación. Artículo 17°: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por los liquidadores designados en asamblea bajo la vigilancia del Síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior”.

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PACHAMAMA S.R.L.


CONTRATO


1. Socios: don Joaquín GARIBAY, argentino, nacido el 09/12/1985, titular del D.N.I. N° 32.218.714, CUIT: 20-32128714-0, de profesión Ingeniero Civil, soltero, domiciliado en calle Rioja N° 2076, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa, y don Luis Gonzalo FARIAS, argentino, nacido el 22/10/1970, titular del D.N.I. N° 21.810.308, CUIT: 20-21810308-2, de profesión Contador Publico, soltero, domiciliado en calle Ruta 34S 4444 Unidad Funcional 546, de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe.

2. Fecha de Constitución: 20/09/2018.

3. Razon Social: PACHAMAMA S.R.L.

4. Domicilio: en calle Brown N° 2049 Piso 3, Departamento C, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, por sí o asociada a través de terceros, desarrollar las siguientes actividades: a) Constructora: ejecución de proyectos, dirección, administración, realización y mantenimiento de obras de ingeniería de cualquier naturaleza, de carácter público o privado. b) Comercial: compraventa, representación y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo y artefactos relacionados con la energía solar

6. Duración: El término de duración de la Sociedad se fija en 99 (noventa y nueve).

7. Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos trescientos mil ($ 300.000.-), dividido en 3000 (tres mil) cuotas de Pesos Cien ($100.-) cada una.

8. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

9. Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo del socio Joaquín GARIBAY quien gs designado Gerente por el plazo de duración de la Sociedad.

10. Cierre de Ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

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ROMERS S.A.


ESTATUTO


Integrantes: MAURICIO ROMERA, argentino, nacido el 23 de marzo de 1979, D.N.I. 27.318.009, Nº Cuit 20-27318009-6, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Mariana Paola Gasperi, domiciliado en calle Catamarca 2999 PB Piso 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y YOLANDA HASSAN, argentina, nacida el 27 de Octubre de 1945, D.N.I. 5.134.846, Nº CUIT 27-05134846-5, de profesión comerciante, casada en primeras nupcias con Daniel Antonio Romera,- domiciliada en calle Catamarca 2839 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Fecha del instrumento: 10 de Julio de 2.018.

Razón social: ROMERS S.A.

Duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto la fabricación, producción y comercialización de galletitas, masitas y productos de confitería, subproductos derivados, el territorio nacional o en el extranjero.

Capital: El capital social es de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000), representado por doscientos cincuenta (250)acciones de pesos mil ($1.000) valor nominal cada una.

Administración: A cargo de un Directorio, los integrantes durarán en sus funciones tres ejercicios, siendo reelegibles. Se designa como Presidente al Sr. Mauricio Romera, y Director Suplente a la Sra. Yolanda Hassan.

Organización de la administración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un tres, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, siendo reelegibles.

Representación de la sociedad: La representación de la sociedad corresponde su presidente.

Fiscalización: Se prescinde de sindicatura, por lo que los socios asumen el derecho de contralor según lo disponen los arts. 55 y 284 de la le 19550, modificada por la ley 22903.

Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Junio de cada año.

Domicilio: Fragata Sarmiento 2883, de la ciudad Rosario, Provincia de Santa Fe.

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SMART AGRO S.R.L.


CONTRATO


1. Integrantes de la sociedad: El Sr. Pierre Gabriel Alejandro, de nacionalidad Argentina, nacido el 20 de Marzo de 1967, de profesión Ingeniero Químico, con domicilio en la calle 20 de Noviembre 9358, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I 18.147.900, CUIT 20-18147900-1, casado en primeras nupcias con Pomposiello Jorgelina; el Sr. Lombardi Leonardo, de nacionalidad Argentina, nacido el 17 de Mayo de 1974, de profesión ingeniero industrial, con domicilio en la calle Pueyrredón 870, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa fe, D.N.I 23.960.110, CUIT 20-23960110-4, casado en primeras nupcias con Koster Cristina Gabriela; el Sr. Cañizares Cristian Samuel, de nacionalidad Argentina, nacido el 30 de Mayo de 1974, de profesión comerciante, con domicilio en la calle Del valle Ibarlucea 1341, piso 6, depto B, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I. 23.969.101, CUIT 20-23969101-4, casado en segundas nupcias con Añaños Cecilia; el Sr. Castelnuevo Carlos Javier, de nacionalidad Argentina, nacido el 27 de Noviembre de 1974, de profesión técnico en alimentos, con domicilio en la calle Casilda 1148, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I 24.351.375, CUIT 20-24351375-9, divorciado.

2. Fecha de instrumento de constitución: 13 de Agosto de 2018.

3. Denominación Social: SMART AGRO S.R.L.

4. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la calle Alvarez Condarco 1430, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

5. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto a) Fabricación, importación, exportación, fraccionamiento compraventa, distribución, y comercialización de productos agroquímicos, plaguicidas, insecticidas, fungicidas, bactericidas, productos veterinarios, y elementos relacionados con la filoterapia y zooterapia nacionales o importados, como así también brindar servicio de control de peso, calidad, entregador y/o recibidor de granos y subproductos, fumigación en predios, plantaciones, y subproductos en general, barcos, silos, puertos, construcciones, contenedores, vagones, camiones, y todo objeto o lugar susceptible a ser contado, controlado, o fumigado. También la limpieza de bodegas de barcos, tanques y espacios confinados, limpieza de todo tipo de efluentes y sustancias liquidas o sólidas. b) Compraventa, permuta, fraccionamiento de productos de origen vegetal o animal, cereales y sus subproductos. c) proyectos, dirección y construcción de obras civiles e industriales, públicas y privadas, en todo tipo de inmuebles propios. d) Asesoramiento, y consultoría integral, diseño, desarrollo, análisis, estudio e implementación de estrategias de posicionamiento y gestión comercial para empresas privadas y organismos públicos, en cualquiera de sus sectores y/o actividades. La sociedad podrá realizar dichas actividades por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, participar en licitaciones públicas o privadas, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6. Plazo de Duración: La sociedad se constituye por el término de 10 años a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000) divididos en cincuenta mil (50000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una.

8. Administración: La Dirección y Administración de los negocios sociales estarán a cargo de uno o más Gerentes, socios o no; designándose en este acto como Gerentes al Sr. Lombardi Leonardo, de nacionalidad Argentina, nacido el 17 de Mayo de 1974, de profesión ingeniero industrial, con domicilio en la calle Pueyrredón 870, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa fe, D.N.I 23.960.110, CUIT. 20-23960110-4, casado en primeras nupcias con Koster Cristina Gabriela, y al Sr. Pierre Gabriel Alejandro, de nacionalidad Argentina, nacido el 20 de Marzo de 1967, de profesión Ingeniero Químico, con domicilio en la calle 20 de Noviembre 9358, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I 18.147.900, CUIT 20-18147900-1, casado en primeras nupcias con Pomposiello Jorgelina, socios de SMART AGRO S.R.L.

9. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios quienes la ejercerán por sí mismos. Las resoluciones sociales se adoptarán por las mayorías previstas en el artículo 160 de la Ley 19.550.

10. Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

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SISO S.R.L.


PRÓRROGA


1. Socios: Juan Carlos Adolfo CUETO, argentino, nacido el 19 de Agosto de 1949, L.E. 7.685.852, CUIT 20-07685852-8, de profesión médico, casado en primeras nupcias con María Eugenia Cristina Espona, con domicilio legal en calle Necochea N° 2177 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Napoleón Eugenio GALARZA, argentino, nacido el 2 de Marzo de 1939, L.E. 6.031.439, CUIT 20-06031439-0, abogado jubilado, viudo de María de los Milagros Molinas, con domicilio legal en calle Balcarce 63 Bis, Piso 6, Dpto. 2, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Juan José INFANTE, argentino, nacido el 25 de Julio de 1973, D.N.I. 23.344.505, CUIT 20-23344505-4, de profesión médico, divorciado de Florencia Olivé según expediente N° 3439/08 con fecha junio de 2009, Tribunal Colegiado de Familia de la 3º Nominación de Rosario, con domicilio legal en calle Alem N° 1068, Piso 6, Dpto. A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Leonardo Cayetano INFANTE, argentino, nacido el 22 de Abril de 1971, D.N.I. 22.175.055, CUIT 20-22175055-2, máster en neuropsicología, casado en primeras nupcias con Débora Cynthia Capucci, con domicilio legal en calle Córdoba 2576 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

2. Razon social: SISO S.R.L.

3. Fecha del instrumento modificatorio: 27/09/2018.

4. Fecha de Constitucion: 01/04/1986. Inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en Contratos, al Tomo 137, Folio 1147, N° 358, con fecha 8 de Abril de 1986 y modificaciones, todas inscriptas en el Registro Público de Comercio de Rosario en Contratos que se detallan a continuación:

a) Cesión de cuotas y modificación del contrato social inscripto en Contratos al Tomo 143 Folio 1106 N° 115 con fecha 18 de Febrero de 1992.

b) Modificación del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 146 Folio 19040 N°2076 con fecha 21 de Diciembre de 1995.

c) Acta de aumento de capital, incorporación nuevos socios y modificación del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 147 Folio 3736 N° 1057 con fecha 5 de Julio de 1996.

d) Prórroga del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 147 Folio 3746 N° 1058 con fecha 5 de Julio de 1996.

e) Prórroga del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 147 Folio 13705 N°2180 con fecha 18 de Diciembre de 1996.

f) Cesión de cuotas sociales inscripta al Tomo 148 Folio 7033 N° 833 con fecha 3 de Junio de 1997.

g) Cesión de cuotas sociales inscripta en Contratos al Tomo 148 Folio 10819 N° 1371 con fecha 3 de Septiembre de 1997.

h) Cesión de cuotas sociales inscripta en Contratos al Tomo 148 Folio 12344 N° 1574 con fecha 30 de Septiembre de 1997.

i) Cambio de domicilio social y modificación del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 149 Folio 16988 N° 1921 con fecha 17 de Noviembre de 1998.

j) Prórroga del contrato social y aumento de capital social inscripta en Contratos al Tomo 155 Folio 21315 N° 1663 con fecha 12 de Octubre de 2004.

k) Cesión de cuotas y modificación artículo 6º del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 156 Folio 15793 N° 1242 con fecha 3 de Agosto de 2005.

l) Cambio de domicilio inscripto en Contratos al Tomo 158 Folio 29554 N° 2304 con fecha 7 de Diciembre de 2007.

m) Modificación del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 159 Folio 734 N° 59 con fecha 11 de Enero de 2008.

n) Prórroga, aumento de capital y modificación de objeto inscripta en Contratos al Tomo 159 Folio 23247 N° 1868 con fecha 17 de Octubre de 2008.

ñ) Cesión de cuotas y modificación artículo 5º del contrato social inscripta en Contratos al Tomo 161 Folio 19216 N° 1340 con fecha 11 de agosto de 2010.

o) Concurso Preventivo Expte N° 1175/10 inscripta en Contratos al Tomo 161 Folio 32627 N° 2221 con fecha 15 de diciembre de 2010.

p) Renuncia de Gerente-Designación de Nuevos Gerentes-Modificación Art. 6º del Contrato Social inscripta en Contratos al Tomo 165 Folio 8157 N° 489 con fecha 21 de abril de 2014.

q) Renuncia de Gerente-Designación de Nuevos Gerentes-Modificación Art. 6º del Contrato Social inscripta en Contratos al Tomo 167 Folio 20351 N° 1329 con fecha de 22 de agosto de 2016.

5. Prórroga de duración del contrato social: Atento a que el vencimiento del Contrato Social de SISO S.R.L. opera el 8 de octubre de 2018, se prorroga el mismo por el término de 10 años a partir de esa fecha, venciendo en consecuencia dicho plazo de duración el día 08 de Octubre de 2028. Por tal razón, el artículo tercero del Contrato Social queda redactada de la siguiente forma: Artículo Tercero: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años desde la inscripción de este instrumento en el Registro Público de Comercio.

6. Se ratifican todas las cláusulas del Contrato Social en cuanto no fueren modificadas por el presente.

$ 125 370783 Oct. 23

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SISTEM LOCK S.R.L.


CONTRATO


1) Nombre, Edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, numero de documento de identidad de los socios: Andrés José GONZALEZ RONDON, venezolano, nacido el 06 de abril de 1969, PASAPORTE 129020163, CUIL: 20-62913114-1, soltero, comerciante, domiciliado en calle Santa Fe 2555 Piso 3 Dpto. E de esta ciudad; Andrés Alfonso GONZALEZ RANGEL, venezolano, nacido el 17 de junio de 1989, PASAPORTE 147654845, CUIL. 23-62866698-9, soltero, empleado, domiciliado en calle Santa Fe 2555 Piso 3 Dpto. E de esta ciudad.

2) Fecha del instrumento de constitución: 01/10/2018.

3) La razón social o denominación de la sociedad: SISTEM LOCK S.R.L.

4) Domicilio de la sociedad: Santa Fe 2555 Piso 3 Dpto. E de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: Importación, fabricación y comercialización, tanto en el mercado local e internacional, de puertas, cajas de seguridad y equipos de oficina.

6) Plazo de duración: 99 años desde inscripción en Registro Publio de Comercio.

7) Capital Social: $400.000 (pesos cuatrocientos mil).

8) Composición de los órganos de administración y fiscalización, nombres de sus miembros y, en su caso, duración en los cargos: La dirección y administración estará a cargo del gerente Andrés José Gonzalez Rondon. La fiscalización estará a cargo cte todos los socios.

9) Organización de la representación legal: La representación legal estará a cargo del gerente Andrés José Gonzalez Rondon. El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la sociedad, estará a cargo del gerente, quien usará su propia firma, en forma individual.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Septiembre de cada año.

$ 80 370652 Oct.23

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TRANSPORTE BONAVIA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


1) Fecha de la resolución de la sociedad que aprobó la designación de directores: 20 de agosto de 2018.

2) Composición de los órganos de administración y fiscalización: Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de seis miembros, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, con suplentes designados en igual o menor número y por el mismo plazo. Se designa un director titular y uno suplente. Presidente: señor Alejandro José Bonavia. Director Suplente: señor Nicolas Eduardo Bonavia. La fiscalización estará a cargo de todos los socios (se prescinde de la sindicatura).

3) Organización de la representación legal: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.

$ 45 370616 Oct. 23

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TATI GROUP S.A.S


ESTATUTO


Denominación. Domicilio. Plazo y Objeto: Tati Group S.A.S domicilio legal en la ciudad de Capitán Bermúdez, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe. Duración 20 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Objeto: la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: transporte de pasajeros de corta, mediana y larga distancia, llevado a cabo con vehículos propios o de terceros. Capital veinte mil pesos ($20.000,00), representado por 20.000 (veinte mil) acciones de Un (1 ) peso, valor nominal cada una. Administración y Representación a cargo de 1 (una) a 2 (dos) personas humanas, socios o no, Órgano de Gobierno: La reunión de socios es el órgano de Gobierno. Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS. Ejercicio Social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables. Disolución y Liquidación por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349. Suscripción e Integración del Capital: Glorioso Gastón Raúl, 20.000 acciones suscriptas e integradas, aporte 100% en efectivo. Se designa para integrar el Órgano de Administración: Representante: Glorioso, Gastón Raúl, DNI 26.548.396 DNI 26.548.396, CUIT 20-26548396-9, con domicilio en San Martín 402 de la ciudad de Capitán Bermúdez, de profesión comerciante, nacido el 02 de mayo de 1978, casado en primeras nupcias con Toncovich Laura Elena.Vice representante: Administrador Suplente: Toncovich, Laura Elena, DNI 24.567.197. Se fija la sede social en calle San Martín Nº 402 de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe.- Se autoriza a Dr. CP Raiano, Martín Nicolás, DNI 23.612.397 a fin de que realice los trámites ante la Inspección General de Personas Jurídicas y el Registro Público con facultad de aceptar las objeciones que éstos efectúen y realizar las respectivas modificaciones al acto constitutivo.

$ 65 370740 Oct. 23

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TRANSVICO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros y/o asociados a terceros, en participación y/o en comisión o de cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina las siguientes actividades: 1) Transporte de corta, media y larga distancia. 2) Construcción de obras civiles y viales. 3) Reparación de obras existentes sobre inmuebles propios y/o ajenos. 4) Representaciones y distribuciones de piedra y tosca. 5) Producción de leche bovina.

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000) divididos en cien cuotas (100) de pesos seis mil ($ 6.000) cada una, que los socio suscriben e integran de la siguiente manera:

El Sr. Mariano Pertusati suscribe cincuenta (50) cuotas de capital, o sea la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000). El Sr. Guillermo José Godino suscribe cincuenta (50) cuotas de capital, o sea la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000.).

El Capital Social se encuentra totalmente suscripto e integrado.

Fecha de resolución societaria: 4 de septiembre de 2018.

$ 45 370808 Oct. 23

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AGROPECUARIA LA LUNA S.A.S.


ESTATUTO


1- Socio: Paladini, Héctor Sebastián, DNI 16.515.147, CUIT 20-16515147-0, nacido el día 11 de Abril de 1964, empresario, con domicilio en Juan José Paso 1244 de la ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con la Sra. Romanello, Sandra, nacionalidad argentina; 2- Fecha de constitución: 2/10/2018; 3- Denominación: “AGROPECUARIA LA LUNA S.A.S”; 4- Sede social: Juan José Paso N° 1244 de Rosario, Provincia de Santa Fe; 5- Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: A) explotación agrícola, produciendo trigo, maíz, soja, girasol y demás granos y oleaginosas, y los correspondientes servicios de preparación del suelo, siembra y cosecha B) explotación ganadera, mediante compra, venta, cría y engorde de ganado de todo tipo y especie, C) Administración y explotación integral de establecimientos rurales y de fideicomisos relacionados con las actividades agrícola-ganaderas antes mencionadas; 6- Duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público; 7- Capital social: $350.000 (pesos trescientos cincuenta mil) representado por 350 acciones de $1.000 valor nominal cada una. Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. El 25% del capital ($87.500,-) el socio lo integra en este acto en efectivo; 8- Administración y Representación: Está a cargo de uno a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administraran y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Se prescinde de Sindicatura sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS. 9- Se designa para integrar el Órgano de Administración: Ttitular: Paladini, Héctor Sebastián, Suplente: Sandra Romanello, DNI 17.194.562, CUIT 27-17194562-9, nacida el día 02/04/1965, con domicilio en Juan José Paso 1244 de la ciudad de Rosario, casada en primeras nupcias con el Sr. Héctor Sebastian Paladini y nacionalidad argentina. Ambos fijan domicilio en la sede social; todos por plazo indeterminado. 10- Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Abril de cada año.

$ 55 370807 Oct. 23

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CENTRO DE TRAUMATOLOGÍA Y MEDICINA DEL DEPORTE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de la Sra. Jueza de lera. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1 era. Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se hace saber por el término y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 10 Inc. b) de la Ley 19.550, que los Sres. JUAN ALBERTO MONDINO, argentino, mayor de edad, nacido el 18 de Agosto de 1963, de estado civil soltero, de profesión médico, con domicilio en calle Córdoba 1659 -Piso 5º Dpto. 2- de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. N° 16.272.122, CUIT N° 20-16272122-5; RAMIRO ESTEBAN GUERRERO, argentino, mayor de edad, nacido el 21 de Enero de 1965, de estado civil divorciado mediante Sentencia N° 359 de fecha 18/09/2008 dictada por el Tribunal Colegiado de Familia N° 4 de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante, con domicilio en calle Mendoza 3266 -Piso 14º Dpto. 2- de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. N° 17.094.643, CUIT N° 20-17094643-0; y ROBERTO OSCAR SAROTTI, argentino, mayor de edad, nacido el 04 de Agosto de 1952, de estado civil divorciado mediante Sentencia N° 278 de fecha 29/05/2004 dictada por el Tribunal Colegiado de Familia N° 4 de la ciudad de Rosario, de profesión médico, con domicilio en calle Fraga 1154 - Dpto. “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. N° 10.629.701 CUIT N° 20-10629701-1; únicos socios del CENTRO DE TRAUMATOLOGÍA Y MEDICINA DEL DEPORTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuyo contrato constitutivo se encuentra inscripto en el Registro Público de Comercio al Tomo 147, Folio 8191 N° 1554 -Sección Contratos- en fecha 20 de septiembre de 1996 y sus posteriores modificaciones siendo la última la registrada al Tomo 167 Folio 8838 N° 563 de fecha 21 de abril de 2016; han dispuesto en fecha 31/07/18: a) reconducir la sociedad, fijando el término de la misma en 25 (veinticinco) años a contar desde la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio la sociedad; b) aumentar el capital social a $ 250.000.- (Pesos Doscientos Cincuenta Mil); c) aclarar la Cláusula Octava del Contrato Social en el sentido que el socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y no a sus consocios como se encontraba consignado; d) Atento a las modícaciones efectuadas los socios deciden redactar un texto ordenado del Contrato Social, habiendo quedado redactado el Artículo Segundo del siguiente modo: Segunda: La Sociedad tendrá una duración de veinticinco (25) años contados a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio. El Artículo Cuarto: Cuarta: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000) dividido en Doscientas Cincuenta Mil cuotas de Un Peso ($1.-) valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios en la siguiente forma y proporción: Juan Alberto Mondino, Doscientas Treinta y Cinco Mil (235.000) cuotas sociales de Un Peso ($1.-) valor nominal cada una; Roberto Oscar Sarotti, Siete Mil Quinientas (7.500.-) cuotas sociales de Un Peso ($ 1.-) valor nominal cada una; y Ramiro Esteban Guerrero, Siete Mil Quinientas (7.500.-) cuotas sociales de Un Peso ($ 1.-) valor nominal cada una; integrando los socios y en proporción a su tenencia, en este acto el 25% del aumento del capital en dinero en efectivo, es decir Pesos Cincuenta y Seis Mil Quinientos ($ 56.500.-)., comprometiéndose a integrar el saldo de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Quinientos ($ 169.500.-) en el término de dos años contados desde la presente resolución de reconducción y aumento de capital. El Artículo Octavo: Octava: Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales a terceros, sin previa comunicación a los otros socios quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desiste de la compra los otros podrán adquirir sus cuotas en proporción a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia, para que esta comunique a los restantes socios quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor a 30 días, vencido el cual se tendrá por desistida la preferencia y autorizada la decisión. En la comunicación que el socio haga a la gerencia, deberá indicar nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la Sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital de la sociedad sean por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración. La cesión de cuotas entre socios será realizada libremente. El resto de las cláusulas del contrato constitutivo quedan redactadas del modo en que fueran aprobadas e inscriptas en el Registro Público de Comercio.

$ 130 370821 Oct. 23

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CONSTRUCCIONES ING.

EDUARDO C. OLIVA S.A.I.C.e I.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados CONSTRUCCIONES ING. EDUARDO C. OLIVA S.A.I.C.e.I. s/ Designación de Autoridades - Síndicos, Expte. Nº1986, Año 2018, se hace saber a los fines de su inscripción en el Registro Público que según asamblea del 30 de Julio de 2018, se designó Síndico Titular al Dr. Miguel Ángel Alemandi, DNI 8.499.769, domiciliado en calle Saavedra 2959 de la ciudad de Santa Fe; y Síndico Suplente al Dr. Antonio Luis García, DNI 27.117.428, domiciliado en calle 9 de Julio 3675 de la ciudad de Santa Fe; con mandato vigente hasta la fecha de la asamblea que trate el balance del 30 de Abril de 2019. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley.

Santa Fe, 17 de septiembre de 2.018. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 370898 Oct. 23

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EL PEGUAL S.A


ESTATUTO


Se hace saber, que en la localidad de San Guillermo, Dpto. San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, mediante instrumentos de fecha 01/12/2016 y 07/09/2018 los señores, CINTIA MARINA CERUTTI, Contadora Pública Nacional, nacida el cuatro de setiembre de mil novecientos ochenta y siete, apellido materno Brechbühl, soltera, DNI 33.105.462 (CUIT 27-33105462-9), domiciliada en calle Mariano Moreno 572 de la localidad de Villa Trinidad, Pcia. de Sta. Fe;. DARIO RUBEN CERUTTI, productor agropecuario, nacido el catorce de octubre de mil novecientos setenta y seis, apellido materno Riera, soltero, DNI 25.354.049 (CUIT 20-25354049-5), domiciliado en calle San Martín número ciento catorce de la localidad de Villa Trinidad, Pcia. de Sta. Fe; y DECENTE JOSÉ CERUTTI, productor agropecuario, nacido el veintinueve de enero de mil novecientos cuarenta y siete, apellido materno Ferrero, casado en primeras nupcias con Mary Rosa Riera, DNI 6.302.886 (CUIT 20-06302886-0), domiciliado calle San Martín número ciento catorce de la localidad de Villa Trinidad, Pcia. de Sta. Fe; hábiles para contratar; todos de nacionalidad argentina, de común acuerdo, resuelven dejar constituída una Sociedad Anónima denominada EL PEGUAL SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual tendrá una duración de 90 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Su domicilio legal será en la localidad de Villa Trinidad, Pcia. de Santa Fe, siendo este en San Martín 114. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto de la República o del Exterior, a las siguientes actividades: a) Agropecuarias: Explotación, por sí o por terceros, de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales de propiedad de la sociedad o de propiedad de terceros. b) Cría, engorde, compra y venta de hacienda, en pié o faenada, a nombre y por cuenta propia. c) Consignaciones de hacienda, en pié o faenada. d) Explotación de tambos, compraventa y consignación de oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, de propia producción, o de terceros, a nombre y por cuenta propia o de terceros. Capital social: Cuatrocientos Cincuenta Mil Pesos ($ 450.000,00), representado por 45000 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de diez ($10) pesos cada una y con derecho a un voto por acción. La administración y representación de la sociedad está a cargo de un directorio que dura tres ejercicios en sus funciones. Primer Directorio: Presidente: Decente José Cerutti, DNI 6.302.886 (CUIT 20- 06302886-0); Director Titular: Darío Rubén Cerutti, DNI 25.354.049 (CUIT 20-25354049-5); y Director Suplente: Cintia Marina Cerutti, DNI 33.105.462 (CUIT 27-33105462-9). El ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año.

Rafaela, 4 de octubre de 2018. Dra. Zanutigh, Secretaria.

$ 84,30 370909 Oct. 23

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COMFA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la Ciudad de San Lorenzo, departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, siendo las 10:30 Hs., a los 15 días del mes de julio de 2018, reunidos en sede social, entre el Sr. JUAN MANUEL LUDUEÑA, argentino, nacido el 05 de Marzo de 1974, comerciante, DNI Nº 23.900.017, CUIT N° 20-23900017-8, soltero, con domicilio legal en la calle Santiago del Estero Nº 1134 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe y el Sr. JUAN PEDRO LUDUEÑA, argentino, nacido el 19 de julio de 1943, comerciante, DNI Nº 6.180.872, CUIT N° 20-06180782-9, soltero, con domicilio legal en calle L. Alem Nº 1268 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe; ambos en carácter de únicos socios de COMFA S.R.L., y el Sr. IVAN ARIEL PONCE, DNI 23.831.958, CUIT 20-23831958-8, soltero, nacido el 07 de abril de 1974, argentino, comerciante, domiciliado en calle Moreno 528 de la ciudad de San Lorenzo Prov Sta Fe, la Sra MARIANA ISABEL LUDUEÑA, DNI 30.615.174, CUIT 27-30615174-1, soltera, nacida el 20 de diciembre de 1983, argentina, comerciante, domiciliada en calle San Lorenzo 311 de la localidad de Ricardone Prov. Sta Fe y la Sra MARIA LAURA LUDUEÑA, DNI 22.831.186, CUIT 27-22831186-9, casada en primeras nupcias con el Sr. Juan José Valente DNI 22.783.299, argentina, nacida el 02 de julio de 1972, comerciante, domiciliada en calle San Martín S/N de la localidad de Villa La Rivera Prov de Sta Fe; todos hábiles para contratar y mayores de edad, por propio derecho, luego de un breve intercambio de palabras los socios resuelven y acuerdan por unanimidad:

Primero: El Señor JUAN MANUEL LUDUEÑA, cuyos datos han sido detallados precedentemente, cede y transfiere en forma onerosa tres mil (3000) cuotas de valor nominal Pesos diez cada una ($10.-). representativos de pesos treinta mil con 00/100 ($ 30.000,00.-), de la siguiente manera:

- cede y transfiere (1.200) cuotas sociales de valor nominal pesos uno ($10), representativas de pesos Doce mil con 00/100 a favor del Sr. IVAN ARIEL PONCE, cuyos datos han sido detallados precedentemente, transmitiéndole en consecuencia todos los derechos y obligaciones que tenía y le correspondían sobre las cuotas mencionadas. Se fija el precio de esta venta en la suma de pesos veinticuatro mil con 00/100 ($ 24.000,00). El importe ha sido pagado en moneda local (pesos) en efectivo.

- cede y transfiere (900) cuotas sociales de valor nominal pesos uno ($10), representativas de pesos Nueve mil con 00/100 a favor de la Sra. MARIANA ISABEL LUDUEÑA, cuyos datos han sido detallados precedentemente, transmitiéndole en consecuencia todos los derechos y obligaciones que tenía y le correspondían sobre las cuotas mencionadas. Se fija el precio de esta venta en la suma de pesos dieciocho mil con 00/100 ($ 18.000,00). El importe ha sido pagado en moneda local (pesos) en efectivo.

- cede y transfiere (900) cuotas sociales de valor nominal pesos uno ($10), representativas de pesos Nueve mil con 00/100 a favor de la Sra. MARIA LAURA LUDUEÑA, cuyos datos han sido detallados precedentemente, transmitiéndole en consecuencia todos los derechos y obligaciones que tenía y le correspondían sobre las cuotas mencionadas. Se fija el precio de esta venta en la suma de pesos dieciocho mil con 00/100 ($ 18.000,00). El importe ha sido pagado en moneda local (pesos) en efectivo.

Segundo: Como consecuencia de la cesión indicada precedentemente se modifica la cláusula quinta del contrato social que queda redactada de la siguiente manera:

Quinta: Capital: El capital de la sociedad es de Pesos Trescientos mil ($300.000.-) dividido en 30.000 cuotas de capital de Pesos diez cada una ($10.-), correspondiéndole al señor JUAN PEDRO LUDUEÑA la cantidad de diecisiete mil doscientas (17.200) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una, equivalente a pesos cientos setenta y dos mil con 00/100 ($ 172.000.-); al señor JUAN MANUEL LUDUEÑA la cantidad de nueve mil ochocientas (9.800) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una, equivalente a pesos noventa y ocho mil con 00/100 ($ 98.000.-); al Señor IVAN ARIEL PONCE la cantidad de un mil doscientas (1.200) cuotas de valor nominal Pesos Diez ($10.-) cada una, equivalente a Pesos Doce Mil con 00/100 ($12.000.-); a la Sra MARIANA ISABEL LUDUEÑA la cantidad de Novecientas (900) cuotas de valor nominal Pesos Diez ($ 10.-) cada una, equivalente a Pesos Nueve mil con 00/100 ($ 9.000.-); y a la Sra MARIA LAURA LUDUEÑA la cantidad de Novecientas (900) cuotas de valor nominal Pesos Diez ($ 10.-) cada una, equivalente a Pesos Nueve mil con 00/100 ($ 9.000.-).

Tercero: Modificar la cláusula sexta del contrato social de COMFA SRL como consecuencia de la modificación de socios gerentes, quedando la misma redactada de la siguiente manera:

Sexta: Administración, dirección y representación; Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designándose en este acto a los Sres Juan Manuel Ludueña, DNI 23.900.017; Iván Ariel Ponce, DNI 23.831.958; María Laura Ludueña, DNI 22.831.186; Mariana Isabel Ludueña, DNI 30.615.174, cuyos datos han sido indicados precedentemente. El uso de la firma social estará a cargo de cualquiera de los socios gerentes, que actuarán en forma individual e indistinta. A tal fin usarán su propia firma a continuación de la denominación social con el aditamento de socio gerente. El mandato es ilimitado en el tiempo de duración.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el art. 375 del Código Civil y Comercial, y art. 9 del decreto 5965/63, con la única excepción de prestar fianzas y garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Cuarto: Ratificar las demás cláusulas del contrato social adecuadas a la la ley 19550 sus modificaciones.

$ 120 370810 Oct. 23

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DECRO INGENIERÍA S.R.L


CONTRATO


Socios: Sr. Alvaro Giménez Guspi, DNI 26.871.185, CUIT 20-26871185-7, argentino, Ingeniero, fecha de nacimiento 25/09/1978, Soltero, domiciliado en San Lorenzo 1811 Piso 5 Dpto. B de la ciudad de Rosario, departamento de Rosario, Provincia de Santa Fe y el Sr. Milton Andrés Decouti, DNI 27.748.943, CUIT 20-27748943-1, argentino, Ingeniero, fecha de nacimiento 25/10/1979, soltero, domiciliado en Mendoza 4027 de la ciudad de Rosario, departamento de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Fecha de Instrumento Constitutivo: 01/10/2018.

Denominación: DECRO INGENIERÍA SRL

Domicilio: San Lorenzo 1811 Piso 5 Dpto. B de la ciudad de Rosario Duración: 50 años desde su inscripción en Registro Público de Comercio.

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en cualquier parte de la república Argentina o en el exterior, las siguientes actividades: a) Fabricación de estructuras y productos metálicas, b) Empresa Constructora de obras públicas y privada. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica de adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer plenamente todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y/o por este contrato social.

Capital: Doscientos mil ($ 200.000,00).

Administración: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin se utilizarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos.

Lorena Rízzo, con firma individual.

Representacion Legal. A cargo de la gerencia: Alvaro Giménez Guspi y Milton Andrés Decouti, con firma individual. A tal fin se utilizarán sus propias firmas con el aditamento de “Socia Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos número 375 del Código Civil y Decreto 5965/63, artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Fiscalización: a cargo de los socios.

Cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

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GBL CONSTRUCCIONES Y

SERVICIOS S.A.


ESTATUTO


1- Integrantes de la sociedad: Lucrecia Estefania Speranza, nacida el 08/03/1988 (30 años de edad), soltera, argentina, empleada, domiciliada en Pasaje Alemania 1792 de Rosario, D.N.I. 33.485.440, C.U.I.T. 27-33485440-5 y Raúl Enrique Speranza, nacido el 26/06/1952 (66 años de edad), casado, argentino, empleado, domiciliado en Paraguay 6324 de Rosario, D.N.I. 10.557.395, C.U.I.T. 20-10557395-3.

2- Fecha del instrumento constitutivo: 13 de julio de 2018. Acta complementaria del 24 de agosto de 2018.

3- Denominación: GBL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A.

4- Domicilio Social: Pasaje Alemania 1792, ciudad de Rosario, Santa Fe

5- Objeto Social: a)Proyecto, dirección y ejecucióñ de obras de arquitectura e ingeniería; b)Construcción de obras: construcciones de carácter público o privado, sea a través de contrataciones, directas o de licitaciones y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniera o arquitectura; y los servicios de albañilería en general inherentes a tales actividades; c)Servicios de limpieza: I. tareas de limpieza y lavado; II. limpieza de conductos pluviales y cloacales y de veredas y espacios verdes; mantenimiento de espacios verdes; barrido manual y mecánico, lavados a presión de veredas, frentes e instalaciones industriales.

Asimismo, la importación y exportación de los bienes y/o servicios necesarios para el cumplimiento de las actividades antes mencionadas y con el mismo fin ejercer mandatos, comisiones y/o representaciones.

6- Plazo de duración: Noventa y nueve (99) años contados desde la fecha de inscripcion de su constitucion en el Registro Público.

7- Capital Social: cuatrocientos mil pesos ($400.000,00.-), representado por 40.000 acciones ordinarias de un (10) pesos, valor nominal cada una, nominativas no endosables. El capital puede ser aumentado por decision de la asamblea ordinaria conforme al articulo 188 de la ley 19.550. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho a un (1) voto. El monto total de capital ha sido suscripto, integrandose a la fecha de constitucion e inscripcion del estatuto el 25% del mismo por un importe de pesos cien mil ($100.000,00.-) Y el saldo suscripto por trescientos mil ($300.000,00.-) Se integrará dentro de los dos años desde la firma de dicho instrumento.

8- Administración, representación y fiscalización: La administración estará a cargo de un directorio compuesto de uno a cinco miembros, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, y quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Se deberá designar por lo menos un administrador suplente. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La asamblea fija la remuneración del directorio. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio o al vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en caso de estar designado. La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550.

Integrantes del directorio: Director Titular: Lucrecia Estefania Speranza, D.N.I. 33.485.440 Director Suplente: Raul Enrique Speranza, D.N.I. 10.557.395

9- Fecha de cierre del ejercicio comercial: El ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia.

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HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, a los 24 días del mes de Julio de 2018. se reúnen los señores CAPECCHI, NELIDA MARIA, DNI 4.673.348, argentina, comerciante; LUPARINI, LUIS, DNI 6.023.046, argentino, comerciante; CRISTIAN SERGIO LUPARINI, argentino, nacido el 01 de junio de 1988, soltero, con DNI 33.562.373, CUIL 20-33562373-9, domiciliado en Pellegrini 1722 piso 3, de la ciudad de Rosario, de profesión industrial; ALEJANDRO DANIEL LUPARINI, argentino, nacido el 15 de mayo de 1992, soltero, DNI 36.742.480, CUIL 20-36742480-0, de profesión comerciante, domiciliado en Pellegrini 1722 piso 3 de la ciudad de Rosario; GRACIELA NOEMI LUPARINI, argentina, nacida el 27 de abril de 1964, divorciada legalmente en primeras nupcias conforme sentencia judicial n° 405 del Tribunal Colegiado de Familia de la 4ª Nominación de Rosario en fecha 13 de agosto de 2002, DNI 16.770.470, CUIL 27-16770470-6, domiciliado en. Pellegrini 1722 piso 3 de la ciudad de Rosario, de profesión industrial, y MARIELA VANESA LUPARINI, argentina, soltera, nacida el 17 de junio de 1985, DNI 31.565.882, CUIL 27-31565882-4 domiciliado en Pellegrini 1722 piso 3 de la ciudad de Rosario, abogada; y convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales, aumento de capital, designación de gerentes y reconducción de “HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L.”, cuya constitución se encuentra inscripta en el tomo 113, folio 2164, número 813 de fecha 11/06/1962; con las modificaciones inscriptas en tomo 118, folio 956, número 319 de fecha 17/03/1967; en tomo 120, folio 3601, número 1200 de fecha 18/08/1969; en tomo 124, folio 7921 número 261 de fecha 14/03/1973; en tomo 124, folio 794, número 262 de fecha 14/03/1973; en tomo 127, folio 3110, número 1054 de fecha 12/07/1976; en tomo 129, folio 2079, número 766 de fecha 30/05/1978; en tomo 139, folio 1787 número 545 de fecha 16/05/1988; en tomo 145, folio 8016, número 804 de fecha 27/05/1994; en tomo 149, folio 8943, número 1000 de fecha 29/06/1998; en tomo 154, folio 8575, número 792 de fecha 04/06/2003; en tomo 158, folio 414, número 34 de fecha 05/01/2007; en tomo 159, folio 2905, número 213 de fecha 11/02/2008; en tomo 159, folio 29626, número 2359 de fecha 29/12/2008; y en tomo 1605 folio 29383, número 2951 de fecha 03/12/2009.

I. Cesión de Cuotas Sociales. La Sra. CAPECCHI, NELIDA MARIA vende, cede y transfiere en plena propiedad, posesión y dominio a la Sra. LUPARINI, GRACIELA NOEMI la cantidad de 175 (ciento setenta y cinco) cuotas de su propiedad, de $1 (pesos, uno) cada una que representan la totatidad que posee en esta sociedad de Responsabilidad Limitada HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L. El Sr. LUPARINI, LUIS vende, cede y transfiere en plena propiedad, posesión y dominio a la Sra. LUPARINI, GRACIELA NOEMI la cantidad de 29.575 (veintinueve mil quinientos setenta y cinco) cuotas de su propiedad, de $1 (pesos uno) cada una que posee en esta sociedad de Responsabilidad Limitada HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L. El Sr. LUPARINI, LUIS vende, cede y transfiere en plena propiedad, posesión y dominio a la Sra. LUPARINI, CRISTIAN SERGIO la cantidad de 1.750 (mil setecientos cincuenta) cuotas de su propiedad, de $1 (pesos uno) cada una que posee en esta sociedad de Responsabilidad Limitada HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L. El Sr. LUIPARINI, LUIS vende, cede y transfiere en plena propiedad, posesión y dominio a la Sra. LUPARINI, ALEJANDRO DANIEL la cantidad de 1.750 (mil setecientos cincuenta) cuotas de su propiedad, de $1 (pesos uno) cada una que posee en esta sociedad de Responsabilidad Limitada HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L. El Sr. LUPARINI, LUIS vende, cede y transfiere en plena propiedad, posesión y dominio a la Sra. LUPARINI, MARIELA VANESA la cantidad de 1.750 (mil setecientos cincuenta) cuotas de su propiedad, de $1 (pesos uno) cada una que posee en esta sociedad de Responsabilidad Limitada HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L.

II. Aumento de capital social, designación de gerentes y reconducción. Los Sres. CRISTIAN SERGIO LUPARINI, ALEJANDRO DANIEL LUPARINI, GRACIELA NOEMI LUPARINI y MARIELA VANESA LUPARINI; representando la totalidad del capital social de Hijos de Gino Luparini S.R.L. deciden unánimemente el aumento de capital, designación de gerentes y reconducción de la sociedad en los siguientes términos.

El capital social se incrementa en 250.000 (doscientas cincuenta mil) cuotas sociales de valor nominal $1 (pesos uno) que suscriben los socios en la misma proporción de participación que poseían a este momento.

Se designa en el presente acto a la Sra. LUPARINI, GRACIELA NOEMÍ como única Socia Gerente por el plazo de duración de la sociedad.

Se decide la reconducción de Hijos de Gino Luparini S.R.L. por el término de 40 (cuarenta) años desde la inscripción en el Registro Público de la misma.

III. Contrato Social. HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L.

Primera: Nombre: La sociedad girará bajo el nombre de “HIJOS DE GINO LUPARINI S.R.L.”.-

Segunda: Domicilio: la sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, estableciéndose en avenida Arijón 1466.

Tercera: Duración: El término de duración de la presente se fija en el plazo de cuarenta años contados a partir de su inscripción en el Registro Público.

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Explotación de los ramos de herrería de obras y anexos.-

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos ochenta y cinco mil ($ 285.000.-) dividido en doscientos ochenta y cinco mil cuotas de pesos uno ($ 1.-) cada una- Suscripción: El capital social se suscribe en las siguientes proporciones: CRISTIAN SERGIO LUPARINI suscribe 14.250 (catorce mil dosciento cincuenta) cuotas de valor nominal $1 (pesos uno) que representan el 5% del capital social; ALEJANDRO DANIEL LUPARINI suscribe 14.250 (catorce mil dosciento cincuenta) cuotas de valor nominal $1 (pesos uno) que representan el 5% del capital social; MARIELA VANESA LUPARINI suscribe 14.250 (catorce mil dosciento cincuenta) cuotas de valor nominal $1 (pesos uno) que representan el 5% del capital social; y GRACIELA NOEMI LUPARINI suscribe 242.250 (doscientas cuarenta y dos mil dosciento cincuenta) cuotas de valor nominal $1 (pesos uno) que representan el 85% del capital social.

Sexta: Adminstración, Dirección y Representación: La administración, representación y dirección de la sociedad será ejercida por la socia GRACIELA NOEMI LUPARINI en el carácter de socia gerente, el que obligará a la Sociedad mediante el uso de su firma personal precedida de la denominación social que estampará en sello o de su puño y letra.

Séptima: Fiscalización: Reunión de socios. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, pudiendo revisar en cualquier momento los libros, papeles y cuentas de la sociedad, por sí o por intermedio de asesores técnicos.

Capítulo VI: Balance y Distribución de Utilidades:

Octava: Balance general y resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas técnicas y legales usuales en materia administrativa contable e impositiva, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio.

$ 320 370823 Oct. 23

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HIDRÁULICA ARGENTINA S.R.L


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial la Nominación a Cargo del Registro Público de Comercio, Hidráulica Argentina S.R.L., expediente n° 3634/18, sus socios según documento privado firmado en Rosario el 24 de agosto de 2018, proceden a prorrogar la duración del contrato social fijando el nuevo término de duración hasta el 31 de Agosto de 2038 y disponen aumentar el mismo, modificando la cláusula quinta del contrato social, fijándose como nuevo capital social la suma de $ 200.000.

La cláusula quinta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: El capital Social es de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-) dividido en doscientas mil (200.000) cuotas de pesos uno ($ 1.-) cada una, totalmente suscriptas por los socios de la siguiente manera: ERNESTO FAKIN, cien mil (100.000) cuotas de pesos uno ($1.-) cada una, es decir cien mil pesos ($100.000.-), ROMINA FAKIN DI LASCIO, ochenta mil (80.000) cuotas de pesos uno ($1.-) cada una, es decir ochenta mil pesos ($ 80.000.) y FRANCO JOSE VILLA, veinte mil (20.000) cuotas de pesos uno ($ 1.-) cada una, es decir veinte mil pesos ($ 20.000.-) Integrado con pesos treinta mil ($ 30.000.-) del capital anterior y pesos ciento setenta mil ($170.000.-) en efectivo, 25% en este acto y el resto dentro de los 2 años del presente.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rosario, 21 de setiembre de 2018. Dra. Monica Liliana Gesualdo -Secretaria

$ 45 370886 Oct. 23

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M.E.Y.E.R. ELECTROMECÁNICA S.R.L


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1. Fecha de los Instrumentos: 16 de marzo de 2018 (prórroga) y 8 de octubre de 2018 (aumento de capital).

2. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cincuenta años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

3. Capital de la sociedad: Luego del aumento: $ 200.000.- (pesos Doscientos mil).

$ 45 370900 Oct. 23

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NORFLEX S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de la Sra. Jueza de lera. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la lera. Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se hace saber por el término y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 10 Inc. b) de la Ley 19.550, que los Sres. MILTON ZECLER, argentino, nacido el 26 de Febrero de 1971, casado en primeras nupcias con Andrea Verónica Cuart, de apellido materno Di Filippo, comerciante, domiciliado en calle Ramírez 145 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I N° 21.985.615, CUIT N° 20-21985615-7, y NORBERTO ZECLER, argentino, nacido el 23 de Julio de 1938, casado en primeras nupcias con Miriam Di Filippo, de apellido materno Orstein, ingeniero, domiciliado en calle Alvarez Thomas 1295 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I N° 6.026.499 CUIT N° 20-06026499-7, únicos socios de la Sociedad NORFLEX SRL, inscripta en el Registro Público de Comercio al Tomo 149 Folio 15423, N° 1735 Sección Contratos en fecha 19 de Octubre de 1998; han dispuesto en fecha 26/09/18: a) prorrogar la sociedad, fijando el término de la misma en 40 (cuarenta) años a contar desde la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio, venciendo en consecuencia el 19/10/2038; b) aumentar el capital social a $ 200.000.- (Doscientos Mil); c) Atento a las modificaciones efectuadas los socios deciden redactar un texto ordenado del Contrato Social, habiendo quedado redactado el Artículo Segundo del siguiente modo: “Duración: La sociedad tendrá una duración de cuarenta (40) años contados a partir de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio”.- y el Artículo Cuarto: “Capital Social. Aportes de los Socios: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Mil ($200.000) dividido en Veinte Mil cuotas de Pesos Diez ($10) valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios en la siguiente forma y proporción: Milton Zecler, Dieciocho Mil (18.000) cuotas sociales de Pesos Diez ($10.-) valor nominal cada una; y Norberto Zecler, Dos Mil (2.000.-) cuotas sociales de Pesos Diez ($10.-) valor nominal cada una; integrando los socios y en proporción a su tenencia, en este acto el 25% del aumento del capital en dinero en efectivo, es decir Pesos Cuarenta y Nueve Mil ($49.000.-), comprometiéndose a integrar el saldo de Pesos Ciento Cuarenta y Siete Mil ($147.000.-) en el término de dos años contados desde la presente resolución de prórroga y aumento de capital.- El resto de las cláusulas del contrato constitutivo quedan redactadas del modo en que fueran aprobadas e inscriptas en el Registro Público de Comercio.-

$ 60 370822 Oct. 23

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PELFOS S.R.L


MODIFICACIÓN DE OBJETO


Por disposición de la Secretaria del Registro Público de Comercio de Rosario, la firma PELFOS SRL por ante este Registro, Expediente N° 3.429, a efectos de la inscripción del contrato constitutivo que se firmara el día 18 de Julio de 2018 en la ciudad de Rosario, hace saber que se han introducido cambios en la redacción del Objeto Social, cuya cláusula quedará redactada de la siguiente manera:

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas, ganaderos y forestales.

$ 45 370798 Oct. 23

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MOLINOS FENIX S.A


EDICTO COMPLEMENTARIO


La Asamblea General Ordinaria se celebró el 20 de diciembre de 2017.

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OPERADORA RIBERA S.R.L.


CONTRATO


En cumplimiento del los dispuesto por el art. 10 de la ley 19550, y en cumplimiento de los dispuesto por el Registro Público de Comercio, decreto de fecha 28 de septiembre de 2018, se publica la constitución y redacción definitiva dél objeto social de la Sociedad de Responsabilidad Limitada Operadora Ribera S.R.L., cuyos socios son: Ezequiel Alejandro García, argentino, D.N.I.: 25.588.486; de 41 años de edad, estado civil soltero, con domicilio en calle Ayacucho 2005 piso 1 dpto. C de la ciudad de Rosario, de profesión empresario; Nicolás Martín Arceluz, argentino, DNI: 26.276.790, casado en primeras nupcias con Pamela Delicia Ayala, de 40 años de edad, con domicilio en calle San Lorenzo 2469 piso 7 dpto A de Rosario, de profesión empresario; Juan Martín Andrenacci, argentino, DNI: 25.900.936, de 40 años, casado en primeras nupcias con Carina Alejandra lesari, de profesión abogado, con domicilio en calle Italia 42 piso 13 de la ciudad de Rosario. La sociedad adquirirá el nombre de Operadora Ribera S.R.L. Fecha del instrumento de constitución 27 de septiembre de 2018. Con domicilio en Italia 42 piso 13 de la ciudad de Rosario, cuyo plazo de duración será de DIEZ AÑOS. La sociedad tiéne por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en establecimientos propios o ajenos, en cualquier parte de la República o del exterior, a las siguientes actividades: Adquirir franquicias comerciales de gastronomía para su explotación, administración y/o gerenciamiento. Explotación integral de servicios gastronómicos: restaurantes, lunch, fastfood; representaciones, concesiones. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no scan prohibidos por las leyes o por este contrato. La Administración se llevará a cabo por los socios gerentes, Ezequiel García, Nicolás Arceluz y Juan Martín Andrenacci; El capital social se establece en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000). La reprentación estará a cargo de los socios gerentes mencionados ut supra de forma INDIVIDUAL E INDISTINTA; El órgano de fisca1ización estará a cargo de todos sus socios y su fecha de cierre de ejercicio se establece para el 30 de junio de cada año.

$ 73 370903 Oct. 23

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