picture_as_pdf 2017-09-26

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente TILTEX S.R.L., con domicilio fiscal en calle Boulevard Rondeau N° 1283; de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe y al Sr. Boerio, Adolfo Pablo, D.N.I. N° 8.291.612, con domicilio particular en calle Córdoba N° 1799 Piso 2 ° Dpto. “A “de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Este último responsable solidario en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal Ley 3.456, t.o. Decreto 4481/14; inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-345458-6, CUIT N° 30-70991169-0, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 0403-9/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0923620-7 “TILTEX S.R.L.” Rosario, 24 de Mayo de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra la firma “TILTEX S.R.L.”, con domicilio fiscal en Boulevard Rondeau N° 1283 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta ante la Administración Provincial de Impuestos bajo cuenta N° 021-345458-6, CUIT N° 30-70991169-0 y Boerio, Adolfo Pablo, D.N.I. N° 8.291.612, con domicilio particular en calle Córdoba N° 1799 Piso 2 Dpto. “A “ (Rosario), en su carácter de Socio Gerente, responsable solidario, de conformidad a lo establecido en los artículos 26 inc. d) y 28 inc. a) del Código Fiscal en vigencia (Ley 3456 y modif. T.O. 2014), con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 01/2014 a 03/2016 inclusive para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, se efectúe por escrito el descargo pertinente y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 2° - Instruir sumario a los responsables citados en el artículo anterior, por las infracciones materiales prima facie cometidas por la contribuyente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los anticipos 01/2014 a 03/2016, derivadas de la omisión de impuesto (artículo 87 del Código Fiscal vigente -Ley 3456 y modif. T.O. 2014) y por Infracción a los deberes formales (artículos 77 y 78 del Código Fiscal vigente -Ley 3456 y modif., T.O. 2014) como consecuencia de la presentación fuera de término de la Declaración Jurada mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos anticipo 10/2014, falta de presentación de las Declaraciones Juradas mensuales de los anticipos 11/2014 a 03/2016, declaración jurada anual periodo fiscal 2014 y por el incumplimiento del Requerimiento publicado en B.O. en fecha 14 a 18/07/2016, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, para que en el termino de quince (15) días hábiles de notificada, se formule por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Hacer saber que, en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y realizarse el ingreso correspondiente con más los intereses resarcitorios, de acuerdo al saldo resultante que surge de la liquidación que consta en la Planilla Anexa que se adjunta y forma parte de la presente, presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco, limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I. Cabe hacer notar que en el caso de aceptarse la pretensión fiscal, podría gozarse de la reducción de sanción conforme a las previsiones y condiciones contenidas en el art. 92 del Código Fiscal vigente(Ley 3456 y modif., T.O. 2014).

ARTÍCULO 4°- Disponer que la contestación a la vista y el alegato de defensa y/u ofrecimiento de pruebas al sumario instruido deberán ser presentados en la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de la Administración Provincial de Impuestos, debiendo precederse de igual modo con relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán N° 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 5° Dejar constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal vigente (Ley 3456 y modif. T.O. 2014) que la presente Vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 6° -Notificar esta resolución y su Planilla Anexa (1 foja) a la firma “TILTEX S.R.L”, con domicilio fiscal en Bolevard Rondeau N° 1283 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. Boerio, Adolfo Pablo, D.N.I. N°8.291.612, con domicilio particular en calle Córdoba N°1799 Piso 2° Dpto. “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.


PLANILLA ANEXA RESOLUCIÓN NRO. 403-9/17


CONTRIBUYENTE TILTEX S.R.L.

DOMICILIO BOULEVARD RONDEAU 1283-ROSARIO

INSCRIPCIÓN 021-345458-6

EXPTE. 13302-0923620-7


IMPUESTO PERÍODOS IMPORTE

Impuesto s/I.B 2014/01 a 12 $ 209.588,92

Impuesto s/I.B. 2015/01 a 12 $ 322.915,14

Impuesto s/I.B. 2016/01 a 03 $ 87.730,51

TOTAL $ 620.234,57


Son Pesos: Seiscientos Veinte Mil Doscientos Treinta y Cuatro con 57/100


Lugar y fecha

Rosario, 24/05/2017


C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335450 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Sra. Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente OSORIO CARLA LORENA como contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos, empadronado bajo la cuenta Nº 021-330444-9, C.U.I.T. N° 27-29135823-9, con domicilio Fiscal en calle Mitre Nº 1296 de la localidad de Villa Gobernador Calvez, Provincia de Santa Fe, declarado en Quiebra mediante Expte. Judicial CUIJ 21-0286193-7 del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial 1ra. Nominación de Rosario,en la que fuera designada sindica la C.P.N Aparicio María del Pilar, con domicilio en calle Maipu 1525 P.B de la ciudad de Rosario,responsable en virtud del Art.26 Inc.c) Código Fiscal - (Ley 3456, según texto ley 13260, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y sus modif. t.o. 2014, la Resolución N° 375-3/17, dictada en autos caratulados Expediente Nro.13302-0938154-1 “OSORIO CARLA LORENA”

Rosario, 10 de Mayo de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Instruir Sumario a la contribuyente Osorio Carla Lorena como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos,empadronado bajo la cuenta N° 021-330444-9, C.U.I.T. Nº 27-29135823-9, con domicilio fiscal en calle Mitre 1296 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, declarado en Quiebra mediante Expte.Judicial CUIJ 21-02861943-7 del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Ira Nominación de Rosario, por presunta infracción a sus obligaciones fiscales.

ARTÍCULO 2° - Emplazar a la presunta infractora, para que dentro del plazo de 15 (quince) días a partir de la fecha de notificación, alegue por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas, que hacen a su derecho.

ARTÍCULO 3º - Cúrsese a la Dirección de Control Fiscal Interno a los efectos de su conocimiento, notificación a la contribuyente OSORIO CARLA LORENA con domicilio fiscal en calle Mitre 1296 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez y domicilio según edicto en calle 27 de Febrero s/n de la localidad de Pueblo Esther; a la Sindica CPN Aparicio Maria del Pilar con domicilio en calle Maipú 1525 P.B. de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe y demás efectos pertinentes.-

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335451 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Sra. Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente CITERONI OSVALDO EMILIO como contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos, empadronado bajo la cuenta Nº 121-015868-6, C.U.I.T. N° 20-06187782-8, con domicilio Fiscal en calle 19 N° 554 de la localidad de las Parejas, Provincia de Santa Fe, declarado en Quiebra mediante Expte. N° 185/14 del Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral 1ra. Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en la que fuera designada sindica la C.P.N Ferullo Patricia Susana, con domicilio en calle Moreno 79-0fl2 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, responsable en virtud del Art.26 hic.c) Código Fiscal - (Ley 3456, según texto ley 13,260 por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y sus modif. t.o. 2014, la Resolución N°1374-5/16, dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0934657-1 “CITERONI OSVALDO EMILIO”

Rosario, 15 de Diciembre de 2016.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Instruir Sumario al contribuyente CITERONI OSVALDO EMILIO como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, empadronado bajo la cuenta N° 121-015868-6, C.U.I.T. Nº 20-06187782-8 con domicilio fiscal en calle 19 N°554 de la localidad de Las Parejas, Provincia de Santa Fe, declarado en Quiebra mediante Expte. N° 185/14 del Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra Nominación del Distrito Judicial N°6 de Cañada de Gómez, por presunta infracción a sus obligaciones fiscales.

ARTÍCULO 2° - Emplazar al presunto infractor, para que dentro del plazo de 15(quince) días a partir de la fecha de notificación, alegue por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas, que hacen a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Cúrsese a la Dirección de Control Fiscal Interno a los efectos de su conocimiento, notificación al contribuyente Citeroni Osvaldo Emilio con domicilio fiscal en calle 19 N° 554 de la localidad de Las Parejas; a la Sindica CPN Ferullo Patricia Susana con domicilio en calle Moreno 79- Oficina 12 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe y demás efectos pertinentes.-

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335452 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. C.P.N. Director Daniel R. Vizueta y el Inspector C. P. Martín Ezequiel Elin, funcionarios de la Dirección de Fiscalización Nro.3 de la Administración Provincial de Impuestos Regional Rosario, se notifica a la Contribuyente TRUCK SECURITY S.R.L, con domicilio fiscal en Pasaje Gordillo Nro.3647 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 921-717322-8, CUIT Nº 30-70950994-9, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Notificación de Orden de Intervención de fojas Nro. 105 adjuntas en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0950080-3, “TRUCK SECURITY S.R.L.”

Carlos SIMONATO GUEVARA C.P.N. Daniel R. VIZUETA

INSPECTOR DIRECTOR

DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN NRO. 3

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


NOTIFICACIÓN DE PRE-VISTA


Razón Social: TRUCK SECURITY S.R.L.

Domicilio: PJE. GORDILLO 3647 - ROSARIO - SANTA FE.

N° Cuenta Ingresos Brutos: 921-717322-8 C.U.I.T. 30-70950994-9

Para verificar el cumplimiento dado a las leyes de gravámenes cuya recaudación está a cargo de esta Administración Provincial de Impuestos, en fecha 07/04/2017 se notificó la emisión de una Orden de Intervención, mediante Expediente N° 13302-0950080-3 de cuyas actuaciones surgen diferencias a favor del Fisco Provincial, según consta en 1 (una) hoja de trabajo adjunta a la presente - Planilla de Ajustes determinados por la inspección (Planilla A).

Por lo tanto, se notifica que dentro del plazo de quince (15) días de recibida la presente, proceda a ratificar o rectificar el Ajuste de Inspección por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 02/2017.

En caso de ratificar la hoja de trabajo, deberá presentar las Declaraciones Juradas rectificativas de dicho Impuesto, según Planilla de Ajustes determinadas por la Inspección (Planilla A) e ingresar los saldos resultantes, con más los intereses resarcitorios correspondientes, según Cuadro de diferencias detectadas y Multas (Planilla B).

Asimismo, deberá ingresar la Multa por Omisión prevista en el Art. 87 del Código Fiscal vigente y la Multa por Infracción a los Deberes Formales prevista en los Arts. 77 y 78 del mencionado texto legal y RG 05/2015, tomando en consideración el incumplimiento de los requerimientos de fecha 07/04/2017 y 26/05/2017 y la presentación extemporánea de las DDJJ mensuales de ISIB anticipos 01 a 11/2013, la falta de presentación de las DDJJ mensuales de ISIB anticipos 12/2013 a 02/2017, y la no presentación de las DDJJ anuales correspondiente a los años 2013,2014 y 2015, según se detalla en Cuadro de Diferencias detectadas y Multas (Planilla B) adjunto a la presente. Se le hace saber de la reducción de las sanciones previstas en el art. 92, 1° párrafo del Código Fiscal Vigente (Ley 3.456 t.o. Decreto Nº 4481/14),las que se encuentran volcadas en las columnas identificadas como Monto reducido de multa, en el citado cuadro.

En caso de no ratificar la hoja de trabajo adjunta, se solicita aporte la documentación respaldatoria de ello, haciéndole saber que, de no obtenerse respuesta en el plazo estipulado, se iniciará el trámite de Determinación de Oficio establecido por los artículos 67 y siguientes del Código Fiscal vigente (Ley 3.456 t.o. Decreto Nº4481/14) debiendo dirigirse a esta Dirección para cualquier consulta.

DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN EXTERNA Nº 3 - TUCUMÁN 1853 1° PISO- ROSARIO.

ROSARIO, 14 DE JULIO DE 2017.


Recibido por (firma):

Aclaración:

DNI:

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335454 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente BORDES, GUSTAVO MIGUEL, con domicilio fiscal en calle Catamarca Nro. 1861, Piso 3 Dpto B, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-225313-5, CUIT N° 23-08316504-9, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014),la Resolución Nro. 462-2/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0913585-0, “BORDES, GUSTAVO MIGUEL”

Rosario, 19 de Junio de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones al contribuyente BORDES GUSTAVO MIGUEL con domicilio fiscal en calle Catamarca N° 1861 Piso 3 Dto. B de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe, inscripta en este organismo bajo la cuenta N° 021-225313-5 CUIT N° 23-08316504-9, en relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 08 a 12 de 2013,01 a 11 de 2014 y 04 a 09 de 2015 inclusive, para que en el término de Quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, conforme la determinación practicada o formule su descargo por escrito y ofrezca o presente las pruebas que haga a su derecho, con relación a los cargos que se detallan en la presente y cuya determinación se expone en Planilla Anexa.

ARTÍCULO 2° - Instruir Sumario de las actuaciones al responsable citado en el artículo 1° de la presente, por la infracción prima facie cometida en el Impuesto sobre los ingresos brutos por los anticipos 08 a 12 de 2013, 01 a 11 de 2014 y 04 a 09 de 2015, derivada de la omisión de impuestos, conforme se expusiera en los considerandos y en virtud de sus obligaciones según el art. 87 del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y Modificatorias) y por infracción a los deberes formales por la falta de presentación en término de DDJJ anuales 2014 y 2015 y anticipos mensuales 2014: 08a 12, y 2015: 01 a 09; por falta de modificación del domicilio fiscal, y por incumplimiento de requerimiento, conforme a lo previsto en el artículo 77 y 78 del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y modificatorias) y de resoluciones 021/14 y 005/15.) para que en el término de Quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, conforme la determinación practicada o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Hacer saber al responsable que en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas mediante los mecanismos habilitados a tal efecto, de acuerdo a la determinación que consta en la Planilla Anexa, que se adjunta y forma parte de la presente, presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para el responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresar el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la División Control de Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de la A.P.I., cabe hacer notar que en caso de aceptarse la pretensión fiscal, podría gozarse de la reducción de la sanción conforme a las previsiones y condiciones contenidas en el art. 92 del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y Modificatorias).

ARTÍCULO 4° - Disponer que la contestación a la vista y sumario instruido deberá ser presentada en la División Control de la Dirección de Planificación,Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de la A.P.I., debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 5° - Dejar expresa constancia a los efectos dispuestos en el art. 67 del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y Modificatorias) que la presente vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales se hace mención y en la medida que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 6° - Notificar esta Vista y su planilla Anexa (4 fojas) al contribuyente BORDES GUSTAVO M.A. , con domicilio fiscal ante esta Administración en calle Catamarca Nº 1861 Piso 3 Dto. B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y en el domicilio de calle Malabia Nº 134 Bis, de la misma localidad.

S/C 335455 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente AUTOMÓVILES DIOR S.R.L., con domicilio fiscal en calle Avenida San Lorenzo Nro. 99 de la localidad de Capitán Bermudez, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta N° 091-039542-9, CUIT N° 30-70980750-8 y al Sr. al Sr. PONCINI, DIEGO LEONARDO en el domicilio de calle Rivadavia N° 128 de la localidad de Capitán Bermudez y a la Sindica de la Quiebra C.P.N. PAVÍA,SILVIA ANA, en el domicilio legal de calle Paraguay N°777 Piso 9° de la ciudad de Rosario, ambos domicilios de la Provincia de Santa Fe; por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la (Ley 3456 y modificatorias- t.o. Decreto N° 4481/14), la Resolución N° 391-1/17, dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0916394-5 y Agreg. “AUTOMOTORES DIOR S.R.L.”

Rosario, 23 de Mayo de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la contribuyente AUTOMÓVILES DIOR S.R.L., con domicilio fiscal en Avenida San Lorenzo N° 99, de la localidad de Capitán Bermudez, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta N° 091-039542-9, C.U.I.T. N° 30-70980750-8 y por los anticipos 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 04, 06 y 08 a 12/2013,01, 03 a 05 y 08 a 12/2014 y 01 a 11/2015 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 744-5/16 a AUTOMÓVILES DIOR S.R.L. con domicilio fiscal en Avenida San Lorenzo N° 99, de la localidad de Capitán Bermudez, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta N° 091-039542-9, C.U.I.T. N° 30-70980750-8 y al Sr. PONCINI, DIEGO LEONARDO, D.N.I. N° 22.438.711.-, con domicilio en calle Rivadavia N°128 de la localidad de Capitán Bermudez, Provincia de Santa Fe por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 3°: Aplicar a la contribuyente AUTOMÓVILES DIOR S.R.L. las penalidades previstas en el Artículos 78 y 87 del Código Fiscal y Resolución General N° 20/14 y N° 05/15, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir a AUTOMÓVILES DIOR S.R.L. con domicilio fiscal en Avenida San Lorenzo N° 99 de la localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 091-039542-9, C.U.I.T. N° 30-70980750-8, el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta, formando parte de la presente Resolución y según conceptos detallados en los artículos anteriores, y ante la imposibilidad de pago dada su situación falencial; hacer efectivo el apercibimiento previsto en el art. 28 inc. a) Código Fiscal, respecto del responsable solidario Sr. PONCINI, DIEGO LEONARDO, D.N.I. 22.438.711, por los conceptos y períodos determinados en los artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado,la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal.

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 del Código Fiscal, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modif.), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a AUTOMOTORES DIOR S.R.L., en su domicilio fiscal de Avenida San Lorenzo N°99, de la localidad de Capitán Bermúdez, al Sr. PONCINI,DIEGO LEONARDO en el domicilio de calle Rivadavia N°128 de la localidad de Capitán Bermúdez y a la Sindica de la Quiebra C.P.N. PAVÍA, SILVIA ANA, en el domicilio legal de calle Paraguay N° 777 Piso 9° de la ciudad de Rosario, todos de la Provincia de Santa Fe.

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335456 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente. GERIATRICO EL JARDÍN S.R.L., con domicilio fiscal en calle Mendoza Nro. 3547 de la ciudad de Rosario y los Socios Gerentes Sr. EXPÓSITO, HÉCTOR RUBÉN en el domicilio de calle Mitre 267 Piso 9° Dto. “B”, a la Sra. FAICHT, LILIANA en el domicilio de calle Juan Manuel de Rosas 1484 Piso 6° Dto. “A”, al Sr. MASCALI, CARLOS ALBERTO en el domicilio de calle Mitre 267 Piso 9° Dto. “B” y a la Sra. CROCETTI, ALICIA OLGA, en el domicilio de calle Mitre 1326 Piso 8° Dto. “A”, todos de la ciudad de Rosario, todos ellos de la Provincia de Santa Fe, inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Nº 021-221249-3, CUIT N° 30-64774316-8, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro, 348-9/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0921713-2, “GERIATRICO EL JARDÍN S.R.L.”

Rosario, 08 de Mayo de 2017.-

V I S T O:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

RTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Resolución Nº 1425-2/2016 a la firma GERIATRICO EL JARDÍN S.R.L., con domicilio fiscal en calle Mendoza 3547 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-221249-3, C.U.I.T. N° 30-64774316-8 y al Sr. Sr. HÉCTOR RUBÉN EXPÓSITO, D.N.I. N° 12.522.305.-desde 14/10/2010 a 17/03/2011, Sra. LILIANA VICTORIA FAICHT, D.N.I. N° 5.988.468.- desde 17/03/2011 hasta el 30/04/2014, Sr. CARLOS ALBERTO MASCALI, D.N.I. Nº 12.381.498.- desde 17/03/2011 hasta el 30/04/2014 y Sra. ALICIA OLGA CROCETTI, D.N.I. N° 4.953.192.- desde el 17/03/2011 hasta la actualidad, en carácter de Socios Gerentes, por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 2°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la firma GERIATRICO EL JARDÍN S.R.L. con domicilio fiscal en calle Mendoza 3547 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-221249-3, C.U.I.T. N° 30-64774316-8 por los anticipos 01/2011 a 02/2016 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal - Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Aplicar a la firma GERIATRICO EL JARDÍN S.R.L. las penalidades previstas en los Artículos 77,78 y 87 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) y Resoluciones Generales N° 020/14 y 05/15, según. Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir a la firma GERIATRICO EL JARDÍN S.R.L., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Art. 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), respecto de los Socios responsables Sr. HÉCTOR RUBÉN EXPÓSITO desde 14/10/2010 a 17/03/2011, Sra. LILIANA VICTORIA FAICHT desde 17/03/2011 hasta el 30/04/2014, Sr. CARLOS ALBERTO MASCALI desde 17/03/2011 hasta el 30/04/2014 y Sra. ALICIA OLGA CROCETTI desde el 17/03/2011 hasta la actualidad, por los conceptos y períodos determinados en los Arts. 1°, 2° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 3°de la presente; se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071,le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014),todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención ai público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la firma GERIATRICO EL JARDIN S.R.L. en el domicilio fiscal en calle Mendoza 3547 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. EXPOSITO, HECTOR RUBEN en el domicilio de calle Mitre 267 Piso 9° Dto. “B”, a la Sra. FAICHT, LILIANA en el domicilio de calle Juan Manuel de Rosas 1484 Piso 6° Dto. “A”, al Sr. MASCALI, CARLOS ALBERTO en el domicilio de calle Mitre 267 Piso 9° Dto. “B” y a la Sra. CROCETTI, ALICIA OLGA, en el domicilio de calle Mitre 1326 Piso 8° Dto. “A”, todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335457 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente Sra. ELBA BEATRIZ FORNES, D.N.I. N° 13.919.939.-, con domicilio fiscal en calle Ovidio Lagos N° 183 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta N° 111-012951-5, C.U.I.T. Nº 27-13919939-7, y a la Síndica del Concurso C.P.N. Raquel Liliana Furman en el domicilio de calle Moreno 79 Oficina 12 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 436-7/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0910722-6, “ELBA BEATRIZ FORNES” Rosario, 07 de Junio de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la contribuyente Sra. ELBA BEATRIZ FORNES, D.N.I. N° 13.919.939.-, con domicilio fiscal en calle Ovidio Lagos N° 183 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta N° 111-012951-5, C.U.I.T. N° 27-13919939-7 por los anticipos 02 a 12/2011, 01 a 04, 06 a 12/2012, 01 a 12/2013, 01 a 12/2014 y 01 a 03/2015 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 633-6/16 a la contribuyente Sra. ELBA BEATRIZ FORNES, D.N.I. N° 13.919.939.-, con domicilio fiscal en calle Ovidio Lagos N° 183 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta N° 111-012951-5, C.U.I.T. N° 27-13919939-7 por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 3°: Aplicar a la contribuyente Sra. ELBA BEATRIZ FORNES, D.N.I. N° 13.919.939.- las penalidades previstas en el Artículo 87 del Código Fiscal - (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) y Resolución General N° 20/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir al Sra. ELBA BEATRIZ FORNES, D.N.I. Nº 13.919.939.- el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término, por los conceptos y períodos determinados en los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el articulo 67 (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la contribuyente ELBA BEATRIZ FORNES en el domicilio fiscal de calle Ovidio Lagos N°183 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe y a la Sindica del Concurso C.P.N. Raquel Liliana Furman en el domicilio de calle Moreno 79 Oficina 12 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe.

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335443 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente MAURO EZEQUIEL IBARRA, D.N.I. Nº 26.993.909.-, con domicilio fiscal en calle San Martín 891 de la localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta Nº 091-043720-6, C.U.I.T. N° 20-26993909-6 y domicilio legal y comercial en calle Catamarca Nro. 299, de la localidad de Capitán Bermúdez, Pcia. de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif.(Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 433-0/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0873848-1,”MAURO EZEQUIEL IBARRA”

Rosario, 07 de Junio de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados al contribuyente MAURO EZEQUIEL IBARRA, D.N.I. Nº 26.993.909.-, con domicilio fiscal en calle San Martín 891 de la localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 091-043720-6, C.U.I.T. N° 20-26993909-6 por los anticipos 08,10 y 11/2012,01 a 04 y 11 y 12/2013,01,02,04 a 06/2014 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista Nº 743-6/16, al contribuyente MAURO EZEQUIEL IBARRA, D.N.I. N° 26.993.909.-, con domicilio fiscal en calle San Martín 891 de la localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe,inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 091-043720-6, C.U.I.T. N° 20-26993909-6 por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 3°: Aplicar al contribuyente MAURO EZEQUIEL IBARRA, D.N.I.N°26.993.909.-,las penalidades previstas en el Artículos 77,78 y 87 del Código Fiscal y Resoluciones Generales N° 20/14 y N° 21/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir al Sr. MAURO EZEQUIEL IBARRA, D.N.l. N° 26.993.909.-, con domicilio fiscal en calle San Martín 891 de la localidad de Capitán Bermúdez,Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 091-043720-6,C.U.I.T. Nº 20-26993909-6, dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el art. 99 del Código Fiscal (T.O. 2014) el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta, formando parte de la presente Resolución y según conceptos detallados en los artículos anteriores.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que,en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado,la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal T.O.2014, y que asimismo se deja expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 del Código Fiscal T.O. 2014, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 6°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (t.o. 2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente y que a tales efectos las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 6°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa al contribuyente MAURO EZEQUIEL IBARRA, en el domicilio fiscal de calle San Martín 891 y en el domicilio legal y comercial de calle Catamarca 299, todos de la localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe.-

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335444 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente GUAMA S.R.L., con domicilio fiscal en calle Ayacucho N° 5660 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 021-397109-8, C.U.I.T. N° 30-71254969-2, a la Sra. DEBORA GUADALUPE VICENTE, D.N.I. Nº 35.641.156.-, con domicilio en calle Hilarión de la Quintana 571 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. OMAR MAURO VICENTE, D.N.I. Nº 32.287.627.-,-con domicilio en calle Hilarión de la Quintana 571 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ambos en carácter de Socios Gerentes; por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la (Ley 3456 y modificatorias- t.o. Decreto N° 4481/14), la Resolución N° 668-2/17, dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0897180-2 “GUAMA S.R.L.” Rosario, 11 de Agosto de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Resolución N° 761-2/2016 a la firma GUAMA S.R.L.,con domicilio fiscal en calle Ayacucho N°5660 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-397109-8, C.U.I.T. N°30-71254969-2, a la Sra. DEBORA GUADALUPE VICENTE, D.N.I. N° 35.641.156.-, con domicilio en calle Hilarión de la Quintana 571 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. OMAR MAURO VICENTE, D.N.I. N° 32.287.627.-, con domicilio en calle Hilarión de la Quintana 571 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ambos en carácter de Socios Gerentes, por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 2°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la firma GUAMA S.R.L. con domicilio fiscal en calle Ayacucho N° 5660 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-397109-8, C.U.I.T. N° 30-71254969-2 por los anticipos 12/2012; 01 a 04, 06, 08, 09, 12/2013; 03, 06, 09 a 12/2014 y 01, 02/2015 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal - Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Aplicar a la firma GUAMA S.R.L. las penalidades previstas en el Articulo 87 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) y Resolución General N° 020/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir a la firma GUAMA S.R.L., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Art. 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto No 4481/2014), respecto de los Socios responsables Sra. DEBORA GUADALUPE VICENTE y Sr. OMAR MAURO VICENTE por los conceptos y períodos determinados en los Arts. 1°, 2° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que; en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 3° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014).

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la firma GUAMA S.R.L. en el domicilio fiscal de calle Ayacucho 5660, a la Sra. DEBORA GUADALUPE VICENTE, en el domicilio de Hilarión de la Quintana 571 y al Sr. RODRÍGUEZ WALTER SANTIAGO, en el domicilio de calle Hilarión de la Quintana 571, todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335445 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente GLOBAL BIZ S.R.L., con domicilio fiscal en calle Mitre Nº 846, Piso 2, Oficina 1-2-3, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y el Sr. GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA, D.N.I. Nº 21.044.807.-, en su carácter de Socio Gerente, con domicilio real en Juan Manuel de Rosas 2269 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. JULIÁN ESTEBAN PABON, D.N.I. No 23.578.076.- en su carácter de Socio Gerente, con domicilio en calle Juan Manuel de Rosas 2269 de la ciudad Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta Nº 021-348008-2, C.U.I.T. Nº 30-71002993-4, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014),la Resolución Nro. 574-0/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0881168-1, “GLOBAL BIZ S.R.L.”

Rosario, 21 de Julio de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la contribuyente GLOBAL BIZ S.R.L. con domicilio fiscal en calle Mitre 846, Piso 2°, Oficina 1-2-3, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA, D.N.I. N° 21.044.807.-, en su carácter de Socio Gerente, con domicilio real en Juan Manuel de Rosas 2269 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. JULIÁN ESTEBAN PABON, D.N.I.Nº 23.578.076.- en su carácter de Socio Gerente, con domicilio en calle Juan Manuel de Rosas 2269 de la ciudad Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta N° 021-348008-2, C.U.I.T. N° 30-71002993-4 por los anticipos 03 y 04/2012 e intereses previstos en el art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014 según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista Nº 803-1/16 a la firma GLOBAL BIZ S.R.L., con domicilio fiscal en calle Mitre 846, Piso 2°, Oficina 1-2-3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA, D.N.I. Nº 21.044.807.-, en su carácter de Socio Gerente, con domicilio real en Juan Manuel de Rosas 2269 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. JULIÁN ESTEBAN PABON, D.N.I. N° 23.578.076.- en su carácter de Socio Gerente, con domicilio en calle Juan Manuel de Rosas 2269 de la ciudad Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta N° 021-348008-2, C.U.I.T. N° 30-71002993-4 y aplicar las penalidades previstas en el Art. 87 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) y Resolución General N° 020/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Requerir a la firma GLOBAL BIZ S.R.L., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Art. 28 inc. d) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), respecto de los Socios responsables Sr. GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA, D.N.I. N° 21.044.807.- y JULIÁN ESTEBAN PABON, D.N.I. N° 23.578.076.-, por los conceptos y períodos determinados en los Arts. 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal T.O. 2014.

ARTÍCULO 5°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 del Código Fiscal T.O. 2014, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 6°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (t.o. 2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 8°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la firma GLOBAL BIZ S.R.L., con domicilio fiscal en calle Mitre 846, Piso 2°, Oficina 1-2-3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA en el domicilio real Juan Manuel de Rosas 2269 y al Sr. JULIÁN ESTEBAN PABON con domicilio real en calle Juan Manuel de Rosas 2269, ambos de la ciudad Rosario, Provincia de Santa Fe.

S/C 335446 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente SEBASTIAN DANTE SOLOHAGA, con domicilio fiscal en calle San Luis Nro. 533 Piso 5 Dpto B, y en el domicilio de Pasaje Madrid Nro. 451 ambos de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa. Fe, que se encuentra inscripto ante el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Cuenta Nº 021-342607-5, CUIT N° 20-25979936-9, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus.efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 663-7/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0896507-4, “SEBASTIAN DANTE SOLOHAGA”

Rosario, 11 de Agosto de 2017.-

V I S T O:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados al Sr. SEBASTIAN DANTE SOLOHAGA, D.N.I. Nº 25.979.936.-, con domicilio fiscal en calle San Luis 533, Piso 5°, Departamento “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 021-342607-5, C.U.I.T. N° 20-25979936-9 por anticipos 01/2013 a 12/2014 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 162-3/16 al Sr. SEBASTIAN DANTE SOLOHAGA, D.N.I. N° 25.979.936.-, con domicilio fiscal en calle San Luis 533, Piso 5° “B” de la ciudad de Rosario,Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 021-342607-5, C.U.I.T. N° 20-25979936-9 y aplicar las penalidades previstas en los Artículos 77 y 87 del Código Fiscal - T.O. 2014 y Resoluciones Generales N° 020/14 y 05/15, según Planilla Anexa que- se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Requerir al Sr. SEBASTIAN DANTE SOLOHAGA, D.N.I. N° 25.979.936.- dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el art. 98 Código Fiscal vigente - Ley 3456 el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta, formando parte de la presente Resolución y según conceptos detallados en los articules anteriores, sin perjuicio de la actualización correspondiente por faltta de pago en término, por lo conceptos y períodos determinados en los arts. 1 y 2 de la presente.

ARTÍCULO 4°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87 del Código Fiscal, conforme lo prevé el art. 92 del mismo.

ARTÍCULO 5°: Dejar expresa constancia que a los fines disppuestos por el artículo 66 de Código Fiscal T.O. 2014, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 6°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial Nº12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (T.O. 2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 8°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa al Sr. SEBASTIAN DANTE SOLOHAGA, D.N.I. N° 25.979.936.-, en el domicilio fiscal de calle San Luis 533, Piso 5° “B” de la ciudad de Rosario y en el domicilio de Pasaje Madrid 451, de la ciudad de Rosario, ambos de la Provincia de Santa Fe.-

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335447 Sep. 26 Sep. 28

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente CTD S.R.L., con domicilio fiscal en Boulevar Oroño Nro. 65 Piso 4 Oficina B de la localidad de Rosario, y al Socio Gerente Señor Sr. GUILLERMO ALEJANDRO LIMA, en el domicilio real de calle San Lorenzo N° 1049 Piso 9° Departamento “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sindicatura de la Quiebra C.P.N. LILIANA TONIOLI, C.P.N. CARLOS ALBERTO ARROYO y C.P.N LILIANA NOEMÍ AVALLE en el domicilio de calle Micheletti 8073 de la ciudad de Rosario, todos ellos de la Provincia de Santa Fe, inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 921-756817-1, CUIT N° 30-69534726-6, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 432-1/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0904324-2, “CTD S.R.L.”

Rosario, 07 de Junio de 2017.-

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 1407-6/2015 a la firma CTD S.R.L., con domicilio fiscal en Boulevard Oroño Nº 65 Piso 4° Oficina “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 921-756817-1, C.U.I.T. N° 30-69534726-6 y al Sr. GUILLERMO ALEJANDRO LIMA, D.N.I. Nº 16.865.160.-, con domicilio en calle San Lorenzo N° 1049 Piso 9° Departamento “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe en carácter de Socio Gerente, por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 2°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la firma CTD S.R.L., con domicilio fiscal en Boulevard Oroño N° 65 Piso 4° Oficina “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo bajo Cuenta de Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 921-756817-1, C.U.I.T. N° 30-69534726-6 por los anticipos 01 a 12/2010, 01 a 12/2011,01 a 12/2012, 01 a 12/2013,01 a 07, 09 a 12/2014 y 01 a 03, 05 y 06/2015 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal - Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Aplicar a la firma CTD S.R.L. las penalidades previstas en el Art. 87 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) y Resolución General N° 020/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir a la firma CTD S.R.L., el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Art. 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), respecto del Socio Gerente Sr. GUILLERMO ALEJANDRO LIMA por los conceptos y períodos determinados en los-Arts. 1°, 2° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 3° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la firma CTD S.R.L. en el domicilio fiscal de Boulevard Oroño N° 65 Piso 4° Oficina “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. GUILLERMO ALEJANDRO LIMA, en el domicilio real de calle San Lorenzo N° 1049 Piso 9° Departamento “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sindicatura de la Quiebra C.P.N. LILIANA TONIOLI, C.P.N. CARLOS ALBERTO ARROYO y C.P.N LILIANA NOEMÍ AVALLE en el domicilio de calle Micheletti 8073 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. Daniela BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 335448 Sep. 26 Sep. 28

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EMPRESA PROVINCIAL DE

LA ENERGÍA


CONCURSO PÚBLICO DE

PRECIOS Nº 10.630


Objeto: Contratación en alquiler de un vehículo tipo Pick Up, doble cabina, modelo 2007 en adelante, por 1500 hs. y 18.000 kms., prestará servicio en Guardia Reclamos E.P.E. en la Localidad de Sauce Viejo y zonas aledañas.

Apertura de Propuestas: día 11/10/17 Hora: 10,00

Consultas Técnicas a: Movilidad y Transporte E.P.E. Tacuarí 6151 Santa Fe

Entrega de Pliegos e Informes: Empresa Provincial de la Energía Primera Junta 2558 1er. Piso of. 4 Santa Fe Tel. 0342-4505849.

S/C 20525 Sep. 26 Sep. 28

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CONCURSO DE PRECIOS


Objeto: Alquiler de un inmueble para oficinas comerciales y operativas, el cual debe reunir como mínimo, las siguientes características:

Ubicación: En la ciudad de San José Del Rincón, en un radio comprendido entre los Kms 5 y 6 sobre la Ruta Prov. Nº 1 o dentro del radio comercial de la Ciudad

Descripción: Terreno de aproximadamente 100 m2. Debe contar: Salón Comercial con Oficina sectorizada. Grupo sanitario para damas y caballeros y office de Servicio. Deberá contar con un ingreso vehicular propio para guardar como mínimo y un movilidad tipo Pick-Up. Todo en buen estado de conservación y mantenimiento.

Apertura de Propuestas: 11-10-2017 Hora: 12,00

Entrega de Pliegos: Empresa Provincial de la Energía Primera Junta 2558 - Piso 1- Of.7

Tel: (0342)4505856 - 4505842 - Santa Fe

Consultas e Informes: Unidad de Trabajo Administración - Bv. Pellegrini 2626 - Piso 1

Tel. (0342) 4505676 - 4505620.

S/C 20522 Sep. 26 Sep. 28

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N° 0043


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

21 SEP 2017

VISTO:

El expediente N° 02001-0034740-1 del Registro del Sistema de Información de expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación de un Centro de Mediación en la ciudad de Rafaela;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1747/2011 se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación;

Que, mediante Disposición N° 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a la habilitación de oficinas y centros de mediación;

Que, los artículos 3°, 4°, 5° y 7° de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de croquis de arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada-;

Que, el articulo 6° establece que: "... el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial...la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición ";

Que, la Señora Erika Varale, abogada, mediadora, presenta ante la Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas a Mediación de un Centro de Mediación ubicadas en Rivadavia N° 61 de la ciudad de Rafaela;

Que, consigna que será la responsable del nuevo centro, adjuntando además el listado de Mediadores que oportunamente trabajarán en dicho centro, el croquis del mismo, declaraciones juradas y constitución de domicilio;

Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición N° 0063/2011 para su habilitación;

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional aprobada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto Nº 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN

LEGAL Y DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Habilítense las instalaciones destinadas al Centro de Mediación

"MEDIATIO", ubicadas en Rivadavia N° 61 de la localidad de Rafaela de la provincia de

Santa Fe y expídase el correspondiente Certificado de Habilitación Nº 0072.-

ARTÍCULO 2°: Establécese que la habilitación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la Disposición N° 0063/2011 - DPDSCI- o la norma vigente en la materia.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese yarchívese.-

Dr. Leandro Maiarota

Secretario de Coord. Legal y de Pol. Judiciales

S/C 20543 Set. 26 Set. 28

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RESOLUCIÓN N° 0044


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

21 SEP 2017

VISTO:

El expediente N° 02001-0033984-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se tramita la inscripción y matriculación de postulantes en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe, pertenecientes al Nodo Rosario, año 2017; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Nº 1747/11, modificado por Decreto N° 4688/14, se reglamenta la Ley Nº 13.151 de Mediación;

Que, por Disposición N° 0001/17 de la Secretaría de Coordinación Legal y de Políticas Judiciales se convoca a la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe para los Nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista, estableciendo asimismo el procedimiento a tal fin;

Que, los postulantes que se detallan en el Anexo Único que forma parte de la presente, solicitan su inscripción en el sitio web www.santafe.gov.ar/mediación y presentan toda documentación requerida en la Agencia de Gestión de Mediación - perteneciente a sus domicilios- para su inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe, en carácter de Mediadores y Comediadores, en las distintas Sedes de Mediación, comprendidas en los respectivos Nodos;

Que, asimismo constituyen domicilio a fin de realizar las mediaciones en Oficinas de Mediación o en Centros de Mediación, habilitados a tal fin por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales;

Que, los peticionantes han cumplido, de acuerdo a los informes de los estamentos de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales, con los requisitos exigidos por la Ley N° 13.151, Anexo I del Decreto N° 1747/11, modificado por Decreto N° 4688/14, Resolución N° 0413/11 Y Resolución Nº 0001/17;

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto N° 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN LEGAL Y

DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Inscríbase a los MEDIADORES Y COMEDIADORES en el Registro de

Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe, bajo lo números de matrícula y en las sedes de mediación que se detallan en el ANEXO UNICO y que forma parte de la presente, a los efectos de lo dispuesto en la Ley N° 13.151 y la normativa vigente en la materia.-

ARTICULO 2º: Otórgueseles a los mismos las credenciales correspondientes y agréguese la documentación presentada al legajo personal de cada matriculado.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Dr. Leandro Maiarota

Secretario de Coord. Legal y de Pol. Judiciales


ANEXO UNICO


- ANTELA, José Luis, DNI 21.651.221, Matrícula N° 1532, Sede Villa Constitución.

- AUCIELLO, Andrea Paola, DNI 24.720.598, Matrícula N° 1533, Sede Rosario.

- AZURMENDI, María Silvina, DNI 16.719.469, Matrícula N° 1534, Sede Rosario.

- BASSO, Marta Elena, DNI 5.819.839, Matrícula N° 1590, Sede Rosario.

- BAUDINO, María Florencia, DNI 26.073.779, Matrícula N° 1535, Sede Rosario.

- BENEDETTO, Mariela Paula, DNI 30.379.732, Matricula N° 1536, Sede Rosario.

- BOMON, Julia Andrea, DNI 32.658.045, Matrícula N° 1537, Sede Rosario.

- CANTONI, Paula María de Luján, DNI 32.988.816, Matrícula N° 1538, Sede

Rosario y Villa Constitución.

- COLODIO, Ana Beatríz, DNI 10.636.004, Matrícula N° 1539, Sede Rosario.

- CONTESTI, Orlando Emilio, DNI 25.171.416, Matrícula N° 1540, Sede Rosario.

- CRESPO, Nadia, DNI 32.218.951, Matrícula N° 1541, Sede Rosario.

- CRISTIANI, Gina Anabel. DNI 34.855.501, Matrícula N° 1542, Sede Rosario y

Casilda.

- DEANGELlLLO, Raúl Eduardo, DNI13.653.408, Matrícula N° 1543, Sede

Rosario.

- DIMARCO, Mariel Lucrecia, DNI 31.540.529, Matrícula N° 1544, Sede Rosario.

- DONNOLA, Ivana Paola, DNI 29.930.904, Matrícula N° 1545, Sede Rosario y

Villa Gobernador Gálvez.

- DUBRA, Noelia, DNI 29.616.341, Matrícula N° 1546, Sede Rosario.

- FIORDELMONDO, Ana Belén, DNI 29.918.865, Matrícula N° 1547, Sede

Rosario, Venado Tuerto, Melincué y Firmat.

- FLORES, Eduardo Ramón Jesús, DNI 10.409.757, Matrícula N° 1548, Sede

Rosario.

- GALANTE, María Noel, DNI 31.787.148, Matrícula N° 1549, Sede Rosario.

- GAUNA, Jesús Martín, DNI 30.484.421, Matrícula N° 1550, Sede Rosario.

- GENACCIO, Mariana Lía, DNI 29.509.531, Matrícula N° 1551, Sede Rosario.

- GIALLORENZI, María Celina, DNI 30.753.754, Matrícula N° 1552, Sede Rosario.

- GRIMALDI, Natalia Romina, DNI 29.221.630, Matrícula N° 1574, Sede Rosario

- ITURRASPE, María Bernardita, DNI 26.550.907, Matrícula N° 1553, Sede

Rosario.

- LAMBERTUCCI, Leandro Carlos, DNI 22.652.955, Matrícula N° 1554, Sede Villa

Constitución.

- MARZETTI, Melina María, DNI 31.386.664, Matricula N° 1555, Sede Rosario y

Casilda.

- MIGLlETTA, Marisa, DNI 18.563.973, Matrícula N° 1556, Sede Rosario.

- MONCLUS, Flavia Guadalupe, DNI 28.012.043, Matrícula N° 1557, Sede Rosario

y Casilda.

- MORESSI, José Luis, DNI 24.844.944, Matrícula N° 1558, Sede Melincué,

Firmat, Venado Tuerto y Villa Constitución.

- MUÑOZ, María Florencia, DNI 31.535.222, Matrícula N° 1465, Sede Rosario.

- NARDONI, Laura Lucía Mariel, DNI 17.424.891, Matrícula N° 1559, Sede

Rosario.

- ORREGO, Ramón Oscar, DNI 22.040.544, Matrícula N° 1560, Sede Rosario.

- OYARZABAL, Paola Elisabet, DNI 27.705.808, Matrícula N° 1561, Sede Rosario.

- PELLEGRINI PERFUMO, Nicolás Ignacio, DNI 30.630.668, Matrícula N° 1562,

Sede Rosario.

- PIGNANI, Hugo Carlos, DNI 14.206.453, Matrícula N° 1591, Sede Rosario.

- PILOT, Diana Elena, DNI 17.462.105, Matrícula N° 1563, Sede Rosario.

- PIQUETTI, Germán Leonel, DNI 33.868.956, Matrícula N° 1564, Sede Rosario.

- RUIZ, María Eugenia, DNI 30.381.697, Matrícula N° 1565, Sede Rosario.

- SANTILLAN, María Paula, DNI 31.951.598, Matrícula N° 1573, Sede Rosario.

- SEIGNEUR, Eliana Gisel, DNI 33.807.513, Matrícula N° 1566, Sede Rosario.

- SOTELO, Andrea Mara, DNI 28.807.284, Matrícula N° 1567, Sede Rosario.

- SPITALE, Silvia Alicia, DNI 10.557.082, Matrícula N° 1568, Sede Rosario.

- TEDESCO, Marcelo Alejandro, DNI 22.703.940, Matrícula N° 1569, Sede Rosario

y Casilda.

- TORRES, Gabriela Susana, DNI 20.409.483, Matrícula N° 1570, Sede Rosario.

- VENERA, María Julia, DNI 30.938.001, Matrícula N° 1571, Sede Rosario.

- VIRGOLlNI, Laura Andrea, DNI 31.990.433, Matrícula N° 1572, Sede Rosario.

S/C 20544 Set. 26 Set. 28

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RESOLUCIÓN N° 0045


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

21 SEP 2017

VISTO:

El expediente N° 02001-0034227-7 del Registro del Sistema de Información de expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación de un Centro de Mediación en la Localidad de San Genaro;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1747/2011 se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación;

Que, mediante Disposición N° 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a la habilitación de oficinas y centros de mediación;

Que, los artículos 3°, 4°, 5° y 7° de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de croquis de arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada-;

Que, el articulo 6° establece que: " ... el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial ...la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en

caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición ";

Que, el Señor Lisandro Miguel Palermo, abogado mediador, presenta ante la Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas a Mediación del Centro de Mediación "Crecer en el Diálogo ",ubicadas en Urquiza N° 1285 de la Localidad de San Genaro;

Que, en las actuaciones consigna que será el responsable del nuevo centro, adjuntando además el listado de Mediadores que oportunamente trabajarán en dicho centro, el croquis del mismo, y declaraciones juradas constituyendo domicilio;

Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición N° 0063/2011 para su habilitación;

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional aprobada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto N° 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN LEGAL Y

DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Habilítense las instalaciones destinadas al Centro de Mediación "Crecer en el Diálogo" ubicadas en Urquiza N° 1285 de la localidad de San Genaro de la provincia de Santa Fe y expídase el correspondiente Certificado de Habilitación N° 0071.-

ARTÍCULO 2º: Establécese que la habilitación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la Disposición N° 0063/2011 - DPDSCI- o la norma vigente en la materia.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Dr. Leandro Maiarota

Secretario de Coord.

Legal y de Pol. Judiciales

S/C 20545 Set. 26 Set. 28

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MINISTERIO DE OBRAS

PÚBLICAS Y VIVIENDA


DIRECCIÓN PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16139-0002221-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2441 de fecha 22/06/16 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto N° 10.204/58, al infractor Sr. LUIS ALBERTO PICCO GAITAN, con último domicilio conocido en Jujuy S/N de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N° 1091 dictada el 23 de agosto de 2016 por el Ing. Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2441 de fecha 22/06/16, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.-Intimar a PICCO GAITAN LUIS ALBERTO en carácter de conductor, con domicilio en Jujuy S/N de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe y al transportista CONTARDI CARLOS ALBERTO con domicilio en 25 de Mayo y Mendoza de la localidad de Viale – Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 222.313,92 (Pesos doscientos veintidós mil trescientos trece con 92/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para los operaciones de Descuentos comerciales desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.-La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Scania, Modelo 360, Dominio Chasis LZA 334, Dominio Acoplado KUJ 232, PICCO GAITAN LUIS ALBERTO con domicilio en Jujuy S/N de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe y el transportista CONTARDI CARLOS ALBERTO con domicilio en 25 de Mayo y Mendoza de la localidad de Viale – Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, tendiente al cobro de la suma de $ 222.313,92 (Pesos doscientos veintidós mil trescientos trece con 92/100) con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.-Regístrese, comuníquese y archívese.”

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 20547 Set. 26 Set. 27

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 361


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

21/09/2017

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de tres (03) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y GESTIÓN

DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AGROQUIMICA ROSARIO S.A. CUIT Nº 30-56197679-8; CHILCAL S.A. CUIT Nº 30-71124317-4; RO BOT S.R.L. CUIT Nº 30-64230421-2.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AUDITRON S.A. CUIT Nº 30-60265355-9; CIRILO AYLING S.A.I.C. CUIT Nº 30-53950925-6; MD MEDICAL S.R.L. CUIT Nº 33-70849915-9.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT Nº 30-71253808-9.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 20529 Set. 26 Set. 27

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RESOLUCIÓN Nº 365


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

22/09/2017

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cinco (05) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ESTABLECIMIENTO EL ALBARDON S.A. CUIT Nº 30-70853730-2; LUDUEÑA GLADYS MARIELA CUIT Nº 27-22424160-2; “DISA HIGIENE INDUSTRIAL” de SOTTINI ANALIA SILVIA CUIT Nº 27-23920814-8; “CyS CONSTRUCCION Y SOLUCIÓN” de TOLEDO ROBERTO RAFAEL CUIT Nº 20-22453045-6; “VIALES OMAR” de VUADENS MARCELO GABRIEL CUIT Nº 20-16648065-6.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: FRANZINI ALBERTO OMAR CUIT Nº 20-12215367-4; “REFRIGERACION ANDINA” de PARIENTE PACHECO DANTE GUIDO CUIT Nº 24-92820117-8; SOTIC S.A. CUIT Nº 30-56759086-7.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 20546 Set. 26 Set. 27

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