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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados GERVASONI, IVAN AUGUSTO s/Quiebra; (Expte: CUIJ 21-01996615-9), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Agosto 13 de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Iván Augusto Gervasoni, argentino, mayor de edad, DNI 30.109.416, empleado, domiciliado realmente según dice en calle Santa Cruz 5870 y constituyendo domicilio legal en calle 25 de Mayo 2423 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tueno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 15.08.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 28.09.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Señalar el día 17.12.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 08.03.19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Agosto 16 de 2018. Habiéndose realizado.....sorteo.....un sindico......bolilla correspondiente a la CPN Adriana Raquel Bonaparte.....con domicilio en calle 9 de Julio 2804...Comparezca a aceptar el cargo.......Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria). Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

S/C 365217 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados GIMÉNEZ, NORMA BEATRIZ s/Quiebra; (Expte: CUIJ 21-01997183-7), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Agosto 13 de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Norma Beatriz Giménez, argentina, mayor de edad, DNI 3.988.494, jubilada, domiciliada realmente según dice en calle Corrientes 3492 y constituyendo domicilio legal en calle San Jerónimo 1447 Of. 1 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 15.08.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 28.09.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Señalar el día 17.12.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 08.03.19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q.- Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Agosto 16 de 2018. Habiéndose realizado.....sorteo.....un sindico......bolilla correspondiente al CPN Néstor Eduardo Amut.....con domicilio en calle Comentes 3521...Comparezca a aceptar el cargo.......Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).

S/C 365216 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: MAI, JUAN ALFREDO s/Quiebra; (Expte: CUIJ 21-01997537-9), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Agosto 13 de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Juan Alfredo Mai, argentino, mayor de edad, DNI 11.061.949, jubilado, domiciliado realmente según dice en calle Hipólito Irigoyen 3102 y constituyendo domicilio legal en calle Corrientes 2143 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 15.08.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 28.09.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Señalar el día 17.12.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (Art. 35 Ley 24.522) y designar el día 08.03.19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la Ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Agosto 16 de 2018. Habiéndose realizado.....sorteo.....un sindico......bolilla correspondiente a la CPN Estela María Togneni.....con domicilio en calle San Lorenzo 2826...Comparezca a aceptar el cargo.......Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).

S/C 365215 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos GARNICA, JOSE MARIA s/Quiebra; (CUIJ 21-01997244-2), se ha dispuesto: Santa Fe, 14 de Agosto de 2018. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de José María Garnica, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 31.881.776, apellido materno Castellanos, con domicilio real en calle Larrea 3553 y legal en calle Monseñor Zaspe 2670, ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 29 de Agosto de 2018 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 26 de Septiembre de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 10 de Octubre de 2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 08 de Noviembre de 2018 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 21 de Diciembre de 2018 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (Art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario); Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). Dr. Silvestrini, Secretario.

S/C 365292 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: OYARZABAL, DELIA ROSA c/FISORE, JOSEFINA DE RAPUZZI s/Usucapión (CUIJ N° 21-01970482-0), se cita y emplaza a os que se consideren con derecho sobre el inmueble que se presente usucapir para que dentro del quinto día hábil de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. A mayor abundamiento se transcribe a continuación lo pertinente del decreto que así lo ordena; Santa Fe, 23 de Noviembre de 2016. (...) Cítese y emplácese por edictos a publicarse por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, a los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir para que dentro del quinto día hábil de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. (...). Fdo; Dr. Luciano F. Pagliano - Juez. Dr. Jorge A. Gómez, Secretario.

$ 33 365221 Ag. 27 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: CARRERAS, MANUEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-01998084-4) se ha declarado la quiebra en fecha 16/08/2018 de Manuel Carreras, D.N.I. 31.418.935, mayor de edad, empleado, casado, de apellido materno Medina, domiciliado realmente en calle J. P. López 4230 Barrio Piquete Las Flores Casa 3 de la ciudad de Santa Fe, y con domicilio ad lítem constituido en Obispo Gelabert 2574 Oficina 1 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 22.08.2018 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación dé sus créditos’ al Síndico hasta el día 19.09.2018. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)- Dr. Gómez (Secretario).

S/C 365293 Ag. 27 Ag. 31

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De acuerdo a lo dispuesto en resolución de fecha 28 de Junio de 2018 por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito judicial nro. 1 se hace saber que en los autos caratulados HERRERA MARIANELA LUCIA s/Solicitud propia quiebra; Expte. CUIJ 21-01997168-3, se ha procedido al sorteo del Síndico que intervendrá en el proceso. Resulto designado Síndico el CPN Horacio Raúl Germano, con domicilio en calle San Martín 1635 de la ciudad de Santa Fe fijándose el día 16 de Agosto de 2018, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, quien atenderá en su estudio de calle San Martín 1635 de la ciudad de Santa Fe de Lunes a Viernes de 16a20hs. Se fija el 19 de Octubre de 2018 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de sus créditos y el 05 de Diciembre de 2018 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que se presente el informe general. Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr, Diego Raúl Aldao (Juez) y Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretario). Santa Fe, 15 de Agosto de 2018. El presente no tributa previo pago en virtud del 3er. Párrafo del art. 89 de la Ley Nº 24522. Dra. Roteta, Secretaria.

S/C 365316 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: BURATTI, ALDO CESAR s/Quiebra (CUIJ 21-01998572-2) se ha declarado la quiebra en fecha 16/08/2018 de Aldo Cesar Buratti, D.N.I. 20.625.679, mayor de edad, empleado, apellido materno Macedo, domiciliado realmente en calle Alfonsina Stomi N° 1555 de la ciudad de Recreo, y con domicilio ad lítem constituido en Junín N° 2883 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 22.08.2018 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 19.09.2018. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)- Dr. Gómez (Secretario).

S/C 365294 Ag. 27 Ag. 31

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Por así estar dispuesto en los autos: BORDI, SERGIO ADRIÁN s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-01997227-2), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13 de Agosto de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Bordi Sergio Adrián, argentino, D.N.I. N° 18.216.248, CUIT N° 20-18216248-6, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Macias N° 3270 de la ciudad de Santo Tomé y legal en calle San Jerónimo N° 1838 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Publico de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/08/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 04/10/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 22/10/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 22/11/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 06/02/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en el sorteo realizado el día 15 de Agosto de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. Susana Nieves del Milagro Martín con domicilio en calle Uruguay 3150 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 365329 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez a cargo de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: CANO, DARÍO RUBÉN s/Quiebra; Expte. CUIJ Nº 21-01998228-6, Año 2018, se ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de Darío Rubén Cano, argentino, casado, empleado, mayor de edad, DNI: 25.781.510, domiciliado realmente en calle Neuquén 6556, Santa Fe. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 25 de Septiembre de 2018. Fdo. Dr. Néstor Tosolini (Secretario) - Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Santa Fe, 16 de Agosto de 2018.

S/C 365300 Ag. 27 Ag. 31

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Por así estar dispuesto en los autos “PÉREZ, ALICIA MABEL s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01997342-2)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 13 de Agosto de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Pérez Alicia Mabel, argentina, D.N.I. N° 17.534.949, CUIL N° 27-17534949-4, mayor de edad, docente, con domicilio real en calle Av. Lujan N° 2346, Dpto. 6 de la ciudad de Santo Tomé y legal en calle Entre Ríos N° 2864 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/08/2018 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 04/10/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 22/10/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 22/11/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 06/02/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos oficiase. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en el sorteo realizado el día 15 de Agosto de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Carlos Alberto Sara con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 365328 Ag. 27 Ag. 31

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Por así estar dispuesto en los autos: MEDRANO, MARÁ JOANA s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-01996311-7) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 13 de Agosto de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Medrano Mará Joana, argentina, D.N.I. N° 34.267.745, CUIL N° 27-34267745-8, mayor de edad, docente, con domicilio real en Pasaje Mitre N° 1761 y legal en calle 4 de Enero N° 1148, Dto. 3 “A”, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el Inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/08/2018 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el Inc. 2) del Art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 04/10/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 22/10/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 22/11/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 06/02/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en el sorteo realizado el día 15 de Agosto de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Marcelo Carlos Rebechi con domicilio en calle Saavedra 2015 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 365326 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación judicial de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: LUQUE ADRIÁN DARIO s/Juicio de Usucapión, Expte N° 21-01056316-7 se ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe, 28 de Mayo de 2018 y Visto: Los presentes caratulados: LUQUE ADRIÁN DARÍO s/Juicio de usucapión” (CUIJ N° 21-01056316-7), de este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación del Distrito Judicial N° 1; Resulta: Considerando:... Por ello resuelvo: Rechazaba demanda, con costas al actor. Regístrese y hágase saber. Fdo.: Jueza: Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaria: Dra. María Ester Noé de Ferro. Santa Fe, 8 de Agosto de 2018.

$ 33 365351 Ag. 27 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Segunda Nominación Segunda Secretaria, Dr. Dante Formentini, a cargo de la Secretaría, el Dra. Teresita Bonavia, con asiento en localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A c/FRANCO CARLOS DANTE s/Sumario (Expte. Nro. 21-15182285-9), se ha dispuesto citar por edictos: Santa Fe, 02 de Agosto de 2018 Agréguese. Agréguese los edictos publicados con certificación de la Actuaría. Para que tenga lugar el sorteo de un defensor de ausentes, de la lista oficial de abogados, fíjase el día 5 de septiembre de 2018 a las 9:00 hs. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dra. Bonavia, Secretario - Dr. Formentini (Juez). Santa Fe, 14 de Agosto de 2018. Dra. Lotto Gómez, Prosecretaria.

$ 45 365262 Ag. 27 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la cuidad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: NAVEIRO, MARÍA JIMENA s/Quiebra, CUIJ N° 21-01997365-1, ha sido designada como Síndico la CPN Adriana Bonavia, con domicilio en calle Crespo 2419 de la ciudad de Santa Fe, con horario de atención de lunes a viernes de 8.30 a 11.30 hs. y lunes a jueves de 16.30 a 19.30hs. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 09 de Agosto de 2018. Habiendo resultado sorteado como Sindica la C.P.N. Adriana Graciela Bonavia domiciliada en calle Crespo Nro. 2419 de esta ciudad, desígnasela en tal carácter quién deberá comparecer dentro del término de dos días a los efectos de aceptar el cargo, bajo apercibimientos de ley. Fecho, hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horario de atención. Notifíquese. Firmado Dr. Lucio A. Palacios - Juez, Dr. Jorge A. Gómez - Secretario. Dr. Salzman, Prosecretario.

S/C 365273 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Beatriz Forno se hace saber que en los autos caratulados: ESTEBAN PILAR MAGDALENA s/Quiebra (CUIJ N°: 21-01979533-8) se ha dispuesto publicar el presente por el término de dos (2) días de conformidad con lo establecido en el art. 218 de la Ley 24522 haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe, 08 de Agosto de 2018... De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución final reformulado. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. “Firmado Dra. Beatriz Forno-Jueza - Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria. El Proyecto de Distribución dispone: Tasa de Justicia $ 20,00; Fojas de Actuación $ 20,00; Honorarios C.P.N. Marcela Maldonado en la suma de $ 47.921,03; Aportes al Consejo Profesional de Ciencias Económicas en la suma de S 4.792,10; Honorarios a la Dra. Claudia Yaccuzzi en la suma de $ 20.537,58; Aportes a Caja Forense la suma de $ 2.669,89; Asociación Trabajadores del Estado Mutual en la suma de $ 11.509,41.; Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. en la suma de $ 9.883,55. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 365364 Ag. 27 Ag. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia dé Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “MICHELOUD, WALTER LEONARDO s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ N° 21-01997355-4), atento lo ordenado en fecha 03 de Julio de 2018 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Walter Leonardo Micheloud, D.N.I. N° 31.880.773 de apellido materno Medina. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 25 de Septiembre de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado sindico al C.P.N. Alfio Martín Ré, con domicilio en calle San Martín N° 3464, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín — Jueza — Dr. Daniel Maurutto — Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 16 de Agosto de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 365359 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “BARRETTO, WALTER EDGARDO s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ Nº 21-01997164-0), atento lo ordenado en fecha 03 de Julio de 2018 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1)- Se ha declarado la quiebra de Walter Edgardo Barretto, D.N.I. Nº 22.215.400 de apellido materno Fernández. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 25 de Septiembre de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado sindico a la C.P.N. María Lucila Claus, con domicilio en calle 4 de Enero N° 1742, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín - Jueza- Dr. Daniel Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24.522). Santa Fe, 16 de Agosto de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 365357 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe en autos: “GROSSO, OSCAR ALBERTO c/MAI, ERNESTO JOSÉ y Otros s/Prescripción Adquisitiva” (Expte. CUIJ. Nº 21-01985368-0 /2017), habiéndose publicado edictos, y bajo apercibimientos decretado, declarase rebelde a Mai Ernesto José - DNI N° 4.482.922, y/o sus herederos y/o responsables y/o terceros interesados. Santa Fe, 9 de Agosto de 2018. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

$ 45 365365 Ag. 27 Ag. 30

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “CLEMENTE, ROSANA MARIELA s/Solicitud de propia quiebra” - CUIJ N° 21-01966388-1, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 6° Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme a lo previsto en el art. 218 de la Ley N° 24522 (LCQ), con la siguiente regulación de honorarios: 1) Sindicatura: $ 41.490,06; 2) Apoderada de la fallida: $ 17.781.45.. Santa Fe, 16 de Marzo de 2018. Fdo.: Dra. Ma. Marcela Romagnoli – Prosecretaria - Dra. Ma. Romina Kilgelmann -Jueza a/c-.

S/C 365288 Ag. 27 Ag. 28

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “BELLABARBA, GUALTERIO ANTONIO s/Quiebra” - CUIJ N° 21-01976266-9, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 10° Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme a lo previsto en el art. 218 de la Ley N° 24522 (LCQ), con la siguiente estimación de honorarios: 1) Sindicatura: $ 47.921,03; 2) Apoderado del fallido: $ 20.537,58.. Santa Fe, 09 de Agosto de 2018. Fdo.: Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria - Dra. María Romina Kilgelmann -Jueza. Santa Fe, 13 Agosto de 2018. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 365287 Ag. 27 Ag. 28

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: “ORELLANO, HUGO DARIO s/Quiebra”, Expte. CUIJ No 21-01997195-0, Año 2018, se ha ordenado lo siguiente: 1) Hugo Dario Orellano, de apellido materno Schemberger, argentino, mayor de edad, empleado, DNI 29.113.819, con domicilio real en calle Barrio Las Flores, Dpto. 553 -Piso 2- Monoblock 11 y constituyendo domicilio legal en calle Junín 2883, ambos de esta ciudad de Santa Fe 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 24 de Septiembre de 2018. Santa Fe, 16 de Agosto de 2018. Dr. Néstor A. Tosolini (Secretario).

S/C 365302 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito no 20 de la ciudad de Gálvez, provincia de Santa Fe, se cita y emplaza a Héctor Ignacio Racigh, Documento de Identidad No 06.257.432, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezca a estar a derecho en los autos caratulados: “Expte. Nº 1106/2017 - ASOCIACIÓN MUTUAL GENERAL SAN MARTÍN c/LARROSA, DIXIE MIRNA y Otro s/Ejecutivo”, tramitados ante el mencionado Juzgado. Así se encuentra ordenado en el siguiente decreto: GÁLVEZ, 03 de Julio de 2018.- Venidos los autos, agréguense los oficios obrantes en Mesa de Entradas. Proveyendo cargo 1692/2018: atento constancias habidas en autos: cítese y emplácese al codemandado Héctor Ignacio Racigh por medio de edictos conforme art. 73 del CPCC; los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad a los dispuesto por la Ley 11.287 (art. 67 CPCC). Notifíquese. Fdo.: Dra. Candela Powell (Jueza), Dra. Mónica Elizabeth Saliva (Secretaria). Gálvez, 3 de Agosto de 2018.

$ 33 365360 Ag. 27 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Sta. Fe, en autos: LEZCANO, BLANCA AZUCENA c/TORRES, JUAN ANDRÉS s/Usucapión.- Expte. 746-2016”. Esperanza, 09 de Septiembre de 2016. Cumplimentando lo ordenado a fs. 22.- Téngase por iniciada demanda de juicio ordinario de usucapión contra quienes resulten herederos y/o sucesores de quien fuera titular del inmueble denunciado Sr. Juan Andrés Torres y/o contra todos aquellos que se consideren con derecho sobre el mismo, a quien se cita y emplaza a estar a derecho por el termino y bajo apercibimientos, por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL, los que exhibirán en el hall del Tribunal. Asimismo cítese y emplácese a la Comuna de La Pelada y a la Provincia de Santa fe para que dentro del término de ley comparezcan a tomar la intervención que estimen correspondiente en autos. En virtud de lo ordenado por El art. 1905 Ser párrafo del C.C. y C, con el objeto de preservar el estado de derecho o de hecho de la cosa litigiosa, dar conocimiento a los terceros de la existencia del presente proceso y de esa forma, evitar la realización de actos que alteren la situación planteada en autos e influyan en el resultado del presente proceso, ordénese la anotación de litis del inmueble en cuestión. Tómese razón de la medida en el Registro Gral. de la Propiedad. A sus efectos, ofíciese como se pide, autorizándose al propuesto a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo.: Claudia Brown, Secretaria; Julia Collado, Juez. Esperanza, 8 de Mayo de 2018. Dra. Torassa, Secretaria.

$ 33 365344 Ag. 27 Ag. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación de la Ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe; en los autos caratulados: ZAVALA, JOSÉ LUIS s/Sucesorio, Expte. Nº 811/2017, se llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por la causante; José Luis Zavala, DNI 6.244.182, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacerlos valer. Fdo. Dr. Gastón Germán Caglia; Secretario. Dra. María Isabel Arroyo; Jueza. Villa Ocampo, 6 de Julio de 2018.

$ 45 365352 Ag. 27 Set. 7

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Labora, Distrito Nº 17 Villa Ocampo, se cita, llama, y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de don Retamozo Omar Antonio, para que comparezcan a hacer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio: RETAMOZO OMAR ANTONIO s/Sucesorio, Expte. Nº 349/2018. Villa Ocampo, 30 de Julio de 2018. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 365311 Ag. 27

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos: ZENGARINI DAVID ABEL s/Sucesorio” (Expte. CUIJ Nº 21-01996402-4); se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del señor David Abel Zengarini, DNI Nº 20.140.875, CUIT 20-20140875-0, para que comparezcan a hacer valer sus derechos y así lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en el tribunal. Deberá publicarse por un día. Santa Fe, 6 de Agosto de 2018. Dr. Silvestrini, Pablo Cristian (Secretario). Dr. Carlos F. Marcolin (Juez).

$ 45 365268 Ag. 27

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Por disposición del Señor Juez a/c de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1551, a quien cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos aquellos que se consideren con derechos a la herencia de don Mirto Pedro Mozzi, D.N.I. Nro. M. 5.961.862, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos legales dentro de los autos caratulados: MOZZI, MIRTO PEDRO s/Sucesorio” Expte. CUIJ Nº 21-01997330-9 de trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, sito en la calle San Jerónimo Nº 1551. Santa Fe, 10 de Agosto de 2018. Secretaria: Dra. Verónica G. Toloza.

$ 45 365314 Ag. 24 Set. 6



Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: CARPIERES, GLADYS ITALIA s/Sucesorio, CUIJ Nº 21-01994322-1, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Gladys Italia Carpieres, D.N.I. F. 2.964.792, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. A mayor abundamiento se transcribe el decreto que así lo dispone: Santa Fe, 5 de Junio de 2018. Por recibido hágase saber. Sin perjuicio que deberá inicial la reconstrucción por pieza separada del sucesorio indicado como conexo expidiendo las copias necesarias proveyendo el escrito de la demanda: estando acreditado el fallecimiento de la Sra. Gladys Italia Garrieres con a partida de defunción acompañada, declárese abierto su juicio de declaratoria de herederos. Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Dése intervención a los Ministerios Públicos. Ofíciese a la Caja de Asistencia Social y a la API. Cumpliméntese la Ley 8744 (Comunicación al Registro de Procesos Sucesorios). Requiérase del Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, informe respecto de la existencia de documentos que refieran al causante conforme lo dispuestos por el art. 25 del C.P.C.C., se autoriza a la abogada interviniente a firmar los oficios de pedidos de informes que se librarán al Registro de Procesos Sucesorios, API, a la Ley 5110 y Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos. Notifíquese la presente providencia en sus despachos (art. 68 C.P.C.C.) al Sr. Fiscal y Defensor que por turno correspondan (a sus efectos contrólese en el caratulado). Se hace saber que los edictos se expedirán una vez diligenciado el oficio al Registro de Procesos Sucesorios y notificados los funcionarios del ministerio Público. Atento a lo dispuesto por el Art. 2340 del Código Civil y Comercial, manifieste el interesado si el derecho que pretende es exclusivo o si concurren otros herederos. En Su caso, denuncie los domicilios y D.N.I. de estos últimos. Notifíquese. Fdo.: Dr. Daniel R. Maurutto (Secretario) - Dra. Viviana E. Marín (Jueza). Santa Fe, 15 de Agosto de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 365290 Ag. 27 Set. 7

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 8va Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante: Pedro Roque Airaldo, DNI: 6.289.380, para que el termino y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “AIRALDO, PEDRO ROQUE s/Sucesorio” (CUIJ. 21-01998006-2). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 15 de Agosto de 2018. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

$ 45 365243 Ag. 27 Set. 7

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Por disposición de la Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores de la causante doña Soledad Esmera Savoye y/o Soledad Esmera Savoir, DNI Nº F 1.125.074, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: SAVOYE y/o SAVOIE, SOLEDAD ESMERA s/Sucesorio; CUIJ 21-01988541-8 Año: 2017, de tramite por ante este Juzgado. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de tribunales por el término de ley. Lisandro Salzman, prosecretario.

Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 365220 Ag. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos: GIUDICI, LAURA VIVIANA s/Sucesorio (21-01997218-3), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de Laura Viviana Giudici, D.N.I. Nº 13.450.698, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacerlos valer en el sucesorio abierto por el Dr. Luis Alberto Roulet en fecha 01 de Junio de 2018. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

$ 45 365317 Ag. 27 Set. 7

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad de Santa Fe - Prov. de Santa Fe, y del Dr. Diego Raúl Aldao, a cargo de la Secretaría; en autos caratulados: MENOR, FRANCISCO JOSÉ s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-01997958-7, se ha dispuesto citar por edictos, en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales, a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Menor, Francisco José, D.N.I. Nº M6.247.898, mayor de edad; quien se domiciliaba en calle 25 de Mayo 283 de esta ciudad de Santa Fe - Prov. de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 7 de Agosto de 2018. Fdo: Dra. Alicia Isabel Roteta, Secretaria - Dr. Diego Raúl Aldao, Juez. Santa Fe, 17 de Agosto de 2018. Dra. Roteta, Secretaria.

$ 45 365346 Ag. 27 Set. 7

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge, se comunica que se ha ordenado la publicación del siguiente edicto Judicial sin cargo - concurso preventivo (Art. 273 - Inciso 8 - Ley 24.522) por el término de cinco días haciendo saber que en autos CINGOLANI DANIEL RAMÓN s/Concurso Preventivo; Expte. Nro. 237/2017; Cingolani Agronegocios S.A. s/Concurso Preventivo, Expte. 457/2017 y DUGHERA LAURA RAQUEL s/Concurso Preventivo; Expte. Nro. 876/2017 por Decreto de fecha 04/07/2018 se fijaron las siguientes fechas: Fecha para categorizar a los acreedores: 03/08/2018. Fecha Audiencia Informativa: 04/02/2019 a 10.00 hs. Fecha Vencimiento Período Exclusividad: 11/02/2019. Se publica a los efectos legales y por el término de ley. San Jorge, 9 de Agosto de 2018. Marta Burgi de Oregioni (Secretaria).

S/C 365234 Ag. 27 Ag. 31

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del/a señor/a Juez/a de Primera Instancia de Distrito N° 5 Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados ARMANDO, AMELIA INES s/Sucesorio; (Expte. Nº 1306 - Año 2014), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Armando, Amelia Inés, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial (Art. 67 C.P.C.C. Ref. Ley 11.287). Rafaela, 7 de Agosto de 2018. Carina A. Gerbaldo, secretaria.

$ 80,10 365361 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela se emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Rotela Luis Agustín, D.N.I. N° 6.349.653, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley en los autos caratulados: Expte. 422/2018; ROTELA, LUIS AGUSTIN s/Sucesorio, que tramitan ante el Juzgado de referencia. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Art. 67 del C.P.C y C. modif. por Ley 11.289). Fdo. Sandra Inés Cerliani - Abogada - Secretaria. Dra. María José Alvarez Tremea - Abogada- Juez. Rafaela, 15 de Agosto de 2018. Dra. Cerliani, Secretaria.

$ 45 365252 Ag. 27 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez Civil y Comercial de la 4ta. Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Beltramino Anselmo Bautista, D.N.I. N° 6.282.315, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: BELTRAMINO ANSELMO BAUTISTA s/Sucesorio; (914/2017). Lo que se publica a sus efectos. Jueza: Dra. María José Alvarez Tremea. Secretaria: Dra. Carina Gerbaldo. Rafaela, 2 de Agosto de 2018. Agostina Silvestre, prosecretaria.

$ 45 365267 Ag. 27 Set. 7

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