picture_as_pdf 2016-10-27

REGISTRADA BAJO EL Nº 13572


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTICULO 1.- Adhiérese La Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional N° 25682, por la cual se adopta, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, el uso del Bastón Verde.

El Bastón Verde será considerado un elemento y/o instrumento de apoyo de las personas con baja visión y su cobertura será obligatoria para los efectores del servicio público de salud y para la Obra Social provincial.

ARTÍCULO 2.- La autoridad de aplicación de la presente, será el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo deberá, a través de la autoridad de aplicación, implementar los mecanismos necesarios para difundir acabadamente la presente norma.

ARTÍCULO 4.- Invítase a los Municipios y Comunas de la Provincia a adherir a la presente ley.

ARTÍCULO 5.- El Poder Ejecutivo reglamentará las disposiciones de la presente Ley dentro de los noventa días de promulgada.

ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 18/OCT/2016

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial.

Dr. PABLO G. FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

18221

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