picture_as_pdf 2016-07-28

CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA


RECURSOS DE ORIGEN PROVINCIAL

MES: MAYO 2016

- TRIBUTARIOS -

RUBRO RECAUDACIÓN

($)

11.2.0.00. Sobre el Patrimonio 177.425.458,52

11.2.3.00. Impuesto Inmobiliario 167.489.417,15

11.2.4.00. Patente Única s/Vehículos 9.936.041,37

11.3.0.00. Sobre Producción, consumo y transacciones 2.134.685.855,10

11.3.5.00. Imp.de Sellos y tasas Ret.de Servicios 245.580.089,93

11.3.6.00. Impuesto s/los Ingresos Brutos 1.889.105.765,17

11.5.0.00. Otros Tributos 5.233.400,75

TOTALES 2.317.344.714,37

NOTAS:

PATENTE ÚNICA S/VEHICULOS: Corresponde al 10% de la recaudación conforme al mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto vigente.

IMPUESTO INMOBILIARIO: Corresponde al 100% de la recaudación conforme al mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto vigente.

IMPUESTO DE SELLOS: Total de Sellos Mayo $ 245.668.639,70. Se deduce el importe de $ 114.216,38 correspondiente al mes de Mayo - Reintegro Registro Civil por matrimonio fuera del Asiento - Ley Nro. 12.229 -Decreto Nro. 1.659 del 13 de Julio de 2006

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Municipalidades de la Provincia, fue realizada con los índices de Distribución, aprobados por decreto N° 0727/2016, publicados en el Boletín Oficial Nº 25.553 del 25/04/2016, aplicables como coeficientes definitivos del ejercicio 2015 y provisorios para el ejercicio 2016.-

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Comunas de la Provincia, fue realizada con los índices definitivos de Distribución, aprobados por decreto Nº 4248/2014 para el trienio 2015/2017, Para la distribución del Impuesto Inmobiliario y Patente Única sobre Vehículos los índices de distribución fueron comunicados al Nuevo Banco de Santa Fe por Expediente Nro. 00304-0008247-0 de fecha 16 de Enero de 2015 que son aplicados a partir del 1ero. de Febrero del año 2015.

FUENTE: Ejecución de Recursos - Clasificación por Rubro Mayo de 2016.-

CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe, 19 de Julio de 2016.


REGÍMENES DE COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES

MES: MAYO 2016


CONCEPTO IMPORTES

A - COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS LEY Nº 23.548

I - COPARTICIPACIÓN FEDERAL 3.716.432.229,09

II - AFECTACIONES -499.437.207,70

III- RECAUDACIÓN NETA DE AFECTACIONES (I-II) 3.216.995.021,39

B - OTROS REGÍMENES DE COPARTICIPACIÓN 1.016.599.945,61

CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe, 19 de Julio de 2016.

Nota:

La Coparticipación de Ingresos Brutos e impuestos Nacionales a las Municipalidades de la Provincia, fue realizada con los índices de Distribución, aprobados por decreto N° 0727/2016, publicados en el Boletín Oficial N° 25.266 del 18/02/2015, aplicables como coeficientes definitivos del ejercicio 2015 y provisorios para el ejercicio 2016.-

TRANSFERENCIAS

MES: MAYO 2016

RUBRO RECAUDACIÓN


17.0.0.00. Transferencias Corrientes 403.382.859,75

17.1.0.00. Del sector Privado 0,00

17.1.2.00. De Instituciones Privadas sin Fines de Lucro 0,00

17.1.3.00. De Empresas Privadas 0,00

17.2.0.00. De La Administración Nacional 403.382.859,75

17.2.1.00. De Administración Central Nacional 175.573.090,55

17.2.2.00. Inst. Desc.Nacionales 0,00

17.2.4.00. de Ot.Inst.Pcas.Nac. 227.809.769,20

17.2.6.00. Del Sector Externo 0,00

17.4.0.00. De Empresas Públicas Nacionales 0,00

17.4.1.00. De Empresas Públicas Nacionales no financieras 0,00

17.5.0.00. De Gobierno, Empresas e Instituciones Pcas. Pciales. 0,00

17.5.1.00. De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales 0,00

17.5.3.00. De Empresas Públicas no Financieras 0,00

17.6.0.00. Del Sector Externo 0,00

17.6.1.00. De Gob. Extranjeros 0,00

17.6.2.00. De Org. Internacionales 0,00

22.0.0.00. Transferencias De Capital 223.070.063,44

22.2.0.00. De La Administración Nacional 223.070.063,44

22.2.1.00. De La Administración Central Nacional 223.070.063,44

22.2.2.00. De Inst.Desc.Nac. 0,00

22.6.0.00. Del Sector Externo 0,00

22.6.2.00. De Organismos Internacionales 0,00

TOTALES 626.452.923,19

FUENTE: Ejecución de Recursos - Clasificación por Rubro Mayo 2016

CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe, 19 de Julio de 2016.

CPN RAÚL EDUARDO GIMÉNEZ

Contador General de la Provincia a/c

S/C 17624 Jul. 28

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MUNICIPALIDAD DE

ARROYO SECO


JUZGADO DE FALTAS


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 61022. Nº 042/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 61022 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 2143 de fecha 19/11/2013. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 19/11/2013 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Guerrero Magic, Dominio 255-EDR, color gris, imputándose al Sr/a ASCONAPE PAULINO las infracciones Falta de Licencia, falta de documentación del vehículo, conducción de menor de edad, escape prohibido por reglamentación y falta de casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni titular Sr. HUMHOFE GERMÁN OSCAR a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: 1.- Emplácese a ASCONAPE PAULINO y a HUMHOFE GERMÁN OSCAR, DNI Nº 29792434 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Guerrero Magic, Dominio 255-EDR, color gris; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296945 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 62656. N° 067/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 62656 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 3052 de fecha 23/09/2014. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 23/09/2014 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Yamaha, Sin Dominio, color rojo, imputándose al Sr/a BARTON ALAN las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, falta seguro, y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien: por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I. -Emplácese a BARTON ALAN, DNI Nº 39.753.679 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Yamaha, Sin Dominio, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296973 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 52620. N° 066/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 52620 y Acta de Remisión preventiva de vehículo N° 297 de fecha 17/07/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 17/07/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Mondial, Sin Dominio, color bordo, imputándose al Sr/a GÓMEZ RAMÓN HÉCTOR las infracciones. Falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, falta seguro, cruzar semáforo en rojo y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a GÓMEZ RAMÓN HÉCTOR, DNI N° 16.706.391 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Mondial, Sin Dominio, color bordo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296971 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 61079. No 065/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 61079 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 2142 de fecha 17/11/2013. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 17/11/2013 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Honda, Sin Dominio, color gris, imputándose al Sr/a GOROSITO FRANCO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, falta seguro, conducción de menores, escape prohibido por reglamentación y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a GOROSITO FRANCO para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Honda, Sin Dominio, color gris; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296969 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 57163. N° 064/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 57163 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 1427 de fecha 11/11/2010. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 11/11/2010 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color azul, imputándose al Sr/a FAVA JAVIER las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, falta seguro y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a FAVA JAVIER para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Zanella, Sin Dominio, color azul; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese. -Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en tos términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296967 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 61327. N° 063/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 61327 y Acta de Remisión preventiva de vehículo N° 2263 de fecha 29/09/2013. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 29/09/2013 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Guerrero, Dominio 695-CIV, color celeste, imputándose al Sr/a CACERES MARIO ORLANDO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta seguro. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni titular FRIGO LAURA MARICEL a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a CACERES MARIO ORLANDO y FRIGO LAURA MARICEL, DNI N° 26.124.665 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Guerrero, Dominio 695-CIV, color celeste; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese. Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296972 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 59578. Nº 062/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 59578 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 2187 de fecha 07/05/2013 Y CONSIDERANDO: Que en fecha 07/05/2013 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Motomel, Dominio 037-DAE, color gris, imputándose al Sr/a BELIZAN ANDRÉS las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta seguro y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni titular SACCAVINO, NICOLÁS JESÚS a retirar el bien: por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza No 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: Emplácese a BELIZAN ANDRÉS y SACCAVINO, NICOLÁS JESÚS, DNI Nº 37.447.563 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Motomel, Dominio 037-DAE, color gris; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.-Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296970 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 60094. No 061/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 60094 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 2427 de fecha 25/04/2014. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 25/04/2014 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Gilera, Sin Dominio, color negro, imputándose al Sr/a BONDA DAMIÁN ANDRÉS las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta luces reglamentarias, falta placa de dominio, falta seguro, escape prohibido por reglamentación y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.-Emplácese a BONDA DAMIÁN ANDRÉS, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Gilera, Sin Dominio, color negro; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.-Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296968 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 63437. N° 060/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 63437 y Acta de Remisión preventiva de vehículo No 3092 de fecha 22/01/2015. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 22/01/2015 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Guerrero Trip, Sin Dominio, color negro, imputándose al Sr/a BAEZ HILDA las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, falta seguro, falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a BAEZ HILDA, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Guerrero Trip, Sin Dominio, color negro: caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296965 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 51056. N° 059/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 51056 y Acta de Remisión preventiva de vehículo No 014 de fecha 02/02/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 02/02/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Fallas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color rojo, imputándose al Sr/a BRANCATTO EMILIANO EZEQUIEL las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, conducción de menores y desobediencia al inspector. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien: por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I- Emplácese a BRANCATTO EMILIANO EZEQUIEL, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Zanella, Sin Dominio, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296963 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 53354. N° 058/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 53354 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 424 de fecha 28/08/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 28/08/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color marrón, imputándose al Sr/a BERTI VICTORIO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio, falta seguro, conducción peligrosa y falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a BERTI VICTORIO, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Zanella, Sin Dominio, color marrón; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.-Fdo. Dra. Mía Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296962 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 51127. N° 057/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 51127 y Acta de Remisión preventiva de vehículo N° 016 de fecha 16/02/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 16/02/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Juki, Sin Dominio, color azul, imputándose al Sr/a BURGOS ASENCIO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.-Emplácese a BURGOS ASENCIO, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Juki, Sin Dominio, color azul; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296961 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 50770. Nº 056/16. Arroyo Seco, 14 da abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 50770 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 89 de fecha 17/01/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 17/01/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Guerrero, Sin Dominio, color negro, imputándose al Sr/a ALMARANTE FABIÁN las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta placa de dominio. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE:I.- Emplácese a ALMARANTE FABIÁN, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Guerrero, Sin Dominio, color negro; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296960 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición, del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 60114. N° 055/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 60114 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 2390 de fecha 13/02/2014. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 13/02/2014 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Zanella, Dominio 891-CBL, color rojo, imputándose al Sr/a CONCETTI TAMARA las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta seguro, falta de casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni el titular MAÑA ENRIQUE BARTOLOMÉ a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza No 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: 1.- Emplácese a CONCETTI TÁMARA y MAÑA ENRIQUE BARTOLOMÉ, DNI Nº 14.206.897 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Zanella, Dominio 891-CBL, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296959 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 58323. N° 054/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 58323 y Acta de Remisión preventiva de vehículo N° 1765 de fecha 04/12/2011. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 04/12/2011 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el automóvil marca Renault 12, Dominio VFT-179, color lila, imputándose al Sr/a FORT BERTOLA ÁNGEL PABLO las infracciones falta de documentación del vehículo, falta seguro, conducción peligrosa. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni el titular DÍAZ CRISTIAN OSVALDO a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza No 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a FORT BERTOLA ÁNGEL PABLO y DÍAZ CRISTIAN OSVALDO, DNI N° 23.394.215 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien marca Renault 12, Dominio VFT-179, color lila; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296958 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 53159. Nº 053/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 53159 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 310 de fecha 24/07/2008 Y CONSIDERANDO: Que en fecha 24/07/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal como medida preventiva el moto- vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color azul, imputándose al Sr/a CABRAL MARCOS las infracciones falta de documentación del vehículo falta placa de dominio, falta seguro. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE-1 - Emplácese a CABRAL MARCOS, DNI Nº 16.498.593 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto- vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color azul; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296957 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 53949. N° 052/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 53949 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 684 de fecha 12/12/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 12/12/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Honda, Dominio 692-ARW, color bordo, imputándose al Sr/a CABRERA HÉCTOR OSVALDO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta seguro. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni el titular MOISELLO, SERGIO HORACIO LUJAN a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a CABRERA HÉCTOR OSVALDO y MOISELLO, SERGIO HORACIO LUJAN, DNI Nº 21.006.433, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Honda, Dominio 692-ARW, color bordo: caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.-Fdo. Ora. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titulare responsable del vehículo descripto.

S/C 296956 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 67181. Nº 051/16. Arroyo Seco, 14 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 67181 y Acta de Remisión preventiva de vehículo No 3012 de fecha 04/11/2014. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 04/11/2014 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Gilera, Dominio 268-ETK, color naranja, imputándose al Sr/a DORTONA ROBINSON las infracciones falta de documentación del vehículo, escape prohibido por reglamentación. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni el titular ROBERTO GONZALO DAMIÁN a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a DORTONA ROBINSON y ROBERTO GONZALO DAMIÁN, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Gilera, Dominio 268-ETK, color naranja; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296955 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 61842. Nº 050/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 61842 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 2308 de fecha 07/01/2014. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 07/01/2014 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Motomel, Sin Dominio, color negra, imputándose al Sr/a CABRERA SERGIO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta dominio, falta seguro, falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a CABRERA SERGIO, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto- vehículo marca Motomel, Sin Dominio, color negra; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856, Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en tos términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296954 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 54253. N° 049/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 54253 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 651 de fecha 27/12/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 27/12/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Zanella, Sin Dominio , color azul, imputándose al Sr/a LEGUIZAMON JORGE las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta dominio, falta seguro, cruzar semáforo en rojo, falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.-Emplácese a LEGUIZAMON JORGE, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color azul; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296953 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 67522. N° 048/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 67522 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 3134 de fecha 03/12/2014. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 03/12/2014 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Yamaba, Dominio 033-JCS, color negra, imputándose al Sr/a CHAVEZ IVANA las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta seguro, falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado n¡ el/la imputado/a como infractor/a ni el titular VELAZQUEZ LUIS ANTONIO a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: 1.- Emplácese a CHAVEZ IVANA y VELAZQUEZ LUIS ANTONIO, DNI Nº 20601163, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Yamaha, Dominio 033-JCS, color negra; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296952 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 58341. No 044/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 58341 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 1805 de fecha 28/12/2011. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 28/12/2011 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Yamaha Crypton, Dominio 800-CJV, color rojo, imputándose al Sr/a CAÑETE RENE ANDRÉS las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta de seguro y falta de casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni el titular RÍOS ORLANDO RAFAEL a retirar el bien: por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I- Emplácese a CAÑETE RENE ANDRÉS y a RÍOS ORLANDO RAFAEL, DNI N° 5.097.901, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Yamaha Crypton, Dominio 800-CJV, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese. Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296947 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 61454. N° 045/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 61454 y Acta de Remisión preventiva de vehículo No 2258 de fecha 09/09/2013. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 09/09/2013 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color amarillo, imputándose al Sr/a GUILLEN FERNANDO las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta de dominio, falta seguro, falta de casco de uso reglamentario, circular de contramano, desobediencia al inspector, conducción de menores. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a con infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04.POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: 1.-Emplácese a GUILLEN FERNANDO para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Zanella, Sin Dominio, color amarillo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296949 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 50362. N° 046/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016, Y VISTOS: El acta de infracción Nº 50362 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 051 de fecha 16/11/2007. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 16/11/2007 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Yamaha (cuadro), Sin Dominio, color negro, imputándose al Sr/a DEL BONO JESÚS ALBERTO (as infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta de dominio, conducción de menores, escape prohibido por la reglamentación. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a DEL BONO JESÚS ALBERTO para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto- vehículo marca Yamaha (cuadro), Sin Dominio, color negro; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titulare responsable del vehículo descripto.

S/C 296950 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 57249. N° 047/16.Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 57249 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 1522 de fecha 03/02/2011. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 03/02/2011 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto-vehículo marca Honda Dax, Sin Dominio, color roja, imputándose al Sr/a GONZÁLEZ RODOLFO ADRIÁN las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta de dominio, falta seguro, falta casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otra persona como titular a retirar el bien: por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a GONZÁLEZ RODOLFO ADRIÁN para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Honda Dax, Sin Dominio, color roja; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296951 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción N° 51108. N° 041/16. Y VISTOS: El acta de infracción N° 51108 y Acta de Remisión preventiva de vehículo N°010 de fecha 09/02/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 03/02/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el motovehículo marca Yamaha, dominio 045-BBK, color rojo, imputándose al Sr/a HERRERA NATALIA GABRIELA las infracciones falta de licencia y falta de documentación del vehículo. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni titular Sr. BENITEZ RAFAEL FÉLIX a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza No 1494/04.POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a HERRERA NATALIA GABRIELA y a BENITEZ RAFAEL FÉLIX, DNI Nº 16365541 para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer seis derechos sobre el bien moto-vehículo marca Yamaha, dominio 045-BBK, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese.- Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296944 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 50793. N° 043/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción N° 50793 y Acta de Remisión preventiva de vehículo N°118 de fecha 23/01/2008. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 23/01/2008 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Zanella, Dominio RE-0534, color rojo, imputándose al Sr/a COSTURELLA LEONARDO las infracciones falta de licencia y falta de documentación del vehículo. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni otro como titular a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza N° 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a COSTURELLA LEONARDO, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Zanella, Dominio RE-0534, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial Nº 11856. Notifíquese.- Firmado: Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo Dominio RE-0534.

S/C 296946 Jul. 28 Ag. 1

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Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 58341. N° 044/16. Arroyo Seco, 13 de abril de 2016. Y VISTOS: El acta de infracción Nº 58341 y Acta de Remisión preventiva de vehículo Nº 1805 de fecha 28/12/2011. Y CONSIDERANDO: Que en fecha 28/12/2011 se ha remitido a dependencia Municipal y en todo de acuerdo con la Ley 24449 y Ley 13169 en concordancia con el Código de Faltas Municipal, como medida preventiva el moto- vehículo marca Yamaha Crypton, Dominio 800-CJV, color rojo, imputándose al Sr/a CAÑETE RENE ANDRÉS las infracciones falta de licencia, falta de documentación del vehículo, falta de seguro y falta de casco de uso reglamentario. Que a la fecha no se ha presentado ni el/la imputado/a como infractor/a ni el titular RÍOS ORLANDO RAFAEL a retirar el bien; por lo que se encuentra dentro del lote comprendido por la disposición de la Ley 11856, a la que adhiere el Municipio por Ordenanza Nº 1494/04. POR LO TANTO ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE: I.- Emplácese a CAÑETE RENE ANDRÉS y a RÍOS ORLANDO RAFAEL, DNI N° 5.097.901, para que en el término improrrogable de cinco días se presente ante este Tribunal de Faltas Municipal a ejercer sus derechos sobre el bien moto-vehículo marca Yamaha Crypton, Dominio 800-CJV, color rojo; caso contrario se procederá a la disposición final del mismo mediante los medios dispuestos por Ordenanza 1494/04 en adhesión a la Ley Provincial N° 11856. Notifíquese. Fdo. Dra. Julia Acosta. Juez de Faltas Municipal. En tal sentido se cita en los términos de la Ley 11856 a titular o responsable del vehículo descripto.

S/C 296948 Jul. 28 Ag. 1

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