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TRIBUNAL COLEGIADO


Por medio de la presente se solicita se amplié la publicación de Edictos realizada en fecha 31/05/2017, bajo el N° 32446, dispuesto por el Juzgado de Familia N° 3, en autos CALDERÓN ADRIANA R. c/VIDAL ARIEL s/GUARDA CON Fines de Adopción. Se transcribe el proveído el cual ordena la notificación a publicar. Rosario, 06 de Diciembre de 2016. Previo acredítese notificación de la resolución N° 1441 del 24 de Junio del 2015 de fs. 42/43 y aclaratoria N° 1957 del 19 de Agosto del 2015 de fs. 56 del Expte. N° 24/2015 sobre guarda preadoptiva a la progenitora, señora Albina Soledad Leiva. El oficial notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si la misma vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad del mismo, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Fdo: Dra. Carina Lenarduzzi, Prosecretaria; Dra. Silvina García, Jueza. El/la Sr./a Juez han dictado la/s siguiente/s resolución: Nº 1441. Rosario, 24 de Junio de 2015. RESUELVO: I.- Otorgar la GUARDA PREADOPTIVA del niño MÁXIMO SANTINO LEIVA (D.N.I. N° 54.446.472) hijo de Albina Soledad Leiva (D.N.I. N° 31.042.424), sin filiación paterna, al matrimonio constituido por ARIEL VIDAL (D.N.I. N° 23.049.634) y ADRIANA RITA CALDERÓN (D.N.I. N° 18.599.576) por el término de seis meses que habrá de computarse a partir del 17 de Marzo del 2015, quienes deberán comparecer ante el actuario, dentro de los tres días de notificada la presente para aceptar el cargo de forma legal. II. Asumir los guardadores el compromiso expresado en la audiencia que da cuenta el acta a fs. 26 de mantener el contacto con la señora Leiva, madre biológica y el niño Máximo, propiciando la contacto con su hermanita Tiziana, todo mas allá de los vínculos que se establezcan en definitiva. III.- Líbrese oficio al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos. (R.U.A.G.A), dentro del término de dos días hábiles de dictada, acompañando fotocopia de la presente sentencia integra, debiendo dejarse constancias en autos de la notificación al mismo, de conformidad con el Art. 14 de la ley 13093. III.- Regular los honorarios de la Dra. Paola Silvina Palomeque en la suma de $ 5.425 equivalente a la cantidad de 6 jus, que serán abonados dentro de los 30 días de notificada la presente. Vencido dicho plazo se estipula que devengaran un interés moratorio equivalente al 6% anual hasta su efectivo pago. Vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber. Autos caratulados CALDERÓN ADRIANA R.- VERON, ARIEL s/GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN; Expte. N° 24/15. Fdo. Dra. Silvina García Juez- Dr. Ricardo Pepio Secretario. Nº 1957 Rosario, 19 de Agosto de 2015. En virtud de lo expuesto RESUELVO: Aclarar la resolución N° 1441 del 24 de Junio del 2015 de fs. 42/43 en el sentido que los caratulados es CALDERÓN ADRIANA R.- VIDAL ARIEL s/GUARDA CON Fines de Adopción; Expte. N° 24/15 y no como erróneamente se consigno. Notifíquese al Ruaga. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Silvina García Juez- Dr. Ricardo Pepio Secretario.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Gotlieb Verónica (Juez), dentro de los autos caratulados CARDOSO EUSEBIA OBDULIA s/Sucesorio; CUIJ 21-02876653-7, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Cardoso Eusebia Obdulia (L.C. 2.819.711), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 20 de Marzo de 2017. Jessica Cinalli, secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14a Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Secretaria de la Dra. Analía Suárez Monaco, en los autos caratulados ALZUET, ESTEBAN c/AGOSTA MARÍA SOLEDAD s/Ejecutivo, (Expte. Nº 83/2014), ha dictado la resolución: N° 1412, Año 20. Tomo. Folio N° 488. Rosario, 21 de Junio de 2017. Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … FALLO: I) Ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos correspondientes, desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). III) Difiriendo la regulación de los honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Marcelo Quaglia (Juez); Dra. Analía Suárez Mónaco, (Secretaria).

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, hace saber que en autos RAMOS, DAMIÁN ROBERTO s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ N° 21-02871957-1 se ha dictado la Resolución Nº 319 de fecha 10.03.2017 por la cual se ha resuelto: 1) Declarar la quiebra de DAMIÁN ROBERTO RAMOS, D.N.I. N 22.764.794, con domicilio real en calle SANTA MARÍA DE ORO 1504 de VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ. 2) Tener por constituido domicilio procesal en el de calle Balcarce 1505 piso 4 “A” de esta ciudad. 3) Ofíciese a la Excma. Cámara para que se proceda al sorteo de Síndico, el que pertenecerá a la lista de la categoría “B”. El presente corresponde al tipo legal de un pequeño concurso (art. 288 L.C.Q.). 4) Ofíciese a efectos de la anotación de la quiebra y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes (Registro de la Propiedad Inmueble, Registro Nacional del Automotor, Registro de Procesos Universales y Registro Público de Comercio). 5) Ofíciese al S.C.I.T. para que informe si existen bienes a nombre del fallido. 6) Ordenar al fallido y a los terceros, en su caso, que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 7) Intimar al deudor para que cumpla con los requisitos establecidos en el art. 86 L.C.Q. y para que entregue al Síndico, dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 8) Prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 9) Ofíciese a los organismos pertinentes a efectos de interceptar la correspondencia del fallido y entregarla a la Sindicatura. 10) Ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Policía Aeroportuaria y Policía Federal Argentina a efectos de asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 11) Precédase a la realización de los bienes del deudor por intermedio de Perito Enajenador, oficiándose a efectos del sorteo correspondiente. 12) Proceda inmediatamente la Sindicatura a efectuar la incautación de los bienes con la intervención del Oficial de Justicia. 13) Diferir la designación de fechas de vencimiento del periodo de verificación y de presentación de los informes individual y general hasta tanto el síndico acepte el cargo y designe días y horario de atención. 14) Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. Ofíciese a los Juzgados para hacer saber la presente a los fines previstos en los arts. 21; 132 y 133 L.C.Q.- Insértese y hágase saber.-“ Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb -Jueza- Dra. Jéssica M. Cinalli, Secretaria. Y resolución No 1365 de fecha 05.07.2017 por la cual se dispuso: “RESUELVO: 1) Fijar el día 29.08.17 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos ante la Sindicatura. 2) Fijar para la presentación del Informe Individual el día 11.10.2017 y para la presentación del Informe General el día 22.11.2017. 3) Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. Insértese y hágase saber. “Fdo. Dra. Verónica Gotlieb -Jueza- Dr. Lucas Menossi, Secretaria”. Asimismo, se hace saber que se ha designado como Síndico a la CPN Andrea María De Lujan Stampfli quien constituyó domicilio legal en calle Paraguay 777 PISO 9 de Rosario, fijando como horario de atención los días hábiles judiciales de 10 a 12 y de 15:30 a 19:30 horas. Rosario, 5 de julio de 2017. Lucas Menossi, secretario.

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la -13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, hace saber que en autos GALARZA, ALEJANDRA MATILDE s/Quiebra; CUIJ N° 21-02852216-6 se ha dictado la Resolución N° 410 de fecha 20.03.2017 por la cual se ha resuelto: 1) Declarando la quiebra de ALEJANDRA MATILDE GALARZA, titular de D.N.I. N° 25.381.209, CUIL 27-25381209-0, con domicilio en calle Tiburcio Benegas 7779 y Provincias Unidas 410 piso 3 de Rosario. 2) Ofíciese a efectos de la anotación de la quiebra y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes (Reg. de la Propiedad Inmueble, Nacional del Automotor; de Procesos Universales, etc.). 3) Ofíciese al S.C.I.T. para que informe si existen bienes a nombre de la fallida. 4) Ordenar a la fallida y a los terceros, en su caso, que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 5) Intimar a la deudora para que cumpla con los requisitos establecidos en el art. 86 L.C.Q. y para que entregue al Síndico, dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 7) Ofíciese a los organismos pertinentes a efectos de interceptar la correspondencia de la fallida y entregarla a la Sindicatura. 8) Tener por constituido domicilio procesal en el lugar indicado en el escrito inicial. 9) Ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Policía Aeronáutica y Policía Federal Argentina a efectos de asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 10) Precédase a la realización de los bienes del deudor por intermedio de Martillero, oficiándose a efectos del sorteo correspondiente. 11) Proceda la Sindicatura a efectuar el inventario de los bienes. 12) Ofíciese a la Excma. Cámara para que se proceda al Sorteo de Síndico, el que pertenecerá a la lista de la categoría “B”. El presente corresponde al tipo legal de un pequeño concurso (art. 288 L.C.Q.) 13) Diferir la designación de fechas de vencimiento del plazo de verificación y de presentación de los informes individual y general hasta tanto el sindico acepte el cargo y designe días y horario de atención. 14) Publíquense los edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. Ofíciese a los Juzgados para hacer saber la presente. Insértese y hágase saber.-“ Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb -Jueza- Dra. Jéssica M. Cinalli, Secretaria. Resolución N° 1353 de fecha 4.07.2017 por la cual se dispuso: RESUELVO: 1) Fijar el día 18.08.17 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos ante la Sindicatura. 2) Fijar para la presentación del Informe Individual el día 02.10.2017 y para la presentación del Informe General el día 14.11.2017. 3) Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb -Jueza- Dr. Lucas Menossi, Secretaria. Y Resolución N° 1354 de fecha 4.07.2017 por la cual se dispuso: “VISTO Y CONSIDERANDO: … 11) Proceda inmediatamente la Sindicatura a efectuar la incautación de los bienes con la intervención del Oficial de Justicia.” y no como por error se consignó. RESUELVO: Aclarar la Sentencia N° 410 de fecha 20.03.2017 (fs. 43), de conformidad a los considerandos. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb -Jueza- Dr. Lucas Menossi, Secretaria. Asimismo, se hace saber que se ha designado como Sindico a la CPN ALDANA MARCANTONI quien constituyó domicilio legal en calle ITALIA 562 PISO 2 DEPTO. “B” de Rosario, fijando como horario de atención los días hábiles de lunes a viernes de 13 a 19 horas. (Tel. 03402-430065) Rosario, 5 de julio de 2017.

S/C 329398 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, Pcia de Santa Fe, Secretaría a Cargo del Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de NUGNES JUSTINA, para que comparezcan dentro del término de ley a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, Secretaría, de 2017.

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El Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de CARLOS JORGE RODRÍGUEZ, por diez días para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 05 de Diciembre de 2016. Fdo. Dr. Susana Gueiler, Juez en suplencia y Dra. Gabriela Cossovich, Secretaria.

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dra. Delia M. Giles, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña FELISA NEIRA, titular del DNI N° 5.545.834, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Autos NEIRA, FELISA s/Sucesorio, Expte. 488/2017, CUIJ N° 21-02881825-1, Rosario, de Julio de 2017. Secretaría del Dr. Sergio A. González.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley Nº 11.278, se hace saber que en los autos caratulados GIUPPONI, JOSEFA DIONISIA y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02882806-0, cita y emplaza a herederos y/o legatarios de Josefa Dionisia Giupponi y de Alfredo Bin, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 24 de Julio de 2017. Lorena González, secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley Nº 11.278, se hace saber que en los autos caratulados PREFACIO, HUGO ALFREDO Y OTROS s/Sucesorio; CUIJ 21-02864937-9, cita y emplaza a herederos y/o legatarios de Hugo Alfredo Prefacio y de Elena Worobien, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 24 de Julio de 2017. Lorena González, secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley Nº 11.278, se hace saber que en los autos caratulados SANCHEZ, MERCEDES s/Sucesorio; CUIJ 21-02882934-2, cita y emplaza a herederos y/o legatarios de Mercedes Sánchez, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 24 de Julio de 2017. Lorena González, secretaria.

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, en autos caratulados: DEL CANTO, MIGUEL ANGEL s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 383/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Miguel Ángel del Canto, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y Tablero del Tribunal. Firmat, 30 de Junio de 2017. Laura M. Barco, secretaria.

$ 45 329443 Jul. 28 Ag. 3

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Nº 14 de Familia de Villa Constitución, a cargo del Dr. Oscar Savini, Secretaría de la Dra. Marcela Peronja, comunica que en los autos caratulados CANTERO, ROMINA BELEN c/CANTERO, RICARDO GERMAN y ANGELOZZI, CLAUDIO DARIO s/Impugnación de Paternidad y Filiación Extramatrimonial; (Expte. Nº 2498/12), por Sentencia dictada en autos, la actora Romina Belén Cantero, (D.N.I. Nº 32.257.274), ha modificado su apellido y, en consecuencia, ahora pasa a llamarse: Romina Belén Angelozzi. En virtud de lo dispuesto por el Art. 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, el presente se publicará por una vez al mes por el lapso de dos meses en el BOLETÍN OFICIAL. Conste la presente publicación goza del beneficio de gratuidad, conforme Art. 333 del C.P.C.C. de Santa Fe. Villa Constitución, 3 de Julio de 2017. Marcela Beatriz Peronja, secretaria.

S/C 329460 Jul. 28

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dra. Analía M. Irrazábal, Secretaría del Autorizante, en autos API c/PRADO BRIGIDA y Otros s/Ejecución Fiscal, Expte. Nro. 1975/2014, se ha dispuesto lo siguiente: Cítese, llámese y emplácese a los herederos, acreedores, legatarios y/o cesionarios de los Sres. Prado Brígida, y/o Díaz, Rufino Tomás y/o Díaz Oscar Ambrosio, en la forma ordinaria, para que se presenten a hacer valer sus derechos de conformidad al Art. 597 del CPCC y bajo los apercibimientos de ley. y Nro. 959 F. 410 T. 73. Melincué, 27 Abr 2015. Y Vistos: … Resuelvo: Agréguese la boleta de inicio que acompaña. Téngase por iniciado Ejecución Fiscal. Cítese de remate a la accionada por el término de Veinte Días, bajo apercibimiento de que si no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Líbrese mandamiento de intimación de pago y Embargo sobre bienes libres del demandado, hasta alcanzar la suma reclamada de $ 9.895,54 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.958,21 estimados provisoriamente para intereses y costas futuras, como se solicita y teniendo presente las personas autorizadas a intervenir en su diligenciamiento. Se deja constancia que el embargo ha sido solicitada por la apoderado de la actora Dr. María Soledad Bone domiciliado legalmente en calle San Lorenzo 559 de Melincué (Delegación A.P.L). Designase Oficial de Justicia Ad-Hoc al Dra. Laura Elena Borras quien podrá aceptar el cargo cualquier día y hora hábil de audiencia por ante este Juzgado. Notifiquen Empleadas Notificadores. Secretaria del Dr. Leandro Carozzo. Melincué, 4 de Mayo de 2017.

S/C 329390 Jul. 28 Ag. 3

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


A los efectos legales que hubiere lugar se hace saber que en los autos caratulados: SINDICATURA EX BID C.L. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE REALIZACIÓN DE BIENES - VENTA DE CARTERA DE CRÉDITOS Nº 14 EN BID s/QUIEBRA; Nº 663/2016, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2a. Nominación de esta ciudad, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaría a cargo del Dr. A. Walter Bournot, se ha dispuesto, mediante Resolución Judicial Nº 423 de fecha 02 de Junio de 2017, Llamar a Mejoramiento De Oferta para la adquisición del siguiente bien: Descripción: cartera activa de créditos cuya composición consta en el CD rotulado como “Venta de Cartera Activa 14 -1 Juzgado”, que se encuentra reservado en Secretaria de este Juzgado. Precio Base Ofrecido: $ 40.000 (pesos cuarenta mil).- Forma de Pago: de contado dentro de los 10 días corridos siguientes a la comunicación de la preadjudicación. Recepción de Ofertas: En Sede de Sindicatura Concursal, calle Brown 1744 de la Ciudad de Venado Tuerto (CP 2600), en días hábiles de 8,30 hs. a 12 hs. en sobre cerrado, hasta el día 22 de Agosto de 2017, a las 10,00 horas, debiendo reclamar constancia de recepción. La apertura de sobres se realizará el día de cierre, en la sede de la Sindicatura Concursal, y a continuación de ese acto. En caso de resultar necesario, se efectuarán las Rondas Complementarias de Mejoramientos de Ofertas, con la presencia de todos los oferentes habilitados a participar del proceso. Se computarán únicamente las ofertas efectiva y materialmente recibidas en término. Las Ofertas deberán ser presentadas en formulario oficial provisto por la Sindicatura, acompañadas de un ejemplar del Pliego (firmado por el oferente), con constancia de su adquisición. Valor del Pliego: $ 3.000 (Pesos tres mil). Ofertas: Sólo se aceptará UNA (1) oferta por cada oferente. Días y horas de consultas: A acordar con la Sindicatura. Mayores datos: a los Tel. (03462) 432234 - 420291, FAX (03462)420768. La adjudicación provisoria será comunicada por la Sindicatura dentro de los cinco días hábiles siguientes al de cierre de recepción de ofertas (o de último acto de mejoramiento), exclusivamente al adjudicado, sin dar derecho a reclamo alguno a los terceros oferentes, y se tendrá por definitiva una vez aprobada por el Juez de la Quiebra. Se deja constancia que el presente estará exento del previo pago de aranceles y sellado y será sin cargo en virtud de lo estipulado por el artículo 182 de la Ley 24.522. Venado Tuerto, 27 de Junio de 2017. Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

S/C 329442 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Vicente Militello, la Secretaria que suscribe comunica que dentro de los autos ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/BASAVILVASO EMILIO s/Ejecución Fiscal; Expte. Nº 1619/2014, se ha dictado el Auto de Sentencia transcribiéndose su parte resolutiva para su conocimiento y demás fines legales: Nº 61 Venado Tuerto, 15 de Febrero de 2017. Y Vistos: … Y Considerando: … Fallo: 1) Ordenando llevar adelante la ejecución contra los bienes de Basavilvaso Emilio, hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos trece mil setecientos trece con 85/100 ($ 13.713.85) con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial N° 1560/91, art. 130 del Código Fiscal Y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con mas las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Vicente Militello (Juez) - Dra. Lidia E. Barroso (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días (Art. 132 del Código Fiscal). Rosario, 31 de Mayo de 2017. Lidia E. Barroso, secretaria.

S/C 329441 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de Venado Tuerto a cargo del Dr. Vicente Militello, la Secretaria que suscribe comunica que dentro de los autos caratulados: A.P.I. c/ARAIZ LETICIA s/Ejecución Fiscal, Expte Nº 162/14 en trámite por ante este Juzgado se ha dictado el auto que en su parte resolutiva se transcribe para su conocimiento y demás fines legales: “Nro 215 Venado Tuerto, 24 de Febrero de 2017, Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … FALLO: Ordenando llevar adelante la ejecución contra ARAIZ LETICIA hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos Quince Mil Doscientos Noventa y Siete con 35/100 ($ 15.297,35.-) con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tase mensual del Decreto Provincial Nº 1560/91 del Código fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dr. Vicente Militello (Juez) - Dra. Lidia E. Barroso (Secretaria). 06 de Junio de 2017.

S/C 329440 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Vicente Militello, la Secretaria que suscribe comunica que dentro de los autos ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/VUCETICH GRISELDA LILIANA y VUCETICH SANDRA MARINA s/Ejecución Fiscal; Expte. Nº 1222/2014, se ha dictado el Auto de Sentencia transcribiéndose su parte resolutiva para su conocimiento y demás fines legales: Nº 214; Venado Tuerto, 24 de Febrero de 2.017. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: 1) Ordenando llevar adelante la ejecución contra los bienes de Vucetich, Griselda Liliana y Vucetich Sandra Marina, hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos diez mil doscientos setenta con 56/100 ($ 10.270,56) con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial Nº 1560/91, Art. 130 del Código Fiscal Y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con mas las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese y hágase saber. Lo testado: No vale. E L “Por edicto” vale- Firmado: Dr. Vicente Militello (Juez) - Dra. Lidia E. Barroso (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días (Art. 132 del Código Fiscal). Rosario, 7 de Junio de 2017. Lidia E. Barroso, secretaria.

S/C 329439 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 3 de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Vicente Militello, Secretaría de la Autorizante, en autos API c/DE COVICHI MARIA V. s/Ejecución Fiscal, Expte. Nro. 1495/2014, se ha dictado la sentencia que en la parte pertinente dispone lo siguiente: Nro. 17. Venado Tuerto. 02 FEB 2017. Y Vistos: … Y Considerando: … Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra el/los Sres. De Covicchi María V., hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos Diez Mil Doscientos Veinte con 69/100 ($10.220,69), con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial N° 1560/91, Art. 130 del Código Fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese y hágase saber. Secretaria de la Dra. Lidia Barroso. Venado Tuerto, 3 de Mayo de 2017.

S/C 329389 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 3 de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Vicente Militello, Secretaría de la Autorizante, en autos API c/DE COVICCHI MARÍA V. s/Ejecución Fiscal, Expte. Nro. 319/20154 se ha dictado la sentencia que en la parte pertinente dispone, lo siguiente: Nro. 248. Venado Tuerto 01 MAR 2017. Y Vistos: … Y Considerando: … Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra el/los Sres. María V. de Covicchi, hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del, capital reclamado de Pesos Un Mil Ciento Diecisiete con 47/100 ($ 1.117,47), con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial N° 1560/91, Art. 130 del Código, Fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Secretaría de la Dra. Lidia Barroso. Venado Tuerto, 3 de Mayo de 2017.

S/C 329392 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 3 de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Vicente Militello, Secretaría de la Autorizante, en autos API c/LUIS JORGE RAÚL C. s/Ejecución Fiscal, Expte. Nro. 1286/2014 se ha dictado la sentencia que en la parte pertinente dispone lo siguiente: Nro. 250. Venado Tuerto 01 Mar 2017. Y Vistos:... Y Considerando: … Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra el/los Sres. Luis Jorge Raúl C., hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos Quince Mil Seiscientos Con 32/100 ($ 15.600,32), con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial Nº 1560/91, Art. 130 del Código Fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Secretaría de la Dra. Lidia Barroso. Venado Tuerto, 28 de Abril de 2017.

S/C 329391 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. Celeste Rosso, Secretaria del autorizante, dentro de los autos caratulados MIRANDA CRISTIAN c/CERDA HORARIO s/Escrituración; (Expte. 737/2016), se ha dispuesto ordenar la publicación de edictos a fin de notificar el presente decreto: Venado Tuerto, 31 de mayo de 2017. Proveyendo escrito cago 5455/17: Atento lo oportunamente ordenado por este Juzgado a fs. 68 y la constancia obrante a fs. 61, se decreta: Por recibidos. Hágase saber el juez que va a entender. Asimismo y atendiendo a la trascendencia del derecho debatido en los presentes y la contestación obrante a fs. 73 de la profesional interviniente en el proceso sucesorio de una de las titulares regístrales- lo que motivo la remisión de los presentes a este Juzgado a mi cargo- en el sentido que no se encuentran en su poder y desconoce su paradero, corresponde dar al presente el trámite previsto por el art. 597 del C.P.C.C., ordenando la publicación de edictos notificando a los pretensos herederos la iniciación del presente juicio. Expte. 737/2017.- Fdo. Dra. Ma. Celeste Rosso Juez, dra. Andrea Chaparro Secretaria. Venado Tuerto, 16 de Junio de 2017.

$ 265 329449 Jul. 28 Ag. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaria que suscribe, dentro de los autos caratulados MOZZETTO GIANNINO FRANCISCO s/Sucesión; (Reconstrucción); (Expte. 280/1989) se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de MOZZETTO GIANNINO FRANCISCO, D.N.I. 6.099.091, CUIL/ CUIT 20-06099091-3, argentino, nacido el 21 de Julio de 1927, casado con María Esther Ferrari, domiciliado en de Venado Tuerto a la época de su fallecimiento ocurrido el 2 de Noviembre de 1988, hijo de Pedro Mozzetto y Catalina Zecchinati, para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 7 de Julio de 2017. Andrea G. Chaparro, secretaria.

$ 45 329447 Jul. 28 Ag. 3

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