picture_as_pdf 2017-09-28

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCION Nº 1381


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional

13 SEP 2017

VISTO:

El expediente N° 00501-0136145-6 con agregado -por cuerda floja- N° 00501-0121627-1 del S.I.E., mediante los cuales se gestiona el llamado a concurso interno interjurisdiccional para la cobertura de dos (2) cargos en distintos organismos de este Ministerio, correspondientes al agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo N° 2695/83; y

CONSIDERANDO:

Que la presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV "Régimen de Concursos" del referido escalafón, modificado por los Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15;

Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal se encuentran vacantes los cargos de Supervisor de Atención Primaria en Enfermería (Categoría 7) en la Región de Salud Nodo Santa Fe y Jefe de Departamento Enfermería (Categoría 6) en el Hospital General Polivalente "Dr. Emilio Mira y López" de esta ciudad, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo-contables previos para la realización de los respectivos llamados a concurso;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para los puestos ofrecidos;

Que, asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente —Ley N° 10052 y modificatorias— en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

Que la composición del. Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93º y 94º del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:

ARTÍCULO 1º.- Llámase a concurso interno interjurisdiccional para la cobertura de los cargos vacantes que a continuación se detallan, correspondientes al agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo N° 2695/83, a saber:

Supervisor de Atención Primaria en Enfermería (Categoría 7) en la Región de Salud Nodo Santa Fe;

Jefe de Departamento Enfermería (Categoría 6) en el Hospital General Polivalente "Dr. Emilio Mira y López" de Santa Fe.-

ARTÍCULO 2º Los concursos internos se realizarán de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por los Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15, limitados al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón, con excepción de los designados con carácter provisional (artículo 88º).-

ARTÍCULO 3°.- Apruébanse la descripción y el perfil de los puestos solicitados así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo "A" de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo "B" de esta resolución.-

ARTÍCULO 4º- Establécese que la fecha, lugar y hora de las etapas subsiguientes a la evaluación de antecedentes, será determinada por los integrantes del jurado del concurso, pudiendo éstos cambiar la misma en caso de existir inconvenientes para su realización; todo lo cual deberá ser publicado en el sitio Web Oficial de la Provincia y comunicado vía email a cada postulante.-

ARTÍCULO 5º• Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92º, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese

Bioq. MIGUEL GONZALEZ

Ministro de Salud

Nota: Se publica sin los Anexos, pudiéndose consultar en el Ministerio de Salud.

S/C 20571 Set. 28 Set. 29

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MINISTERIO DE

INNOVACION Y CULTURA


RESOLUCIÓN Nº: 686.-


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

22 de septiembre de 2017.-


VISTO:

El Expediente Nº 01201-0010771-8 del registro del Ministerio de Innovación y Cultura, en cuyas actuaciones se propicia la convocatoria a concurso interno intrajurisdiccional para cubrir un cargo en ámbitos del Centro Cultural Provincial Francisco Paco Urondo de Santa Fe, dependiente de este Ministerio de Innovación y Cultura; y

CONSIDERANDO:

Que los Decretos Nros 1729/09 y 4439/15 reemplazaron y modificaron el Capítulo XIV Régimen de Concursos del Escalafón General, facultándose al titular de las diversas jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;

Que se encuentra vacante un cargo de Categoría 3 – Jefe de Sección de Recursos Humanos del Agrupamiento Administrativo, del Centro Cultural Provincial “Paco Urondo”, que se encuentra vacante con el correspondiente financiamiento;

Que se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos contables previos a tales fines;

Que ha intervenido la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que oportunamente las entidades sindicales propusieron a los miembros del jurado que actuarán en su representación;

Que la Dirección General de Administración de esta cartera informa que la gestión no genera un nuevo gasto en el rubro Personal;

Que asimismo se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Innovación y Cultura, con el Dictamen Nº 095 AÑO: 2017;

Que la presente gestión se ajusta a las disposiciones de la Ley Nº 13618 de Presupuesto 2017 y a lo normado por la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE INNOVACIÓN

Y CULTURA

R e s u e l v e:

ARTÍCULO 1º: Convocar a concurso interno intrajurisdiccional en los términos del Capítulo XIV del Escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 modificado por Decreto Nº 1729/09 y 4439/15, para la cobertura de un cargo vacante de Categoría 3 del Agrupamiento 02. Personal Administrativo del Centro Cultural Provincial Francisco Paco Urondo de la ciudad de Santa Fe dependiente de este Ministerio de Innovación y Cultura.

ARTÍCULO 2º: La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles se encuentran detallados en el Anexo I. La composición del jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas del concurso, fecha, lugar y hora en que se llevarán a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito se explicitan en el Anexo II de la presente y ambos forman parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3º: Establecer que, en caso de existir inconvenientes con los lugares, fechas y horarios estipulados para las evaluaciones de antecedentes, técnica y entrevista personal, el jurado del concurso podrá cambiar la misma mediante notificación fehaciente a los postulantes.

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo 92º del Decreto 1729/09, texto actualizado del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 y archívese.

María de los Ángeles González

Ministra de Innovación y Cultura


ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN Nº: 686/17.-


PERFIL DEL PUESTO

Jurisdicción: Ministerio de Innovación y Cultura

Puesto a cubrir: Jefatura de Sección – Administración y Recursos Humanos - Categoría 03 – Agrupamiento Administrativo – Tramo Personal Supervisión - Escalafón 2695/83

Dependencia: Centro Cultural Provincial Francisco Paco Urondo

Número de puestos a cubrir: uno (1)

Lugar de prestación de servicio: Centro Cultural Provincial Francisco Paco Urondo - Calle Junin Nº 2457 – Ciudad de Santa Fe .

Prestación horaria: Según reglamentación vigente.

Misión:

Asistir a la superioridad, colaborar y realizar todos los trámites administrativos y gestiones relacionadas al personal necesarias para el normal funcionamiento del organismo.

Funciones:

- Realizar todas las tareas encomendadas y asistir a la superioridad en todo lo relativo a las gestiones administrativas y de personal vinculadas con el organismo y/o sean de interés para el mismo.

- Realizar la atención de la mesa de entradas y salidas, el despacho y correspondencia, redacción de notas y providencias, y todas las tareas administrativas propias del organismo.

- Colaborar con el registro y el control de todas las gestiones vinculadas al personal del organismo, en función de las normativas y procedimientos emanados por el ministerio.

- Realizar el seguimiento de los expedientes y de todas las gestiones administrativas vinculadas al organismo.

- Colaborar con la elaboración y actualización del inventario de los bienes de uso del organismo.

- Asignar tareas al personal a su cargo y supervisar su realización.

CONOCIMIENTOS GENERALES:

1. Constitución de la Provincia de Santa Fe

2. Ley Orgánica de Ministerios Nº 13.509

3. Normativa de Procedimientos Administrativos: Decreto Nº 4174/2015. Ley Nº 12071.

4. Ley Nº 8525 “Estatuto General de la Administración Pública Provincial”.

5. Decreto Nº 2695/83 y modificatorias “Escalafón para el Personal Civil de la Administración Publica”

6. Decreto Nº 1919/89 y modificatorias “Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias”.

7. Decreto N° 692/09 de “Acceso a la Información Pública”.

8. Decreto Nº 1729/09 y 4439/15.-

9. Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, y Decretos reglamentarios.

CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS:

10. Decreto Nº 172/2015 - Estructura del Ministerio de Innovación y Cultura.

11. Decreto Nº 5018/2014 Estructuras Orgánicas de Museos.

12. Decreto Nº 252/2015 Estructura Orgánica Dirección General de Administración/Despacho/Asuntos Jurídicos.

13. Ley Provincial Nº 12.208 Creación del Registro único Patrimonial informatizado para los datos de bienes culturales de la Provincia

14. Resolución Nº 12/17 y su reglamentación Disposición DGA Nº 03/17 – Establecimiento de un Sistema Descentralizado de Puntualidad, Asistencia, Permanencia y Justificaciones de Inasistencias del Personal.

OTROS CONOCIMIENTOS:

1. Experiencia en el manejo de herramientas informáticas: (Linux, Libre Office, Correo Electrónico, Internet)

2. Excelente nivel de redacción y expresión oral.

REQUISITOS DE ESTUDIOS:

Título: Secundario (excluyente).

Preferentemente títulos terciarios y/o universitarios afín al cargo a concursar.

REQUISITOS ACTITUDINALES Y PERSONALES:

Capacidad de liderazgo

Capacidad para la Organización del trabajo

Comportamiento estable y armónico ante situaciones conflictivas.

Espíritu creativo e innovador.

Aptitud para la comunicación

Discreción en el manejo de la información.

Integridad, honestidad y ética

ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN Nº: 686/17.-

Composición del Jurado:

Presidente: Müller Matias, Subsecretario de Planificación y Diseño Institucional.

Titulares:

1. Discepola Mónica, Subsecretaria de Gestión Cultural

2. Contreras Gladis, Directora Provincial del Centro Cultural “Francisco Paco Urondo”

3. De Feo Carolina, Coordinadora General de Administración

4. Caldo Silvia, Coordinadora General de Despacho

5. Roberto Francucci en representación de UPCN

6. Danilo Bruge en representación de UPCN

7. Daniel Ramallo en representación de UPCN

8. Carolina López en representación de ATE

Suplentes:

1. Engler Leandro, Director Provincial de Gestión Administrativa y Presupuestaria

2. Caputto Omar , Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa.

3. Aveille Testi, María Sol, Coordinadora General de Asuntos Juridicos.

4. Isuregui Cristina, Directora General de Administración

5. Carla Marty en representación de UPCN

6. Norberto Sola en representación de UPCN

7. Silvana Rossetti en representación de UPCN

8. Maximiliano Baldomir en representación de ATE

Procedimiento de Inscripción:

Fecha: Las inscripciones se recibirán a partir del día 13 de octubre hasta el 3 de noviembre de 2017 inclusive, en el horario de 08:00 a 13:00 horas.

Lugar de Presentación: en la Mesa de Entradas y Salidas del Ministerio de Innovación y Cultura, sito en calle San Martín Nº 1642 de la Ciudad de Santa Fe. Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la pagina web oficial o podrá ser retirado en el lugar y horario mencionado.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

El llamado a concurso se difundirá, durante todo el período de inscripción, por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la página web oficial de la Provincia.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; Certificación de Servicios y antigüedad, expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la Provincia, fotocopia certificada del últimó recibo de sueldo; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante y su correo electrónico, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Innovación y Cultura en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

Téngase presente que solo podrán presentarse al presente concurso los agentes titulares de categoría 2, 3, 4 y 5 de cualquier agrupamiento del escalafón decreto 2695/83, que a la fecha de presentación consten con un (1) año de antigüedad mínima en planta permanente de dicho escalafón.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal. Todo antecedente incluido en la declaración jurada tendrá que ser debidamente probado por el concursante, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de requerido por el jurado.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento, la ausencia de alguno de los integrantes del Jurado durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

Etapas del llamado a concurso interno.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes

Fecha: A partir del día 6 de Noviembre de 2017

Hora: 09:00 hs.

Lugar: Ministerio de Innovación y Cultura, sito en calle San Martín Nº 1642 de la Ciudad de Santa Fe


ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 25

1.2. Capacitación específica 20


ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En la unidad organisación

2.1.2. En la jurisdicción/A.P.P. 20

2.2 Desempeño específico 25

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros anteceentes 5


La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.

Etapa II: Evaluación Técnica

Fecha, hora y lugar: a determinarse

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto.

El cuestionario se conformará con una antelación máxima de 1 (una) hora previa a la realización de la evaluación, y se integrará con las preguntas aportadas por los 8 (ocho) miembros del Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto. En caso de no Ilegar a un consenso en la construcción del cuestionario de evaluación, se distribuirán las preguntas, al igual que el puntaje, en la misma proporción paritaria en que se encuentra conformado el Jurado.

Para el caso de la categoría 3 exclusivamente, el Jurado utilizará técnicas de evaluación mas simplificadas que para el resto de las categorías. Preferentemente cuestionarios de múltiples opciones.

Cuando se presentara más de un postulante, las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

El jurado comunicará en forma fehaciente a los postulantes que no hubieren superado esta etapa tal situación, dentro de las 72 horas de labrada el acta correspondiente donde se registra la puntuación. Dentro de los 3 (tres) días de practicada dicha notificación, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales y aclarar conceptos.

Etapa III: Entrevista Personal

Fecha, hora y lugar: a determinarse

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo.

El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa. Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Méritos.

El Orden de Méritos se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 50%

Entrevista Personal 20%

TOTAL 100%

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, 4439/15 y modificatorios, del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.

S/C 20572 Set. 28 Oct. 2

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 373


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

25/09/2017

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cinco (05) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ASTATEC S.A. CUIT Nº 30-52582743-3; CIPAR INGENIERIA S.R.L. CUIT Nº 30-71460307-4; MASS GUSTAVO RAUL CUIT Nº 20-32756486-3; METEO S.A. CUIT Nº 30-70754773-8; “KINET” de XIMAX S.R.L. CUIT Nº 30-70756341-5.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “NEUMATICOS DEBONA” de DEBONA MARCELO FABIAN Y VICTOR HUGO DEBONA S.H. CUIT Nº 30-69240236-3; EVARSA-EVALUACION DE RECURSOS S.A. CUIT Nº 30-66175629-9; SAN JORGE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA S.R.L. CUIT Nº 30-71143539-1; VIGNOLO Y ASOCIADOS S.A. CUIT Nº 30-71049444-0.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AGL INGENIERIA S.R.L. CUIT Nº 30-71085698-9; TELECOM ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-63945373-8.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 20568 Set. 28 Set. 29

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MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y

TRANSPORTE


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16131-0002348-5, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2926 de fecha 30/10/2016, se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15 de Actuaciones Administrativas, a los infractores GRAEVA S.A. y GESTRA S.A., con ultimo domicilio conocido ambos en 9 Nº 576, de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, de lo establecido en la Resolución Nº 237 dictada el 24 de Febrero de 2017 por el Sr. Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2926 de fecha 30/10/2016, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor GONZALEZ IBARROLA CARLOS LUIS, con domicilio en Olessio 627 de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe y a los transportistas GRAEVA S.A. con domicilio en 9 Nº 576, de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires y GESTRA S.A. con domicilio en 9 Nº 576, de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente, abonen la suma de $6.265,83 (Pesos Seis Mil Doscientos Sesenta y Cinco con 83/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de Descuentos Comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. Nº 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehiculo Marca MERCEDES BENZ, Modelo BMO 695 VERSIÓN ATRON, Dominio Unidad Tractora MXU 577 y del Semirremolque FRY 740, GONZALEZ IBARROLA CARLOS LUIS, con domicilio en Olessio 627 de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe y los transportistas GRAEVA S.A. con domicilio en 9 Nº 576, de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires y GESTRA S.A. con domicilio en 9 Nº 576, de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, tendiente al cobro de la suma de $6.265,83 (Pesos Seis Mil Doscientos Sesenta y Cinco con 83/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 20561 Set. 28 Set. 29

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DIRECCION PROVINCIAL DE

PROMOCION DE LOS

DERECHOS DE LA

NIÑEZ,ADOLESCENCIA Y

FAMILIA


NOTIFICACION


Por estar así dispuesto por la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Abg. Mónica B. Barroso Bonvicini, se hace saber a la Sra. Nélida Clotilde Godoy, D.N.I. N° 26.035.342, con domicilio real desconocido, el Cese de medida de protección excepcional de derechos urgente, de conformidad al art. 58 bis de la Ley 12.967 adoptado oportunamente en beneficio de la joven Abilen de los Milagros Bogado: “Santa Fe, 15 de Septiembre de 2.017. Atento al pedido de Cese de Medida de Protección Excepcional de Derechos Urgente, peticionada por el Equipo Territorial de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste, en base a lo solicitado en informe de fecha 15 de septiembre de 2.017,respecto de la situación de la joven ABILEN DE LOS MILAGROS BOGADO, D.N.I. Nº 43.166.849, nacida en fecha 20/02/2001, siendo sus progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. Nélida Clotilde Godoy, D.N.I. Nº 26.035.342, con domicilio desconocido y el Sr. Carlos Eduardo Bogado, D.N.I. Nº 22.967.062, domiciliado en calle Pedro Zeballos N° 8157 -B° Los Troncos- de ésta Ciudad, Provincia de Santa Fe, la que se iniciara en fecha 29 de junio de 2.017, mediante Art. 58 bis de la Ley Provincial Nº 12.967, por haberse observado indicadores de exposición de riesgo.

Que atento al informe presentado y al trabajo planteado por el equipo con su centro de vida, se decide el Cese de la Medida de Protección Excepcional y el retorno de la joven al seno familiar, con un plan de acción a desarrollar mediante Medidas de Protección Integrales. La Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, Abg. Mónica B. Barroso Bonvicini; Dispone: El cese del procedimiento de adopción de Medida de Protección Excepcional de Derechos Urgente, como hubiera sido peticionado oportunamente, (art. 58 bis de la Ley Nº 12.967), atento al informe enviado por el

Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste, siempre atendiendo al Interés Superior del Niño entendido como la máxima satisfacción, integral y simultanea de los derechos y garantías y que es la familia la responsable en forma prioritaria de asegurar a la joven, el disfrute pleno y efectivo ejercicio de tales derechos y garantías (art. 3 Ley 12.967 y sus correlato en la Ley Nacional 26.061 y el T. I. de orden constitucional la Convención de los Derechos del niño). Notificase a los responsables o representantes legales del mencionado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, de 2017.

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO DE

PRECIOS Nº 3867


OBJETO: Contratación utilitario tipo furgón vidriado, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero, aire acondicionado, antigüedad no mayor a 7 años y chofer, para el sector comercial agencia Oroño.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 127.500 – IVA incluído

APERTURA DE PROPUESTAS: 18/10/2017 HORA: 9,30

RETIRO DE PLIEGOS: Empresa Provincial de la Energía – Bv. Oroño 1260 – 1º Piso – Rosario

APERTURA DE SOBRES: Of. Compras E.P.E. - Bv. Oroño 1260 – 1º Piso – (2000) Rosario

CONSULTAS: Logística de Movilidades – 4248949 – Junín 6971

NOTA: Los pliegos podrán ser adquiridos hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA c/RIERA, José Norberto c/Acción Libre Acceso Servidumbre Administrativa de Electroducto” CUIJ N° 21-01986829-7 se notifica al Sr. Riera, José Norberto, con último domicilio conocido en calle Domingo Silva N° 2957 de la ciudad de Santa Fe y/o herederos y/o quien/es resulte/n propietario/s del inmueble ubicado en el Departamento la Capital, Distrito San José del Rincón, Partida Inmobiliaria N° 10-16-00-734891/0101, 10-16-00-734891/0112, zona 2 sub urbana, plano Nº 122.702 del año 1994 e inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe al Tomo Nº 340 Imp., Folio Nº 00375, Número 002334 del 31/12/1975. Que como consecuencia de haber sido aprobado los proyectos respectivos por Disposición N° 272/15, el inmueble antes mencionado Fue Afectado a Servidumbre Administrativa de Electroducto, por la Obra E-361 “LAT DT 132 KV ALIMENTACIÓN E.T. RINCÓN” CON LAS RESTRICCIONES IMPUESTAS AL DOMINIO PREVISTAS POR LOS Arts. 3ro, 7mo, 8vo, 9no, 10mo, 12vo, SS y CC, de la Ley N° 10.742 y Disposición invocada, rigiendo las siguientes restricciones al dominio: a) NO se permitirá, en la zona de electroducto, ningún tipo de construcción ni el emplazamiento de: Patios, Jardines, Huertos, Quintas, Corrales, Instalaciones de recreación, Deportivas, Parques y Plazas Públicas, b) En la zona de electroducto no se permitirán árboles de altura superior a los 4 mts. c) En las adyacencias del electroducto, los árboles e instalaciones tales como molinos, antenas, mástiles, soporte de línea, etc., deberán guardar las distancias necesarias para no producir daños a las instalaciones ejecutadas en el electroducto, en caso de caída. Ante esta circunstancia la distancia de caída en ningún caso será inferior a 2 mts. respecto a ios conductores declinados, d) No se permitirá en la ZONA DE ELECTRODUCTO la quema de rastrojos, malezas, árboles, etc., riego por aspersión; fumigaciones aéreas, e) Los equipos y medios mecánicos utilizados para el laboreo, desmonte, cosecha, transporte, estibaje, etc., que operen o transiten dentro de la ZONA DE ELECTRODUCTO NO podrán sobrepasar los 4,20 mts. de altura. Se fija también como distancias mínimas: 2,65 mts. a los árboles y 3,15 mts. al alambrado público, f) Dentro del electroducto queda PROHIBIDO la instalación de cualquier otra línea paralela, destinada a, telecomunicaciones, televisión, etc. g) El propietario afectado a Electroducto está obligado a aceptar la instalación de tranqueras por parte de la Empresa Provincial de la Energía, en los lugares adecuados para acceder a la Zona de Servidumbre, teniendo en cuenta los accesos existentes o naturales, o por el lugar que se cause menos daños al inmueble. En cumplimiento del art. 4° de la Ley N° 10742/92 se transcriben textualmente las siguientes normas de la ley de aplicación: art. 7°: Cuando la servidumbre deba constituirse sobre los bienes de propiedad del estado o de sus entes públicos institucionales y territoriales, deberá requerirse previamente la autorización de éstos o de las reparticiones usufructuarias. Serán de carácter gratuito abonándose en su caso tas indemnizaciones de daños y/o remoción de obstáculos. Art. 8: El organismo de aplicación podrá solicitar a todos los sujetos jurídicos, públicos o privados y estos deberán proporcionar sin cargo la información que se les requiera a los fines de la presente Ley. Art. 9: La servidumbre creada por la presente Ley confiere a su titular las facultades para ejercer por si o por terceros, los siguientes derechos: a) Ingresar, transitar y ocupar los terrenos afectados y/o de terceros que resulten necesarios para el estudio, proyecto, construcción y mantenimiento de la obra, hallándose facultado para requerir en forma directa el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de sus fines, b) Instalar todos los aparatos y mecanismos necesarios, emplazar las estructuras de sostén, cruzando el espacio u ocupando el subsuelo en las condiciones establecidas con cámaras transformadoras y conductores, hilos de guardia, que posibiliten el funcionamiento de las instalaciones eléctricas, c) Disponer la remoción de construcciones, obstáculos y elementos artificiales o naturales que impidan la ejecución de las obras o atenten contra su seguridad por si o por intermedio del organismo de aplicación, d) Determinar las “Zonas de Seguridad” estableciendo las restricciones al dominio dentro de la línea o instalaciones a construir, e) Requerir de las autoridades judiciales o policiales la aplicación de la presente Ley. Por lo expuesto se lo invita a comparecer a firmar el correspondiente Permiso de Paso, construcción y constitución de Servidumbre Administrativa de Electroducto, dentro del término perentorio e improrrogable de 05 (cinco) días hábiles a contar de la publicación de la presente en las oficinas de la E.P.E. Área Proyectos, Santa Fe, en Calle San Martín N° 2365 - 8° Piso - Oficina 3 - Tel. (0342) 4505800 - 4505805, Santa Fe, oportunidad en la que se brindará a ustedes las aclaraciones que fuesen necesarias y se exhibirá la documentación pertinente. En consecuencia Queda Usted Debidamente Notificado e Intimado a los Efectos que por Derecho Hubiere Lugar. Gerencia Asuntos Jurídicos, Santa Fe, 25 de septiembre de 2017.

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IAPIP


COMUNICADO DE PRENSA


INSCRIPCION PARA INGRESO AL I.A.P.I.P.

El Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias – I.A.P.I.P., informa que por Resolución N° 175/17 se dispone el llamado a concurso para 10 (DIEZ) ADMINISTRATIVOS, cuya fecha de inscripción desde el 02 OCTUBRE hasta el 27 de OCTUBRE de 2017 inclusive.-

Lugar de inscripción: Local de Ventas de Coronda en calle Belgrano 2371 de la ciudad de Coronda (0342-4910060-4912414), Local de Ventas de Santa Fe en Uruguay 2631 (0342-4572352) y Local de Ventas de Rosario en Güemes 2830 (0341-4724650), en el horario de 8:00 a 12:00 hs., de lunes a viernes.-

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