picture_as_pdf 2017-11-29

JUZGADO EN LO PENAL


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Penal de Conclusión de Causas de Sentencia de la ciudad de Santa Fe (Sentencia de la Cuarta Nominación), en los autos caratulados: “MARTÍNEZ, CARLOS AURELIO y Otros s/...”, N° 132/1991, se cita y emplaza a los herederos y/o legatarios de Carlos Aurelio Martínez a fin de comparecer a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Se Transcribe el decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 1 de Noviembre de 2017. Atento a la constancia actuarial y lo normado por el artículo 597 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, cítese a los herederos y/o legatarios de Carlos Aurelio Martínez a fin de comparecer a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. A tales fines publíquense edictos por el término de ley.”. Fdo: Dr. Fiz (Juez) - Dra. Ascua de Leonowiec (Secretaria). Se publicarán por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 3 de noviembre de 2017. Dra. María Inés Ascua de Leonowiec, Secretaria.

S/C 342287 Nov. 29 Dic. 5

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JUZGADO LABORAL


Por disposición de la Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, Dra. Patricia de Petre, Secretaría a cargo de la Dra. Alejandra Cerqua de Pappa, en los autos: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/MOOR, JUAN BERNABE y Otros s/Consignación Judicial” CUIJ 20-04768259-9, se cita y emplaza por Edicto a todos los aquellos que se crean con derecho a percibir las prestaciones derivadas de la muerte del trabajador Juan Ignacio Moor, DNI 26.789.290, de acuerdo a las disposiciones de la LCT, que se publicarán por tres (3) días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, para que dentro del término de (3) días después de la última publicación comparezcama estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 1 de Noviembre de 2017. Dra. Cerqua de Pappa, Secretaria.

$ 33 342211 Nov. 29 Dic. 1

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Segunda Nominación de Santa Fe, Dr. David Marcelo Suasnabar, en los autos caratulados: “SCARFONE, SALVADOR CARMELO c/PEDRO PETINARI e HIJO S.A. y Otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales, CUIJ 21-04766290-4, se ha dispuesto declarar rebeldes a los codemandados Sres Elsa Genoveva Otruba, Silvana Andrea Petinari y Adolfo Enrique Petinari y fijar nueva fecha para el sorteo de defensor Ad-Hoc de los mismos para el día 11 de Diciembre de 2017 a las 9,30 horas. Se transcribe a continuación el decreto que ordena el presente: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Para que tenga lugar el sorte 6 de la Defensor Ad-Hoc, fíjese el día 11/12//17 a las 9.30 hs. Notifiquese por edictos por el término de ley. Notifíquese por cédula - Fdo. Dr. Romero: Secretario; Dr. Suasnabar: Juez. Santa Fe, 23 de Noviembre de 2017. Dr. Romeo, Secretario.

S/C 342356 Nov. 29 Dic. 1

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TRIBUNAL COLEGIADO



Por disposición de la Señora Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5 Segunda Secretaria, de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos del Sr. Martinetto Jorge Alberto a comparecer a fin de hacer valer sus derechos, en término y bajo apercibimiento de ley conforme al Art. 597 del CPCC en los autos caratulados: “GÓMEZ LUCIA c/MARTINETTO JORGE ALBERTO s/Filiacion Extramatrimonial” (Expte. Nº 399/2015) que tramita ante el Tribunal ut supra mencionado. Santa Fe, 17 de Noviembre de 2017. Fdo: Patricia Ebenegger (Secretaria) - Dra. Mariana Herz (Jueza).

$ 45 342354 Nov. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite a cargo del Tribunal Colegiado de Familia N° 3, Secretaría Primera de la ciudad de Santa Fe, en autos “CARRERAS JOSE ALBERTO c/DÍAZ CINTIA BELÉN y CARRERAS DÍAZ JEREMÍAS AUGUSTO s/Nulidad de reconocimiento de paternidad extramatrimonial” CUIJ. 21-10700717-9, año 2017, se hace saber que en fecha 27 de octubre de 2017, se ha dado inicio a las actuaciones de referencia, las cuales tienen por objeto la declaración judicial de nulidad del reconocimiento de paternidad extramatrimonial efectuado por el Sr. José Alberto Carreras en relación al menor Jeremías Augusto Carreras Días. Resultan demandados en el citado proceso, Cintia Belén Díaz (D.N.I. 38.725.741) y Jeremías Augusto Carreras Díaz (D.N.I. 54.200.787) a quienes se cita y emplaza a que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Agregúese la documental acompañada. Resérvese el sobre acompañado. Dése intervención al Defensor General que por tumo corresponda a los fines que actué ministerial conforme inc. a) art.103 del CCC. Asimismo, deberá intervenir el Defensor General que corresponda en representación del niño de acuerdo a lo previsto en el inc. b) iii) del mencionado artículo. Atento lo manifestado en la demanda-(v.fs.23/26), con fines notificatorios, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifiquen las empleadas Masseroni, Gufanti, Farías y/o Lorenz. Notifíquese. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 22 de Noviembre de 2017. Dr. Adolfo J. M. Drewanz (Secretario).

$ 33 342277 Nov. 29 Dic. 1

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Por disposición de la Dra. Silvina Boleas, Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5 Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: Expte. CUIJ Nº 21-10575265-9 - SDNAF (GARNICA R.A.) s/Cese de la medida de protección excepcional”, se notifica por edicto a Yanina Analía Miranda, D.N.I. Nº 30.828.574, con domicilio actual desconocido de lo dispuesto en autos: “Santa Fe, 30 de Junio de 2017. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Tener por efectuado el control de legalidad del Cese de la Medida de Protección Excepcional, adoptada por disposición administrativa Nº 000065 de fecha 03 de Mayo de 2016. Protocolícese, agréguése copia, notifiíquese en los términos del Art. 66 de la Ley 12.967 y oportunamente archívese. Fdo.: Dra. Silvina Boleas, Juez; Dr. Molinari, Secretario a/c. Santa Fe, 4 de Agosto de 2017.

S/C 20971 Nov. 29 Dic. 1

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Por disposición de la Dra. SILVINA BOLEAS, Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5, 1ra. Secretaría de Santa Fe, en autos caratulados: “Expte CUIJ N° 21-10698605-0.- SDNAF (CAMARGO C.L) s/Control de legalidad de medida de protección excepcional de derechos se notifica por edicto a Alexis Carolina Camargo, D.N.I. Nº 36.263.731, con domicilio actual desconocido, de lo dispuesto en autos: “Santa Fe, 28 de Agosto de 2017. Hágase saber que ha sido designada Jueza de Trámite la Dra. Silvina Boleas (art. 543 del C.P.C.C)“. Fdos: Silvina Boleas, Juez; Patricia Ebenegger, Secretaria. “SANTA FE, 06 de Septiembre de 2017. Con los autos: “S.D.N.A.F. (CAMARGO, CRISTOPH LEONARDO s/Control de legalidad”, CUIJ: 21-10693271-6 a la vista y atento a la conexidad existente, precédase a la acumulación de las presentes actuaciones a los citados autos, por ser aquellos mas antiguos. Refóliese. Tome razón oportunamente Mesa de Entradas en los registros informáticos. Proveyendo cargo N° 15587: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada formal notificación de adopción de resolución definitiva de la medida de protección excepcional de derechos y solicitud de control de legalidad (art. 66 Ley 12.967) adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto del menor de edad Cristoph Leonardo Camargo. De la medida definitiva propuesta por la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia, córrase traslado a la Sra. Alexis Carolina Camargo, a quien se cita y emplaza a estar a derecho, contestar la demanda y ofrecer pruebas de las que intente valerse, en el término de diez días, bajo apercibimientos de ley. Molifiqúese por edictos, conforme lo normado en el art. 73 del C.P.C.C. Agregúese la documental acompañada. Téngase presente la prueba ofrecida y autorízase a los profesionales mencionados en el punto 3, del petitorio a los fines de efectuar la procuración en estas actuaciones y estese a los dispuesto a fs. 47, en su parte pertinente a sus efectos. Dése intervención al Defensor General Civil que por turno corresponda. Molifiqúese a los empleados Recce, Tessutto, Escudero y/o Diburzi. Notífiquese.” Fdos. Dra. Silvina Boleas, Juez; Dra. Patricia Nora Ebenegger, Secretaria.

S/C 20972 Nov. 29 Dic. 1

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En los autos caratulados “SUBSECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/BARRETE, MARÍA AMPARO s/Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad” (CUIJ Nº 21-10697842-2), de trámite por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro. 2 Secretaría Nro. 2 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a la Sra. María Amparo Barreto que en los autos mencionados se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 15 de Septiembre de 2017. Y Vistos:... Considerando:... Resuelve: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional adoptada mediante Disposición N° 000035, de fecha 09/06/2017, respecto de la adolescente Dalila Belén Alvarez, DNI N° 42.769.853; y en consecuencia, ratificar la misma. 2) Hágase saber que, la medida de protección excepcional tiene vigencia desde el 05 de Julio de 2017, siendo el máximo de duración de la medida hasta el 01 de enero de 2018. 3) Comuniqúese a la Defensor/a Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12967. Protocolícese el original, agregúese copia, notifíquese a la Sra. Defensora General N° 4. Notifíquese y oportunamente archívese.” Fdo: Dra. Moya (Jueza);Dra. Novello (Prosecretaria). Dra. Novello, Prosecretario.

S/C 20973 Nov. 29 Dic. 1

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En los autos caratulados “S.D.N.AF. c/GÓMEZ, JORGE MARTÍN y Otros s/Medida de protección excepcional (cese de la medida) CUIJ N° 21-10696154-6, de trámite por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro. 3 Secretaría Nro. 2 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber al Sr. Jorge Martín Gómez que, en los autos mencionados se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 15 de Junio de 2017. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1. Ratificar el cese de la Medida de Protección Excepcional establecido mediante Resolución Administrativa Nro. 000032 de fecha 03.03.2017 (fs. 68/70), cuyo control de legalidad fue dispuesto mediante Resolución Judicial de fecha 25.06.2015 (fs. 138/vto - CUIJ Nro. 21-10553779-1), sustentado en el hecho de que los niños Nicolás Daniel Máximo Gómez -DNI N° 53.777.362- y Belén Estefanía Araceli Gómez -DNI N° 54.314.682, fueron restituidos a sus progenitores, Eloísa Graciela Troncóse -DNI N° 40.875.952- y Jorge Martín Gómez -DNI N° 38.240.569-, quedando a su exclusivo cuidado y responsabilidad. 2. Protocolícese, agregúese copia, notifíquese. Oportunamente, archívese.” Fdo: Dr. Fosero (Juez); Dra. Silvina Loza (Secretaria). Dra. Suárez, Secretaria (Subr.).

S/C 20974 Nov. 29 Dic. 1

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama, y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña María Francisca Zamora, L.C. N° 6.117.493, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos: “MARIONI, CARLOS DOMINGO y Otros s/Sucesorio” CUIJ 21- 01966978-2, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el exhibidor del hall de la Planta Baja de los Tribunales (Art. 67 CPC modificado por Ley Nº 11.287). Santa Fe, 11 de Octubre de 2.017. Dra. Romagnoli, Prosecretaria.

$ 45 342588 Nov. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama, y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Carlos Domingo Marioni, L.E. Nº 2.376.314, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos: “MARIONI, CARLOS DOMINGO y Otros s/Sucesorio” CUIJ 21-01966978-2, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el exhibidor del hall de la Planta Baja de los Tribunales (Art. 67 CPC modificado por Ley Nº 11.287). Santa Fe, 11 de Octubre de 2.017. Dra. Romagnoli, Prosecretaria.

$ 45 342586 Nov. 29

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “CORNALO JORGE OSCAR s/Sucesorio (CUIJ 21-01984418-5 - Año 2017), tramitados por La Defensora General Civil Nº 2, ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Jorge Oscar Cómalo, Documento de Identidad N° 16.441.063, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Fdo: Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez). Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria). Santa Fe, 4 de Octubre de 2017. Dra. Silvestrini, Secretario.

S/C 342233 Nov. 29 Dic. 1

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Por asi estar dispuesto en los autos “ROMERO, NATALIA ELISABET s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01987665-6)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Natalia Elisabet Romero, apellido materno Russo, argentina, D.N.I. N° 33.945.202, CUIL N° 23-33945202-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Azopardo 10482, y legal en calle Eva Perón 2242 Oficina 2, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/11/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 09/02/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/02/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el dia 27/03/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 16/05/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agregúese copia. Notifiquese. Fdo.: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza - Viviana Naveda Marco: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 22 de Noviembre de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Martín, Susana Nieves del Milagro con domicilio en calle Uruguay 3150 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 342243 Nov. 29 Dic. 5

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por así estar dispuesto en los autos “AGUILAR, RICARDO ANTONIO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-01988934-0)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Autos Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Ricardo Antonio Aguilar, apellido materno Barreiro, argentino, D.N.I. N° 7.890.619, CUIL N° 20-07890619-8, mayor de edad, jubilado y pensionado nacional, con domicilio real en calle Talcahuano 7351, y legal en calle Hipólito Higoyen 3165, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la Inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios-correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/11/2017 a las 10.00 hs.- 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraidas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 09/02/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos asi como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/02/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 27/03/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 16/05/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art,21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publiquense edictos en la forma, preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agregúese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 22 de Noviembre de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndica la CPN Prono, Lucía Inés con domicilio en calle Fdo. Zuviria 3675 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 342241 Nov. 29 Dic. 5

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Por así estar dispuesto en los autos “CATTANEO, GLORIA ISABEL s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01988711-9)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Gloria Isabel Cattaneo, apellido materno Tevez, argentina, D.N.I. N° 11.903.853, CUIL N° 27-11903853-2, mayor de edad, jubilada, con domicilio real en calle Alvear 3368 2° Piso, Depto. “D”, y legal en calle Fray Cayetano Rodríguez 3881, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren’ corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios con correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación.

11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/11/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará uu año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 09/02/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/02/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 27/03/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el dia 16/05/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos oficíese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publiquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifiquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agregúese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 22 de Noviembre de 2017, para sorteo de Sindico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Adur María Lucia con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 342239 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: “MOLINAS, EDGARDO JAVIER s/Quiebra - CUIJ Nº 21-01989220-1 - Año 2017), la siguiente Resolución: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Edgardo Javier Molinas, DNI Nº 26.977.971, con domicilio real en calle Juan Díaz de Solís 6375, y domicilio legal en calle Monseñor Zaspe 2670, ambos de esta Ciudad. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, Inc. 2, LCQ). 7- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10-Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 06 de Diciembre de 2017 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 02 de Marzo de 2018 como fecha hasta la cuál los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24522). 12- Fijar el día 19 de Marzo de 2018 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 18 de Abril de 2018 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 01 de Junio de 2018 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 16- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la Ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -art. 279 Ley 24522- líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Fdo: Dr. Carlos Marcolin (Juez a/c) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria).

S/C 342238 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: BAPTISTA SOFIA ANABEL s/Quiebra, CUIJ 21-01988925-1, la siguiente Resolución: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Sofía Anabel Baptista, DNI 32.886.196, con domicilio real en calle French y Berutti N° 1665 de la localidad de Coronda, y domicilio legal en calle Juan del Campillo N° 2812 de la ciudad de Santa Fe. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al síndico. 6- Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177 inc. 2°). 7- Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 29 de Noviembre de 2.017 a las 10.00 horas. 11- Fijar el dia 21 de Febrero de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12- Fijar el día 12 de Marzo de 2018 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el dia 09 de Abril de 2018 como fecha hasta la cual el Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 24 de Mayo de 2018 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley 24522). 16- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la Ley 24522.” Fdo: Dr. Carlos F. Marcolin (Juez a/c) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Dra. Nelli, Secretaria.

S/C 342237 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos: GÓMEZ MONICA GRACIELA s/Quiebra - (Expte. CUIJ Nº 21-01990511-7) - año 2017, la siguiente Resolución: “Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Vistos:...Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Gómez Mónica Graciela DNI Nº 25.910.191, con domicilio real en Pasaje Echeverría 1458 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y domicilio legal en calle Obispo Gelabert 2574, Oficina 1, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7- Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 29 de Noviembre 2017 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 21 de Febrero de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12- Fijar el día 12 de Marzo de 2018 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 09 de Abril de 2018 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 24 de Mayo de 2018 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 16-Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el Art. 89 de la Ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -art. 279 Ley 24522 - líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo: Dr. Mariana Nelli (Juez a cargo) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria).

S/C 342236 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “ROLDAN ADRIANA EVELIN s/Pedido de quiebra” (CUIJ 21-01989054-3) se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 13 de Noviembre de 2017. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Adriana Evelin Roldan argentina, apellido materno Rossi, DNI Nº 29.686.057, CUIL 27-29686057-19, mayor de edad, soltera, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Maletti Nº 2458 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Juan de Garay Nº 2685 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 22/11/2017 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuniqúese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 05/02/2018 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Fijar el día 23/02/2018 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 30/03/2018 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 16/05/2018 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley Nº 24.522. 15- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficíese a los Registros correspondientes. Comuniqúese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuniqúese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).- Otro Decreto: “Santa Fe, 22 de Noviembre 2017. Habiéndose realizado en el día de la fecha el sorteo correspondiente a un Síndico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Sindico CPN Trivisonno Gabriela Verónica, domiciliado en calle Corrientes Nº 3168 a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 342291 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: “ESTEBAN JOSÉ CARLOS s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ 21-01989721-1) se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 13 de Noviembre de 2017. Autos Y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de José Carlos Esteban, argentino, apellido materno Díaz, DNI Nº 06.255.315, CUIL 20-06255315-5 mayor de edad, divorciado, jubilado, domiciliado realmente en calle Salvador del Carill Nº 978 de la ciudad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Luciano Torrent Nº 1534 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 22/11/2017 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuniqúese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 05/02/2018 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 23/02/2018 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 30/03/2018 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 16/05/2018 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuniqúese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuniqúese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: “Santa Fe, 22 de Noviembre de 2017: “Habiéndose realizado en el día de la fecha el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, tía sido sorteado el Sindico CPN González Héctor, domiciliado en calle 25 de Mayo Nº 3407 a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 342289 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia dé Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: “RIVERO, MANA DEL CARMEN s/Quiebra” (CUIJ 21-01988724-0), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 03/02/17. Autos y vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de María del Carmen Rivero, apellido materno Cosnard, argentina, DNI Nº 20.179.921, soltera, mayor de edad, changarin, domiciliada realmente en calle Belgrano 7850 int. 2 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Eva Perón 2242 Oficina 2 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Sindico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Sindico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Sindico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 22/11/2017 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuniqúese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 5/2/2018 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podran presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, asi como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 23/2/2018 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podran impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 30/3/2018 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el dia 16/5/2018 como fecha para que el Sindico presente el informe general (Art. 39 de la Ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficíese a los Registros correspondientes. Comuniqúese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuniqúese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 08/02/17. Habiendo resultado sorteado el sindico Aldo Alfredo Maydana para intervenir en autos “Rivero, María del Carmen s/Quiebra” (CUIJ 21-01988724-0) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier dia y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 342288 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Claudio A. Bermúdez -Juez y Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaría, se hace saber que en los autos: “Expte. CUU N° 21-01965376-2 - GUTIÉRREZ, MIRTA AMALIA s/Quiebra”, en trámite por ante este Juzgado, se ha presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución por parte de la sindicatura, el que se pone de manifiesto a sus efectos por el término de ley - Art. 218 Ley 24.522. Resolución de fecha 24 de mayo de 2017... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $ 48.984,73 equivalente a un sueldo de secretario de 1ra. Instancia, a distribuir como sigue: a) $34.289,31 (70 %) para la sindicatura de autos CPN Kuchen Raúl Juan b) para el Dr. Danelone Diego Fernando (apoderado de la fallido) la cifra de $ 14.695,41 (30 %)... Otro Decreto: Santa Fe, 25 de Octubre de 2017... Por presentado informe final y proyecto de distribución, de manifiesto por el termino de ley. Publíquese edictos... Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermudez (Juez) - Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 342322 Nov. 29 Nov. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “LAURIERI, MARÍA LAURA s/Pedido de quiebra” (CUIJ Nº 21-01988596-5), atento lo ordenado en fecha 30 de Octubre de 2017 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de María Laura Laurieri, D.N.I. Nº 22.967.664, de apellido materno Videla. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha lijado hasta el día 27 de Diciembre de 2017 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado sindico al C.P.N. Raúl Rogelio Tallano, con domicilio en calle San Martín N° 3464, de esta ciudad. Fdo: Dra. Beatriz Forno - Jueza a/c - Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 342295 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “CARRIZO, LUCIANO JOSÉ s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ Nº 21-01989571-5 ), atento lo ordenado en fecha 24 de Octubre de 2017 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Luciano José Carrizo, D.N.I. N° 34.337.654 de apellido materno Nievas. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 27 de Diciembre de 2017 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Cristian Guillermo Cuello, con domicilio en calle Monseñor Zaspe Nº 2770; Plana Baja, de esta ciudad. Fdo: Dra. Beatriz Forno - Jueza a/c- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24.522). Santa Fe, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 342296 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “SOLIS, FACUNDO JAVIER s/Pedido de quiebra” CUIJ Nº 21-01989938-9, se ha dispuesto: Santa Fe, 1) Declarar la quiebra de Facundo Javier Solis, D.N.I. Nº 30.787.243, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Monseñor Zaspe 4173 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Eva Perón 2242 Oficina 2 de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ¡neficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/06/18). 8) Disponer que el inventarío que prevé el Inc. 10) del art- 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 12) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 29/11/17 a las 10.00 hs. 11) Disponerla inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora de la fallida -Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe- a los fines desque proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraidas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 12/12/17, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar a Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 16/02/18 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 13/04/18 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/06/18 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos oficíese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notífíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe y notifíquese de conformidad al art. 29 de la LCQ a los acreedores denunciados por el fallido. 19) Comuniqúese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. 18) Comuniqúese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Fdo.: Dr. Aldao, Juez a cargo - Dra. Verónica Gisela Toloza, Secretaria.

S/C 342312 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “INSAURRALDE, KARINA MARIELA s/Quiebra”, CUIJ Nº 21-01988186-2, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Karina Marieta Guadalupe Insaurralde, D.N.I. 23.559.014, domiciliada realmente en Ruta 70 - km 3 (Zona Rural) - Loteo Vinelli de la Localidad de Recreo y legalmente en calle Marcial Candioti 5644 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/06/2018). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 29/11/2017 a las 10.00 hs.- 12) Fijar el día 12/12/2017, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 16/02/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Fdo.: Juez a cargo - Dra. Verónica Toloza - Secretaria.

S/C 342314 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “MACHADO, WALTER MIGUEL s/Solicitud propia quiebra”, CUIJ Nº 21-01989675-4, se ha dispuesto: 1) Walter Miguel Machado, DNI 30.198.088, domiciliado en calle Piedrabuena 6447 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Amenabar 3066, Depto. 1 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Sindico los bienes de aquella. 4) Intimar al deudor para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/06/2018). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 29/11/2017 a las 10.00 hs.- 12) Fijar el día 12/12/2017, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 16/02/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Fdo.: Juez a cargo - Dra. Verónica Toloza - Secretaria.

S/C 342315 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “MALDONADO, JULIO CESAR s/Solicitud propia quiebra” CUIJ Nº 21-01988639-2, se ha dispuesto: Santa Fe, 22/11/17. 1) Declarar la quiebra de Julio Cesar Maldonado, de apellido materno Villagra, D.N.I. Nº 35.654.198, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Barrio El Pozo, Torre 2 - 1ro. B de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Necochea 3916 de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la Inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/06/18). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 12) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 29/11/2017 a las 10.00 hs. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora de la fallida -Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe- a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 12/12/17 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 16/02/18 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 13/04/18 como fecha hasta la cual el Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/06/18 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q- Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe y notifíquese de conformidad al art. 29 de la LCQ a los acreedores denunciados por el fallido. Firmado: Dr. Aldao -Juez a cargo- Dra. Verónica Gisela Toloza - Secretaria.

S/C 342316 Nov. 29 Dic. 5

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Por asi estar dispuesto en los autos: “BARBIERI, ORLANDO ALBERTO s/Quiebra” (Expte. Nº 1163/2009) Hoy CUIJ 21-008639386-5, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial No 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 01 de Noviembre de 2017. Téngase por presente la rectificación del proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese: Fdo. Dr. Claudio Bermúdez (Juez) - Dra. María Alfonsina Pacor Alonso

(Secretaria).

S/C 342207 Nov. 29 Nov. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza del de Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Secretaría a cargo de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Enrique José Moras, DNI N° 10.191.664, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “MORAS, ENRIQUE JOSÉ s/Sucesorio” Expte. N°: 933 Año 2017. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. San Justo, 14 de Noviembre de 2017. Dra. Lo Presti, Prosecretaria Subr.

$ 45 342298 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, en los autos: “AHDREOLI, EMAMUEL SERGIO s/Declaratoria de herberos” (Expte. N° 1106-2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Emanuel Sergio Andreoli, DNI N° 37.146.008, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. “Esperanza, 01 de Noviembre de 2017.”... A tales fines, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (art. 67 CPCC)....”. Fdo.: Dra. Julia Collado, Juez. Dra. Claudia Brown, Secretaria. Dra. Julia Collado, Juez - Dra. Claudia Brown, Secretaria. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 342350 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Gasser Federico Rogelio, D.N.I. 02.389.986 y de la Sra. Sanchez, Olga Clorinda, D.N.I. 06.095.955, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: “GASSER, FEDERICO ROGELIO y SANCHEZ, OLGA CLORINDA s/Declaratoria de Herederos” Expte. 966 Año 2017 lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (arts. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.C. y cumplimentado con lo resuelto en el acuerdo ordinario celebrado el 7-2-1996 Acta Nº 3). Esperanza (SF), 13 de Noviembre de 2017. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 342283 Nov. 29 Dic. 5

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Por estar así dispuesto en los autos “AIASSA, EVANGELINA DORA s/Sucesorio”, (Expte. Nº 949, Año 2017), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 19 en lo Civil y Comercial, Familia, Responsabilidad y Laboral, de la Ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de dona Evangelina Dora AIASSA, Documento de Identidad N° 6.087.194, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, dándose cumplimiento a los Art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 del C.P.C.y C. Que como recaudo legal se transcribe la parte pertinente del Decreto que ordena la medida: “Esperanza, 20 de Septiembre de 2017. ...Cítese por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días. A tales fines, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL... Notifiquese.- Fdo. Dra. Collado (Jueza), Dra. Brown (Secretaria).

$ 45 342285 Nov. 29 Dic. 5

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La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil. Comercial y Laboral del Distrito Nº 17 de la ciudad de Villa Ocampo (SF), cita, llama y emplaza por un (1) día a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Don Eduardo Horacio FIANT para que en el término y bajo apercibimientos de lev se presenten ante este Juzgado a hacer valer sus derechos. Todo lo cual se halla ordenado en los autos caratulados “FIANT, EDUARDO HORACIO s/Sucesorio” Expte. N° 351/2017. Villa Ocampo, 6 de Noviembre de 2017. Dr. Caglia, Secretario.

$ 45 342335 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 17 Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (SF), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña ELENA TERESITA MASIN y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio caratulado: “MASIN, ELENA TERESITA s/Sucesorio” (Expte. Nº 729/2017). Villa Ocampo, 21 de Noviembre de 2017. Dr. Caglia, Secretario.

$ 45 342345 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Novena Nominación, sito en calle San Jerónimo 1551, de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dr. Néstor Antonio Tosolini, en los autos: “GAVILAN, PILAR s/Declaratoria de herederos” Expte. Nº 21-01988152-8 - Año: 2017, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho a la herencia de la Sra. Pilar Gavilán, D.N.I. N° 2.399.460, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287 y se fija en el hall de Tribunales a los efectos legales, sito en calle San Jerónimo Nº 1551, P.B. de esta ciudad (Acordada C.S.J. del 7/02/96, Acta Nº 3). Santa Fe, Octubre de 2017. Dr. Néstor A. Tosolini (Secretario).

$ 45 342306 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil de la Quinta Nominación, Santa Fe, en los autos “MACHUCA, JUAN CARLOS s/Declaratoria de herederos” CUIJ-21-01987641-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Juan Carlos Machuca, Documento: de Identidad: DNI. M. 8.378.966; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Planta Baja del Tribunal (art. 67 CPC mod. por Ley 11.287). Santa Fe, 10 de Noviembre de 2017. Dra. Balestieri, Prosecretaria.

$ 45 342272 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “ANTIVERO, JORGE ALBERTO s/Declaratoria de Herederos” (Expte.21-01989803-9); cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor Jorge Alberto Antivero, D.N.I.N°12.147.256, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos. Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Dra. Balestieri, Prosecretaria.

$ 45 342246 Nov. 29 Dic. 5

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En los autos caratulados: “CHIALVA ÍTALO DOMINGO s/Declaratoria de herederos” (CUIJ 21-01974442-3) que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, Santa Fe, a cargo del Dr. Diego Aldao (Juez a/c), Secretaría de la Dra. Verónica Gisela Toloza, se ha dispuesto librar a Usted el presente a los fines de que por ese medio se cite, llame y emplace a los herederos, acreedores y legatarios de ITALO DOMINGO CHIALVA, L.E. N° 4.826.321, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Publíquense log edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. El párrafo pertinente del Decreto que así lo ordena dice: “SANTA FE, 18 de Septiembre de 2017. ...Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse los mismos en el hall de planta baja de estos Tribunales. ...Notifíquese.” Fdo.: Dr. Diego Aldao (Juez A/C), Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria).

$ 45 342266 Nov. 29

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Nº Uno de la Novena Nominación de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ANA DOROTEA GANCHIER, L.C. Nro. 2.416.214, en los autos caratulados “ GANCHIER, ANA DOROTEA S/Sucesorio” (Expte Nro CUIJ: 21-01989053-5) Que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL ordenado de conformidad con lo dispuesto en la ley 8.744,11287( art 592 y 67 mod) Cumplimentándose con el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96, Acta Nro. 3, exhíbase en el hall de Planta Baja de estos Tribunales. En fecha, 10 de Noviembre de 2017. Dr. Leizza, Prosecretario.

$ 45 342269 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados”GIURICICH BABY S/SUCESORIO”, (Expte. Nº 21-01975354-6), de conformidad al art. 597 del CPCC se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos y legatarios de BABY GIURICICH, DNI 6.328.398 para que comparezcan a estar a derecho bajo los apercibimientos de ley. Dr. Tosolini, Secretario.

$ 45 342292 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la herencia de ARREDONDO, FIDEL RAMÓN FLORENCIO, DNI: M.5.954.980, fallecido en fecha 7 de Febrero de 2011 y/o RONDAN, ESTELA GRACIELA, DNI: 10.870.308, fallecida en fecha 10 de diciembre de 2014 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley por estar así dispuesto en autos: “Arredondo, Fidel Ramón Florencio y Rondan, Estela Graciela S/Sucesorio” (Expte. Nº 21-01971353-6). Se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales de Santa Fe.- Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó (Secretaria) - Dr. Beatriz Forno de Piedrabuena (Jueza).

$ 45 342318 Nov. 29

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Por disposición del Juzgado de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Aguado, Liliana Graciela, DNI F N° 12.437.053, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: Aguado Liliana Graciela s/Sucesorio (CUIJ. Nro. 21-019648381-6). Secretaría. Santa Fe, 25 de Agosto de 2017.

$ 45 342325 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Juzgado de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Cancian, Nélida Lucía, DNI F Nº 0915707, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus-ttereehos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: Cancian, Nélida Lucía s/Sucesorio (CUIJ. Nro. 21.01987600-1). Santa Fe, 3 de Noviembre 2017. Dra. Roteta, Secretaria.

$ 45 342327 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Número Uno en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación (San Jerónimo 1551, Planta Baja, (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de don RAUL ALBERTO DIEZ, D.N.I. número 11.263.432, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley, en los autos “Diez, Raúl Alberto s/Sucesorio” (Expte. 21-01988875-1). Santa Fe, 6 de Noviembre de 2017. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

$ 45 342329 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña MARÍA ELENA EBENEGGER, (N° 6.109.171,), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en los autos: EBENEGGER, MARÍA ELENA s/Sucesorio” CUIJ 21-01988955-3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe conforme Ley 11.287 y cordada del 7/2/96, acta Nº 3. Santa Fe, 21 de Noviembre de 2017. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 342351 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de 1a Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña SUSANA REIBLE, (DNI Nº 6.481.454), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en los autos: “REIBLE, SUSANA s/Sucesorio 21-01988908-1. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe conforme Ley 11.287 y acordada del 7/2/96, acta N° 3. Santa Fe, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Romagnoli, Prosecretaria.

$ 45 342352 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. VALLEJOS, GREGORIO, DNI 7.419.864, Expte. CUIJ 21-01987632-9, para que comparezcan a valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia (Acordada vigente 07/02/96). Fdo. Dr. Diego Aldao (Juez a/c) - Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria). Santa Fe, 6 de noviembre de 2017. Dra. Toloza, Secretaria.

S/C 342355 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Santa Fe, se cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de DELIA DEL CARMEN ONAINDIA, DNI Nº 6.394.965 en autos: “ONAINDIA, DELIA DEL CARMEN s/DECLARATORIA DE HEREDEROS -Expte. CUIJ N° 21-01989374-7”, tramitados por ante ese Juzgado, para que así lo acrediten dentro de los 30 días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 25 de septiembre de 2017.-... Publíquense edictos por el término de ley los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el lugar designado por la CSJ. ....”. Fdo.: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria - Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez.

$ 45 342276 Nov. 29

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y o a todos aquellos a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de EMIDIO AMERICO BARATTERO, D.N.I. Nº 6.281.326, y BELKYS ELENA CLARA MASINO, D.N.I. Nº 2.954.651, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados BARATTERO, EMIDIO AMERICO y MASINO, BELKYS ELENA CLARA s/Sucesorio”, Expte. Nº 625/08, dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall del Palacio de Justicia. Santa Fe, 17 de Noviembre de 2.017. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

$ 45 342244 Nov. 29

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 11 con sede en la ciudad de San Jorge (SF), en los autos caratulados: “MANSILLA, HERNÁN LUIS s/Quiebra - Expte. 1156 - Año 2017”, se ha dispuesto lo siguiente: San Jorge, 25 de Septiembre de 2017. Vistos... Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Hernán Luis Mansilla, D.N.I. Nº 32.582.278, CUIL 20-32582278-4, con domicilio en calle Richieri 1325 de la ciudad de Sastre (SF); 2) Designar, a los fines del sorteo del Sindico, audiencia para el día 03 de Octubre de 2017, a las 9,30 horas, por ante este Juzgado; 3) Ordenar la publicación de edictos, por el termino de Ley, en el BOLETÍN OFICIAL; autorizando a diferir la misma hasta tanto el síndico que resulte designado, acepte el cargo (cfr. Arts. 88 y 89 L. C.); 4) Fijar hasta el día 04 de Diciembre de 2017 inclusive la fecha en la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes al Sindico designado en el expediente; 5) Establecer el 07 de Marzo de 2018 y el 23 de Abril de 2018, como fechas en las cuales el Sindico deberá presentar el informe individual de los créditos y el informe general, respectivamente; 6) Anotar la apertura del presente juicio de quiebra en el Registro respectivo, efectuándose asimismo las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de art. 103 L.C.; 7) Decretar la inhibición general de la fallida para disponer y gravar bienes, oficiándose a los Registros General de lo Propiedad Inmueble y Automotor, a los fines de su registración; 8) Ordenar a la deudora y a terceros para que entreguen al Sindico los bienes de aquella, previo inventario, con cumplimiento de lo normado en el art. 86. L.C.; 9) Intimar a la deudora para que, dentro del término de diez (10) días, cumpla con los requisitos referidos en el art. 86 de L.C: y para que, en un plazo no mayor de 24 horas, entregue al Síndico designado los libros y demás documentación contable referida a su situación patrimonial; 10) Disponer asimismo la incautación aludida en el art. 177, incs. 1) y 3), L.C., previa realización del inventarío previsto en el inc. 10 del art. 88 L.C., oficiándose y/o librándose mandamiento a los Señores Jueces y/u Oficiales de Justicia del lugar de ubicación de los bienes y papeles de la fallida, y también a la autoridad policial, a los fines de la vigilancia pertinente, prevista en el art. 178 L.C., Oportunamente la del inciso 2) de aquel artículo; 11) Ordenar la realización de los bienes de la fallida, lo que se concretará oportunamente, conforme previsiones del art. 203 L.C.; 12) Prohibir efectuar pagos a la deudora, los que serán ineficaces; 13) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que se entregara al Sindico, oficiándose a tales efectos; 14) Notificar a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.), conforme art. 29 del Código Fiscal; 15) Disponer operativo fuero atracción, en los términos de los arts. 132 y conc. L.C.; y 16) Del cese de embargos y descuentos, previamente, vista a los acreedores interesados y a la Sindicatura, por el termino de ley. Hágase saber, insértese, regístrese. Fdo. Juez: Tristán Regulo Martínez, Secretaria: Dra. Lucila M. Vicini. Se publicará sin cargo por el término de 5 días y se fijará en las Puertas del Juzgado, a sus efectos legales. San Jorge (SF), 21 Noviembre de 2017. Dra. Vicini, Secretaria.

S/C 342334 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 11 con sede en la ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en los autos caratulados: “MOREYRA, LUIS MIGUEL s/Quiebra - Expte. 1157 - Año 2017”, se ha dispuesto lo siguiente: San Jorge, 25 de Septiembre de 2017. Y Vistos... Considerando... Resuelvo: I) Declarar la quiebra de Luis Miguel Moreyra, D.N.I. Nº 31.385.964, CUIL 23-31385964-9, con domicilio en calle Maipú 2128 de la ciudad de Sastre (SF); 2) Designar, a los fines del sorteo del Sindico, audiencia para el día 03 de Octubre de 2017, a las 9,30 horas, por ante este Juzgado; 3) Ordenar la publicación de edictos, por el termino de Ley, en el BOLETÍN OFICIAL; autorizando a diferir la misma hasta tanto el síndico que resulte designado, acepte el cargo (cfr. Arts. 88 y 89 L. C.); 4) Fijar hasta el día 04 de Diciembre de 2017 inclusive la fecha en la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes al Síndico designado en el expediente; 5) Establecer el 07 de Marzo de 2018 y el 23 de Abril de 2018, como fechas en las cuales el Síndico deberá presentar el informe individual de los créditos y el informe general, respectivamente; 6) anotar la apertura del presente juicio de quiebra en el Registro respectivo, efectuándose asimismo las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de art. 103 L.C.; 7) Decretar la inhibición general de la fallida para disponer y gravar bienes, oficiándose a los Registros General de lo Propiedad Inmueble y Automotor, a los fines de su registración; 8) Ordenar a la deudora y a terceros para que entreguen al Sindico los bienes de aquella, previo inventario, con cumplimiento de lo normado en el art. 86. L.C.; 9) Intimar a la deudora para que, dentro del término de diez (10) días, cumpla con los requisitos referidos en el art. 86 de L.C., y para que, en un plazo no mayor de 24 horas, entregue al Sindico designado los libros y demás documentación contable referida a su situación patrimonial; 10) Disponer asimismo la incautación aludida en el art. 177, incs. 1) y 3), L.C., previa realización del inventario previsto en el inc. 10 del art. 88 L.C.. oficiándose y/o librándose mandamiento a los Señores Jueces y/u Oficiales de Justicia del lugar de ubicación de los bienes y papeles de la fallida, y también a la autoridad policial, a los fines de la vigilancia pertinente, prevista en el art. 178 L.C., Oportunamente, la del inciso 2) de aquel articulo; 11) Ordenar la realización de los bienes de la fallida, lo que se concretará oportunamente, conforme previsiones del art. 203 L.C.;12) Prohibir efectuar pagos a la deudora, los que serán ineficaces; 13) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que se entregara al Sindico, oficiándose a tales efectos; 14) Notificar a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.), conforme art. 29 del Código Fiscal; 15) Disponer operativo fuero atracción, en los términos de los arts. 132 y conc. L. C.; y 16) Del cese de embargos y descuentos, previamente, vista a los acreedores interesados y a la Sindicatura, por el termino de ley. Hágase saber, insértese, regístrese. Fdo. Juez: Tristán Regulo Martínez, Secretaria: Dra. Lucila M. Vicini”. Se publicará sin cargo por el término de 5 días y se fijará en las Puertas del Juzgado, a sus efectos legales. San Jorge (SF), 21 de Noviembre de 2017. Dra. Vicini, Secretaria.

S/C 342336 nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 11 con sede en la ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en los autos caratulados: “Suarez, Mauricio Hugo s/Quiebra - Expte. 1158 - Año 2017”, se ha dispuesto lo siguiente: SAN JORGE 25 SEPTIEMBRE 2017 “Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de MAURICIO HUGO SUAREZ; D.N.I. Nº 26.922.257, CUIL 20-26922257-4. Con domicilio en calle Manuel Belgrano 657 de la ciudad de El Trébol (S. Fe); 2) Designar a los fines del sorteo del Sindico, audiencia para el día 03 de Octubre de 2017, a las 9,30 horas, por ante este Juzgado; 3) Ordenar la publicación de edictos, por el termino de Ley, en el BOLETIN OFICIAL; autorizando a diferir la misma hasta tanto el síndico que resulte designado, acepte el cargo (cfr. Arts. 88 y 89 L.C.); 4) Fijar hasta el día 04 de Diciembre de 2017 inclusive la fecha en la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes al Síndico designado en el expediente; 5) Establecer el 07 de Marzo de 2018 y el 23 de Abril de 2018, como fechas en las cuales el Síndico deberá presentar el informe individual de los créditos y el informe general, respectivamente; 6) anotar la apertura del presente juicio de quiebra en el Registro respectivo, efectuándose asimismo las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de art. 103 L.C.; 7) Decretar la inhibición general de la fallida para disponer y gravar bienes, oficiándose a los Registros General de lo Propiedad Inmueble y Automotor, a los fines de su registración; 8) Ordenar a la deudora y, a terceros para que entreguen al Sindico los bienes de aquella, previo inventario, con cumplimiento de lo normado en el art. 86. L.C.; 9) Intimar a la deudora para que, dentro del término de diez (10) días, cumpla con los requisitos referidos en el art. 86 de L.C., y para que, en un plazo no mayor de 24 horas, entregue al Síndico designado los libros y demás documentación contable referida a su situación patrimonial; 10) Disponer asimismo la incautación aludida en el art. 177, incs. 1) y 3), L.C., previa realización del inventario previsto en el ínc. 10 del art. 88 L.C., oficiándose y/o librándose mandamiento a los Señores Jueces y/u Oficiales de Justicia del lugar de ubicación de los bienes y papeles de la fallida, y también a la autoridad policial, a los fines de la vigilancia pertinente, prevista en el art. 178 L.C; Oportunamente, la del inciso 2) de aquel articulo; 11) Ordenar la realización de los bienes de la fallida, lo que se concretara oportunamente, conforme previsiones del art. 203 L.C.; 12) Prohibir efectuar pagos a la deudora, los que serán ineficaces; 13) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que se entregara al Sindico, oficiándose a tales efectos; 14) Notificar a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.), conforme art. 29 del Código Fiscal; 15) Disponer operativo fuero atracción, en los términos de los arts. 132 y conc. L.C.; y 16) Del cese de embargos y descuentos, previamente, vista a los acreedores interesados y a la Sindicatura, por el termino de ley.- Hágase saber, insértese, regístrese. Fdo. Juez: Tristán Regulo Martínez, Secretaria: Dra. Lucila M. Vicini”. Se publicará sin cargo por el término de 5 días y se fijará en las Puertas del Juzgado, a sus efectos legales. San Jorge (SF), 21 de Noviembre de 2017. Dra. Vicini, Secretaria.

S/C 342337 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Balbina Bienvenida Córdoba (DNI 2.404.556) Autos: “CÓRDOBA, BALBINA BIENVENIDA s/Sucesorio”

Expte. Nº 1182/2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por un día según lo establecido en el art. 2.340. C.C.C.. San Jorge, 25 de Octubre de 2017. Dra. Piazzo, Secretaria.

$ 77,40 322294 Nov. 29

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, en los autos caratulados: “Expte. Nº 225/2017 - RUIZ JUAN JOSÉ s/Declaratoria de herederos” se cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante Rui Juan José, DNI N° 12.495.549, para que dentro del término y apercibimiento de ley hagan valer sus derechos. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en las Puertas del Juzgado. San Cristóbal, 26 de Mayo de 2017. Fdo: Ricardo Ruiz Díaz, Secretario y Graciela V. Gutscher, Jueza.

$ 45 342281 Nov. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, en los autos caratulados “Expte. N° 145/2017 - MARENGO CATALINA TEONILA ROSA s/Declaratoria de herederos” se cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de la causante Marengo Catalina Teonila Rosa, DNI N° 6.324.369, para que dentro del término y apercibimiento de ley hagan valer sus derechos. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en las puertas del Juzgado. San Cristóbal, 27 de Abril de 2017. Fdo.: Ricardo Ruiz Díaz, Secretario y Graciela V. Gutscher, Jueza.

$ 45 342282 Nov. 29

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº13-1° Nominación - de la ciudad de Vera, cita, llama y emplaza a los Herederos, Legatarios, Acreedores y a todos los que se creyeren con derecho a los bienes de la Herencia del de cujus, para que comparezcan a hacerlos valer, al Juicio Sucesorio de Don ANTONIO RAMON BURELLA, DNI: 2.489.082, y de Doña AUGUSTA SARTOR, DNI: 6.457.334, en autos caratulados: “BURELLA, ANTONIO RAMÓN y Otros s/DECLARATORIA DE HEREDEROS” - (Expte. N° 569 - Año 2017), bajo apercibimientos y dentro del término de ley.- Fdo. Dra. Jorgelina Yedro (Jueza).- Dra. Margarita Savant (Secretaria). Vera, 14 de Noviembre de 2017.

$ 45 342342 Nov. 29 Dic. 1

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación con asiento en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dr Elido G. Ercole, en los autos caratulados “ROTELA, Flavia Angela c/ROBALLE, Mónica Karina - BERNARDINO R1VADAV1A COOP. SEGUROS s/Indemnización de Daños y Perjuicios” –Expte. N° 343-Año 2.017- se hace saber que se ha declarado la rebeldía de los herederos de Matías Mauricio Chávez, DNI 37.471.819, con último domicilio en calle San Lorenzo 967 de Rafaela, Provincia de Santa Fe, quien falleciera en jurisdicción de Lehmann, Provincia de Santa Fe, el día 12 de octubre 2.015. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL, dos veces. Rafaela 17 de Noviembre de 2.017. Fdo: Sandra Inés Cerliani. Secretaria. Dr. Pasero, Prosecretario Subr.

$ 33 342328 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “GARCÍA, Amelia Dominga Manuela s/Declaratoria de Herederos”. Expte. Nro. 93/2017 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Amelia Dominga Manuela GARCÍA, LC Nº2.836.266; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. CERLIANI- Secretaria. Dr. ERCOLE-Juez. Rafaela, 31 de Octubre de 2017. Dr. Pasero, Prosecretario Subr.

$ 45 342280 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito No 5, Civil y Comercial de la Segunda Nominación, de la ciudad de Rafaela, Santa Fe, en autos “HERRERA AMELIA ESTHER S/SUCESORIO (Expte 679/2017)“ se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante HERRERA Amelia Esther, DNI 5.584.743, fallecida en la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe, el 15 de diciembre de 2016, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y en sede Judicial. Conforme ley 11.287 y Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96. Acta N° 3. Firmado, Dr. Mauro García, Prosecretario. Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez. 10 de Noviembre de 2017.

$ 45 342286 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil, Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. GERARDO EULALIO PERALTA D.N.I. N° 6.280.123 para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos- “Expte. N° 745, Año 2.015 - PERALTA, GERARDO EULALIO s/Sucesorio”.- Juez: Elido G. Ercole.- Secretaria: Sandra Inés Cerliani.- Sucesorio iniciado por el Dr. Raúl Enrique Berzero Cherubini.- Rafaela, 17 de Octubre de 2017. Dr. Pasero, Prosecretario Subr.

$ 45 342326 Nov. 29 Dic. 5

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “Exp. Nº 746 Año 2017, BLUA ANTONIO ALBERTO s/Sucesorio” iniciado por la Dra. Julieta A. Yenginski, cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO ALBERTO BLUA, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos legales.- Dra. Natalia Carinelli – SECRETARIA; Dr. Duilio M. Francisco Hail - JUEZ -Rafaela, 30 de Octubre de 2017. Dr. García, Prosecretario.

$ 45 342319 Nov. 29 Dic. 5

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Nº 4 Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista, Pcia. Santa Fe, en autos caratulados: “BERLI PEDRO SAMUEL s/Concurso” Expte. Nº 124 - Año 2017, se ha dictado la siguiente resolución: “Reconquista, 10 de Noviembre de 2017. Autos y Vistos (...) Considerando (...) Resuelvo: Proceder reprogramar las fechas, las que quedarán establecidas de la siguiente manera: citar a todos los acreedores para que hasta el día 15 de diciembre del presente ano presentan al Síndico sus pedidos de verificación de créditos. Fíjase el día 28 de febrero de 2018 para la presentación de los informes individuales y el día 03 de abril de 2018 para la presentación del Informe General. Fijar fecha para la audiencia informativa que se celebrará el día 28 de mayo de 2018 a las 09:00 hs o al día siguiente hábil a la misma hora si la fecha designada resultare feriado o inhábil por ante este Juzgado. Publíquense edictos de la presente reprogramación. Hágase saber, insértese y agregúese copia. Fdo. Dra. MARGARITA A. CISMOMDI- JUEZA- Dra. MARTINA BALLARIO - SECRETARIA. Publíquense por el término de 5 días conforme lo estipulado por el art. 27 - de la Ley Nº 24.522. Dra. Ballario, Secretaria.

$ 340 342202 Nov. 29 Dic. 5

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: “Expte Nº 777/2013 - BANCO MACRO S.A. c/GONZÁLEZ CESAR ALFREDO s/Ejecutivo”, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial - Tercera Nominación- de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), a cargo de la Dra. Margarita A. Cismondi - Jueza, Secretaria de la Dra. María Martina Ballario, se hace saber que ha recaído el siguiente decreto: Reconquista, 17 de Octubre de 2017. Téngase presente. Atento a constancias de autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde al demandaÜo: Notifíquese. Fdo.: Dra. Margarita A. Cismondi, Jueza - Dra. María Martina Ballario, Secretaria. Reconquista, 13 de Noviembre de 2017.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, ciudad de Reconquista (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Isabel Filomena Beltramino, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan/a hacer valer sus derechos en los autos: “BELTRAMINO, ISABEL FILOMENA s/Sucesorio”, Expte. Nº 462 / 2017). Reconquista, 17 de Noviembre de 2017. Fdo. Dra. Martina Ballario (Secretaria); Dra. Margarita Cismondi (Jueza).

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, ciudad de Reconquista (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Atilio José Stebler, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “STEBLER, ATILIO JOSÉ s/Sucesorio”, Expte. Nº 448/2017). Reconquista, 21 de Noviembre de 2017. Fdo. Dr. Juan Manuel Astesiano (Secretario); Dr. José María Zarza (Juez). Dr. Astesiano, Secretario.

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, cita, llama y emplaza a los Herederos y/o Acreedores y/o Legatarios de Víctor Alberto Alvarez, D.N.I. 6.344.092, y a todos aquellos que se crean con derechos sobre los bienes dejados por el causante a comparecer en el término y bajo apercibimientos de leye en autos: “ALVAREZ, VÍCTOR ALBERTO s/Sucesorio” Expte. Nº 400 - Ano 2017. Publíquense por el término de cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y en el lugar destinado a tal fin en estos Tribunales (Art. 592 C.P.C.C.S.F.). Reconquista, 14 de noviembre de 2017. Fdo.: Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

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