picture_as_pdf 2017-03-30

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCION Nº 0318


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

22 MAR 2017


VISTO:

El expediente N° 00501-0152559-3 del S.I.E. mediante el cual

se gestiona el reconocimiento y pago de la Factura N° 0004-00000011/16 presentada por Daniela Alejandra Alemanno, por la prestación del servicio de traslado de personas y bienes, en las Regiones de Salud Nodos Rosario y Venado Tuerto, durante el mes de noviembre de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que, no obstante haber operado en fecha 31/03/16 el vencimiento de las contrataciones celebradas con dichas firmas, en los términos

de sus ofertas, en la Licitación Pública N° 17/14 (según Orden de Provisión N° 165/15), la misma continuó prestando el referido servicio a fin de evitar su interrupción obrando en autos el Certificado de Recepción Definitiva por el período facturado;

Que la Dirección General de Administración elabora el informe

de su competencia N° 46/17 (fs. 24) manifestando que la contratación se justifica en la necesidad de satisfacer un servicio que responde a los fines estatales de inmediata efectivización y, atento a que la prestación fue realizada, el crédito generado resulta de "legítimo abono" (cfr. dictámenes Nros. 1568/92, 728/95, entre otros, de Fiscalía de Estado); enmarcándose la presente gestión en lo previsto en el artículo 3º del Decreto N°2233/16;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:

ARTICULO 1º.- Autorízanse la liquidación y el pago de la suma total de

$ 19.800,00 (PESOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS), a favor de ALEJANDRA DANIELA ALEMANNO, en reconocimiento de la Factura

N° 0004-00000011/16, por la prestación del servicio de traslado de personas y bienes, en las Regiones de Salud Nodos Rosario y Venado Tuerto, durante el mes de noviembre de 2016;

ARTICULO 2°.- Impútase con cargo a: Sector 1 - Sub Sector 1 - Carácter 1 - Institución 50 - S.A.F. 1 - Programa 20 - Actividad Específica 02 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 3 - Partida Principal 9 - Partida Parcial 9 - Partida Sub Parcial 98 - Ubicación Geográfica 996 - Finalidad 3 - Función 10, del Presupuesto Vigente.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

Bioq. MIGUEL GONZALEZ

Ministro de Salud

S/C 19191 Mar. 30 Abr. 3

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RESOLUCION Nº 0329


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

27 MAR 2017


VISTO:

El expediente N° 00530-0001364-4 en el cual se gestiona la

prórroga del plazo de vigencia establecido por Resolución N° 573 de fecha 30 de abril de 2015;y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto administrativo se prorrogó, en forma

automática, hasta el 31 de marzo de 2016, las habilitaciones para funcionar otorgadas -conforme a la Ley N° 9847- a instituciones privadas prestadoras de salud, y las categorizaciones de establecimientos públicos y privados que asisten a personas con discapacidad, enmarcadas en el Sistema de Prestaciones Básicas instituido por Ley Nacional N° 24.901, tanto para las que se encuentren vencidas

dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de dicha resolución (30/04/14), como para aquéllás cuyo vencimiento opere durante el plazo de la prórroga dispuesta;

Que, posteriormente, mediante Resolución N° 620 del 08/04/16

se extendió dicha vigencia hasta el 31/03/17;

Que han tomado intervención las Direcciones Generales de

Auditoría Médica y de Inclusión para Personas con Discapacidad, manifestando que persisten las razones que motivaron el dictado de ambas resoluciones; al respecto informan que a la fecha no se han producido los actos administrativos para la totalidad de los vencimientos operados, en razón de la importante demanda existente y la indisponibilidad de recursos humanos para llevar adelante

las tareas inherentes a ello; a esta situación se le suma el hecho de que existen nuevos establecimientos que esperan ser auditados y fiscalizados para poder funcionar;

Que por lo expuesto, las referidas Direcciones Generales

solicitan se prorroguen los alcances de la Resolución N° 573/15 hasta el 01/07/17 para las habilitaciones/categorizaciones con vencimiento desde el 30/04/14 hasta el 30/06/16, y hasta el 31/03/18 para aquellas cuya caducidad opere a partir del

01/07/16;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección

General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeción alguna (Dictamen N° 178/17, fs. 9/10);

Que este Ministerio estima procedente la medida propuesta,

encontrándose facultado para adoptarla como autoridad de aplicación, en materia de habilitación y fiscalización del funcionamiento de los establecimientos de salud,

de conformidad con lo previsto en los artículos 3º de la Ley N° 9847 y 35° último párrafo de su Decreto Reglamentario N° 1453/86, el Decreto N° 224/08, y el artículo 24º incisos 2), 3) y 9) de la Ley N° 13.509;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:

ARTICULO 1°.- Prorrógase la Resolución .N° 573/15, extendiéndose -en forma automática- la vigencia de las habilitaciones y categorizaciones allí determinadas, de la manera que a continuación se especifica:

Vencimiento de

Habilitación/Categorización

Vigencia Prorrogada

Desde 30/04/2014

Hasta 30/06/2016

Hasta 01/07/2017

Desde 01/07/2016 Hasta 31/03/2018

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Bioq. MIGUEL GONZALEZ

Ministro de Salud

S/C 19192 Mar. 30 Abr. 3

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 043

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

27/03/2017

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de ocho (08) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: EXO S.A. CUIT Nº 30-57960755-2; ITRON ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70776631-6; JORGE RICCHEZZE S.A. CUIT Nº 30-70943259-8; “MAR SEGURIDAD” de MARCHANO DARIO CUIT Nº 20-10866356-2; MEDIBEL S.A. CUIT Nº 33-69039665-9; POWGEN DIESEL S.A. CUIT Nº 30-64563646-1; WERK CONSTRUCTORA S.R.L. CUIT Nº 30-55822332-0.

ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: COOPERATIVA DE TRABAJO IMPERIO LTDA. CUIT Nº 30-71181583-6.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ADDOUMIE LABATH S.A. CUIT Nº 30-56791550-2; SM SALUD S.R.L. CUIT Nº 30-71135561-4.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 19190 Mar. 30 Mar. 31

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