Programa de reconocimiento provincial de áreas o parques industriales
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite a municipios, comunas, entes privados y mixtos, solicitar el reconocimiento provincial de un parque productivo. Esto se logra a través de la evaluación efectuada por el Ministerio de Desarrollo Productivo, que es la autoridad de aplicación de la Ley N.º 14.395, de Parques Productivos y Distritos Productivos Tecnológicos.
Destinatario/s:
Municipios, comunas, entes privados y mixtos.
¿Qué necesito para realizarlo?
El solicitante debe cumplimentar, en primer término, la solicitud de factibilidad. En esta instancia el Ministerio, a través de la "Comisión interministerial de Parques Productivos", se constituye como único interlocutor entre el Estado provincial y los desarrolladores, para acompañar todo el proceso.
Una vez obtenida la factibilidad, los desarrolladores avanzar sobre el reconocimiento del parque productivo, interactuando con las autoridades locales, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, Servicio de Catastro e Información Territorial, Ministerio de Desarrollo Productivo y el Registro General de la Propiedad Inmueble.
· Análisis de factibilidad
En esta etapa se reúnen y analizan los antecedentes básicos -necesarios para iniciar un proyecto de constitución de parque productivo-, que incluyen la planificación urbana del distrito, disponibilidad y características de terrenos, desarrollo industrial actual y potencial, estado de infraestructura de servicios, y normativa existente y necesaria.
El aspecto más relevante de esta etapa radica en la selección del terreno, recomendándose que éste comprenda una superficie que pueda albergar a un número de empresas acorde a la demanda potencial, incluyendo las áreas comunes. También se recomienda que su forma sea lo más rectangular posible, uniforme, sin depresiones y con pendientes suaves (1% al 2%).
Además, es importante que el terreno linde con lotes que tengan el mismo uso del suelo, o que sea compatible con el uso productivo y que no pertenezcan a otros municipios/comunas, para evitar posibles conflictos interjurisdiccionales.
Son características excluyentes para la elección del terreno una distancia adecuada en relación con el área urbana (actual y la de futura expansión), y la garantía de su condición de no inundable.
Durante el proceso de selección del lugar debe darse intervención a aquellos organismos oficiales que indiquen la viabilidad o no de un sitio, por ejemplo, en relación con la inundabilidad, la situación medioambiental, la afectación catastral o como patrimonio histórico, la situación propietaria, entre otros.
Es importante destacar que, en esta etapa, se debe atender especialmente a que los procesos de gestión y materialización de las infraestructuras para servicios y su puesta en funcionamiento, demandan tiempos y costos que muchas veces son subestimados. El no tener valorada esta situación puede provocar cronogramas erróneos para la disposición de servicios, que perjudicarían a las industrias que tengan expectativa de instalarse en forma inmediata en el Área.
Por lo tanto, en relación con la energía, el gas, el suministro de agua y las cloacas, se deberá comenzar a gestionar ante la empresa o cooperativa proveedora del suministro la factibilidad correspondiente en función de la demanda del emprendimiento. A partir de su obtención, se deberá ejecutar un anteproyecto que permita estimar los costos de su materialización.
Será necesario, también, que los desarrolladores cuenten con un relevamiento de las potenciales empresas que estarían interesadas en radicarse dentro del nuevo parque productivo. Esto es a los fines de lograr un acertado dimensionamiento del proyecto, no sólo en cuanto a la superficie destinada, sino a los servicios a contratar, el tipo de actividad a radicar, las naves productivas a construir, los accesos y espacios comunes y todas aquellas cuestiones que darán forma final a la propuesta.
Pasos a seguir para solicitar el análisis de factibilidad
En la Etapa 1: Factibilidad del Proyecto se adjunta modelo de nota y detalle de la documentación que deberá presentarse ante el Ministerio de Desarrollo Productivo para solicitar la factibilidad del proyecto como parque productivo. Podrán también presentarse varios sitios para su evaluación y de esa manera la Comisión aconsejará sobre la mejor propuesta en base a un análisis comparativo de los mismos.
La presentación de la documentación en esta etapa requiere un grado de detalle de anteproyecto, más allá de que los impulsores de la iniciativa ya deberían haber analizado los aspectos técnicos y económicos que influyeron en la decisión de avanzar con el desarrollo. La misma se presenta en forma virtual en primera instancia y, recién una vez que cuente con el visto bueno, se presenta formalmente, con todas las hojas firmadas por el responsable técnico del proyecto.
En caso que lo amerite, el Ministerio de Desarrollo Productivo solicitará a los interesados la documentación ampliatoria necesaria, y una vez realizada una primera evaluación, se coordinarán auditorías a la localidad, a los efectos de reunirse con las autoridades locales, visitar los terrenos propuestos para afectar al emprendimiento y tomar contacto con todos los sectores que se consideren convenientes.
Posteriormente, Comisión interministerial de Parques Productivos emitirá un dictamen de factibilidad, que se enviará a los desarrolladores, a las autoridades locales y/o actores privados interesados, según corresponda a un tipo de emprendimiento privado, público o mixto.
· Solicitud de Reconocimiento
Esta etapa comienza luego de la aprobación de la instancia anterior, se caracteriza por las gestiones multidisciplinarias que se deben llevar a cabo para avanzar en el desarrollo del proyecto y lograr el reconocimiento provincial.
Desde el punto de vista normativo, se deberá dar el marco jurídico específico al desarrollo. Desde el punto de vista técnico, se llevarán a cabo los estudios específicos que, más allá de que sean requeridos por Ley, son necesarios para la planificación definitiva del parque.
Pasos a seguir para solicitar el reconocimiento del parque productivo
En la Etapa 2: Reconocimiento del parque productivo se realiza el desarrollo de la información y la documentación que se debe presentar. Los elementos considerados como más importantes son:
a. Ordenanza/s dictada/s por el gobierno local para:
-reconocer el sitio como parque productivo (oficial, mixta, privada) a nivel local;
-definir los terrenos en su derredor donde no se permitirán edificaciones, ni loteos de uso transitorio y/o permanente para uso residencial;
- regularizar todos aquellos aspectos recomendados por el informe emitido por la Comisión Interministerial en la etapa de análisis de factibilidad.
b. Estudio de impacto ambiental, aprobado por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de acuerdo con la Ley N° 17717 y sus normas reglamentarias.
c. Estudio de áreas inundables y final del obra hídrica, aprobado por el Ministerio de Obras Públicas, según el alcance de la Ley N° 11730 respecto de los bienes situados en esas áreas destinados al desarrollo productivo.
d. Inscripción del plano de Propiedad Horizontal Especial – Conjunto Inmobiliario por el Servicio de Catastro e Información Territorial.
Una vez que haya sido verificada toda la documentación, y aprobada la misma por los organismos pertinentes, el Ministerio de Desarrollo Productivo realizará la aprobación de esta etapa y procederá a emitir una Resolución en la que establecerá el reconocimiento al parque productivo. Esta Resolución habilitará al emprendedor a iniciar la etapa de desarrollo del parque productivo.
¿Cuánto cuesta?
Gratuita
¿Dónde se realiza?
Dirección General de Industria
Bv. Pellegrini 3100 (S3000 ADT)
54 - 342 - 4505374, 4505300 - Internos: 4228, 4209
Atención: de lunes a viernes de 7 a 13
Contactos: industrias@santafe.gov.ar
Observaciones:
El tiempo de realización del trámite es de entre 18 (dieciocho) y 24 (veinticuatro) meses. El resultado se comunica mediante la emisión de una Resolución de Reconocimiento.
Contacto:
Leandro Maspons Tel.: 0342-4505300 int.4228 lmaspons@santafe.gov.ar
Normativas relacionadas:
Ley Provincial 14395/2025 - Parques productivos y distritos productivos tecnológicos

